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    • rdf:value = " El señor LARRAÍN .- Señor Presidente , creo que este proyecto de ley, como tal, es un proyecto que, de acuerdo a sus postulados originales, procura resolver la situación, que existe, de personas que tienen una diferencia respecto de su condición biológica desde el punto de vista sexual y que, por esa misma razón, son o han sido objeto de discriminación o de dificultades que les impiden desarrollarse normalmente en la vida cotidiana. Por ese motivo, yo aprobé la idea de legislar sobre la materia, porque conozco casos concretos donde es necesario contar con una salida, con una solución que, desde una perspectiva legal, supere las dificultades que se enfrentan cuando se está en tales circunstancias. Sin perjuicio de ello, pienso que entrar, como lo hace esta iniciativa, al concepto o definición que trae el artículo 1° acerca de lo que debe entenderse por identidad de género, significa pasar a una etapa distinta, a una propuesta que, a mi juicio, puede producir un escenario de bastante conflicto en la medida en que se simplifica y se toma una opción doctrinaria determinada: aquella que postula que el sexo y la persona son dos cuestiones completamente distintas; que la persona está determinada por razones culturales, y que el sexo es un dato equis que no necesariamente supone una identificación con la naturaleza de la persona. Esto se contrapone a otra visión, que plantea una mirada más de unión entre el cuerpo y la mente, entre la persona y su identidad, y que, por lo tanto, apunta, desde un punto de vista filosófico, a una perspectiva antropológica distinta. Me pregunto: si queremos resolver una situación concreta, que afecta a la dignidad de muchas personas, ¿por qué tomamos un camino que genera división entre nosotros o entre conceptos diferentes? En mi opinión, es algo que atraviesa el proyecto en múltiples aspectos. Una Senadora que me antecedió en el uso de la palabra reclamaba contra el impedimento que terceros harían de una definición personal, pero ella misma se preguntaba por qué se les ha quitado a los menores el derecho a tomar esa decisión. Y es porque la decisión que se adopta, cuando se produce el cambio de identidad, es muy determinante y por una sola vez. Y puede que un menor de edad no esté en situación de definición, pues no basta, probablemente, una simple mirada cultural o los sentimientos internos que pueda tener en su vivencia una persona. Eso nos lleva a pensar que el paso y la decisión que se adopten a este respecto deben darse de una manera más reflexiva. Por lo tanto, para avanzar en los objetivos de la idea de legislar no se requiere contar, a mi juicio, con un concepto que genera grandes ambigüedades. Quiero recordar, además, que el sexo, en nuestra legislación, es un atributo de la persona, y que cambiarlo genera consecuencias muy complejas: en el ámbito civil, en el ámbito previsional, en el ámbito comercial, en el ámbito penal, no solo respecto de la persona en sí misma, sino también respecto de terceros, porque estos cambios pueden generar impactos patrimoniales, los cuales, incluso por la forma como está planteado el proyecto, no les van a ser oponibles. En consecuencia -recuerdo que algo de esto mencionó el Senador Bianchi en su planteamiento, en sus preguntas, en sus inquietudes acerca de lo que estamos legislando-, creo que el incorporar esta noción no significa un aporte al proyecto, de acuerdo a los objetivos centrales que figuran en el mensaje. En cambio, la propuesta del Senador Allamand mantiene, en lo esencial, lo que se propone, es decir, el reconocimiento y la protección de la identidad de género y el libre desarrollo de la persona conforme a su identidad de género, permitiendo su mayor realización espiritual y material posible y, adicionalmente, una vez que se ha hecho la rectificación, ser tratada conforme a esa identidad. En eso tiene toda la razón: no puede ser por la sola decisión voluntaria; tiene que haber un procedimiento serio y responsable ante nuestra legislación, ante nuestro ordenamiento jurídico, que cautele incluso a esa misma persona, pues la decisión que tome la cambiará para el resto de su vida. Y, por lo tanto, es importante que esa decisión no solamente sea protegida respecto del resto de la sociedad, sino también respecto de ella misma, y que la adopte con todo el conocimiento, con todos los antecedentes que permitan realmente dar un paso positivo y terminar con las inquietudes que se le han planteado y que la han motivado a buscar esta rectificación. Por eso, señor Presidente , en el ánimo de alcanzar un proyecto que refleje los mayores consensos posibles, sugiero que aprobemos la indicación presentada por el Senador Allamand, porque evita ponerle, por así decirlo, "pelos a la sopa", generar externalidades que no ayudan a la definición, y permite resolver los temas de fondo que todos compartimos que es necesario abordar en esta iniciativa. "
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