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- rdf:value = " El señor YUNGE.-
Señor Presidente, esta norma apunta a sustituir el N° 3Q del artículo 10 de la Constitución, lo cual ya fue planteado en una moción sobre reforma constitucional que junto con los Diputados señores Rebolledo, Dupré, Leblanc, Muñoz Barra, Jara Wolff, Guzmán y Ribera presentamos hace algún tiempo en esta Corporación. Ahora, en el debate en la Comisión, la incorporamos como indicación, precisamente para solucionar el problema que afecta a miles de chilenas y chilenos residentes en el extranjero que, como puntualizó el Diputado señor Ribera, están en situación extraordinariamente compleja desde el punto de vista jurídico, y muy grave desde el punto de vista de sus derechos fundamentales a la nacionalidad.
El planteamiento de la Comisión es correcto, en el sentido de que se consignan alternativamente -no en forma excluyente-, las opciones de avecindarse por más de seis meses en Chile o de optar, por parte de los propios interesados o de sus padres, en su representación, por la nacionalidad chilena ante nuestros consulados en el extranjero.
Desde este punto de vista se reafirma la necesaria y muy importante vinculación de nuestro país con las colonias residentes en el extranjero; se llena un vacío muy grave en materia de nacionalidad, y se recoge una situación inédita en nuestra historia, en el sentido de que la presencia de connacionales en diversos países del mundo ha llegado a ser, cuantitativamente, muy significativa.
También concuerdo con la afirmación del señor Ministro, respecto de que sería muy delicado dejar entregada a la interpretación de las autoridades administrativas, una norma constitucional en virtud de la cual se puede entender que la exigencia de ser hijos de personas que por diversas razones perdieron la nacionalidad chilena, podría hacer inaplicable la sustitución del número 3S del artículo 10 de la Constitución. Por lo tanto, la disposición transitoria trigésima quinta complementa de manera eficaz la reforma del artículo 10.
Insisto en que si la mayoría de los sectores representados en esta Cámara están de acuerdo en la necesidad de enfrentar y resolver este problema, me parece inconducente dejar la puerta abierta a un problema de interpretación tan relevante y delicado en materia constitucional.
Por lo tanto, hago un llamado a, todos los sectores de la Cámara para aprobar la disposición trigésima quinta, porque desde él punto de vista técnico y de interpretación constitucional es la manera más adecuada de resolver la totalidad del problema, sin tener que abocamos de nuevo, en el futuro, al conocimiento de situaciones puntuales que hayan quedado fuera de la cobertura de esta norma.
He dicho.
"
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