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    • rdf:value = " AUMENTO DE ASIGNACIONES DE ZONA VIGENTES EN PRIMERA REGIÓN. OFICIO El señor LAGOS.- Señor Presidente, Honorables colegas: En sesión de este Honorable Senado de fecha 10 de junio de 1992, solicité que se oficiara en mi nombre a Su Excelencia el Presidente de la República, a fin de que, en atención a las facultades exclusivas que le otorgan los incisos tercero y cuarto, N° 4°, del artículo 62 de la Constitución Política, tuviera a bien patrocinar un proyecto de ley tendiente a aumentar en ciento por ciento la asignación de zona vigente para los funcionarios de los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, servicios públicos, Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones, municipalidades y servicios traspasados en las áreas de educación, salud y otros, Contralo-ría General de la República y Poder Judicial de la Primera Región de Tarapacá. Lo anterior lo hice basado en las condiciones económicas que de hecho se observan en la Región que represento, que la afectan en una proporción muy superior respecto de lo que ocurre en el centro del país. Es en ese ámbito donde se presentan diferencias porcentuales reales en cuanto a un mayor deterioro en los ingresos y en el paliativo que la asignación de zona otorga. En efecto, los precios de los insumos, productos y servicios han aumentado en proporción mucho más elevada que el porcentaje cubierto por ese beneficio, si se los compara con los incrementos que han tenido lugar en la zona central. Un ejemplo muy sencillo, gráfico y entendible es el de la última alza de la bencina, que en Santiago significó cuatro pesos por litro, y en Iquique, siete pesos, o sea, 75 por ciento más, al igual que en Arica, donde en algunos servicentros es aun mayor. Y si bien la proporción no es la misma para todos los productos, con relación a Santiago, muchos, los más indispensables, exhiben un encarecimiento porcentualmente similar. Con estas muestras, es fácil concluir que las remuneraciones del sector público local han perdido en forma muy importante su poder adquisitivo, entre otras razones por el largo tiempo -nueve años- en que el beneficio de que se trata ha permanecido inalterado. Es preciso recordar que la asignación de zona para la Primera Región de Tarapacá fue determinada por el decreto ley N° 249, cuya última modificación obedeció a la ley N° 18.310, de 23 de mayo de 1984. El cuerpo legal citado en primer término fijó su monto en 40 por ciento, en general, y en 55 por ciento para algunas localidades y poblados alejados. Otra causa de frustración para el sector la constituyen las grandes distorsiones y el menoscabo que se observan con relación a los ingresos que percibe el área privada. A ello se agrega la incidencia tanto de las condiciones críticas, especiales, de aislamiento como de la topografía de la zona, que generan un alto costo en los consumos básicos y los servicios en general, particularmente en los casos del arriendo, agua potable, electricidad, salud, etcétera. Asimismo, se debe tener en cuenta la importante amenaza que pueden representar para la moral ciudadana las bajas remuneraciones del sector público. Y no me refiero tanto a los efectos en quienes se desempeñan en éste, que, salvo excepciones, son orgullo de nuestra chilenidad, por su honradez y probidad funcionaría y personal, no obstante que también estos problemas pueden generar, eventualmente, venalidad y corrupción. Lo digo más bien por el entorno general de la población, ante la situación global derivada del hecho de existir en la zona menos dinero, capacidad económica, actividad comercial y posibilidades de satisfacer aspiraciones personales. Por tales motivos, gente de la Región puede verse tentada a incursionar en todo el ciclo productivo y distributivo de la droga, con una secuela de violencia, corrupción y perversión para toda la comunidad. Después de diez meses, con fecha 8 de abril último, por oficio ordinario N° 434/434 -cuya fotocopia acompaño-, el señor Ministro de Hacienda contestó en términos generales a mi solicitud, señalando que se requiere un estudio global previo sobre la materia. En el número 4 de dicho documento, menciona que "por el momento y mientras no se cuente con un estudio de carácter general, que permita aplicar un mismo criterio para determinar los diferentes porcentajes de estas asignaciones en las comunas del país, este Ministerio no patrocinará iniciativas como la propuesta.". Señor Presidente, considero necesario e imprescindible efectuar de inmediato el estudio aludido, pues las personas a quienes beneficiaría la ley respectiva ya están sufriendo un grave deterioro y menoscabo económico, con efectos negativos para toda la comunidad, aparte la amenaza de que se vea afectada la moralidad pública y funcionaria, como señalé. Por lo anterior, pido, de conformidad al artículo 105 del Reglamento del Senado, que se oficie a Su Excelencia el Presidente de la República transcribiéndole el texto de mi intervención y reiterándole mi solicitud, con el objeto de que, en uso de sus atribuciones exclusivas, disponga la ineludible e impostergable formación de una comisión especial para el estudio que, según la misma información del señor Ministro de Hacienda, haría falta para iniciar un proyecto de ley tendiente a aumentar en ciento por ciento la asignación de zona en la Primera Región. Ello en definitiva permitiría que los funcionarios gozaran de un beneficio equivalente a 80 por ciento y que aquellos que se desempeñan en las localidades aisladas, que en la actualidad perciben 55 por ciento, recibiesen 110 por ciento. Ruego a la Mesa que me mantenga informado acerca del curso de esta petición. Ante el momento económico que se vive en la Primera Región de Tarapacá, y como se deduce de esta breve exposición, el aumento de la asignación de zona en los porcentajes indicados es el mínimo necesario y de justicia que debe concederse en forma urgente. He dicho. -Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento. "
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