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El señor VALDES ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse en el informe de la Comisión Mixta constituida en virtud de lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política, recaído en el proyecto de ley que permite a las instituciones de educación superior realizar actividades en beneficio del desarrollo regional y nacional.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 2a, en 5 de junio de 1992.
En tercer trámite, sesión 58a, en 12 de mayo de 1992.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 59a, en 13 de mayo de 1992.
Informes de Comisión:
Educación, sesión 27a, en 17 de diciembre de 1991.
Educación (segundo), sesión 29a, en 19 de diciembre de 1991.
Mixta, sesión 4a, en 10 de junio de 1992.
Discusión:
Sesiones 27a, en 17 de diciembre de 1991 (se aprueba a general); 29a, en 19 de diciembre de 1991 (se despacha en particular); 59a, en 13 de mayo de 1992 (se rechaza, y pasa a Comisión Mixta).
El señor VALDES ( Presidente ).-
La iniciativa en debate requiere para su aprobación de un quórum de 24 señores Senadores.
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Larre.
El señor LARRE.-
Señor Presidente, el proyecto de ley propone ampliar el ámbito de acción de las Universidades de Tarapacá, Arturo Prat, Atacama, Valparaíso, de Bío Bío y Magallanes, y del Instituto Profesional de Osorno, que en la actualidad no tienen facultad para crear instituciones o asociarse con otras entidades para el cumplimiento de sus fines, en beneficio del desarrollo regional y nacional.
El proyecto aprobado por el Senado faculta a las casas de estudios superiores que en él se señalan a crear organismos y participar con otras personas naturales o jurídicas en corporaciones, fundaciones o asociaciones, siempre que la entidad que se forme no persiga fines de lucro y sus objetivos correspondan a los referidos en sus respectivos estatutos. Se faculta también a estas entidades de educación superior para que puedan hacer aportes provenientes de su patrimonio, exigiendo, en todo caso, que la decisión de asociarse y proporcionar recursos sea adoptada por la mayoría de los miembros de la Junta Directiva, a propuesta del Rector.
El proyecto aprobado por la Cámara de Diputados, en cambio, otorga una mayor amplitud a la facultad de dichas entidades de educación superior, asimilándola a la norma que actualmente rige para la Universidad de Chile, y omitiendo, en consecuencia, las restricciones indicadas por el Senado.
La Comisión Mixta acordó por mayoría otorgar la facultad amplia que propone el proyecto de la Cámara de Diputados, agregando un segundo inciso que señala que la decisión de crear, participar, asociarse, incorporarse, retirarse, definir el monto de los aportes a las respectivas sociedades, se adoptará por el voto favorable de la mayoría de los miembros en ejercicio de la respectiva Junta Directiva.
Fundamenta su decisión en el afán de remediar la situación discriminatoria y de desigualdad existente entre la Universidad de Chile y sus instituciones derivadas, y el resto de las entidades públicas de educación superior. Asimismo, a través del ejercicio de la facultad propuesta, se desea contribuir al financiamiento de las entidades favorecidas con el proyecto.
En efecto, en el informe de la Comisión Mixta se señala: "La Comisión, enmarcada en la filosofía de que las Universidades y el Instituto interesados se manejen en un plano de igualdad con respecto a las restantes Instituciones de Educación Superior; en la necesidad de otorgarles las herramientas necesarias para formar entidades que se constituyan no sólo en elementos de apoyos a la labor académica y de investigación, sino en un factor determinante en la consecución de fondos que les permitan financiarse,".
Con la intención de buscar una fórmula de consenso durante la discusión del proyecto en la Comisión Mixta, el Diputado señor Carlos Valcarce propuso considerar que el quórum para adoptar estos acuerdos debería ser más exigente: los dos tercios de los miembros en ejercicio de las directivas de la entidad de que se trate.
Igualmente, el Senador que habla planteó que, si se van a efectuar inversiones con recursos fiscales, sería conveniente que las directivas, antes de adoptar la decisión, contaran con el acuerdo del Ministerio de Hacienda, que aporta los recursos, y del Ministerio técnico, el de Educación, que acreditaría si los objetivos están relacionados con las finalidades que el proyecto exige.
Ambas proposiciones, para alcanzar consenso, fueron rechazadas por la mayoría.
El texto propuesto por la Comisión Mixta es inconstitucional, por cuanto faculta a las entidades de educación superior para crear sociedades sin cumplir las exigencias establecidas en la Constitución Política. En efecto, el número 21° del artículo 19 de la Carta Fundamental señala que el Estado y sus organismos -y las universidades materia del proyecto lo son-, podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una ley de quórum calificado los autoriza, quedando esas actividades sujetas a la legislación común aplicable a los particulares, sin perjuicio de las excepciones que por motivos justificados establezca la ley, la que deberá ser, asimismo, de quórum calificado.
Lo aprobado por la Comisión Mixta no considera ninguna de esas exigencias, pues no establece que el proyecto debe ser aprobado con los quórum indicados ni señala por qué legislación se regirán las sociedades que puedan crear estas universidades e institutos profesionales. Ello debió haberse hecho en el inciso segundo del artículo único, señalando que tales sociedades deberían regirse por el derecho común.
Por otra parte, la interpretación de las diversas normas constitucionales nos permiten concluir que, al legislar con quórum calificado, sólo se está facultando autorizar actividades empresariales a organismos del Estado en cada caso, determinando el tipo de éstas y el monto de los recursos que se puedan aportar. Esta interpretación es concordante con la exigencia del número 3° del artículo 62 de la Carta Fundamental, que sólo permite comprometer el crédito o la responsabilidad financiera del Estado, de las entidades autónomas -las universidades e institutos estatales, entre ellas-, de los gobiernos regionales o de las municipalidades, si una ley de iniciativa exclusiva del Presidente de la República así lo determina.
Una autorización en blanco en este punto infringe abiertamente la Constitución Política, como lo determinó el Tribunal Constitucional en su fallo de 29 de febrero de 1988, en que declaró inconstitucional la participación de las municipalidades en corporaciones, aduciendo como uno de los dos argumentos para su rechazo el que por esa vía se infringía el número 3° del artículo 62 de la Carta Magna.
Por último, señor Presidente, en atención a que existen diversas inconstitucionalidades, como falta de quórum, extensión de una autorización genérica, no determinación de las actividades que se facultan y falta de limitación en la capacidad del endeudamiento, considero conveniente, antes de someter el proyecto a votación en la Sala, que éste sea remitido a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, con el fin de que se pronuncie sobre su constitucionalidad.
He dicho.
El señor PALZA.-
Pido la palabra.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALZA.-
Señor Presidente, tal como se ha señalado, nos encontramos estudiando el informe de la Comisión Mixta, respecto de un proyecto iniciado en una aspiración de las universidades de provincia, entre las cuales están involucradas las dos de mi Región, la de Tarapacá y Arturo Prat, de Arica e Iquique, respectivamente, en cuanto a ejercer la facultad de crear algún tipo de empresas con personas jurídicas o naturales, de que actualmente gozan otros institutos de educación superior del país.
La iniciativa, que permitía justamente eliminar esa discriminación existente, fue aprobada tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, subsistiendo un aspecto que dividió las opiniones de ambas ramas legislativas, pues la Cámara -y no el Senado- aprobó el texto otorgando a dichas universidades regionales la posibilidad de crear entidades con fines de lucro. Sin embargo, en la Comisión Mixta se logró hallar un punto de acuerdo mediante el cual se concede dicha facultad a los planteles de enseñanza superior ya mencionados, si bien con el consentimiento de la mayoría de los integrantes de la Junta Directiva. Se planteó en esa oportunidad la posibilidad de exigir los dos tercios de los miembros de aquélla, a fin de dar más fuerza a las decisiones adoptadas por las universidades regionales; pero primó el criterio de aplicar al respecto un sistema similar al del resto, especialmente al de la Universidad de Chile, que actualmente tiene esa facultad. Y por tratarse de una aspiración de los planteles de provincia, que han estado -yo diría- varios meses en espera de una decisión parlamentaria, los Senadores democratacristianos pensamos que es importante darles tal atribución, para no dejarlos en una situación de desigualdad.
Sin embargo, para no aventurar un acuerdo del Congreso, máxime cuando lo propuesto por la Comisión Mixta ya fue sancionado favorablemente por la unanimidad de la Cámara de Diputados, y para evitar problemas futuros una vez que el proyecto sea tramitado -porque no me cabe la menor duda de que el Senado dará a esas seis universidades y al instituto profesional de provincias un tratamiento similar al de la Universidad de Chile y de otras casas de estudios superiores-, al igual que con el objeto de proporcionar más tranquilidad y dar mayor transparencia al acuerdo del Parlamento, de modo de despachar un proyecto que con posterioridad no sea sometido a la consideración del Tribunal Constitucional a petición de algún grupo de Senadores, consideramos atendible que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución. Y esperamos que el pronunciamiento de ésta sea acorde con la aspiración de las universidades regionales y con la forma como la materia fue refrendada por la unanimidad de la Cámara.
A nuestro juicio, no se debe temer que las instituciones de educación superior -sobre todo las de provincias- puedan competir en algún momento con la actividad privada. Estoy cierto de que si la Universidad Arturo Prat, de Iquique, puede crear algún tipo de empresa mixta con el sector privado pesquero para llevar a cabo investigaciones orientadas incluso a la explotación de los recursos pelágicos, por ejemplo, o de otro tipo, no se le deben cerrar las puertas. Por lo demás, ese plantel ha realizado estudios en esa área por largos años.
Algo similar ocurre con la Universidad de Tarapacá, la cual tiene gestiones bastante adelantadas con establecimientos de Bolivia -concretamente, de Cochabamba-, para el cultivo de "maracujá", e inclusive, para formar alguna clase de empresa mixta y desarrollar una agroindustria.
Estoy seguro de que, tomando en cuenta esas situaciones de la realidad de Tarapacá y de otras Regiones, los señores Senadores -especialmente los miembros de la Comisión de Constitución- podrán estudiar el punto con mucha acuciosidad, con el objeto de que en definitiva se evite la discriminación de las universidades de provincia respecto de las que ya gozan de la facultad de crear empresas para determinado propósito, la misma que deseamos dar a aquéllas.
Por lo tanto, anuncio los votos favorables de los Senadores de estas bancas en la oportunidad en que se trate la materia. Por ahora, daremos nuestro asentimiento para que sea analizada por la Comisión de Constitución.
El señor GAZMURI.-
Estamos de acuerdo.
El señor VALDES ( Presidente ).-
Desgraciadamente, la fórmula de enviar el asunto a Comisión no procede, pues, de conformidad al artículo 31 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, las proposiciones que hagan las comisiones mixtas no podrán ser objeto de indicaciones y se votarán en conjunto.
El señor DIEZ.-
Eso no obsta a que vayan a Comisión.
El señor VALDES ( Presidente ).-
Ese trámite se originaría en una indicación, precisamente.
El señor GAZMURI.-
Es una sugerencia de procedimiento, señor Presidente.
El señor DIEZ.-
No es una indicación, sino una proposición. Hago presente a la Mesa que una indicación se traduce en una enmienda del texto.
El señor GAZMURI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor GAZMURI.-
Entiendo que lo solicitado por el Honorable señor Larre -con lo que estaríamos de acuerdo- es que esto pase a la Comisión de Legislación, no para estudiar alguna indicación, sino para que ella se pronuncie respecto de los problemas de constitucionalidad de que pudiera adolecer el informe, lo que ilustraría la decisión que la Sala debe adoptar.
Reitero: se trata de una cuestión de procedimiento -no de que en la Comisión se vayan a formular indicaciones- y de que se aclaren las dudas de constitucionalidad.
Entendida así la proposición del Senador señor Larre, nosotros estamos de acuerdo.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER.-
Señor Presidente, conviene que no nos confundamos. Es evidente que el informe de una Comisión Mixta no puede ser objeto de indicaciones tendientes a su modificación, pero sí de un trámite de Comisión para saber si acaso la Sala lo aprobará o lo rechazará, como un todo, según le merezca dudas o no en lo atinente a su constitucionalidad.
Se trata de una iniciativa bien particular. Tal vez hay unanimidad en los señores Senadores en cuanto a no establecer discriminaciones entre una universidad y otra. Y lo que están reclamando algunas de ellas es absolutamente justo.
Sin embargo, acontece que la normativa dictada en favor de ciertas casas de estudios superiores estatales antes de la vigencia de la actual Carta es distinta de la que rige hoy. Por consiguiente, establecer una asimilación implica un problema muy delicado, y desde todo punto de vista resulta conveniente que la Comisión de Legislación dictamine sobre el particular, a fin de que la Sala decida con el mejor conocimiento de causa. Pero será un pronunciamiento sobre todo el informe de la Comisión Mixta, sin que se vaya a formular indicación alguna acerca de su contenido.
Por lo anterior, apoyo la sugerencia del Senador señor Larre.
He dicho.
El señor RUIZ (don José).-
Pido la palabra.
El señor VALDES (Presidente).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor RUIZ (don José).-
Señor Presidente, creo que existe acuerdo para que el asunto vaya a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia; pero ésta debería emitir su informe antes del próximo martes, para que la Sala lo conozca en la sesión de ese día.
El señor CANTUARIAS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor CANTUARIAS.-
Como se ha recordado, en el fondo el objeto del proyecto consiste en otorgar facultades en el aspecto que nos ocupa a algunas universidades estatales creadas a partir de sedes de otras en el pasado. Tales atribuciones corresponden no sólo a las que posee la Universidad de Chile, sino también otras casas de estudios superiores originadas de planteles santiaguinos en la misma época.
En consecuencia, el problema central radica en el arreglo estatutario que hace la diferencia respecto de la facultad de crear organizaciones o sociedades, o de participar en ellas, que poseen tanto ciertas instituciones de educación superior derivadas de la Universidad de Chile, en circunstancias de que otras no la tienen, incluido el Instituto Profesional de Osorno.
Sobre esa base, parece razonable la proposición -estoy de acuerdo con ella- de que el asunto pase a la Comisión de Constitución, pues considero inconveniente que el Senado apruebe materias que puedan suscitar alguna duda de constitucionalidad; como también de que se fije un término para contar con el pronunciamiento respectivo.
Por lo tanto, si se estima muy apremiante el plazo del próximo martes, sugiero que la Sala adopte el acuerdo de despachar el proyecto en esa semana -ello permitiría hacerlo el jueves-, con el informe o sin éste. Ese ha sido, por lo demás, el procedimiento utilizado en otras oportunidades, para asegurarse de que las consultas que la Sala formula a algunas Comisiones son evacuadas con la premura que se requiere.
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Feliú.
La señora FELIU.-
Señor Presidente, sólo intervengo para apoyar la petición del Honorable señor Larre, respaldada por otros señores Senadores, en el sentido de que la materia en estudio vaya a la Comisión de Constitución a fin de que ella examine su constitucionalidad.
En lo personal, formo parte de la Comisión de Educación. Como no estoy de acuerdo con el texto aprobado por la Comisión Mixta, voté en contra, y, además, formulé expresa cuestión de constitucionalidad, por estimar que no se ajusta a la Carta Fundamental, al otorgar una facultad de carácter genérico para desarrollar actividades empresariales, esto es, para formar sociedades, cualesquiera que sean su giro, materia o contenido.
Estimo, asimismo -y así lo hice presente en esa oportunidad-, sobre la base de lo dispuesto por la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que la iniciativa también debiera ser informada por la Comisión de Hacienda, porque en virtud de sus normas las sociedades que se formen representarán gastos para las universidades y, por ende, para el Estado, los que incluso pueden influir en la economía nacional.
Por esas razones, considero que sobre la materia debiera pronunciarse, igualmente, la Comisión de Constitución.
He dicho.
El señor NAVARRETE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDES (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor NAVARRETE .-
Cuando se discutió el proyecto en el Senado, hubo oportunidad para señalar las diferencias existentes entre las universidades tradicionales y diversos planteles que se habían constituido a partir de sedes de aquéllas, pues las primeras gozaban de la facultad para establecer asociaciones con el fin de desarrollar proyectos, lo que de alguna forma las incorporaba a un campo ajeno al que corresponde propiamente a instituciones de enseñanza superior. Lo anterior, sin embargo, les permitía contribuir al desarrollo del medio en que se hallan insertas y, asimismo, paliar los déficit presupuestarios que presentan.
A mi juicio, lo que ha diferenciado las posiciones de la Cámara de Diputados y el Senado no configura una materia de suma trascendencia. En ambas Corporaciones quedó de manifiesto la importancia que reviste el despacho de la iniciativa para hacer posible el cumplimiento de sus objetivos. Y el informe evacuado por la Comisión Mixta expresa adecuadamente lo que se pretende, de modo que estoy por aprobarlo.
Por lo demás, soy contrario a que proyectos conocidos por Comisiones Mixtas sean sometidos a organismos técnicos cuyo ámbito de funciones es muy definido y que, ciertamente, no se relaciona con la competencia acerca de su constitucionalidad o in-constitucionalidad, razón por la cual manifiesto mi oposición a que el informe de que se trata pase a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor VALDES ( Presidente ).-
¿Hay algún señor Senador que participe de la opinión expresada por el Honorable señor Navarrete?
El señor GONZÁLEZ.-
Yo, señor Presidente .
El señor VALDES ( Presidente ).-
De ser así, corresponde votar la proposición de enviar el proyecto a la Comisión de Legislación para su análisis de constitucionalidad.
El señor NAVARRETE.-
Señor Presidente, antes deseo formular una consulta de carácter técnico.
¿Basta la oposición de un señor Senador para que una propuesta como la que se ha hecho no sea acogida y para que el asunto no pase a Comisión, o tal acuerdo puede adoptarse por mayoría?
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).-
Se requiere el acuerdo de la mayoría de la Sala, señor Senador.
El señor CALDERÓN.-
¿Y qué ocurre si el Senador que habla solicita la postergación de la discusión, por considerar que se necesita más tiempo para analizar una materia tan fundamental como ésta?
El señor VALDES ( Presidente ).-
No hay inconveniente para que un punto sujeto a debate sea objeto de esa petición. La situación es análoga a la que se plantea con motivo de cualquier proyecto de ley, pero en este caso el texto no se puede dividir ni ser objeto de indicaciones.
El señor NAVARRETE.-
Señor Presidente, no me opongo a que el informe de la Comisión Mixta se trate en la sesión del próximo jueves o en la del martes siguiente, pero sí a que pase a la Comisión de Constitución. Si alguien quiere pedir segunda discusión -yo podría hacerlo, si el tiempo lo permite- en el instante en que se está debatiendo, no tengo objeción alguna. Mi oposición -repito- es a que sea conocido por la Comisión de Constitución.
El señor GAZMURI.-
Votemos, señor Presidente, si el informe pasa o no a la Comisión de Constitución, y luego se decide si nos pronunciamos ahora o se pide segunda discusión.
El señor VALDES ( Presidente ).-
En votación la proposición de enviar el informe a la Comisión de Constitución.
-Se aprueba (31 votos a favor y 8 en contra).
El señor VALDES ( Presidente ).-
Hago presente que, en consecuencia, esta materia será tratada por la Sala en la sesión ordinaria del jueves de la próxima semana.
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