. . . . " \nEl se\u00F1or THAYER .- \nSe\u00F1or Presidente, quiero anunciar mi voto favorable al informe de la Comisi\u00F3n Mixta.\n \nComo sabe el Honorable Senado, \u00E9ste es un proyecto sumamente complejo, que ha sido ya motivo de una larga discusi\u00F3n; fue analizado cuidadosamente en la Comisi\u00F3n Mixta, donde, en definitiva, se lleg\u00F3 a una soluci\u00F3n de acuerdo que recomiendo encarecidamente aprobar.\n \nCreo que los principios en que concordamos son justos. No obstante lo discutible del problema jur\u00EDdico, concordamos en reconocer como imprescriptible el derecho a reclamar la condici\u00F3n de jubilado, pero fijando un l\u00EDmite para la modificaci\u00F3n del monto de las pensiones de jubilaci\u00F3n; esto es, pasado un plazo razonable, el monto de la pensi\u00F3n de jubilaci\u00F3n no puede ser alterado. Se crea, igualmente, una distinci\u00F3n muy clara entre lo que es el derecho a reclamar la pensi\u00F3n de jubilaci\u00F3n y el derecho al cobro de las pensiones devengadas en el tiempo intermedio, todo ordenado seg\u00FAn criterios bastante sensatos, en que no tendr\u00EDa sentido anticipar cada uno de los plazos fijados. Otras disposiciones son de car\u00E1cter puramente t\u00E9cnico, o sea, referencias tendientes a precisar los art\u00EDculos del C\u00F3digo Penal que efectivamente corresponde aplicar y, al mismo tiempo, establecer una cierta normativa com\u00FAn entre las normas fijadas por leyes que tratan de la misma materia.\n \nPor tal motivo, me permito solicitar la aprobaci\u00F3n del informe de la Comisi\u00F3n Mixta. \nHe dicho. \n " . . . .