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El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En el primer lugar del Orden del Día figura el proyecto que modifica diversos textos legales que indica, a fin de garantizar en mejor forma los derechos de las personas, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y con urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 22a, en 7 de agosto de 1990
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 11a, en 8 de noviembre de 1990
Constitución (segundo), sesión 14a, en 15 de noviembre de 1990.
Discusión:
Sesión 11a, en 8 de noviembre de 1990 (se aprueba en general).
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La Comisión, en su segundo informe, destaca que numerosas indicaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República y por los Honorables señores Pacheco y Vodanovic fueron rechazadas por 3 votos contra 2. Expresa que votaron por la aprobación los señores Senadores ya nombrados, y que lo hicieron por el rechazo los Honorables señores Diez, Guzmán y Letelier. Todas ellas luego las señala tenían por objeto reponer disposiciones del texto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados que fueron suprimidas o sustituidas en el primer informe.
Hubo, asimismo, otras indicaciones rechazadas.
Varios preceptos del primer informe no fueron objeto de enmiendas: los artículos 1°, 3°, 4°, 6°, 7°, 8°, 2° transitorio y 5° a 9° transitorios. De acuerdo con el artículo 106 del Reglamento, cabe darlos por aprobados.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , sugiero que adoptemos un acuerdo ahora, en la Sala, o que tengamos una breve reunión de Comités, con el objeto de establecer cuál va a ser el tratamiento que vamos a dar a los dos primeros proyectos.
Se ha insinuado por algunos Comités la posibilidad de adoptar un procedimiento expedito, en el sentido de destinar el tiempo en la iniciativa que nos ocupa nada más que a fundar el voto en cada uno de los artículos, y de contar en la siguiente hasta con 10 minutos por Comité.
Por lo tanto, si no hubiera oposición, podríamos aprobar esta sugerencia, o bien, celebrar una breve reunión de Comités respecto de este punto.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Solicito la opinión del Honorable Senado acerca de la mejor forma de realizar la discusión del proyecto.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Como ya lo señalé, los artículos que no fueron objeto de indicaciones quedan aprobados simplemente por el mecanismo del Reglamento.
Entiendo que el Honorable señor Lavandero se refiere a los artículos que fueron objeto de indicaciones rechazadas y de modificaciones en la Comisión, con relación a los cuales cabría adoptar, como Su Señoría lo ha expresado, un procedimiento especial, sea el que acaba de plantearse, o bien, el que determine una reunión de Comités.
El señor LAVANDERO.-
Para aclarar más, señor Presidente , mi proposición consiste en dar un término para fundar el voto en cuanto a las indicaciones atinentes al proyecto en estudio, y en la iniciativa siguiente, 10 minutos por Comité. Ello podría decidirse ahora repito, si hay asentimiento unánime, o en una reunión de Comités.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo al respecto?
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Además, la iniciativa en debate, según...
El señor DÍEZ.-
El proyecto que nos ocupa, por otra parte, contiene disposiciones de quórum calificado, de manera que debe quedar constancia de que éste se ha reunido.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Sí, señor Senador.
Lo que yo iba a decir era que las indicaciones rechazadas no han sido renovadas tanto las que presentaron los Honorables señores Pacheco y Vodanovic como el Ejecutivo , lo que también facilita el despacho del texto.
En consecuencia, hay algunos artículos aprobados reglamentariamente, y no existen indicaciones renovadas.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
¿Hay acuerdo repito para adoptar el procedimiento a que se ha hecho referencia?
El señor PACHECO.- Pienso que sí, señor Presidente.
El señor VODANOVIC.-
Hay acuerdo.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Acordado.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Antes de iniciar la discusión del proyecto, creo del caso, motivado por una comunicación que ha llegado a la Mesa y que suscribe el ciudadano don Jorge Seleme Zapata, que esta Corporación rinda un homenaje a los funcionarios de Carabineros y de Gendarmería que ayer fueron víctimas de un acto terroristas. Para ello, pido un minuto de silencio.
--(La Sala guarda un minuto de silencio con este motivo).
El señor VALDÉS (Presidente).-
Muchas gracias.
El señor RÍOS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , me parece también oportuno que el Senado haga llegar a los familiares de las personas que fallecieron en los trágicos hechos de ayer, así como al Cuerpo de Carabineros y a Gendarmería de Chile, sus condolencias por la pérdida de seres queridos y por el doloroso desaparecimiento de efectivos de las respectivas instituciones que al país le ha tocado vivir.
Nada más.
El señor ZALDÍVAR .-
Los Senadores democratacristianos adherimos a la petición, señor Presidente.
El señor CALDERÓN .-
El Comité Partidos por la Democracia y Socialista también se asocia a ella.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Se considerará que al acuerdo concurren todos los Comités.
Aprobado.
El señor VALDÉS ( Presidente ).
- En discusión particular el proyecto según el procedimiento adoptado.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Se ha formulado indicación por parte del Honorable señor Pacheco para que, como una forma de abreviar el debate y sin perjuicio de la fundamentación del voto, las modificaciones propuestas por la Comisión se voten en bloque.
El señor PACHECO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PACHECO.-
Señor Presidente , en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, tanto el Ejecutivo como el Honorable señor Vodanovic y quien habla repusimos los artículos del texto de la Cámara de Diputados que habían sido rechazados en el primer informe, los cuales fueron rechazados de nuevo, por mayoría. En estas circunstancias, creo que sería innecesario repetir la votación; pero hacemos presente, en la medida en que reglamentariamente sea posible, que estuvimos por reponer repito esas disposciones y que, exclusivamente por razones de orden práctico, no tenemos inconveniente en que se apruebe el segundo informe de la Comisión, con ese alcance.
Digo esto, señor Presidente , porque algunos preceptos necesitan un quórum especial. Por lo tanto, la idea es no dividir las votaciones y evitar la posibilidad de que éste no se reúna incluso con relación a las disposiciones en que con el Honorable señor Vodanovic obtuvimos una votación favorable, a fin de que puedan convertirse en ley.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
La Sala ha escuchado la proposición del señor Pacheco.
Si no hay observaciones, se procederá en la forma señalada.
Se votará en conjunto, en consecuencia, el contenido del informe.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Lo anterior es sin perjuicio de que ciertos artículos del proyecto requieren el quórum calificado de la mayoría de los Senadores en ejercicio, de acuerdo con el artículo 63 de la Constitución Política del Estado.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En votación.
--(Durante la votación).
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , cuando se trató el proyecto sobre libertad de expresión presenté algunas indicaciones para modificar los artículos 284 y 417 del Código de Justicia Militar.
Quiero leer una parte, bastante decidora, del segundo informe que la Comisión de Legislación emitió acerca de dicha iniciativa:
"El H. Senador señor Lavandero las fundamentó en el hecho de que casi la totalidad de los juicios incoados en la justicia militar por la figura de ofensas a las Fuerzas Armadas, a sus miembros, unidades, jefes, etc., según expresó, lo han sido contra periodistas y medios de comunicación social, demostraría que el asunto tiene directa vinculación con el tema de la libertad de prensa y de expresión.
"Además, destacó que la expresión misma de "ofensas", o de formas conjugadas del verbo "ofender", empleadas en la definición de tipos penales del Código de Justicia Militar, no constituyen en sí mismas una figura delictiva específica, diferente de la injuria, y citó en apoyo de su aserto las actas de la Comisión encargada de preparar el anteproyecto de la Constitución de 1980, en las que se dijo explícitamente que el término ofender era empleado como sinónimo de injuriar.".
Al respecto, hice referencia a las palabras textuales del Senador señor Diez en una sesión de la Comisión mencionada.
"Los HH. Senadores presentes" continúa el informe "compartieron el planteamiento de fondo del H. Senador Lavandero. Sin embargo, por carecer de relación con las ideas matrices o fundamentales del mensaje, y teniendo además presente que estas iniciativas pueden tener cabida en un proyecto sobre protección de los derechos de las personas que próximamente despachará la H. Cámara de Diputados, el señor Presidente declaró inadmisibles estas indicaciones.".
Y todos me manifestaron que en el proyecto que nos ocupa estaría comprometida la unanimidad para retirar la alusión a la ofensa en los artículos 284 y 417 del Código de Justicia Militar.
¿Y por qué razón, señor Presidente ? Porque no existe el delito de ofensa o bien, ésta se encuentra comprendida por la injuria, el cual no está tipificado. Una persona podría cerrarle el ojo a otra, que se sintiera ofendida por este hecho, e ir a parar a los tribunales de justicia.
Por eso, señor Presidente , por lo menos para la historia de la ley, quiero que aquí se sepa que, en cuanto a la ofensa, el propio Senador señor Diez, como integrante de la Comisión que estudió la Constitución de 1980, dejó establecido que ella estaba subsumida en la palabra "injuria".
En la votación correspondiente, además, el Honorable señor Guzmán concurrió en el asentimiento unánime de los cinco Senadores para que la idea fuera aportada al proyecto en estudio, lo que la Comisión ha rechazado. Ello implica un cambio de opinión de los señores Senadores. Deseo dejar constancia de este hecho para la historia de la ley, señor Presidente.
Voto que sí.
El señor GUZMÁN.-
En relación con lo expresado por el Honorable señor Lavandero , deseo manifestar que efectivamente la expresión "ofendiere" tiene una diferencia con la palabra "injuriare", en el sentido de que el delito correspondiente a esta última requiere ánimo de injuria. Ahora bien, como la jurisprudencia ha otorgado al concepto de "ánimo de injuria" un carácter subjetivo que lo hace muy difícil de probar, resulta pertinente consagrar o mantener la tipificación del delito de ofensa como algo distinto del delito de injuria, ya que aquél no requiere probar el ánimo de injuria.
Ahora bien, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de este Senado, con motivo del proyecto a que hizo referencia el Honorable señor Lavandero , se analizó una sugerencia del profesor Alfredo Etcheberry en el sentido de dar al ánimo de injuria una definición legal que le otorgue un carácter más objetivo.
Si así se consiguiera aprobar en algún futuro próximo lo cual no era posible realizar en la sesión de ayer, por la premura del tiempo, estaríamos en disposición de considerar la supresión del delito de ofensa, como algo distinto del de injuria. Pero ello no puede hacerse por ahora, dadas las razones que he señalado, del carácter muy subjetivo que tiene el ánimo de injuria y, por lo tanto, de la dificultad de probarlo.
El señor LAVANDERO.-
Deseo referirme a un problema que es delicado.
No existe tipificación alguna para el delito de ofensa. En cambio, sí la hay para el de injuria. El delito de amenaza está tipificado en el Código Penal. Pero reitero el delito de ofensa no existe. De manera que, al no existir, no podemos aprobar algo sobre él.
Por lo tanto, no porque no llegue la definición del profesor Etcheberry vamos a aprobar algo respecto de un delito que no existe, pues en esa forma podríamos arrastrar a los ciudadanos a los tribunales de justicia y meterlos en un problema sin que repito el delito esté tipificado. Esto es lo grave. Es una apreciación discriminatoria y subjetiva, que podría llevar a decir: "Mire, señor, usted es culpable del delito de ofensa". "¡Pero cómo!" "Sí, porque me cerró un ojo, no me saludó", o por cualquier cosa.
Entonces, para hacer válidas las palabras del Honorable señor Guzmán , creo que hay que retirar tal vocablo mientras ese delito no esté tipificado, o, si el señor Senador prefiere la proposición del señor Etcheberry , debe esperarse su llegada para dejarlo subsistente en los artículos 284 y 417 del Código de Justicia Militar.
Perdón, Honorable colega, y muchas gracias.
El señor LAVANDERO .-
¿Me permite una pequeña interrupción, Honorable señor Guzmán?
El señor GUZMÁN.-
Con la venia de la Mesa, con el mayor gusto.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Estamos en votación, señores Senadores, y no se puede...
El señor GUZMÁN.-
Quiero terminar mi observación señalando en forma muy simple que actualmente está tipificado el delito de ofensa como algo distinto del de injuria. Hemos mantenido la norma, y debe entenderse referida la ofensa al sentido natural y obvio de la expresión, configurándose por sí sola, exista o no ánimo de injuria, a diferencia del delito de injuria, que requiere dicho ánimo.
El señor LAVANDERO.-
Entonces, es un cuasidelito. Porque, si no existe el ánimo de injuria, no es delito.
El señor GUZMÁN.-
No.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tengo que suspender todo debate, porque estamos en votación.
El señor GUZMÁN.-
Voto que sí.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Terminada la votación.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Resultado de la votación: 36 votos por la afirmativa.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Se aprueba el segundo informe de la Comisión, en el entendido de que se reúne el quórum calificado exigido para aprobar determinados preceptos.
Terminada la discusión del proyecto.
El señor GUZMÁN.-
Señor Presidente...
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Justicia.
El señor GUZMÁN.-
Perdón, señor Presidente. Pido la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GUZMÁN.-
¿Quiere decir lo anterior que estamos despachando en forma definitiva el proyecto relativo al derecho de las personas, sin nuevas votaciones?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Sí, Su Señoría.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Está terminada la discusión de la iniciativa, señor Senador.
El señor GUZMÁN.-
En la página 23 del informe hay una norma incluida a indicación mía y aprobada unánimemente por la Comisión, con correcciones.
Ahora bien, sin error alguno de Secretaría, sino más bien por inadvertencia de los miembros de aquélla, omitimos una frase que es necesaria para que el precepto tenga el alcance que se desea.
He consultado esta mañana a los miembros de la Comisión, y todos están de acuerdo en requerir la unanimidad de la Sala para agregar, al número 7° que se introduce al artículo 409 del Código de Procedimiento Penal, una frase que le da pleno sentido, por la razón que inmediatamente explicaré.
Ese número consagra una nueva causal de sobreseimiento temporal: "Cuando hubieren transcurrido más de cinco años, contados desde el último auto de procesamiento, sin dictarse sentencia definitiva de primera instancia en el respectivo juicio.".
Ahora bien, en el penúltimo inciso agregado al referido artículo se dispone que, tratándose de dicha causal, "el juez podrá denegar el sobreseimiento, por resolución fundada, basada en antecedentes calificados del proceso, si la comparecencia del procesado es necesaria para la realización de diligencias precisas y determinadas de la investigación.".
Sin embargo, señor Presidente , puede ocurrir que el procesado dilate el proceso a través de recursos, haciendo imposible que el juez dicte sentencia; que se llegue, por lo tanto, al plazo límite de los 5 años, y que allí deje de haber diligencias pendientes. Pero reitero el juez no ha podido dictar sentencia precisamente porque no ha tenido tiempo, ya que hasta ese mismo minuto el procesado ha ido multiplicando los recursos que impiden hacerlo.
Por ese motivo, la unanimidad de la Comisión solicita el consenso de este Senado para agregar, después de la frase "sin dictarse sentencia definitiva de primera instancia en el respectivo juicio.", reemplazando el punto por una coma, lo siguiente: "descontándose el tiempo que el proceso hubiere estado interrumpido en su tramitación por la interposición de algún recurso.".
El señor LAVANDERO.-
"de parte del procesado.".
El señor GUZMÁN.-
Se subentiende.
El señor LAVANDERO .-
No. Aquí no podemos dejar que las cosas se subentiendan. Deben ser precisas. Porque puede ser el mismo contradictor quien dilate el proceso. El abogado querellante puede retardarlo. Debería ser "de algún recurso de parte del procesado.".
El señor GUZMÁN.-
Correcto. Sí. Estaría conforme en añadir, a continuación de "algún recurso", los términos "por parte del procesado."
El señor VODANOVIC .-
Sí. Tiene razón.
El señor GUZMÁN.-
Me parecía innecesario. Pero no tengo ningún inconveniente en que se haga.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
¿Cuál sería la frase?
El señor GUZMÁN.-
La siguiente: "descontándose el tiempo que el proceso hubiere estado interrumpido en su tramitación por la interposición de algún recurso por parte del procesado.".
El señor LAVANDERO .-
Estaría de acuerdo, con esa observación. O sea, agregar la expresión "de parte del procesado", que beneficia a éste.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo en la proposición leída por el Honorable señor Guzmán?
El señor PACHECO .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PACHECO .-
Quiero reiterar que, ayer, ése fue el espíritu de todos los miembros de la Comisión de Legislación. En realidad, fue una omisión nuestra no haber colocado esa frase.
El señor GUZMÁN.-
Deseo agradecer a la Sala su buena voluntad para permitirnos corregir este olvido en que incurrimos ayer todos los miembros de la Comisión y en el cual reparamos sólo esta mañana.
El señor GONZÁLEZ .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GONZÁLEZ .-
Deseo formular una pregunta al Honorable señor Guzmán : técnicamente, ¿es interrupción del proceso que se interponga algún recurso? Parece que no. El proceso se interrumpe por otras causas, pero no por la interposición de un recurso. Porque esto último significa dar curso al proceso. Quizá podría verse modo de expresarlo en otra forma.
Además, me parece muy atinente la observación del Honorable señor Lavandero en el sentido de que esto es correcto en cuanto el proceso se suspenda por interposición de recursos u otros procedimientos jurídicos por parte del procesado. O sea, debe dejarse establecido con claridad eso, porque quiere decir que el procesado está tratando de dilatar el proceso.
En ese entendido, es obvio que nosotros también damos nuestro acuerdo.
El señor PACHECO.-
Efectivamente, ésos son el sentido y alcance de la disposición.
El señor DÍEZ .-
Y la interpretación queda perfecta.
El señor PACHECO.-
Lo digo para que quede en la historia de la ley.
El señor LAVANDERO .-
Pero hay que suscribirlo como indicación.
El señor GUZMÁN.-
Así lo hice. Y envié a la Mesa la indicación.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Para que no haya dificultad, se dará lectura a la indicación.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La indicación se refiere al N° 7° que mediante el numeral 13) del artículo 5° se agrega al artículo 409 del Código de Procedimiento Penal, precepto que diría: "7° Cuando hubieren transcurrido más de cinco años, contados desde el último auto de procesamiento, sin dictarse sentencia definitiva de primera instancia en el respectivo juicio, descontándose el tiempo que el proceso hubiere estado interrumpido en su tramitación por la interposición de algún recurso"...
El señor LAVANDERO.-
"de parte del procesado.".
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tendría que ser "por parte del procesado.".
En ese entendido.
El señor GUZMÁN.-
"por parte del procesado.".
El señor CANTUARIAS.-
"de parte del procesado.".
El señor EYZAGUIRRE (Secretario).-
"por parte del procesado.".
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el señor Ministro de Justicia.
El señor CUMPLIDO ( Ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , Honorable Senado, el Ejecutivo formuló diversas indicaciones a este proyecto, pero acordó no renovarlas, entendiendo que las normas aprobadas cumplen los objetivos más fundamentales del Mensaje enviado por el Presidente de la República , en lo que se refiere al reforzamiento de los derechos de las personas y, por otra parte, a garantizar a los procesados un tribunal independiente, un proceso con la debida defensa y, además, la posibilidad de cumplimiento alternativo de las penas.
Por consiguiente, hemos resuelto no insistir en estos puntos, porque la iniciativa aprobada constituye un avance.
Al mismo tiempo, queremos expresar claramente nuestra voluntad de lograr acuerdos que permitan desterrar el extremismo y que sea la voluntad de los demócratas la que posibilite su aislamiento.
Igualmente, deseo agradecer a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento su dedicación y el trabajo realizado, y también al Secretario de ella, don Fernando Soffia.
Por lo tanto, en nombre del Presidente de la República, agradezco al Honorable Senado la aprobación de este proyecto de ley.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
En consecuencia, queda aprobado el proyecto, con la modificación que se ha hecho.
Tiene la palabra el Honorable señor Urenda , quien desea hacer una corrección de forma.
El señor URENDA .-
Ruego a Sus Señorías excusarme por hablar desde la testera.
Creo que, en aras de un buen castellano, la frase sugerida por el Honorable señor Guzmán no debe incluirse después de la expresión "respectivo juicio", sino intercalarse a continuación del término "años", con lo cual el N° 7° diría: "Cuando hubieren transcurrido más de cinco años, descontándose el tiempo", etcétera, "contados desde el último auto de procesamiento, sin dictarse sentencia definitiva de primera instancia en el respectivo juicio.".
El señor DÍEZ .-
Tiene razón.
El señor URENDA .-
Creo que así queda más armónico. Y no habría inconveniente. Me parece que sería de más fácil comprensión.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Si le parece al Senado, se intercalará la frase en la siguiente forma: "Cuando hubieren transcurrido más de cinco años, descontados los tiempos del proceso", etcétera.
¿Habría acuerdo sobre esta redacción final?
El señor LAVANDERO .-
¿Cómo quedaría, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
El señor Secretario dará lectura al texto.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
Quedaría así: "Cuando hubieren transcurrido más de cinco años, descontándose el tiempo que el proceso hubiere estado interrumpido en su tramitación por la interposición de algún recurso por parte del procesado, contados desde el último auto de procesamiento, sin dictarse sentencia definitiva de primera instancia en el respectivo juicio.".
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Me parece que la frase debe ir después de la palabra "procesamiento". De lo contrario, la oración que comienza con el término "contados" queda suelta.
O sea: "Cuando hubieren transcurrido más de cinco años, contados desde el último auto de procesamiento, descontándose el tiempo que el proceso hubiere estado interrumpido en su tramitación por la interposición de algún recurso por parte del procesado, sin dictarse sentencia definitiva de primera instancia en el respectivo juicio.".
Si no hay más observaciones, se dará por aprobado el N° 7° en esa forma.
Aprobado.
Queda despachada la iniciativa.
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