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El señor VALDÉS ( Presidente ).-
En seguida, corresponde discutir el proyecto de ley, iniciado en mensaje del Presidente de la República , que establece nuevas normas sobre organizaciones sindicales y negociación colectiva, con informe de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, unidas.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 10ª, en 7 de noviembre de 1990.
Informes de Comisión:
Trabajo y Constitución, unidas, sesión 33ª, en 15 enero de 1991.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
En discusión general.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social.
El señor CORTÁZAR ( Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , Honorable Senado, este proyecto sobre organizaciones sindicales y negociación colectiva se refiere a los aspectos más centrales del derecho colectivo.
La primera parte busca el desarrollo de organizaciones sindicales libres, al permitir la afiliación voluntaria y la pluralidad sindical, pero también al eliminar una serie de prohibiciones y limitaciones que contempla la legislación vigente. En particular, se les asignan nuevas funciones, y a las de grado superior, como las federaciones y confederaciones, la posibilidad de participar en la suscripción de instrumentos colectivos, en especial la de negociar colectivamente. También se las hace más representativas y autónomas, para lo cual se propone la extensión y el fortalecimiento de los fueros sindicales, el aumento de los permisos sindicales y una mayor facilidad de financiamiento para las organizaciones laborales.
Un sindicalismo moderno requiere estar adecuadamente financiado. La iniciativa determina que los afiliados de la organización de base sean quienes definan, en votación secreta, las contribuciones que desean efectuar a ella o a una entidad de grado superior, como una federación o confederación. Una vez tomado este acuerdo, se generan mecanismos adecuados de recaudación para las federaciones, confederaciones y centrales sindicales, permitiendo de este modo que tengan acceso, en mejor forma que la contemplada en la legislación vigente, al financiamiento que libremente se haya aprobado.
Por otro lado, se señala que los trabajadores que se beneficien de la acción de las organizaciones sindicales -en particular, por un contrato colectivo en una negociación en la que no hayan participado- contribuyan con el 50 por ciento de la cuota ordinaria al financiamiento de la organización que dé origen al resultado que les sea favorable.
La segunda parte del proyecto se refiere al otro aspecto fundamental del derecho colectivo: la negociación colectiva, con el propósito de que sea más amplia, equilibrada y eficaz.
Se pretende una negociación colectiva más amplia, sobre la base de que la actual legislación la permite sólo a nivel de la empresa, prohibiendo la posibilidad de que se extienda más allá del ámbito de ésta, aunque los trabajadores y empresarios así lo acuerden. El proyecto sometido a la consideración del Honorable Senado elimina esas prohibiciones y dispone que los sindicatos interempresas, las federaciones o las confederaciones pueden negociar colectivamente, si hay un acuerdo previo y voluntario entre trabajadores y empresarios en tal sentido.
Asimismo, la actual legislación no permite la firma de convenios colectivos por parte de sindicatos de trabajadores eventuales, como, por ejemplo, los temporeros de la fruta o los de otros sectores. El proyecto sometido a la consideración del Honorable Senado establece que, cuando haya acuerdo de las partes, los sindicatos de trabajadores eventuales y transitorios podrán firmar convenios colectivos que fijen sus condiciones de trabajo o de ingreso.
La actual legislación contiene un largo listado de prohibiciones, de temas vedados para la negociación, aunque las partes deseen someterlos a ella. Una gran cantidad de esas prohibiciones se eliminan, quedando excluido de la negociación colectiva sólo lo que atenta contra la facultad de organizar, dirigir y administrar la empresa, o los aspectos ajenos a ésta.
La actual legislación determina que cuando los trabajadores ingresan a una empresa, y mientras dura en ella la vigencia de un contrato colectivo, no pueden negociar colectivamente. El proyecto sometido a la consideración del Senado plantea que los trabajadores que ingresan a una empresa, cuando cumplan con los requisitos de quórum consignados en la ley, pueden negociar colectivamente, aunque existan contratos colectivos vigentes.
Junto con tenderse a una negociación colectiva más amplia, se desea también que sea más equilibrada.
La iniciativa en debate elimina el plazo vigente de 60 días para la huelga, el cual está ausente prácticamente de todas las legislaciones modernas en materia laboral. Conduce, en cambio, a que sean las partes las que tengan que encontrar un acuerdo, pero no porque la ley imponga un término a la huelga, cuando aquél no se ha alcanzado.
Del mismo modo, la legislación actual concibe la posibilidad de reemplazar a los trabajadores en conflicto desde el primer día, independientemente de cuál sea la oferta del empleador. El proyecto sometido a la consideración del Senado relaciona el momento en que se puede hacer uso de ese mecanismo a la clase de la última oferta que se haya hecho por parte del empleador.
Además de perseguirse el propósito de que sea más amplia y equilibrada, se quiere que la negociación colectiva sea más eficaz.
La iniciativa fortalece una institución nueva y fundamental en un proceso de negociación colectiva, cual es la de mediación. Propone la constitución de un cuerpo de mediadores y destaca que el instrumento de la mediación voluntaria entre las partes se puede convertir en un instrumento eficaz para lograr una solución rápida y equilibrada de las diferencias producidas en los conflictos colectivos.
El texto sobre organizaciones sindicales y negociación colectiva se suma a otros proyectos ya despachados por el Congreso: el de centrales sindicales y el de terminación del contrato de trabajo. Tal como en los casos anteriores, es fruto de un acuerdo alcanzado en el Senado entre Parlamentarios de Gobierno y Oposición. Tal como sucedió con los dos proyectos anteriores, se trata de dar un paso más hacia la modernización de nuestras instituciones sociales y políticas; hacia condiciones laborales de mayor equidad; hacia reglas del juego que, al ser más equitativas, puedan tener mayor legitimidad social y más posibilidades de estabilidad en el tiempo. Constituye, como en el caso de los proyectos anteriores, un paso más en el cumplimiento de nuestro Programa de Gobierno.
Muchas gracias.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz De Giorgio.
El señor RUIZ (don José).-
Señor Presidente, estimados colegas:
Creo que para iniciar la discusión de este proyecto es importante, como lo ha manifestado el señor Ministro del Trabajo, tener también en cuenta lo que ha pasado con iniciativas anteriores.
Quiero referirme en particular a una situación que debe llamarnos a meditar: despachamos un proyecto sobre el término del contrato de trabajo con la clara intención de que tendería a solucionar los abusos reiterados que han afectado a numerosos trabajadores. Sin embargo, las cláusulas del contrato no son respetadas, y muchos empleadores están utilizando incluso las normas de la iniciativa para poder despedir indiscriminadamente.
Por lo tanto, estimo que hay que analizar el tema más en profundidad. No se trata sólo de examinar una disposición más o una disposición menos.
Es importante que consideremos la filosofía que imprime el cambio en la legislación laboral que pretendemos concretar.
El trabajo humano y el hombre de trabajo
El 5 de mayo próximo se cumplirán 100 años desde que León XIII impactara al mundo con su oportuna y sabia Carta Encíclica "Rerum Novarum". Desde entonces, la humanidad ha sufrido dos guerras mundiales, se han liberado la casi totalidad de las colonias, surgió y se derrumbó el comunismo, y la ciencia avanza a pasos cada vez más veloces, haciendo insignificantes las distancias y descubriendo nuevos secretos, que pueden hacer más humana la convivencia entre los pueblos o llevarnos a la destrucción total.
Fue un mensaje oportuno el de León XIII, porque el desarrollo vertiginoso ocasionado por la máquina, junto con producir más y mejores bienes, que mejoraron las condiciones de vida de un sector de los países industrializados, trajo aparejada la brutal explotación de hombres, mujeres y niños, que eran tratados como verdaderos esclavos. Llegó a tanto, que tuvieron que dictarse leyes para impedir el acceso de menores de 8 años a las fábricas.
El afán de lucro desmedido y la implacable competencia, hacían que "las riquezas se acumulaban en unos pocos, empobreciendo a las multitudes, generando la corrupción de las costumbres". En este estado de cosas, "los obreros se han ido quedando solos e indefensos," -decía el Papa- "entregados por la condición de los tiempos, a la inhumanidad de sus patrones y a la desenfrenada codicia de sus competidores".
El mundo obrero comenzó a soportar una creciente influencia de quienes respondían a la explotación con la violencia revolucionaria. La desesperación y las miserables condiciones de vida a que el capitalismo sometía a la masa laboral hacía atractiva -y a veces quizás era percibida como la única posibilidad- la lucha de los explotados en contra de los explotadores.
La Iglesia comienza por asumir como un deber irrenunciable el de denunciar con claridad y valentía la situación existente y el de llamar la atención sobre la gravedad de la situación, demandando la cooperación de todos: de los gobernantes, de los patronos, de los ricos y hasta de los mismos proletarios de cuya suerte se trata, decía el Papa.
Insiste la Iglesia en que "se aúnen los pensamientos y las fuerzas de todas las clases para poner remedio, lo mejor que sea posible, a las necesidades de los obreros: y para conseguirlo, cree que se deben emplear aunque con la debida ponderación, las leyes mismas y la autoridad del Estado".
León XIII decía a los poderosos de la época: "en general deben acordarse los ricos y los patronos que oprimir en provecho propio a los indigentes y menesterosos, y explotar la pobreza ajena para mayores lucros, es contra todo derecho divino y humano".
A los gobernantes les decía: "Por tanto, el Estado debe dirigir preferentemente sus cuidados y providencias a los asalariados que forman parte de la clase pobre y necesitada, en general".
Al referirse el Papa León XIII al salario, decía: "aunque concedido que el obrero y su patrono libremente convengan en algo y particularmente en la cantidad del salario, queda, sin embargo, siempre una cosa, que dimana de la justicia natural y que es de más peso y anterior a la libre voluntad de los que hacen el contrato, y es ésta: que el salario no debe ser insuficiente para la sustentación de un obrero frugal y de buenas costumbres; y si acaeciese alguna vez que el obrero, obligado por la necesidad o movido por el miedo de un mal mayor, aceptase una condición más dura, que, aunque no quisiera, tuviere que aceptar por imponérsela absolutamente el patrón o el contratista, sería eso hacerle violencia y, contra esta violencia, reclama la justicia".
En estos cien años que han pasado desde la dictación de dicha encíclica, la Iglesia continuó preocupada de la situación social de los hombres de trabajo. Así, conocimos la encíclica "Quadragesimo anno", de Pío XI, al cumplirse cuarenta años de la Carta de León XIII; Juan XXIII , el Papa Bueno, nos iluminó con las encíclicas "Mater et Magistra" y "Pacem in terris"; Paulo VI nos entregó "Populorum progressio" e "Igualdad y participación".
Juan Pablo II , el Papa Obrero, aparte escribir sobre los más variados temas, puso especial preocupación en su encíclica al mundo del trabajo, denominada " Laborem Exercens ". El Santo Padre no sólo conoció la dureza del trabajo en las canteras, sino que vivió y sufrió la ocupación nazi durante la Segunda Guerra mundial y la dictadura comunista desde la segunda mitad de la década de los años cuarenta. En su Carta pone como elemento básico de la relación laboral el respeto y reconocimiento al hombre de trabajo; destaca la necesaria solidaridad para con los trabajadores y entre ellos mismos; resalta el papel de la familia en la sociedad; aborda el conflicto entre el capital y el trabajo, dando clara preeminencia a éste sobre aquél y rechazando la lucha de clases como método para dirimirlo.
Juan Pablo II pone énfasis también en los derechos del hombre de trabajo. Y dice: "Estos derechos deben ser examinados en el amplio contexto del conjunto de los derechos del hombre que le son connaturales, muchos de los cuales son proclamados por distintos organismos internacionales y garantizados cada vez más por los Estados para sus propios ciudadanos.".
Más adelante señala: "la realización de los derechos del hombre del trabajo no puede estar condenada a constituir solamente un derivado de los sistemas económicos, los cuales a escala más amplia o más restringida, se dejen guiar sobre todo por el criterio del máximo beneficio.".
Pero, al igual que León XIII, el Papa actual aborda con claridad el tema quizás más polémico de su encíclica: el salario y las prestaciones sociales. Y dice: "El problema clave de la ética social es el de la justa remuneración por el trabajo realizado.". Para ello, da la siguiente definición de "justa remuneración": "Una justa remuneración por el trabajo de la persona adulta que tiene responsabilidades de familia es la que sea suficiente para fundar y mantener dignamente una familia y asegurar su futuro.".
Juan Pablo II destaca también la importancia de los sindicatos, en los siguientes términos: "el derecho a asociarse; esto es, a formar asociaciones o uniones que tengan como finalidad la defensa de los intereses vitales de los hombres empleados en las diversas profesiones.". Y agrega: "Los justos esfuerzos por asegurar los derechos de los trabajadores, unidos por la misma profesión, deben tener siempre en cuenta las limitaciones que impone la situación económica general del país.".
Al referirse a la huelga, señala: "Actuando en favor de sus miembros, los sindicatos se sirven también del método de la huelga, es decir, del bloqueo del trabajo, como una especie de ultimátum dirigido a los órganos competentes y sobre todo, a los empresarios. Este es un método reconocido por la doctrina social católica como legítimo en las debidas condiciones y en los justos límites.".
A la luz de los documentos citados y de las intervenciones papales, en distintas oportunidades, sobre los derechos de los trabajadores, parece conveniente recordar a los "constructores de la sociedad" los riesgos de olvidarse de las enseñanzas de la Iglesia; de caer en la tentación de anteponer a los valores de la persona humana el dogma del libre mercado o la esclavitud de las nuevas tecnologías como valores absolutos; y, con soberbia, pretender construir un mundo sin Dios.
Debemos utilizar el mercado como un eficiente asignador de recursos, teniendo en claro que no es el único y que el Estado puede y debe cumplir un papel, como garante del bien común, especialmente protegiendo a los más débiles de la sociedad.
No es menos importante la adecuada utilización de los adelantos de la ciencia, que pueden mejorar sustancialmente las condiciones de vida de los pueblos. Pero, utilizados al margen de los intereses de los sectores sociales más postergados o solamente desde el punto de vista de los resultados económicos, sin analizar ni evaluar debidamente el impacto social que produzcan, pueden volverse en contra del progreso y terminar esclavizando al hombre de trabajo. No es el hombre quien debe estar al servicio de la economía, sino ésta al servicio del hombre. Y los adelantos de la ciencia deben ser elementos que ayuden a la liberación del ser humano y no a su esclavitud.
Éstas son, a mi juicio, algunas reflexiones necesarias para iniciarnos en el debate de una ley laboral acorde con la sociedad que deseamos construir. Si ponemos al mercado como el único elemento ordenador de la economía y al trabajo humano como una mercancía más que se transa en él, se estará promoviendo la lucha de clases y la confrontación que destruye y limita las posibilidades de desarrollo.
Más bien, proponemos intensificar el esfuerzo ya iniciado por el Gobierno de la Concertación en el sentido de promover el diálogo entre trabajadores y empresarios y desarrollar una creciente acción de acuerdos políticos, asumiendo que la fuerza de las leyes provendrá fundamentalmente de su aceptación en la comunidad nacional.
Necesitamos que las leyes sean justas, a fin de que tengan legitimidad ante la sociedad y, básicamente, protejan al sector más débil, que son los trabajadores. Porque, como decía Lacordaire, "entre el débil y el fuerte, es la libertad la que oprime y la ley la que protege".
Contenido de la reforma laboral
El señor Ministro del Trabajo ha hecho un excelente resumen del contenido y sentido de la reforma laboral, por lo que sólo insistiré en algunos puntos.
En esta iniciativa se eliminan algunas prohibiciones que dificultan la organización sindical, en busca de mayor libertad; se amplían las atribuciones de las organizaciones sindicales, dando mayor libertad a través de los estatutos de la propia organización; se mejora la situación de los fueros laborales, entregando una mayor y mejor protección a los dirigentes y mujeres embarazadas; se hace más expedita la recaudación de la cuota sindical, en función de dotar al sindicalismo de los recursos que le garanticen su independencia y autonomía; se posibilita la negociación colectiva más allá del ámbito de la empresa; se elimina la prohibición de las federaciones, confederaciones y sindicatos interempresas para negociar colectivamente; se permite la ampliación de este derecho a los trabajadores ingresados después de desarrollado el proceso de negociación colectiva; se autoriza para extender los beneficios de la negociación colectiva a los trabajadores que no formaron parte del proceso, siempre que efectúen el aporte respectivo a la organización que negoció; se amplían las materias susceptibles de negociación colectiva, y se reducen las limitaciones al ejercicio de la huelga.
En resumen, se amplían la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva, eliminándose trabas y restricciones innecesarias.
El proyecto presentado por el Ejecutivo recoge sólo en parte las aspiraciones de los trabajadores; demuestra gran moderación, e intenta una aproximación a un punto equidistante entre la posición de los sectores empresariales que no desean modificaciones y las organizaciones sindicales que, en justicia, buscan cambios más profundos.
Tal como el señor Ministro del Trabajo lo ha dicho en el Senado en numerosas oportunidades, el Gobierno planteó las enmiendas que estimaba convenientes y oportunas para regular las relaciones laborales durante la transición. Es cierto que abrigaba la esperanza de concretar el máximo de sus proyectos, porque ello habría permitido, probablemente, una mayor estabilidad de las nuevas leyes laborales. Lamentablemente, la actitud de la Derecha ha disminuido en buena medida la posibilidad de entregar a los trabajadores más garantías de justicia, reduciendo la reforma laboral a un avance modesto respecto de la legislación vigente.
No habrá paz verdadera mientras no se eliminen las causas de la injusticia que afecta especialmente a los trabajadores activos, a los pasivos y a los cesantes.
Tramitación del proyecto
En una hábil maniobra destinada a impedir que se llegara a la Sala con un informe desfavorable, la Derecha logró que los proyectos laborales ingresaran a las Comisiones unidas de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Trabajo y Previsión Social.
Defendí sin éxito la separación de dichas Comisiones. Entonces, se inició primero el estudio del proyecto sobre terminación del contrato de trabajo y estabilidad en el empleo, calificado por el Gobierno de "Simple Urgencia".
Terminada la tramitación de esa iniciativa, cada vez que quise citar a reunión, el Presidente de la Comisión de Constitución me decía que ésta ya había sido citada para tratar numerosas materias pendientes que, en vez de disminuir, aumentaban por los proyectos de ley enviados por el Ejecutivo y las exigencias propias del Senado.
En esas circunstancias, solicité al Presidente de la Corporación y a los Comités de la Concertación revisar el acuerdo adoptado al respecto. Al no obtener resultados positivos, se convino con el Gobierno el retiro de los proyectos sobre organización sindical y negociación colectiva -que estaban separados-, los cuales se refundieron en uno solo que fue ingresado en octubre con "Simple Urgencia".
Nuevamente debimos soportar las dificultades del trabajo unido de las Comisiones, postergando una y otra vez las reuniones, con el atraso y malestar que provocaba esta situación.
Finalmente, cuando todos reconocían la inconveniencia del procedimiento, ante la negativa de modificar una actitud a mi juicio intransigente, propuse que la Comisión de Trabajo y Previsión Social funcionara como Subcomisión de las Comisiones unidas, absteniéndome de votar, para mantener la correlación de las fuerzas políticas en éstas. Aun así, tuvimos serias dificultades, ya que la Cámara Alta no recupera todavía una práctica antigua y de alta eficiencia: la especialización de los Senadores en determinadas materias.
Pareciera que el protagonismo excesivo de algunos los lleva a participar en todas las actividades importantes de la Corporación, desperfilando a los miembros titulares de las Comisiones, quienes muchas veces sólo juegan papeles decorativos en sus sesiones.
Sin embargo, hay algo más grave, y quisiera manifestarlo en esta oportunidad: la pretensión de la Derecha de convertirse en protagonista del proceso de transición, asumiendo en el Senado una mayoría política que no tiene, al menos formalmente.
Los argumentos que se esgrimen para solicitar más tiempo en la tramitación de algunos proyectos de gran complejidad y envergadura son absolutamente válidos. Habría resultado impensable conocer y despachar en solamente un mes, en primer trámite, una iniciativa como la que hoy nos ocupa. Pero si la Comisión especializada lo hubiere recibido y tramitado en forma eficiente y con dedicación, podría haberlo despachado en un mes; y la Comisión de Constitución habría demorado otros treinta días -considerando su carga de trabajo- en tratar las materias del texto que le competen.
En definitiva, en dos meses se podría haber estudiado y despachado la iniciativa en forma seria y con responsabilidad ante el país. Lo anterior, sin perjuicio de las negociaciones y los acuerdos políticos necesarios para lograr el mayor respaldo a las materias en estudio.
Al respecto, considero útil recuperar el papel del Senado como punto de encuentro y debate, donde con madurez se busquen las soluciones políticas a los conflictos que siempre existirán en nuestra sociedad.
Lo que sí reviste importancia es asumir cabalmente la voluntad popular libremente expresada en las urnas y manifestada a través de los más variados mecanismos que tiene el pueblo para llamar la atención sobre sus problemas y necesidades.
Me parece que aquí se ha producido una lamentable confusión. La Derecha piensa que tiene mayoría en el Senado y que, por lo tanto, el Gobierno de la Concertación debe obligatoriamente pactar con ella o no tendrá ley.
La Derecha no ganó la última elección. Y los Senadores designados deben suponerse independientes, por lo que, en teoría, podrían votar al margen de la voluntad de aquélla. Si es así, ¿a título de qué debemos negociar bajo las presiones a que nos somete la Derecha?
Es posible que estas expresiones causen sonrisas en algunos Honorables colegas. Pero lo que estoy señalando llevaría a otro análisis, quizás más profundo: si los Senadores designados no integran formalmente el bloque de la Derecha, a lo menos sus puntos de vista y sus principios se identifican con ella; pero en la práctica, constitucionalmente, son independientes.
A mi juicio, se ha cometido un error al descalificarlos personalmente. Sin embargo, lo claro es que tenemos una institucionalidad no plenamente democrática. El pueblo no ejerce efectivamente su soberanía, y esta situación favorece a los intereses que representa y defiende la Derecha.
Para el establecimiento de la paz en el país, no creo prudente mantener y prolongar indefinidamente ese estado de cosas. Los trabajadores y el pueblo merecen una oportunidad después del largo sufrimiento impuesto.
Por otra parte, tampoco se puede jugar con la responsabilidad y madurez demostrada durante estos meses por el movimiento sindical.
Desde esta Alta Tribuna, reclamo a los representantes de la Derecha que acepten su papel de minoría, porque perdieron la elección. Y si mañana llegan al Poder -cosa que no creo- por la vía democrática, respetaremos su mandato, como lo hemos hecho siempre.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , la intervención que acabamos de escuchar podría abrir un debate sobre temas que no son medulares al proyecto que nos ocupa. Y no quiero entrar en este momento a la discusión en torno a las funciones que cumplen los Senadores designados o institucionales dentro de esta Corporación. Por lo demás, en diversas oportunidades me he referido ya a esta materia.
Hay sobradas razones para controvertir la afirmación absolutamente equivocada de que sólo tiene validez en la democracia lo que proviene de la mitad más uno de los votos. Eso no es así. Y es propio de la democracia el respeto de las minorías y, además, de las jerarquías.
Pero en esta oportunidad, señor Presidente, nos encontramos debatiendo un proyecto de gran trascendencia. Sin embargo, el respeto que nos debemos mutuamente nos obliga a ser muy limitados en el tiempo que vamos a usar.
El sindicato y la negociación colectiva son elementos distintivos de la economía social de mercado. No la hay sin ellos. Cuando estuvieron prohibidos, en el siglo XIX, hubo economía liberal individualista de mercado, pero no economía social de mercado, que supone armónicamente libertad de empresa, propiedad privada de medios productivos, libertad sindical, libertad de negociación colectiva y libertad política. En Chile, durante la vigencia del decreto ley 198, de 1973, estuvieron restringida la actividad sindical y suspendida la negociación colectiva, por lo que no podía funcionar con normalidad una economía social de mercado. Sólo podía incubarse. Pero llegó el momento de su funcionamiento pleno, y por ende, el de la libertad sindical y de la negociación colectiva.
Hace 25 años, cuando tuve el honor de desempeñar el cargo de Ministro del Trabajo del Presidente Frei , le hablé acerca de la posibilidad de legislar sobre un estatuto para la empresa. Su respuesta fue tajante: "Vamos a realizar la reforma agraria, y el país no resistiría simultáneamente la reforma de la empresa".
El argumento era irrebatible.
Cerrado así el camino para esta reforma, presentamos al Congreso un proyecto amplísimo y sencillo, de treinta artículos permanentes y tres transitorios, orientado a la ratificación del Convenio 87 de la OIT, sobre la libertad sindical, y a poner término a la condición de infractores del Convenio 11, de 1921, que obligaba a otorgar iguales derechos a los trabajadores campesinos e industriales, y que flagrantemente violaba la primitiva ley 8.811, de 1947.
En el Boletín de Sesiones de la Cámara de Diputados de fecha 1° de marzo de 1965, sesión 23a -doy la información a quienes se interesen por la historia-, se anunciaba la presentación de un proyecto sobre negociación colectiva.
Es extraordinariamente aleccionador e interesante comparar ambas iniciativas. No se diferencian mucho. Sin embargo, es curioso advertir sus distintos destinos.
El proyecto sobre libertad sindical que tuve el honor de firmar como Ministro del Presidente Frei era amplísimo y fue redactado en absoluta concordancia con las prescripciones de la OIT, para lo cual se contó con la asesoría de una Comisión de este organismo que concurrió a Chile. Pero, aunque se envió al Congreso, no fue tramitado. El Ministro del Trabajo de la época -el Senador que habla- recibió expresa instrucción de no activarlo.
En esta oportunidad yo podría recurrir al debate pequeño y decir: "Fíjense que en el Gobierno de la Democracia Cristiana no se quiso activar un proyecto sobre libertad sindical". No fue así.
Ocurre que el cielo histórico bajo el cual nos enfrentábamos en marzo de 1965 era absolutamente distinto del actual. En aquella época la libertad sindical significaba batirse contra un verdadero fantasma que levantó la representación conservadora por los años 20 y que se incorporó al Código del Trabajo en 1931, después de haber sido ley en 1924. Me refiero a los sindicatos únicos de empresa, llamados "sindicatos industriales".
La fascinación por el sindicato único de empresa, por la federación única, por la confederación única y por la central única perturbó, a mi entender, la visión libre de la sociedad durante casi un cuarto de siglo.
Y las mismas razones que en 1965 condujeron a que el Gobierno estimara inviable el proyecto general sobre libertad sindical no impidieron, en cambio, estimar viable un texto referido al sector campesino, porque prácticamente en el mundo del agro no había ninguna forma organizativa vigente entonces; las cifras estadísticas señalan que entre 1964 y 1965 había poco más de mil trabajadores afiliados en el campo. Por eso, el Ministro de esa época recibió, al contrario, la aprobación y el estímulo para llevar adelante un proyecto de libertad sindical sólo en el campo. Y ése fue el origen de la ley 16.625, sobre sindicación campesina.
El cuadro ha cambiado. Hoy en día nadie pretende fundar el sindicalismo sobre la base de las experiencias de organismos únicos que atropellan la libertad de asociación sindical. El mundo entero -no sólo Chile- vive bajo la imagen de una fe mucho más profunda en la fecundidad y afirmación de las libertades de asociación sindical y negociación colectiva como factores correlativos de la libertad de empresa e integrantes de una economía social de mercado propia de las sociedades libres.
Por eso, apoyo con entusiasmo y mucha convicción el proyecto cuyo debate estamos iniciando.
No es la ocasión de efectuar un estudio comparativo entre esta iniciativa y la que tuvimos el honor de presentar en 1965 (como dije, se parecen mucho). Pero sí consideré absolutamente necesario realizar esta referencia histórica, por estimar notablemente aleccionador ver las razones por las cuales aquellos que eran Gobierno hace un cuarto de siglo y sustancialmente tenían los mismos principios de quienes ahora están en el Poder estimaron inapropiado llevar adelante un proyecto sobre libertad sindical: porque había una oposición violenta en el mundo sindical, en la Derecha y en la Izquierda. En cambio, hoy día esta iniciativa será aprobada tal vez por unanimidad en su aspecto general y en la gran mayoría de sus disposiciones en particular, sobre la base de un acuerdo político del que hemos tenido conocimiento quienes formamos parte de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Quiero ahora, señor Presidente , referirme de manera muy breve al contenido mismo del proyecto, anticipándome a manifestar que respecto de él se ha producido también lo ocurrido con varios otros proyectos que ha conocido el Honorable Senado: una negociación política seguida de un tratamiento de la materia en las Comisiones y en la Sala.
Debo expresar que, personalmente, no he estado muy conforme con el hecho de que en algunas oportunidades nos hayamos visto constreñidos a tener que votar en la Sala ciertas iniciativas discutidas a nivel de directivas políticas y no examinadas detalladamente en las Comisiones o en este Hemiciclo. Sin embargo, lo que atañe a este acuerdo, que también fue afinado entre directivas políticas, se estuvo permanentemente informando a las respectivas Comisiones del Senado.
Como miembro de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, sufrí las demoras en contar con información sobre lo que se estaba negociando. Pero si tengo la convicción de que este proyecto podrá ser despachado hoy, en esta sesión, con una mayoría abrumadora o por unanimidad, es precisamente porque en su médula existió un acuerdo político significativo de las grandes mayorías partidistas del país y porque la Comisión respectiva tuvo información adecuada de lo que se había conversado.
Me parece que los pilares en que se afirma la legislación que se nos propone son los siguientes.
Primero, hay un amplio reconocimiento del derecho de asociación sindical, sea que se funde en la común dependencia de un empresario, en la afinidad profesional o de actividad económica, o simplemente en la necesidad de enfrentar unidos las contingencias del trabajo. En tal sentido, la legislación planteada se acomoda muy de cerca a los principios inspiradores de la Organización Internacional del Trabajo, que en esta materia mantienen todo su vigor.
En segundo lugar, existe un amplio derecho a estructurar la organización sindical según el juicio de conveniencia de los propios trabajadores. Así, podría preferirse un gran sindicato de muchos afiliados, que no requiera un nivel mayor de afiliación, o muchos sindicatos pequeños que se integren a una federación, la que podría confederarse y eventualmente integrarse a una central. Se rechaza, en cambio, toda forma de sindicación obligatoria, directa o indirecta. Y las exigencias mínimas para sindicarse son, a mi juicio, perfectamente razonables.
En cuanto a la estructura de las centrales sindicales (aprobada en ley aparte), se distancia un tanto de la normativa estricta de las organizaciones sindicales -sindicato, federación y confederación-, dando cabida a sectores laborales a los que está prohibido sindicarse. Creo que esta antinomia podría corregirse, o en la discusión particular, o en la marcha próxima de la legislación.
En lo referente a la negociación colectiva, continúa centrada en la empresa como principio, admitiéndose en el nivel supraempresarial en forma voluntaria.
Sin embargo, en este aspecto hay una curiosa novedad. Existe un procedimiento formal, aunque voluntario, de negociación colectiva interempresa, el único que puede conducir hasta la huelga, sin perjuicio de las negociaciones informales que culminan en convenios colectivos. De todos modos, si se opta por el procedimiento formal de negociación, tanto la incorporación a él como el contrato colectivo y la decisión de ir a la huelga o el acuerdo de ponerle término se deciden empresa por empresa, lo que constituye una sana convención, a mi entender.
Se mantiene, además, el principio de que la negociación colectiva está abierta a grupos negociadores o a sindicatos, y se admite la extensión de los contratos colectivos, debiendo pagar la mitad de una cuota ordinaria sindical quienes aprovechen las ventajas logradas por el sindicato.
Hay conciencia clara de que esta disposición creará problemas; pero también la hay de que nadie podría discutir la equidad que la inspira.
Por último, considero altamente plausible el acuerdo a que finalmente se ha llegado en el sentido de establecer una regulación jurídica general y clara para la huelga, enfrentando los problemas más controvertidos. En general, la legislación mundial ha eludido resolver las dificultades más delicadas en esta materia. Hay jurisprudencia y prácticas establecidas; pero no es fácil hallar en las legislaciones una actitud derecha y nítida para idear un sistema de facultades y contrapesos como el contenido en la iniciativa propuesta.
A mi juicio, es aceptable mantener el principio universal de que la huelga no tiene duración predeterminada. Sin embargo, no puede desconocerse que la legislación universal no se pronuncia explícitamente sobre este particular: ha eludido hacerlo. Pero, en el proyecto en análisis, al derogarse la norma que fijaba un límite de sesenta días al fuero de los trabajadores en conflicto, se reconoce explícitamente esa duración indeterminada.
Teóricamente hablando -este punto tiene gran importancia, por lo que desearía contar con la especial atención de mis Honorables colegas-, la mantención indefinida del fuero a los huelguistas, unida a la posibilidad de que ellos celebren contratos temporales en otra empresa, incluso competidora, podría decirse que convierte la huelga indefinida en expropiatoria. Sin embargo, el reconocimiento expreso de la posibilidad de contratar reemplazantes desde el primer día de paro, o a contar del decimoquinto, según los casos, más las posibilidades del llamado "descuelgue", crean contrapesos que hacen riesgoso, estéril o suicida un conflicto sin gran justificación moral y social.
En lo personal, me asiste el convencimiento de que la legislación que está naciendo, fruto de difíciles conversaciones y discusiones, ha llegado a un punto extraordinariamente sensible pero valioso. No conozco otra que haya enfrentado derechamente el problema y creado el contrapeso razonable de admitir la huelga indefinida, expresado en el fuero indefinido del personal en conflicto y en el reintegro de los trabajadores y la posibilidad de su reemplazo, en la forma y con los límites señalados.
La renovación del contrato colectivo por un año y medio en las condiciones vigentes, a opción de la parte laboral, en circunstancias de que actualmente contempla el Código dos años, constituye una innovación interesante que tiende a dar vida a una normativa que ha quedado casi sin aplicación.
Debe advertirse que, en la medida en que el IPC tiende a bajar, las condiciones prevalecientes, aun sin reajuste, hacen cada vez más tentador mantenerlas que ir a la huelga.
En suma, daré mi voto favorable a las reformas en general, sin perjuicio de las observaciones que puedan merecer algunas de sus normas. Considero, sí, un deber destacar que los negociadores llegaron a un acuerdo básico encomiable que los hacen acreedores de la gratitud y comprensión de la ciudadanía y el respaldo de los sectores de trabajadores interesados.
He dicho.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Calderón.
El señor CALDERÓN.-
Señor Presidente , Honorable Senado, no es necesario reiterar la necesidad de modificar sustancialmente el Plan Laboral con relación a las organizaciones sindicales y la negociación colectiva.
El proyecto original del Ejecutivo , a pesar de constituir un innegable mejoramiento de las normas de ese cuerpo legal dictado por el Régimen militar, contenía algunas deficiencias. Con el ánimo de corregirlas, presenté indicaciones, entre otras cosas, para reconocer el derecho de sindicalización a los funcionarios públicos; extender el derecho a negociar colectivamente a todos los trabajadores, privados y públicos, con la sola excepción de los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden; ampliar las materias negociables a todas aquellas que deseen las partes, o sea, que queden a la libre voluntad de empleadores y trabajadores; asegurar el derecho a la información de los trabajadores, el que, correctamente consagrado, puede constituir un importante mecanismo de participación e integración de los trabajadores en la empresa; recoger la teoría de los derechos adquiridos en la negociación colectiva, para evitar que los trabajadores cada vez tengan que comenzar de cero a luchar y defender todas sus conquistas ganadas en años, e impedir el debilitamiento de la huelga legal mediante el llamado "descuelgue", que no es más que la posibilidad de que el empleador pueda presionar y negociar individualmente con los trabajadores para que se reincorporen, quitando fuerza a la parte trabajadora en pleno conflicto.
En total, fueron 52 las indicaciones que formulé, basado en documentos de las organizaciones más representativas de los trabajadores chilenos: la CUT y, en el caso de los servidores públicos, la ANEF.
Debo lamentar, señor Presidente, que la mayoría de las Comisiones unidas no haya acogido la casi totalidad de estas sentidas aspiraciones de los trabajadores.
Pero, deseo destacar, por parecerme un avance importante, la aprobación de la indicación en que proponía extender el fuero laboral a los integrantes de los Comités Paritarios de Seguridad Industrial.
Asimismo, hago presente que en el debate de las Comisiones el señor Ministro del Trabajo nos informó que se está analizando con los funcionarios públicos el problema de su organización gremial y que pronto nos enviará un proyecto de ley sobre la materia.
Como se ha reconocido, la iniciativa del Ejecutivo contenía una serie de aspectos muy positivos que perseguían la valoración de las organizaciones sindicales en la empresa y en la sociedad chilena y, además, restituía la inexistente igualdad en la negociación colectiva, con el objeto de hacer eficaz este fundamental mecanismo de equilibrio social. Entre esos aspectos, puedo destacar el aumento de los fines de los sindicatos; la cotización mínima legal a organizaciones superiores; el reconocimiento sólo a los sindicatos como parte de la negociación colectiva, excluyendo a los grupos negociadores; la posibilidad de negociar más allá de la empresa, reconociendo tal derecho a los sindicatos interempresas, terminando con la prohibición absurda de negociar a las federaciones y confederaciones, y la factibilidad de extender los contratos colectivos a los trabajadores que se incorporen a la empresa con posterioridad a su firma, por el sólo hecho de ingresar al sindicato que lo había suscrito o por pedirlo directamente al empleador.
Todos ellos constituyen mecanismos que, indiscutiblemente, habrían facilitado la generación de relaciones laborales más modernas y equitativas. Por desgracia para los intereses de los trabajadores, los Parlamentarios de la Concertación se han visto forzados a suscribir un acuerdo con los de la Derecha, en razón del control que éstos ejercen de la mayoría del Senado, dejando fuera de la iniciativa aspectos decisivos para la democratización de las relaciones laborales. Tal acuerdo -que no suscribí- ha conducido a un proyecto que, lamentablemente, entre otras cosas, excluye la cotización mínima legal que permitía cierto financiamiento a las organizaciones de grado superior; quita representatividad a los sindicatos al mantener el derecho a negociar a grupos de trabajadores no organizados sindicalmente; termina con una de las características de los convenios colectivos de trabajo, desconociendo que, por su naturaleza, pueden ser extendidos a los trabajadores que se incorporen a la empresa con posterioridad, y reintroduce la posibilidad de contratar trabajadores de reemplazo desde el primer día de huelga, revalidando con ello la legalización de la detestable institución de los "rompehuelgas".
Señor Presidente , el proyecto que estamos debatiendo posterga la posibilidad de poner en vigencia en el país una ley y un sistema de relaciones laborales efectivamente modernos y concordantes con las tendencias y normas internacionales. Mis afirmaciones son producto de consultas a destacados abogados laboralistas y tratan de demostrar que el discurso de modernidad de que algunos hacen gala en este foro no es consecuente. Lo moderno sólo se acepta para algunas cosas, pero no para las relaciones laborales. La modernidad no consiste en pretender mantener y mejorar la competitividad internacional a costa de los beneficios laborales y de la superexplotación de los trabajadores.
Con este proyecto estamos diciendo al mundo del trabajo que no tenemos voluntad de reinsertar, en la comunidad internacional, nuestra institucionalidad laboral, para la cual la ratificación de los convenios y recomendaciones de la OIT y la adopción del espíritu y de la esencia de los pactos sociales internacionales constituiría un importantísimo avance. Ello supondría homologar y reconocer al derecho laboral chileno a escala internacional.
Por lo tanto, desde esta Sala, solicito formalmente al señor Ministro del Trabajo que el Ejecutivo haga suya esta sentida demanda de las organizaciones sindicales y de sus dirigentes y someta a la consideración de este Parlamento la propuesta de ratificación de dichos convenios.
Es nuestro deber ir adecuando desde ya la legislación nacional a los principios y tendencias internacionales. A partir de 1993, año en que empezará a regir la Unión Aduanera Europea, el mercado del Viejo Continente puede ampliársenos o reducírsenos drásticamente. Chile tendrá que tratar de conseguir el status de nación favorecida; la identificación o paralelismo en cuanto a institucionalidad -incluida la laboral- nos ayudaría enormemente.
A nadie le gusta que le traten de vender ilusiones. Por eso, espero que esta vez no se digan palabras de buena crianza y no se hable de que el proyecto ha mejorado con los aportes de la Oposición.
No podemos negar que la iniciativa ha empeorado -y enormemente- desde el punto de vista de los intereses de los trabajadores y del cumplimiento del programa de la Concertación, por el cual votó la mayoría del país. También ha empeorado en cuanto a avanzar hacia una sociedad más justa, verdaderamente más moderna y eficiente.
Si nos vemos obligados a aceptarlo, es porque estamos en una institucionalidad que no es plenamente democrática y de la cual la Derecha abusa para imponer su voluntad minoritaria. Y, aunque el proyecto no tiene la virtud de democratizar y modernizar realmente las relaciones laborales -lo cual lamento-, contiene claras mejorías respecto de esa aberración que constituye el Plan Laboral.
Por eso, a pesar de sus enormes debilidades, no puedo oponerme y, en consecuencia, lo votaré favorablemente, anunciando que formularé dos nuevas indicaciones: una, relacionada con la negociación de los trabajadores de mar y, otra, para eliminar la prohibición de negociar a los de obra y de temporada.
He dicho.
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El señor LAVANDERO.-
¿Me permite una pequeña interrupción, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , adoptamos el acuerdo de citar a las Comisiones de Transporte y Telecomunicaciones y de Hacienda, unidas, para las 15:30, para tratar el proyecto sobre locomoción colectiva, del cual no se dio cuenta oportunamente por el señor Secretario.
En atención a la hora, ruego cumplir con esa formalidad y no postergarla.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Si hay acuerdo, se procederá en la forma solicitada y, en cumplimiento del acuerdo adoptado por los Comités, sesionarán conjuntamente las Comisiones de Hacienda y de Transporte y Telecomunicaciones, a partir de las 15:30, para tratar el proyecto que establece poder comprador estatal de vehículos de locomoción colectiva y otras normas.
Acordado.
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El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Piñera.
El señor PIÑERA.-
Señor Presidente , creo que en la vida nacional hay materias que, si no se resuelven en forma sabia y oportuna, causan grave daño a la estabilidad, al desarrollo y a la paz de la sociedad entera.
En mi opinión, en el campo político hay muchas materias que caen en esta categoría y que se identifican con los temas de los derechos humanos, de las relaciones cívico-militares y del gran desafío de la reconciliación. Pero también existen materias de esta índole en los campos económico y social.
Creo que los grandes problemas que requerían de una solución sabia y oportuna están relacionados con la necesidad de mayores equidad social y legitimidad en la institucionalidad laboral. Desde este punto de vista, estimo que el programa social acordado por el Senado, al introducir más solidaridad y comprensión y permitir avanzar en el camino de la creación de mejores e iguales oportunidades para todos, especialmente para los más necesitados, constituyó un gran paso adelante. Y, en materia laboral, el proyecto que hoy día estamos analizando -producto del acuerdo a que se llegó-, al introducir mayor pluralismo, libertad, autonomía y legitimidad en las relaciones de trabajo, constituye, también, un gran avance.
Es indudable que el programa social introduce mayor humanidad, y el acuerdo laboral mayor legitimidad, por ser frutos de amplios consensos que han permitido encontrar puntos de encuentro en materias que habían sido fuente de permanentes conflictos. Desde este ángulo, el acuerdo laboral -que se refiere a muchas iniciativas legales, entre ellas las relativas, a la terminación del contrato de trabajo (que ya es ley de la República); a las centrales sindicales; a las organizaciones sindicales y negociación colectiva (que estamos debatiendo), y al contrato individual (que probablemente discutiremos en un futuro próximo)- ha posibilitado al país lograr mayor asenso respecto de la institucionalidad política y del modelo de desarrollo. En cuanto a este último, en la actualidad existe amplia concordancia -lo que no ocurría en el pasado- en torno a las características fundamentales y conveniencias de un modelo de economía social de mercado, que, de ser apoyado por una parte del país, se ha transformado -si atendemos a las palabras de los principales dirigentes políticos- en un proyecto de carácter nacional.
A mi juicio, los acuerdos alcanzados con relación a las normativas mencionadas, en especial la atinente a la de organizaciones sindicales y negociación colectiva, permite realizar un profundo análisis acerca de los cambios fundamentales que involucran. Porque los países requieren de una legislación laboral moderna -sintonizada con el dinamismo, la flexibilidad, la apertura, la competencia y la integración que hoy existen en la mayoría de las economías del mundo- que, sin duda, cada día se va fortaleciendo como una forma de enfrentar los temas económico y social.
La legislación laboral debe ser, por una parte, equitativa en el sentido de compatibilizar y equilibrar los legítimos derechos de los trabajadores con los igualmente legítimos derechos de los empresarios a administrar, conducir y desarrollar sus unidades productivas; y por otra, eficiente, con el objeto de solucionar los problemas y conflictos y no la perpetuación o exacerbación de los mismos.
Y no basta que la normativa del trabajo sea técnicamente correcta; por el hecho de afectar a tantos chilenos, es preciso, además, que tenga legitimidad. Si la discusión permanente de una sociedad -en la prensa, en el Congreso, en las empresas- se centra en cómo o cuándo debe transformarse radicalmente esa normativa, simplemente ella no sirve y no cumple con sus objetivos básicos.
Nos parece que estos criterios deben iluminar cualquier acuerdo en materia de legislación laboral. Pero pensamos que hay otros criterios que también deben ser incorporados.
En primer lugar, es importante avanzar hacia el perfeccionamiento de las leyes del trabajo mirando hacia el futuro y no buscar -con nostalgia- un retroceso o vuelta a fórmulas anacrónicas ya fracasadas no sólo en Chile, sino en el mundo entero. Para ello, es necesario tener una cuota de realismo y de responsabilidad, dada la importancia del tema.
En segundo término, en el análisis de la legislación laboral es indispensable considerar los intereses de todos los sectores y no únicamente los de los grupos más organizados en el ámbito laboral o en el empresarial. Deben tomarse en cuenta, también, los intereses de los trabajadores no organizados, de los que laboran en forma independiente y de la fuerza de trabajo que se incorporará a la producción en el futuro. Lo mismo puede decirse respecto del sector empresarial: deben considerarse los intereses de la pequeña empresa y de quienes desean ser o van a ser futuros empresarios y no sólo los de las grandes unidades productivas.
Tercero, debe existir una coherencia básica entre el modelo de desarrollo que un país adopta y las características principales de las normas legales que lo van conformando.
Cuarto, es menester que la legislación laboral permita, realmente, fomentar la creación de nuevos empleos. Alguien decía que existen dos tipos de países: aquellos que tienen más personas que empleos -donde aquéllas compiten por éstos-, que son las naciones subdesarrolladas, y aquellos donde existen más empleos que personas -donde aquéllos compiten por éstas-, que son los países desarrollados. Sin duda, la única forma de garantizar puestos laborales para todos no es con palabras ni con leyes de inamovilidad, sino, simplemente, con una economía capaz de generar tantas ocupaciones dignas y productivas como personas interesadas en trabajar.
Es fundamental que la legislación laboral sea capaz de concitar amplio apoyo de todos los sectores: de los políticos y de los sociales involucrados; es decir, de los trabajadores dependientes e independientes, y de los pequeños, medianos y grandes empresarios. En esta materia, nadie puede pretender lograr lo imposible: el asentimiento absoluto y total de todos los grupos involucrados. Por tanto, un mínimo acto de humildad requiere reconocer que, para que las leyes del trabajo gocen de viabilidad, aceptación y estabilidad, todas las partes que participen en el proceso de negociación deben estar dispuestas a mostrar flexibilidad, sin sacrificar, por supuesto, los principios esenciales.
Creo que el acuerdo a que se llegó en el Senado en esta materia significa mejorar substancialmente el proyecto del Ejecutivo. En efecto, se amplían considerablemente las atribuciones de los sindicatos, federaciones y confederaciones. No hay duda de que, respecto de la organización de estas importantes agrupaciones intermedias del mundo laboral, se han privilegiado los principios de libertad y de democracia: de libertad, para que la adhesión a ellas sea el fruto de la decisión libre y soberana de cada trabajador; y de democracia, a fin de que las decisiones fundamentales sean adoptadas -en la medida de lo posible- por las bases y no por las cúpulas.
En el campo de las relaciones laborales modernas, las organizaciones sindicales requieren, también, financiamientos adecuados y fortaleza técnica para poder cumplir cabalmente sus funciones. Pero creo que dichos atributos deben ser, igualmente, producto de decisiones libres y soberanas de las partes involucradas y no el resultado de actos mandatarios de la ley.
Por esa razón, estimamos conveniente eliminar la cotización obligatoria, es decir, aquel mínimo que por ley deben aportar los trabajadores una vez que adhieren a un sindicato y que, necesaria y forzosamente, se destina al financiamiento de organizaciones superiores. Es preferible que los propios sindicatos, de común acuerdo con las federaciones o confederaciones a las cuales deseen incorporarse, determinen los aportes financieros a las organizaciones de nivel superior.
Y lo mismo ocurre con la fortaleza de los sindicatos: debe estar siempre directamente relacionada con el grado de adhesión que logre concitar entre sus miembros, siendo fundamental, para ello, que satisfagan las verdaderas aspiraciones, inquietudes y necesidades de sus afiliados y no se transformen en instituciones preocupadas sólo de favorecer los anhelos o intereses de las cúpulas sindicales.
En materia de negociación colectiva, creemos -hay que decirlo con mucha claridad- que no debe ser un instrumento de lucha de clases o de dilucidación de conflictos políticos. Estos últimos deben ser resueltos por otro tipo de organizaciones, como los partidos políticos. A nuestro parecer, la negociación colectiva debe ser, esencialmente, un mecanismo equitativo para lograr la justa distribución de los frutos que produce una empresa entre quienes contribuyen a su generación.
Es bueno tener claramente presente los puntos que se discutieron-en materia de negociación colectiva.
Primero, quiénes tienen derecho a negociar colectivamente. ¿Es correcto, es legítimo, es conveniente entregar el monopolio de la negociación colectiva al sindicato, lo que significa prohibir a grupos de trabajadores negociar directamente cuando lo estimen adecuado y necesario para sus intereses? Pensamos que no. En consecuencia, estamos muy contentos de que el acuerdo final no establezca monopolio de ninguna especie, permitiendo a los trabajadores resolver libremente cómo van a negociar: a través de un sindicato o por intermedio de un grupo de negociación.
Segundo, qué se debe negociar. Estimamos que, en este aspecto, el principio básico debiera ser ampliar los ámbitos de negociación. Porque, si ella es el fruto de un acuerdo libre entre las partes, ampliar sus ámbitos es consistente con el principio de libertad. Y el acuerdo logrado los amplía substancialmente, excluyendo sólo materias ajenas a la empresa, para las cuales existen otros conductos que permiten expresarse a las personas no sólo en su calidad de trabajadores, sino también de empresarios y ciudadanos.
Tercero, dónde debe negociarse. Si somos consecuentes con el principio fundamental de que la negociación colectiva debe ser un mecanismo para distribuir en forma justa y equitativa los frutos de la empresa entre quienes contribuyen a generarlos, es lógico pensar, entonces, que el lugar natural de la negociación colectiva debe ser la empresa, porque es allí donde se generan los beneficios que han de distribuirse entre aquellos que ayudan a obtenerlos. Y, al reconocer el acuerdo que la empresa es el lugar natural, la primera instancia, de la negociación y, al mismo tiempo, permitir que por la decisión libre y previa de todas las partes involucradas se extienda más allá de la empresa, se logra un justo equilibrio entre los objetivos de la negociación colectiva y el respeto a la libre voluntad de las partes, cuando ello no afecta a terceros. Sabemos muy bien que esta extensión de la negociación involucra el peligro de acuerdos monopólicos en ciertos sectores, ramas o industrias; pero consideramos que la previsión de ese riesgo corresponde a la legislación antimonopolio y no a la normativa laboral.
También se ha logrado ampliar las garantías de las partes que participan en la negociación a través del fortalecimiento de los fueros sindicales.
Por otro lado, respecto del plazo de la huelga, el acuerdo, a la inversa de lo vigente, no lo contempla, lo que no significa que se pretenda perpetuar su duración. Muy por el contrario, creemos que nadie quiere la huelga: ni los empresarios ni mucho menos los trabajadores, que por lo general son quienes resultan más perjudicados. Pero, reconocemos el legítimo derecho de la existencia de la huelga como un instrumento fundamental para introducir esa equidad de la que hablábamos anteriormente. Por lo tanto, el acuerdo, al omitir la fijación de un plazo, no incentiva la duración del conflicto; simplemente establece mecanismos naturales para su término cuando finalmente la negociación entre las partes no conduce a un acuerdo, forma natural de poner término a una huelga.
Pero hay otros elementos involucrados en el mecanismo de la huelga y de la negociación colectiva que no pueden ser descuidados y que tienen que ver con los que comúnmente se denomina "reemplazo y descuelgue". En verdad la palabra "reemplazo" está asociada a la libertad que debe tener el empleador para contratar y mantener en funcionamiento su empresa durante el período de la huelga. Lo contrario significaría que un colectivo de trabajadores de una empresa podría paralizarla en forma indefinida, lo cual nos parece inconsistente e incompatible con una relación equitativa para negociar al interior de aquélla.
Creemos perfectamente legítimo que un cierto número de trabajadores reste colectivamente su aporte como una manera de maximizar su capacidad de negociación frente al empresario. Pero no estimamos lícito que esa acción signifique inevitablemente la destrucción o la muerte de una empresa.
Con respecto a lo que se denomina "descuelgue", aquí estamos hablando de la capacidad o libertad del trabajador para poder resolver en forma individual en algún momento del conflicto su reintegro a las labores, y no que esté sometido permanentemente a una decisión colectiva que en cierto instante pueda no compartir.
Por lo tanto, estimamos que el establecimiento de los mecanismos de reemplazo y descuelgue constituye simplemente una forma para garantizar las libertades en un determinado momento, pues en la legislación y en el acuerdo actuales existen restricciones al ejercicio de esas libertades, pero no prohibiciones en su desarrollo. Por eso, también pensamos que en esta materia se logra un acuerdo adecuado.
En este consenso se ha descartado lo que contemplaba el proyecto original en materia de arbitrajes obligatorios con reanudaciones no voluntarias de faenas, salvo en aquellos casos de empresas estratégicas, donde, por comprometer la seguridad nacional o poder causar un grave daño a la sociedad -por ejemplo, en materia de salud-, simplemente la comunidad se protege de una paralización de actividades, estableciendo mecanismos de solución del conflicto que van más allá de la libre voluntad de las partes. Pero en el resto de las empresas, que sin duda deben constituir la inmensa mayoría, a nuestro juicio, todo acuerdo debe reflejar la libre y soberana voluntad de las partes y no la imposición de un tercero por bien intencionado que éste sea.
Estimamos, además, que el haber introducido el mecanismo de la mediación voluntaria constituye un paso adelante; es una forma de facilitar la consecución de acuerdos cuando la negociación directa no permite lograrlos. Y, al ser voluntaria, no está atentando contra la libertad de las partes, pero sí puede significar, si ellas lo estiman conveniente, un instrumento eficaz para acercar posiciones y facilitar el consenso.
Pienso realmente que las modificaciones logradas en este acuerdo con relación al proyecto original constituyen profundas mejorías a la iniciativa. Y en esta materia sorprende a veces una especie de doble estándar. Impresiona también que personas que buscan legislaciones laborales más modernas, justas, eficientes y compatibles con los tiempos actuales no tengan el coraje de plantear esas mismas posiciones en forma pública y que busquen con el voto de los demás, pero no con el propio, que dichos acuerdos se aprueben en las Comisiones.
Me interesa preguntar al señor Ministro del Trabajo si comparte el punto de vista de que los cambios introducidos en este acuerdo respecto del proyecto original son absolutamente negativos, y si han sido aceptados única y exclusivamente por la imposibilidad de lograrlos de manera distinta. Porque si así fuera, y en último término se estuviera reivindicando plenamente la iniciativa primitiva, querría decir que el proyecto original es profundamente incompatible -es mi opinión; puedo estar equivocado, pero respeto las otras- con los fundamentos básicos de una economía social de mercado, a la cual han adherido públicamente el Presidente de la República , el señor Ministro de Hacienda y todos los personeros del área económica.
Por lo tanto, este tipo de discursos en que se rechaza categóricamente la bondad de los acuerdos y se aceptan solamente como un mal menor, dando la impresión de que en la primera de cambio podría desmantelarse nuevamente el acuerdo laboral y volver a los términos originales del proyecto del Ejecutivo , representa una señal de alerta que sin duda inquieta a aquellos que piensan en la bondad de este consenso.
Sería muy interesante conocer abiertamente las opiniones de los señores Ministros del Trabajo y de Hacienda. Porque creo, en último término, que si estamos adhiriendo públicamente a un modelo de economía social de mercado -y repito la palabra "social" siete veces, o siete veces setenta, como lo dice la Biblia, para que nunca se nos olvide-, debemos tener consecuencia, consistencia y coraje, pues a veces resulta necesario ir contra lo que puede ser una tradición en materia de lo que corresponde o no corresponde y lo que es justo o no es justo en el aspecto laboral.
Me parece, por ejemplo, que reintroducir el monopolio en la negociación colectiva sería un grave retroceso, así como el concepto de una huelga indefinida sin reemplazo y sin descuelgue y también los arbitrajes y renovaciones obligatorias de faenas, lo cual al menos sería una regresión desde el punto de vista del modelo de economía social de mercado, que busca principalmente basar su desarrollo en las personas, en la libertad de las partes, de los trabajadores y de los empresarios, y no en imposiciones que vengan de un Estado todopoderoso que, generalmente, al tener esa condición se transforma en un ente profundamente discriminatorio.
El señor GONZÁLEZ.-
Señor Senador , ¿me permite una interrupción, con la venia de la Mesa?
El señor PIÑERA.-
Por supuesto, señor Senador.
El señor GONZÁLEZ.-
Comparto la mayoría de las apreciaciones de Su Señoría; pero quisiera saber cómo equilibra el distinto grado de posiciones de los empresarios y los trabajadores, porque en una negociación no se puede colocar a todos en un mismo nivel.
De las palabras del Honorable colega colijo que es precisamente eso lo que él desea. Considero que el derecho laboral protege a los trabajadores, porque son más débiles que los empresarios, lo cual ha sido demostrado tradicionalmente y, además, se acepta en doctrina.
Muchas gracias, señor Senador.
El señor PIÑERA.-
Agradezco la intervención de Su Señoría y la comparto plenamente.
Si pensáramos que las dos partes tienen igual poder de negociación y que ninguna de ellas sufre una debilidad relativa, simplemente no debiera existir una legislación laboral.
No hay una ley para el mercado del tomate o para el de las papas. Nadie ha pretendido establecer ahí condiciones que favorezcan a los compradores o a los vendedores.
En materia laboral -precisamente porque se reconoce la debilidad relativa de una de las partes- se busca a través de la legislación crear fórmulas para compensar esa debilidad y establecer una equiparidad en las fuerzas de negociación. Y a eso apuntan una serie de aspectos y cláusulas contenidas en el acuerdo laboral.
Un filósofo francés, Lamennais, decía que "la libertad oprime y sólo la ley libera". Cuando existen condiciones básicas de desigualdad, como por ejemplo, en materia laboral, debe existir -se presupone en doctrina- una legislación adecuada. Lo mismo ocurre respecto del acceso a las oportunidades, donde debe haber un Estado que, como parte de su rol en el contexto de una economía social de mercado, busque corregir esa desigualdad, establezca mayor acceso, mejores condiciones para todos, derrotando la pobreza y buscando esa igualdad de oportunidades.
Por lo tanto, no es incompatible la defensa de un principio de libertad con la defensa simultánea de la necesidad de la intervención del Estado para crear condiciones que realmente permitan a todos ejercer ese derecho a la libertad.
Finalmente, señor Presidente , nosotros estamos tranquilos y contentos con este acuerdo laboral. En esa materia nos tocó trabajar en forma intensa -con mucha dedicación y durante mucho tiempo- con los Senadores señores Sergio Díez e Ignacio Pérez, por nuestra parte, y con los Senadores señores Hormazábal, Gazmuri y José Ruiz.
Por supuesto, contamos con la activa participación del señor Ministro del Trabajo , del Subsecretario y de otras autoridades de la Cartera. También estuvo -aunque no en forma permanente- el Senador señor Calderón.
En cuanto a la importancia de la legislación laboral, creo que siempre parece bueno recordar que ella tiene una doble relevancia, porque se refiere a algo tan fundamental como el trabajo del hombre, que no sólo constituye el principal medio de sustento de la inmensa mayoría de los chilenos (y, por lo tanto, su principal fuente de bienestar y de progreso), sino también un importante mecanismo...
El señor CALDERÓN.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ? Es sobre mi permanencia o no permanencia en la Comisión.
El señor PIÑERA.-
Por supuesto, Honorable colega.
El señor CALDERÓN.-
En primer lugar, deseo señalar que la Comisión trabajó mucho para conseguir estos acuerdos. Y no comparto el criterio de Su Señoría, como lo he dicho aquí en la propia Sala.
Concuerdo con la crítica formulada por el Presidente de ese órgano de trabajo, el Honorable señor Ruiz -que también reconoce el Honorable señor Thayer, pues considero que el rol del Parlamento debe ser otro-; y si hay que negociar, debemos hacerlo en las Comisiones, en el Congreso. Así que estoy en desacuerdo con el actual sistema de negociaciones.
Además, quiero manifestar que no me opongo a las negociaciones; pero considero que ellas deben realizarse de cara a la sociedad, de cara a la comunidad; tienen que ser más nítidas y reflejar las verdaderas disputas y discusiones. Porque creo que en esta iniciativa -al igual como en otras- no estamos procediendo de esa manera. Esto está siendo criticado; y, en mi opinión, a ello se debe el desprestigio que tienen los políticos e incluso el propio Parlamento en las encuestas.
Es todo, señor Presidente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Continúa con la palabra el Honorable señor Piñera.
El señor PIÑERA.-
Señor Presidente , quiero terminar mis palabras resaltando -para que nunca nos olvidemos- la importancia de la legislación laboral, por cuanto se refiere al trabajo del hombre como principal medio de sustento -y, por lo tanto, de progreso material- y también como uno de los instrumentos más poderosos de realización individual, de dignificación de la persona y de integración útil a la sociedad.
Además, es indudable que dicha legislación es uno de los elementos más fundamentales dentro del contexto de un modelo de desarrollo económico, entendido éste como la forma en que se organizan los hombres en una sociedad para lograr satisfacer de la mejor manera posible las necesidades de sus miembros.
En consecuencia, creemos que si el acuerdo logrado está siendo debatido hoy aquí -públicamente, de cara al país, explicitándose las razones por las que al menos nosotros concurrimos a él, punto por punto, sin pretender ocultar nada- es precisamente porque esta materia merece un tratamiento público.
Pensamos que cuando se trata de la legislación laboral, hay que ser doblemente responsables. Y por eso somos absolutamente críticos de los dobles discursos, de los dobles estándares, pues unos se realizan en público y otros en privado. Y es importante mantener la coherencia entre lo que se dice en público y lo que se dice en privado.
Para terminar...
El señor CALDERÓN.-
Señor Senador , ¿a quién se refiere con los discursos de doble estándar? ¿Podría ser explícito en eso para que fuera nítida la discusión?
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Ruego a Sus Señorías dirigirse a la Mesa y no interrumpir.
El señor CALDERÓN.-
Señor Presidente , sería importante aclarar para la nitidez del debate quiénes juegan al doble estándar.
El señor PIÑERA.-
Me estoy refiriendo a que en materia de legislación laboral, a veces -y no voy a mencionar nombres-, lo que en el ámbito privado se plantea como una necesidad, como una conveniencia, no es igualmente expresado en el terreno público. En este aspecto, tengo la tranquilidad de que nosotros planteamos exactamente lo mismo.
Deseo terminar mis palabras, volviendo a lo que expuse al inicio de mi intervención.
Creo realmente que los dos temas más importantes en el campo económico-social, que se debatieron en el primer año de esta etapa de reencuentro con la democracia, fueron el programa social y las reformas laborales.
Nosotros estamos extraordinariamente contentos y satisfechos, al menos desde nuestro punto de vista, de haber actuado con gran patriotismo, con altura de miras, con visión de futuro y de haber participado y contribuido a lograr acuerdos concretos -y esperamos que sean estables en estas materias-, los cuales nos han permitido y están permitiendo fortalecer un modelo de desarrollo económico que ha alcanzado un amplio consenso y que nosotros defendemos, pero no porque estemos apasionados con él, sino simplemente porque hemos llegado al convencimiento de que representa la mejor forma de lograr progreso, desarrollo y oportunidades para todos los chilenos, teniendo siempre presente que dicho modelo requiere la acción muy enérgica y activa del Estado, precisamente para corregir y atenuar las debilidades relativas que existen al interior de nuestra sociedad. Por eso, cuando hablamos de economía social de mercado, estamos diciendo que el Estado tiene en ella un rol fundamental que jugar y que jamás debe ignorar.
Gracias, señor Presidente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Quiero hacer presente que todavía faltan que intervengan cinco señores Senadores. Así que, dado el poco tiempo de que disponemos, propongo a la Sala suspender la sesión a las 14:30 y continuarla a las 18.
Pienso que debemos proceder de esa forma, porque no creo posible que los Senadores inscritos puedan hacer uso de la palabra en este lapso.
Si hubiera acuerdo, procederíamos de esa forma.
El señor VODANOVIC.-
Señor Presidente , podríamos aprovechar la ocasión para autorizar a la Comisión de Constitución a fin de que pueda sesionar paralelamente con la Sala en la tarde.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Sí. Quedarían autorizadas para sesionar simultáneamente con la Sala, después de la reanudación de la sesión ordinaria a las 18, las Comisiones que lo soliciten y que todavía tuvieren pendiente su trabajo.
Entiendo que esto concierne a la Comisión de Constitución...
El señor PACHECO.-
La Comisión de Constitución fue citada para las 15:30, señor Presidente.
El señor LARRE.-
Señor Presidente , la Comisión de Educación también está llamada a reunión para las 15:30.
El señor PAPI.-
Al igual que la de Hacienda y la de Transporte y Telecomunicaciones en forma conjunta, señor Presidente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Reanudaríamos la sesión a las 18. En consecuencia, hasta esa hora no se requeriría de autorización de ninguna especie; es sólo para aquellas Comisiones que no hubieran terminado su trabajo a esa hora de la tarde.
Tiene la palabra el Honorable señor González.
El señor GONZÁLEZ.-
Gracias, señor Presidente.
Mi intervención será muy breve. Probablemente si todas las que restan son como la mía, podríamos terminar esta sesión antes de las 14:30.
Solamente quiero manifestar que participo de las palabras expresadas por los Senadores señores Ruiz y Calderón. Comparto las ideas que expusieron y, en consecuencia, no tengo que repetirlas.
El Honorable señor Ruiz hizo un planteamiento honesto, muy interesante y bastante franco respecto de la institución de los Senadores designados. Y entiendo claramente que, cuando Su Señoría señala que éstos han sido atacados en lo personal, no se está refiriendo a este Hemiciclo, sino a situaciones producidas, lamentablemente, fuera de él. Y sé que es así, porque el Senador Ruiz me lo ha planteado de esa forma.
Quiero señalar definitivamente que en el Senado existe un profundo respeto, como persona, por cada uno de los señores Senadores designados. Eso está total y absolutamente fuera de duda. Aquí, cuando se habla de Senadores designados, se hace referencia a la "institución de los Senadores designados", con la cual nosotros no estamos de acuerdo. Y lucharemos a fin de que esta situación se modifique en el futuro, porque en nuestra opinión ella desvirtúa el mandato de la voluntad popular; pero, individualmente, como personas, los Senadores designados, merecen nuestro más absoluto, claro y definido respeto, ya que ellos se han distinguido en cada uno de los ámbitos en que les ha tocado actuar y, además, por su reconocida honorabilidad.
De tal manera, señor Presidente , que quería hacer esta apreciación con relación a la intervención del Honorable señor Ruiz y, al mismo tiempo, señalar que adhiero a las palabras expresadas por los Senadores señores Ruiz y Calderón.
He dicho.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pérez.
El señor PÉREZ.-
Señor Presidente , en primer lugar quiero llamar la atención respecto del procedimiento que las Comisiones de Constitución y de Trabajo usaron para despachar este proyecto en su primer informe.
Hemos sesionado paralelamente a la Sala y los miembros de ellas estuvimos ausentes prácticamente por un mes de la discusión de otras iniciativas legales en las cuales, ciertamente, nos interesaba entregar nuestros puntos de vista. Hago notar este hecho con el objeto de que los Comités tengan presente esta situación.
Las palabras del Honorable señor Piñera me ahorran gran parte de las ideas que quería expresar. Sólo deseo poner énfasis en cuanto a que ahora se está dando término a uno de los acuerdos básicos en materia económica y social que, por los conceptos acordados, salvaguarda de buena forma una economía libre y un desarrollo fundado en las personas. Han sido acuerdos muy sustantivos donde hay, obviamente, temas adjetivos todavía pendientes, con votos de mayoría y minoría, que deberán ser dilucidados en la Sala.
Además, quiero hacer presente que las legislaciones cerradas, sobreprotectoras, paralizan las inversiones, se convierten en una incertidumbre y en un obstáculo para los agentes económicos; y, como ocurre hoy día en Perú, con una de las legislaciones laborales más -entre comillas- "protectoras" de los trabajadores, ha llegado a ser un verdadero bumerán para el sector laboral.
Tenemos conciencia de que la mejor herramienta para lograr bienestar, seguridad y desarrollo, es mediante el crecimiento económico. A mayor crecimiento, hay mayor empleo; a mayor empleo, mejores remuneraciones; a mejores remuneraciones, mayor seguridad y bienestar para los trabajadores.
Creemos que se han resuelto de buena forma las principales incógnitas que contenía el proyecto enviado por el Ejecutivo: quién negocia, qué se negocia, cómo se negocia, en qué lugar se hace la negociación colectiva, cómo se resuelven los conflictos, cómo se organiza el mundo laboral.
Lo importante -repito- es que este acuerdo laboral da estabilidad a los agentes económicos y sociales en el país.
Señor Presidente, quiero referirme a algunas críticas que se han hecho a la Oposición en esta Sala.
En primer lugar, el Honorable señor Ruiz señala que algunos empresarios están despidiendo trabajadores en virtud de la ley sobre terminación del contrato de trabajo y estabilidad en el empleo, hoy vigente. Me parece que, si aprobamos una ley, es para que ésta se aplique; y lo que podríamos denunciar es el hecho de que no está sucediendo así.
En segundo término, hay una denuncia subyacente, subliminal permanente al tema de la miseria, de la pobreza, de la injusticia; y se le vincula con una actitud de la Derecha. ¿Por qué no se denuncia también que existen trabajadores que no sufren miseria ni pobreza? ¿Y por qué no se señala que dónde los trabajadores tienen bienestar, seguridad y nuevos horizontes, es en países como Alemania, Estados Unidos, Japón que aplican, precisamente, las ideas nuestras; las ideas de economía social de mercado? Sospecho que me podrán decir que en esas naciones también existe pobreza; pero, ciertamente, es mucho menor que la de otros países donde se aplican distintos sistemas económicos.
Existe y ha existido, en las diferentes leyes relacionadas con el área económica y social, una crítica en el sentido de que nosotros defenderíamos a los ricos, y la Concertación a los pobres.
Señor Presidente , creo que todos los que estamos en política, y quienes integramos este Senado, lo hacemos por ideales, porque en Chile existen pobres, y ellos tienen necesidades. Los caminos para solucionar el problema de la pobreza y desarrollar un país constituyen motivos de discrepancias legítimas que podemos tener los Senadores y los distintos partidos representados en esta Corporación.
Finalmente, también deseo referirme a las críticas hechas permanentemente a los Senadores designados. Los Senadores institucionales son tales, porque existe una Constitución Política y una reforma a la misma, aprobada mayoritariamente por el pueblo, después de un acuerdo que suscribieron, entre otros, el actual Presidente de la República.
En ese sentido, nos parece -y concuerdo con el Honorable señor Piñera - que debemos tener un solo discurso, y no dos. Que si se habla de que los Senadores institucionales no responden a un real proyecto democrático, ¿por qué el Presidente Aylwin -como lo señaló, hace una semana- invita a la transmisión del mando en Guatemala a un Senador institucional, al Honorable señor Huerta?
La democracia no sólo debe garantizar la expresión de las mayorías, sino también la de las minorías. Y, desde ese punto de vista, pienso que para esta etapa de transición los Senadores institucionales han sido un gran aporte al trabajo legislativo.
Al respecto, vemos cómo una mayoría en la Cámara de Diputados arrasa con todas las resoluciones y decisiones de esa Corporación; y cómo la minoría muy pocas veces, o casi nunca, se puede expresar en acuerdos. En cambio, aquí en el Senado, además de reconocer -como lo expresó el Honorable señor González - el valioso aporte de los Senadores institucionales, es necesario advertir que éstos han contribuido a producir un equilibrio y a conseguir acuerdos políticos importantes para el país. No olvidemos que en la Cámara Alta nunca se ha rechazado un proyecto de ley propuesto por el Ejecutivo ; y, tampoco -en esta crítica permanente a los Senadores institucionales-, en no más de tres ocasiones -que yo recuerde- ellos han votado unánimemente, de una forma.
Señor Presidente , dadas las reglas del juego que tenemos hoy, me parece que debemos terminar con este cuestionamiento de los Senadores institucionales. Creo que se ha permitido a esta Corporación desarrollar una política de acuerdos muy valiosa, haciéndole un servicio a la institucionalidad, al país y al futuro.
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente , solicito al Honorable señor Pérez que me permita una breve interrupción.
El señor PÉREZ.-
Con mucho gusto, señor Senador.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hormazábal.
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente , agradezco a mi estimado colega la gentileza que ha tenido. No quise interrumpirlo, porque llevaba la ilación de su pensamiento sobre el tema laboral, que consideré relevante escuchar.
Pero, como el señor Senador hizo un planteamiento de otra índole -y para no dejar ese tema como olvidado-, deseo señalar que, si el Presidente de la República ha estimado pertinente otorgar el honor de que forme parte de su delegación oficial a un colega nuestro, al Honorable señor Huerta, es porque, al margen de las opiniones que tengamos sobre posiciones o representaciones, el Primer Mandatario y todos nosotros estamos obligados a respetar las normas constitucionales vigentes.
Mientras exista en la Carta Fundamental la institución de los Senadores designados -hemos dicho que al margen de las eventuales diferencias que se nos produzcan-, ellos tienen derecho a participar y a opinar. Y les agradecemos sus aportes y actitudes en el desarrollo de los diferentes asuntos.
Por lo tanto, creo -reitero- que lo propuesto por el Gobierno es el cumplimiento de una promesa que hizo el Primer Mandatario al país, en el sentido de ser " Presidente de todos los chilenos", tanto de quienes están de acuerdo con él, como de aquellos que ejercen su legítimo derecho a discrepar.
Y no puedo dejar de alegrarme por ello. Porque no hace mucho que los opositores al Gobierno eran enviados al extranjero, pero no con el honor de acompañar al Presidente, sino como exiliados.
He dicho.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Continúa con el uso de la palabra el Honorable señor Pérez.
El señor PÉREZ.-
Señor Presidente , sólo deseo reiterar que me parecieron desafortunadas las expresiones del Presidente de la República , vertidas la semana pasada, sobre todo cuando ellas, también, pueden significar el cuestionamiento de un poder público a otro.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
A continuación está inscrito el Honorable señor Gazmuri.
El señor JARPA.-
¿Me permite una interrupción, señor Presidente?
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Si el Honorable señor Gazmuri no tuviera inconveniente...
El señor GAZMURI.-
Ninguno.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Jarpa.
El señor JARPA.-
Gracias, señor Presidente.
Con la venia de la Mesa, considero que es importante leer todo lo señalado por el Primer Mandatario la semana pasada. Porque éste expresó que, de acuerdo a la composición del Senado, había mayoría de Oposición. Pero indicó que "Sin embargo, eso ha servido para acentuar un ánimo de entendimiento en todos los sectores". Es decir, reconociendo -el Presidente de la República - un hecho real y constitucional, no lo usa ni como pretexto, ni como motivo de ataque a los Senadores institucionales -como constantemente se hace aquí, en el Senado-, sino que los valoriza en el sentido de la existencia de un mejor ambiente para estudiar y buscar acuerdos.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , deseo referirme de la manera más rápida y breve posible a algunos aspectos que han estado presentes en la discusión de hoy.
Parto de la base de que, efectivamente, no hay -creo- una demanda democrática tan importante, expresada en el debate político y en la última campaña presidencial, como la de modificar de manera sustantiva la legislación del Régimen militar respecto de las cuestiones laborales. Y ello, como una doble exigencia: por una parte, la democratización de la sociedad chilena, restableciendo los derechos del trabajo; por la otra, la modernización de la sociedad y de la economía del país. Esto, porque nosotros, por lo menos, discrepamos profundamente de que durante el período anterior se haya aplicado un modelo de economía social de mercado; antes bien, creemos que se puso en práctica una economía de mercado en la que estuvieron ausentes algunos componentes contemporáneos sustantivos de lo que se ha denominado -sobre todo en Europa- "economía social de mercado". Señalo solamente dos de tales componentes: democracia política (todos los sistemas exitosos de ese tipo han coexistido con la democracia como sistema político), y un poderoso movimiento sindical.
Si uno analiza la historia contemporánea europea -de Inglaterra, de Alemania o de Italia, por ejemplo-, se va a encontrar con que allí se desarrollaron precisamente niveles de igualdad mayores que en otras latitudes; una economía donde el mercado desempeñó un papel importante, pero con un poderoso movimiento sindical en un régimen político democrático. Creo que nadie, objetivamente, podría discutir que esas condiciones, durante el último período, no se dieron en Chile.
En segundo lugar, quiero decir que, representando a la mayoría de los Senadores de estas bancadas, concurrimos a los acuerdos que permitieron que ahora estemos discutiendo este proyecto. Lo hicimos porque la alternativa -dada la correlación de fuerzas políticas en esta Corporación- era mantener la legislación laboral heredada del Régimen anterior, que nos parecía muy dañina para los intereses de los trabajadores. Sin entrar en una polémica mayor, reiteramos esto, porque de nuevo se ha puesto en debate el hecho de que en el Senado hay una sobrerrepresentación de los sectores que expresan la cultura, la ideología, los principios, la política de lo que, genéricamente, podemos llamar la Derecha de este país. En tal sentido, hay aquí una representación imperfecta de la soberanía popular, y eso tiene que ver tanto con la institución cuanto con el comportamiento político de los señores Senadores designados.
Nosotros respetamos la institucionalidad; hemos jurado hacerlo. Pero, al mismo tiempo, mantenemos los compromisos que asumimos en la campaña electoral y en el programa de la Concertación, que incluye como una de nuestras banderas políticas el llegar a una composición del Congreso Nacional en que la soberanía popular se exprese de manera plena. Y quiero reiterar que eso no significa emitir juicios peyorativos sobre los señores Senadores designados ni sobre su comportamiento individual. Porque aquí también hay un problema con las designaciones.
Pienso efectivamente que, en el tiempo transcurrido, hemos aprendido a trabajar, a convivir y a conocernos. Y no tengo dudas, ni por un minuto, de la integridad de sus convicciones. Pero lo que ocurre es que normalmente -y es natural- esas convicciones de los señores Senadores designados coinciden con las de la Derecha chilena. No digo que sean manipulados por nadie, sino que, de manera libre y espontánea, en general, sus concepciones del mundo, de la política y de la economía tienden a coincidir con las de esa tendencia política, que en este país fue electoralmente una minoría en 1989.
Por cierto, esos Senadores tienen derecho a mantener sus propias convicciones, y nadie va a impedir que las manifiesten aquí. Pero esto crea, desde el punto de vista político, un problema objetivo: en esta Cámara están sobrerrepresentadas, respecto de lo que expresan en el país, determinadas concepciones sobre la sociedad, sobre el tránsito democrático, sobre las relaciones laborales, sobre la economía, sobre la cultura, etcétera. Normalmente -y no por la manipulación de nadie- las convicciones de dichos Senadores tienden a coincidir con las de Derecha, porque, además, compartieron proyectos y experiencias políticas comunes durante los últimos 17 años.
Esto obliga, desde el punto de vista de quienes somos mayoría en el país pero minoría en el Senado, a un proceso que yo llamaría de sobrenegociación. Porque estoy de acuerdo en que la negociación es parte de la democracia y parte de la transición; pero aquí sobrenegociamos respecto de cuáles son efectivamente las inspiraciones mayoritarias de la sociedad. Y me parece que eso, si no obstaculiza el tránsito a la democracia, de alguna manera enturbia la transparencia de la representación popular.
En ese sentido, quiero decir con mucha claridad que a nuestro juicio la negociación que hicimos no mejora, sino que empeora el proyecto del Ejecutivo. Porque, en materia laboral, nuestro compromiso con el país y con los trabajadores es el que asumimos al firmar el programa de Gobierno. No me extenderé en el largo detalle, pero es evidente que el programa de Gobierno de la Concertación va, desde nuestro punto de vista, más allá en la legítima defensa de los intereses de los trabajadores (en nuestra concepción sobre lo que es un sindicalismo fuerte y moderno, adecuado a las cambiantes condiciones del siglo XX) y de lo que fueron tanto el proyecto del Ejecutivo -en el que ya había existido un intento de concertar con el sector empresarial-, cuanto el propio programa de la Concertaci��n.
Desde ese punto de vista, nosotros concurrimos con nuestros votos a una legislación que tiene, en nuestro enfoque -insisto-, las características de que efectivamente mejora lo que teníamos, pero que está muy distante de lo que entendemos que necesita la democracia plena en este país, y de un proceso efectivo de modernización de nuestra sociedad y de nuestra economía.
No quisiera alargarme sobre el tema particular de las insuficiencias. Sólo quiero destacar un aspecto que me parece quizás la mayor insuficiencia, y que tiene que ver con la discriminación que se produce respecto de una categoría de trabajadores -que en el país es cada vez más importante desde el punto de vista social y productivo-; me refiero en particular a los trabajadores de temporada y, dentro de ellos, a los de la agricultura. Este es un fenómeno nuevo en el país, que afecta a distintas regiones, a sectores muy importantes de la economía chilena y, muy en especial, a las regiones y provincias que represento en esta Corporación.
Se ha producido en la estructura laboral chilena una modificación sustantiva en lo que se refiere al campo, en los últimos 15 a 17 años. Hoy, más de las dos terceras partes de la fuerza laboral del campo está constituida por trabajadores de temporada.
No hay cifras absolutamente confiables, en el sentido de que provengan de estadísticas o de un censo laboral del sector agrícola. Pero estimaciones que nos parecen serias, como las de la Academia de Humanismo Cristiano, indican que en 1987, por lo menos, existían en el campo unos 400 mil trabajadores de temporada, de los cuales, según este estudio, 200 mil se ubicaban en el sector frutícola; cerca de 400 mil, en el forestal, y alrededor de 160 mil en otros sectores agrícolas tradicionales (remolacha, hortalizas, etcétera).
Hay otros estudios, como, por ejemplo, la encuesta realizada por la Academia de Humanismo Cristiano, en que una proyección dentro de los trabajadores del sector frutícola -tan importante en el proceso exportador chileno- señala que habría allí, en 1989, unos 251 mil trabajadores, de los cuales sólo 16 por ciento tenía carácter de permanente. O sea, el trabajo temporal es la forma normal de laborar en la agricultura de nuestro país, tanto en el estrato más dinámico, que es el agroexportador, cuanto en el más tradicional, orientado al consumo interno.
Desde ese punto de vista, respecto de una categoría tan importante de trabajadores chilenos, no hay duda de que el proyecto que hoy vamos a votar en general favorablemente establece un conjunto de discriminaciones que, por lo menos -lo señalo acá-, tienen que ver con dos cuestiones: primero, con el derecho a la sindicalización. Se ha avanzado en el sentido de que el proyecto otorga al trabajador de temporada la posibilidad de constituir sindicatos de trabajadores eventuales o transitorios. Pero, al mismo tiempo, se niega a esos sindicatos la capacidad de negociar colectivamente; y se les permite, por otra parte, afiliarse a sindicatos de empresas o de interempresas, pero sólo una vez que éstos estén constituidos. Por tanto, en el sindicato interempresas, ese trabajador es una suerte de socio de segunda categoría en la medida en que no puede participar en la constitución del sindicato ni, por consiguiente, ser elegido en la primera directiva, ni puede negociar directamente sus intereses laborales.
Creo que la negación del derecho a la negociación colectiva de una categoría de trabajadores que, como digo, constituye más de las dos terceras partes de la mano de obra de un sector tan importante en la economía chilena como es la agricultura, es una insuficiencia no menor de esta legislación que estamos aprobando. Porque, efectivamente, establece criterios de discriminación; e incluso uno pudiera alegar que llegan a tener hasta el carácter de normas inconstitucionales.
El argumento que se da y que se ha dado siempre en Chile, se empleó también en las legislaciones sindicales que se aprobaron en los años 30 y en los 20, en las que se excluyó del proceso de modernización de las organizaciones laborales a todos los trabajadores del campo y en las cuales una de las alternativas que tiene la negociación colectiva, que es la huelga, era un instrumento del cual había que privar a los trabajadores agrícolas. Y ése me parece un argumento absolutamente discriminatorio y discutible. No niego que el trabajo agrícola tiene características particulares. Pero, si eso es así, lo que habría que hacer sería legislar sobre las características particulares de la huelga agrícola, y no suprimir el recurso, como, por otra parte, lo hace este mismo proyecto. Porque, de acuerdo con su texto, el sindicato de empresas agrícolas puede hacer huelga. Lo que ocurre es que los trabajadores afiliados al sindicato agrícola son menos de las dos terceras partes de la mano de obra agrícola. Hay un dato estructural al respecto. Por consiguiente, esta es una materia sobre la cual señalamos nuestra preocupación, porque se consagra una discriminación que no es ni justa ni moderna, y porque se van a generar situaciones no contempladas por la ley, querámoslo o no.
Se establece la capacidad del convenio colectivo -eso es cierto-, pero se niega la capacidad de la negociación colectiva a un sector de trabajadores que está contribuyendo hoy con una parte importante del producto nacional. Tenemos una agricultura distinta a la de décadas anteriores; poseemos un campo y un sector forestal que están exportando cerca de 1.000 millones de dólares al año, un sector dinámico que merece que en él se establezcan relaciones de trabajo efectivamente modernas.
Espero que podamos corregir este aspecto en las futuras legislaciones laborales que se discutan en el Parlamento, tanto en los asuntos que dicen relación con las condiciones de trabajo -entiendo que sobre eso habrá iniciativas en el próximo futuro-, como también respecto de la posibilidad de explorar fórmulas que permitan establecer mecanismos de negociación real entre los trabajadores de temporada y los empleadores. Podría tratarse de sistemas tripartitos, como existieron en la antigua legislación chilena; en fin, habrá que buscar caminos. Pero creo -y con esto termino, señor Presidente - que estamos cometiendo un error que podría adquirir el carácter de histórico, al dejar privada de derechos esenciales en el mundo del trabajo a una categoría tan importante de trabajadores de la sociedad chilena.
Muchas gracias.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Ha llegado la hora de suspender esta sesión.
A pedido del señor Cantuarias, quiero dejar constancia de que la Comisión de Educación también está autorizada para reunirse paralelamente con la Sala esta tarde a las 18.
El señor DÍEZ.-
Propongo que tomemos el acuerdo de que todas las Comisiones puedan funcionar al mismo tiempo que la Sala, señor Presidente.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Ese es el acuerdo. Por eso, sólo quise hacer constar que la Comisión mencionada se incluye en dicho acuerdo.
El señor DÍEZ.-
Todas las Comisiones, señor Presidente.
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente , ¿cuántos señores Senadores quedan inscritos para participar en el debate?
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
A lo menos tres, Su Señoría.
Se suspende la sesión.
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-Se suspendió a las 14:44.
-Se reanudó a las 18:7.
)----------(
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Continúa la sesión.
Tiene la palabra el Honorable señor Guzmán.
El señor GUZMÁN.-
Señor Presidente , al debatir este proyecto creo que corresponde reconocer la importante mejoría que ha experimentado el texto que hoy conocemos, con respecto a la iniciativa original. En mi opinión, todos los esfuerzos que se han hecho en tal sentido merecen encomiarse y valorarse en su mérito.
Sin embargo, nuestro Partido tiene, en relación al texto que hoy discutimos, ciertos reparos fundamentales que nos llevan a anunciar nuestros votos en contra de la idea de legislar, teniendo presente que no hay que entender que la votación en general es una idea de legislar en abstracto, sino referida a una iniciativa determinada y en una oportunidad también específica.
Tuvimos reparos hacia el proyecto de terminación del contrato de trabajo y también en cuanto al de centrales sindicales. Sin embargo, en ambos casos votamos favorablemente porque nos pareció que nuestras objeciones no tenían un carácter suficientemente medular frente a lo que ellos representaban, lo que, en cambio, sí nos ocurre en este caso.
A mi juicio, a lo largo de todo el proyecto no queda nítido qué es lo que realmente entienden sus autores por una remuneración justa.
A mi modo de ver, es remuneración justa aquella que refleja el aporte de un trabajador o de un grupo de trabajadores a la productividad de la empresa. Ese concepto medular y esencial para determinar lo que es una remuneración justa debe también inspirar toda la legislación que regule la negociación colectiva.
Cuando se establecen fórmulas legales que validan la circunstancia de que las remuneraciones vayan más allá o suban por encima de lo que es el aporte que el grupo de trabajadores correspondiente realiza a la productividad de la empresa, sobrevienen una serie de efectos económicos y sociales muy negativos. Entre ellos quiero subrayar la tendencia de los empresarios a mecanizar sus empresas y a contratar menos personal, fenómeno que empíricamente se ha demostrado como algo de ordinaria ocurrencia cuando se cae en el error señalado.
Por otra parte, también se arriesga una pérdida de competitividad en las empresas, lo cual reviste particular importancia en un esquema de economía abierta, como el que hoy día existe en Chile y constituye también el rumbo hacia el cual camina el grueso de la humanidad.
Quiero subrayar, señor Presidente, algunos aspectos que tienen especial relevancia en un país como Chile, en los tópicos que acabo de mencionar.
Somos un país joven. Cada año accede una cantidad muy grande de personas al mercado del trabajo buscando una ocupación por primera vez. En los próximos 10 años, más de un millón y medio de jóvenes se incorporará a lo que se denomina la fuerza de trabajo, reclamando un empleo. En consecuencia, para una nación como Chile, la creación de nuevas fuentes de ocupación tiene una importancia y una exigencia mayores que en otros países donde ese crecimiento vegetativo es inferior, o no tan explosivo como en nuestra patria.
En seguida, somos un país en vías de desarrollo que necesita crecer en forma alta y sostenida en el tiempo de modo mucho más imperioso que lo que ocurre en las naciones desarrolladas.
He reflexionado largamente sobre las comparaciones que suelen hacerse entre nuestra legislación laboral y la que impera en los países desarrollados, y hay una conclusión que siempre me intriga intelectualmente en cuanto a la validez de esas comparaciones.
Los países desarrollados se dan por satisfechos creciendo a tasas del 2 al 3 por ciento. No necesitan más que eso, e, incluso, un crecimiento alto y sostenido en el tiempo podría significarles problemas en el orden del medio ambiente y de otras realidades que pasan a ser más importantes en ellos que el crecimiento económico del producto, como ocurre en naciones en vías de desarrollo.
Por eso creo que debemos analizar o sopesar esta realidad en todo lo que ella implica como diferencia entre Chile y los países desarrollados.
Apunto a dos consideraciones adicionales.
Estamos obligados a no perder competitividad para nuestras empresas, por la circunstancia de que América Latina marcha cada vez, en medida más acelerada, hacia esquemas de desarrollo que nos demandarán una eficiencia muy alta en nuestra producción.
Por otro lado, como se ha dicho aquí, en el debate, durante la mañana, es evidente que el camino para mejorar las remuneraciones es alcanzar el pleno empleo. Cuando se logra éste y cuando el país crece a tasas altas y sostenidas en el tiempo, las remuneraciones reales suben. Esa es la única vía que en definitiva puede producir un incremento efectivo en el nivel de tales remuneraciones.
Establecidas estas ideas, quiero manifestar que vemos con extraordinaria aprensión que la negociación salga del ámbito de la empresa. Las negociaciones supraempresa nos parecen inconvenientes porque desvirtúan, a nuestro juicio, el concepto básico de lo que debe perseguir una negociación colectiva. Es cierto que en el proyecto se establece que a ella sólo se llegará por acuerdo voluntario de los empleadores y trabajadores comprometidos. Ciertamente, eso representa un avance muy significativo en el contenido del proyecto con respecto a planteamientos originales en la materia.
Pero, aun así, pienso que si se trata de determinar el aporte que los trabajadores realizan a la productividad de una empresa, eso sólo puede efectuarse válidamente al interior de ella. Por esa razón, toda negociación en un nivel supraempresa, en mi opinión, sólo tiene inconvenientes y ninguna ventaja.
Además, no debemos perder de vista que, cuando hablamos de libertad de empleadores y trabajadores para concurrir a esas negociaciones interempresas, o por sectores o áreas de la economía, nos estamos refiriendo a una realidad muy relativa, porque puede ser factible que se imponga a ciertos empresarios el hecho de tener que ir a este tipo de negociaciones colectivas, fruto de que el conjunto de empresarios y trabajadores del sector así lo acuerde. Se generan presiones muy difíciles de resistir, particularmente para los empresarios medianos y pequeños, y en forma muy aguda para los emergentes, los que inician sus actividades y pueden verse retraídos de emprenderlas en condiciones que ellos no puedan afrontar de manera satisfactoria.
Por otro lado, durante el debate también se ha reconocido un riesgo, que es el de las confabulaciones monopólicas, aun cuando se concurra en forma realmente libre por parte de empresarios y trabajadores a una negociación supraempresa. Es cierto que tal riesgo puede ser enervado o disminuido a través de los mecanismos pertinentes que existen en nuestra legislación. Pero de nuevo la pregunta fundamental que cabe hacerse es por qué hay que afrontar esos riesgos con un objetivo cuyo beneficio no se advierte claro, sino que, por el contrario, aparece inconveniente, como es sacar la negociación colectiva del ámbito propio de la empresa.
En este mismo orden de materias, señor Presidente , se ha hecho bastante caudal de que en una economía abierta no existen los riesgos que habría en economías más cerradas, como las que teníamos antaño, respecto de negociaciones por encima del nivel de la empresa misma.
Eso es cierto, pero quisiera igualmente llamar a reflexión acerca de la circunstancia de que la economía abierta no es una realidad sólida e inamovible. Es una realidad frágil. Siempre los países están expuestos a que los grupos empresariales y sindicales con mayor poder de presión ejerzan su influencia con el objeto de ir logrando cierres sutiles y progresivos de la economía.
En este sentido, creo que hay que tener particular cuidado en no estimar que una economía abierta es una realidad respecto de la cual podemos operar sobre seguro; sino que debemos cuidarla y no someterla imprudentemente a presiones de grupos influyentes que puedan ir provocando cierres de ellas, como, por lo demás, comprobamos que sucede en los países desarrollados, y particularmente en Europa.
Por otra parte, señor Presidente , el proyecto, junto con autorizar las negociaciones en un nivel superior al de la empresa, permite que los efectos de una negociación colectiva se apliquen a terceros que no negocian y que se incorporan después a aquélla.
De nuevo advierto en este enfoque que la iniciativa se aleja de la importancia que atribuyo a que realmente la remuneración procure reflejar el aporte que un grupo de trabajadores hace a la productividad de la empresa. Es imposible saber cuál va a ser éste respecto de personas nuevas que se incorporan a ella.
En el orden netamente práctico, me preocupa que ese elemento pudiera traducirse en una dificultad para la contratación de personal menos calificado que eventualmente pudiera ofrecer sus servicios por un ingreso menor al que han convenido los sindicatos de la empresa respectiva, y que también el empresario pudiera estar en situación y en condiciones de contratarlo en ese escenario. Lógicamente, si es forzado a tener que reconocerle una remuneración semejante a la de otros grupos de trabajadores con los cuales ha negociado y que pueden tener una calificación muy superior, esta realidad puede retraerlo de la contratación respectiva.
Por último, señor Presidente , creo que la misma ambigüedad de la iniciativa en torno del punto central que he querido delinear como objeción básica a su texto se observa en el tema de la huelga.
Es evidente que la libertad de contratar es uno de los puntos clave del derecho de gestión de todo empresario sobre su empresa. A mi juicio, ella no se puede entrabar jamás, sin poner en riesgo un elemento esencial, que es el derecho de gestión.
Más aún, estimo que el artículo 19, número 24°, de la Constitución no se aviene con ninguna limitación que implique que el empresario en un instante determinado no pueda contratar trabajadores para su empresa.
Es cierto que la iniciativa ha atemperado considerablemente lo que originalmente se planteaba al respecto. Pero aquí quisiera subrayar el elemento que me parece más significativo, que es el reemplazo de los trabajadores en huelga, o bien, dicho de otra forma, el derecho del empresario a contratar trabajadores durante la huelga -porque no siempre van a ser estrictamente reemplazantes de los que están en huelga-, el cual es el único que permite asegurar en la práctica que se mida en un "test" si efectivamente la remuneración a la cual los primeros aspiran corresponde o no al aporte que realizan a la productividad de la empresa.
Es evidente que ningún trabajador va a aceptar laborar por debajo de la que sea la remuneración de mercado, como también lo es que todo trabajador o grupo de éstos aspira a estar por encima de ese nivel, fruto de su calificación, fruto de lo que signifique para la empresa por las relaciones humanas que haya logrado conseguir con el resto del personal, y de múltiples elementos que hacen que efectivamente su aporte a la productividad de la misma pueda ser -y habitualmente sea- mayor que la remuneración de mercado.
La cuestión reside en cómo se mide hasta dónde llega dicho aporte como factor que fije la remuneración. Y, a mi juicio, la única manera de verificarlo en la práctica es a través de la existencia de la posibilidad del reemplazo o de la contratación de trabajadores durante el período de la huelga. Es allí donde se verá si la pretensión del trabajador corresponde a su aporte de productividad, caso en el cual el empleador no encontrará otros de igual calificación y nivel de calidad que aquellos que están en huelga. Por el contrario, llegará un límite en que el empresario afrontará el costo de contratar nuevos trabajadores -eventualmente, menos calificados-, a quienes desconoce, pero asumiendo el costo de entrenamiento que ello implique, porque le sería excesivo aceptar la petición que se le ha formulado. Ese es el "test" fundamental y lo que permite el mecanismo del reemplazo.
Felizmente el proyecto ha contemplado el mecanismo del reemplazo a partir del decimoquinto día, en el caso de huelga. Pero creo que no hay ninguna razón que justifique que ello no opere desde el primer día.
Por otro lado, me parece peligroso que se deje sentado el precedente. Porque no veo ninguna razón categórica -salvo de carácter prudencial- para que mañana no se pretenda ampliar ese plazo de quince días, si se acepta que no vulnera ningún principio fundamental de la legislación laboral y del derecho de propiedad, en términos que podrían significar complicaciones muy serias para el funcionamiento de las empresas.
Me deja más perplejo la fórmula a la cual se llegó en el sentido de que la empresa que no ofrezca un reajuste equivalente al IPC será precisamente la que esté impedida de contratar trabajadores durante los primeros quince días de huelga, por cuanto es la que está en mayores dificultades, en mi concepto.
No nos pongamos en el escenario de una recesión, porque creo que en tal caso todos convendremos en que resulta absolutamente impensable que el mecanismo ideado por este proyecto pueda mantenerse.
Quiero apuntar a un escenario bastante más posible, que es un crecimiento como el que ha tenido la economía este año, e incluso, uno levemente superior, porque cuando la economía crece, no significa que todos sus sectores también lo hagan. Este año, por ejemplo, el transporte crecerá en alrededor del 10 por ciento, mientras que la pesca y el yodo bajarán en el 13 y el 15 por ciento, respectivamente. De manera que la circunstancia de que la economía crezca no implica que todos los sectores estén en condiciones de ofrecer el IPC, salvo que se trate de crecimientos económicos muy elevados, y de que ese problema, evidentemente, no se presente.
En ese sentido, señor Presidente , creo que la iniciativa, si bien ha buscado una fórmula práctica de compromiso, no es congruente con el concepto de que la remuneración se determine conforme al aporte de los trabajadores a la productividad de la empresa.
Finalmente, estimo que lo mismo ocurre con la regulación de la huelga, que se ha hecho de nuevo indefinida al establecerse que sólo finaliza por la reincorporación de la mayoría de los trabajadores. Ello deja en una situación inestable a los reemplazantes durante la huelga, en cuanto a su contrato con la empresa, y prolonga la situación de conflicto en términos muy difíciles de prever.
En síntesis, señor Presidente , me parece que a lo largo de todo este proyecto existe una falla fundamental, o la ausencia de un enfoque claro, acerca de lo que debe entenderse por una remuneración justa y la mejor manera de alcanzarla. No advierto que la inspiración nítida del texto sea la de que las remuneraciones expresen el aporte de los trabajadores a la productividad de la empresa. Por tal razón, discrepamos de esta línea medular, lo que es suficiente para no poder aceptar la iniciativa en los términos en que está concebida.
Sólo quisiera hacer un comentario final para hacerme cargo de una observación interesante que se formuló en el debate de la mañana. Creo que no pueden confundirse las remuneraciones con el ingreso, ni es posible concebir a la negociación colectiva como un mecanismo de redistribución de ingresos. Es evidente que si se estima que un sector de la población percibe un ingreso inferior al mínimo digno para su subsistencia personal y familiar, corresponde imperativamente al Estado ejercer su labor redistributiva a través de los mecanismos idóneos. Lo que estimo inconveniente es mezclar esta tarea redistributiva estatal, en cuanto a los más pobres, con una legislación laboral tendiente a fijar remuneraciones dentro de empresas que tienen que ser competitivas.
Muchas gracias, señor Presidente.
He dicho.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hormazábal.
El señor HORMAZÁBAL.-
Gracias, señor Presidente.
Después de las intervenciones en el transcurso de la mañana y luego de reanudarse la sesión, quizás sería útil el intento de precisar sólo algunos de los elementos que han estado presentes en el debate, y recordar para ello algo que hemos reiterado en diversas ocasiones en esta Alta Corporación, con motivo del análisis de las reformas laborales que el Gobierno ha enviado al Parlamento.
El primero de ellos dice relación a la existencia de una sensación muy mayoritaria en el país en cuanto a que la legislación sobre la materia impuesta durante el Régimen anterior carecía de la legitimidad necesaria para resistir el análisis objetivo que la democracia efectúa a través de sus distintos actores.
Es un hecho que las opiniones negativas acerca de tales normas excedieron con creces las fronteras partidarias. Como lo he recordado en el Senado en otras ocasiones, cuando ejercía como dirigente sindical me encontré en coincidencia con personeros del mundo laboral que, a pesar de tener un juicio favorable al Gobierno pasado, expresaban una dura crítica al respecto.
Este es el primer hecho de la causa: estamos modificando la legislación del trabajo, porque objetivamente, en democracia, carece del sustento básico que una norma jurídica necesita en este tipo de sociedades. Incluso, en el último encuentro de la empresa escuchamos opiniones de altos dirigentes de este sector en el sentido de que, si bien es cierto que en su momento ella cumplió un papel, a su juicio, no lo es menos que los tiempos nuevos hacían aconsejable, más que el inmovilismo, una modificación. Estas son señales positivas que la sociedad chilena ha captado y que el Congreso ha hecho posible con los cambios a que hacemos referencia.
Pero no sólo es un problema de legitimidad. También aquí se ha aludido a la necesaria eficacia que debería tener esta legislación. Ponderemos algunos antecedentes.
Al dictarse la ley de organizaciones sindicales durante el Gobierno anterior, el entonces Ministro que la patrocinó dijo, en un discurso radiodifundido al país -y que muchos vimos por televisión-, que era inconcebible que la legislación que él proponía reemplazar (la de la vieja y caduca democracia) hubiera permitido que sólo uno de cada cuatro trabajadores estuviese organizado. Y ocurre que al terminar el período en el cual esa legislación rigió, en lugar de 1,1 de cada 4 trabajadores, sólo uno de cada 11 estaba organizado sindicalmente.
Se hizo expresa mención de que la Constitución aseguraba a todos los trabajadores el derecho a negociar colectivamente. Y de nuevo, la realidad estadística: menos del 10 por ciento de los trabajadores chilenos pudieron hacer uso de ese derecho constitucional establecido en el Régimen pasado. De modo que la legitimidad de la norma laboral dictada en esa época está en cuestión.
Obviamente, en cuanto a su eficacia para responder a los objetivos que se trazaron, las estadísticas que he enunciado también muestran su incapacidad para responder a los desafíos de la sociedad chilena.
Tocante a la estabilidad o crecimiento de la economía, por ejemplo, ¿puede decirse que la cesantía disminuyó con esas disposiciones? Todos los datos conocidos dicen que a partir de la legislación impuesta al país en 1978 los índices respectivos subieron. ¡Hubo más cesantes que en las condiciones anteriores del país! Y ésas son, de nuevo, cifras oficiales.
¡Llegamos a tener casi el 30 por ciento de cesantía, producto de esa legislación, tan bien inspirada, que favorecía el "crecimiento" en la sociedad chilena! Claro: ¡el crecimiento de un grupo de poderosos y el empobrecimiento de los sectores más humildes!, como lo acreditan los antecedentes entregados por el Instituto Nacional de Estadísticas, respecto a la evolución de los ingresos durante el período anterior.
¡Ah! ¡Pero era una legislación acorde con la economía moderna! Y ocurre que las tasas de inversión fueron las más bajas conocidas históricamente en Chile. Sin embargo, la legislación laboral era armónica y moderna, en concepto de sus exégetas. A pesar de ello, la porfiada realidad es distinta de lo que la propaganda sostenía incesantemente.
Constituye un hecho de la causa, por lo tanto, que la supuesta legislación laboral legítima no era tal, como tampoco su eficiencia, según se demostró, ni su aporte al crecimiento económico y a la justa distribución de la riqueza.
En consecuencia, ¿cuál era el desafío del tiempo nuevo, del tiempo de oportunidades que la democracia ofrece a todos? ¡Modificarla! ¡Cambiarla!
En esa forma abordaron el tema los distintos programas presidenciales. El de don Patricio Aylwin, como candidato de la Concertación, planteó las líneas directrices y gruesas hacia donde apuntaban los cambios que, a mi juicio, en su esencia, han sido propuestos en diversas iniciativas. No hay contradicción entre las líneas gruesas anunciadas y las concreciones planteadas en los proyectos del Ejecutivo.
Sin embargo, ¿con qué nos hemos encontrado? Con un hecho afortunadamente distinto al que rigió las condiciones históricas del país cuando se dictaron los Códigos del Trabajo.
Como lo he señalado otras veces en el Senado, la legislación laboral chilena, vanguardia en América Latina, generada por todas las fuerzas políticas, tanto de Derecha como de Centro y de Izquierda -porque esto pasó a ser un patrimonio de nuestra cultura-, puso al país en un lugar destacado, en términos de su evolución en esa materia.
Pero -¡oh, paradoja!- en un país que precisamente es ejemplo de estabilidad en América Latina, mirándolo en la perspectiva global de las centurias, se produce el hecho de que se dicta la legislación laboral, con carácter de Código o con mayor profundidad, en circunstancias de que no vive en democracia. Insisto en que en 1931 y en 1978 Chile no vivía en democracia, pero se gestaron y generaron las grandes reformas laborales que rigieron durante un determinado período.
¿Por qué hago notar esa distinción, señor Presidente ? Porque yo, al menos, soy decidido partidario de la política de entendimiento.
Deseo agregar que ello se encuentra establecido, asimismo, en el programa de la Concertación, habiendo declarado el Presidente de la República , cuando era candidato -así lo expresó en televisión, al ser requerido sobre el tema-, que la primera medida de su Gobierno en materia de reformas laborales iba a ser la de convocar al sector empresarial y a los trabajadores para que buscaran el entendimiento necesario a fin de que la legislación que se dictara durante esta Administración transitoria (democrática, pero transitoria) tuviera los elementos de legitimidad, estabilidad y apoyo indispensables.
Algunos logros se han alcanzado en ese ámbito. Pero otras tareas han correspondido al Parlamento, porque para algo estamos. Y ello comprende la búsqueda de entendimientos. De modo que no debemos confundir: estamos por una política de entendimiento que permita sacar a la sociedad chilena de las traumáticas experiencias de las imposiciones, la fuerza y el abuso.
Deseamos una legislación que establezca adecuadamente la normativa que debe tener el país para que su desarrollo económico vaya aparejado con la equidad y la justicia, como un desafío impostergable. Y para eso, ¡estamos disponibles!
Por cierto, no podemos afirmar que los proyectos despachados por el Senado son mejores que los propuestos por el Gobierno. Y no lo tomen los Honorables colegas de la Oposición como un ataque personal. Sostengo que las iniciativas enviadas por el Ejecutivo en materia de terminación de contrato de trabajo, de centrales sindicales y de organizaciones sindicales y negociación colectiva, son mejores, en términos técnicos, en términos de la aplicación de los principios internacionales y de la experiencia recogida, que como salen del Senado o de la Cámara de Diputados.
Sin embargo, ¿saben Sus Señorías lo que sí creo? Que son indudablemente superiores a la legislación laboral que están reemplazando.
Si hubiera que reducirlo a una sola expresión, tendríamos que decir que los acuerdos a que hemos llegado no son todo lo bueno que quisiésemos, pero, objetivamente, justifican en forma plena las inquietudes de los chilenos respecto a cambios indispensables.
Afirmamos, con fundamento, que los proyectos primitivos del Gobierno buscaron también ciertos elementos de equilibrio. Pero el esfuerzo realizado no ha sido aún bien entendido por sectores empresariales y políticos: todavía quedan empresarios que prefieren dejarse llevar por el temor o la desconfianza, y sectores políticos que justifican su quehacer enunciando temores y hablando de dificultades, sin afrontar positivamente el presente y el porvenir.
Resulta más fácil representar aquí el miedo que produce tal o cual cambio, en tales o cuales sectores, que la relevancia que implica efectuarlo.
Y algunos incluso creen que ello es más vendedor. Hemos tenido la oportunidad de ver en televisión a supuestos especialistas declarando que una legislación laboral como la propuesta significa poner un arma cargada en manos de los trabajadores. No comprenden que precisamente la búsqueda de caminos de entendimiento es lo que permite reducir los conflictos inevitables en toda sociedad democrática.
Estimo que...
El señor GUZMÁN.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor HORMAZÁBAL.-
Me gustaría concedérsela, con todo agrado, al final de mi intervención, Honorable colega.
En todo caso, para los efectos de las alusiones, no me refería a Su Señoría al analizar este tema.
El señor GUZMÁN.-
Muy bien.
El señor HORMAZÁBAL.-
Lo hago presente para que el Honorable señor Guzmán se quede tranquilo durante el resto de la sesión. ¡Ahora, a fin de que se prepare para cuando llegue el momento, sí cabe señalar que Su Señoría es el apologista del terror a los cambios, lo cual constituye algo distinto...!
Estimo que se trata, entonces, de un problema de otra envergadura. Hemos recogido razonablemente los aportes de otros partidos y de los Senadores institucionales, y hemos conocido la contribución interesante de los gremios empresariales, además de contar con la ilustrada y madura representación de la Central Unitaria de Trabajadores y de otras organizaciones sindicales.
Se está elaborando una legislación que considera la opinión de las partes, que respeta los criterios divergentes. Me he sentido enriquecido por un debate de extraordinario interés, dado que, contrariamente a lo que piensa con frecuencia la opinión pública, la tarea más relevante del Senado se realiza en las Comisiones y no en la Sala. En ellas es donde, despojados muchas veces de prejuicios, el desafío consiste sólo en argumentar en torno de lo que estimamos justo.
No tengo inconvenientes en reconocer el excelente aporte de Senadores de diversos partidos a la tarea colectiva de la formación de la ley. Y eso deben saberlo los chilenos, pues significa, además, volver a confiar en quienes legislamos.
Existen, por cierto, problemas delicados. Sin embargo, insisto en que no se resuelven con un artículo más o uno menos, sino con el acuerdo.
¡Qué interesantes para el país son, por ejemplo, documentos como el enviado por la Confederación Gremial Nacional Unida de la Pequeña y Mediana Industria, Servicios y Artesanado (CONUPIA), que se ha opuesto a algunos elementos del proyecto, pero asumiendo con criterio positivo los desafíos del futuro! Y esto, por cierto, tenemos que destacarlo.
Señor Presidente , aquí se presenta un punto que me interesa explicitar, porque se está haciendo reiterativo: no estamos hablando de un Gobierno que tenga que testimoniar todos los días aquello en que cree y que realiza.
El Presidente de la República firmó los proyectos que modifican la legislación laboral y los señores Ministros del Trabajo y de Hacienda cumplen su tarea orientados y dirigidos por el Jefe del Estado , de modo que esas iniciativas se hallan en perfecta armonía con la política general del Gobierno para la etapa de transición. No existe contradicción alguna con la denominada en la práctica "economía social de mercado".
Resulta paradójico -y creo haber entendido mal- que algunos señores Senadores hayan declarado que durante el Régimen anterior vivimos una economía de esa índole. Pienso que una reflexión serena les permitiría darse cuenta de lo erróneo de esa afirmación. Porque esta Alta Corporación se encuentra destinada a los grandes debates, no a reiterar algo semejante, en circunstancias de que la Administración pasada aplicó la más dura, bizantina e ineficiente política de mercado, mientras convenía a algunos sectores de grandes empresarios. En caso contrario, éstos recurrían a un Gobierno en que sí tenían influencias para introducir cambios.
Cabe recordar las tasas sugeridas del Banco Central para el otorgamiento de créditos, y adicionalmente, las millonarias donaciones del Estado a los grandes grupos empresariales al hacerse cargo de la deuda externa que enfrentaban, por cifras superiores a los 4 mil millones de dólares; es decir, la cuarta parte de nuestra deuda externa total.
¿De qué economía social de mercado me hablan? ¿De la de Alemania o de Japón, como oí un tanto sorprendido? Por el hecho de que mi ignorancia sobre muchas materias puede explicar mi actitud, todavía estoy esperando que me aclaren cómo pudo haber en Chile una economía social de mercado similar a la de Alemania, donde se negocia por área, donde existe una ley de cogestión, donde hay libertades de partido y de prensa. ¡Y a ello se suma el hecho de que a ninguna organización sindical se presenta una persona que dice ser funcionario del Departamento de Negociaciones Colectivas del Servicio de Investigaciones -como ocurrió cuando entregué el primer pliego de peticiones en una empresa-, afirmando que estaban advertidos de los planes subversivos de la Oposición, que a través de la negociación colectiva podía hacer reventar la economía nacional!
¿Fue economía social de mercado la aplicada por el Gobierno anterior? Existe todo el derecho a pensar como se quiera; pero me parece que tratar de hacernos comulgar con una rueda de carreta acerca de un tema de esta naturaleza constituye un error incompatible con la envergadura intelectual de los señores Senadores que han hecho uso de la palabra al respecto.
Señor Presidente , también deseo señalar que el proyecto, el cual constituirá un perfeccionamiento con relación a la legislación vigente, no representará un atentado contra el crecimiento económico, como lo comprobaremos en el futuro.
He sido testigo de la reacción extraordinariamente positiva de los trabajadores y empresarios -ya mencioné el caso de la CONUPIA-, quienes se han dado cuenta de que el esfuerzo de los partidos que han concurrido al acuerdo no persigue el propósito de desestabilizar ni amenazar a nadie, sino que, por el contrario, de vivir en un clima que nos permita crecer a todos. "Crecimiento económico con equidad", ha dicho el Presidente Aylwin. ¡Y a ese desafío se nos convoca en este tipo de legislación!
Se sostiene que la huelga indefinida va a producir un caos en la economía. De nuevo, me parece una exageración.
Los trabajadores no van a la huelga por gusto. Esta debe ser -y lo ha sido históricamente- el último instrumento al cual recurran, pues saben que con ella siempre pierden. Pero, el hecho de ser indefinida, ¿significa poner en peligro la economía nacional? La normativa en estudio establece mecanismos como el del arbitraje obligatorio en algunos casos, aparte que estamos probando una institución nueva, como la mediación voluntaria, para buscar caminos de entendimiento. Y adicionalmente, el Gobierno dispone de facultades en algunos casos, cuando resulte afectado el bien común nacional, para decretar la reanudación de faenas, con el objeto de impedir este tipo de crisis. Entonces, ¿por qué seguir colocando a los trabajadores la camisa de fuerza que representa la legislación anterior, que nada tiene que ver -insisto- con lo que en los países de economía social de mercado se entiende por legislación sindical?
La huelga es simplemente el legítimo instrumento que usan los trabajadores después de que se agotan todas las instancias. Y estamos estableciendo puntos de equilibrio extraordinariamente relevantes para evitar que este proceso se desarrolle con excesiva fuerza. Pero si se producen huelgas en algunos sectores, no nos preocupa mayormente, porque la sociedad chilena cuenta con la estabilidad y los acuerdos básicos que impiden que un conflicto particular genere un grado de tensión grande.
Quisiera recordar una anécdota de uno de los autores del Plan Laboral, quien, en un reciente opúsculo aparecido hace algunos días, narra la génesis de esa legislación, que fue elaborada para impedir el boicot que los sindicatos norteamericanos habían anunciado durante el Régimen anterior.
Él dice que en un momento es convocado por el Jefe del Gobierno para hablar sobre una huelga que iban a hacer los trabajadores del cobre, y añade que se anunciaba el envío de tanques y tropas para enfrentar, el proceso de negociación colectiva. Ese ex Ministro cuenta que convenció al Presidente de que una huelga no significaría inestabilidad en el país.
Entonces, ¿por qué asustan a los empresarios y a los chilenos sosteniendo que el legítimo conflicto que no desemboque en un acuerdo podría traer aparejado una huelga sectorial, parcial y puntual? Es que es mucho más fácil jugar con el terror que asumir la tarea de la construcción.
Señor Presidente , en este proyecto quedan todavía algunas materias que pueden ser mejoradas con las indicaciones que se presentarán posteriormente. Pero, dado el hecho de que se trata de la discusión general, me permito simplemente recordar, primero, que esta iniciativa se inserta en el marco de lo que el Presidente Aylwin prometió como candidato; segundo, que busca modernizar una norma jurídica que carecía de legitimidad, de eficiencia y de justificación en los nuevos tiempos; tercero, que es una palanca para el desarrollo con equidad, a fin de que la sociedad chilena sea respaldada por todos, como fruto del esfuerzo compartido; y cuarto, que nos alegramos de que a este acuerdo -independientemente de que nos habría gustado que fuera mejor- hayan concurrido fuerzas que hasta hace poco respaldaron la injusta legislación anterior.
Por último, deseo manifestar que las afirmaciones en el sentido de que este conjunto de normas pudiera afectar el derecho de gestión o el derecho de propiedad, si bien son respetables, carecen de fundamento. La Constitución asegura, en el número 24° del artículo 19, el derecho de propiedad, pero adicionalmente señala que la ley regulará su ejercicio. Y el número 16° de ese mismo precepto consagra el derecho a negociar colectivamente y asigna a la ley la natural competencia para regular y establecer sus mecanismos.
De este modo, por estimarlo impecablemente justo y razonablemente acordado, y con la esperanza de que servirá para el desarrollo, votaremos afirmativamente este proyecto de ley.
He dicho.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , quiero referirme a algunos aspectos del proyecto de ley en debate. Pero previamente deseo hacerme cargo en general de ciertas afirmaciones formuladas en la Sala, donde se emiten opiniones como si las cosas fueran blancas o negras: negras, en el pasado; blancas, en el presente y en el futuro. Porque si bien es cierto que la legislación laboral anterior fue discutible en muchos aspectos, no lo es menos que fue aplicada con éxito. Y de lo que se trata ahora es de perfeccionarla y modificarla en algunos de sus puntos.
Se aduce que la legislación laboral no fue capaz de impedir que hubiera un 30 por ciento de cesantía. Y no conozco ninguna ley en el mundo que garantice pleno empleo o un bajo índice de cesantía. Pareciera más bien que ello se debió a la tremenda crisis que sufrió este país y que todos reconocen. Pero recordemos que, a pesar de los efectos de la crisis, de la baja del precio del cobre de aquella época y del alza en el valor del petróleo, la inflación, en el peor momento, no sobrepasó el 26 por ciento; en cambio, en 1990 llegó al 28 por ciento.
Pero refiriéndome al proyecto en debate -porque no se saca nada con seguir discutiendo sobre el pasado y volver los ojos hacia atrás, ya que lo que quiere este país es mirar para adelante-, deseo abordar algunos aspectos de la iniciativa que me parecen inconvenientes, a pesar de todo lo que se ha dicho en esta Sala.
Uno de ellos se relaciona con la huelga. No concuerdo en que el fuero de que gozan los huelguistas se prolongue en el tiempo por un plazo indeterminado. Ese fuero implica que, si se acaba el conflicto, todos los trabajadores involucrados en él tienen derecho a retornar a la empresa donde laboran. Por lo tanto, no estamos hablando -en lo que atañe al plazo- de que la huelga pueda durar mucho tiempo, sino del derecho que tienen los trabajadores de volver a la empresa.
En estos momentos dicho plazo es de sesenta días. Puede ser corto. Podría prolongarse. Pero, a mi juicio, sería inconveniente que fuera indefinido, porque entonces no se sabría cuándo terminaría el referido fuero.
Hay que pensar que en Estados Unidos, por ejemplo -ya que se lo compara con nuestro país-, no existe ese fuero, pues la huelga empieza cuando ha terminado la relación contractual entre el empleador y sus trabajadores. En consecuencia, la comparación no es efectiva.
Otra cosa inconveniente, a mi entender, es el condicionamiento establecido en cuanto a la contratación de personal de reemplazo. Debemos considerar que generalmente las huelgas tienen lugar cuando el empleador no está dispuesto a aumentar las remuneraciones de sus trabajadores, sea en proporción igual al alza del costo de la vida o a otro parámetro. Entonces, lo más probable es que los conflictos tengan lugar en los casos en que el empleador, por cualquier o, no puede dar incrementos remuneracionales. Pero, producida la huelga, la empresa no puede quedar totalmente paralizada, pues ello implica pérdidas de la capacidad competitiva y de la confiabilidad de entrega, especialmente cuando se trata de una empresa que exporta sus productos y debe cumplir exigencias del adquirente en cuanto a plazos de recepción. Puede también provocar un daño para sectores como el de la fruta y el de los bancos. En los puertos podría paralizar la economía internacionalizada de que se goza hoy día y que está creciendo cada vez. Además, provoca una situación que perjudica a los desempleados, especialmente. Y, a pesar de lo que se ha expresado en esta Sala, existiría una violación del derecho de propiedad, porque, constitucionalmente, nadie, en caso alguno, puede ser privado de su propiedad o de alguno de los atributos o facultades esenciales del dominio sino en virtud de ley de expropiación. Una persona que tiene una empresa, una industria o una actividad y no puede desarrollarla está, a mi juicio, siendo vulnerada en su derecho de propiedad.
Tampoco estoy de acuerdo con la cotización obligatoria a que estarían sometidos los trabajadores beneficiados por el acuerdo a que llegue un sindicato al cual no pertenezcan. En mi opinión, esto constituiría una exacción inconstitucional, porque a nadie se le puede exigir una contribución a una organización contra su voluntad, por muchos que sean los principios involucrados o la conveniencia que ello signifique. Debemos considerar que el número 19° del artículo 19 de la Carta Fundamental dispone que "La afiliación sindical será siempre voluntaria". Ahora, si a un grupo de trabajadores se le obliga a cotizar a un sindicato al cual no pertenece, viene a ser una especie de afiliación obligatoria y no voluntaria. Estimo que eso es inconveniente, por lo cual no debería aceptarse.
Por las razones que he señalado, y a fin de no alargar el debate, anuncio que me abstendré de votar la iniciativa.
Gracias, señor Presidente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor González.
El señor GONZÁLEZ.-
Señor Presidente , sólo deseo referirme, muy brevemente, a la materia que se ha estado tratando en este último momento, que dice relación al derecho de huelga.
Siempre he pensado que la huelga es la única arma con que cuenta el trabajador para poder negociar desde una posición similar a la del empleador. Y la historia de los países que han puesto en práctica una economía social de mercado está llena de ejemplos que demuestran que la sociedad no se destruye porque los trabajadores hagan uso legítimo del derecho de huelga. La señora Margaret Thatcher , expresión brillante del neoconservantismo contemporáneo, debió enfrentar paralizaciones de faenas de los obreros del carbón y del acero que duraron 18 meses. Y ello no destruyó ni la democracia ni la sociedad inglesa. De manera que debemos tratar de preservar este derecho de los trabajadores, que constituye un factor de equilibrio entre la posición de éstos, que -reitero, y no cesaré nunca de decirlo- es más débil, y la de los empresarios que los contratan.
Este proyecto establece que, en caso de huelga y en ciertas condiciones, el empleador podrá contratar a los trabajadores que considere necesarios para el desempeño de las funciones de los involucrados en el conflicto. Como señalaba esta mañana el Honorable señor Calderón , esto consagra la institución de los "rompehuelgas". Y me apena profundamente que vayamos a aprobar una norma de esta naturaleza.
Sin embargo, se nos imponen ciertas condiciones: si no aceptamos esto, no se pueden aprobar otras cosas que son beneficiosas para los trabajadores. Y, en este último tiempo, los Senadores que representamos a las bancadas populares nos hemos encontrado siempre ante esta situación de fuerza: si no aprobamos algunas disposiciones que no nos agradan, no se legisla o no se aceptan otros preceptos favorables para el sector laboral.
Señor Presidente, deseo dejar constancia de mi pensamiento, para la historia de la ley en trámite, la que, a mi juicio, es fundamental para avanzar en una legislación que realmente cautele los derechos de los trabajadores en Chile.
No tenemos temor a que los trabajadores puedan ejercer el derecho de huelga. No creemos que éste sea atentatorio contra el desarrollo y el progreso de la economía. Tampoco nos parece contrario a la estabilidad institucional de los países.
Por ello, manifestamos nuestro desagrado frente a la norma que, como con propiedad se ha señalado en este Hemiciclo, consagra la institución de los "rompehuelgas" en nuestra legislación, lo que constituye un hecho inédito y que, en mi opinión, nada aporta a la trayectoria que hasta ahora hemos seguido en esta Corporación.
He dicho.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Díaz.
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente , me limitaré a hacer unas breves reflexiones.
En cuanto a cuál sería el salario justo, en una hermosa intervención realizada esta mañana el Honorable señor Ruiz De Giorgio leyó lo que al respecto señaló León XIII en la Encíclica "Rerum Novarum". Y me permitiré repetirlo en forma textual, porque quizá valga la pena a fin de que quede claro el concepto que por lo menos nosotros aceptamos. Y dice así: "aunque concedido que el obrero y su patrono libremente convengan en algo y particularmente en la cantidad del salario, queda, sin embargo, siempre una cosa, que dimana de la justicia natural y que es de más peso y anterior a la libre voluntad de los que hacen el contrato, y es ésta: que el salario no debe ser insuficiente para la sustentación de un obrero frugal y de buenas costumbres; y si acaeciese alguna vez que el obrero, obligado por la necesidad o movido por el miedo de un mal mayor, aceptase una condición más dura, que, aunque no quisiera, tuviere que aceptar por imponérsela absolutamente el patrón o el contratista, sería eso hacerle violencia y, contra esta violencia, reclama la justicia.".
Me parecen muy claros la explicación y el concepto que al menos nosotros tenemos de qué es un justo salario.
Respecto de esto mismo, deseo hacer otra breve reflexión.
Si la remuneración se fijara en relación directa con la productividad, sería lógico que, cuando las ganancias fueran excepcionalmente altas, los empleadores las compartieran en forma justa con los trabajadores. Lamentablemente, no es así.
Y deseo recordar una anécdota que contaba un español, que puede ser una caricatura o una exageración. Dice más o menos así: si el obrero es malo, ineficiente, irresponsable y ebrio, se va; pero si el patrón es ineficiente, irresponsable y ebrio, quiebra la industria, se van todos los trabajadores y el patrón queda muy bien puesto de todas maneras.
Quizás sea una exageración o una caricatura. Pero a veces se ha dado esa situación, que ojalá no se repita nunca más en Chile.
Otro punto.
Esta mañana oí, entre las tantas brillantes intervenciones que hubo, la de un Senador de Renovación Nacional, quien habló de la lógica que tenían las leyes, las que, a su juicio, deberían ser justamente para proteger a los débiles. Dentro de esa lógica, los trabajadores más débiles son aquellos a quienes aludía el Honorable señor Gazmuri : los temporeros, quienes no tienen defensa alguna. Y creo que el Gobierno que apoyamos, cuyo lema es proteger a los más pobres y desamparados, tiene como primerísima obligación en el corto plazo la de defenderlos.
Hay trabajadores que a lo largo de décadas de experiencia, a veces con decenas de mártires, tienen una real organización y un prestigio muy bien ganado: los sindicatos y las confederaciones del cobre, los bancarios, los profesores, los de la construcción y tantos otros.
Abogo para que nos preocupemos, creando conciencia desde ya, por ese sector. Y, aunque no sea el motivo de la iniciativa en debate, quiero decir desde luego que nos preocupa en especial la situación de las mujeres que trabajan en el campo, para quienes ya hay disponible una infraestructura que un país pobre como el nuestro debiera aprovechar: las escuelas de los sectores agrícolas de la Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima Regiones, para acoger, si no a las madres, por lo menos, a sus niños, pues deben dejarlos prácticamente abandonados. Solicito a mis Honorables colegas que busquemos una fórmula para dar solución a ese problema, que no es únicamente remuneracional; se trata de determinar cómo atender con un mínimo de dignidad y seguridad a lo más valioso que Chile posee: los hijos de la mujer campesina.
Creo que habrá buena voluntad para que juntos legislemos al respecto. Ya está informado el señor Subsecretario de Educación acerca de cómo aprovechar esa infraestructura, que es bastante buena para un país pobre como el nuestro, a fin de dar solución a tal problema.
Respecto de la injusticia de las remuneraciones, como aquí se ha hablado del Papa, de los Evangelios y de tantas cosas, deseo recordar sólo al dueño de la viña que dio el mismo salario a quienes llegaron a la hora nona y a aquellos que lo hicieron a la hora prima.
He dicho.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
El señor DÍEZ.-
Señor Presidente, creo que estamos en condiciones de votar el proyecto.
Por eso, pido votación.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor CORTÁZAR ( Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , antes de que se someta el proyecto a votación, deseo hacer dos alcances, para dar respuesta a algunas consultas formuladas en las intervenciones habidas durante la mañana.
En primer término, en el debate producido se señaló a qué respondía el proyecto original y la relación existente entre él y el texto que considera la Sala como producto de los acuerdos alcanzados.
No cabe duda de que la iniciativa enviada inicialmente al Parlamento -como lo (señaló el Senador señor Hormazábal- responde a los aspectos centrales del contenido del programa de la Concertación, donde se señala explícitamente que, dentro de ellos, se procurarán los mayores acuerdos sociales posibles, entendiendo que la búsqueda de concordancias respecto de las reglas básicas de nuestra convivencia contribuye a la legitimidad y a la estabilidad de éstas.
Sobre tal base, en los proyectos presentados al Parlamento se lograron acuerdos políticos amplios en lo relativo tanto a centrales sindicales cuanto a terminación del contrato de trabajo y organizaciones sindicales y negociación colectiva.
En la búsqueda de esos acuerdos hay al menos dos elementos que destacar. El primero dice relación a la necesidad de suscribir acuerdos con las mayorías políticas, y el otro -que también se ha mencionado aquí- apunta a la necesidad de lograr la mayor concordancia posible respecto de las reglas fundamentales de nuestra convivencia.
En la mañana de hoy, un señor Senador consultaba si, una vez alcanzado el acuerdo, el Gobierno prefería su proyecto original o el fruto de aquél. La respuesta parece evidente. Si enviamos nuestro proyecto primitivo, fue precisamente porque estimábamos que contenía las normas más adecuadas para regular la legislación laboral.
Los acuerdos significan, por definición, puntos de encuentro entre distintas convicciones; no consisten en que cada uno desconozca las suyas una vez alcanzado el consentimiento, sino en privilegiar las visiones compartidas, aunque no coincidan con las particulares de quienes suscriban determinada convención.
También se señaló en la mañana que, si optábamos por el proyecto original y lo valorábamos, se estaría ante una situación incompatible con la economía social de mercado, argumento que se vuelve a repetir esta tarde.
Me pregunto qué normas de las iniciativas primitivamente enviadas contradicen una economía social de mercado: ¿las modificaciones que se introdujeron al proyecto sobre centrales sindicales, que redujeron de diez a cinco por ciento el quórum original propuesto por el Ejecutivo ? ¿O fueron las disposiciones del proyecto sobre terminación del contrato de trabajo, donde se mantuvo lo sugerido por el Gobierno en cuanto a la eliminación del desahucio unilateral y al fuero de los dirigentes sindicales, que resultaba amagado por el artículo 157 del Código de Trabajo vigente? ¿O fue por el hecho de haber reducido las indemnizaciones de un mes por año de servicios sin tope a un límite de once años?
Creo que ninguno de esos puntos puede relacionarse con el funcionamiento de una economía social de mercado. Y basta mirar las instituciones laborales de los países que tienen un esquema de esa especie para reconocer que no hay ningún aspecto en esas iniciativas que resulte contradictorio con él.
Pero el debate se ha centrado esta tarde en el tema de la negociación colectiva. Y se nos dice que el proyecto del Ejecutivo propone el monopolio sindical. Se sostiene que sólo los sindicatos pueden negociar.
Muchas veces argumentamos cómo los grupos negociadores, que son la alternativa al sindicato, tienen exactamente los mismos requisitos de constitución que éste. Por lo tanto, plantear que los sindicatos son los que negocian no significa dejar excluido de la negociación colectiva a ningún grupo de trabajadores, dado que todos se hallan en condiciones de formar organizaciones sindicales para hacerlo. Más aún, si uno mira las economías sociales de mercado, encontrará que más de una de ellas incluye la organización sindical como el mecanismo natural para la negociación colectiva.
También se ha enfatizado esta tarde lo relativo a los reemplazos. Y se dice que éstos constituyen un punto que impide el funcionamiento de una economía social de mercado. Todavía más, se ha sostenido que los reemplazos son el único elemento que permite relacionar salario con productividad y que la no existencia de ellos implicaría un atentado contra el derecho de propiedad.
Hay dos modos de encarar el tema: uno, de tipo conceptual, para argumentar por qué esas afirmaciones no nos parecen efectivas; y el otro es consustancial a la discusión sobre qué es y qué no es economía social de mercado. Nosotros no hemos traído al debate comparaciones con los países que reconocidamente tienen economía social de mercado. Pero no cabe duda de que, si se nos dice que la no existencia de reemplazos originaría una institucionalidad inconsistente con una economía social de mercado, no podemos dejar de expresar que la mayoría de los países desarrollados que tienen ese tipo de economía no contemplan el reemplazo como mecanismo de regulación de la huelga. No está considerado ni en Alemania, ni en Francia, ni en Italia, como tampoco en la mayoría de las naciones industrializadas.
Por lo tanto, se podrá discutir cuál es el mecanismo más adecuado para regular la huelga. Pero no se puede afirmar que el reemplazo es algo consustancial para que el salario responda a la productividad o para que tengamos una economía social de mercado.
Valoramos los acuerdos. Y lo hacemos por creer que, sobre la base de ellos en estas materias y en las reglas fundamentales del juego, estamos construyendo condiciones de mayor estabilidad para el desarrollo del país y para su democracia. Sin embargo, estimamos que construir esos acuerdos no significa desconocer que llegamos a ellos con diferencias en las convicciones iniciales; que los alcanzamos con diferencias en muchas de éstas, pero que los ponemos por delante por entender que la estabilidad democrática y del desarrollo supone, no imponer ideas, sino procurar condiciones adecuadas para el proceso político y el desenvolvimiento económico y social del país.
Por eso hemos buscado los acuerdos. Y cuando los alcanzamos, con la contribución de muchos sectores, de Gobierno y de Oposición, tenemos que valorar el paso dado, pero reconociéndonos como una sociedad plural y como grupos políticos diversos con pleno derecho a mantener nuestras convicciones.
Considero que, contrariamente a lo afirmado esta mañana, el hecho de tener esas diferencias en nuestras convicciones no amenaza la estabilidad. Creo que la conclusión es precisamente la opuesta: Chile arriesgó su estabilidad cuando, respetando la pluralidad, no fue capaz de construir su vida política, económica y social sobre los puntos que lo unían, sin pretender la uniformidad, sino alcanzando la unidad, pero al interior de una sociedad plural.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor GUZMÁN.-
Se ha pedido votación, señor Presidente.
El señor DÍEZ.-
Está pedida la votación.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Aún cuando esté pedida...
El señor GUZMÁN.-
Supongo que Su Señoría puede someter a la consideración de la Sala si hay acuerdo para votar.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Aún hay oradores inscritos. No es factible cerrar el debate...
El señor THAYER.-
¿Tengo o no la palabra, señor Presidente ?
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , yo había pedido la palabra precisamente para solicitar el cierre del debate. Porque lo único que estamos haciendo ahora es dar vueltas a argumentos tras argumentos. Creo que ya se ha discutido bastante la materia.
Por consiguiente, aunque me muero de ganas de contestar muchas cosas, pido, también, el cierre del debate.
El señor GUZMÁN.-
Telepatía mía con el Senador señor Thayer.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
Corresponde proceder a la votación.
Debo hacer presente que, de acuerdo con lo expresado en las páginas 3 y 4 del informe de las Comisiones unidas, hay diversas disposiciones del proyecto que, para su aprobación, exigen quórum especiales.
En consecuencia, de conformidad al artículo 30 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, las normas que requieren quórum calificado deberán votarse separadamente, tanto en general como en particular.
El señor VODANOVIC.-
En la votación general no es necesario.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Aun en general, tienen que votarse en forma separada. Así lo dispone el artículo 30 de la Ley Orgánica.
El señor DÍEZ.-
Pero basta, en este caso, que en la votación general el proyecto se apruebe con quórum de las cuatro séptimas partes de los Senadores en ejercicio.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Si se aprueba en general con ese quórum -es decir, 26 votos-, es obvio que se evita el trámite de la votación separada.
En todo caso, se llamará a los señores Senadores para votar.
Se suspende la sesión por diez minutos.
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-Se suspendió a las 19:21.
-Se reanudó a las 19:29.
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El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Continúa la sesión.
Ruego a Sus Señorías tomar asiento para proceder a la votación.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
De acuerdo con los artículos 63 de la Constitución Política y 30 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional (páginas 3 y 4 del informe), hay normas del proyecto que, para ser aprobadas, requieren 26 votos -es decir, el quórum de las cuatro séptimas partes de los Senadores en ejercicio-; y otras -los artículos 6°, 8° y 81, incisos segundo y quinto (página 4 del informe)-, de 24 votos, que es el quórum calificado correspondiente al de la mayoría absoluta de los Senadores en ejercicio. El resto del articulado es ley simple.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
En votación.
-(Durante la votación).
El señor JARPA.-
Señor Presidente, este proyecto se aprueba gracias a un acuerdo.
En el antiguo Congreso, quienes alcanzaban un consenso en alguna forma estaban comprometidos a apoyarlo. Y aquí nos hemos encontrado con que sectores que concurrieron a uno lo atacaron hoy en la mañana. Y casi me han convencido de que hay que votar en contra porque el acuerdo es malo.
Por otro lado, es indudable que en el Senado estamos en presencia de un doble estándar: en las Comisiones somos amigos, buscamos criterios coincidentes, y en la Sala nos tratamos como enemigos y se formulan las peores acusaciones respecto de las actitudes o posiciones que los Senadores libremente adoptamos en la búsqueda de lo mejor para el país.
Señor Presidente , los acuerdos que se adopten en el futuro deberán incluir la idea de que estamos asociados en la defensa de un proyecto y que, por lo tanto, hemos de comportarnos en la forma que corresponde y no aprovecharnos de la discusión pública para iniciar un ataque que, de haberse producido en la Comisión, desde luego no habría permitido contar con la facilidad que tenemos hoy para despachar el proyecto del Ejecutivo.
A pesar de los discursos de la mañana, y porque cumplimos un compromiso más allá de los ataques e injurias, voto que sí.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , por las mismas razones señaladas por el Honorable señor Jarpa , debo manifestar que me sentí muy sorprendido al escuchar planteamientos absolutamente fuera del contexto del acuerdo. Sin embargo, como hemos coincidido en el fondo de las ideas, votaré que sí. Pero quiero dejar constancia de mi rechazo al procedimiento utilizado por algunos señores Senadores de Gobierno.
El señor DÍEZ.-
Señor Presidente , voy a votar favorablemente porque, a diferencia del debate, que ha sido malo, el proyecto es bueno, equilibrado y moderno. Y el consenso político a que se llegó en esta materia refleja con propiedad, a mi juicio, lo que el país necesita.
Votaré también afirmativamente, porque me han gustado las últimas palabras del señor Ministro del Trabajo , quien ha puesto las cosas en su lugar. La iniciativa tiene estabilidad y sobre ella estamos construyendo las bases para el desarrollo de un país en democracia, lo que sólo es factible cuando existe conformidad de pareceres. El señor Ministro nos ha tranquilizado: este proyecto corresponde a un consenso.
Por eso, señor Presidente , aunque el debate no me satisface pero sí el acuerdo, voto que sí.
El señor GUZMÁN.-
Dado que no me fue concedida la interrupción que solicité durante el curso del debate, quiero puntualizar -aprovechando la oportunidad de fundamentar el voto- que no es justa la alusión que se hizo al ex Ministro señor José Piñera a propósito de una metáfora que él usó en televisión. El se refirió al proyecto original, en donde se establecía un aporte, determinado por ley, de los sindicatos a las federaciones, confederaciones y centrales sindicales, tópico que ha sido corregido.
En segundo término, deseo señalar que tengo el convencimiento más absoluto de que si no existiese el mecanismo de reemplazo -vale decir, la facultad del empleador para contratar trabajadores durante el período de huelga-, faltaría un elemento necesario a fin de garantizar que las remuneraciones que se establezcan correspondan al aporte que el grupo de trabajadores respectivos realiza a la productividad de la empresa. No me gusta indicar -ni lo he hecho- si una norma se aviene o no con la economía social de mercado, porque estimo que el término es suficientemente genérico como para admitir muchas interpretaciones. Prefiero remitirme a los conceptos que tengan una fisonomía y un contenido más nítido como lo que significa el aporte de los trabajadores a la producción de la empresa.
En tercer lugar, no cabe duda alguna de que la huelga no puede aceptarse como un supuesto derecho de los trabajadores a paralizar la empresa. Si ello se consagrara en esos términos y con un carácter indefinido, agregándole la imposibilidad de que el empleador contrate trabajadores durante el período de huelga, dicho proceso revestiría un carácter expropiatorio, en contra de lo establecido en el N° 24° del artículo 19 de la Constitución.
La facultad de contratar representa un elemento esencial del derecho de dominio de un empresario respecto de su empresa. Si he señalado que en los términos en que está concebido el proyecto resulta constitucionalmente dudoso y no manifiestamente inconstitucional, es sólo porque se le suspende en determinados casos esa facultad o libertad de contratar durante un lapso de 15 días. Pero sigo teniendo fuertes dudas respecto de la constitucionalidad de esa disposición.
Finalmente, señor Presidente , estimo que la iniciativa constituye un retroceso morigerado, pero inconveniente para el país. Significa dar un paso en la dirección contraria a donde apunta la evolución mundial en la materia. Y, por esas razones, voto que no.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , votaré favorablemente no sólo por tratarse de un buen proyecto, sino porque representa un compromiso que hemos contraído con todos los trabajadores, los cuales, muchas veces, no fueron escuchados o se vieron impedidos de organizarse en el pasado.
Quiero agregar que, efectivamente, a veces, algunos de nosotros nos hemos dejado llevar por las palabras sin tener la intención de inferir un perjuicio o un daño a nuestros colegas. Pero hay que admitir que este hecho también ha sido recíproco. Hemos visto a algunos señores Senadores que en ciertas ocasiones se han excedido en sus palabras, y no sólo han usado esta Tribuna para hacerlo, sino que la prensa, la radio y la televisión.
Pensamos que, al iniciarse en marzo el nuevo período legislativo, podríamos hallar algunos caminos más efectivos que nos alejaran de las descalificaciones personales e, incluso, muchas veces, institucionales, porque la responsabilidad que tenemos en el Senado es muy importante y, más aún, frente a las horas que habrán de venir en los próximos días, en cuyo caso, tal vez no sólo tendríamos que estrechar más nuestra amistad, sino que deponer, en algunos casos, ciertos ideologismos e ideas particulares a fin de afrontar circunstancias que no quisiéramos traducir en sufrimiento para nuestro pueblo.
Por esa razón, señor Presidente , espero que en marzo iniciemos una nueva etapa en la cual -como ya nos conocemos y sabemos de nuestras diferencias- ojalá que logremos encontrar los caminos para trabajar en forma más expedita.
Voto, señor Presidente, afirmativamente.
El señor LAGOS.-
Señor Presidente , voto que sí, con la misma prevención hecha por el Honorable señor Jarpa.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Resultado de la votación: 30 votos por la afirmativa, 2 por la negativa, 4 abstenciones y un pareo.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Queda aprobado en general el proyecto, cumpliéndose los quórum constitucionales exigidos, ya que el mayor de ellos requería de 26 votos y se han obtenido 30.
Tiene la palabra el señor Ministro del Trabajo.
El señor THAYER.-
¿Me permite, señor Presidente , con la venia del señor Ministro?
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER.-
Quiero hacer una consulta.
¿No sería conveniente dejar particular constancia de que en la votación se aprueban específicamente los artículos de quórum calificado? No vaya a ser motivo de dudas el hecho de que se incluyan en la aprobación sólo general del proyecto. Ninguno de esos artículos tiene problema especial; son materias que dicen relación al tema de la facultad de los tribunales. Estimo que sería mejor proceder de esa forma.
He dicho.
El señor HORMAZÁBAL.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hormazábal.
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente , quiero brevemente dar excusas, porque entendí que el Honorable señor Guzmán ya no iba a hacer uso de la interrupción que le ofrecí. Así que, si he quedado en deuda, se la pagaré en la próxima sesión.
No tengo ningún inconveniente en favorecer el diálogo más activo en la Sala.
El señor GUZMÁN.-
Muy agradecido, señor Senador.
Quiero hacer presente, señor Presidente , que la sugerencia del Honorable señor Thayer es pertinente respecto de aquellos artículos que no sean objeto de indicación. Es evidente que el resto de las disposiciones queda aprobado por el quórum calificado que se registró respecto del proyecto en general. Naturalmente que si algunos de esos artículos, que son materia de quórum calificado, fueren objeto de indicación, habría que votarlos cuando se discuta en particular. No se podrían dar por aprobados en forma definitiva.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
No cabe duda alguna de que si no hay indicaciones sobre esos artículos, quedarían aprobados automáticamente con el quórum constitucional, señor Senador.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Eso queda claro.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Se acordó fijar un plazo hasta las 16 de mañana miércoles para presentar indicaciones al proyecto de ley que se acaba de aprobar en general.
El proyecto se trataría en particular en una sesión extraordinaria que se celebrará el día jueves 17 próximo.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor CORTÁZAR ( Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , deseo agradecer el respaldo del Honorable Senado a un proyecto que, sin duda alguna, es de trascendencia para las relaciones laborales del país.
Muchas gracias.
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