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- rdf:value = " El señor PALZA.-
Hace un tiempo estuvimos tratando esta materia debido a que se había presentado un requerimiento al Tribunal Constitucional con el objeto de impugnar el acuerdo del Senado sobre el proyecto del Ejecutivo tendiente a no privatizar la Zona Franca de Iquique, conforme al artículo 10 de la ley N° 18.846. En ese entonces, el Gobierno pidió al Congreso dar nuevo plazo para aplicar la referida norma, en atención a que el Tribunal Constitucional no había emitido aún su veredicto.
Pues bien, dado que dicho Tribunal desaprobó el requerimiento, el Gobierno planteó dejar sin efecto lo despachado por el Parlamento. Ése es el objetivo del veto.
En tal virtud, y sobre la base de que la ley N° 18.846 se está aplicando en su integridad -es más: el Estado incluso ha puesto a la venta algunos paquetes de acciones, de acuerdo con lo resuelto por los cuatro quintos de los miembros del Consejo de la CORFO y con la normativa aprobada por el Congreso-, lo que corresponde hoy -y debiera ser por la unanimidad de la Sala- es acoger el veto y dejar sin efecto lo despachado tiempo atrás, pues la determinación se adoptó en el bien entendido de que, si el Tribunal Constitucional hubiera acogido el requerimiento de los doce señores Parlamentarios, se habría debido aplicar la prórroga de 45 días.
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