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El señor DÍEZ .-
Señor Presidente , nosotros concurrimos con nuestros votos a aprobar el informe de la Comisión de Legislación, porque nos parece de una claridad meridiana que no estamos en presencia de los jueces árbitros a que se refiere el artículo 222 del Código Orgánico de Tribunales.
En realidad, en este caso no se trata de jueces, quienes están llamados fundamentalmente a interpretar y aplicar normas jurídicas. Estos árbitros laborales fijan condiciones económicas para contratos que van a regir para las partes en el futuro.
Por la razón expresada, y en la medida en que somos muy celosos defensores en el cumplimiento de los preceptos de la Carta Fundamental que dicen relación a las leyes orgánicas constitucionales, no nos cabe ninguna duda de que no estamos ante una norma referente a un cuerpo legal de ese rango, porque no se plantea la existencia de ninguna autoridad judicial.
En consecuencia, dimos el visto bueno al informe, y a la vez acogimos las sugerencias de la Corte Suprema destinadas a perfeccionar el proyecto.
He dicho.
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