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- rdf:value = " CREACION Y ESTATUTO DE CENTROS CULTURALES. CONVENIO SUSCRITO CON EL GOBIERNO DE FRANCIA. Primer trámite constitucional (Continuación).
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En Fácil Despacho, corresponde conocer el informe de la Comisión de Hacienda sobre el proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, relativo al Convenio sobre creación de centros culturales y sus estatutos, suscrito con el Gobierno de Francia.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Sota.
El texto del proyecto está impreso en el boletín N° 293-10 y se encuentra en el número 5 de los documentos de la Cuenta de la sesión 23ª, celebrada el 4 de agosto de 1992.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Sota.
El señor SOTA.-
Señor Presidente, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso y conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Corporación, debo informar sobre las liberaciones tributarias y arancelarias contempladas en el Acuerdo suscrito por el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República francesa, sobre creación y estatutos de centros culturales.
En sesión anterior, el Honorable Diputado señor Leblanc , informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, subrayó la importancia de la creación de centros culturales -uno en Francia y otro en Chile- para incrementar la cooperación bilateral en los campos de la cultura, educación y ciencia y promover el mayor conocimiento de los valores culturales de ambos pueblos. Por este motivo, no abundaré en las razones, muy importantes, que hacen necesario que la Cámara apruebe el Acuerdo.
La Comisión de Relaciones Exteriores dispuso que la Comisión de Hacienda conociera sólo los artículos 9, 11 y 14 del Convenio, que, en general, como sucede con esta clase de acuerdos, se refieren a las exenciones y privilegios que se otorgan a los diferentes centros culturales y a su personal. Es muy difícil calcular la incidencia presupuestaria y fiscal, puesto que depende de la naturaleza y frecuencia con que se haga uso de las franquicias. En todo caso, el artículo 9 permite que los centros culturales establecidos en Chile el centro cultural francés, en este caso puedan gozar de las mismas exenciones de que lo hacen las instituciones o servicios públicos del Estado.
Luego, en el artículo 14 se dispone que a los miembros del personal se les permitirá importar mobiliario, efectos personales, un automóvil y gozarán de algunas liberaciones de derechos de aduana, lo que es habitual en este tipo de acuerdos.
En el inciso segundo se establece que estas disposiciones no se aplicarán a los miembros del personal que sean nacionales del Estado anfitrión.
Además, debo hacer mención del artículo 11, que para el cumplimiento de los fines estatuye que todo el personal integrante de este centro gozará de la exención de derechos de aduana.
En todo caso, lo importante es señalar que en Chile ya se ha iniciado la construcción de este centro cultural francés y esperamos que, especialmente los miembros del Comité Binacional Parlamentario Chileno-Francés, se preocupen de que tenga vida suficiente para promover -como dije en un comienzo- el mayor intercambio cultural y de todo orden entre los pueblos de Chile y Francia, que tan ligados están por la historia.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Caminondo.
El señor CAMINONDO.-
Señor Presidente, Renovación Nacional estima beneficioso para el país fortalecer e incrementar los vínculos culturales, sociales y económicos con otros Estados, en especial con aquellos -como Francia- con los que tenemos ancestros culturales comunes. Históricamente, la República francesa ha tenido destacada presencia internacional en las diversas manifestaciones del arte y de la cultura, por lo que un adecuado proceso de integración podría, sin lugar a dudas, contribuir a engrandecer nuestro acervo cultural.
Este Acuerdo constituye eficaz medio para propiciar un mayor intercambio cultural y mejor difusión de las creaciones en ambos países.
Por las razones expuestas, Renovación Nacional votará favorablemente este proyecto.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aprobado el Convenio.
Despachado el proyecto de acuerdo.
"
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