" \nEl se\u00F1or THAYER .- \nSe\u00F1or Presidente no deseo porfiar en este caso concreto, porque quiz\u00E1 puede darse la circunstancia de que, por ser un proyecto tan simple, no tenga justificaci\u00F3n lo que en principio estoy planteando. En todo caso, expondr\u00E9 lo siguiente, y tal vez lo puedan aclarar los se\u00F1ores miembros de la Comisi\u00F3n de Defensa.\n \nEn la actualidad, la Comisi\u00F3n de Trabajo y Previsi\u00F3n Social conoce de un proyecto muy delicado, que se relaciona con situaciones producidas en el Instituto de Normalizaci\u00F3n Previsional a ra\u00EDz de juicios que afectan al Fisco en raz\u00F3n de cobros provisionales. Se trata de montos cuantiosos, y me preocupa que las normas que se adopten en esa iniciativa sean concordantes con las contenidas en la que ahora nos ocupa, cuyo alcance desear\u00EDa tener claro.\n \nEl art\u00EDculo 8\u00B0 de la ley N\u00B0 18.768 se refiere a la ejecuci\u00F3n de los fallos judiciales que condenen al Instituto de Normalizaci\u00F3n Previsional al pago de cualquier prestaci\u00F3n pecuniaria. Es precisamente uno de los temas que estudia la Comisi\u00F3n de Trabajo.\n \nEntonces, quisiera que no estuvi\u00E9ramos legislando de manera inarm\u00F3nica. Esa Comisi\u00F3n analiza un proyecto que, como bien saben los se\u00F1ores Senadores, y en especial sus miembros, involucra sumas cuantios\u00EDsimas: hay sobre 4 mil juicios que afectan al Instituto de Normalizaci\u00F3n Previsional y unos 600 que defiende el Consejo de Defensa del Estado, y los montos cobrados suman varios centenares de miles de millones de pesos.\n \nAhora, no ser\u00EDa conveniente que legisl\u00E1ramos r\u00E1pidamente sobre lo informado por la Comisi\u00F3n de Defensa -organismo que merece todo mi respeto- y que despu\u00E9s ello no resultara arm\u00F3nico con el criterio que pueda adoptar la de Trabajo y Previsi\u00F3n Social respecto de algo que va a informar en pocos d\u00EDas m\u00E1s.\n \nHe dicho. \n " . . . . . . . .