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El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
En seguida figura en la tabla el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que establece nuevas normas sobre terminación del contrato de trabajo y estabilidad en el empleo, informado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 17ª, en 7 de julio de 1990
En tercer trámite, sesión 13ª, en 14 de noviembre de 1990
Informes de Comisión:
Constitución y Trabajo, unidas, sesión 22ª, en 8 de agosto de 1990
Constitución y Trabajo, unidas (segundo), sesión 25ª, en 21 de agosto de 1990
Trabajo y Previsión Social, sesión 14ª, en 15 de noviembre de 1990
Discusión:
Sesiones 23ª, en 8 de agosto de 1990 (se aprueba en general); 25ª, en 21 de agosto de 1990 (se aprueba en particular).
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
La Comisión, en informe suscrito por los Honorables señores Ruiz De Giorgio ( Presidente ), Hormazábal, Jarpa y Piñera, propone aprobar las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, casi todas aprobadas por unanimidad, excepto dos que lo fueron por mayoría de votos.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz De Giorgio.
El señor RUIZ (don José ).-
Con el objeto de no prolongar mucho el debate y dado que tenemos por tratar diversos temas de tremenda importancia, sólo me referiré a algunos aspectos generales de la iniciativa, fundamentalmente para destacar las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, a fin de que los señores Senadores tomen conocimiento de la materia en discusión.
En primer lugar, la Cámara de Diputados, en términos generales, respetó el acuerdo a que llegara el Senado sobre la materia.
Debo reiterar que ésta fue la primera discusión de una legislación que pretende traer legitimidad especialmente ante la opinión de los trabajadores chilenos, quienes, durante muchísimo tiempo, estimaron que la legislación laboral no respondía a sus aspiraciones e inquietudes, considerando que sus derechos no estaban debidamente resguardados.
Para este primer paso se han buscado acuerdos amplios, lo que implica, en términos prácticos, que las aspiraciones del movimiento sindical no han sido respondidas en forma absoluta. Sin embargo, como lo dijimos en esta misma Sala en otra oportunidad, a nuestro juicio, el resultado de esos acuerdos es un importante avance y, al mismo tiempo, constituye una legislación que regulará las relaciones de los trabajadores durante el período de transición, pues ellos no renuncian a que mañana, con un nuevo Parlamento, tengan la posibilidad de revisarla y hacerla más acorde a lo que son sus legítimas aspiraciones.
Las diferencias fundamentales que podemos destacar entre lo aprobado en su oportunidad en el primer trámite por el Senado y lo que viene de la Cámara, son las siguientes:
En primer término, nosotros habíamos establecido una indemnización diferenciada para las empresas con menos de 50 trabajadores y otra, para aquéllas con más de esa cifra. En el primer caso, establecíamos un tope de diez meses, y en el segundo, uno de doce meses. Es decir, el tope de cinco meses establecido en la ley vigente para los contratados a partir de agosto de 1981 se elevaba a diez, en el primer caso, y a doce en el segundo.
La Cámara de Diputados estimó conveniente modificar ese criterio y eliminar la diferencia, dejando una sola indemnización con tope de once meses para todos los trabajadores. En la Comisión aun cuando había algunas discrepancias sobre el tema aceptamos el criterio de la Cámara, para evitar un nuevo trámite constitucional en el despacho de la ley en proyecto.
La otra diferencia consiste en un artículo nuevo introducido por la Cámara, que dice relación a las indemnizaciones por años de servicios contempladas en los contratos colectivos de los trabajadores, las cuales, en virtud de una indicación formulada al proyecto sobre reforma tributaria, quedaron con una limitación: para los trabajadores que en sus convenios colectivos tuvieran indemnizaciones superiores a un mes por año de servicio, la Cámara aprobó un artículo mediante el cual repuso el beneficio que tenían hasta antes de la Ley sobre Reforma Tributaria. Es decir, se modificó un criterio que, sin mala intención, pero, con un efecto práctico, limitó las indemnizaciones por años de servicios. Esa norma fue aprobada por la Comisión de Trabajo del Senado con una sola abstención.
Deseo reiterar a mis Honorables colegas que la Comisión estima importante que la Sala apruebe el proyecto en la forma como viene de la Cámara de Diputados, con el objeto de evitar un nuevo trámite en una Comisión Mixta.
A nuestro juicio, resulta relevante lo realizado en la Cámara de Diputados, porque acepta un principio de importancia: admite la posibilidad de que, habiendo un acuerdo político, haga un esfuerzo por perfeccionarlo. De hecho, ha introducido varias modificaciones menores incluso en aspectos de redacción, que hemos acogido; sin embargo, hubo otras que estimamos inoportunas.
No obstante, como norma general, éste representa quizás el primer proyecto en materia laboral que va a ser promulgado durante este período; y creo que, en definitiva, constituye una buena noticia para los trabajadores chilenos.
He dicho.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , confío en que éste será el último trámite de este proyecto, lo que, a mi entender, confirmaría el buen criterio seguido en cuanto a procurar su examen en Comisiones de Trabajo y de Constitución, unidas, examen que provocaba ciertas dificultades las reconozco provenientes del exceso de labores de los organismos de estudio del Senado.
Sin embargo, ha sido una demora que ha tenido ventajas, pues la labor de las Comisiones unidas ganó en prestancia y respetabilidad, lo cual provocó una fácil aprobación de la iniciativa en la Sala, y luego, su despacho casi sin enmiendas por la Honorable Cámara de Diputados.
Creo que, después de su paso por la Comisión, el proyecto debe ser aprobado en los términos en que se presenta.
No obstante lo anterior, deseo sí manifestar que, a diferencia de lo expresado por otros Honorables colegas cuya opinión respeto, a mi entender es un error acentuar la idea de que la legislación vigente con anterioridad al 11 de marzo de 1990 carece de legitimidad. Comprendo que muchas leyes se dictaron bajo condiciones excepcionales y que requieren de acomodos para adecuarse a un régimen político democrático libre, normal y estable. Pero no porque la legislación precedente carezca de legitimidad. A mi juicio, esa afirmación es excesivamente peligrosa, y nos llevaría a impulsar una cantidad muy grande de reformas y a restar prestancia a aquello que no sea inmediatamente modificado.
Hecha esa salvedad en cuanto a los considerandos, manifiesto mi posición absolutamente favorable a la aprobación del informe que las Comisiones unidas han sometido a la consideración del Senado en este momento.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Papi.
El señor PAPI.-
Sólo deseo hacer un breve alcance a lo señalado.
Efectivamente, existe una legitimidad formal. Pero hay una de fondo, la que en definitiva importa para la permanencia y para el real acatamiento de la ley: que ésta considere la opinión y los intereses de aquellos a quienes afecta. Y, sin duda, en el caso de la legislación laboral, los trabajadores no fueron escuchados ni participaron en ella, pues fue dictada unilateralmente, protegiendo de modo excepcional los intereses de una sola de las partes y no considerando para nada los planteamientos de aquéllos.
En ese sentido, esa legislación carecía de legitimidad de fondo.
Gracias, señor Presidente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Piñera.
El señor PIÑERA.-
Señor Presidente , pienso que lo importante en este caso más que mirar la historia es darnos cuenta de que con este acuerdo se está logrando simultáneamente un perfeccionamiento de la legislación laboral puesto que ha sido revisada en conciencia por las Comisiones y por ambas Salas del Congreso en más de un trámite, lográndose corregir errores que siempre existen en las leyes, y, adicionalmente, se le está dando la legitimidad y la estabilidad propias de una ley aprobada con amplísimo consenso tanto en la Cámara como en el Senado, en primera instancia, como espero que lo sea igualmente en este trámite.
Considero que lo fundamental de esta iniciativa consiste en buscar un equilibrio entre la legítima defensa de los derechos y las aspiraciones de los trabajadores y las igualmente legítimas flexibilidad y capacidad de gestión de los empresarios. Y ese equilibrio alcanzado no atenta, a mi juicio, contra terceros no involucrados, porque no afecta a algo tan importante que siempre hay que tener en cuenta cuando se analiza la legislación laboral como es la capacidad de la economía para seguir generando empleos para los actuales miembros de la fuerza de trabajo y, también, para los futuros.
Desde ese punto de vista, los perfeccionamientos se producen, por ejemplo, en el campo de la eliminación del despido sin expresión de causa. La ley reconoce como legítimo el derecho del empleador a poner término al contrato de trabajo al igual como le reconoce otros al empleado; pero establece que existen ciertas justificaciones objetivas por las cuales rige determinada indemnización, y en otras, una distinta; pero no cuestiona el hecho básico de que el contrato de trabajo es una expresión de voluntad libre entre las partes.
En segundo término, en materia de indemnizaciones persigue dos objetivos: compensar al trabajador por aquellos períodos ciertamente no buscados de desempleo, y desincentivar al empleador a despedir sin estricta necesidad, se logra un equilibrio justo al aumentar el plazo máximo de las indemnizaciones de cinco a once meses.
Hay otros aspectos de la ley a los que no quisiera referirme, como el fortalecimiento del fuero sindical, al no haber despidos de dirigentes sindicales sin orden o fallo de un tribunal.
Considero que el proyecto espero que sea aprobado por el Senado, dada la muy amplia recomendación de la Comisión de Trabajo constituye, sin duda, un paso adelante en la dirección correcta hacia una mejor legislación laboral.
Deseo referirme brevemente a un punto que no tiene que ver con la cosa laboral, sino con el aspecto tributario de carácter muy simple, que se encuentra afectado por este proyecto de ley.
Antes de la reforma tributaria quiero decir esto con la mayor claridad posible, las indemnizaciones pactadas por contrato colectivo no estaban afectas a tributación alguna; estaban absolutamente exentas de impuesto, sin tope ni de renta, ni de número de meses, ni de ninguna otra naturaleza. Sin embargo, las indemnizaciones pactadas en convenios o contratos individuales que son muy legítimos sí quedaban afectas a impuesto cuando superaban los 24 meses, es decir más de 24 años de antigüedad, o las 60 unidades de fomento. Se presentó una indicación que apuntaba a eliminar esa discriminación, extendiendo el beneficio de la no tributación, del cual gozan quienes negocian la indemnización por contrato colectivo, a todos los trabajadores chilenos que estuvieren en igual condición. Pero, como esto podía prestarse para abusos por ser más flexible el contrato o convenio individual que el contrato colectivo se estableció que la no tributación tenía como límite un mes por año, no incluyéndose restricción alguna ni respecto de la antigüedad ni del monto de la remuneración.
En este proyecto se elimina ese límite de un mes por año. En otras palabras, si en un contrato colectivo se pactan 5 meses de indemnización por año de servicio, el beneficio de 5 meses queda liberado de impuesto. Esto es, si una persona trabaja 20 años y posteriormente recibe 100 meses de renta por su retiro, queda completamente exenta de impuesto.
Si lo que se pretende es favorecer las indemnizaciones como forma de ahorro, esto me parece muy positivo. Pero no me parece bien que tal beneficio se conceda, única y exclusivamente, a los trabajadores que lo pactan por contrato colectivo, negándosele en una abierta discriminación a todos aquellos que lo fijan mediante convenio o contrato individual y que pueden estar en las mismas condiciones o, incluso, en situación socioeconómica inferior que quienes han convenido la indemnización en forma colectiva.
Por lo tanto, en la Comisión quise proponer una indicación a este respecto; pero, lamentablemente, dada la falta de iniciativa del Parlamento en esta materia, no pude hacerlo. Pero la idea y me gustaría que quedara presente y fuera considerada por los señores Ministros del Trabajo y de Hacienda era no discriminar en el tratamiento tributario de acuerdo al origen del contrato.
Las discriminaciones tributarias han existido siempre en Chile; pero han estado fundadas en el nivel de renta, en el nivel de ingreso, en el nivel de riqueza de las personas: los más ricos pagan más; los más pobres, menos. Nunca han estado basadas en otro tipo de criterio.
En consecuencia, la indicación que no pude presentar en la Comisión planteo al señor Ministro del Trabajo la posibilidad de considerarla tenía por finalidad liberar de impuesto, también, las indemnizaciones de la mayoría de los trabajadores chilenos que no las pactan por contrato colectivo. Y, para evitar la posibilidad de abusos, se podrían poner restricciones, por ejemplo, de nivel de renta, disponiendo que la exención de impuesto rija sólo hasta cierto nivel de remuneración. Por encima de ese nivel, podría haber algo muy simple: que aquella parte de la indemnización que supera el mes por año porque el primer mes por año está exento de impuesto para todos los trabajadores sí quede afecta a impuesto.
En esta materia hemos podido apreciar hay que decirlo con mucha claridad que cuando las voces son poderosas, el Gobierno es muy receptivo. Quiero pedir al Gobierno que sea igualmente receptivo frente a otro conglomerado de trabajadores que no tiene la posibilidad de expresarse con tanta fuerza y elocuencia: aquel que no tiene pactadas indemnizaciones por contrato colectivo, sino por otro mecanismo.
Ésa es la petición que deseaba formular, señor Presidente ; y dejo constancia de que en la Comisión mi voto para extender el beneficio de la no tributación de las indemnizaciones de los trabajadores que las pactan por contrato colectivo fue positivo. Desearía que fuese positivo también el de esta Honorable Corporación si tenemos la oportunidad de analizar una iniciativa en el sentido que he indicado, que sería útil y conveniente que el Ejecutivo presentara.
El señor THAYER.-
Pido la palabra.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , sólo quiero puntualizar dos observaciones muy breves.
Nos encontramos ante un proyecto que será aprobado por una amplia mayoría o, quizás, en forma unánime. Y lo que estamos discutiendo tiene alcance más bien para la historia del establecimiento de la ley.
Con referencia a los comentarios que hacía un señor Senador respecto de mis palabras acerca de la legitimidad de la legislación, debo manifestar que estoy enteramente de acuerdo en que cualquier modificación como la contenida en esta iniciativa hace ganar en legitimidad social a normas que ya existían. Lo que expresé sólo apunta a lo que ese distinguido Senador ha llamado "legitimidad formal". Quiero evitar que el propio Gobierno y el país se sientan como presionados a introducir enmiendas a todo lo que se ha legislado anteriormente, porque carecería de legitimidad por el hecho de no haber sido reformado bajo el sistema en que vivimos en la actualidad. Pero si resulta indispensable modificar algunos preceptos, ellos ganan, ciertamente, en legitimidad.
En lo relativo a la cuestión tributaria, me parece muy importante que esto, en definitiva, se precise bien.
Me parece que, de alguna manera, no se ha tenido en cuenta que el antiguo Estatuto Administrativo contemplaba un desahucio de un mes por año, con tope de 24 meses, y que la norma de exención tributaria estaba referida a las indemnizaciones establecidas por contratos o convenios colectivos que excedieren lo dispuesto en la norma de dicho Estatuto. Pero el nuevo Estatuto Administrativo suprimió ese beneficio y, por consiguiente, existía el riesgo de aplicar una carga tributaria muy alta a todo tipo de indemnización. En el texto aprobado por la Cámara de Diputados se intentó corregir de alguna manera esta situación. Y si bien el artículo respectivo presenta algunos inconvenientes aún, lo cierto es que representa un avance en esta materia, y me atengo a lo dicho aquí por un señor Senador en cuanto a que ojalá sobre este particular exista pronto alguna corrección que armonice la norma laboral con la disposición tributaria.
He dicho.
El señor HORMAZÁBAL.-
Pido la palabra.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente , quiero destacar, de manera muy sintética, la relevancia que le hemos asignado a este proyecto. Constituye un hito histórico para nosotros como ha sido recordado por algunos distinguidos Senadores el hecho de que la primera legislación de esta envergadura, que aborda una materia de tanta significación social, sea consagrada con un respaldo tan amplio.
Durante el debate, tanto general como particular, señalamos que era la primera vez que el país se veía enfrentado a una discusión sobre reformas laborales tan extensas bajo procedimientos especiales, ya que los Códigos anteriores fueron dictados tanto el de la década del 30 como el de 1978 cuando no existía un régimen democrático en el país.
Y, obviamente, esta primera experiencia ha sido positiva, más allá de las naturales tensiones que refleja una discusión acerca de un tema de esta magnitud.
Por eso, deseo recalcar que para el país es muy importante sobre todo en estos días de convulsiones, en que nuevamente la fuerza bruta se hace presente para cobrar vidas humanas que el Senado en particular y el Parlamento en general, demuestren que quienes piensan distinto tienen la capacidad de entenderse en forma civilizada, utilizando los procedimientos democráticos, para generar normas que no sean una imposición a la otra parte, sino que busquen, precisamente, lo que la ley debe tener: un elemento de estabilidad, de legitimidad y de apoyo que permita que los ciudadanos la aprecien y acepten, por entender que los valores en ella comprometidos son compartidos y no impuestos.
Éste es el primer elemento substantivo a mi juicio de la legislación que hoy estamos discutiendo.
Además, creo que es útil recordar dos o tres puntos que no han sido abordados aún en el debate.
En primer lugar, quiero manifestar que la Cámara de Diputados complementó y mejoró algunos aspectos fundamentales del texto despachado por el Senado. En efecto, estableció un inciso nuevo en el artículo 3°, a fin de mantener la relación armónica respecto de ciertos derechos de los trabajadores consagrados en leyes especiales.
Cuando se trató el tema del despido por necesidades de funcionamiento de la empresa, no se consideró una circunstancia especial: que la ley 18.469, de 1985, establece en una de sus normas que las personas que se encuentren haciendo uso de licencia médica no pueden ser despedidas en ese tiempo por la causal de la letra f) del artículo 13 del decreto ley 2.200.
Tal omisión ha sido atinadamente resuelta en el texto propuesto por la Cámara de Diputados, y ahora esta normativa comprende los casos específicos en que puede haber terminación de contrato de trabajo, como, asimismo, los elementos de protección indispensables que aparecían en otros textos legales, lo que, a mi juicio, constituye un excelente aporte.
Adicionalmente, se ha restablecido una idea respecto del tratamiento tributario de las indemnizaciones, tema tan querido para mi estimado amigo el Honorable señor Piñera.
Al respecto, debo señalar que ese artículo nuevo viene a restablecer la real intención que existió, tanto en la Comisión de Hacienda como en la Sala del Senado, al aprobar unánimemente la indicación correspondiente. Porque reitero lo ocurrido no fue responsabilidad del Honorable señor Piñera. El Senado, responsablemente, aprobó la indicación con el objeto de evitar que, a través de una indemnización pactada en mala forma, pudieren burlarse la equidad y ciertos principios fundamentales de orden tributario.
Estimo que la nueva norma que se ha introducido complementa de modo adecuado ese factor de insuficiencia que se había producido.
No sé si serán muchas, y potentes o no potentes, las voces que hablaron sobre el tema. Lo que sí me parece importante es que la democracia consiste en escuchar voces, y ojalá no voces desde las alturas, sino aquellas que se expresan a través de los canales orgánicos creados por toda sociedad democrática: los cuerpos intermedios, los sindicatos, los partidos políticos y las instancias parlamentarias. Éstas son las formas en que estas voces se conducen y no se transforman en un griterío ni vocinglería, sino en normas legales que permiten restablecer los principios que se suponen necesarios.
Quiero expresar, también, que el Honorable señor Piñera tiene una percepción insuficiente respecto del objetivo de esta indicación, por cuanto no sólo quedan beneficiadas con el tratamiento tributario aquellas indemnizaciones pactadas en los contratos colectivos, sino que, además como planteamos en el debate de la Comisión de Trabajo, las de todos los trabajadores chilenos que, de acuerdo a la normativa en debate, pueden obtener hoy día más de un mes de indemnización por año de servicio. Ése sería el caso, por ejemplo, de que, invocada la causal de despido por necesidad de funcionamiento de la empresa y el trabajador afectado no estando de acuerdo con ella recurre al tribunal, si éste declara que no ha lugar la causal invocada por el empleador, puede disponer que la indemnización no sea de un mes por año, sino que agregar un 20 por ciento adicional por cada mes que el trabajador haya laborado.
De este modo, esta franquicia tributaria también está beneficiando a todos los trabajadores que obtengan este 20 por ciento adicional. Incluso más: si el empleador invocara indebidamente una causal que afectare la honorabilidad del trabajador y el tribunal respectivo, conociendo del reclamo pertinente, dispone que no hubo motivo plausible para hacer efectiva esta causal, la indemnización se incrementaría en 50 por ciento. De modo tal que si el trabajador obtiene un fallo favorable, se le paga un mes y medio por cada año de servicio. Y tal indemnización, definida en esta forma, también está cubierta por la exención tributaria a que estamos haciendo referencia.
Y, por último, un elemento de origen de esta indemnización: ella no se concibe para el mundo del trabajo como un imperativo de ahorro. Esta indemnización, que se produce en un caso muy particular, está dedicada, substancialmente, a enfrentar la situación de carencia a que se enfrenta el trabajador al quedar sin empleo. Por consiguiente, no es un problema de que el trabajador sin empleo va a destinar la indemnización al ahorro, sino que la utilizar�� para pagar deudas y cuentas y para solucionar los problemas del acontecer diario. De ese modo, el fundamento para la exención tributaria no es el ahorro, como puede suceder en otros ámbitos, sino precisamente la contingencia social a la cual se ve enfrentado un hombre cuando pierde la posibilidad de ganarse la vida a consecuencia de una de las causales dispuestas por la legislación laboral.
Eso es cuanto quería dar a conocer sobre el tema de las indemnizaciones con mis referencias a materias tributarias.
Señor Presidente , llamo nuevamente la atención de la opinión pública porque el Honorable Senado sí lo tiene muy claro hacia el hecho de que en esta ley en proyecto hay algunas disposiciones relevantes.
Históricamente se va a recordar que a partir de esta iniciativa los trabajadores de casa particular tienen derecho para reclamar el pago de la indemnización por años de servicios.
Ese sector de chilenos, que cumple una tarea tan noble y destacada en el hogar de muchos de nuestros compatriotas, durante mucho tiempo estuvo marginado de la posibilidad de tener dicha indemnización.
En la ley que estamos discutiendo y aprobando hoy, se establece también un tratamiento distinto respecto al desahucio. Se pone fin a la decisión unilateral del empleador para terminar con la relación de trabajo. La hemos mantenido sólo para aquellos trabajadores de exclusiva confianza y para los que laboran en las casas particulares. La naturaleza misma de la gestión que se les encomienda en las empresas a los trabajadores de exclusiva confianza, hace permisible la mantención del desahucio, así como también debe mantenerse para quienes se desempeñan en un medio tan íntimo, tan especial y de tanta confianza como es el hogar. Eso es comprensible. Pero ¿por qué a los trabajadores de casa particular se les mantenía marginados de la posibilidad de obtener una indemnización? Es un hecho histórico por el cual tenemos que responder todos, porque nunca en Gobiernos democráticos de cualquier signo, o en el Régimen anterior, se pudo abordar el tema. Hoy en el Congreso tenemos el honor de iniciar un proceso en ese sentido. Y es así como, dada la particular circunstancia que se da en los hogares, los trabajadores de casa particular tienen, a partir de la ley en proyecto, la posibilidad de percibir una indemnización por años de servicios en todo evento. De manera que si un trabajador normal tiene derecho a indemnización sólo cuando se utilice la causal de necesidad de funcionamiento de la empresa, en el caso de los trabajadores de casa particular tienen ese derecho en toda circunstancia: por renuncia, por despido del empleador, por equis motivo. No está en discusión el fundamento; ellos tendrán la indemnización en todos los casos.
Dicha modalidad empezará a aplicarse a partir del 1° de enero del próximo año a través del depósito mensual del 4,11 por ciento de sus remuneraciones imponibles en una Administradora de Fondos de Pensiones.
Señor Presidente, he puesto especial énfasis en esta materia, porque obviamente ha sido de muy larga discusión.
Asimismo, destaco que la iniciativa que presentamos en su oportunidad con el Honorable señor Vodanovic ha sido respaldada en la Comisión por el Senador señor Jarpa , hecho que permitió pedir al Presidente de la República que la incorporara, y el Primer Mandatario accedió a ello atendiendo al acuerdo unánime que se produjo en la Comisión de Trabajo. Si hoy se restablece un principio de justicia y de equidad en ese sector de trabajadores, es porque nuevamente un gran acuerdo político permite establecer normas que van más allá de lo que son las discusiones partidarias.
Señor Presidente, también hago presente que hay un artículo transitorio de mucha relevancia para los trabajadores, el que no quiero dejar de mencionar.
En el artículo 6° transitorio del proyecto se acordó por unanimidad, en el Senado y en la Cámara de Diputados, establecer una disposición especial en virtud de la cual "Los trabajadores cuyo contrato haya terminado por desahucio del empleador, a contar del 15 de agosto de 1990 y hasta que entre en vigencia esta ley, dispondrán de un plazo de treinta días hábiles contado desde esta última fecha, para reclamar el pago de la indemnización por años de servicio de acuerdo a los montos establecidos en el artículo 5°". ¿Qué significa esto en buen romance? Que todos los trabajadores que sean despedidos en estos días y no hayan firmado el finiquito, o que no tengan una sentencia definitiva de los tribunales que los afecte, tendrán derecho a obtener la indemnización que hemos pactado en la ley en proyecto y no la vigente con tope que dispone la legislación dictada en 1978.
Señor Presidente , la mención del artículo me permite precisar que a muchos de nosotros obviamente nos habría gustado profundizar esta legislación en algunos otros objetivos. Sin embargo, por lo menos declaramos que nos satisface y que no es una legislación impuesta, sino que ha buscado recoger opiniones de distintos sectores.
Algunos critican que es insuficiente. Particularmente, estimo que es una buena legislación que podría haber sido mejor. pero, si consideramos el hecho de que un trabajador el día 14 de agosto de 1990 tenía derecho a una indemnización por años de servicio con un límite máximo de 5 meses, no obstante haber trabajo 6, 7 u 8 años en la empresa, a partir de esta iniciativa en proyecto se le termina el tope, y tiene derecho a 11 meses; es decir, duplica el derecho a indemnización.
De acuerdo al artículo 6° transitorio a que hice referencia, se da la posibilidad de que un trabajador que no ha firmado el finiquito y a quien su empleador le iba a pagar 5 meses de indemnización, hoy día tenga derecho a que le paguen 8 ó 9 meses de acuerdo a su antigüedad y según si fue contratado antes o después del 14 de agosto de1981. Entonces, 8 ó 9 meses: ¿es mejor que 5 meses? No cabe duda alguna. Cualquier trabajador puede ser despedido, antes de la vigencia de la ley en proyecto, por la mera voluntad del empleador; a partir de la iniciativa en estudio no bastará la voluntad del empleador; éste deberá probar una causal.
Adicionalmente, se sostiene que la iniciativa es insuficiente. Sin duda, pero de acuerdo con la ley vigente, a los trabajadores se les paga una indemnización con un tope de 5 meses y, además, a los contratados después del 14 de agosto de 1981, se les descuenta el denominado "factor previsional", que es equivalente casi a un 20 por ciento del total de sus remuneraciones.
Despacharemos una iniciativa que pone fin a esa situación, de modo tal que los trabajadores percibirán más del doble de las indemnizaciones y, además, los contratados después del 14 de agosto de 1981 lo podrán hacer sin el descuento de ese casi 20 por ciento denominado factor previsional. ¿Puede o no ser considerado con razón un avance positivo de acuerdo a la condición que tenían los trabajadores? Que en el futuro será perfectible; no cabe duda. Pero lo sustancial del acuerdo es un claro mejoramiento para trabajadores que durante mucho tiempo se vieron perjudicados en sus derechos.
Señor Presidente, desde el punto de vista del sector empresarial, se dice que establecer una norma que proteja la estabilidad de los trabajadores en la empresa puede afectar su manejo, su capacidad de gestión.
¿Qué argumentación resiste si uno encuentra que de 14 causales para terminar con el contrato de trabajo¡14 causales! 13 no pagan indemnización, y sólo una de ellas la de necesidades de funcionamiento de la empresa obliga al pago de ésta?
La flexibilidad en el manejo de una empresa es un valor que todos debemos estimular. Por lo tanto, la legislación que se propone aprobar mantiene con holgura la capacidad del empleador para manejar los problemas que se susciten en ella.
La legislación laboral que en nuestro concepto debe ser protectora de los derechos del trabajador no debe proteger al trabajador irresponsable. Aquí no hay indemnización para el que falla en su trabajo; como tampoco la hay para el que roba; para el que no cumpla adecuadamente las obligaciones que impone el contrato. Aquí hay indemnización para aquella gente honesta y responsable respecto de la cual, por razones ajenas a su voluntad incluso a las del empleador, podría ponerse fin a una relación laboral que debe ser activa, provechosa y generosa en su capacidad de creación.
Señor Presidente, me parece que por esta vía estamos avanzando hacia las nuevas concepciones que en el mundo del trabajo se desarrollan.
Cuando a los empresarios especialistas en gestión se les pregunta sobre cuál es la mejor manera en que la empresa incrementa su productividad, sin duda la respuesta es que más produce aquella empresa donde la relación empresarios-trabajadores es más rica, más armónica y más sustantiva.
¿En qué lugar del mundo la productividad de las empresas ha tenido, en las últimas décadas, incrementos notables? En Japón.
En dicho país la gracia de la relación laboral de los trabajadores con los empresarios se basa en tres elementos: la confianza, la sutileza y la intimidad. Es decir, confianza entre las partes; sutileza para respetarse y buscar los mejores elementos, e intimidad en cuanto a preocuparse de los problemas del otro. Esto que señalo es sólo parte de la cultura japonesa? No, porque lo mismo ha sido aplicado por empresas americanas, norteamericanas, y ello les ha permitido en Estados Unidos en la misma medida en que han descubierto la vieja verdad de que respetar la dignidad del hombre de trabajo también produce efectos positivos en las utilidades de las empresas incrementar la productividad en las áreas donde un concepto tan antiguo, pero desgraciadamente tan poco aplicado, se pone en vigencia.
Nosotros aspiramos a que las relaciones laborales se desarrollen en un clima de respeto recíproco, sobre la base de que hay una parte la de los trabajadores que requiere, sin lugar a dudas, de protección. Pero al mismo tiempo el empresario creador debe tener sus posibilidades de expansión y de desarrollo. Ambas partes unidas son las que hacen a los países grandes. No los hacen una clase empresarial que fundamenta su riqueza a costa de la explotación del trabajador. No avanzan los países donde los abusos de una cúpula sindical les impide desarrollar alternativas pujantes, flexibles y modernas para hacer frente a los desafíos del tiempo actual.
El futuro pasa por la concertación, por la justicia y por la equidad.
Aquí, en este Senado y en este Parlamento mientras un grupo de familias chilenas llora la muerte de alguno de sus familiares; mientras hay miles de chilenos encarcelados que esperan la justicia que les daremos en el Congreso modestamente Senadores de distintos partidos damos un paso en lo que, a mi juicio, es la dirección correcta, y aprobamos este proyecto de ley.
He dicho.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Jarpa.
El señor JARPA.-
Señor Presidente , en la discusión del proyecto de ley que estamos analizando, tuve la oportunidad de incorporarme a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y allí no conocí la iniciativa a que ha hecho referencia el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, en el sentido de que a través de una indicación para extender o establecer beneficios de jubilación e indemnización al personal que trabaja en casas particulares, hubiese sido incorporada al proyecto.
En esa oportunidad lo recuerdo perfectamente planteé el tema y conversamos con el señor Ministro del Trabajo , y fue él quien trajo el texto de ese artículo, lo cual le agradezco mucho, ya que esta iniciativa indudablemente representa un acto de justicia para un sector de trabajadores que por diferentes motivos a pesar de sus méritos había sido marginado de la legislación laboral durante muchas décadas. Ahora,...
El señor HORMAZÁBAL.-
¿Me permite una breve interrupción, señor Senador ?
El señor JARPA.-
...si el Honorable señor Hormazábal quiere atribuirse el mérito, yo no tengo ningún inconveniente. Pero déjeme terminar.
El señor HORMAZÁBAL.-
Sólo quiero sugerir que consultemos las Actas, ya que, como el Honorable señor Jarpa se integró tarde a la Comisión, no tiene por qué conocer lo que se debatió antes de su llegada. Por lo tanto, prefiero que Su Señoría califique sus intervenciones como oportunas desde el momento en que arriba a la Comisión, pero no que pretenda hacer historia desde el momento en que se incorpora.
El señor JARPA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Continúa con el uso de la palabra el Honorable señor Jarpa.
El señor JARPA.-
Yo no he concedido una interrupción al Honorable señor Hormazábal.
Estoy señalando que hasta el momento en que me incorporé no se había aprobado ninguna indicación en ese sentido, y que fue a raíz de una conversación con el señor Ministro del Trabajo que se logró por iniciativa del Gobierno que se incorporara ese tema en el proyecto. Ahora, si otros señores Senadores lo habían planteado antes, lo celebro mucho, porque quiere decir que se anticiparon a los acontecimientos.
Ahora, señor Presidente , creo que no está perfectamente resuelto el problema que se generó por la redacción del artículo correspondiente, y espero que más adelante el Gobierno tome una nueva iniciativa para dar a esta norma la amplitud que necesita.
Digo esto porque aquí se establece la obligación de efectuar el aporte durante 10 años a cada trabajador. O sea, este trabajador va a recibir durante 10 años un aporte que se suma a la remuneración mensual imponible, el que corresponde al 4,11 por ciento de ella. Pero, ¿qué pasa (no lo dice claramente el proyecto) después de 10 años? No está claro si en el año undécimo el empleador tiene que seguir haciendo este pago que encuentro justo, o si el trabajador que completó en su cuenta particular 10 años de la imposición cesa en su derecho de obtenerla.
En mi opinión, este derecho del trabajador de casa particular debería permanecer siempre que él desempeñe un empleo de tal naturaleza; no puede cesar a los 10 años, ni tampoco puede el empleador, al cumplirse ese plazo, quedar liberado del compromiso.
Por esta razón, espero que el señor Ministro y el Gobierno tengan la posibilidad de estudiar de nuevo este aspecto de la iniciativa y salven, a través de un proyecto de ley muy fácil de entender y de aprobar, la omisión que significa suspender la protección después de los 10 años que señala el proyecto.
Gracias, señor Presidente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , el tema que se ha tocado es de mucho interés, y solamente diré dos palabras, que van dirigidas, fundamentalmente, al señor Ministro del Trabajo. Porque la solución que se ha buscado se inserta en la vía previsional, y, por consiguiente, cualquier iniciativa a este respecto es de exclusiva atribución del Presidente de la República.
Ahora, ¿qué acontece en la situación en que nos encontramos? De acuerdo con el proyecto, la indemnización de quince días por año de servicios se ha establecido como elemento sustitutivo de la de un mes por año cuando se conviene que proceda por cualquier causal; no sólo en caso de despido.
Como en el caso del personal de casa particular el beneficio está establecido por cualquier causa, la idea sería que el aporte de 4,11 por ciento sustituya la indemnización de 15 días por año de servicios. No tendría mucho sentido, una vez completado el tope, que es común, continuar haciendo la imposición, a menos que la idea sea también que el beneficio de 15 días por año, cuando proceda el despido sin expresión de causa, también se extienda a ese personal.
Creo que tal vez sería conveniente agregar una norma aclaratoria de este punto de vista. Pero sólo indicaré que, en cuanto a la iniciativa de este beneficio, por disposición constitucional es única, exclusiva y privativa del Presidente de la República. Los Parlamentarios sólo podemos hacer sugerencias; pero, en definitiva, sólo procede una indicación del Ejecutivo.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Si no hubiera indicación en contrario, correspondería pronunciarse de una sola vez sobre todas las modificaciones propuestas por la Cámara de Diputados.
A la vez, si no se pide votación, y habiéndose expresado el parecer unánime de la Sala, el informe podría darse por aprobado de esa manera.
Aprobado.
El señor CORTÁZAR (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, señor Ministro.
El señor CORTÁZAR (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente, quisiera agradecer al Honorable Senado el apoyo unánime brindado a este proyecto de ley, que se basa en un importante acuerdo alcanzado en esta misma Corporación, el que beneficia a millones de trabajadores chilenos, y en un acuerdo que esperamos alcanzar también en las restantes iniciativas de reforma laboral.
Ello constituye una contribución más de nuestras instituciones democráticas al progreso y a la paz social del país; y muestra que el camino de los acuerdos es para Chile, no sólo indispensable, sino también posible.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Jarpa.
El señor JARPA.-
Señor Presidente , quiero destacar la actitud del señor Ministro del Trabajo al agradecer al Senado la forma en que estamos despachando esta legislación de tanta importancia.
Es oportuno que la opinión pública conozca estas expresiones de los Ministros que representan al Gobierno, porque ya se ha hecho una especie de costumbre atacar a la mayoría del Senado, y en especial a algunos señores Senadores, tratando de hacer creer a la opinión pública que esta mayoría es la que entorpece la acción del Gobierno y la que impide solucionar los problemas a través de la aprobación de las leyes.
Es así como nos encontramos con discursos dentro de este recinto y en las calles, con publicaciones y con declaraciones con los cuales se viene creando un clima tendiente a responsabilizar al Senado por las cosas que no se han hecho o que, a veces, no se pueden sencillamente hacer.
Señor Presidente , tengo aquí algunos datos provenientes de la Oficina de Informaciones del Senado en donde se establece que hasta ahora se han aprobado por esta Alta Corporación 30 leyes ya publicadas en el Diario Oficial; que hay tres más aprobadas en general y 17 aprobadas en general y en particular.
¿Sabe el señor Presidente cuántas iniciativas legales propuestas por el Gobierno ha rechazado el Senado? ¡Una sola! La que proponía el traslado de la sede del Congreso Nacional a Santiago.
Hasta este momento el Senado ha tratado y aprobado 52 leyes. Que la opinión pública juzgue qué hay de cierto cuando se dice que el Senado se opone y obstruye la acción del Gobierno. Un solo proyecto se ha rechazado: el del traslado del Congreso a la capital.
Señor Presidente, quisiera dejar constancia de esto para que se termine esta cantinela y para que algunos representantes del Gobierno tengan más cuidado al calificar los actos y la conducta de determinados Senadores, que no estamos dispuestos de antemano a aprobar todas las proposiciones que lleguen; pero sí lo estamos para analizarlas, estudiarlas, mejorarlas y aprobarlas en la mejor forma posible.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR.-
Señor Presidente , no era mi intención intervenir en esta sesión, pero las expresiones del Senador señor Jarpa me obligan a hacerlo.
No sé por qué el Honorable señor Jarpa ha reaccionado en forma tan airada y desusada, a diferencia de lo que es su conducta habitual.
Él ha mostrado una estadística de los proyectos de ley aprobados y que han suscitado discusión. En la democracia no hay para qué alterarse ni perder el buen ánimo. Siempre vamos a tener discusiones, porque existen diferencias de opinión. Es cierto que en el Senado hay una mayoría que no corresponde a lo que fue la votación popular del 14 de diciembre. Y hemos salvado dificultades en la aprobación de las leyes, por lo que ha sido preciso realizar negociaciones para lograr acuerdos. Y esto lo agradecemos a pesar de que, si la voluntad popular se hubiera expresado en el Senado como correspondía, no tendríamos necesidad de dar las gracias ni mostrar reconocimiento. A lo mejor habríamos podido avanzar sin recurrir a los votos de la Oposición. Pero la democracia es así; si somos una minoría y hemos aceptado las reglas del juego por las cuales hemos de regirnos, debemos buscar el consenso y los acuerdos, y si éstos se logran con grandes dificultades, valoramos lo que ello significa en cuanto a su resultado final.
El señor CALDERÓN.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VODANOVIC.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor ZALDÍVAR.-
Terminaré mi exposición y después se la concederé, señor Senador.
Creo que el tema que molesta al Honorable señor Jarpa es otro, y es bueno ponerlo sobre la mesa para evitar que estas situaciones se repitan.
La cuestión no es cómo se votan o no se votan los proyectos. La diferencia surge cuando se entra al análisis político y se compara lo que pasó en el anterior Gobierno con lo que se está haciendo ahora.
En el debate, por supuesto, hay momentos en que se pone un poco más de énfasis sobre lo que puede ser el juicio respecto de la Administración anterior; y cuando se hace este juicio con razón los Senadores del Gobierno vinculan a aquélla con los Senadores de la Oposición, porque éstos fueron parte del Régimen pasado. Por lo tanto, tienen que responder y es lógico que lo hagan de lo que sucedió en los 17 últimos años.
Pienso que la reacción del Senador señor Jarpa tiene que ver algo con lo que ocurrió en el debate del día de ayer. Personalmente, estimo que no hay motivo para que haya reaccionado como lo hizo hoy. La discusión de ayer tuvo, a lo mejor, cierta dureza, pero se efectuó respetando a todos y a cada uno de los señores Senadores, y sin caer en nada que pudiera herirlos. Y si acaso alguna palabra hubiera llegado a herir el honor o la sensibilidad de un Senador por haber sido demasiado fuerte, desde ya, por supuesto, uno está dispuesto a retirarla o a revisarla. Pero no creo que ése sea el caso.
Entonces, el Senador señor Jarpa , al referirse a lo sucedido hoy con estos proyectos (nos alegramos de que se hayan aprobado materias tan importantes que tienen relación con los derechos humanos y con la legislación laboral), pretende proyectar hacia la opinión pública una situación distinta diciéndole: "Miren el doble discurso que tienen los Senadores del Gobierno en relación con nosotros. Nos critican y son duros cuando entran a revisar el pasado, o cuando nos oponemos con justicia o sin justicia a un proyecto que el Gobierno presenta. Y cuando sí necesitan el apoyo, entonces entran a dar las gracias".
Creo que no es bueno que algo de ese tipo pueda tratar de proyectarse como conclusión de este debate, ni creo que pueda haber sido ésa la intención. Es lo que yo he entendido.
El señor RÍOS.-
¡Su Señoría no entendió nada...!
El señor ZALDÍVAR.-
¡Bueno: hace mucho tiempo que el Honorable señor Ríos tampoco entiende nada...!
Entonces, señor Presidente, para que las cosas sean precisas, quiero decir que siempre vamos a agradecer los votos que sean necesarios para lograr la legislación conveniente a fin de consolidar la democracia en Chile y de restituir sus derechos a todos aquellos sectores a los que les fueron quitados en el tiempo pasado, o la que requiera el país para avanzar, en bien de todos los chilenos.
Vamos a buscar los acuerdos respectivos cada vez que resulte pertinente. Pero por motivo alguno renunciaremos en este Senado a formular los juicios políticos con la ponderación y el respeto que corresponden de lo que fue la gestión de los 17 años del Gobierno anterior, a los cuales por supuesto están vinculados los señores Senadores de la Oposición.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Voy a conceder la palabra al Honorable señor Jarpa,...
El señor GAZMURI.-
Yo la había pedido antes, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
... pero quisiera solicitar que, una vez terminado el debate que se ha suscitado, siguiéramos tratando los proyectos en tabla quedan dos para poder despacharlos hoy.
Tiene la palabra el Honorable señor Jarpa.
El señor JARPA.-
Señor Presidente , los Senadores de estas bancas hemos estado siempre en la búsqueda de la unidad y del acuerdo, porque entendemos perfectamente que a través de esta conducta asumimos la responsabilidad que nos corresponde para ir solucionando los problemas, para ir impulsando el desarrollo de todas las actividades del país y, también, para hacer posible el éxito del actual Gobierno, que a mi juicio será el éxito de todos los chilenos.
Sin embargo, cuando no hay aquí razones valederas para contrarrestar nuestras opiniones, se recurre siempre a situaciones relacionadas con la Administración anterior, tratando de responsabilizarnos por una época de crisis económica, por ejemplo, en la que no era posible asistir con recursos similares a aquéllos con que hoy se cuenta a las necesidades de los trabajadores, como ocurrió en el día de ayer. Naturalmente, señor Presidente, cuando el país se hallaba en una enorme crisis, por razones muy ajenas a los propósitos y a la conducción del Régimen pasado, no existían tales recursos. Y si hoy día los tiene, es justo que se distribuyan entre los servidores públicos en la forma racional en que lo está haciendo el Ministro de Hacienda.
Pero también hay que reconocer que esta situación económica sólida se debe a la acción de los gobernantes anteriores, y no sólo a la buena conducción que pueda estar realizando hoy ese Secretario de Estado.
Por lo tanto, creo que debe terminar la técnica, tan repetida, de imputarnos los déficit o los problemas que existieron en el pasado, para justificar conductas de hoy. Nosotros no hemos recurrido, señor Presidente , a traer a colación situaciones de otra época en que algunos de los presentes tuvieron responsabilidades, como fue el Gobierno de la Unidad Popular, para explicar nuestra conducta del presente.
Y si es cierto que queremos iniciar una nueva etapa democrática constructiva, estable y progresista en Chile, dejémonos de argumentar acerca de lo que se hizo o no se hizo antes, porque en esta materia todos podríamos plantear muchos argumentos que en nada contribuyen a resolver dificultades actuales.
Señor Presidente , yo leí una estadística del trabajo realizado en el Senado, y espero que sirva de respuesta a quienes pretenden responsabilizar a esta rama del Poder Legislativo por el hecho de que todavía no se alcanza una solución para algunos problemas, la que espero que se logre pronto.
Gracias.
El señor GAZMURI.-
Pido la palabra, Señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Señores Senadores, contamos con tiempo limitado. Si bien esta Corporación tiene el derecho a debatir todos los temas que considere convenientes, estamos en el Orden del Día tratando proyectos específicos, y ahora corresponde ocuparse en el informado por la Comisión de Minería.
El señor GAZMURI.-
Pido la palabra, Señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Formulo una exhortación al respecto, sin más fuerza que mi ánimo de dar curso a las iniciativas en tabla, para que tengamos tiempo de despacharlas hoy. Porque, además, después tengo que dar cuenta de lo que ha sucedido en la Cámara con el proyecto de Presupuestos , que nos obligará a modificar nuestro horario.
En estas circunstancias, hago un llamado muy ferviente para que este debate ciertamente, no seré yo quien lo vaya a dar por concluido; no tengo autoridad para ello se realice en otra oportunidad, o en la hora de Incidentes, que la considero más adecuada para ese efecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente, comprendo que debemos continuar con la discusión de los proyectos en tabla, pero se han hecho algunas afirmaciones a las que quisiera referirme en forma muy breve.
No se trata de un problema puramente de estadística. Estoy de acuerdo en que esta Corporación ha despachado bastantes iniciativas y en que hemos tenido una intensa agenda de trabajo. Soy uno de los que han planteado dentro y fuera del Hemiciclo, sin embargo, una opinión crítica, de fondo, respecto de la composición del actual Senado y de la institución de los Senadores designados, que objetivamente determina que no se refleje de manera cabal en esta Sala la expresión de la soberanía popular.
Y me parece que el tiempo que llevamos funcionando así lo demuestra. Porque en la práctica ha ocurrido y el país tiene conciencia de ello y debe tenerla que, en general, en cada una de las cuestiones importantes y debatidas (entiéndase en los proyectos laborales, por ejemplo, o sobre la pena de muerte), en las cuestiones sustantivas, en las que se plantean, como es natural en una democracia, diferencias de fondo entre Gobierno y Oposición, los Senadores designados han votado siempre repito: siempre, salvo muy pocas excepciones, junto con la Oposición. Esto, objetivamente, introduce un factor complicado en la transición a la democracia, y obliga, de una u otra manera, si queremos que el país efectivamente avance, a sobrenegociarlo todo.
Coincido en que la transición y la democracia exigen acuerdos; pero también la democracia es el gobierno de las mayorías. Y, si bien aquí hemos aprobado muchas iniciativas, desde el punto de vista de quienes creemos legítimamente representar a la mayoría política hemos debido hacer concesiones que en una democracia plena no habríamos tenido necesidad de hacer precisamente para que esta Corporación pueda aprobar algunos proyectos.
Hago presente aquí este aspecto político de fondo, porque se ha hablado de los planteamientos que se hacen en esta Sala y afuera. Claro: tenemos derecho a hacerlo. Esta crítica a la composición del Senado y a los problemas que introduce en la transición la planteamos durante la campaña sacamos mayoría con ella, la vamos a terminar de plantear cuando podamos reformar la Constitución Política, a fin de que el Congreso Nacional exprese en forma precisa la soberanía popular.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Daré por concluido este debate, por haber llegado la hora.
El señor CALDERÓN.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Pido la autorización unánime de la Sala para prorrogar la sesión hasta terminar...
El señor CALDERÓN.-
Reclamo, señor Presidente, porque hace rato pedí la palabra. Incluso la solicité al señor Vicepresidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Perdón, señor Senador.
La prórroga es hasta despachar la tabla que nos fijamos, en la cual aún quedan dos proyectos.
El señor CALDERÓN.-
Seré muy breve, señor Presidente.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Ésta es la última intervención que la Mesa aceptará.
El señor CALDERÓN.-
Honestamente, no creo que la Oposición haya tenido respecto del proyecto que acabamos de discutir la generosidad que pareciera desprenderse de las palabras del Honorable señor Jarpa.
Ahora, soy respetuoso de las mayorías que aquí se produjeron. Incluso, ni siquiera he intervenido en esta oportunidad, porque los reparos de nuestra bancada se hicieron presentes a lo largo del debate y en la propia Comisión.
Sin embargo, aquí también se han logrado avances. Entonces, de acuerdo a éstos y a la correlación existente en esta rama del Congreso, en la cual el Gobierno está en minoría, nos encontramos obligados en esos términos a que en el país haya ley respecto de la terminación del contrato de trabajo. En ese sentido aprobamos el proyecto.
Yo no podía dejar pasar, entonces, las ideas que se han expresado, para reclamar, por lo tanto, de la intervención del Honorable señor Jarpa.
Gracias, señor Presidente.
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