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- rdf:value = " El señor GARCIA (don José).-
Señor Presidente, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 17 de la ley orgánica del Congreso Nacional y conforme con lo señalado en los artículos 219 y siguientes del Reglamento, paso a informar el proyecto de ley que faculta al Presidente de la República para dictar decreto con fuerza de ley que incorpore el cargo de administrador municipal en las plantas de las municipalidades que opten por crearlo.
La Comisión de Hacienda estimó que la iniciativa no irroga un mayor gasto fiscal, pues, como se señaló en el informe de esta Comisión, recaído en la ley N° 19.130, modificatoria de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, el mayor gasto que significa la aplicación del artículo 24 bis, es de cargo de la propia municipalidad que acuerde su creación y se financia con los recursos que a ésta le asigna la Ley de Rentas Municipales. Por ello, la Comisión de Hacienda consideró innecesario solicitar informe acerca de la incidencia financiera o presupuestaria del artículo único propuesto y recomendó su aprobación por unanimidad.
He dicho.
"
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