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- rdf:value = " El señor DIEZ.-
No necesito más de diez minutos para terminar, señor Presidente.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
No tenemos inconveniente, señor Presidente.
El señor DIEZ.-
Consideramos absolutamente inconveniente que la formación de grupos de esta naturaleza y con tal potencialidad bélica queden sujetos al solo requerimiento o desistimiento del Ministerio del Interior, porque son delitos en sí mismos. A mi juicio, deben ser conocidos por la justicia militar, la cual es la que entiende en armas bélicas y evidentemente es la que está en condiciones de resistir o de investigar tal clase de organizaciones que operan con ese tipo de armas.
También estimamos inconveniente que aquel que almacena armas -como lo hemos conocido en el pasado- quede fuera de la jurisdicción militar. Creo que en el caso del que almacena, produce, importa y distribuye armas también compete a la justicia militar, por su conocimiento especializado, tratar los delitos correspondientes.
De manera que en esto hemos tenido desacuerdos con el Gobierno. Y, evidentemente, estos delitos no se han traspasado de la justicia militar a la civil, no porque nosotros seamos insensibles a los problemas de algunas personas, sino porque el bien común nos exige buscar un camino distinto para solucionar cualquier situación puntual de injusticia que pudiera existir, sin comprometer los valores superiores de la sociedad.
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