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El señor NAVARRETE .-
Señor Presidente , me provoca dudas la forma como está redactado el veto (establece una opción y no una obligación), por cuanto el Presidente de la República tiene potestad para reglamentar todas las materias que no sean propias del dominio legal, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 32, N° 8°, de la Constitución Política.
Sin embargo, estimo que, para los efectos del objetivo que persigue el veto, lo anterior no tiene mayor importancia.
Por lo tanto, voto que sí.
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