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El señor CALDERÓN.-
Señor Presidente , Honorable Senado, no es necesario reiterar la necesidad de modificar sustancialmente el Plan Laboral con relación a las organizaciones sindicales y la negociación colectiva.
El proyecto original del Ejecutivo , a pesar de constituir un innegable mejoramiento de las normas de ese cuerpo legal dictado por el Régimen militar, contenía algunas deficiencias. Con el ánimo de corregirlas, presenté indicaciones, entre otras cosas, para reconocer el derecho de sindicalización a los funcionarios públicos; extender el derecho a negociar colectivamente a todos los trabajadores, privados y públicos, con la sola excepción de los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden; ampliar las materias negociables a todas aquellas que deseen las partes, o sea, que queden a la libre voluntad de empleadores y trabajadores; asegurar el derecho a la información de los trabajadores, el que, correctamente consagrado, puede constituir un importante mecanismo de participación e integración de los trabajadores en la empresa; recoger la teoría de los derechos adquiridos en la negociación colectiva, para evitar que los trabajadores cada vez tengan que comenzar de cero a luchar y defender todas sus conquistas ganadas en años, e impedir el debilitamiento de la huelga legal mediante el llamado "descuelgue", que no es más que la posibilidad de que el empleador pueda presionar y negociar individualmente con los trabajadores para que se reincorporen, quitando fuerza a la parte trabajadora en pleno conflicto.
En total, fueron 52 las indicaciones que formulé, basado en documentos de las organizaciones más representativas de los trabajadores chilenos: la CUT y, en el caso de los servidores públicos, la ANEF.
Debo lamentar, señor Presidente, que la mayoría de las Comisiones unidas no haya acogido la casi totalidad de estas sentidas aspiraciones de los trabajadores.
Pero, deseo destacar, por parecerme un avance importante, la aprobación de la indicación en que proponía extender el fuero laboral a los integrantes de los Comités Paritarios de Seguridad Industrial.
Asimismo, hago presente que en el debate de las Comisiones el señor Ministro del Trabajo nos informó que se está analizando con los funcionarios públicos el problema de su organización gremial y que pronto nos enviará un proyecto de ley sobre la materia.
Como se ha reconocido, la iniciativa del Ejecutivo contenía una serie de aspectos muy positivos que perseguían la valoración de las organizaciones sindicales en la empresa y en la sociedad chilena y, además, restituía la inexistente igualdad en la negociación colectiva, con el objeto de hacer eficaz este fundamental mecanismo de equilibrio social. Entre esos aspectos, puedo destacar el aumento de los fines de los sindicatos; la cotización mínima legal a organizaciones superiores; el reconocimiento sólo a los sindicatos como parte de la negociación colectiva, excluyendo a los grupos negociadores; la posibilidad de negociar más allá de la empresa, reconociendo tal derecho a los sindicatos interempresas, terminando con la prohibición absurda de negociar a las federaciones y confederaciones, y la factibilidad de extender los contratos colectivos a los trabajadores que se incorporen a la empresa con posterioridad a su firma, por el sólo hecho de ingresar al sindicato que lo había suscrito o por pedirlo directamente al empleador.
Todos ellos constituyen mecanismos que, indiscutiblemente, habrían facilitado la generación de relaciones laborales más modernas y equitativas. Por desgracia para los intereses de los trabajadores, los Parlamentarios de la Concertación se han visto forzados a suscribir un acuerdo con los de la Derecha, en razón del control que éstos ejercen de la mayoría del Senado, dejando fuera de la iniciativa aspectos decisivos para la democratización de las relaciones laborales. Tal acuerdo -que no suscribí- ha conducido a un proyecto que, lamentablemente, entre otras cosas, excluye la cotización mínima legal que permitía cierto financiamiento a las organizaciones de grado superior; quita representatividad a los sindicatos al mantener el derecho a negociar a grupos de trabajadores no organizados sindicalmente; termina con una de las características de los convenios colectivos de trabajo, desconociendo que, por su naturaleza, pueden ser extendidos a los trabajadores que se incorporen a la empresa con posterioridad, y reintroduce la posibilidad de contratar trabajadores de reemplazo desde el primer día de huelga, revalidando con ello la legalización de la detestable institución de los "rompehuelgas".
Señor Presidente , el proyecto que estamos debatiendo posterga la posibilidad de poner en vigencia en el país una ley y un sistema de relaciones laborales efectivamente modernos y concordantes con las tendencias y normas internacionales. Mis afirmaciones son producto de consultas a destacados abogados laboralistas y tratan de demostrar que el discurso de modernidad de que algunos hacen gala en este foro no es consecuente. Lo moderno sólo se acepta para algunas cosas, pero no para las relaciones laborales. La modernidad no consiste en pretender mantener y mejorar la competitividad internacional a costa de los beneficios laborales y de la superexplotación de los trabajadores.
Con este proyecto estamos diciendo al mundo del trabajo que no tenemos voluntad de reinsertar, en la comunidad internacional, nuestra institucionalidad laboral, para la cual la ratificación de los convenios y recomendaciones de la OIT y la adopción del espíritu y de la esencia de los pactos sociales internacionales constituiría un importantísimo avance. Ello supondría homologar y reconocer al derecho laboral chileno a escala internacional.
Por lo tanto, desde esta Sala, solicito formalmente al señor Ministro del Trabajo que el Ejecutivo haga suya esta sentida demanda de las organizaciones sindicales y de sus dirigentes y someta a la consideración de este Parlamento la propuesta de ratificación de dichos convenios.
Es nuestro deber ir adecuando desde ya la legislación nacional a los principios y tendencias internacionales. A partir de 1993, año en que empezará a regir la Unión Aduanera Europea, el mercado del Viejo Continente puede ampliársenos o reducírsenos drásticamente. Chile tendrá que tratar de conseguir el status de nación favorecida; la identificación o paralelismo en cuanto a institucionalidad -incluida la laboral- nos ayudaría enormemente.
A nadie le gusta que le traten de vender ilusiones. Por eso, espero que esta vez no se digan palabras de buena crianza y no se hable de que el proyecto ha mejorado con los aportes de la Oposición.
No podemos negar que la iniciativa ha empeorado -y enormemente- desde el punto de vista de los intereses de los trabajadores y del cumplimiento del programa de la Concertación, por el cual votó la mayoría del país. También ha empeorado en cuanto a avanzar hacia una sociedad más justa, verdaderamente más moderna y eficiente.
Si nos vemos obligados a aceptarlo, es porque estamos en una institucionalidad que no es plenamente democrática y de la cual la Derecha abusa para imponer su voluntad minoritaria. Y, aunque el proyecto no tiene la virtud de democratizar y modernizar realmente las relaciones laborales -lo cual lamento-, contiene claras mejorías respecto de esa aberración que constituye el Plan Laboral.
Por eso, a pesar de sus enormes debilidades, no puedo oponerme y, en consecuencia, lo votaré favorablemente, anunciando que formularé dos nuevas indicaciones: una, relacionada con la negociación de los trabajadores de mar y, otra, para eliminar la prohibición de negociar a los de obra y de temporada.
He dicho.
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