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- rdf:value = " REPLICA A DECLARACIONES DEL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA.
El señor MUÑOZ BARRA (Presidente accidental).-
En el tumo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Diputado señor Rojo.
El señor ROJO (don Hernán).-
Señor Presidente, el país se ha impuesto de las declaraciones del señor Presidente de la Excelentísima Corte Suprema, máximo representante del Poder Judicial, en las que califica en forma despectiva a los Diputados y sostiene que esta Cámara habría actuado al margen de la Constitución. Estas declaraciones revisten máxima gravedad, porque se pronuncian en los momentos en que existe toda una campaña de desprestigio en contra de este Poder del Estado.
Desde esta alta tribuna, deseo manifestar que quienes se colocan al margen de la Constitución son los que desconocen las facultades fiscalizadoras de esta Cámara, los que toman acuerdos improcedentes, los que piden un pronunciamiento del Consejo Nacional de Seguridad para condenar las actuaciones de esta Cámara.
Olvidan que todos los magistrados y todas las autoridades de este país están sujetas a fiscalización. En el Poder Judicial, todos los magistrados están sujetos a la competencia disciplinaria de los tribunales superiores, ya sea a través del recurso de queja, o de la queja propiamente tal, cuando se han infringido las normas de derecho. A su vez, los altos magistrados del Poder Judicial son fiscalizados por medio de acusaciones constitucionales, cuando existe notable abandono de sus deberes.
Presentar, fundamentar, sostener y votar favorablemente una acusación constitucional, justa o injusta, debida o mal fundamentada, no puede representar, en forma alguna, un quebrantamiento del orden institucional, porque se está ejercitando un derecho y será el Honorable Senado quien deberá pronunciarse sobre el fondo de la acción deducida.
No se ha discutido en esta Cámara el derecho soberano de los magistrados para dictar sus sentencias. Ellas serán siempre el resultado de una convicción personal, de la reconstitución de los hechos, de la interpretación personal del derecho; es su obra, como lo es para los escritores y para los artistas.
A través de la acusación constitucional aprobada por esta Cámara no se ha pretendido ni planteado modificar o revocar la resolución que dirimió la competencia. El análisis del fallo no ha tenido otro objetivo que servir de antecedente al fondo de la acción deducida. Se ha presentado una acusación por notable abandono de deberes y se ha demostrado que los señores magistrados han mantenido una conducta permanente de denegación de justicia. Así, interrumpieron la investigación que estaba realizando la ministra señora Gloria Olivares, quien estaba actuando en un proceso del fuero ordinario y realizando exclusivamente las primeras diligencias del sumario, comprendidas en el artículo 7Q del Código de Procedimiento Civil, que son propias y obligatorias de todo juez letrado que se hubiere avocado a su conocimiento.
Permitir, por otro lado, que integre la Sala el Auditor del Ejército, quien había actuado como fiscal, decretado diligencias, dictado autos de procesamiento y, por otra parte, no haber dictado sentencia en los términos que exigen los Códigos de Procedimientos Civil y Procedimiento Penal, que señalan un plazo máximo de 15 días, y lo hace transcurrido 5 meses, al presentarse la acusación, son hechos que demuestran un notable abandono de deberes. Son estas conductas y no la sentencia las que han llevado a esta Cámara a prestar su aprobación a dicha acusación.
Es lamentable que el señor Presidente de la Corte Suprema desconozca nuestras facultades fiscalizadoras, que no acepte la necesaria fiscalización recíproca que debe existir entre los poderes del Estado y que ignore el ordenamiento institucional de la República.
La independencia del Poder Judicial se encuentra gravemente amenazada, como lo dice el señor Presidente de la Corte Suprema en el diario La Nación de hoy, no por la aprobación de la acusación, sino que precisamente por la conducta de ellos, por el hecho de que se han negado a aceptar las reformas que ha propuesto el Ejecutivo para establecer un auténtico poder del Estado, para que sea un poder que efectivamente administre justicia y dé seguridad a la Nación.
Personalmente, y ello consta a esta Honorable Cámara, he sido un defensor del Poder Judicial. Respetamos plenamente su competencia, pero exigimos reciprocidad. Somos los auténticos representantes de la ciudadanía. Estamos sujeto al control reglamentario del Tribunal Constitucional, a la calificación del Poder Judicial en relación a solicitudes de desafuero, pero, especialmente, al control de la ciudadanía, y al requerir nuestro pronunciamiento, tenemos que hacerlo como auténticos representantes del pueblo.
He dicho.
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