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El señor VODANOVIC.-
Señor Presidente , si algo en el tema de los derechos humanos caracterizó la ejecutoria del Régimen pasado, ello fue su intención perseverante de establecer una institucionalidad que se acomodara -como traje al cuerpo- a sus propósitos. Y no me refiero sólo a la Constitución de 1980, sino además a las actas constitucionales, y antes de ellas, a una legislación, conformada por decretos leyes, que transgredió sistemáticamente la juridicidad democrática.
El problema de los derechos humanos fue denunciado por ciertos sectores -en su oportunidad- como un tema de propaganda fácil de quienes constituíamos la Oposición de ese entonces. Afortunadamente, con el transcurrir de los años se fue haciendo la luz en tales sectores y hoy vemos, con general y generosa complacencia, cómo todo el país -o sus mayorías más significativas- no duda en declarar que la vulneración de los derechos humanos constituye un capítulo doloroso de nuestra historia y que corresponde a todos los chilenos -y naturalmente a los legisladores- contribuir a su superación.
Como se ha dicho, este proyecto de ley es parte de un todo coherente, en el que se integran, asimismo, otras iniciativas, la primera de las cuales ya fue despachada por el Senado, y la última -que modifica la Ley sobre Conductas Terroristas- lo será próximamente.
Señalo lo anterior, porque me parece que, más allá de tecnicismos, de sintetizar un determinado proyecto y advertir acerca de sus pros o sus contras, existe la obligación moral y política de situarse bien con relación a los objetivos generales de estas iniciativas de ley y al tema que provoca su dictación y eventual sanción.
La Oposición ha insistido mucho en que se habría cometido un error al formular estos proyectos sin discernir entre una legislación de carácter permanente y disposiciones de naturaleza transitoria. Lamentablemente, he podido apreciar que con las modificaciones introducidas hasta el momento en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, más que incurrirse en el mismo error de confundir situaciones permanentes con otras transitorias, se vuelve al viejo criterio de acomodar el traje al cuerpo.
En la Honorable Cámara de Diputados se suscitó un larguísimo y muy público debate respecto del contenido de estos proyectos. Pienso que, más allá de la forma en que cada Diputado manifestó sus posiciones; más allá de las críticas que la Oposición formuló allí al Gobierno o a sus partidarios por el alcance de las leyes en estudio, en general existió el propósito evidente de intentar lograr un consenso, es decir, de llegar a acuerdos que permitieran sancionar una legislación que el país reclama como necesaria y fundamental. Por eso, en su oportunidad, Parlamentarios de distintos sectores intentaron elaborar lo que se conoció como un acuerdo marco, que fracasó por las razones que todos conocemos.
Finalmente, la Cámara aprobó un proyecto de ley, en muchos aspectos por simple mayoría; en otros, por amplia mayoría, y en algunos por unanimidad. Y ha llegado al Senado una normativa que, en términos generales, tiene congruencia con lo que fue el Mensaje del Ejecutivo y guarda cierta concordancia en su redacción -y, yo diría, también en su espíritu- con el propósito del Ejecutivo al incluir en la legislatura correspondiente esta iniciativa de tanta trascendencia. Sin embargo, considero que el texto que hoy se somete a la consideración de esta Sala -que ha sido sancionado, en una primera fase, por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento- guarda sólo aparente concordancia con el articulado que aprobó la Cámara de Diputados y, desde luego, con lo que fue el Mensaje del Ejecutivo .
No podemos desconocer que la Comisión aprobó, por mayoría, o en algunos casos por unanimidad, disposiciones que, ciertamente, constituyen un avance en el perfeccionamiento de normas procesales o, en general, un mejoramiento en ciertas condiciones o situaciones que afectan derechos de las personas. Pero estimo que, en lo sustancial, el proyecto despachado por la Cámara ha sido -usando un término náutico- desguazado en nuestra Comisión de Constitución y que los propósitos que lo inspiraban han sido desvirtuados. Y anoto, desde ya, una contradicción entre lo que la Oposición está sosteniendo -o presume sostener- en el Senado y lo que aseveró en la Honorable Cámara de Diputados.
No es la oportunidad para referirse circunstanciadamente a preceptos o disposiciones precisas que avalen esa afirmación. Pero creo que los Honorables colegas, al ir conociendo el informe de la Comisión e involucrándose en el debate del mismo, llegarán, forzosa y necesariamente, a la misma conclusión: formaba parte sustancial del texto aprobado por la Cámara la creación de algunas instituciones que hoy aparecen suprimidas.
Creo que a través de un ejemplo resultará mucho más fácil comprender la efectividad de nuestro aserto.
Para nadie es un misterio que la administración de justicia en la institucionalidad pasada constituyó uno de los elementos más negativos del desenvolvimiento de nuestra sociedad. Para nadie es un misterio que la justicia militar, en términos generales, sólo fue el instrumento de acción de la represión en los planos judicial y jurídico. Para nadie es un misterio el hecho de que la Corte Suprema de Justicia no contribuyó precisamente a resguardar los derechos humanos ni a administrar justicia en esta materia, sino que, por el contrario, se constituyó en un factor de coincidencia con los propósitos y acciones del Régimen autoritario. Y para nadie es un misterio, tampoco, que cientos de miles de ciudadanos chilenos no tuvieron acceso a la justicia y en la mayor parte de las situaciones en que se vieron involucrados fueron objeto de graves apremios ilegítimos, tormentos, torturas y, finalmente, de sanciones y penas excesivas, rigurosas y desproporcionadas con relación a las acciones que se pretendían castigar.
Pienso que forma parte del actual sentido común del país el entender que hubo un período de muchos años de sanciones -repito- injustas o exageradas a cientos de miles de chilenos, a raíz de procesos y procedimientos en los cuales no se aplicaron las reglas elementales del llamado debido proceso.
En el texto aprobado por la Cámara de Diputados se asumió este problema con un espíritu muy patriótico -lo que significó reconocer que realmente se trata de un problema nacional-, creándose una institución específica: el recurso especial de revisión. Porque el recurso ordinario, histórico, de revisión exige -como bien se sabe-el cumplimiento de numerosas exigencias, de suyo rigurosas, para poder rever o revisar una sentencia dictada en forma manifiestamente injusta.
Se trataba de crear una institución que permitiera, de manera genérica, cotejar si en procesos se incurrió en violaciones a los derechos humanos y a los derechos procesales de los inculpados; es decir, si se había cumplido con las reglas y normas del debido proceso. Y, entonces, se otorgaba a los inculpados, procesados o condenados el derecho a solicitar la revisión de tales procesos y procedimientos.
Podrá discutirse la mayor o menor extensión o latitud de ese derecho. Podrá discutirse la formulación jurídica concreta de una institución como la que se creaba con este recurso de revisión especial o extraordinario. Pero, lamentablemente, esa institución del recurso ha sido suprimida en la Comisión de Constitución, Legislación y justicia del Senado. En consecuencia, en caso de confirmarse en la Sala ese pronunciamiento, muchos ciudadanos chilenos -que el país sabe que fueron juzgados y condenados sin que se respetaran las más mínimas reglas del debido proceso- carecerán del derecho a solicitar la revisión de los procedimientos a través de los cuales fueron injustamente procesados o condenados.
Por otra parte -y para no alargarme en exceso ni entrar a un análisis pormenorizado de lo acordado por nuestra Comisión de Constitución-, debo manifestar que el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados contenía un traspaso bastante amplio de atribuciones y de competencias desde la jurisdicción militar a la civil, haciéndose cargo de lo que constituyen problemas de conocimiento generalizado en todo el país: durante el Régimen pasado se exacerbó y extralimitó la competencia de los tribunales militares; se crearon figuras específicas y ad hoc para sancionar conductas políticas, y, por último, se establecieron penalidades absurdamente rigurosas para castigar esas conductas. Para nadie es un misterio que esa legislación militar, que esos procedimientos y esa justicia militar constituyeron elementos muy negativos para la gestión del Gobierno anterior, que abundaron en situaciones con incidencia en un tema tan delicado como el de los derechos humanos. Y esto -sin entrar a dudar de la competencia o calificación profesional de quienes servían a esa justicia militar- es evidente que no contribuyó a establecer en el país un crédito muy especial para la administración de justicia, ni mucho menos a elevar su imagen o concepto públicos. Por lo demás, en la legislación universal la justicia militar ha ido perdiendo o cediendo progresivamente gran parte de su competencia y atribuciones.
Todas estas razones colaboraban a sostener la idea y la tesis de que en materia penal era necesario recuperar para la justicia ordinaria atribuciones que históricamente había tenido. Sin embargo, ahora se contradice lo aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, estableciendo una disposición que otorga competencia en numerosas figuras delictivas a los tribunales militares, cuando los responsables de los delitos son civiles que actúan conjuntamente con militares.
Anoto con lo planteado, otro elemento, otro tema de discordancia entre lo que se está aprobando y lo ya sancionado por la Cámara Baja.
La otra rama legislativa, por último - para no colocar más ejemplos u otras situaciones-, había elaborado fórmulas de cómputo de las penas, entendiendo que quienes fueron sancionados o castigados en el Régimen pasado y, a su vez, objeto de procedimientos irregulares; de procedimientos que no resguardaban las reglas del debido proceso, se habían hecho acreedores a un cómputo especial del cumplimiento de sus penas conforme a la fórmula que vulgar u ordinariamente se había conocido como la llamada "tres por uno". Esa fórmula también fue abandonada en el Honorable Senado.
No quiero entrar en mayores consideraciones ni ejemplificar más; únicamente me limito a dejar constancia de que el proyecto que hoy conoce la Sala, no sólo es sustancialmente diferente del Mensaje del Ejecutivo , sino totalmente distinto, contradictorio y antagónico también con la iniciativa aprobada en la Cámara de Diputados. Ello significa que -de confirmarse tal predicamento por nuestra Corporación-, se estará, en mi concepto, sancionando una legislación absolutamente irreal que no contempla la situación social que la ha generado y, sobre todo, se contradice con las aspiraciones de la mayoría de los chilenos. Esta mayoría, más allá de su pertenencia a cualquier credo, convicción o sector político o filosófico -corno lo anotan las encuestas- estima como un valor superior de nuestra sociedad el conocimiento de la verdad; el restablecimiento de los derechos humanos; el debido juzgamiento de las situaciones en que se vulneraron esos derechos. Y, sobre todo -diría yo-, siente como una necesidad social del país la de recuperar la confianza en sus instituciones. Dentro de éstas figura en lugar privilegiado la administración de justicia.
Considero que, de sancionarse íntegramente una legislación como la que está siendo modificada en el Senado, no estaremos correspondiendo a esa aspiración ni tampoco devolviendo el crédito que el país necesita y reclama en la justicia como un valor fundamental de la sociedad.
No obstante las consideraciones reseñadas -teniendo confianza de que en el debate, tanto en general como posteriormente en particular de la iniciativa de ley, seremos en conjunto capaces de rectificar algunas de las situaciones descritas, como asimismo sancionar un proyecto más equilibrado-, hago presente mi aprobación personal a la idea de legislar, a la aprobación en general del proyecto, muy distinto del enviado por el Ejecutivo y al que fue sancionado por la Cámara de Diputados.
He dicho.
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