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- rdf:value = " El señor SABAG.-
Honorable Cámara, el grave problema habitacional de nuestro país requiere ser enfrentado en forma real, eficiente y suficiente. De otra forma continuará el drama que viven miles de matrimonios jóvenes que deben pedir a sus padres y amigos que les permitan estar a su lado en una sola casa, "mientras tanto" resuelven su problema. Seguirán viviendo hacinadas aquellas familias que se trasladan en busca de mejor destino. Familias numerosas deberán continuar habitando casas viejas y estrechas, no pensadas para otorgar a sus moradores el mínimo de dignidad que requieren para su vida normal.
Todo ello es muy conocido, y para no caer en aquello de "por sabido se calla y por callado se olvida" es necesario volver cada vez a tocar el tema. Esta ocasión es la adecuada para plantearse en tomo a soluciones factibles y acordes con el giro actual de la economía. Por eso y aunque las sepamos, bueno es recordar unas pocas cifras, y sólo para ilustrar las afirmaciones que se harán más adelante.
Nuestro déficit habitacional absoluto va, según diversas fuentes, desde 400 mil a 800 mil viviendas. Según estudios realizados por la Universidad Católica, este déficit será de unas 80.000 viviendas anuales. Esto sólo para cubrir la necesidad actual por crecimiento del número de hogares y reposición de los obsoletos. Es decir, el ritmo de construcción alcanzado en los últimos años, que más o menos corresponde a la necesidad actual, requiere ser incrementado más aún si se quiere dar una batalla decisiva para erradicar el déficit.
El Estado, que ciertamente tiene el deber de velar por el bien común, no puede permanecer ajeno al problema y tenemos un programa de incentivo al ahorro de los interesados para solucionar el problema, debidamente respaldado por éste. Sin embargo no es suficiente, como puede verse. Se requería la implementación de una idea que contemplara el aporte de todos los sectores en una forma real y esté acorde con el sistema financiero vigente de economía social de mercado. El proyecto de ley que nos fuera mandado por el Ejecutivo, contempla a mi juicio tales premisas.
Conviene tener en cuenta dos aspectos adicionales:
a).- Las políticas habitacionales han apuntado tradicionalmente a hacer propietarios inmediatamente que se obtiene el apoyo estatal. Sin embargo, este objetivo tan loable, al ser exclusivo, condena por muchos años a la marginalidad o al allegamiento a las familias jóvenes de los sectores de menores ingresos, ya que no existe un mercado de arriendo adecuado para estos sectores.
b).- El segundo aspecto es que, entre los sectores de ingresos bajos existen muchas familias cuyo desempeño laboral independiente les impide ser sujetos de crédito, con lo cual ven limitadas sus posibilidades de acceso a los beneficios del subsidio habitacional.
En consecuencia, es posible concluir que resulta conveniente complementar los sistemas de subsidio habitacional existentes con un mecanismo alternativo que tienda a lograr simultáneamente dos cosas:
1.Generar un canal adicional para aumentar la inversión en vivienda social, principalmente con recursos privados, ya que el mayor esfuerzo del Estado debe ser necesariamente moderado, porque también deben atenderse otras necesidades sociales.
2.Apoyar a las familias de bajos ingresos para que logren convertirse en arrendatarios de una vivienda en condiciones adecuadas durante el período previo en que no son propietarios.
Una breve descripción del proyecto nos permite visualizar mejor las ideas expuestas y lo novedoso de éste. Siendo así que es tarea común de la nación el buscar el bienestar de todos sus componentes, forzoso es concluir que todos deben aportar para encontrar este bienestar, porque todos somos la nación, todos componemos su fuerza y sus posibilidades, al mismo tiempo que sus necesidades.
Soy enfático en declarar aquí y para que se deje en la historia de la lucha por el bienestar del ser humano: ni paternalismo, ni el estatismo, ni muchos menos el despiadado juego de la explotación de las necesidades vitales del ser humano por parte de personas o entidades (que son personas al serlo de una agrupación de ellas). Ninguna de estas variables, repito, es solución viable del punto de vista del humanismo, pero sí lo es el concurso de todos los estamentos descritos. Así visualizo este proyecto y por esto pido a mis honorables colegas la mayor consideración hacia él.
Algunos conceptos básicos del proyecto son los siguientes:
1. Propone otorgar un subsidio estatal periódicamente, cuyo objetivo sería ayudar al beneficiario a formar un ahorro suficiente para convertirlo en propietario, dentro de un plazo razonable, de la vivienda que mientras tanto el sistema le posibilita arrendar en condiciones de mercado, y por la cual ha suscrito contrato de promesa de compraventa.
2. El sistema también será aplicable para el arrendamiento con promesa de compraventa de viviendas de mayor valor que no gocen de subsidio.
3. El beneficiario de subsidio se obliga a un aporte mensual fijo en unidades de fomento, el que se determina al momento de ingresar al sistema.
4. El subsidio será pagado en cuotas periódicas por el Estado en un plazo de hasta 20 años y su valor actualizado será similar al que se otorga de una vez para la compra de una vivienda.
5. El mecanismo que se propone sería complementario al sistema existente y el beneficiario podría seleccionar libremente entre las dos opciones para postular al subsidio habitacional.
6. El monto total enterado mensualmente con el aporte personal y comprometido más el subsidio periódico se depositará en una cuenta de ahorro individual abierta para ese objetivo exclusivo en un Banco o en una administradora de fondos de pensiones. El beneficiario podrá hacer depósitos voluntarios adicionales en su cuenta individual.
7. Con cargo a dicha cuenta, el banco o la administradora pagará mensualmente la renta de arrendamiento pactada con el propietario de la vivienda. El saldo y sus capitalizaciones constituirán el fondo disponible para la compra de la vivienda.
8. Los propietarios celebrarán contratos de arrendamiento con los beneficiarios del subsidio, los cuales incluirán una promesa de compraventa de la vivienda, a materializarse cuando el saldo de la cuenta individual sea igual al precio de compraventa pactado o al enterarse 20 años. Si al término de este plazo, por cualquier causa no se hubiere completado el fondo necesario, la diferencia deberá enterarse en ese momento.
9. La renta de arrendamiento será fija y se expresará en Unidades de Fomento.
La operación del sistema considerará regulaciones legales que incluirán: "Descuentos por planilla del aporte del beneficiario; "aplicación de los fondos de la cuenta individual en caso de mora en el aporte del beneficiario o daños al inmueble; "prohibición de girar de la cuenta individual para otra finalidad o de otorgar los fondos en garantía; "la inembargabilidad de los fondos por otras causas; "y un procedimiento ejecutivo para poner término, en casos calificados, a los contratos de arrendamiento con promesa de compraventa.
10. El sistema contemplará también las condiciones de flexibilidad que hará posible la cesión de los derechos del beneficiario, además de la ampliación de las viviendas.
11. Digno de anotarse aparte es el hecho que el proyecto contempla un pago de arriendo por parte del interesado, no superior al 25% de su renta mensual líquida.
Señor Presidente, no escapará al criterio de esta Honorable Corporación el hecho que el tema y el objeto de este proyecto de ley son de una importancia elemental para la gente de nuestro país. Puede ser perfeccionado, pero la idea básica es un sistema posible para solucionar un viejo y agudo problema.
Últimamente nos hemos estado preguntando la mejor forma de invertir los cuantiosos fondos de reserva de las administradoras de fondos previsionales. Las mismas administradoras han hecho proposiciones razonables que han sido acogidas; muchos ciudadanos han sugerido que este campo de inversión sería de desear no sólo para solucionar el problema habitacional descrito y conocido, sino además para procurar una renta segura a las empresas citadas dentro de nuestro mismo país y en nuestra misma gente.
Se debe considerar como una actividad rentable de las administradoras mismas, al mismo tiempo que se visualiza como justa u oportuna, ya que una vez más se usa en beneficio de los imponentes mismos, lo que ello aportan a esas empresas.
El sistema permitirá también que las empresas puedan participar en la solución del problema habitacional de sus propios trabajadores. Esta participación podría llegar a ser muy importante con el aporte de capacidad de gestión, captación de recursos financieros privados que pueden lograr directamente las empresas y la disminución de costos derivados de las economías de escala y menor riesgo del negocio inmobiliario.'
Finalmente, y no por ello menos importante, también sería un mecanismo más apto para la aplicación del subsidio habitacional a través de grupos organizados en cooperativas, aprovechando mejor la experiencia y capacidad de gestión de este importante sector.
He dicho.
"
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