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El señor OTERO .-
Señor Presidente , en verdad, carece de toda justificación esta norma. Y, además, presenta un contrasentido en sí, pues no se han analizado sus efectos.
Cuando un fotógrafo, con medios propios y en forma personal, toma una fotografía extraordinaria y le vende a un periódico el derecho a usarla, él sigue siendo su dueño. Esto sucede todos los días, y quienes así laboran son conocidos en el mundo como "free-lancer", y en Italia, "paparazzi". Sin embargo, es distinto cuando aquél es contratado para trabajar como fotógrafo en el diario. Y si debe concurrir a un lugar determinado, la empresa periodística le facilita los medios (el helicóptero, la cámara, los rollos de películas, su desarrollo, etcétera), y ella es la dueña de la fotografía.
Aquí se están afectando muchas situaciones si aceptamos este principio. Porque si bien, por una parte, la norma señala que la empresa periodística es la propietaria, por otra, olvida que el dominio, según el Código Civil, da derecho a usar, gozar y disponer permanentemente de la cosa. Y, conforme al texto de la disposición propuesta, la empresa es dueña mientras el autor de la fotografía presta servicios en ella pero, al expirar el contrato de trabajo, automáticamente deja de serlo, pese a que el precepto dice "pertenecer", porque si la empresa vendiera, cediera o permitiera que otro medio la publicara, debe pagar derechos.
Existe un absoluto contrasentido. Lo que se propone es un antiderecho.
Más aún: se está induciendo a que se intervenga en la libre contratación. El problema surge porque una persona, al entrar a trabajar a una empresa, puede contratar con ésta y estipular sus condiciones. Esto mismo ocurre, por ejemplo, en el ámbito de la computación: una empresa puede contratar a un ingeniero para crear un "software". Y, ¿de quién es éste? De la empresa. Y si este profesional deja de desempeñarse en ella, ¿vuelve a adquirir el dominio y, en consecuencia, la empresa para ceder o comerciar dicho "software" estará obligada a pagar derechos por él? Porque donde hay la misma razón existe la misma disposición.
Lamentablemente, esta enmienda es del todo contraria a la normativa legal, por lo que no podemos votarla favorablemente.
He dicho.
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