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El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, contrariamente a lo que pudiera pensarse, el voto de minoría en la Comisión fue el mío, pues no comparto el criterio de dar transitoriedad a una norma como ésta, debido a que, por ejemplo, en las Regiones Quinta, Tercera, Segunda y Primera, recién se está en la etapa de desarrollo de comunidades de esta naturaleza. Y, conforme a la indicación renovada, sólo se daría un plazo de dos años para su constitución, pese a que el trabajo que ello implica es extraordinariamente grande: es necesario conocer la realidad, ubicar a los campesinos, determinar los títulos, establecer los límites, resolver conflictos que vienen de hace muchos años.
En la Cuarta Región hemos llegado a tener un porcentaje muy alto. Pero -vuelvo a señalar, como se ha explicado hasta la saciedad- esta iniciativa responde también a la realidad de gente que vive en la zona norte del país.
Asimismo, me parece un error fijar un plazo de dos o cinco años. Pero no he querido insistir en establecer una norma permanente, porque tengo la confianza de que en cinco años -plazo aprobado por la mayoría de la Comisión- el Senado tendrá la oportunidad de modificarla. Además, deseo que quede alguna tarea para los legisladores del futuro.
Por eso, señor Presidente , solicito rechazar la indicación, y no insistiré en mi proposición, porque estimo que el plazo de cinco años nos da el tiempo suficiente para avanzar en la aplicación de la normativa e introducirle después los cambios necesarios.
He dicho.
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