REPÚBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS 323a. LEGISLATURA (EXTRAORDINARIA) Sesión 65°., en martes 14 de abril de 1992. (Ordinaria, de 11:00 a 17:50 horas) Presidencia de los señores Viera-Gallo Quesney, don José Antonio; Cerda García, don Eduardo; y Coloma Correa, don Juan Antonio. Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario, el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso. INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- ASISTENCIA III.- TEXTO DEL DEBATE IV.- SUMARIO DE DOCUMENTOS V.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA I.- SUMARIO DEL DEBATE. 1.- Acuerdos de los Comités 6 2.- Prórroga de plazo a Comisión para informar 6 3.- Autorización a Comisiones para sesionar simultáneamente con la Sala 7 ORDEN DEL DIA. 4.- Normativa sobre Gobierno y Administración Regional. Primer trámite constitucional 7 5.- Incorporación de documento en la Cuenta 85 II.- ASISTENCIA. Asistieron los siguientes señores Diputados: (108) --Acuña Cisternas, Mario --Aguiló Meló, Sergio --Alamos Vásquez, Hugo --Alessandri Balmaceda, Gustavo --Alvarez-Salamanca Buchi, Pedro --Arancibia Calderón, Armando --Araya, Nicanor de la Cruz --Aylwin Azocar, Andrés --Bartolucci Johnston, Francisco --Bayo Veloso, Francisco --Bombal Otaegui, Carlos --Bosselin Correa, Hernán --Caminondo Sáez, Carlos --Campos Quiroga, Jaime --Cantero Ojeda, Carlos --Caraball Martínez, Eliana --Cardemil Alfaro, Gustavo --Carrasco Muñoz, Baldemar --Cerda García, Eduardo --Coloma Correa, Juan Antonio --Concha Urbina, Juan --Cornejo González, Aldo --Correa De la Cerda, Sergio --Cristi Marfil, María Angélica --Chadwick Piñera, Andrés --Devaud Ojeda, Mario --Elgueta Barrientos, Sergio --Elizalde Hevia, Ramón --Escalona Medina, Camilo --Espina Otero, Alberto --Estévez Valencia, Jaime --Fantuzzi Hernández, Angel --Faulbaum Mayorga, Dionisio --Gajardo Chacón, Rubén --Galilea Vidaurre, José Antonio --Hamuy Berr, Mario --Horvath Kiss, Antonio --Hurtado Ruiz-Tagle, José María --Jara Catalán, Sergio --Jara Wolff, Octavio --Jeame Barrueto, Víctor --Kuschel Silva, Carlos Ignacio --Kuzmicic Calderón, Vladislav --Latorre Carmona, Juan Carlos --Leay Morán, Cristian --Leblanc Valenzuela, Luis --Letelier Morel, Juan Pablo --Longton Guerrero, Arturo --Maluenda Campos, María --Martínez Ocamica, Gutenberg --Martínez Sepúlveda, Juan --Masferrer Pellizzari, Juan --Matta Aragay, Manuel Antonio --Matthey Fomet, Evelyn --Mekis Martínez, Federico --Melero Abaroa, Patricio --Molina Valdivieso, Jorge --Montes Cisternas, Carlos --Morales Adriasola, Jorge --Munizaga Rodríguez, Eugenio --Muñoz Barra, Roberto --Navarrete Carvacho, Luis --Ojeda Uribe, Sergio --Olivares Solís, Héctor --Orpis Bouchón, Jaime --Ortega Riquelme, Eugenio --Ortiz Novoa, José Miguel -- Palestro Rojas, Mario --Palma Irarrázaval, Andrés --Palma Irarrázaval, Joaquín --Peña Meza, José --Pérez Opazo, Ramón --Pérez Varela, Víctor --Pizarro Mackay, Sergio --Pizarro Soto, Jorge --Prochelle Aguilar, Marina --Prokurica Prokurica, Baldo --Ramírez Vergara, Gustavo --Recondo Lavanderas, Carlos --Reyes Alvarado, Víctor --Ribera Neumann, Teodoro --Ringeling Hunger, Federico --Rocha Manrique, Jaime --Rodríguez Cataldo, Claudio --Rodríguez Del Rio, Alfonso --Rodríguez Guerrero, Hugo --Rojo Avendaño, Hernán --Rojos Astorga, Julio --Sabag Castillo, Hosain --Salas De la Fuente, Edmundo --Schaulsohn Brodsky, Jorge --Seguel Molina, Rodolfo --Smok Ubeda, Carlos --Sota Barros, Vicente --Soto Morales, Akin --Sotomayor Mardones, Andrés --Taladriz García, Enrique --Tohá González, Isidoro --Ulloa Aguillón, Jorge --Urrutia Avila, Raúl --Valcarce Medina, Carlos --Valenzuela Herrera, Felipe --Velasco De la Cerda, Sergio --Viera-Gallo Quesney, José Antonio --Vilches Guzmán, Carlos --Vilicic Kamincic, Milenko --Villouta Concha, Edmundo --Yunge Bustamante, Guillermo Con permiso constitucional, estuvo ausente la Diputada señora Laura Rodríguez Riccomini. Asistieron, además, el señor Ministro del Interior, don Enrique Krauss Rusque; el señor Ministro Secretario General de Gobierno, don Enrique Correa Ríos, y el señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, don Gonzalo Martner. III.- TEXTO DEL DEBATE. Se abrió la sesión a las 11 horas. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. El acta de la sesión 64°. queda a disposición de los señores Diputados. El acta de la sesión 63a. se declara aprobada por no haber sido objeto de observaciones. Se dará lectura a la Cuenta. El señor ZUÑIGA (Prosecretario) da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría. El señor CERDA (Vicepresidente).- Terminada la Cuenta. 1.- ACUERDOS DE LOS COMITES. El señor CERDA (Vicepresidente).- El señor Secretario dará lectura a los acuerdos que adoptaron los Comités parlamentarios en reunión celebrada el jueves pasado. El señor LOYOLA (Secretario).- Reunidos los Comités parlamentarios bajo la presidencia del señor Cerda, y con asistencia de representantes de la totalidad de ellos, adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: "1.- Someter al siguiente procedimiento el despacho en general del proyecto de ley sobre Gobierno y Administración Regional, que se realizará en la sesión ordinaria del martes 14 de los corrientes: "a) Otorgar un tiempo base de 20 minutos a cada Comité parlamentario y uno adicional de 180 minutos, que se distribuirán proporcionalmente entre los distintos Comités; "b) Votar en general no antes de las 18 horas; "c) Suprimir Incidentes, y "2.- Dedicar íntegramente al trabajo de la Sala el día martes 14 del presente, y al de las Comisiones el jueves 16 del actual. El señor CERDA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se ratificarán estos acuerdos. Acordado. 2.- PRORROGA DE PLAZO A COMISION PARA INFORMAR. El señor CERDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Latorre. El señor LATORRE.- Señor Presidente, para cumplir con el plazo respecto de uno de los proyectos de ley que está en tramitación en la Cámara, debía sesionar ayer la Comisión de Economía, pero no hubo quorum. Por lo tanto, habría que solicitar el acuerdo de la Sala para ampliar el plazo que se otorgó a dicha Comisión, pues, de lo contrario el único informe que tendría ese proyecto de ley, en este segundo trámite, sería el de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. En todo caso, hago presente que esa situación de eventual falta de quorum en la referida Comisión la anunciamos con la debida antelación. El señor CERDA (Vicepresidente).- ¿Qué plazo necesita, señor Diputado? El señor LATORRE.- Uno razonable, señor Presidente. El señor CERDA (Vicepresidente).- Se le podría dar plazo hasta el próximo jueves, inclusive, porque ese día se dedicará exclusivamente para realizar reuniones de Comisiones. Si le parece a la Sala, se acordará prorrogar el plazo a la Comisión de Economía hasta el próximo jueves, inclusive, con el objeto de que pueda evacuar su informe. Acordado. 3.- AUTORIZACION A COMISIONES PARA SESIONAR SIMULTANEAMENTE CON LA SALA. El señor CERDA (Vicepresidente).- La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia solicita autorización para sesionar simultáneamente con la Sala hasta las 17:30 horas de hoy, con el objeto de ocuparse del proyecto de ley que crea la Subsecretaría de Seguridad Pública e Información, para dar cumplimiento al crono- grama acordado por la Cámara de Diputados. Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. Asimismo, la Comisión Especial para el estudio de la legislación indígena ha convocado para el día de hoy a una audiencia pública. Para tal efecto, han viajado hasta Valparaíso, desde Temuco, Osorno y el norte del país, delegaciones de organizaciones indígenas, las cuales se encuentran en el recinto del Congreso. Por ese motivo, la Comisión solicita el asentimiento de la Cámara para sesionar simultáneamente con la Corporación en el día de hoy, de 15 a 19 horas. Si le parece a la Sala, se concederá esa autorización, en el entendido de que la Comisión suspenderá la sesión cuando corresponda efectuar la votación general de este proyecto por la Cámara. Acordado. ORDEN DEL DIA 4.- NORMATIVA SOBRE GOBIERNO Y ADMINISTRACION REGIONAL. Primer trámite constitucional. El señor CERDA (Vicepresidente).- Entrando en el Orden del Día, corresponde ocuparse, hasta su total despacho en general, del proyecto de ley sobre Gobierno y Administración Regional. El texto del proyecto está impreso en el boletín NB 589-06 y figura en el número 14 de los documentos de la Cuenta de la presente sesión. El señor CERDA (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para que puedan ingresar los Subsecretarios del Interior, y de Desarrollo Regional y Administrativo, con el objeto de que asesoren al señor Ministro. Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. Tiene la palabra el señor Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, don Sergio Aguiló. El señor AGUILO.- Señor Presidente, en representación de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social informo el proyecto de ley sobre Gobierno y Administración Regional, originado en un mensaje del Presidente de la República, don Patricio Aylwin. En el estudio de este proyecto, vuestra Comisión contó con la colaboración permanente de diversas autoridades de Gobierno, especialmente de don Álvaro García, Ministro Subrogante del Ministerio de Planificación y Cooperación; don Gonzalo Martner, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo; de los señores Francisco Fernández, Luis Jara y Rodrigo Pineda, asesores del Ministerio del Interior, y don José Espinoza, asesor del Ministerio de Hacienda. Asimismo, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 212 del Reglamento de la Cámara, la Comisión escuchó el parecer de destacadas personalidades del quehacer nacional, expertos en la materia a que se refiere el proyecto de ley objeto de este informe. En representación del Instituto Libertad, se escuchó a la señora Erna Budinich; los señores José María Saavedra y Antonio Sancho expusieron en representación del Instituto Libertad y Desarrollo; también se escuchó a don Juan Cavada, Jefe del Departamento de Política Regional del Mideplan, y a don Eduardo Docken- dorff, del Centro de Estudios para el Desarrollo. Por otra parte, la Comisión, en sus giras realizadas a diversas zonas del país, escuchó a autoridades regionales, provinciales y municipales, como, asimismo, a representantes de las organizaciones vecinales, laborales y empresariales, a fin de recoger de manera directa las inquietudes y propuestas de la ciudadanía sobre esta importante materia. Señor Presidente, paso a reseñar sintéticamente las ideas matrices del mensaje del Presidente. Al proponer este proyecto de ley al Congreso, así como la reforma constitucional al Capítulo XIII, ya aprobado por este Congreso, que dan sustento al proyecto que hoy informamos, el Presidente de la República señala que ha buscado afianzar un activo, progresivo y eficaz proceso de descentralización en el país, expresando su convicción de que dicho proceso podría ser uno de los principales desafíos de la nación, de cara al siglo XXI. A juicio del Gobierno, tal proceso de des-centralización resulta fundamental en la actual etapa que vive el país, considerando los requerimientos propios del sistema democrático, las demandas que plantea la expansión económica en variadas zonas del territorio, las exigencias que se derivan de la modernización de la administración pública y los anhelos legítimos de las comunidades locales y regionales. Se trata, por tanto, de una iniciativa que, en concordancia con la referida reforma constitucional, innova profundamente en la estructura político-administrativa del Estado chileno, abriendo un amplio camino para la descentralización efectiva del país, camino por el cual, a juicio del Ejecutivo, debemos transitar de modo prudente, pero decidido, haciéndolo en concordancia permanente con nuestra tradición institucional de estado unitario. En este enfoque de avances progresivos y graduales en la senda de la descentralización, el proyecto contempla la creación de los gobiernos regionales como personas jurídicas de derecho público y dotadas de patrimonio propio, a los cuales les otorga importantes funciones y atribuciones y les asigna los recursos para ejecutarlas. Sobre la base de la instauración de estos gobiernos regionales, se procura, por una parte, avanzar en el logro de una mayor participación ciudadana, como elemento consustancial a una descentralización democrática, y, por otra, se busca racionalizar el desempeño de la administración, al entregar la toma de decisiones sobre los asuntos regionales en una instancia inmediata al escenario en que estos problemas se plantean. Estructura y disposiciones fundamentales de la ley en discusión. Sobre la base de las ideas comentadas, el proyecto en discusión se estructura en tres títulos, los que, a su vez, contienen 96 artículos permanentes, más siete transitorios. El Título I, que abarca los artículos 1° al 12, se refiere al gobierno de la región, y está subdividido en tres capítulos, referí- dos al intendente, al gobernador y a las disposiciones comunes a intendentes y gobernadores. Este Título establece, en lo fundamental, que el gobierno interior de cada región reside en el intendente, como representante natural e inmediato del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción. Dispone, a su vez, que en cada provincia existirá una gobernación, como órgano desconcentrado del intendente. Por último, establece disposiciones comunes a intendentes y gobernadores, vinculadas a los requisitos para su designación, a las causales de cesación en sus cargos y a la sede desde donde ejercerán sus funciones. El Título II, que se refiere a la administración de la región, está subdividido, a su vez, en siete capítulos, los que a continuación se reseñan. El capítulo I del Título Segundo, que abarca los artículos 13, 14 y 15, contiene disposiciones referidas a la naturaleza y objetivos del gobierno regional en vigor. Establece que la administración superior de cada región estará radicada en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de ella. Del mismo modo, define estos gobiernos regionales como personas jurídicas de derecho público, dotadas de patrimonio propio e investidas de las funciones y atribuciones que esta ley les confiere. Señala que para el cumplimiento de sus objetivos, el gobierno regional promoverá preferentemente acciones de ordenamiento territorial, de fomento de actividades productivas y de desarrollo cultural y social de la región. El capítulo II del mismo Título Segundo, que incluye los artículos 16 al 20, establece las funciones y atribuciones del gobierno regional. A su vez, hace el distingo entre las funciones de carácter general y aquellas específicas vinculadas a los tres tipos de acciones reseñados precedentemente. Entre las primeras, cabe destacar la aprobación de las políticas, planes y programas de desarrollo de la región y su proyecto de presupuesto, y la de resolver la inversión de los recursos correspondientes al Fondo Nacional de Desarrollo Regional, como asimismo decidir la destinación específica de los programas de inversión sectorial de asignación regional. Entre las atribuciones que el proyecto le asigna al gobierno regional, cabe hacer especial mención a la de convenir, con los ministerios e instituciones de la administración pública, programas anuales o plurianuales de inversión con impacto regional, como asimismo la de asociarse con personas naturales o jurídicas, con el fin de propiciar actividades que contribuyan al desarrollo regional. El capítulo III, que contiene los artículos 21 al 55, se refiere a los órganos del gobierno regional. Establece que estará constituido por el intendente y el consejo regional. Este capítulo se desagrega en cuatro párrafos: El primero, que comprende los artículos 22 al 25, legisla sobre el intendente. Dispone que éste, sin perjuicio de lo ya indicado en el Título Primero, será el órgano ejecutivo del gobierno regional y presidirá el consejo regional. Del mismo modo, consigna, un conjunto amplio de atribuciones del intendente, entre las cuales pueden destacarse: formular las políticas de desarrollo de la región y dirigir su ejecución; someter al consejo regional los planes y estrategias regionales de desarrollo y el proyecto de presupuesto del gobierno regional; proponer al consejo la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, de las inversiones sectoriales de asignación regional, la celebración de los convenios de programación con los ministerios respectivos. El párrafo 2° que abarca los artículos 26 al 40, legisla sobre el consejo regional. Indica que éste tendrá por finalidad hacer efectiva la participación de la comunidad regional y estará investido de facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras. Estará integrado, además del intendente, por consejeros que serán elegidos por los concejales de cada provincia, constituidos al efecto en el colegio electoral. Entre las funciones del consejo regional destacan las de aprobar el plan de desarrollo de la región y el proyecto de presupuesto del gobierno regional, como asimismo la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de los programas de inversión sectorial de asignación regional. El párrafo 32 que comprende los artículos 41 y 42, legisla sobre el gobernador. Dicho funcionario tendrá a su cargo la administración superior de la respectiva provincia y presidirá el consejo económico y social provincial. Además de las atribuciones que puede delegarle directamente el intendente, se dispone que el gobernador ejerza, entre otras, la de conocer y supervisar los programas y proyectos de desarrollo que el sector público efectúe en la provincia; la de proponer al intendente proyectos específicos de desarrollo en su misma provincia, como también la de asesorar a las municipalidades de su jurisdicción, en la elaboración de programas y proyectos cuando éstas lo soliciten. El Párrafo 4° de este Capítulo III, que incluye los artículos 43 al 55, legisla sobre el consejo económico y social provincial. Establece su carácter consultivo y de participación de la comunidad provincial socialmente organizada. Estará integrado, además del gobernador, por 24 representantes elegidos: cuatro por las uniones comunales; cuatro por las organizaciones comunitarias funcionales; ocho por las organizaciones laborales y ocho por las empresas y demás unidades productivas. Adicionalmente lo integran, por derecho propio, un miembro de cada una de las instituciones de las Fuerzas Armadas y de Carabineros que tengan asiento en la provincia, y por los rectores de las universidades que funcionen en la respectiva provincia, hasta un máximo de cuatro representantes. Entre sus más importantes atribuciones, se consignan la de ser consultado por el gobernador sobre los anteproyectos de plan regional, de desarrollo y de presupuesto del gobierno regional y la de recibir semestralmente una cuenta del gobernador sobre la marcha de la administración provincial. El Capítulo IV del Título Segundo de este proyecto, que comprende desde el artículo 56 hasta el 63, contiene disposiciones referidas a la estructura administrativa del gobierno regional y de otros órganos de la administración pública en las regiones. En este capítulo se consagra la existencia de dos unidades: una, de asistencia jurídica y, otra, de gestión y control de los recursos y programas regionales, bajo la dependencia directa del intendente. Además, se consigna que los ministerios se desconcentran territorialmente mediante secretarías regionales ministeriales; que los secretarios regionales ministeriales serán nombrados por el Presi-dente de la República a partir de temas propuestas por el intendente y por el ministro del ramo. Su condición será la de representante del ministro respectivo en la región, no obstante ser un colaborador, del intendente en lo que se refiere a la elaboración, ejecución y coordinación de políticas, planes y proyectos del gobierno regional. Por último, en este capítulo se expresa que todos los organismos que integran la administración del Estado, con excepción de las instituciones constitucionalmente autónomas, estarán sujetos a la coordinación, supervigilancia y fiscalización del intendente, a través del respectivo Seremi. El Capítulo V del Título Segundo, conformado por los artículos 64 al 66, se refiere a las asociaciones regionales y dispone que los gobiernos regionales podrán asociarse con personas naturales o jurídicas para el efecto de propiciar iniciativas sin fines de lucro que contribuyan al desarrollo regional. Estas asociaciones se regirán por la legislación común y no podrán contratar empréstitos. El Capítulo VI del Título Segundo, que incluye los artículos 67 al 76, se refiere al patrimonio y sistema presupuestario regionales. En él se enumeran los recursos que componen el patrimonio del gobierno regional y se establece que el presupuesto del gobierno regional constituirá anualmente la expresión financiera de los planes y programas de la región, ajustados al Presupuesto de la Nación. Además, define el Fondo Nacional de Desarrollo Regional como un programa de inversiones públicas destinadas al financiamiento de la infraestructura social y económica de la región, el que se constituirá por una proporción de la inversión pública establecida anualmente en la Ley de Presupuestos. Adicionalmente, se establecen los criterios y variables que se considerarán para la distribución del 90 por ciento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional entre las regiones del país, como asimismo la destinación del 10 por ciento restante. Por último, de acuerdo con el artículo 104 de la Constitución Política, se definen las inversiones sectoriales de asignación regional, incluidas sus formas de operación, como asimismo los convenios de programación, en tanto acuerdos entre uno o más gobiernos regionales con uno o más ministerios. El Capítulo VII de este Título Segundo, que comprende desde los artículos 77 hasta el 93, se refiere a la elección del consejo regional. Se reitera que para la elección de los consejeros regionales, se constituirá un colegio electoral en cada provincia, integrado por los concejales respectivos. Se establecen disposiciones que regulan la presentación de las candidaturas, la realización del acto electoral, la declaración de los candidatos electos, y las reclamaciones del acto electoral. El Título Final, que abarca los artículos 94, 95 y 96, establece que las relaciones de los gobiernos regionales con el gobierno central se realizarán a través del Ministerio del Interior. Para los efectos de lo consignado en el artículo 103 de la Constitución, en el sentido de descentralizar la administración del Estado y transferir nuevas competencias a los gobiernos regionales, dispone que el gobierno regional celebrará convenios con el órgano respectivo, los que deberán ser suscritos también por el Ministerio del Interior. Las siete disposiciones transitorias se refieren, en lo fundamental, a que en los presupuestos de 1993 y 1994 debe consignarse que el crecimiento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional deberá ser igual o superior al 25 por ciento del crecimiento promedio de la inversión pública respectiva, excluida la inversión sectorial de asignación regional. Igualmente, se consigna que como parte de la inversión sectorial de asignación regional en esos mismos presupuestos deben considerarse, al menos, los ítems de pavimentación urbana, conservación y mejoramiento de caminos secundarios y mejoramiento urbano. Finalmente, se faculta al Presidente de la República para que en el plazo de un año establezca, mediante decreto, la organización interna de los gobiernos regionales y fije sus plantas. En la discusión general, la Comisión compartió plenamente los puntos de vista sustentados por el Ejecutivo al fundamentar la iniciativa en informe, y procedió a prestar su aprobación unánime a la idea de legislar. En el análisis particular, la Comisión adoptó los siguientes acuerdos, respecto del articulado: En cuanto a las disposiciones aprobadas, 61 artículos permanentes fueron aprobados exactamente como venían en el proyecto original del Ejecutivo. No los enumero porque están a disposición de los Honorables colegas. Respecto de las principales modificaciones introducidas por la Comisión, estimo necesario consignar que, dada la naturaleza de los asuntos abordados por el proyecto y de conformidad con el artículo 62 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República la iniciativa exclusiva en muchos de sus aspectos. Por lo mismo, los integrantes de la Comisión vieron limitadas las posibilidades de introducir reformas significativas al texto del mensaje presidencial. Vinculado a lo anterior, respecto de ciertas normas del proyecto, la Comisión adoptó el acuerdo de revisarlas exhaustivamente en el trámite del segundo informe, en atención a que el Ejecutivo ha manifestado su voluntad de adecuar el texto a las observaciones que se presentaron en un primer análisis, pero que constitucionalmente no eran de iniciativa parlamentaria. Formuladas las anteriores consideraciones, procedo a consignar muy brevemente las principales enmiendas introducidas al proyecto en informe: Artículo 1° Se modifica su inciso segundo a fin de establecer que el intendente será subrogado por el gobernador de la provincia asiento de capital regional, y de mantener la facultad del Primer Mandatario para designar a otra persona de su confianza. Artículo 7°. Se cambia su letra b), que indica la edad mínima con que se debe contar para ser intendente, al señalar como requisito la mayoría de edad, sin especificar la edad cronológica, dados los posibles cambios legislativos en esta materia en el futuro próximo. Artículo 15. La modificación introducida en esta norma, que determina la sede de los gobiernos regionales considera la posibilidad de que éstos funcionen transitoriamente en otras localidades, a fin de hacerlo coherente con lo dispuesto en el artículo 1° de este proyecto. Artículo 17. En esta disposición, referida a las funciones del gobierno regional en asuntos de ordenamiento territorial, se introducen varias modificaciones, entre las cuales es importante destacar la relativa a la letra d), que amplía al transporte internacional fronterizo las facultades que le corresponde desempeñar en esta materia. Artículo 18. Este artículo trata de las funciones que debe cumplir el gobierno regional en relación con el fomento de las actividades productivas. Se reemplazó el texto de la letra a) con la finalidad de conferir al gobierno regional un rol más activo en la formulación de las políticas de carácter nacional que incidan en el fomento productivo, en la asistencia técnica y en la capacitación laboral a aplicarse en la región. En su letra b), la modificación pone especial énfasis en la labor de cuidado de los recursos naturales con ocasión de la explotación de que fueren objeto para el fomento productivo de la región, y aclara la necesaria vinculación con el sector privado en los estamentos que correspondan, a fin de establecer prioridades de fomento productivo. En su letra c), se amplía la facultad de promoción allí establecida al área de desarrollo de la educación superior y técnica. Artículo 19. En su letra c), se agregó un nuevo aspecto a considerar en la evaluación de proyectos: el impacto ambiental de los mismos, y en su letra e), se incorpora el factor calidad de vida dentro de las áreas de estudio que habrán de realizar los gobiernos en relación a su población. Artículo 24. Se acordó que el plazo de 30 días que tendrá el consejo regional para pronunciarse sobre las materias señaladas en la letra b) y d) del artículo 23, esto es, planes y estrategias de desarrollo, y sus modificaciones, y proyecto de presupuesto regional y sus modificaciones, será computable desde que el consejo sea convocado y entregados los antecedentes correspondientes. Además, se rebajó el quorum de dos tercios del total de sus integrantes a tres quintos de esta mayoría para que el consejo regional insista, en caso de discrepancia con el intendente, en las materias antes indicadas. Artículo 29. En esta disposición, que establece los requisitos para ser elegido consejero regional, se fijó la exigencia de instrucción al hecho de sólo saber leer y escribir. Artículo 46. A esta norma, que trata de las atribuciones del consejo económico social provincial, se le agregó una letra f), que establece la facultad de requerir de las autoridades regionales, provinciales y municipales, los antecedentes relativos a proyectos y programas a llevarse a cabo dentro de la provincia. Artículo 60. En este precepto, que establece las funciones que les corresponderá desarrollar a las secretarías regionales ministeriales, se sustituye el texto de su letra f), con el objeto de entregar a éstas no sólo la fiscalización de los correspondientes organismos de la Administración del Estado comprendidos dentro de su quehacer ministerial, sino, además, las de coordinarlos y supervigilarlos. Disposiciones transitorias. Se agrega una séptima, que restringe de seis meses a veinte días el plazo de que dispone el director regional del Servicio Electoral -en la primera elección de los consejos regionales- para determinar el número de consejeros que corresponda elegir a cada provincia en proporción a su población. Por otra parte, nuestra Comisión estimó que debían ser conocidos por la Comisión de Hacienda los artículos 37, 67 al 76 y las disposiciones transitorias primera, segunda, tercera, cuarta y sexta. Respecto de los artículos calificados como normas de carácter orgánico constitucional o que requieren de quorum calificado para su aprobación, la Comisión determinó, por mayoría de votos, que tienen ese carácter las disposiciones de los párrafos 2° y 4° del Capítulo III, los Capítulos IV y VII del Título II y, por último, el artículo 96 del Título Final. En virtud de todas las consideraciones que surgen de las ideas matrices del proyecto, como también de los contenidos y principales disposiciones del mismo, y en atención a que nuestra Comisión consideró a esta iniciativa, unánimemente, una de las más trascendentes de ser analizadas por este Honorable Congreso durante la transición a la democracia en que estamos empeñados, recomiendo a esta Honorable Cámara la aprobación -ojalá unánime- del proyecto en discusión. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Corresponde oír el informe de la Comisión de Hacienda. Tiene la palabra el Diputado señor Andrés Palma. El señor PALMA (don Andrés).- Señor Presidente, la Comisión de Hacienda trató las materias contenidas en el informe de la Comisión de Gobierno Interior, Re- gionalización, Planificación y Desarrollo Social. Para ello, aparte de la participación de sus miembros, contó con la colaboración de don Gonzalo Martner, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, y de los asesores del Ministerio del Interior y de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, señores Rodrigo Pineda y José Espinoza, respectivamente. Además de los artículos señalados por el Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, la Comisión de Hacienda tomó conocimiento del artículo 24, de las letras e), f), g) e i) del artículo 34 y de los artículos 64, 65 y 66 del proyecto, que incidían en materias de administración financiera del Estado. La Comisión determinó que este proyecto no significa un mayor gasto fiscal en ninguno de sus aspectos. Las dietas de los miembros de los consejos regionales serán al presupuesto de los consejos de desarrollo regional. La elección de los consejeros regionales no representa un mayor gasto, por cuanto el universo de los electores es reducido y, por lo tanto, los presupuestos de administración interior del Estado contienen ítems suficientes para financiar estas elecciones, sin necesidad de mayores aportes. Asimismo, los incrementos de recursos para el Fondo de Desarrollo Regional y la inversión sectorial de asignación regional se vinculan a las leyes de presupuestos. Estos ya están considerados en el Presupuesto de 1992 y corresponderá a esta misma corporación supervigilar que se incluyan en los presupuestos de los años 1993 y 1994, para respetar los compromisos políticos asumidos por el Gobierno y el Congreso. Por último, en lo que se refiere a las plantas de los gobiernos regionales, éstas se conformarán por personal en actual servicio, que será traspasado desde niveles de la administración central a los de los gobiernos regionales y, por lo tanto, no constituyen una mayor contratación. En este mismo proyecto de ley se fija el procedimiento para suprimir, en las plantas centrales correspondientes, los cargos que se creen en los gobiernos regionales. En consecuencia, esta iniciativa no significa mayor gasto para el Estado. Hay modificación en determinados niveles de administración de los recursos. Por ejemplo, en cuanto a los lugares en los cuales se toman las decisiones. Esto está establecido en los artículos que fueron conocidos por la Comisión de Hacienda y que, en general, fueron aprobados en su totalidad, la mayoría por unanimidad. Debo dejar constancia de que la Comisión declaró inadmisibles varias indicaciones, fundamentalmente porque abordaban materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, de acuerdo con la Ley de Administración Financiera del Estado. No obstante, se introdujeron modificaciones relativamente importantes en materia de aprobación de los presupuestos regionales, aunque en el seno de la Comisión quedó claro que los presupuestos regionales constituyen parte del Presupuesto de la Nación y, por lo tanto, se aprueban conjuntamente en la Ley de Presupuestos. Sin embargo, era necesario aclarar qué ocurría si los consejos regionales rechazaban de plano la proposición de los intendentes. En ese sentido se aprobó una indicación para modificar las atribuciones de los consejos regionales, con el fin de establecer que sólo puedan aprobar o modificar los planes presentados por los intendentes respecto de las inversiones regionales, pero no rechazarlos. Asimismo, se introdujeron algunas modificaciones en el artículo 37 -más bien de redacción- y en el artículo 71, con el objeto de precisar que se considere al menos los indicadores ahí señalados, de modo que la enumeración deja de ser por vía ejemplar. La indicación formulada por varios señores Diputados, de distintas bancadas, tenía por objeto determinar los criterios de asignación del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. Es importante señalar que fue extensa la discusión en la Comisión de Hacienda sobre los alcances y contenidos exactos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, por cuanto hay distintas opiniones de los parlamentarios en lo relativo a las atribuciones que debe otorgar este artículo. Así, aun cuando hubo consenso sobre la necesidad de perfeccionar la disposición y conferir más facultades a las regiones, se estimó que dicha modificación debía ser producto de una iniciativa del Ejecutivo, por afectar a la administración financiera del Estado en sus normas orgánicas globales. Por último, deseo expresar que las disposiciones transitorias que establecen, justamente, como lo mencionaba hace un momento, aquellos elementos de los acuerdos políticos que permitieron un consenso en tomo de esta iniciativa de gobiernos regionales, en términos de incrementar los aportes al Fondo de Desarrollo Regional y a las inversiones sectoriales de asignación regional para los años 1993 y 1994, contenidos en los artículos transitorios, fueron aprobadas por la unanimidad de la Comisión, lo que debe destacarse, por cuanto no es sólo una norma legal, sino un compromiso que debe respetarse e implementarse en el momento en que se aprueben las leyes de presupuestos para esos dos años. Es cuanto puedo informar, señor Presidente. El señor COLOMA (Vicepresidente).- En discusión general el proyecto. Tiene la palabra el señor Ministro del Interior. El señor KRAUSS (Ministro del Interior).- Señor Presidente, Honorable, Cámara, el proyecto sometido a discusión general corresponde a una etapa más en la implementación de los acuerdos políticos logrados, en agosto de 1991, entre los distintos sectores representados en el Parlamento. Esta iniciativa sobre gobierno y administración regional viene a completar el esfuerzo que el Gobierno del Presidente Aylwin, con la activa participación y respaldo efectivo de las distintas fuerzas democráticas representadas en el Parlamento han llevado adelante, dando un impulso a la descentralización del país en el marco de un Estado unitario, cuya institucionalidad se democratiza y transforma para ponerse a tono con las exigencias de una sociedad moderna. El proyecto en discusión se inspira en el propósito de dar un paso sustantivo hacia la distribución más equitativa de los recursos y oportunidades de progreso entre las diversas regiones del país. Para ello, resulta primordial proveerlas de los instrumentos jurídicos, administrativos y financieros que les permitan asumir crecientemente las responsabilidades de decisión en el ámbito del desarrollo social, económico, y cultural. Ello se concibe, por cierto, sin desmedro de la mantención de la estructura propia de un Estado unitario, en el que son los mismos para todo el país los órganos investidos de las potestades propias del poder público, la Constitución y las leyes que regulan la convivencia social de todos los chilenos. De allí que, dentro de las distintas opciones que ofrecen las experiencias históricas de regionalización en otros países, el Ejecutivo optó por una fórmula ciertamente original, la que más se concilia con nuestras tradiciones e idiosincrasia y la que, de mejor modo, asegura resultados exitosos de este primer avance sustantivo, pero al mismo tiempo prudente, que nuestra sociedad emprende en la dirección de distribuir el ejercicio de las funciones y atribuciones públicas de índole administrativa, ya no sólo, como ha ocurrido prácticamente en toda nuestra historia republicana, entre el Gobierno nacional, sino que las traslada a las administraciones locales o municipales, y ahora incorpora una nueva y potencialmente fecunda dimensión, cual es el ámbito regional. Nunca será demasiado llamar la atención sobre un aspecto que resulta consustancial a la reforma institucional, de la que este proyecto es derivación, como es su carácter progresivo, gradual y selectivo. Cada una de las transformaciones que ahora se plantean -y las que se sugieran en el futuro, como elementos complementarios o de ampliación de este proceso- deben ser vistas como fases de un proceso cuya evolución ulterior nadie puede predeterminar, toda vez que cada etapa está íntimamente vinculada al balance que se formule del anterior y en el que el comportamiento objetivo de los esquemas de descentralización tendrán que ser el antecedente determinante para que el legislador revise, corrija o profundice, pues el compromiso político de todas las fuerzas que concurren a desarrollar este proceso se sustenta sobre la idea de dar pasos seguros que no pongan en riesgo nuestra cohesión nacional y que vayan permitiendo, sin embargo, transferir gradualmente competencias a las nuevas instancias de administración descentralizada en el territorio. El proyecto parte de una realidad institucional regional, y desde allí busca, como punto de partida, introducir modificaciones importantes. Incluso, es bueno rescatar que en los dos años de administración del Gobierno del Presidente Aylwin se han afianzado los instrumentos de inversión disponibles, como es el caso del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, el cual muestra rendimientos verdaderamente inéditos en relación con las etapas anteriores. También hemos abordado un programa de capacitación y adiestramiento de profesionales y técnicos en cada una de las trece regiones del país, en actividades desarrolladas por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, con la decisiva contribución del Instituto Latinoamericano de Planificación Económica y Social de la Cepal. Gracias a ello, los profesionales que se han beneficiado con estos programas han superado el millar. Ellos se encuentran capacitados para ir asumiendo las responsabilidades que la actual y futura legislación le entreguen como elementos dinámicos de este proceso de desconcentración y descentralización. La descentralización y modernización del Estado chileno, a nuestro juicio, abre un ancho campo de oportunidades para todas las regiones del país, por lo que cuenta con el más decidido respaldo por parte del Gobierno del Presidente Aylwin. Sin embargo, este proceso no sólo lo concebimos de manera gradual, o dosificado por etapas, sino también de naturaleza selectiva, toda vez que debe tener en cuenta las distintas potencialidades objetivas que hoy día existen en las diversas regiones del país, las cuales constituyen un factor determinante en la mayor o menor capacidad de asunción autónoma de nuevas responsabilidades y desafíos. De allí que la iniciativa, haciéndose eco del mandato impuesto por el constituyente al legislador, confiere la responsabilidad de determinar la forma en que se descentralizará la administración del Estado. En ese aspecto, consagra una fórmula flexible y original en nuestro derecho positivo, según la cual cada uno de los gobiernos regionales que por esta ley se instituyan, podrán plantear al gobierno nacional su interés en recibir la asignación de determinadas funciones centralizadas o desconcentradas en la actualidad, a las que podrá acceder por la vía de la ley, e incluso de un convenio entre ambas instancias de administración, cuando estudios y evaluaciones confiables demuestren que existen condiciones favorables para que ese traspaso opere. Quiero reiterar el compromiso del Gobierno del Presidente Aylwin de no agotar los esfuerzos por descentralizar el país a través de esta iniciativa. Este proceso avanzará sustantivamente durante su administración, mediante el envío a tramitación ante el Congreso Nacional de uno o más proyectos de ley que, fundados en los estudios y antecedentes correspondientes, abordarán, de manera sistemática y responsable, el traspaso de funciones y atribuciones de la administración pública nacional a los gobiernos regionales que se regulan en el proyecto que hoy día debate esta Honorable Cámara. Comprometo, formal y solemnemente, la palabra del Gobierno del Presidente Aylwin en esta materia. Ante esta Honorable Cámara y el país, informo que durante su mandato se enviarán una o más iniciativas tendientes a alcanzar ese objetivo, por corresponder a una aspiración compartida por los habitantes de las distintas regiones y los parlamentarios de Gobierno y de Oposición, quienes lo materializaron a través de algunas indicaciones formuladas durante su primer trámite reglamentario. Ahora, el Gobierno del Presidente Aylwin recoge esa aspiración, la hace suya y adquiere, formal y solemnemente, el compromiso que señalo. Este proyecto se estructura sobre la base de la regulación de dos grandes ámbitos de actividad. Por una parte, se compendian y conforman en un solo cuerpo normativo las distintas funciones y atribuciones que corresponden al gobierno interior del país, en cada una de sus regiones. En esta materia se desarrolla el enunciado constitucional, en cuanto a que el gobierno de cada región reside en un intendente, quien es el representante natural e inmediato del Presidente de la República en dicho espacio jurisdiccional. Después, siempre en este carácter, viene un órgano desconcentrado del Gobierno nacional en la región, y las funciones que en tal calidad le competen apuntan a la preservación del orden público y a la seguridad interior de la República, cuyo titular supremo es el propio Jefe del Estado. Se regulan también la organización, funciones, atribuciones, patrimonio y estructura administrativa de los gobiernos regionales, nuevos entes jurídicos de derecho público dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio y que, no obstante su denominación, no cumplen propiamente funciones de gobierno en el sentido de orden público y seguridad, sino de administración superior de la región, entendida ella como el conjunto de programas, acciones, obras y servicios destinados a promover el desarrollo económico, social y cultural de cada región. El elemento peculiar del sistema de regionalización que la reciente reforma constitucional consagró en las modificaciones introducidas al capítulo XIII de la Carta Fundamental lo constituye la naturaleza del órgano administrativo denominado "intendente" que, junto con ser el órgano desconcentrado del gobierno interior en la región, es simultáneamente el órgano ejecutivo del gobierno regional y, como tal, preside su consejo. Estamos conscientes de que no se trata propiamente de una fórmula ortodoxa o clásica si se la compara con la experiencia internacional en la materia, como asimismo estamos contestes en que habría sido quizás conceptualmente más fácil radicar en entes o cabezas distintas uno y otro tipo de funciones, pero atendida las particularidades propias de un proceso des- centralizador que va -por así decirlo- del centro a la periferia, y no a la inversa, como sucedió históricamente en Europa, en que los Estados nacionales se organizaron sobre la base de agrupaciones o antiguos reinos y feudos, nos ha parecido que, al menos en esta fase que estimamos preliminar del proceso, resulta más aconsejable evitar todo riesgo de confrontación, incluso a título de disputas o competencias entre los representantes del gobierno nacional y las administraciones regionales autogeneradas. El proyecto que conoce la Honorable Cámara establece, además, las fundones y atribuciones del gobierno regional. Entre aquellas destacan: la de aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región; la de resolver la inversión de los recursos comprometidos para ésta en el marco del Fondo Nacional de Desarrollo Regional; la de decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos incluidos en los programas de inversión sectorial de asignación regional de los distintos ministerios. En lo atingente a las funciones de ordenamiento territorial, se prevé la participación del gobierno regional en coordinación con las autoridades nacionales y comunales competentes, en el diseño y ejecución de programas y proyectos de dotación de infraestructura y equipamiento en la región, así como en lo concerniente al fomento productivo, en cuya esfera se le asigna la función de desarrollar y aplicar las políticas nacionales en la materia, junto con promover la asistencia técnica y la capacitación laboral. En materia de desarrollo social y cultural, se contempla una importante intervención del gobierno regional en la aplicación de las políticas nacionales para la erradicación de la pobreza, el fomento de las expresiones culturales y la conservación y desarrollo del patrimonio histórico y natural de la región. Entre las atribuciones, que son los medios necesarios para poner en ejecución aquellas funciones, resaltan la capacidad de convenir con los ministerios e instituciones de la administración pública nacional programas anuales o plurianuales de inversión, con impacto regional; la de disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su propio presupuesto; la de formular, evaluar y priorizar programas y proyectos de infraestructura social básica y, con una importancia que no puede desconocerse, la de constituir asociaciones con personas naturales o jurídicas destinadas a propiciar actividades e iniciativas sin fines de lucro, que contribuyan al desarrollo regional. La normativa en despacho establece los órganos del gobierno regional, señalándose que éstos son, como he dicho, el intendente y el consejo regional. El intendente será el órgano ejecutivo del gobierno regional y presidirá el consejo, consignándose un conjunto extenso de atribuciones que tendrá, tales como formular las políticas de desarrollo de la región, ajustándose a las políticas y a los planes nacionales, y dirigir su ejecución; someter al Consejo Regional el proyecto de presupuesto del gobierno regional; proponer al Consejo Regional la distribución de la cuota del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, la decisión sobre las inversiones sectoriales de asignación regional, y sobre los recursos contemplados en los convenios de programación, coordinar, supervigilar y fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos creados por ley que operen en la región. Se prescribe también que la intendencia será el jefe superior de los servicios administrativos del gobierno regional. Hemos estimado pertinente señalar que el Consejo Regional tendrá por finalidad hacer efectiva la participación de la comunidad regional y que estará investido de facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras. Su integración se regula por consejeros que durarán cuatro años en sus cargos, elegidos por los concejales de cada provincia, constituidos al efecto en colegio electoral. Entre las funciones del Consejo Regional destacan la aprobación del plan de desarrollo de la región y del proyecto de presupuesto del gobierno regional, la distribución de la cuota del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que corresponda a la región y la selección y priorización de los programas de inversión de asignación regional. Se mantiene la figura del gobernador, quien tendrá a su cargo la administración superior de la provincia y presidirá el Consejo Económico y Social Provincial, que se concibe como órgano consultivo y de participación de la comunidad provincial socialmente organizada, cuya integración y atribuciones también se establecen en el proyecto. El gobernador es desconcentrado del intendente, es decir, subordinado jerárquicamente a él, pero con atribuciones propias que la ley le asigna para resolver sobre ciertas materias de importancia en el ámbito provincial. Se regula la estructura administrativa del gobierno regional y de otros órganos de la administración pública en las regiones, previendo que el gobierno regional cuente con una estructura básica de directa dependencia del intendente, constituida por una unidad de apoyo jurídico y administrativo y otra de gestión de los programas y proyectos regionales, y por último, con una secretaría técnica del Consejo. Se regulan, además, las secretarías regionales ministeriales y el gabinete regional, estableciéndolas como un órgano auxiliar del intendente, y se establecen las facultades de coordinación, supervigilancia y fiscalización, según corresponda, a las entidades públicas. Se norma todo lo atinente al patrimonio y al sistema presupuestario regional. Allí se describe la composición del patrimonio del gobierno regional y su régimen de bienes, y se define al Fondo Nacional de Desarrollo Regional que se constituirá con una proporción del total de gastos de inversión pública que establezca anualmente la Ley de Presupuestos. El proyecto contiene una innovación significativa en esta materia, cual es consagrar en la norma legal los criterios básicos con que se efectuará la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional entre las regiones, en favor de las más pobres, más rurales y más apartadas. Así, este instrumento de financiamiento contribuye a retener población en zonas de emigración y a mejorar las oportunidades de acceso a las esencialidades de la población rural y alejada, que vive la situación de mayor pobreza en el país. Para 1992, el Fondo Nacional de Desarrollo tendrá un presupuesto inicial de 42.141.894.000 pesos, lo que implica un crecimiento real de un 16,7 por ciento respecto de 1991, monto que significa, además, duplicar el aumento correspondiente a la inversión pública nacional que llega a un 8 por ciento. Es decir, se han cumplido en exceso, sobradamente, los compromisos adquiridos en el acuerdo político que fundamenta, entre otras, esta iniciativa. Es necesario resaltar que cada región cuenta ya con una completa cartera de proyectos, lo que permite asegurar una asignación y ejecución presupuestaria desde la primera semana de enero de 1992. Adicionalmente, el Fondo Nacional de Desarrollo Regional se verá incrementado en las regiones que obtengan ingresos por patentes mineras, en faenas de explotación y exploración, lo que importa el concepto de retribución compensatoria hacia la región que ve mermados sus recursos naturales no renovables. Los señalados incrementos a las cuotas regionales del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, o la puesta en práctica de nuevos programas de inversión en cada región, constituyen instrumentos presupuestarios y eficaces que hacen posible un poderoso esfuerzo de inversión pública que tiene una nítida orientación regional. Los programas de inversión sectorial de asignación regional constituyen una poderosa innovación en la gestión presupuestaria de inversión pública, en la medida que permiten que un conjunto crecíente de programas de inversión en infraestructura establezcan cuotas regionales y que en cada región se definan los proyectos específicos que al efecto se apliquen. En las normas transitorias del proyecto en discusión, el Ejecutivo ha señalado su voluntad de afianzar los referidos mecanismos presupuestarios en favor de una administración y asignación de recursos de inversión en cada una de las regiones del país. Los incrementos planteados para los presupuestos de 1993 y 1994 son el testimonio de esta voluntad política inquebrantable del Gobierno. Igualmente, en el orden financiero, cabe destacar la trascendencia que están llamados a tener los convenios de programación, definidos como los acuerdos formales que se celebren entre uno o más gobiernos regionales y uno o más ministerios, y en cuya virtud se convendrán las acciones relacionadas con los proyectos de inversión que las partes acuerden realizar en un período determinado. Sobre esta materia, finalmente, cabe señalar que los buenos indicadores del rendimiento tributario en el nivel municipal muestran recursos adicionales significativos para las comunas, y los incrementos esperados en el ordenamiento establecido en la propuesta de modificación a la Ley de Rentas Municipales complementan un cuadro de recursos de inversión, compatibles con las competencias que se transfieren a los gobiernos regionales. Podemos afirmar que el proyecto que se discute responde plenamente a los lineamientos constitucionales en la materia, que han sido resumidos en los propósitos que el mensaje asigna a esta iniciativa. En primer lugar, al Ejecutivo le interesa afianzar una positiva evolución en favor de la descentralización del país, contemplando a este efecto nuevas funciones y atribuciones a cargo de los gobiernos regionales que se crean, y, además asignándoles recursos para que puedan ejercerlas. En segundo lugar, nos interesa modernizar la institucionalidad pública, adaptándola a los requerimientos del tiempo actual y del futuro. Por último, aspiramos a crear mecanismos e instrumentos de financiamiento, compatibles con el orden general de la hacienda pública, incentivadores de una acción regional que tienda a potenciarse y fortalecerse paulatinamente. Tal como en su momento adquirió relevancia política significativa la aprobación de la reforma constitucional y su ulterior complemento a nivel legal -que dentro de poco nos permitirá contar con municipios cuyas autoridades respondan a la voluntad ciudadana-, hoy no es posible menospreciar la trascendencia del desarrollo normativo que implica la adopción de esta nueva legislación en materia de gobierno y administración regional. Muchas posibilidades, pero también no menores responsabilidades, se abrirán con ello para nuestros compatriotas a lo largo y ancho de Chile, tanto en las instancias decisorias como en las resolutivas y fiscalizadoras; e incluso, las de proposición o consulta habrán de adquirir, una vez que esta iniciativa se convierta en ley y esta ley se aplique, capacidades importantes para incidir en la orientación de los esfuerzos regionales hacia el progreso y el bienestar compartidos. Nuestra aspiración no es otra que la de favorecer una mayor solidaridad e igualdad de oportunidades entre las distintas regiones del país, asegurando los mecanismos que generen satisfactorios elementos de redistribución entre todas ellas. En este tipo de normas legales, como pocas veces queda de manifiesto el doble papel que el derecho juega en las sociedades democráticas. Por una parte, es vehículo de equidad y armonía entre los individuos; y por otra, palanca inductora del progreso social, al que simplemente le sirve de surco para el depósito de la semilla, del esfuerzo de la autogestión de los grupos sociales, sin pretender -porque está más allá de la capacidad humana- predefinir las formas finales que el proceso evolutivo asumirá. Estamos satisfechos del esfuerzo realizado y de la comprensión obtenida en los distintos sectores representados en la Honorable Cámara. De este modo, alcanza consagración legal una tÁrea que el Gobierno situó entre las prioridades de su gestión al servicio de todos los chilenos. Por eso, solicito de la Honorable Cámara la aprobación de la idea de legislar en esta materia, criterio que supongo es compartido por la unanimidad de la Corporación. He dicho. El señor CERDA (Vicepresidente).- Antes de conceder la palabra a los señores Diputados, informaré del tiempo que corresponde a cada bancada, de acuerdo con los 20 minutos base y el tumo proporcional. A la Democracia Cristiana, 80 minutos; a Renovación Nacional, 71; al Partido por la Democracia, Partido Socialista y Partido Humanista, 59; a la Unión Demócrata Independiente, 41, y al Partido Radical y Social Democracia, 29, los que totalizan 280 minutos, que representan, a su vez, 4 horas y 40 minutos, más el tiempo que el señor Ministro use de la palabra. En este momento son las 12 horas 10 minutos y tenemos el acuerdo de no votar antes de las 18 horas, lo cual significa que la Cámara sesionará en forma continua hasta las 17 horas. Por lo tanto, la Mesa suspenderá oportunamente la sesión por una hora para que los señores Diputados almuercen. De esta forma, se cumplirá el programa y se votará alrededor de la hora señalada. La sesión se sus-penderá, entonces, a las 13.30 y se reanudará a las 14.30. Al mismo tiempo, se indica que en conformidad con el Reglamento, los tiempos serán usados indistintamente por las diferentes bancadas, para que haya un debate fluido sobre la materia. Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta; a continuación, los Diputados señores Muñoz Barra y Ulloa. El señor ELGUETA.- Señor Presidente, asistimos a la discusión de un proyecto de ley que ocasionará una verdadera revolución en el aparato jurídico y político del Estado. Por primera vez habrá un gobierno regional con una corporación de derecho público y patrimonio propio, como se les reconoce históricamente a las municipalidades en el ámbito comunal. Por primera vez existirán tributos de aplicación regional, recursos para al inversión sectorial regional, ingresos propios y sumas agregadas del presupuesto nacional. Por primera vez habrá asociaciones y convenios; un consejo normativo, fiscalizador y resolutivo, y el gobierno regional tendrá un presupuesto, propio. El Fondo Nacional de Desarrollo Regional ya no será más un simple porcentaje del presupuesto que nunca se cumplió; será una cuota de inversión pública que establecerá anualmente la Ley de Presupuestos, que se distribuirá en un 90 por ciento de acuerdo con el nivel socioeconómico de la región, según indicadores de pobreza, tasa de desempleo, producto per cápita regional y otros relativos a la calidad de vida, y la condición territorial peculiar de cada región; y el otro 10 por ciento, según la eficiencia y las situaciones de emergencia. La descentralización se efectuará con gradualidad y selectividad y a ritmo constante, lo que es esencial para no quedar en los propósitos del constituyente de 1925, o en el decreto ley Ne 575, de 1974, que sólo se limitó a una simple distribución geográfica y a realizar delegación de competencias, sin descentralizar nada. A veces impresiona conocer que en 1891, don Manuel José Irarrázaval, en su comuna autónoma, concibió la aplicación y su propio establecimiento por la municipalidad de ciertos impuestos, tales como capitalización de uno a tres pesos, impuesto personal a los varones mayores de 21 años residentes en la comuna, el de haberes que afectaban a los muebles o inmuebles, el expendio de tabaco y bebidas alcohólicas o el que recaía sobre industrias y profesiones. ¿Podrían aceptarse hoy tales criterios para que el gobierno regional establezca dichos impuestos? Quizás se invocaría la falta de preparación, la seudo inmadurez de las regiones o el solapado intento de federalizar el país. Por eso, es bueno recordar ciertos hitos que la Democracia Cristiana recogió de la larga lucha por descentralizar. ¿No fue acaso la Falange Nacional la primera colectividad que recogió en su doctrina la defensa y reconocimiento de las sociedades intermedias y el bien común? El Partido Demócrata Cristiano, en su Declaración de Principios de 1957, hablaba de "robustecer los organismos regionales y los municipios". En 1958, Jorge Ahumada, en su libro "En Vez de la Miseria", decía: "Es evidente que la actividad económica y la población no pueden concentrarse ad infinitum en una sola región del país sin que llegue el momento en que no sólo la zona de concentración vea disminuir sus ritmos de crecimiento, sino que el resto de la nación lo haga". Mencionaba cómo debían acelerarse polos de desarrollo en el norte, en el Seno de Reloncaví y en Concepción, aparte de Santiago, y recomendaba disminuir la intervención estatal y su máxima desconcentración, para ser compatible con la eficiencia. "Así se evitaría -decía- que aquellas industrias que preferirían localizarse donde hay mano de obra barata, prefieran hacerlo en Santiago, sólo porque la tramitación burocrática y bancaria hay que hacerla en esa ciudad". La ley 16.635, de 1967, permitió, durante el Gobierno de Frei, crear Odeplan y la formulación de estrategias para el desarrollo de Bío Bío, Maulé, Magallanes, la Junta de Adelanto de Arica, los comités programadores de inversiones y la aspiración de crear el Fondo de Desarrollo Regional en la década del 70, hasta la creación de los gobiernos regionales y la descentralización del país, planteada en el Programa del Gobierno del Presidente Aylwin en la época actual. Aquí siempre habrá un hecho porfiado: fue el Gobierno de la Concertación, bajo la conducción del Presidente Aylwin, el que reformó la Constitución y hará posible concretar la regionalización. Vanos serán los esfuerzos de aquellos que quieran convencer al país de lo contrario. La regionalización de Pinochet se condensa en sus resultados. Quisiera que los sectores de Derecha leyeran el informe sobre esta materia. En su página 42, cuando se examinan las variaciones del producto geográfico bruto, a nivel regional, entre 1974 y 1982, se ve que las regiones y áreas orientadas a satisfacer el mercado nacional se deprimieron en beneficio de aquellas que poseían disponibilidad o potencialidad para la exportación de recursos naturales. En la página 43 se agrega: "En las restantes 11 regiones -salvo Santiago y Aisén-, hubo una expoliación de recursos en favor de la Región Metropolitana. Santiago concentra un tercio de la población y el 43 por ciento del producto geográfico bruto". Por otra parte, el Fondo Nacional de Desarrollo Regional nunca alcanzó el 5 por ciento del Presupuesto, llegando apenas a la mitad, pudiendo mostrarse sus variaciones en la página 70 del informe, en tres etapas: entre 1976 y 1979, creció de 51 millones a 72 millones de dólares; desde 1980 hasta 1985, bajó en forma espectacular de 72 millones a 12 millones de dólares; desde 1986 a 1989, se recuperó hasta 50 millones y luego a 95 millones. Igualmente, el grado de ejecución de los programas era deficitario. En 1986, de sólo un 51 por ciento; en 1987, de 75 por ciento; en 1988, de 82 por ciento; en 1989, de 89 por ciento, y en 1990, de 90,8 por ciento. En cambio, en 1991 fue de 98,5 por ciento, cifra record en la historia del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. La concentración del sector económico privado fue el resultado de una política de mercado salvaje, la que no ha sido objeto de medidas legales que fijen un marco adecuado a su desarrollo y asentamiento en las regiones. Los bancos concentran sus capitales y directores, al igual que las sociedades anónimas; las cadenas nacionales de hoteles, transportes, de establecimientos comerciales, de medios de comunicación, aglutinan sus bienes y decisiones al nivel central, cuando no en el extranjero. Es decir, aquí hay un camino que se recorre en sentido inverso a la reforma regional, en que se pide y se reclama al Estado. Pregunto a los sectores de la Derecha: ¿por qué no impulsan la regionalización del sector financiero, de los sectores productivos privados, de sus decisiones y la conformación de grupos de dirigentes empresariales que resuelvan sus materias en el territorio donde extraen sus recursos? ¿Es racional reconocer el hecho de que grupos sociales, como por ejemplo bomberos o un simple club deportivo, cuando piden una pequeña ayuda económica a una de estas empresas instaladas en regiones, reciban la disculpa de tener que consultar al Japón, a Nueva Zelandia y a veces, a Santiago, cuando se trata de sumas irrisorias? Emplazo a Renovación Nacional y a la UDI a impulsar los bancos regionales de fomento que prometían en el régimen militar. ¿Acaso el derecho de propiedad es tan sagrado que no permite su desconcentración? Hoy, cuando el Estado es reducido, se presiona por su regionalización; en cambio, la inversión privada, que alcanza a más del 70 por ciento, está entregada a lo que determine el mercado. La regionalización del período militar también concentró la investigación científica en la educación superior: el 80 por ciento de los recursos son proyectos realizados en Santiago, y más de 40 universidades se concentran en el área metropolitana. Pero la Derecha calla frente a esta concentración, porque el sancta sanctórum del mercado y de la propiedad privada son intangibles. El proyecto de ley en análisis es un cauce que contiene las aspiraciones regionales, construido sobre dos bases fundamentales: el acuerdo político y la reforma constitucional aprobada por la ley N° 19.097, de 12 de noviembre de 1991. Por eso, resultan increíbles y absurdas las afirmaciones del Diputado señor Urrutia, que leíamos en "El Mercurio" de ayer, y que sólo se pueden explicar o porque ignora el acuerdo político, o la reforma constitucional o el texto del proyecto. Así, el artículo 104, inciso segundo, de la Constitución Política de la República dispone que el Fondo Nacional de Desarrollo Regional es una proporción del total de gastos de la inversión pública que se contemplará en cada ley de presupuesto anual, y el artículo 70 del proyecto es la repetición de tal precepto. Por otra parte, la propia Carta Fundamental somete la acción de los gobiernos regionales a las leyes y reglamentos nacionales, marco que sirve para no destruir el Estado unitario. No es efectivo que el proyecto asigne al gobierno regional el mismo personal actual, como dice el Diputado señor Urrutia. El artículo 56 dice todo lo contrario, en el sentido de contar con la estructura administrativa necesaria. Seguramente, confunde el personal de gobierno interior, que será el mismo, con el del gobierno regional. Confunde, asimismo, una situación transitoria con lo permanente, como lo consignado en el artículo 4° transitorio, que debería complacer al Diputado señor Urrutia y a la Derecha, a quienes se ha oído decir en forma permanente que el Gobierno siempre aumenta el gasto público y la burocracia. ¿Cómo y cuándo darles en el gusto a estos críticos? Aprobaremos este proyecto porque importa un real proceso descentralizador del Estado, significa una efectiva participación de los ciudadanos y sienta las bases de la gestión social de las regiones. En definitiva, quiéranlo o no los opositores, será este Gobierno, que democratizó los municipios, el que creará los gobiernos regionales. Los democratacristianos lo aprobaremos, no obstante algunas objeciones respecto de la rapidez de la descentralización, para lo cual deberemos concordar algunas indicaciones presentadas al Ejecutivo, que se encuentra estudiándolas para hacerlas suyas. He dicho. El señor CERDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Muñoz Barra. El señor MUÑOZ BARRA.- Señor Presidente, la bancada radical-socialdemócrata valora y apoya el proyecto de ley sobre gobierno y administración regional, porque su texto y el mensaje que lo precede no son sino el reflejo de la responsabilidad cívica con que el Gobierno está cumpliendo un compromiso programático señalado hace dos años. Como bien lo saben los señores Diputados, esta iniciativa obedece a un mandato imperativo de la reforma constitucional contenida en la ley N° 19.097, de 12 de noviembre de 1991, que modificó sustancialmente la Constitución Política de la República en materia de gobiernos regionales y administración comunal. El Gobierno, entonces, nos está haciendo una propuesta legislativa que busca afianzar un activo, progresivo y eficaz proceso de descentralización en el país, que, por supuesto, mucho nos agrada, especialmente a los parlamentarios de regiones. Al hacer esta propuesta el Presidente de la República, que resulta ser uno de los más destacados catedráticos de derecho administrativo del país, ha tenido presente los requerimientos propios del sistema democrático, las demandas que plantea la expansión económica en todas las zonas de nuestro territorio, las exigencias que se derivan de la modernización de la administración y, muy principalmente, el compromiso personal de aquellos que elegimos este Gobierno, de dar respuesta a los anhelos legítimos de las comunidades locales y regionales. Es un paso que, en forma transparente, hoy estamos señalando. Es bueno subrayar y señalar el mensaje que suscribe las razones que justifican este trascendental cambio en la institucionalidad de nuestro gobierno interior, que propone transferencias graduales de competencias desde el gobierno central a las regiones, compatibilizando tales avances con nuestra tradición institucional y jurídica de Estado unitario. Con este proyecto, el Presidente de la República y el Gobierno están cumpliendo cabalmente el Programa de la Concertación, el acuerdo político de los representantes del Gobierno con los partidos de la Oposición y los de la Concertación. Diría que, además, lo han enriquecido; quien sostenga lo contrario, comete un error. Nosotros solicitamos a todos aquellos que suscribieron el referido acuerdo y se comprometieron con Chile a darle forma legal que no seamos más que consecuentes con el compromiso de devolver al pueblo una institucionalidad democrática y votemos favorablemente, dentro de los plazos acordados, el proyecto que se nos está proponiendo. Hemos señalado que valoramos este proyecto, y no podría ser de otra manera, si descentralizar es transferir competencias desde el poder central hacia regiones, provincias y comunas, anhelo doctrinario y programático para reclamar una efectiva participación popular. ¡Cómo no valorar, señor Presidente, honorables colegas, una propuesta legislativa que demuestra responder a los anhelos legítimos de las comunidades locales y regionales! A mayor participación de las comunidades locales y regionales, incuestionablemente mayor será la legitimidad de quienes ejercen la autoridad nacional y más transparente y auténtica nuestra democracia. Nuestra bancada procura radicar las decisiones en instancias inmediatas al escenario en que se plantean los problemas y este proyecto así lo está proponiendo. Por eso, y mucho más, lo valoramos. Tratándose del trámite de discusión de la idea de legislar, no haremos un examen circunstanciado del proyecto, cuya aprobación apoyamos, pero nos parece útil destacar algunas materias de esta trascendental legislación. En primer término, es indispensable, para evitar confusiones que puedan malograr la consolidación de la regionalización en nuestra institucionalidad, precisar con absoluta claridad que se mantiene y reafirma la adhesión histórica al sistema de Estado unitario. Con ello, el intendente -como lo señalaba muy bien el señor Ministro del Interior- sigue siendo el representante natural e inmediato del Presidente de la República en la región, y se mantendrá en el cargo mientras cuente con su confianza. En el intendente reside el gobierno interior de cada región, y así se puntualiza en el artículo l2. Siguiendo el desarrollo de la nueva institucionalidad regional, el artículo 21 crea el gobierno regional, constituido por el intendente y el consejo regional. Y para hacer eficaz y real la nueva y moderna estructura que comentamos, se afirma y declara rotundamente que los gobiernos regionales serán personas jurídicas de derecho público, dotadas de patrimonio propio. Lo anterior significa, señor Presidente, que se crea un sujeto capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y se le dota de recursos materiales y financieros para tener una vida propia, activa y trascendente en la tÁrea permanente y cotidiana de procurar bienestar, desarrollo, progreso y modernidad. Todo esto, en un marco de libertad y justicia social para la comunidad en que está inserto, como lo dice el inciso segundo del artículo 13. Es imposible no detenerse a valorar y apoyar la creación del consejo regional, organismo cuya finalidad es hacer efectiva la participación de la comunidad regional en el gobierno regional, investido de facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras, como se plantea en el artículo 26. Este consejo regional estará integrado, además del intendente, por consejeros que serán elegidos por los concejales de la región, constituidos, para estos efectos, en colegio electoral, como lo señala el artículo 27. Señor Presidente, he tocado una materia de la mayor importancia para el futuro democrático de Chile. La generación del futuro poder regional está íntimamente vinculada con la generación y composición del poder comunal que el pueblo de Chile, en votación libre, secreta e informada, elegirá el próximo 28 de junio. La primera gran tÁrea de los municipios electos ese día será elegir, constituidos en el colegio electoral provincial, a los consejeros regionales. En éstos y en el intendente radicará el gobierno regional. Lo anterior significa que los integrantes del organismo colegiado deberán aprobar, entre otras importantes materias, el plan de desarrollo de la región, la distribución de la cuota del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de los recursos de los programas de la inversión sectorial de asignación regional. Además, tendrán la facultad de fiscalizar el desempeño del ejecutivo regional respecto del cumplimiento del plan regional de desarrollo y de la ejecución del presupuesto del gobierno regional. Serán elegidos en votación de segundo grado por los concejales que nomine el voto popular el 28 de junio de 1992. Invitamos a todos los partidos de Gobierno y de Oposición a informar a la ciudadanía, en la campaña municipal que culmina el 28 de junio sobre quienes pretenden asumir responsabilidades en el gobierno regional. Sólo así haremos transparente y legítimo el proceso de generación del futuro poder regional. Nos parece muy importante desde el punto de vista de la participación social, la existencia del consejo provincial como órgano consultivo. Creemos que, por la vía de la indicación en el trámite legislativo, se podrá enriquecer el contenido del proyecto en materia de estructura administrativa del gobierno regional, especialmente su artículo 56. Las asociaciones regionales nos parecen una moderna creación que permitirá la integración de valiosos aportes privados y del sector público para ejecutar obras o proyectos en beneficio de las mayorías postergadas. Por lo expuesto, anunciamos nuestros votos favorables a este proyecto, que cumple con un programa planteado responsablemente al país; por ello, no nos cabe duda alguna de que quienes representamos a todas las colectividades políticas en este hemiciclo cumpliremos con nuestra responsabilidad legislativa y con el pueblo de Chile, a cuyo destino, progreso y justicia social estamos obligados a servir. He dicho. El señor CERDA (Vicepresidente).- Han transcurrido 11 minutos del tiempo del Comité Radical. Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa. El señor ULLOA.- Señor Presidente, cuando se firmó el acuerdo entre los partidos con representación parlamentaria para permitir que las autoridades máximas de las comunas de Chile fueran elegidas por generación directa y universal, el Gobierno tuvo que aceptar la propuesta de la Oposición destinada a posibilitar que la regionalización también fuese un tema susceptible de ser llevado a una legislación de carácter Orgánico Constitucional, igual que la municipal. En estos términos es donde aparece la proposición del Ejecutivo, que, a diferencia de lo que sugiere el texto del mensaje, fue el resultado de la negociación mencionada, y no de la búsqueda de afianzar un activo, progresivo y eficaz proceso de descentralización en el país. En general, la Oposición estima que la cuota de responsabilidad que nos cabe en el proceso de regionalización es extraordinariamente importante, no sólo por este proyecto, sino porque fuimos parte directa de la iniciativa regionalizadora que comenzó a aplicar, en forma totalmente innovadora, como en muchas otras materias, en 1974, el gobierno del Presidente Pinochet. Ello es así, a pesar de los que desconocen esa realidad argumentando que otros gobiernos "lo habían pensado", cuestión que casi parece chistosa. Lo único claro es que el gobierno del Presidente Pinochet comenzó un proceso de regionalización que, naturalmente, se ha enfrentado a los obstáculos propios de una materia sobre la cual nunca se había hecho algo en forma coherente y sostenida en el tiempo, con excepción de breves e interrumpidos chispazos que intentaron algunas administraciones. Señor Presidente, hoy vemos cristalizado en un proyecto de ley Orgánico Constitucional el deseo, el ánimo y la disposición por regionalizar, entendiendo por este proceso no tan solo desconcentrar o descentralizar, sino también que las regiones del país cuenten real y efectivamente con poderes y autonomías mínimas que le permitan un desarrollo armónico con el país, como, asimismo, desarrollar sus potencialidades, para que el ciudadano chileno que vive en una región distinta de la del Gran Santiago, se sienta y esté en condiciones de ser un igual y no un ciudadano de segunda clase. El proyecto que hoy estudiamos tiene un gran mérito y debemos reconocerlo: establece, mediante una ley Orgánica Constitucional, todo el proceso regionalizador del gobierno militar y logra un tenue y tibio avance en este sentido. Sin duda, es un avance el establecimiento de la personalidad jurídica de derecho público para los gobiernos regionales; pero también es cierto que el patrimonio propio será evidentemente escaso cuando el recurso proveniente del erario se fije centralizadamente. Por otro lado, señor Presidente, sin duda, el gobierno regional, compuesto por dos instancias, intendente regional y consejo regional, pudo y puede ser mejorado en el trabajo parlamentario; pero el Gobierno ha desestimado cualquier intento de modificación; incluso, el representante del Gobierno llegó a decir en un momento que se retiraba de la Comisión si se continuaba con la intención de avanzar más allá de lo propuesto. Pero hay más, señor Presidente. Este proyecto de ley crea al consejo regional y al consejo económico y social provincial como instancias de participación y decisión. Este último tiene una importancia casi nula, puesto que sólo es un órgano consultivo, lo que, sin duda, lo transforma en un mero trámite burocrático. Por su parte, la iniciativa del consejo regional aparece notablemente disminuida, pues queda sólo en manos del intendente regional. En relación con el gabinete regional, la suerte de los Seremis o secretarios regionales ministeriales sigue siendo incierta, desde el punto de vista de su generación; por ello, el esquema de temas de intendente y ministro parece no resolver este punto y, al contrario, tiende a mantener una situación poco estable desde el punto de vista administrativo. En cuanto a la asignación del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, éste sigue un criterio excesivamente centralizado, y no se dan pasos concretos hacia un presupuesto diseñado y manejado regionalmente o, al menos, fijando el porcentaje para la Ley de Presupuestos en este texto legal, por lo que, como dije queda bajo los criterios fijados por el nivel central, los que pueden resultar muy poco significativos para algunas regiones. También deseamos hacer resaltar en esta Sala el apoyo que tuvo en todas las bancadas, por un lado, la proposición de la UDI, destinada a incorporar en los proyectos la evaluación del impacto no sólo social, sino también ambiental, y, por otro, aquella que dice relación con la calidad de vida de los habitantes de cada una de las regiones. Sin duda, resulta impensable desarrollar en estos breves minutos cada una de las materias contempladas en este proyecto de ley, por lo que solicitamos al Gobierno una mayor flexibilidad en la segunda discusión en la Comisión de Gobierno Interior, para que muchas de las indicaciones presentadas durante la elaboración del primer informe sean aceptadas por el Gobierno y no desechadas de plano. Finalmente, señor Presidente, la Unión Demócrata Independiente aprueba la idea de legislar, dejando establecido que este proyecto todavía dista mucho de satisfacer las aspiraciones de regionalización y, a la vez, anunciamos nuestras indicaciones a este proyecto. He dicho. El señor CERDA (Vicepresidente).- La UDI ha ocupado 7 minutos 30 segundos de su tiempo. Tiene la palabra el Diputado señor Tohá. El señor TOHA.- Señor Presidente, sin duda, el proyecto de ley que hoy estudiamos es uno de los más importantes de los que hemos conocido hasta la fecha, pues cambiará definitivamente aspectos sustantivos de la administración de nuestro país. Durante la historia administrativa del país -no haré un análisis puntual, pues figura en el informe de la Comisión- se han intentado distintas formas de descentralizar o, al menos, desconcentrar el gobierno nacional. La Constitución de 1925 contenía ya esbozos de una descentralización. Sin embargo, no fue clara en la determinación de tales conceptos, lo que impidió su eficacia y derivó marcadamente al centralismo. En la década del 70, se produce la división administrativa del país, sin que ello haya significado en la práctica una real participación local en la gestión de los recursos y sin que se le haya brindado un estatuto legal que precisara el marco de las competencias de los órganos nacionales y regionales. Así, hoy hacemos realidad un anhelo de todos quienes, perteneciendo a ellas, estamos preocupados del desarrollo de nuestras regiones, como única forma de que el progreso se distribuya equitativamente a lo largo de nuestra geografía. En efecto, al complementarse por este texto lo ya realizado en la reforma constitucional sobre el mismo tema y en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, se innova significativamente en todo lo efectuado hasta hoy en el campo de la regionalización. Como consecuencia de las reformas constitucionales y legales citadas, quedó obsoleto el sistema de administración local que nos regía, lo que hace necesario regular un nuevo marco jurídico que explicite claramente la realidad de un país unitario, pero descentralizado administrativamente. Se da cabida así a los esfuerzos de las comunidades regionales por lograr una mayor participación en la gestión y solución de sus problemas, como también en la toma de decisiones de toda índole. Con esto, paralelamente, se avanza en fortalecer uno de los pilares esenciales del sistema democrático, cual es acrecentar la participación de la gente en sus realidades locales. Al respecto, una regionalización política es su presupuesto para una democracia eficiente y sólida, por cuanto la centralización del poder resulta un obstáculo para las necesidades de la gente, una traba para los intentos de la autoridad por solucionarlas y, en general, un escollo insalvable para los cuerpos intermedios de la sociedad. Sin embargo, no debemos pretender que este proyecto sea perfecto, pues tendrá defectos que el tiempo se encargará de explicitar y que a futuro deberemos enmendar, pero aquí están las bases de un desarrollo regional equitativo. También debemos ser claros en prevenir que este proyecto no afecta, en modo alguno, nuestra unidad como nación. Chile es un Estado Unitario y debe seguir siéndolo. No cabe entender este proceso como una federalización, sino, por el contrario, como una integración de todo el país a los progresos que éste sea capaz de alcanzar, a fin de generar un efectivo desarrollo. El desarrollo sin equidad es sólo crecimiento económico. El desarrollo nacional, en cambio, está profundamente ligado a la justicia y a la equidad en la distribución del producto de nuestra nación. Cabe esperar que las transferencias de competencias desde saturados órganos de administración central a las regiones, rindan los frutos que esperamos, lo que se representa en los siguientes aspectos: Lograr que los intereses locales resulten favorecidos, al adoptar las decisiones teniendo en consideración la realidad de cada sector y zona geográfica. En este sentido resulta trascendental la facultad otorgada al gobierno regional para convenir con los ministerios y otras instituciones de la administración pública programas anuales y plurianuales de inversión regional. También es relevante la posibilidad concedida de asociarse con distintas entidades, con el objeto de llevar a efecto iniciativas de desarrollo regional. Descongestionar los niveles de decisión, al agilizar la adopción de decisiones y favorecer al público mediante la simplificación de los trámites de los procedimientos administrativos. Posibilitar una mayor focalización en la inversión, toda vez que las decisiones serán adoptadas por quienes están en contacto con la realidad. Para estos objetivos es importante todo lo realizado en materia de administración de recursos para las regiones, en especial lo referido al Fondo Nacional de Desarrollo Regional, lo que permitirá acceder de mejor forma a las necesidades de la población y lograr una optimización de los recursos fiscales y regionales. Unido a lo anterior, la creación de un Consejo Regional, sin duda perfectible, contribuirá a una mejor focalización de los recursos y, a la vez, posibilitará una distribución socialmente equitativa entre las distintas provincias de cada región. Al respecto, quiero enfatizar mi interés en que la descentralización que estamos llevando a cabo en las regiones de nuestro país genere una descentralización interna de cada región, pues serían inútiles nuestros esfuerzos si ello derivara en un centralismo regional representado, por ejemplo, en que las capitales regionales acumulen todas las competencias y los recursos destinados a las regiones. En la provincia de Nuble, en la que queda ubicado el distrito que represento, existe gran interés en que esta descentralización sea efectiva en los dos ámbitos señalados, nacional y regional, para posibilitar a las comunidades provinciales un mayor desarrollo y gestión administrativa. Este es un gran paso, que nos permitirá cumplir con uno de los objetivos fundamentales de todo sistema democrático: desarrollo con participación. Esa es la tÁrea que el Gobierno se ha impuesto desde el comienzo de su gestión. Hoy damos otro paso en tal sentido, lo cual debe dejar satisfechos a todos los que participamos de los ideales democráticos y estamos empeñados en lograr un desarrollo equitativo y justo para todos los habitantes de nuestro país, cualquiera que sea la zona geográfica en que residan. He dicho. El señor CERDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Cantero. El señor CANTERO.- Señor Presidente, para Renovación Nacional constituye un motivo de profunda satisfacción el que hoy nos encontremos en esta Sala del Parlamento analizando una materia de tanta trascendencia, proyección e importancia para el desarrollo equilibrado y armónico de nuestro país, al otorgar igualdad de oportunidades a los ciudadanos, independientemente de la zona en que habiten, sea una gran ciudad, sea un sector rural. Estamos satisfechos y orgullosos, porque entendemos que nuestro partido y, en general, lo Oposición, han tenido un papel determinante para que el país hoy se encuentre en esta etapa de búsqueda de una verdadera descentralización. En efecto, historia sobre las intenciones, las voluntades, los deseos y los bellos discursos que han existido en este país por décadas y décadas en relación con la necesidad de descentralizar y desconcentrar, resultan abundantes y abultadas, diría yo. Sin perjuicio de ello, la verdad es que los resultados han sido escasos y esmirriados. Resulta sorprendente escuchar la contradicción entre el discurso del señor Ministro del Interior, quien ha precisado que esto es fruto de un acuerdo político, y el de un señor Diputado, por las circunstancias, que acabo de señalar, de que en una primera instancia se pretendió democratizar las municipalidades, aspecto que fue aceptado por la Oposición pero respecto del cual puso la condición de avanzar en un efectivo proceso de descentralización. No hubo acuerdo en la primera instancia, y ambas iniciativas se frustraron. El Gobierno aceptó, finalmente, la proposición de Renovación Nacional y de la Oposición en general de incorporar este tema al análisis y al debate. Por eso, cuando escuchamos a un Diputado democratacristiano arrogarse el patrimonio de la regionalización, resulta francamente sorprendente, porque los mayores obstáculos que tuvimos fueron levantados precisamente por algunos de los miembros de esa bancada, que no supieron entender el alcance de nuestras intenciones y que siempre nos calificaron de antidemócratas, que pretendíamos eludir una elección municipal e inventaron toda suerte de argumentos falsos para justificar el rechazo a nuestra proposición. En resumen, Renovación Nacional y la Oposición han tenido un papel determinante y protagónico en este tema. Eso es de justicia reconocerlo. No disminuye el mérito; por el contrario, engrandece a quienes son capaces de reconocer las realidades de la contingencia que vivimos. Por otra parte, es necesario destacar que ha habido un progreso notable en materia de la autonomía, ya tratada, en el ámbito municipal, y que hoy día se avanza hacia el regional. Hubo un impulso significativo en materia de facultades y atribuciones para las regiones y comunas y en cuanto a los recursos para enfrentar adecuadamente el proceso de toma de decisiones y avance del desarrollo. Creo que hay un aspecto relevante, propio de la democracia, que es justamente el que nos llevó -contrariamente a lo que señalaban algunos parlamentarios- a puntualizar que el ejercicio de la democracia no sólo se expresa a través de un voto cada cuatro años o cuando se establezca. La democracia se ejerce día a día. La democracia se debe ejercer entregando facultades y atribuciones a diferentes instancias, de acuerdo con el principio de subsidiariedad. La democracia se ejerce al acercar la toma de decisiones hacia la base social, permitiéndole cada vez mayor participación. Es necesario precisar que en el primer proyecto esas materias no se consideraban, al menos desde nuestra perspectiva, con absoluta claridad. Hoy día estamos satisfechos, porque este proyecto permitirá solucionar una grave situación que ha afectado a nuestro país desde un génesis: las disparidades regionales, es decir, los desequilibrios en el proceso de desarrollo, de crecimiento económico, social y cultural. En la contingencia actual que vive el país, tales disparidades se expresan, por ejemplo, en situaciones tan odiosas como las siguientes: mientras en el Área Metropolitana se discute por donde encauzar la línea 5 del Metro, en nuestras regiones tenemos comunidades y grandes ciudades que reclaman y aspiran a la solución del mejoramiento de sus rutas de comunicación, particularmente en los sectores rurales. Mientras se discute qué tipo de vehículos van a ser usados en esta segunda línea, hay comunidades de nuestro país que reclaman por la básica y necesaria pavimentación de sus calzadas y aceras. EL señor ROJO.- También en Santiago es urgente. El señor CANTERO.- Mientras en Santiago se discute si van a construir o no vías elevadas, en regiones estamos viendo la forma de solución al problema del agua potable y de energía eléctrica a los sectores de más escasos recursos. Mientras en Santiago se discute si el control de la seguridad y del orden ciudadano se hará por medios tradicionales o por el uso de complejos sistemas de televisión, nuestras comunidades rurales reclaman y esperan una solución que les permita comunicarse con los centros urbanos, por ejemplo, tener acceso a la telefonía rural, tan propio de esas zonas en toda la geografía de nuestro país, y a las comunicaciones en general, que le permita acceder a una educación digna, que les posibilite arraigarse en su zona sin tener que emigrar a formar cordones de miseria, ni estar hacinados o condenados a cumplir funciones de segunda o tercera categoría, lo que finalmente condena a nuestra juventud a la frustración, cuando no al alcoholismo y a la drogadicción y, por consecuencia lógica, a la delincuencia. En nuestras regiones se discute cómo dar solución elemental a la postergación de los problemas habitacionales. En definitiva, esta ley permitirá dar satisfacción a caras aspiraciones que han mantenido por décadas nuestras regiones. El sistema de desarrollo ha sido deficiente porque provocó un centralismo que ha perjudicado gravemente la posibilidad de acceso de nuestras regiones en igualdad de oportunidades, a los beneficios del progreso y del desarrollo. El proceso de desarrollo económico y particularmente la tendencia, que pareciera ya superada, hacia la industrialización y la urbanización, provocaron crecientes situaciones de concentración geográfica de la población y de las actividades económicas. Un círculo vicioso, por cuanto la economía de aglomeración de escalas permanentemente hacía que se tendiera, en una forma cada vez más creciente y en proyección geométrica, a incrementar ese proceso. Por ello, nos preocupa que algunos señalen que debe aplicarse con mucha prudencia y cuidado esta norma y recurrir a la gradualidad y a la selectividad, actitud que llama al cumplimiento, sin prisa, de esta demanda del país, la cual más que de prudencia y de buen criterio, nos parece, en algunos sectores, un entorpecimiento o un entrabamiento al adecuado avance de este proceso. Se recurre reiteradamente al argumento que puede ténder a romper el concepto del Estado unitario, que nos acerca al federalismo. En este Congreso, nadie ha hablado de eso. Lo que queremos es avanzar en la desconcentración y dar pasos decisivos en la descentralización, es decir, en la extensión territorial de las posibilidades de acceso al desarrollo y al progreso. Ahora bien, parece clara la necesidad de una intervención para manifestar territorialmente, en forma más equilibrada, el desarrollo económico y social. Hemos avanzado en la integración nacional a través de un proceso de división político- administrativa que puede ser objeto de observaciones y reparos; pero nadie podrá desconocer que la caduca división político-administrativa, que se arrastraba desde la Colonia y establecía las provincias, estaba definitivamente superada por la historia. Las regiones son y constituyen el mecanismo más eficiente para avanzar en un proceso de desarrollo integral. La regionalización funcional o sectorial que se ha venido impulsando constituye también un avance para dotar a las regiones de mayor capacidad y nivel técnico en la aplicación de soluciones sectoriales, sin necesidad de recurrir majaderamente al nivel central para que les preste su ayuda. El avance de la regionalización, de la planificación o multipropósito ha permitido, además, madurez de las regiones en la aplicación de los planes de desarrollo. La regionalización administrativa, promovida con tanta vehemencia durante el gobierno militar, hizo avanzar al país en forma seria, segura y sostenida, en la desconcentración de la administración del Estado. Ahora, estamos ad portas de un proceso de regionalización incipiente en materia política, es decir, un proceso auténticamente descentralizador. Esto es lo que nos parece relevante y significativo. Sin perjuicio de lo ya señalado, denuncio a la Cámara -y llamo al buen criterio para superar la situación- la calificación de las normas de carácter orgánico constitucional y de quorum calificado que, por mayoría de votos, la Concertación impuso en la Comisión en el primer trámite reglamentario de este proyecto. La rechazamos por ilegal y contraria a la Constitución Política. No fue adecuada ni criteriosa. No resulta aceptable la argumentación que escuchamos, en el sentido de que se pretende cautelar la intervención del Tribunal Constitucional cuando ejerza el control de constitucionalidad. Por tal razón, solicito de la Mesa que se pronuncie respecto de la calificación de las normas de quorum orgánico constitucional, por cuanto Renovación Nacional rechaza, en los términos más categóricos, la calificación efectuada. Creemos que no se ha considerado un número importante de normas que revisten el carácter orgánico constitucional. Sin perjuicio de lo anterior, nos reservamos la opción de recurrir al Tribunal Constitucional para que restablezca el imperio de la Carta Fundamental en esta materia. ¿Cuál es el fundamento para sostener esta situación? En primer lugar, no se indica cuáles artículos son orgánicos constitucionales o cuáles requieren de quorum calificado para su aprobación. Al respecto, las funciones y atribuciones del gobierno regional están establecidas en el Capítulo II, del Título Segundo, normas que no tienen el carácter de orgánico constitucional para la Comisión, que los aprobó, como ya se ha señalado, por mayoría de votos, sin considerar las argumentos de la Oposición. Si las funciones y atribuciones del consejo regional son disposiciones de carácter orgánico constitucional también deben serlo las del gobierno regional, del cual dicho consejo forma parte. De no interpretarse armónicamente las normas de la Carta Fundamental, resultaría que por ley simple se puede privar al gobierno regional de atribuciones y funciones y, como consecuencia de ello, al consejo regional, pues éste no podría tener más atribuciones que el ente que integra. Sería lo mismo que sostener que las funciones y atribuciones de las municipalidades pueden modificarse por ley simple. Existen múltiples ejemplos al respecto. Consideramos extraordinariamente grave que no se escuche el mandato constitucional y que, por una voluntad que no aceptamos se haya alterado el criterio relativo a las normas de quorum calificado. Además, debo señalar, sin perjuicio de las bondades del proyecto, que ellas resultan francamente insuficientes por lo siguiente: crea un órgano denominado gobierno regional dotado de mayores atribuciones y facultades, pretende entre- gar a las regiones mayores recursos y una administración regional con mayor autonomía e independencia del nivel central, sin que esto -por cierto- signifique autarquía, desconocimiento o desvinculación del nivel central; permite mayor participación de la comunidad regional y acerca la toma de decisiones a la base social. Sin embargo, muestra escasa flexibilidad para el manejo de los recursos y la distribución de los mismos y ambigüedad para definir el monto de los recursos que se destinarán a las regiones. El FNDR y el Fondo Sectorial de Asignación Regional no tienen parámetros o lineamientos definidos para proyectar, con claridad, un crecimiento. La definición de los montos y la distribución de los mismos no resulta clarificadora ni orientadora para las regiones. En el ámbito de los recursos, hacemos un llamado al Gobierno para que escuche y, en la medida de lo posible, recoja las sugerencias expuestas hace varias semanas -yo diría meses- por Renovación Nacional, en el sentido de crear un fondo regional de desarrollo cultural. Esta aglomeración a escala de los beneficios que provoca, ha llevado a que el desarrollo cultural se concentre fundamentalmente en el área metropolitana o en algunas capitales regionales relevantes, pero al interior de las regiones constituye un difícil desafío, por lo complejo que resulta financiar dichas actividades. A lo largo del país, hemos visto cómo actividades relativas a la música, orquestas sinfónicas o centros de teatro terminan por desaparecer al no contar con recursos para mantenerse. En relación con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, nos preocupa lo restrictivo que resultan los criterios de elegibilidad establecidos para los recursos que lo componen que se originan en créditos o aportes de organizaciones internacionales, toda vez que son ellas las que definen en qué se gastan esos dineros. Esto resulta muy complejo y grave para el desarrollo regional. Por otro lado, queremos un avance más dinámico y ágil en la transferencia de fondos sociales para que sean administrados por las regiones, a fin de romper con la inercia que nos ha llevado a mantenerlos concentrados en el nivel central. También expresamos nuestra preocupación por la escasa vocación para desconcentrar la Administración Pública, como se desprende del tenor del proyecto enviado por el Ejecutivo, el cual establece que el gobierno regional debe constituirse con el personal que actualmente cumple tÁreas en las secretarías regionales ministeriales con residencia en cada una de nuestras regiones. No escapará a la consideración de nuestros colegas que hay secretarías regionales que son paupérrimas, muy mal implementadas donde muchas veces solamente existe un Seremi, un escritorio, y, cuando tienen suerte, un secretario o un chofer. En consecuencia, es muy difícil instalar al gobierno regional en esas condiciones. Esto es una obstrucción a aquellos funcionarios de la Administración del Estado que aspiran a salir de la zona metropolitana hacia las regiones en búsqueda de mejores expectativas. Nos parece aceptable el juicio expresado por el Gobierno, en cuanto a dar la primera opción a la gente que está en regiones; pero eso no debe impedir que los funcionarios que quieran, se vayan a las regiones a entregar su capacidad y su calificación. Por otra parte, cada región, según se desprende del tenor de proyecto de ley que analizamos, tiene la atribución para organizar su propio gobierno regional. Sin embargo, nos preocupa que esta facultad sea limitada, a continuación, en una norma transitoria que dispone que, sin perjuicio de lo señalado, será Su Excelencia el Presidente de la República quien establecerá la organización y fijará las plantas de estos gobiernos regionales en su primera etapa. Nos parece que la instancia regional tiene mucho que decir al respecto. También nos preocupa la situación de la constitución del equipo o gabinete que ayudará al gobierno regional. En particular, los secretarios regionales ministeriales quedan en una situación muy poco definida, en una especie de limbo. No sabemos si tienen una clara relación con el intendente o si están vinculados al nivel central y dependen del Ministro. Es más, el propio Diputado informante señalaba que, con el propósito de nombrar a estos secretarios regionales, tendrá que haber dos temas: una, presentada por la instancia regional y otra por la instancia ministerial. Tal procedimiento nos parece poco adecuado. En fin, tenemos múltiples observaciones al proyecto, las que no detallaré por el escaso tiempo de que dispongo, pero debo dejarlas anunciadas. Hago un llamado a la reflexión y apelo a un criterio más amplio de la Concertación para votar algunas materias que no pueden estar subordinadas a intereses particulares o a circunstancias coyuntura- íes. En este proyecto hay muchas otras normas -como ya lo he señalado- que no han sido consideradas de rango orgánico constitucional. Este criterio no resulta aceptable ni razonable y espero que en el momento en que la Mesa se pronuncie sobre ellas, se imponga el buen criterio y prevalezca el imperio de la Carta Fundamental. No obstante dejar consignadas nuestras observaciones y reparos al proyecto, que consideramos insuficientes porque debe profundizar en materias de atribuciones, facultades y recursos para las regiones, nuestro voto será positivo, porque para nosotros el desarrollo regional, el avance de la desconcentración y de la regionalización resultan, quizás, los temas más trascendentes y los que más directamente afectan a la gente, porque les permitirá superar las deficiencias que le han impedido lograr un nivel de vida digno. Como aspiramos a perfeccionarlo en el segundo informe, daremos nuestra aprobación unánime al proyecto, reitero en la discusión general. He dicho. El señor CERDA (Vicepresidente).- Ruego a Su Señoría hacer llegar a la Mesa por escrito sus observaciones, para que ella se pronuncie sobre su constitucionalidad. Su Señoría ocupó veintiséis minutos del tiempo del Comité de Renovación Nacional. Tiene la palabra el Diputado señor Elizalde. El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, señores parlamentarios: Para la Democracia Cristiana el desafío del efectivo desarrollo regional se origina en su visión de Chile como un país que debe desarrollar decididamente su territorio. Se trata de organizar el desarrollo futuro, por una parte, sobre la base de la estructura de los asentamientos humanos existentes en Chile, reforzando su diversidad cultural, histórica, geográfica y humana en el marco del Estado unitario, y por otra parte, considerando los diversos sistemas ecológicos existentes en la base natural de su territorio. Desarrollo regional y descentralización son dos componentes de un solo proceso. El objetivo superior del desarrollo regional aspira a ofrecer a todos los chilenos, independientemente de su localización en el territorio nacional, condiciones equitativas de accesibilidad a los bienes económicos y servicios culturales. Por su parte, la descentralización tiene como fundamento la devolución del poder real a los titulares originales y a los miembros de los niveles regionales de la sociedad civil, con el fin de que lo ejerzan mediante la forma de estructura política que las necesidades y circunstancias históricas recomienden. De ahí que la redefinición del funcionamiento institucional del país, el fortalecimiento de la autonomía regional y la generación de condiciones necesarias para su ejercicio efectivo, así como la democratización, son requisitos indispensables para avanzar en el proceso de descentralización. La descentralización y el desarrollo regional constituyen la gran transformación del Estado de nuestro tiempo. La Democracia Cristiana reivindica el valor político del desarrollo local, a partir del cual debe articularse la sociedad. Un breve diagnóstico de la situación que enfrentamos permite constatar los altos niveles de concentración urbana, su heterogeneidad geográfica y ecológica. El drama de una población con niveles de pobreza y de marginalidad, concentrada muchas veces en las áreas más frágiles de las regiones, constituye un problema de equilibrio entre la necesidad de crecer y la conservación del medio ambiente, ya que hoy la situación del entorno no es sólo un problema ecológico de discusión de algunos iluminados, sino que está vinculado a la visión de futuro de la nación. La Democracia Cristiana, en su acervo doctrinario, siempre ha propiciado el fortalecimiento de la sociedad civil a través del respeto, protección y promoción de los cuerpos intermedios que posibilitan la participación y el acceso cercano a la toma de decisiones de los ciudadanos. El ordenamiento político, institucional y administrativo que se introdujo al fundar la República y que dio origen al Estado en formación, luego de la Independencia, fortaleció la fórmula centralista existente. Chile se hizo económica y poblacionalmente concentrado, política, institucional y culturalmente centralizado. Los efectos en el desarrollo del país son conocidos: crecimiento desigual entre las regiones y comunas y entre éstas y el centro metropolitano; dependencia de las provincias y comunas del gobierno central; pérdida de identidad local y regional. En un proceso gradual de regionalización, la Democracia Cristiana impulsó, en el Gobierno de Frei, importantes reformas políticas, económicas y sociales, teniendo como norte el desarrollo más equitativo del país y, por ello, el desarrollo más equilibrado de las regiones, el fortalecimiento y modernización del municipio y la promoción de las organizaciones vecinales y populares. Durante la segunda mitad de los años 60, Chile experimentó importantes transformaciones en su estructura de Gobierno Interior y Administración del Estado. Entre los años 1964 y 1970, se dio impulso a la planificación económica mediante la creación de la Oficina de Planificación Nacional, una de cuyas principales funciones fue a partir de entonces, la planificación del desarrollo regional. Se creó una Subdirección Regional, encargada de la planificación regional y de oficinas regionales de planificación, estableciéndose por primera vez una base estadística regional. Desde 1973 en adelante, el Gobierno pasado introduce la región como la unidad básica de gobierno y de administración interior; se establece el Fondo Nacional de Desarrollo Regional; se crea, en el Ministerio del Interior, la Subsecretaría de Desarrollo Regional, reconociéndose la importancia política del tema; se hacen funcionar, después de varios años de indefinición, los consejos regionales de desarrollo, concebidos como mecanismos de participación social; se desconcentran los Ministerios a través de las secretarías regionales ministeriales; se dota a las regiones, vía designación del poder central, de una autoridad política, el intendente regional, con atribuciones y potestades importantes; se establece en cada región una secretaría regional de planificación y coordinación, como organismo técnico asesor de la autoridad política, dependiente de Odeplan; se pone en funcionamiento un banco integrado de proyectos que, en sus inicios, surge como iniciativa del Banco regional de proyectos. Sin embargo, los objetivos planteados en aquel tiempo para la regionalización se vieron afectados por la centralización política. El Gobierno dictatorial estableció un sistema de administración y ordenamiento territorial de centralización del poder político compatible con un estilo decisional, vertical y jerárquico, así como la creación de órganos de representación corporativa a nivel territorial, en reemplazo de los órganos de carácter democrático. ¿Qué hemos recibido del Gobierno pasado? Hoy día, el problema de la autonomía regional se ha dado en términos muy relativos. La institucionalidad actual limita seriamente el poder efectivo de las regiones. Las regiones son objetos de desarrollo y no tienen la capacidad real de transformarse en sujetos de su propio desarrollo. Carecen de un auténtico poder regional y están obligadas a ajustarse muy estrechamente a las políticas de nivel nacional, dificultándose seriamente la definición de políticas regionales específicas. De igual forma, al definirse la inversión sectorial, no sólo sobre la base de políticas sectoriales sino que, además, en instancias centrales de decisión, se entraba la coordinación intersectorial y la coordinación espacial de las inversiones, incluso de aquellas provenientes del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. A nivel de recursos financieros, se mantiene igual situación: son definidos centralmente los fondos sectoriales. Los fondos municipales provenientes del Fondo Común Municipal y del Fondo Nacional de Desarrollo Regional se distribuyen intrarregionalmente por decisión de la Subsecretaría de Desarrollo Regional. En consecuencia, hoy definimos una estrategia que les permitirá a las regiones alcanzar un grado creciente de desarrollo, con una apropiada independencia del nivel central, de manera de obtener su engrandecimiento y el de toda la nación. ¿Por qué apoyamos el proyecto? Porque les estamos entregando facultades y atribuciones a los gobiernos regionales que permitirán provocar este desarrollo. Los gobiernos regionales ejercerán funciones de ordenamiento territorial, de fomento de las actividades productivas y de desarrollo social y cultural de la región; aprobarán las políticas, los planes y los programas de desarrollo de la región y resolverán la inversión de los recursos comprometidos, en el marco del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. También decidirán respecto del destino de los proyectos específicos, y de los recursos del programa de inversión sectorial regional. El gobierno regional participará, en coordinación con las autoridades nacionales y comunales, en programas y proyectos de dotación de infraestructura y de equipamiento de la región. Podrá participar en el fomento productivo, en su función de desarrollar y aplicar políticas nacionales de fomento, asistencia técnica y capacitación laboral. En el desarrollo social y cultural, merece destacarse el papel del gobierno regional en la aplicación de políticas nacionales para la erradicación de la pobreza, el fomento de las expresiones culturales y la cautela del patrimonio histórico y natural de la región. Entre las atribuciones asignadas, destacan la capacidad de convenir con los ministerios e instituciones de la administración pública nacional, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional. El gobierno regional podrá supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su propio presupuesto y formular, evaluar y priori- zar programas y proyectos de infraestructura social básica. Otra de sus atribuciones es la de asociarse con personas naturales o jurídicas, como asimismo constituir entidades con el fin de propiciar actividades e iniciativas sin fines de lucro que contribuyan al desarrollo regional. En síntesis, estamos aquí haciendo realidad una aspiración de la ciudadanía, expresada a través de múltiples organizaciones que han reclamado para las regiones una mayor capacidad de gestión. Por ello, los democratacristianos apoyamos con orgullo este proyecto, con el cual culmina una etapa importante de la administración del país, iniciativa elaborada y redactada en el Gobierno del Presidente Aylwin. He dicho. El señor CERDA (Vicepresidente).- Algunos señores Diputados han planteado suspender esta sesión a las 14 horas, en lugar de las 13:30. Varios señores DIPUTADOS.- No, señor Presidente. El señor PROKURIQA- No hay acuerdo. El señor CERDA (Vicepresidente).- No hay acuerdo. En todo caso, es facultad de la Mesa. El señor JEAME BARRUETO.- Pido la palabra. El señor CERDA (Vicepresidente).- Tiene la palabra, Su Señoría. El señor JEAME BARRUETO.- Señor Presidente, la reforma de los gobiernos regionales y municipales, -particularmente la primera- constituye una reforma profunda y de amplias consecuencias para el futuro del país. En los hechos, supone cambios de hábitos culturales profundamente arraigados en todos los ámbitos. La democracia fue la que creó las condiciones para que esta reforma se produjera, y el Gobierno actual es el que la ha llevado a la práctica. El país, posiblemente, aún no percibe la profundidad y todas las consecuencias que esta reforma tendrá en nuestra vida; pero, en la medida en que esta ley se aplique, progresivamente ella se irá haciendo realidad y se le tomará todo el peso que tiene. Esta reforma, muy profunda, ha considerado también, con realismo, la necesaria gradualidad en su implementación. Ello implica, en muchos sentidos, algunos límites. Quisiera hacer resaltar uno en particular. Se crea el gobierno regional, pero sigue concentrando, en la figura del intendente, dos funciones: la de representante del Presidente de la República, en cuanto gobierno central, y la de cabeza del gobierno regional. Esto se ha establecido así por consenso, al considerarse que era necesario vivir un período de transición antes de llegar a niveles superiores de autonomía en las regiones. Ello ha llevado a que, con esta reforma, el intendente tenga prácticamente una triple función: representa al Presidente de la República como gobierno nacional, es el ejecutivo del gobierno regional y, además, preside el Consejo Regional. Esto, que tipifica la gradualidad con que es posible trasladar el poder y las funciones del nivel central al nivel regional, con el tiempo tendrá que cambiar y llegar a la situación en que el intendente represente al gobierno central en todas sus funciones de gobierno interior; pero que quienes encabecen el gobierno regional sean plenamente elegidos por la comunidad regional. Sin embargo, hoy por hoy, el Consejo Regional representará a la comunidad regional. Esta instancia constituye el eslabón fundamental del proceso de regionalización que iniciamos, porque en él justamente, se producirá la dinámica que irá creando las condiciones, las capacidades, los liderazgos regionales; las habilidades de la clase política regional para que las regiones puedan ser más autónomas en el futuro. El Consejo Regional es la pieza clave de toda la legislación que estamos aprobando. En la Comisión, junto con el Diputado señor Sergio Aguiló, presentamos en el primer trámite constitucional del proyecto, un conjunto de indicaciones que, por lo menos, apuntan a perfeccionarlo, sin perjuicio de considerarlo un gran proyecto. Entre ellas, quiero destacar las siguientes: Respecto del Consejo, por su importancia en todo el proceso, se plantea la necesidad de asegurar que tenga iniciativa y el establecimiento de mecanismos claros para resolver sus controversias con el intendente. Como consecuencia de esta indicación, para la historia de la ley -lo que deseo reiterar a la Sala-, en la discusión quedó establecido que la facultad de "aprobar" del Consejo el presupuesto regional, el plan de desarrollo regional, las sumas del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, se entiende también en el sentido de modificar; no sólo de aprobar o de rechazar en bloque, sino que en el momento de aprobar, el Consejo tendrá iniciativa para introducir modificaciones a cada una de estas cuestiones fundamentales del gobierno regional. Además, se introdujo la idea de que la propuesta del intendente sobre el presupuesto del plan de desarrollo regional, constituye una base de definición y resolución del Consejo. Asimismo, la Comisión aprobó, por unanimidad, un quorum menor de tres quintos para la insistencia del Consejo frente a discrepancias con el intendente, el cual fue fijado en dos tercios. Propusimos también la creación de una figura que representara al Consejo propiamente tal; la idea de un vicepresidente elegido de entre los consejeros, que podría perfilar más esta instancia clave para crear condiciones que en el futuro permitan a las regiones mayor autonomía. Esta idea fue rechazada. Respecto de los Seremis, sobre la base de que representan el gabinete regional -y esto es un gran avance de la ley- observamos que en la situación ambigua de doble dependencia en que se encuentran, sería más claro establecer que dependen jerárquicamente del intendente y con los ministerios sólo tienen una relación técnico profesional. En cuanto a las provincias, con el propósito de evitar que la descentralización nacional se traduzca en un centralismo regional -como dijo hace un rato el Diputado señor Isidoro Tohá- señalamos la idea de fortalecer las funciones del gobernador. Desde ya, valoramos su presencia en el gabinete; pero, propusimos que cumpla un rol más activo respecto de la relación, insuficientemente definida en la ley -incluso, en la reforma-, entre el gobierno regional y las municipalidades, la autonomía de las municipalidades plantea una relación muy confusa. El gobernador, guardando los criterios que la ley establece, podría jugar un rol muy activo de supervigilancia y coordinación de las municipalidades, en función de proyectos de desarrollo de la provincia. Algunas de estas indicaciones fueron aprobadas y otras rechazadas en primera instancia. Sin embargo, hay un aspecto global que quiero hacer resaltar con más fuerza, como es recoger el planteamiento que el señor Ministro del Interior hizo en nombre del Presidente de la República, de elaborar en el curso de los próximos dos años distintas leyes que lleven adelante la descentralización del aparato del Estado central, coherentes con el proyecto en discusión y la reforma constitucional. Me refiero a la descentralización de los ministerios en cuanto a competencias; a la posibilidad de que mediante un estudio de viabilidad, se descentralicen completamente servicios públicos como Sernatur, Digeder, Sercotec, Sernac, por nombrar algunos. Asimismo, a la posibilidad de cambiar de ciudad a las direcciones de muchos servicios públicos, puesto que es absurdo que algunas estén instaladas en la Región Metropolitana. Por ejemplo, el Instituto Antártico debería estar en Punta Arenas; el Instituto Forestal y Conaf, en la Octava, Novena o Décima Regiones; el Indap y el SAG en la Sexta o Séptima Regiones; todas las direcciones de los organismos mineros, obviamente, deberían estar instaladas en el norte del país. Es muy importante y relevante que el gobierno se haya comprometido a estudiar y proponer, en el curso de los próximos dos años, leyes, que permitan dar pasos significativos, Coherentes con la descentralización que estamos aprobando. Finalmente, quiero hacer algunas reflexiones respecto de la discusión pública que hemos tenido en la Cámara sobre este tema. La reforma constitucional y este proyecto de ley son un gran paso para la descentralización del país. La Oposición, la Derecha, ha sido mezquina en reconocer el tremendo avance que se está produciendo. Además, ha sido demagógica al levantar banderas con poca seriedad en relación con los pasos que estamos dando. No ha reconocido los avances logrados, y yo preguntaría ¿qué hizo mientras fue gobierno, durante el régimen pasado, para que la creación formal de regiones fuera más lejos y se tradujera en regionalización afectiva? Si es tan regionalista, ¿por qué se opuso a la elección directa y universal de los consejeros regionales, a sabiendas de que el Consejo Regional iba a ser el único organismo representativo de la comunidad regional? La Oposición se negó a eso; con cálculos pequeños e inmediatos, buscó un sistema que le favoreciera, debilitando el principal organismo de participación de la comunidad regional en la nueva estructura de gobierno regional. La Derecha no ha reconocido cuestiones muy importantes y concretas. El Fondo Nacional de Desarrollo Regional ha llegado a un nivel de gastos cercano al 90 por ciento durante 1990 y 1991, mucho mayor que el promedio de 60 por ciento que se logró durante el gobierno militar, y esto distribuido con criterios objetivos. Yo me pregunto, ¿cuál fue la metodología para distribuir el Fondo de Desarrollo Regional durante 1987 y 1988? Estoy seguro de que habría que preguntárselo al jefe de la campaña del General Pinochet para el plebiscito. No hubo criterios objetivos. La Derecha, cuando este Gobierno se instaló, pensó y planteó públicamente que sabotearía a las municipalidades, que le quitaría los recursos. Hoy, después de dos años, podemos decir, con plena seguridad y tranquilidad, que los recursos se han distribuido con criterios objetivos, establecidos en decretos, y que además de no disminuir los recursos en las municipalidades, aumentaron en un 28 por ciento, en términos reales. Hay que reconocer estos pasos y muestras del avance descentralizador con criterio generoso. Además, las críticas que públicamente expresó el Diputado señor Urrutia ayer son poco serias. Las dos más importantes señalan que es mentira que se entrega poder a los gobiernos regionales para decidir el destino de los Fondos de Desarrollo Regional, "porque estos serían evaluados centralmente". Aquí hay un error de fondo. Una cosa es evaluar técnicas desde el punto de vista social y ambiental -ambiental, además, gracias a las indicaciones que hicimos en la Comisión-, que los organismos técnicos del sistema nacional de inversiones evalúen el monto del proyecto a nivel nacional o regional, y otra totalmente distinta es quien decide o prioriza a los proyectos evaluados. Esto corresponde a las atribuciones del intendente y del Consejo Regional. Otro error garrafal es sostener que no hay voluntad de centralizar, porque no se proporciona personal suficiente a los gobiernos regionales. Una cosa es el gobierno interior y otra la creación de unidades -materia planteada en el proyecto y que, en mi opinión, se mejorará en la discusión en particular-, de bases mínimas, de un equipo ágil y eficiente para el gobierno regional. Debemos ser serios en la creación de capacidades regionales, porque muchas de las funciones que asumirá el gobierno regional hoy son de servicios públicos nacionales. Por lo tanto, gran parte del personal que constituirá el gobierno regional provendrá del traspaso de funcionarios públicos desde sus actuales servicios a las nuevas tÁreas del gobierno regional. Habrá que crear el cuerpo necesario para los gobiernos regionales; pero queremos hacerlo seriamente. La Derecha muchas veces ha hablado de despilfarro de recursos públicos. Queremos evitarlo; que no se reproduzcan funciones en el gobierno regional y en otros organismos, o burocracias que significan gastos innecesarios al erario. Queremos ser serios; hay voluntad de crear el cuerpo suficiente para estos gobiernos. Se ha sido poco generoso -por decir lo menos- en reconocer el tremendo avance que producen estas reformas, las cuales, sin duda, podrán mejorarse en la discusión particular. He dicho. El señor CERDA (Vicepresidente).- Antes de suspender la sesión para almorzar, daré a conocer los nombres de los señores Diputados que están inscritos para intervenir una vez que ésta se reanu-de: Señores Carlos Bombal, Raúl Urrutia, señora Eliana Caraball, señores Baldemar Carrasco, Juan Pablo Letelier, Federico Ringeling, Sergio Correa, Eugenio Ortega, Carlos Montes, Pedro Alvarez-Sala- manca, Andrés Palma, Hosain Sabag, señora Angélica Cristi, y señores Claudio Huepe, Rubén Gajardo, Arturo Longton, Gutenberg Martínez, Antonio Horvath y Hernán Rojo. Se suspende la sesión. Se suspendió a las 13:43 y se reanudó a las 14:45. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Se reanuda la sesión. Tiene la palabra el Diputado señor Bombal. El señor BOMBAL.- Señor Presidente, valoramos de manera positiva la discusión de este proyecto de ley, que nos permite abordar uno de los desafíos más grande que plantea el desarrollo económico moderno del país. Al iniciar mi intervención, no quiero dejar pasar expresiones que el Diputado Jeame Barrueto se permitió manifestar en la mañana. Deseo decirle que más que ocuparse de cómo se distribuyeron los fondos regionales en la administración anterior, él debe preocuparse de cómo hoy se distribuyen los recursos que deberían asignarse a las regiones, para lo cual le voy a señalar cinco ejemplos de un municipio, como el de Santiago, donde, me atrevería a decir, se dilapidan recursos que deberían asignarse al resto del país: 500 millones de pesos destinados a la instalación de la Municipalidad de Recoleta; 1.600 millones de pesos para la construcción de un parque, de los cuales la mitad -se dice- son aportados por el gobierno español; 150 millones de pesos se estiman para instalar cámaras de televisión, como aquí se dijo en la mañana; 1.500 millones para la construcción de vías elevadas; 500 millones de pesos se cancelaron en 1991 para el pago de honorarios de 630 funcionarios contratados en ese municipio por sobre la planta. Le diría al Diputado señor Jeame Barrueto que sume todas esas cantidades, porque con tan importantes recursos, ¡caramba que sería notable el desarrollo en la Octava Región, particularmente en la zona de Talcahuano, a la cual él representa! Sin duda, una de las modernizaciones más trascendentales que el país conoció en la década del setenta, en 1974 para ser más preciso, fue la puesta en marcha de un notable proyecto de regionalización del país, proceso que ahora vemos complementado, al menos en parte, con la iniciativa legal que el Ejecutivo ha sometido a la consideración del Congreso Nacional y que nos ocupa esta tarde. En primer término, todo el proceso regionalizador requiere de etapas para superar los múltiples y complejos desafíos que encierra su puesta en marcha y su ejecución en el tiempo. No conocemos país alguno en que no haya tomado largo tiempo la implementación de un modelo de descentralización político-administrativa. Solamente digamos que en Francia ha tomado más de un siglo. El informe que se ha consignado para la discusión de este proyecto da cuenta de los primeros intentos regionalizadores en América Latina en la década de los cuarenta, que van desde aspectos meramente geográficos hasta concitar la preocupación de las autoridades por aspectos estructurales ligados a la pobreza y al subdesarrollo. La cuestión de fondo que en los diferentes intentos regionalizadores de nuestro continente ha estado implícita no es otra que lograr reformas socioeconómicas, que les permitan a los países un grado de desarrollo y un grado de progreso mayor. Se trata, pues, de articular y de ordenar de manera coherente todas las potencialidades que un país tiene, integrando de manera armónica sus variados aspectos físicos, económicos, sociopolíticos y culturales, de suerte que su división político-administrativa responda a una orgánica que haga posible la realidad inminente del desarrollo y del progreso. Esa es la cuestión de fondo implícita en la discusión de este proyecto y no otra. Una armónica regionalización trae aparejada, o al menos así debe proponérselo, la desconcentración y descentralización de los servicios públicos, de forma tal que en el nivel territorial éstos sean concordantes y eficientes con los niveles que surjan de la subdivisión territorial a que se llegue. El proceso regionalizador iniciado en Chile en 1974, sin lugar a dudas, ha tenido gran significación en la construcción de nuestra democracia. Así como se sostiene que la regionalización política es un presupuesto ineludible en una democracia moderna y estable, la voluntad des- centralizadora expresada hace casi dos décadas en Chile, cuando se construían las bases de nuestra democracia, sirvió de cimientos sólidos al sistema que ahora nos cobija y marcó un rumbo a todo el proceso político, económico y social que ahora estamos completando. Desde esta perspectiva, podemos afirmar que buena parte del orden institucional establecido bajo el gobierno anterior, en materia de regionalización, se consolida ahora en democracia, manteniéndose instituciones tales como el propio gobierno regional, que se le moderniza todavía más, los Serplac o secretarías ministeriales de planificación, las secretarías regionales ministeriales, el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, instituciones todas que han servido de fundamento al proyecto que hoy nos ocupa, que de no haberse constituido, como lo hicieron con la concepción de gobiernos regionales de la administración anterior, difícilmente en la actualidad podríamos estar hablando de una iniciativa que nos permite avanzar y no comenzar. Quienes sistemáticamente negaron la voluntad de conducimos a una democracia por parte de anteriores regímenes, aquí encontrarán, entre otras manifestaciones, una que habla de aquella decisión democratizadora del gobierno pasado. Lo que se trata, ahora, es de dar todavía más participación a la ciudadanía en todo este proceso descentralizador, para lo cual es imprescindible que las regiones, ya delimitadas físicamente, que han experimentado el valor de lo que significa una identidad regional, ahora sean capaces de consolidar una organización más independiente del nivel central para transformarse en sujetos de su propio desarrollo. Ya no se trata de la regionalización como un objeto, sino de que quienes son los protagonistas del proceso de regionalización, que es el pueblo, sean sujetos de este proceso de desarrollo. El desafío de la regionalización es lograr potenciar, dentro de un esquema unitario, las capacidades de cada región en un todo colectivo. Lo anterior no se consigue sin crecimiento económico, sin un proceso de autonomía en las decisiones, sin capacidad para invertir y reinvertir los recursos regionales, sin una armónica distribución del ingreso (tanto regional como nacional), sin un equilibrio económico que permita difundir en la región el beneficio del crecimiento, sin que exista una clara conciencia del valor que encierra la preservación del medio ambiente, que resguarda la calidad de vida de los habitantes de una región, entre otras muchas características que ofrece el proceso de descentralización. Debe propenderse, por tanto, a que cada región encuentre su estilo propio de desarrollo y aplique los mecanismos más adecuados para alcanzarlo, dentro naturalmente de los marcos de una política nacional de desarrollo en un Estado unitario, como es el nuestro. La excesiva concentración de población, de actividades, en el área metropolitana de Santiago -y lo dice un Diputado de la jurisdicción-, sin duda, ha contribuido al centralismo y a la gran desigualdad que se observa entre las regiones del país. Digamos tan sólo que el Gran Santiago concentra cerca de un tercio de la población de Chile y cerca del 45 por ciento del producto geográfico bruto, lo que significa que casi la mitad de los bienes y servicios finales disponibles de la economía nacional se generan en la Región Metropolitana. Digamos también, para aportar a este debate, que un 22 por ciento de la inversión pública, que un 30 por ciento de la recaudación tributaria y que un 35 por ciento de gente en extrema pobreza se concentran en la Región Metropolitana como consecuencia de este centralismo que atrae; lo que, naturalmente, plantea que ella no puede ser excluida de la participación del desarrollo, puesto que también en ella, no obstante concentrar tantos recursos, existen lacerantes situaciones que deben ser atendidas. Fácil resulta concluir -después de analizar estas cifras- por qué tantos compatriotas se ven obligados a emigrar a la Región Metropolitana, buscando mejores expectativas de vida, de salario o de acceso a una vivienda. Muchas veces, esto que atrae no siempre resuelve y es el gran dilema que tiene la Región. Por eso, debemos tender a un proceso de descentralización y de desconcentración, de suerte de sujetar -en el buen sentido de la expresión- a aquellos habitantes que miran en Santiago expectativas que, a la postre, no se le cumplen, una vez que llegan a la gran ciudad. La excesiva concentración, naturalmente, empuja al centralismo. Lograr una equidad territorial supone que en Chile surja un conjunto de condiciones que permitan superar el subdesarrollo en que se encuentran miles de compatriotas. De ahí que siga siendo prioritario que la acción social del Gobierno sea focalizada, cada día más, hacia los sectores más desposeídos, que se encuentran en los lugares más pobres del territorio. Desde esta perspectiva, la descentralización, apuntada a los más pobres, frena el efecto del centralismo. Por ello, insistimos, es clave la descentralización. Pero debemos asumir que, no obstante el avance que representa este proyecto, en un sentido amplio y genérico, en lo específico, en lo relativo al manejo de los recursos, en lo que más importa, en definitiva, para el desarrollo regional, claramente no podemos afirmar que las regiones hayan alcanzado su mayoría de edad con esta iniciativa. Sin duda -como lo decíamos al comienzo- hay una gradualidad en el tiempo y, en ésta, nosotros, como partido, comprometemos toda nuestra vocación y voluntad de servicio público para ahondar en futuras iniciativas, sea con el Ejecutivo o con el Parlamento, que tiendan a fortalecer todavía más los gobiernos locales, los gobiernos regionales y la autonomía decisional en el nivel regional. Falta mucho todavía por avanzar en materia de administración financiera de las regiones. Digamos tan sólo que el presupuesto del gobierno regional constituirá anualmente la expresión financiera de los planes y programas de la región, ajustados a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la nación. Y seamos claros: no obstante todo lo que aquí se ha avanzado en materia de gobiernos regionales desde la administración anterior hasta ahora y lo que surja de esta ley, a la postre, será aquí en el Parlamento donde se definirá, una vez más, la suerte de las regiones, cuando se debata la Ley de Presupuestos de la Nación, una vez que el Ejecutivo la someta a su conocimiento. De manera que, si bien es cierto se avanza mucho en estructuras, como se consigna en los informes y en la voluntad del Ejecutivo y del Parlamento, debemos tener claro que, en definitiva, será esta instancia, y no la regional, la que decida respecto de las proposiciones regionales consignadas en la Ley de Presupuestos. La Ley de Presupuestos asignará a cada región los recursos necesarios para solventar sus gastos de funcionamiento. Nuevamente nos encontramos con que las decisiones del Ejecutivo y del Parlamento resultan fundamentales y determinantes para las resoluciones que deban adoptarse. Ello constituye una realidad de la que debemos estar conscientes, desafío en el cual el Gobierno y la Oposición debemos comprometer todos nuestros esfuerzos para que esta voluntad institucionalizadora de regionalizar se manifieste de manera explícita en el nivel regional, antes que en la Ley de Presupuestos, para que dicha ley sea informada con la expresión real y vital de las regiones. Está claro que el presupuesto de las regiones continuará siendo materia de discusión y de aprobación en el nivel central, pues será el Ejecutivo el que, en definitiva, acogerá o no las propuestas regionales que serán incorporadas a la Ley de Presupuestos de la Nación. Más aún, el Fondo Nacional de Desarrollo Regional depende de la Ley de Presupuestos, ya que a las regiones se les asignan cuotas. Esta es una expresión más de que debemos estar muy conscientes de que más allá del discurso, más allá de las atribuciones y más allá de los encandilamientos a que nos puede llevar esta voluntad sana que se ha tenido, hay una realidad que subyace y que permanece. En definitiva, se ha dado un paso, pero no se ha dado el gran paso, respecto del cual debemos comprometemos todos a darlo en la progresión del tiempo. Decía el Diputado señor Jeame Barrueto, y comparto su juicio, que queda mucho por hacer; también comprometemos nuestra adhesión a los planteamientos que ha formulado el señor Ministro del Interior, en el sentido de que se avance en los próximos años o en los próximos meses hacia una descentralización de los Ministerios, de los servicios públicos, y hacia una deslocalización de los servicios públicos. Sólo tendrá peso el presupuesto regional cuando todas las expresiones regionales se vayan vertiendo en funciones y atribuciones ejecutables en las regiones. Finalmente, la UDI compromete todos sus esfuerzos para continuar avanzando en materia regional. Lo decimos solemnemente esta tarde: comprometemos férreamente nuestra voluntad como partido y como grupo político que está en cada una de las regiones del país para seguir avanzando más allá de discusiones de orden ideológico, y con un sentido práctico, en el fortalecimiento de las regiones, como la expresión vital de un país que, unitariamente, es capaz de integrarse y enfrentar el gran desafío del desarrollo. Creemos firmemente que la economía social de mercado no sólo es compatible con la descentralización de las decisiones económicas o gubernamentales, sino mucho más que eso: es un imperativo ineludible para que opere una economía al servicio de todos, que genere riquezas para superar la pobreza y, de esa forma, articular en Chile un proceso de desarrollo en el cual todos se sientan integrados y no quede nadie marginado. Ese debiera ser el objetivo fundamental y permanente que mueva nuestros afanes, especialmente los legislativos. Finalmente, nos sumamos a los planteamientos de orden constitucional que ha hecho Renovación Nacional y que apuntan, más que a entorpecer, como pudiera pensarse, a clarificar y a vigorizar una ley que debiera tener, desde todo punto de vista, una excelencia tal que garantice y consolide el proceso de regionalización. Por eso miramos todas estas correcciones de insuficiencias y deficiencias del proyecto como elementos positivos que apuntan a un mejoramiento de esta proposición de ley y, sobre todo, a completar el proceso de regionalización que, como decimos, se inició hace dos décadas en Chile, y que nosotros, más allá de quien lo haya comenzado, tenemos el imperativo y la obligación moral de consolidar ahora y en lo que nos queda por delante en este trabajo de engrandecer a nuestra nación. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Urrutia. El señor URRUTIA.- Señor Presidente, como muy bien lo manifestó el Diputado señor Cantero en su intervención, Renovación Nacional se alegra de que hoy discutamos un proyecto de ley de tanta trascendencia para el desarrollo armónico de nuestro país, planteamiento de nuestro partido en virtud del cual se logró acuerdos para realizar la reforma constitucional que permitirá la elección de alcaldes y de concejales en todo el país el próximo 28 de junio. Es natural que los proyectos de ley que se tramitan en la Cámara -en esto el señor Jeame Barrueto debe estar de acuerdo conmigo- no cuenten siempre y en todas sus partes con el consenso de todas las bancadas políticas representadas en el Congreso Nacional, porque, indudablemente, la riqueza de un proyecto radica en superar nuestras diferencias para hacer realidad una iniciativa que tenga trascendencia, sirva a los intereses de la nación y cumpla los requisitos para hacer efectivo el anhelo ciudadano, que no es otro que regionalizar nuestro país, para que -insisto- pueda desarrollarse armónicamente. Hemos dicho que votaremos favorablemente este proyecto de ley, porque contiene normas que, indudablemente, llevan a un proceso gradual de regionalización del país; pero también consideramos que, en su esencia -insisto-, no lo regionaliza, mejor dicho, no lo descentraliza, porque las normas que en él se establecen, específicamente aquellas relacionadas con la distribución de los fondos regionales, se refieren a materias que, ojalá en el segundo informe y una vez tratadas en la Sala, podamos dilucidar para lograr la descentralización efectiva de Chile. Si analizamos las normas contenidas desde el artículo 71 en adelante del proyecto aprobado en la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, podremos constatar que, tanto la distribución de los fondos regionales como su inversión, siguen en manos del poder central del país. Las regiones podrán proponer proyectos de inversiones importantes para ellas; pero, para su aprobación deberán contar con la evaluación previa del poder central, como ocurre en la actualidad. Queremos que este proyecto permita a las regiones -lo digo porque soy Diputado por una de ellas-, administrar sus inversiones. Me refiero especialmente a las regiones alejadas de la Metropolitana. Postulamos que ellas puedan invertir los fondos asignados en el Fondo Nacional de Desarrollo Regional e, incluso, que los provenientes de inversión extranjera o de contratos o préstamos internacionales sean administrados por las regiones, que ellas determinen el uso que les darán y puedan evaluar cuáles serán los proyectos en los cuales se invertirán estos recursos, porque son los hombres de las regiones quienes conocen efectivamente los problemas de cada una de ellas. ¿Qué sucede en la actualidad? Si se quiere construir un camino en una región, debe contar con la aprobación previa del órgano central. Muchas veces no se realizan caminos u obras prioritarias para una región, porque el gobierno central no las considera así. Este es uno de los reclamos permanentes que, el año pasado, recibimos los miembros de la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización, cuando tuvimos la oportunidad de recorrer prácticamente todas las regiones de Chile. Las actuales autoridades de los gobiernos regionales nos planteaban justamente esta inquietud: la razón por la cual no podían tomar decisiones importantes en materia de inversión, de acuerdo con las realidades propias de cada una de ellas. Por ello, prácticamente todos los Diputados de dicha Comisión, una vez realizados los estudios en terreno, comprobamos la necesidad de regionalizar Chile. Prueba de ello es que el espíritu y el ánimo existentes en todos los sectores políticos del país en este sentido se ha demostrado tanto en la reforma constitucional como en el proyecto de ley que estamos aprobando. Pero queremos que, al menos en este proyecto, la determinación respecto de dónde se realizarán las inversiones, quede radicada en el gobierno regional. Además, es de prioridad uno establecer, en este cuerpo legal un porcentaje, con el rango de ley Orgánica Constitucional asignado como piso al Fondo Nacional de Desarrollo Regional en el Presupuesto de la Nación, específicamente de las inversiones que se disponen en el proyecto de Ley de Presupuestos de la Nación de cada año, para que así este Fondo no esté absolutamente supeditado a la decisión que en un momento determinado adopte la autoridad central del país. Con ello, avanzaremos en la descentralización de Chile. Insisto: en nuestras bancadas existe la intención de aprobar esta iniciativa, pero también queremos que se cumpla lo que se acordó en un principio con el Gobierno, en el sentido de dar mayor autonomía económica a las regiones del país para que logren su desarrollo en forma más armónica. Ahora, la distribución de los fondos será materia de un estudio posterior -en el segundo informe-, por cuanto consideramos que no es lógico que la mayor o menor distancia que exista entre una región del país y la Metropolitana se considere como un factor importante en la distribución de los fondos tanto sectoriales como del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. También es de primerísima importancia que los fondos sociales sean regionalizados para que las autoridades de cada una de las regiones determinen su distribución de acuerdo con sus necesidades reales. También es imprescindible, para dar forma real al proyecto de reforma regional, que al menos los gobiernos regionales puedan constituirse como tales, con su propia organización, como lo señala la letra b) de su artículo 34, y que no sea el Presidente de la República quien tenga la facultad de organizarlos. Si bien en el artículo 34 se consagra la facultad de "aprobar, en aquello no regulado por esta ley, la organización interna del gobierno regional", no es menos cierto que un artículo transitorio del proyecto en estudio faculta expresamente por única vez al Presidente de la República para organizarlos. Indudablemente, será por única vez, porque los gobiernos regionales se van a organizar una sola vez. Por lo tanto, será facultad exclusiva del Presidente de la República, y los gobiernos regionales no tendrán ni siquiera esta atribución que les otorgan las normas permanentes de la iniciativa en debate. Sin perjuicio de las inconstitucionalidades expuestas por el Diputado señor Cantero, creo importante señalar que, a nuestro juicio, hacen falta algunas definiciones claras y precisas. Por ejemplo, determinar si el gobierno regional forma parte de la administración del Estado, es decir, si se da o no cumplimiento al artículo le de la ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, por cuanto ahí se establecen los órganos de la Administración Central del Estado: las intendencias, gobernaciones, municipalidades, etcétera. Por lo tanto, creo de vital importancia establecer una normativa expresa en tal sentido para los efectos de dejarlo claramente consignado y saber con exactitud si son o no parte de la organización central de la Administración del Estado. También es importante precisar que el proyecto no somete a los gobiernos regionales a la fiscalización de la Contraloría General de la República, a pesar de que según el artículo 87 de la Constitución Política, todos los organismos y servicios de la Administración del Estado quedan sujetos al control de sus ingresos e inversiones de fondos fiscales. Consideramos necesario dejarlo claramente establecido, con el fin de evitar cualquier interpretación errónea una vez que los organismos pertinentes deban efectuar la fiscalización de estos gobiernos regionales. Por otra parte, creemos importante consignar establecer una norma especial, relacionada con la posibilidad de las personas naturales o jurídicas de interponer algún reclamo en contra de las resoluciones que adopten los gobiernos regionales. De conformidad con las normas en estudio los gobiernos regionales van a tener facultades resolutivas, por lo que las decisiones que adopten pueden afectar individual o colectivamente a la comunidad. El reclamo de ilegalidad está consagrado en nuestra normativa jurídica; por ejemplo, en la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en la cual se permite que los particulares, sean personas naturales o jurídicas, puedan recurrir ante la respectiva corte de apelaciones frente a una ilegalidad que se cometa por una municipalidad. Establecer un reclamo de ilegalidad dará mayor garantía y seguridad a los ciudadanos de todas y cada una de las regiones del país, más aún si la letra d) del artículo 16 del proyecto faculta, con-forme con lo dispuesto en la Constitución Política, para que los gobiernos regionales dicten "normas de carácter general para regular materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios". Puede suceder que algunas de estas normas que dicten los gobiernos regionales no se ajusten ni a la Constitución ni a la ley, y perjudicar a algún particular. Por ello, creemos importante incorporar el precepto de que las personas que se sientan afectadas por alguna resolución de estos gobiernos regionales, recurran a los tribunales competentes en la misma forma como se hace hoy día cuando se comete una ilegalidad por alguna municipalidad. En síntesis, consideramos fundamental buscar la mejor forma de lograr el desarrollo armónico de Chile. Por ello, como lo manifestaba el Honorable señor Cantero, vamos a dar nuestra aprobación en general a esta iniciativa. Esperamos que durante el segundo informe podamos introducirle modificaciones fundamentales para que, efectivamente, las regiones tengan la autonomía suficiente y se logre el objetivo de este proyecto de ley, sin que volvamos a caer en lo que hoy día sucede: que todo se resuelve desde el poder central, muchas veces en perjuicio y detrimento de las regiones. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Diputada señora Caraball. La señora CARABALL.- Señor Presidente, el Gobierno que preside don Patricio Aylwin, al proponer la reforma constitucional al Capítulo XIII, aprobada a fines del año pasado por este Parlamento y, posteriormente, los proyectos de Ley Orgánica sobre Municipalidades y de Gobierno y Administración Regional que hoy nos ocupa, ha buscado un activo, progresivo y eficaz proceso de descentralización del país. El mensaje mediante el cual el Presidente de la República envía este proyecto a consideración del Parlamento, Señala que lo anterior resulta fundamental en nuestra actual etapa de desarrollo, por los requerimientos propios del sistema democrático, por las demandas que plantea la expansión económica en varias zonas del territorio, por las exigencias que se derivan de la modernización de la administración pública, y como respuesta a los anhelos legítimos de las comunidades locales y regionales. Estas son las consideraciones que fundamentan también el proyecto que hoy estamos analizando. Hay un largo camino que debemos transitar de manera progresiva y prudente, pero no por ello menos decidida. Es un desafío al país en su conjunto. No se trata sólo de que los órganos del Poder Ejecutivo se desconcentren y descentralicen, sino de que todas las regiones asuman con capacidad, eficiencia y energía su propio desarrollo y afiancen de esta manera una positiva descentralización del país, uno de los principales desafíos a fines de este siglo veinte. En suma, se pretende lograr un desarrollo armónico de todo el país, con una activa participación de sus habitantes y de sus cuerpos sociales en la búsqueda de una distribución más equitativa de las cargas y beneficios que implica el proceso de desarrollo económico, social, político y cultural, compatibilizando estos avances e innovaciones con nuestra tradición institucional y jurídica de Estado unitario. Se trata de un proyecto de ley equilibrado, pues junto con las nuevas funciones y atribuciones que asumen los gobiernos regionales que se crean, les asigna los medios para ejercerlas y, de manera progresiva, transfiere también responsabilidades en la gestión de los recursos que mayor significación revisten en la dinámica del desarrollo, en relación directa con la capacidad creciente que aquellos vayan adquiriendo. Sobre la generación de estos gobiernos regionales, cabe señalar que las negociaciones que precedieron al acuerdo político en la materia, no permitieron arribar, al menos por ahora, a la fórmula de generación directa, como era el propósito del Gobierno de la Concertación. Una innovación de gran alcance para nuestro derecho se consagra al estatuir que los gobiernos regionales serán personas jurídicas de derecho público, dotadas de patrimonio propio e investidas de las funciones y atribuciones que esta ley les confiere. No me detendré a reseñar en forma pormenorizada las características, atribuciones o estructuras de estos gobiernos regionales, ya que los colegas que me han precedido en el uso de la palabra se han referido a ello. Quiero señalar, sí, algunos aspectos que considero esenciales para que este histórico proyecto se perfeccione y cumpla plenamente su propósito. Es importante dejar constancia de que será necesario revisar la forma de generar el gobierno regional, de modo de lograr que todos los habitantes de la región puedan, mediante su voto, manifestar su opinión y elegir a los integrantes del consejo regional. Del mismo modo, me parece indispensable que este Parlamento analice de manera responsable y profunda la situación de las áreas metropolitanas, que, por sus características y gravitación en el desarrollo nacional, merecen en casi todos los países del mundo una legislación especial. Desgraciadamente, tanto Renovación Nacional como la UDI, no dieron su acuerdo en la reforma constitucional para establecer un gobierno metropolitano en aquellas regiones que por sus especiales características así lo requirieran. Como consecuencia de lo anterior, en este proyecto se plantea un tratamiento idéntico para las 13 regiones del país. A simple vista, puede parecer un acto de justicia con las regiones, incluida la Metropolitana y otras que, a mi juicio, también merecen un trato jurídico distinto en un mismo concepto de gobierno regional. Sin embargo, es necesario dejar constancia de que, por ejemplo, la nueva normativa cambia el concepto del Fondo Nacional de Desarrollo Regional al transformarlo en la base del financiamiento de cada gobierno regional. Con ello pierde su principal característica: la de redistribuir recursos en función del territorio y no sólo de sus habitantes. Este cambio establece una inequidad objetiva entre las regiones, pues únicamente el 5 por ciento del mencionado Fondo estará disponible para una región que -nos guste o no- acoge al 40 por ciento de la población del país. Más grave resulta esto si pensamos que el Fondo se incrementará progresivamente en 25 por ciento anual, de modo que al partir de una base tan desmedrada esta inequidad será aún mayor. Todos somos testigos de que cuando un proceso urbano toma determinado volumen, éste debe ser administrado de una manera coherente y armónica. No basta la suma de municipalidades para enfrentar la extraordinaria complejidad que significa el desarrollo urbano de las áreas metropolitanas. No cabe duda de que el gobierno regional de tipo único significará un gran avance para algunas regiones, pero no lo será para la Región Metropolitana ni tampoco para algunas otras, como la Quinta y la Octava. Permítanme ilustrar lo que estoy señalando con un ejemplo. La Región Metropolitana, con cerca de 5 millones y medio de habitantes, tendrá menos consejeros regionales que la Quinta Región, con 1.400.000. En efecto, aquella elegirá 26 consejeros regionales y ésta, 28. Por las razones anotadas, en conjunto con el Diputado señor Gutenberg Martínez y otros parlamentarios de la Región Metropolitana, presentamos una indicación con el objeto de restablecer la idea de los gobiernos metropolitanos. Lo argumentado no intenta en modo alguno privilegiar a la Región Metropolitana. Sólo pretende que, como legisladores nacionales, pues todos somos Diputados de la República, asumamos la responsabilidad completa en cuanto al proceso de regionalización y estudiemos, en otro texto legal, la normativa que permita a la Región Metropolitana y a las otras que vayan adquiriendo esas características, administrarse en forma adecuada, de modo que se les permita desconcentrarse sin afectar a sus habitantes e incorporarse de manera armónica con las otras regiones del país al nuevo proceso que se inicia con esta ley. Honorable Cámara: la regionalización debe asumirse en favor de las regiones y no en contra de algunas de ellas. No puedo evitar referirme a la intervención del Diputado señor Cantero. Toda ella fue un largo ataque en contra de la Región Metropolitana, como si este ente fuese culpable del deterioro o de la falta de desarrollo de otras regiones. En su intervención nada escuché sobre las causas que generaron esta excesiva concentración de habitantes, de capitales, de inversiones, de empresas, de industrias. Por lo tanto, tampoco propone nada en esa línea. Esas causas también están presentes en el proceso de concentración excesiva que están sufriendo varias otras regiones del país. Al no tenerse a la vista como antecedentes válidos en el estudio esta ley, seguirán gravitando negativamente. Es cierto que ahora no sólo se produce en la Región Metropolitana, en la Quinta o en la Octava, sino en todas las regiones del país. Por lo limitado del tiempo, sólo enunciaré algunos aspectos claves para un desarrollo urbano sano, que están ausentes de nuestro razonamiento sobre un proceso de regionalización, cuya finalidad sea el desarrollo integral de las personas en un espacio físico y con una institucionalidad que efectivamente reconozca en el ser humano el sujeto del desarrollo y no su mero objeto. El uso del suelo, de los recursos humanos, físicos, naturales, técnicos o financieros, son parte inseparable y aspectos claves de cualquier concepto de desarrollo; pero el contenido de las políticas, para su correcta utilización, también es parte inseparable de un proceso de regionalización racional y eficiente. La no consideración de las externalidades de toda inversión -que normalmente recaen como costo del Estado o de las municipalidades, es decir, de todos los chilenos, que aumentan artificialmente y, en algunos casos, de manera espectacular la ganancia de los capitales- produce necesariamente concentración de la inversión, con la consecuente generación de problemas cada vez más complejos y difíciles de manejar. Valga, tener presente a modo de alerta, lo que sucede desde hace más de diez años en el distrito que represento, Las Condes, Vitacura y Barnechea. Como no existe una legislación adecuada, se hacen grandes inversiones en construcción, que reportan una extraordinaria ganancia al capital al no tener que incorporar a sus costos las inversiones de otros, lo que hace posible la construcción de un millón ochocientos mil metros cuadrados en un solo año. Las ampliaciones de vías, las adecuaciones de redes de alcantarillado y agua potable, la extensión de servicios, entre otros, no forman parte de los costos del inversionista, pero sí significan un mayor precio para el adquirente. De ahí la poca efectividad de los llamados planes reguladores, ya que éstos no son una vara mágica que solucione todos los problemas, sino el mero reflejo de una norma que no tiene capacidad de reglamentar la voracidad de los inversionistas, al no poder distribuir los costos que genera esa inversión. Esta analogía es conveniente para tomar conciencia de que no basta la normativa legal que busca una eficiente regionalización. Será necesario avanzar decididamente en la elaboración de un conjunto de normas jurídicas que complementen esta histórica iniciativa y hagan posible la aspiración expresada en el programa de la Concertación y asumida por el Gobierno que preside don Patricio Aylwin, de hacer de este país una patria justa y buena para todos. Esta iniciativa es un gran paso en ese sentido. Por eso, la aprobaremos. He dicho. El señor VILCHES.- Señor Presidente, ¿cuánto tiempo ocupó la Honorable Diputada señora Eliana Caraball? El señor COLOMA (Vicepresidente).- Once minutos. Tiene la palabra el Diputado señor Carrasco. El señor CARRASCO.- Señor Presidente, cuando algunos pretenden vestirse con ropaje ajeno, los democratacristianos reclamamos para este tema el importante rol que ha tenido en el desarrollo histórico. La descentralización constituye una parte significativa del corpus doctrinario de la Democracia Cristiana. En la declaración de principios del partido, del 27 de julio de 1957, se lee: "La Democracia Cristiana promueve el más amplio desarrollo de las entidades intermedias entre el individuo y el Estado y su reconocimiento en las instituciones de derecho. "Impulsa, por lo tanto, el robustecimiento de los organismos regionales y de los municipios". En el manifiesto político de la Unión Mundial Demócrata Cristiana, en Roma, el 16 de julio de 1976, se señalaba: "El proceso de industrialización, particularmente en los países del Tercer Mundo, requiere una política de desarrollo que asegure el equilibrio ecológico, tenga en cuenta la diversidad de las regiones y garantice una asignación de recursos más equilibrada". El año 1958, hace ya más de treinta años, nuestro camarada Jorge Ahumada, uno de los más preclaros economistas nacionales, en su libro magistral "En vez de la miseria", que serviría como fundamento programático a la primera postulación presidencial del Presidente Freí, decía, que el centralismo era el cuarto enemigo del mejoramiento del patrón de vida de los chilenos. En el mismo libro, como sugerencia estratégica, expresaba: "El aumento de las facilidades de producción hay que distribuirlo a lo largo del territorio y de un modo económico". Agregaba: "El Estado tiene muchos instrumentos para acelerar el proceso de descentralización"... y los daba a conocer. Desde el punto de vista de la administración pública, durante el gobierno del Presidente Frei se inicia, a través de la nueva Oficina de Planificación Nacional, Odeplan, una amplia y sistemática obra nacional a favor del desarrollo regional, que comienza con el establecimiento de la regionalización en la ley N° 16.635, de 1967. Hay diversos estudios de carácter técnico y la formulación de estrategias de desarrollo para el Bío-Bío, Maulé y Magallanes; la aplicación de una exitosa política de localización industrial; la Junta de Adelanto de Arica y la Corporación de Magallanes. En el primer documento emanado de Odeplan en 1968, decía: "El plan nacional de desarrollo plantea, por primera vez en forma explícita, la necesidad de provocar, paralelamente con el crecimiento general del país, un proceso de desconcentración de la actividad económica y descentralización de la toma de decisiones, tanto para el sector público como para el privado.". Posteriormente, se crean las Oficinas Regionales de Planificación, Orplan, y se diseña un esquema de regionalización en 12 regiones. El propio Presidente Frei escribió en su obra, "América Latina: opción y esperanza", lo siguiente: "La descentralización del poder no tiene sentido si no hay una organización auténtica de las bases sociales, capaces de asumir las tÁreas y la parte de responsabilidad que hacen posible su participación e integración.". El Fondo Nacional de Desarrollo Regional es el mejor botón de muestra que puede lucir la Democracia Cristiana en este tema, ya que fue planteado en el documento conocido como "El desarrollo regional de Chile en la década de los setenta", una de las últimas publicaciones de Odeplan durante la administración Frei. Pero no sólo esto. Todo el material anterior es recogido en un trabajo colectivo hecho en 1984 por gran número de profesionales y técnicos, llamado "Proyecto alternativo", dirigido por el actual Ministro Sergio Molina. Este compromiso histórico de la Democracia Cristiana con la descentralización y regionalización también lo asumen, durante los años 1988 y 1989, con gran fuerza, otros camaradas nuestros, como los Ministros Foxley y Cumplido. Recordamos esto porque nunca faltan quienes, adorando lo que ayer quemaron, hoy pretenden erigirse no sólo en los adalides y conductores de este proceso histórico -tan trascendente para el desarrollo de los pueblos-, que siempre ignoraron, sino que quieren hacerlo hoy con irresponsabilidad y demagogia, impulsados por un mezquino afán electoralista, sin importarles que estamos ante un hecho muy relevante para la vida del país y de los chilenos. En este proyecto no se trata de encontrar todo malo y empequeñecido, ni de actuar con mezquindad política y acusar al Gobierno de no cumplir su compromiso de legislar en materia de regionalización, como se ha dicho en esta Sala, sino de decir, con honestidad, cuánto podemos avanzar en un proceso de transformación del Estado y de su estructura administrativa para entregarle a los chilenos funciones y atribuciones que antes nunca tuvieron la posibilidad de ejercer; cuánto es posible darles hoy para crear un proceso sostenido y gradual de transferencia de facultades y recursos que les permita, en el tiempo, ser sujetos de su desarrollo y no meros entes receptores de órdenes impartidas en el centro del país, como ocurría en el período que ellos añoran. Quienes vivimos y servimos a nuestras regiones por sobre nuestro compromiso político tenemos una gran obligación con ellas. Sabemos que la regionalización es un concepto casi mágico, que despierta profundas esperanzas en las comunidades regionales que la acogen como herramienta fundamental para el desarrollo, incluso para romper su subdesarrollo y, muchas veces, su anquilosamiento. Nuestras regiones reclaman mayores atribuciones y recursos económicos para invertir, de acuerdo con su criterio y con la realidad de su región. Sabemos, además, que les gustaría tener facultades para negociar su desarrollo, sus riquezas naturales y su forma de vida, pero ello no nos debe conducir a asumir nuestra función legislativa con demagogia e irresponsabilidad, sobre todo en una materia tan seria como es la Administración del Estado. Por eso, hoy preferimos plantear, con claridad, nuestra opinión y aprensiones respecto del proyecto en discusión. No nos interpreta a cabalidad, pero no podemos dejar de expresar que constituye un avance fundamental en el proceso de regionalización, desconcentración y descentralización de nuestro país, desconocido hasta ahora en la historia administrativa chilena. La creación del Gobierno Regional, persona jurídica de derecho público, con patrimonio propio, investido de funciones y atribuciones, con capacidad normativa, resolutiva y fiscalizadora, constituye un hecho trascendente para el proceso de transferencia de atribuciones a las regiones. Las funciones que se le asignan en materia de conservación del medio ambiente, de transporte, tanto regional como interregional fronterizo, de ordenamiento territorial, de dotación y mantenimiento de infraestructura, de formulación para la región de políticas nacionales, de fomento productivo, de explotación racional de los recursos naturales, de promoción de la educación superior y de la investigación científica y tecnológica, de fomento y reglamentación del turismo, de erradicación de la pobreza, de participación en programas de salud, educación, cultura y vivienda, de fomento de expresiones culturales, de cuidado del patrimonio artístico regional, de sanción de los planes reguladores, de formulación, evaluación y priorización de infraestructura social básica, en la aprobación del proyecto de presupuesto regional y de los planes estratégicos regionales de desarrollo, etcétera, sin ninguna duda significan un avance importante en el proceso de desconcentración y regionalización. Quien niegue la importancia de este proceso, lo hace o porque desconoce la forma cómo los países se regionalizan o por una mezquina ceguera política que en esta materia de tanta trascendencia para el país no debiera existir. Valoramos este paso que significará un fuerte desafío para las regiones que, como sujetos contestatarios, deberán asumir la responsabilidad y capacitarse para ser eficientes en el aprovechamiento eficaz de este instrumento jurídico que se pone a su disposición. Ya mencioné que el Presidente Frei señalaba que la descentralización no tiene sentido si no hay una "organización auténtica de las bases sociales capaces de asumir tÁreas y la parte de responsabilidad que hacen posible su participación e integración". Sólo un adecuado proceso de articulación entre el Estado y la región socialmente estructurada permitirá promover un auténtico proceso de desarrollo regional. No basta con transferir atribuciones, es necesario que haya un ente receptor capaz y eficiente. Esa es la región social y culturalmente preparada. Pero, si bien valoramos el proyecto, no podemos silenciar algunos elementos que encontramos de más y otros que echamos de menos. Esperamos que en el transcurso del debate, y o en el segundo informe, se puedan mejorar. Lamentablemente, los Diputados no tenemos iniciativa legal que nos permita efectuar indicaciones al proyecto. Valoramos las que el Gobierno ya acogió, a iniciativa de los Diputados democratacristianos. Notamos en la concepción del proyecto una serie de prejuicios y temores que no compartimos: Una desconfianza un tanto exagerada en la falta de capacidad de las regiones para administrar las funciones y atribuciones que se les asigne. Si bien es cierto que existe debilidad en algunos equipos técnicos regionales, estamos seguros de que son etapas susceptibles de ser superadas si se toman las medidas adecuadas. Un cierto temor al quiebre del Estado unitario que es Chile y, en consecuencia, la posibilidad de perder el Ejecutivo la unidad de mando. Un incomprensivo temor al quiebre del manejo centralizado del presupuesto nacional, que haga ineficiente las macropolíticas económicas nacionales que el país implementa. Una sutil creencia o pensamiento de que quienes hemos tratado de reafirmar en la ley la existencia de un proceso gradual de transferencia y de atribuciones, lo hacemos, a lo mejor, impulsados por un populismo regionalista un poco irresponsable. Nada más inexacto. Lo que aquí sí podemos hacer, lo realizamos, lisa y llanamente, porque no queremos que, una vez más, se frustren las esperanzas de un proceso tan querido por las regiones. Durante muchos años a las regiones se les prometió descentralización y autonomía. Nunca se ejerció una centralización tan férrea y tan monolítica como durante el gobierno autoritario, ya que la verticalidad del mando era absolutamente incompatible con la transferencia de atribuciones a las regiones. Ninguna dictadura comparte el poder con sus subordinados. Elementos que echamos de menos. Lo decimos con mucha claridad: Echamos de menos un articulado que nos permita, como dice el artículo 103 de la Constitución, determinar la forma en que se descentralizará la Administración del Estado, así como la transferencia de competencias a los gobiernos regionales. Creemos fundamental que las regiones conozcan cuál será la gradualidad y selectividad del proceso mismo de desconcentración, señalado en el artículo de la ley. Es necesario regular, de manera clara y objetiva, la gama de competencia que debe irse radicando en los órganos del gobierno regional. Los Diputados democratacristianos planteamos esta materia al Gobierno, y hoy, después de escuchar al señor Ministro del Interior, valoramos el solemne compromiso que él ha tomado en esta Cámara de Diputados, en nombre del señor Presidente de la República, de enviar uno o más proyectos de ley que concreten esta sentida aspiración de las regiones. Valoramos esta voluntad política del Gobierno, sin la cual es imposible avanzar en el proceso de descentralización regional. Extrañamos una ausencia en el rol del sector privado en el proyecto de ley. Es fundamental que en la ley se establezcan algunos mecanismos de negociación entre el sector privado y los gobiernos regionales, que permitan la incentivación o la desincentivación, cuando convenga a los intereses regionales del sector privado, favoreciendo su desarrollo, su permanencia y su innovación tecnológica. No encontramos explicitado el rol de las universidades regionales en el proceso de regionalización, especialmente aquello que tiene que ver con la creación y desarrollo de una capacidad endógena de investigación y desarrollo tecnológico, en relación con la economía regional, hitos importantes en todo proceso de regionalización. Por último, creemos que debiera estar especificado en la ley un mecanismo de premio o estímulo para las regiones que se capacitan y avanzan más en la creación de las condiciones necesarias para un proceso más acelerado de regionalización. No hacemos referencia a materias vinculadas al acuerdo político, algunas, como se dice, preferimos "tragarlas" sin degustarlas. Estamos seguros de que las regiones asumirán con interés y responsabilidad este proceso que significa, junto con la municipalización, una clara y eficiente consolidación del sistema democrático, especialmente por el alto grado de participación de las personas en el proceso de gobernar y conducir el destino de sus comunas y regiones. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Diputada señora Cristi. La señora CRISTI.- Señor Presidente, Honorable Cámara, frente al regocijo de muchos por la pronta aprobación en general de la reforma constitucional y del proyecto de ley sobre gobierno y administración regional y provincial, me asiste una profunda inquietud y temor a la vez. Ello, básicamente, por las siguientes razones. La Región Metropolitana, con una concentración del 40 por ciento de la población del país y con más de dos millones de personas que viven en situación de marginalidad y de extrema pobreza, se verá gravemente afectada por esta reforma, muy en especial por lo que dice relación con la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, especialmente en virtud de los criterios adoptados en el artículo 71. Por otra parte, porque no existe una verdadera descentralización respecto de los fondos sectoriales, los cuales continuarán siendo administrados por el nivel central. El artículo 71 señala que la distribución del 90 por ciento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional entre regiones, se expresará anualmente en la Ley de Presupuestos, y se efectuará teniendo en cuenta las condiciones socioeconómicas y territoriales de cada región, en relación con el contexto nacional. Para estos efectos, se considerarán con igual ponderación las dos variables siguientes: a)El nivel socioeconómico de la región, medido en términos de indicadores, como el porcentaje de población en condiciones de pobreza, la tasa de desempleo, el producto per cápita regional y otros relativos a la calidad de vida en salud, educación y saneamiento ambiental. b) Se considera la condición territorial particular de cada región, medida a través de los indicadores, como la dispersión poblacional, la ruralidad de los centros de población, el deterioro ecológico y su distancia respecto de la Región Metropolitana. Para el cálculo de las variables señaladas, se utilizarán como fuentes de información sólo cifras oficiales emanadas de los ministerios, del Instituto Nacional de Estadísticas o, en su caso, de organismos internacionales. Al respecto, es ilógico que la Región Metropolitana sea sometida al criterio de condición territorial, medida a través de indicadores como la dispersión poblacional, la ruralidad, el deterioro ecológico y su distancia respecto de la Región Metropolitana, como una de las dos variables en la asignación de los fondos. El Gran Santiago no reúne ninguna de estas características. Con este criterio, comunas tales como La Pintana, Peñalolén, Cerro Navia, San Ramón, se verán seriamente afectadas, pues no son rurales y están dentro de la Región Metropolitana. Hay comunas que de por sí son mayores en población que algunas regiones del país. Así, por ejemplo, La Pintana -me gustaría que hubieran estado presentes los Diputados señores Estévez y Yunge para que defendieran su comuna- con aproximadamente 160 mil habitantes y una de las comunas más pobres del país, según la encuesta Casen-1990, tiene mayor población que la Duodécima Región y casi la misma que la Tercera Región; Peñalolén, con 240 mil habitantes, tiene una población un poco menor que la Primera, con una alta concentración de pobreza; La Florida, con casi 400 mil habitantes, equivale a poco menos que la población de la Cuarta Región. Por ello, esta reforma, en vez de perjudicar a las comunas con alta densidad poblacional y concentración de pobreza dentro de la Región Metropolitana, deberían asignar fondos especiales que les permitan superar el nivel de desarrollo y retraso en que se encuentran, especialmente durante un período de transición que, supuestamente, se verá superado por la descentralización de la reforma. Según el Diputado señor Cantero, a quien también aludió la Diputada señora Caraball, en las comunas de regiones existen necesidades, pero la verdad es que todas las que ha mencionado son también típicas y urgentes en la Región Metropolitana, así como viviendas, consultorios, escuelas, pavimentación, veredas, agua, luz, alcantarillado, vigilancia policial, ambulancias, etcétera. En Santiago, la gente también se muere por no tener un teléfono para llamar una ambulancia; y, asimismo, porque el vehículo no llega a tiempo a buscarla Señor Presidente, he visitado varias comunas en las diferentes regiones del país. He conocido sus necesidades. En verdad, además de las características propias de la ruralidad y la distancia, las necesidades se repiten en el país. No he visto, sin embargo, a Diputados de regiones visitar la comuna de Peñalolén. Los invito cordialmente para que conozcan en el terreno las necesidades de comunas como La Pintana, Recoleta y otras de la Región Metropolitana. Quienes representamos a comunas de escasos recursos, nos enfrentamos a enormes problemas, los cuales, probablemente, son los mismos de las regiones, pero se repiten con mayor intensidad por la gran cuantía que representan. ¿Cuántos de los Diputados de regiones se enfrentan a la existencia en su comuna de 12.000 familias allegadas, sin casa? ¿Cuántos Diputados de regiones deben preocuparse, en un momento dado, de 25 casos de personas que están muriendo de leucemia u otras enfermedades? ¿Cuántos Diputados representan una región de 200 mil habitantes que tiene sólo un liceo para atender a 30 mil jóvenes? ¿Cuántos Diputados son de regiones que no tienen hospital? Pues bien, la comuna de Peñalolén, con 240 mil habitantes, no tiene hospital; tampoco la comuna de La Pintana. En la Ley de Presupuestos del año 1992, la Región Metropolitana ha sido seriamente castigada en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, por cuanto se le asignó el menor monto de recursos, $ 2.002.318.000, lo que representa el 5.7 del Fondo. Todas las regiones del país recibieron mayores cantidades, incluyendo las de menor población, como es el caso de la Undécima, a la cual se le asignaron $ 2.711.335.000. Todos sabemos que en estos momentos cualquier cantidad que se entregue a las comunas del país es insuficiente; pero sí es importante que los recursos de este Fondo sean distribuidos en proporción a la población y a sus necesidades urgentes. Desgraciadamente, tengo que pensar que esta postura frente a la regionalización y al deterioro que sufre y sufrirá la Región Metropolitana se encuentra gravemente afectada por el hecho de que el 73,3 por ciento de los representantes de la Cámara de Diputados pertenecen a regiones. No puede ser que el nuevo Congreso, en esta nueva democracia, se ciegue ante las necesidades de tantos chilenos. Ante el natural deseo de mejorar las condiciones del resto del país, no tiene sentido castigar a la Región Metropolitana. Es justo que las regiones tengan un nivel de desarrollo adecuado, pero no se justifica repartir pobreza, castigar a los habitantes de las regiones que han invadido la Región Metropolitana; a una selva de cemento en que la condición de vida no es mejor ni peor que la de las regiones. Por ello, hago un llamado a todos los Diputados de la Cámara para que se considere esta situación, a fin de que se pueda introducir una indicación que no perjudique tan gravemente a la Región Metropolitana como se está haciendo con este proyecto de ley. Esta situación es de tremenda peligrosidad y, en verdad, una vez que la ley esté promulgada, nada sacaremos con arrepentimos. También hago un llamado a los 32 Diputados de la Región Metropolitana para evaluar en detalle los contenidos del proyecto y, de esa manera, defender nuestra región, sin que ello signifique afectar a las demás, que tienen derecho al desarrollo, y para que defendamos a los pobres que viven hacinados en esta gran selva de cemento que es la Región Metropolitana, en una pobreza urbana muchas veces más graves que la rural. Además, la no descentralización de los recursos sectoriales también es bastante grave. Uno de los grandes avances del proyecto es dar a cada región la posibilidad de distribución de los fondos sectoriales. No puede ser que en este momento el Ministerio de la Vivienda decida quiénes van a vivir en una comuna o en otra y que asigne centralizadamente, y con muchos errores, las casas que se entregan en el país. De hecho, en la actualidad hay personas jóvenes, hombres solteros, que han recibido vivienda en lugar de familias que las necesitan desesperadamente. Tampoco tiene sentido que las pensiones asistenciales se asignen a los ancianos y a los inválidos desde sectores centralizados, desde la Intendencia de la Región Metropolitana, cuando es en las comunas donde se aprecian las necesidades, y sus municipalidades reciben la mayor demanda y la mayor presión. Creo que si los fondos sectoriales no se descentralizan y no se les otorga a las regiones y a los municipios la autonomía necesaria para su mejor distribución y uso, en esta reforma, con estos dos puntos, se comete un gran error que afectará a todo el país con posterioridad. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Correa. El señor ESTEVEZ.- Señor Presidente, con su venia, le pido una interrupción al Diputado Correa. El señor CORREA.- Se la concedo. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Esté- vez. El señor ESTEVEZ.- Gracias. Señor Presidente, comparto la preocupación por la situación de la Región Metropolitana. A este respecto, el país enfrenta dos desequilibrios diferentes: uno regional y otro social, y, quizás, el problema es que hasta ahora se ha confundido en un mismo mecanismo el intento de solucionar ambos problemas. El Fondo Nacional de Desarrollo Regional debe cumplir el papel de superar el desequilibrio regional o espacial, y el hecho de que dicho Fondo tiene también la tÁrea de superar los desequilibrios sociales crea distorsiones. Por eso, este tema amerita un debate a fondo en su segunda discusión. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Correa. El señor CORREA.- Señor Presidente, el tema de la descentralización administrativa, de hondo contenido jurídico, se arrastra a través de los años y hunde sus raíces en la historia de nuestras estructuras administrativas que recibieron como herencia natural del derecho indiano y la herencia intelectual de la Revolución Francesa, que, curiosamente, fue más centralista que el régimen que reemplazaba. Chile, al nacer como nación independiente, recibe como legado el régimen de intendencias, primer intento descentralizador que significó un cambio de estructuras, un traspaso de competencias y que fue iniciado, con decisión y valentía, hace dos siglos, tras el objetivo que es el mismo que hoy nos preocupa: modernizar nuestra administración pública. Así, el régimen de las intendencias se arraiga en nuestra forma de ser y está vigente en las primeras constituciones que establecen regímenes políticos y administrativos fuertemente centralizados, salvo la Constitución de 1826, que condujo a un breve período de federalismo y que posteriormente Portales termina consagrando a los intendentes como fieles ejecutores de las órdenes del gobierno central. La Constitución de 1925 consagra un pequeño grado de descentralización al contemplar las asambleas provinciales que, lamentablemente, nunca funcionaron. Luego, en 1942, se restringen drásticamente las atribuciones de los municipios, transfiriendo todas ellas a órganos centralizados. Así, paradójicamente, en contra de los deseos del constituyente de 1925, la práctica político-administrativa echa por la borda toda posibilidad de descentralización administrativa, y el artículo 107 de la Constitución, según el cual las leyes debían entregar, paulatinamente, a los organismos provinciales atribuciones y facultades, queda en el olvido y no se aplica. He querido hacer esta pequeña reseña acerca de lo que ha sido el proceso des- centralizador en Chile para aquilatar en su real dimensión la reforma administrativa y modernizadora efectuada por el gobierno de las Fuerzas Armadas. Este trabajo se inicia a comienzos del gobierno militar mediante un estudio que efectúa la Comisión de Reforma Administrativa, Conara, en que participan técnicos representantes de las regiones y provincias. Así, después de varios años se concreta una división administrativa que, sin ser perfecta, constituye sin duda el avance más importante logrado en Chile en materia descentralizadora en toda su historia como nación. Escuchábamos recién al colega Jeame Barrueto, quien señalaba el impulso que este Gobierno está dando al Fondo Nacional de Desarrollo Regional. Le digo: ¡pero si este Fondo lo creó y formó el gobierno pasado! Los recursos que le otorgó fueron aumentando año tras año, y me alegro de que se haya continuado aumentándolos. Una vez más, se está demostrando que lo bueno de este Gobierno es, justamente, cuando mantiene lo efectuado por el anterior, y lo malo, cuando lo cambia o modifica. El proyecto que hoy nos preocupa intenta, una vez más, lograr una efectiva descentralización. Pero hay muchas disposiciones en su articulado que, a mi juicio, van en sentido contrario, y a ellas me referiré. Primero. Se supedita la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional a la propuesta que formule el intendente, otorgándose así una especie de iniciativa exclusiva a su favor para todo proyecto regional, en desmedro, desde luego, del Consejo Nacional de Desarrollo. ¿Es éste realmente un sentido descentralizador? Además, el proyecto no incluye la forma de dirimir las discrepancias entre intendente y los consejos regionales de desarrollo. Segundo. No es bueno que sean los concejales municipales, que constituyen las asambleas electorales, quienes propongan los candidatos a consejeros regionales, siendo así propiciadores y electores de los mismos. Es mucho más participativo que sean las organizaciones laborales, empresariales, culturales y las corporaciones de desarrollo quienes postulen a los candidatos a consejeros regionales. Tercero. Es indispensable que el intendente tenga no sólo una asesoría en cada materia, sino que efectivamente pueda poner en práctica las políticas de desarrollo que el proyecto determina. Para ello, debe tener atribuciones sobre los secretarios ministeriales que el proyecto hace depender directamente de los ministerios respectivos. A su vez, los secretarios regionales ministeriales deberían tener más atribuciones en el manejo de sus respectivas áreas; de esta manera habrá efectivamente mayor autonomía y se logrará una mayor descentralización. Cuarto. En materia de administración provincial se cae en varios errores. No se entrega ninguna atribución presupuestaria al gobierno provincial, ni al gobernador, ni al Consejo Económico Social en la elaboración del plan de inversiones regionales; es decir, la experiencia nos dice que en el manejo del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, generalmente, se produce una desproporción en las inversiones, con gran favoritismo para la provincia sede de la región. Este factor y las pocas atribuciones que se entrega a los gobernadores está claro que provocará un sentido centralista al interior de cada región. Por todo lo anterior, estimo que este proyecto es un nuevo paso en el sentido positivo que inició el gobierno anterior y que, modificando algunos aspectos, permitirá que Chile continúe en su etapa modernizadora que lo coloca, hasta ahora, a la cabeza de los países latinoamericanos. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).: Tiene la palabra el Diputado señor Ortega- El señor ORTEGA.- Señor Presidente, el Diputado señor Carrasco me solicita una interrupción y, con su venia, se la concedo. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Carrasco. El señor CARRASCO.- Señor Presidente, sólo para aclarar un concepto vertido por el Diputado señor Correa. La verdad es que existe un procedimiento para dirimir las controversias entre el Consejo y el intendente. El Consejo, cuando surgen problemas de esa índole, tiene derecho a insistir con los tres quintos de los consejeros representantes. O sea, existe la norma. Y se dijo que no existía. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Eugenio Ortega. El señor ORTEGA.- Señor Presidente, sin pretender un elogio desmedido, el proyecto en discusión tiene carácter histórico. En efecto, como se ha señalado en esta Sala, el Estado nacional se construyó para estructurar su unidad, sobre la base del despliegue cada vez mayor del poder central, especialmente en grandes conflictos que afectaron a nuestra convivencia. Tiene sus hitos en 1830, con la batalla de Lircay, que gana determinada comprensión y definición del fenómeno político; en 1851, con la batalla de Loncomi11a; en 1859, con la batalla de Cerro Gran-de, contra los sectores de Copiapó y de Coquimbo que se levantaron contra el poder central; en 1879, desde el punto de vista de la configuración del Estado nacional, y por supuesto, en todo el proceso de dominio de la Araucanía. Si a este proceso de centralismo y de ejercicio del poder central se coliga el fenómeno del presidencialismo, obviamente se termina en un proceso en el cual el país genera un Estado nacional en que la concentración económica, financiera, cultural, política y administrativa está centrada en Santiago. Sobre los hechos que resultan de este proceso histórico analizaré algunos datos en resumen, debido al escaso tiempo. Por ejemplo, en materia poblacional, el referido proceso concentrador provocó que en la Región Metropolitana, en 1920, viviera el 19.3 por ciento de la población; en 1970, el 35.5. por ciento, y en 1989, el 39.6 por ciento. La tasa de crecimiento de la población, en la historia reciente de Chile, siempre ha sido mayor en la Región Metropolitana que sobre el promedio nacional. El ingreso público en la Región Metropolitana alcanza sólo al 47 por ciento en 1986, mientras que el gasto público es de 94 por ciento. Sin embargo, aquí se están sumando gastos que corresponden al Estado nacional y que afectan a toda su estructura; pero, de todos modos, la diferencia no se justifica por esta cifra. En materia de gasto fiscal per cápita, el promedio nacional es de 13.78 por ciento para 1979, tomando cualquier año, porque siempre dicho gasto ha sido superior en la Región Metropolitana, el cual para ese año es del 29.65 por ciento. Ello indica que el problema de la iniquidad espacial es un hecho que está, justamente, en la concepción del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y estructuralmente centrado por las cifras que estoy planteando. Porque, además, el stock de equipamiento que ha tenido la Región Metropolitana en materia de alcantarillado, caminos, postas, escuelas y otros, ha sido y es cualitativa y cuantitativamente mayor que lo que son esos mismos stock de equipamientos en las regiones del país. Por lo tanto, el Fondo de Desarrollo Regional, que representa al 14 por ciento de la inversión pública, está orientado a disminuir la iniquidad, desde el punto de vista territorial espacial. En cuanto a la iniquidad social, se está tendiendo a su solución a través de la red social, que trata de resolver problemas de personas y familias afectadas por situaciones de justicia o de desmedro. En consecuencia, la red social está orientada a resolver los problemas de este tipo de iniquidad. El Fondo Nacional de Desarrollo Regional está orientado a lo que dice su nombre: a disminuir la iniquidad espacial. Pero cuando se discute en esta Sala que el Fondo Nacional de Desarrollo Regional se distribuye en forma inequitativa con respecto a la Región Metropolitana, no se toma en cuenta el monto de los recursos que la asistencia social o de subsidios distribuye en el país y, en concreto, en la Región Metropolitana, en que sí afecta el número de personas y de población que vive allí y que, por supuesto, logra captar comparativamente muchos más recursos por ese objeto en términos de diferencia con lo que se distribuye en el resto del país. Tampoco se analizan los gastos sectoriales. Para hacer un análisis completo de lo que es la distribución de la inversión y el gasto público, tendríamos que considerar el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, la red social y los gastos e inversiones sectoriales de los diferentes ministerios. Y de esa manera se podría concluir que hay iniquidad o un desequilibrio en relación a la Región Metropolitana; pero los datos históricos muestran que los gastos sectoriales han sido, proporcionalmente, mayor es en la Región Metropolitana que en las regiones. Por esa razón, el stock de equipamiento que tiene esta región ha sido y es superior al de la mayoría de las regiones del país. Podría dar aquí -el tiempo no me lo permite- lo que son, por ejemplo, los indicadores de salud de habitantes-cama, de habitantes-médico, de nacidos vivos; los indicadores de educación, y así sucesivamente. Podríamos concluir, en definitiva, que el objetivo del Fondo de Desarrollo Regional es el que he señalado. Ahora bien, no es que se confunda, como dijo el Diputado Estévez, el problema de que el Fondo se orienta a disminuir la iniquidad desde el punto de vista social. El Fondo Nacional de Desarrollo Regional se distribuye al interior de las regiones o entre ellas, a partir de indicadores sociales que, obviamente, toman en cuenta los niveles de pobreza o de debilidad de su stock estructural o de infraestructura o de equipamiento. Entonces, para hacer un juicio objetivo, no se trata de un problema, como lo señaló la Diputada Cristi, entre la gente de Santiago contra la de las regiones o viceversa. No queremos ese debate, por-que se trata, justamente, de potencial el desarrollo de las regiones para ayudar a que el problema del crecimiento que ha tenido Santiago, en forma absolutamente desequilibrada, pueda disminuirse con el tiempo, aminorando así también los problemas y el costo que tiene la urbanización de la capital del país y los problemas sociales que ello conlleva. No deseamos esta confrontación, pues pretendemos algo objetivo, científico; que se analice con precisión esta realidad histórica; que no se den sólo cifras de un año, sino que se analice todo lo que ha significado este proceso en el cual en definitiva, el país ha perjudicado las posibilidades de las regiones y su potencial desarrollo. Señor Presidente, a mi modo de ver, con este proyecto se está orientando a eso: a dar a las regiones recursos, posibilidades de decisión que transformen la realidad estructural, política, institucional, económica, cultural y, como decía el Diputado Elgueta, también financiera, porque todos los bancos regionales terminaron centralizados. En ningún país equilibrado de la tierra existe un solo centro de desarrollo con el nivel de concentración que presenta la realidad chilena. Hay que visitar Alemania, Francia, España, inclusive países de América Latina, como, por ejemplo, Colombia, donde múltiples centros de empresas se desarrollan en las regiones, expandiendo la vida de ellas. Sólo recién, hace veinte o treinta años, las universidades se han descentralizado. Históricamente, la cultura, atraía a muchos profesionales a uno o dos centros nacionales donde había universidades. Por ello, una visión objetiva del problema permite señalar que con esta legislación se tiende a recuperar esta realidad; a cambiar esta tendencia y, al mismo tiempo, a evitar que hagamos letra muerta de los problemas regionales, de la legislación regional, como la que había en la Constitución de 1925. Nuestra preocupación, lo hemos demostrado los Diputados de esta bancada junto a los de la Concertación que integramos la Comisión de Gobierno Interior, es perfeccionar el proyecto para lograr ese objetivo. Como el Diputado Baldemar Carrasco, nos alegramos que el Gobierno haya comprometido la palabra del Presidente de la República para que en su período se estudie un proyecto complementario, que posibilite el traspaso real de competencia de recursos y, por supuesto, de financia- miento presupuestario para lograr los objetivos planteados. Por último, no deseamos entrar en el debate sobre la paternidad del proyecto. El país puede juzgar -por lo demás así lo hará en las próximas elecciones- si este Gobierno, en su momento -el 17 de mayo de 1990-, envió el proyecto de reforma constitucional sobre regionalización, -que tiene la firma del Presidente Patricio Aylwin-, el que luego fue rechazado. Por esta razón, está de más auto atribuirse paternidades, pues, en la práctica, el país las conoce. La Concertación tomó un compromiso, el cual estamos cumpliendo. Haremos lo que señaló el Diputado señor Urrutia. Él dijo que nunca más debemos volver a caer en lo que hoy sucede en detrimento de las regiones del país. Entonces, no se puede decir que la regionalización estaba hecha y este Gobierno, prácticamente, está engañando al país. Cumpliremos nuestra palabra, salvaremos nuestro honor con este proyecto, porque queremos la regionalización. La queremos en la forma más consensuada posible, porque sabemos que una ley orgánica requiere, aquí y en el Senado, la concurrencia del mayor número de voluntades. Por eso, nos parece que está de más cualquier autoelogio sobre protagonismo, como lo hizo el Diputado señor Cantero. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Devaud. El señor DEVAUD.- Señor Presidente, me referiré a algunos temas que tienen que ver con el articulado del proyecto. Por ejemplo, su artículo 44 se refiere al Consejo Económico y Social Provincial y señala que estará integrado, además del gobernador, por miembros elegidos en representación de las organizaciones sociales de la provincia y por miembros que lo serán por derecho propio. En realidad, no tengo objeción alguna que hacer a la composición, ya que los miembros serán elegidos por voluntad popular y por las organizaciones intermedias que representan. Sin embargo, quedan vestigios de democracia tutelada cuando entre los miembros por derecho propio se señala de cada una de las instituciones de las Fuerzas Armada y de Carabineros que tengan asiento en la respectiva provincia, designados por el mando provincial correspondiente, como asimismo representantes de los rectores de las universidades que funcionen en las respectiva provincia, en un número máximo de cuatro. Mi objeción es que los primeros miembros designados por derecho propio, de acuerdo con esta disposición, o sea, los cuatro miembros de las Fuerzas Armada, no tienen nada que hacer en un consejo económico y social provincial, que es la expresión de la participación civil y ciudadana. En segundo lugar, me imagino que los rectores de las universidades que funcionan en las respectivas provincias no sólo son de las universidades tradicionales y conspicuas reconocidas por la nación, sino que también de las universidades "callampas" que han proliferado como la mala yerba. El otro tema que me preocupa es la insuficiencia del artículo 24 de este proyecto, en cuanto a no tener los mecanismos necesarios para resolver un conflicto entre el consejo regional y el intendente. El ejemplo lo vimos en la situación del presupuesto regional cuando el consejo regional rechace en su totalidad el presupuesto propuesto por el intendente. Es un problema que no se puede resolver; no tiene un mecanismo de solución, y en derecho público, al no haber ley podría no existir una definición final respecto del presupuesto de la región. Obviamente, habrá que resolver este tema en la discusión particular. Se han tocado una serie de puntos que vale la pena analizar, por tratarse de la discusión general del proyecto. Ha habido recriminaciones recíprocas respecto de las paternidades de un proyecto de esta naturaleza y el sentido final de la regionalización; se ha hecho recuentos históricos; se han tocado situaciones muy puntuales de la historia de nuestro país. En esa perspectiva, no está de más repetir algunas situaciones para profundizar el tema. Por ejemplo, un dato histórico que no ha sido mencionado, pero que vale la pena traer a colación, es que en 1817, cuando don José Miguel Carrera venía desde Filadelfia con tres barcos a luchar por la independencia de Chile, se decretó una orden de detención por el dictador Pueyrredón en el puerto de Buenos Aires, porque don José Miguel Carrera no sólo traía el ánimo de luchar por la independencia de su país, sino que propugnaba la tesis federalista para las naciones americanas. Y el gobernador de Buenos Aires, de las Provincias Unidas del Río de la Plata, anti-federalista y unitario, dictó la orden de aprehensión para el General José Miguel Carrera, quien finalmente fue fusilado en Mendoza. Es un detalle para ilustrar la conciencia de los colegas que han hecho todos estos recuentos históricos en el día de hoy. En el tema de la disposición programática incumplida de la Constitución de 1925 respecto de las asambleas provinciales, los intentos de descentralización y desconcentración del poder político, en la práctica, han quedado en nada. Esperamos que este proyecto de ley resuelva temas principales, como el de este consejo económico y social provincial, cuya configuración no se condice con las tradiciones democráticas de nuestra nación; lo mismo hay que hacer respecto del tema de la resolución de los presupuestos. Quiero insistir en un punto: los mecanismos democráticos son esenciales para la solución de los problemas. La ley N° 18.605, Orgánica Constitucional de los Consejos Regionales de Desarrollo, no trae ningún elemento de renovación democrática; no es un mecanismo legislativo adecuado para la solución de los problemas. Por lo tanto, resulta absolutamente necesario que este proyecto de ley profundice en la democratización de este sistema de regionalización y, además, en sus definiciones. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Martínez. El señor MARTINEZ (don Gutenberg).- Señor Presidente, como estoy totalmente de acuerdo con la aprobación en general del proyecto y con los conceptos que han entregado los colegas de mi bancada, sólo me referiré a la necesidad de que el proyecto consigne debidamente la disposición constitucional orientada a preservar que en las distribuciones presupuestarias de las regiones, se respeten los principios de armonía y de equidad. La equidad en el campo de la economía es el criterio que orienta la distribución de un determinado tributo entre los miembros de un grupo social. Desde esa perspectiva, un grupo de colegas presentamos la indicación respectiva, porque consideramos pertinente cautelar, en este proyecto, que la distribución de los recursos sea efectivamente equitativa entre las regiones. Desde ese punto de vista, pedimos que se cautele que la distribución sea armoniosa y equitativa entre todas las regiones con relación al total del presupuesto al cual tengan acceso las regiones, ya sea por la vía del FNDR, de los convenios de programación, de los presupuestos de la inversión regionalizable, etcétera. Cualquiera que sea el mecanismo, debiera haber un cuadro integrador que permita responder que esta distribución sea efectivamente equitativa. De no hacerse en la forma planteada, el proceso de regionalización no será ni justo ni democrático; y en lugar de constituir un proceso de descentralización, sólo traerá tensiones, conflictos y luchas intestinas entre las regiones que, al final de cuentas, dificultarán aún más ese proceso de descentralización. Por estas razones, con un grupo de colegas de distintas bancadas hemos presentado una indicación, cuyo propósito es modificar los indicadores que actualmente están en uso para efectuar la asignación del FNDR. También quiero advertir que estamos dispuestos a apoyarlo respecto de cualquier otro mecanismo que involucre una asignación de recursos que atente contra su distribución equitativa. Por lo tanto, el interés no es atacar a una región ni defender a otra, sino cautelar un principio de equidad y de armonía. Ahora, desde esta perspectiva y como una cuestión complementaria, quiero aclarar que, en lo que dice relación con la Región Metropolitana, somos muchos los que compartimos la certeza de que ésta ya ha traspasado los límites mínimos óptimos de lo que debe ser en estos momentos una metrópoli bien concebida. Por lo tanto, nadie tiene el deseo de expandirla, sino, por el contrario, de delimitarla. Pero eso no significa justificar la aplicación de un tratamiento discriminatorio en contra de los pobres que viven en la Región Metropolitana o en favor de los otros, cualquiera que sea el lugar donde ellos viven. Lo que debe haber son indicadores objetivos que permitan determinar que todos aquellos que estén viviendo una situación de pobreza y de aislamiento espacial, tengan la posibilidad de acceder a determinadas políticas que los favorezcan o beneficien, con equidad. Por lo tanto, la referida indicación se sustenta en esa perspectiva de principios y de respeto, por los demás, como asimismo a la norma constitucional, y sólo busca que cada región reciba lo que en justicia le corresponde y que no establezcamos disposiciones que generen una nueva iniquidad. Si un procedimiento objetivo es determinar e incorporar los factores históricos de centralización, bienvenidos sean, si se discuten y se fijan objetivamente; si quieren integrar los factores de dispersión poblacional, bienvenido sean en nuestra indicación. Pero -insisto- de lo que se trata es de evitar una lucha entre las regiones y establecer procedimientos objetivos, equitativos y armoniosos. Señor Presidente, termino diciendo que en relación con la Región Metropolitana, tenemos discrepancias con lo señalado por el colega Ortega, por cuanto nuestros antecedentes indican que la inversión pública realizada en la Región Metropolitana en el último tiempo es menor que la proporción que ésta representa, ya sea en porcentaje de producción, de pobres, de población y, me atrevería a decir, casi en relación con cualquier índice global. Insisto en que el punto no es si se defiende o ataca a una región; lo central es que haya una distribución equitativa y un análisis objetivo de lo que es la inversión. Solamente diré para los colegas presentes y para la versión fidedigna de la sesión, que si uno toma, por ejemplo, las inversiones en el área de la educación del año 1991, verá que el cuadro de la Región Metropolitana, por una mala asignación presupuestaria hecha por el propio Ministerio, aparece con 124 mil millones de pesos, versus 57 mil millones para el resto de las regiones. Naturalmente, un colega ajeno a la Región Metropolitana podría indicar que se trata de una inversión desproporcionada, y yo me sumaría absolutamente a eso, porque se estarían rompiendo los principios de equidad que estamos defendiendo. Pero al analizar en qué consiste esa inversión supuestamente centralizada por parte del Ministerio de Educación, se descubre que, de estos 124 mil millones, 48 mil millones se destinan al habilitamiento y mejoramiento de las oficinas administrativas de dicho Ministerio; que 24 mil millones se destinan al mejoramiento de los sistemas de la Biblioteca Nacional; que 4 mil y tantos millones se destinan al mejoramiento de la microfilmación de los archivos y del material bibliográfico de la Biblioteca, etcétera, etcétera. Eso, por supuesto, no puede calificarse como una inversión solamente destinada a la Región Metropolitana, sino que son inversiones de carácter interregional que aparecen asignadas a dicha Región, porque las sedes centrales de determinadas actividades están situadas en ésta. Ello significa que hay un mal cálculo, una mala información y una falta de objetividad entre todos para medir la inversión y cómo se asignan los recursos. Pensamos que con indicaciones como la planteada, que podría interpretamos a todos, sería factible mejorar el proyecto de ley en este aspecto. Anuncio y no explico, porque ha sido materia de otras discusiones, que también presentamos indicación destinada a favorecer la necesaria coordinación entre aquellos municipios que pertenecen a conurbaciones que tienen realidades de metrópolis, para los efectos de que los problemas propiamente metropolitanos que se dan básicamente en la Región Metropolitana, en Valparaíso, Viña, Quilpué y Villa Alemana, y Concepción y Talca- huano, tengan una posibilidad orgánica dentro de la estructura del gobierno regional, que les permita contar con fijaciones de política e implementación de las mismas en forma coordinada. He dicho. El señor COLOMA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Long- ton. El señor LONGTON.- Señor Presidente la verdad es que hubiéramos querido que esta Sala -dado que de los 120 Diputados, más del 75 por ciento somos de regiones-, hubiera estado colmada. Lamentablemente, no es así. Esperamos que sí lo esté en el segundo trámite reglamentario del proyecto cuando discutamos artículo por artículo, ya que, desde nuestro punto de vista, es una de las iniciativas más importantes que tramitaremos en estos cuatro años. Pero cuando afirmamos que es una iniciativa importante, no necesariamente queremos decir que nos satisface. En verdad, adolece de muchos errores y, en general, no estamos contentos con ella. Pero -reiteramos- esta iniciativa es uno de los pasos más trascendentales que habrá dado el país en cuanto a regionalización, y descentralización, y debieran empezar a verse los frutos en los próximos años. Esperamos que esos frutos sean positivos, porque hace ya más de veinte años, países más desarrollados que nosotros dieron este gran paso, o sea, tuvieron la voluntad política de descentralizar, de desconcentrar, de ir creando polos de desarrollo en las distintas regiones y en los diferentes sectores de cada uno de esos países y hoy día podemos ver, especialmente en Europa, cómo ellos se desarrollan y cómo tienen un papel importante en el concierto internacional gracias a esta distribución del poder y también de los recursos que produce cada una de estas naciones. La verdad es que no nos llama la atención que los sectores socialistas, como lo hicieron presente en la mañana de hoy, estén satisfechos con esta proposición de ley, porque desde su concepción estatista, dar un poquito de poder, es un gran avance y, realmente, se sienten satisfechos y consideran haber dado todo lo que pudieron. Pero lo cierto es que, en cuanto a entrega del poder, a dispersión de éste, persiste un centralismo marcado. Para ello, basta con ver el artículo 2C de este proyecto, según el cual corresponde al intendente, como representante del Presidente de la República, -letra a)- "dirigir las tÁreas propias del gobierno interior en la región, en conformidad con las orientaciones e instrucciones..." -reitero- "e instrucciones"..."que imparta el Presidente de la República a través del Ministerio del Interior.". Es decir, cuando hablamos de autonomía, cuando hablamos de libertad para que las regiones puedan dirigir su destino y ser intérpretes de él, se necesita la orientación, la instrucción del Presidente de la República; por supuesto que ese intendente obedece al mandato del Presidente de tumo y, por supuesto, detrás está la ideología, la intención y todo lo que significa el ejercicio del poder por parte de un gobierno determinado, que influye en cada una de las regiones. Eso, señor Presidente, no nos deja conforme. La Región Metropolitana -respecto de la cual el Diputado Ortega nos recordó muchos aspectos- se ha llevado en los cien últimos años más del 90 por ciento del presupuesto de esta nación. Por lo tanto, no vale la pena dedicar un capítulo a ella. La tramitación de este proyecto tampoco nos satisface. Si uno asiste a la Comisión de Gobierno Interior, diría que es prácticamente una verdadera comedia, porque si uno quiere presentar la indicación, le dicen: "¡Momento! Esa es una facultad del Presidente de la República.". El señor CAMPOS.- ¿De dónde viene esa facultad? De la Constitución de 1980. El señor LONGTON.- Si llegamos a un acuerdo parcial o si a un grupo de Diputados de Oposición les satisface esa indicación, perdemos, porque no somos mayoría. Si todos nos ponemos de acuerdo, nos dicen: "¡Momento! El acuerdo político dice lo contrario". Por lo tanto, es inútil asistir a la tramitación de esta iniciativa como integrante de la Comisión de Gobierno Interior. Esperamos que el Senado -por eso estamos interviniendo hoy- recoja el mensaje que los Diputados le estamos mandando, para que lo haga suyo y pueda mejorar considerablemente este proyecto. En cuanto a la paternidad del proyecto, señor Presidente, por su intermedio quiero decirle al Diputado señor Ortega que concuerdo con él: el pueblo va a juzgar quién inició o impulsó la regionaliza- ción. Nuestro pueblo sabe la historia que hay detrás, que es bastante reciente, en el sentido de que nuestro partido condicionó el avance en la ley municipal a la regionalización. Eso es de público conocimiento. Basta tomar los diarios, los periódicos de hace seis meses, pues ahí aparece esto. Por ello, estoy de acuerdo -repito- con el Diputado señor Ortega. Recuerdo también una conferencia de hace un año, en que los Diputados señores Eugenio Ortega y Baldemar Carrasco, al percatarse de que han sido incapaces de impulsar la regionalización, recurrieron a una historia que no es verídica al manifestar que el ex Presidente Eduardo Frei fue el primero que se preocupó de la regionalización en este país. Todos sabemos que quienes fijaron las bases de la regionalización en nuestro país fueron los militares, en el gobierno anterior. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LONGTON.- Respecto de la autonomía, creo que las regiones van a seguir siendo víctimas del centralismo, del gobierno de tumo, y que es necesario cambiar muchas disposiciones sobre el particular. Quiero hacer referencia al inciso segundo de artículo 75, que define la inversión sectorial como preinversiones o proyectos de inversión sectorial de asignación, y señala que ellos deben estar de acuerdo con el decreto ley N° 1.263, de 1975. Tengo a la vista ese cuerpo legal. Dice que la autorización de recursos para los estudios y proyectos "sólo podrá efectuarse previa identificación presupuestaria," la que "deberá ser aprobada a nivel de asignaciones especiales, por decreto, o resolución según corresponda". Se habla, incluso, de una evaluación de proyectos. En definitiva, cualquier inversión que inicie el gobierno regional seguirá sometida a la autorización del gobierno central. Entre los innumerables reparos del proyecto, está también el de las gobernaciones. Estas seguirán autorizando el uso de los vehículos fiscales los fines de semana. Entonces, ¿de qué autonomía me hablan? ¿De qué libertad para las regiones me hablan? Si hablamos de autonomía y la Concertación quedó conforme con ella en el caso de las municipalidades, fíjense, señores Diputados, que las gobernaciones seguirán autorizando el uso de los vehículos fiscales a las corporaciones autónomas. Estoy poniendo un ejemplo tal vez doméstico, pero eso demuestra el alcance de esta autonomía, por la cual a veces rasgamos vestiduras, pero que en el papel es letra muerta. No quiero alargarme más en este tema. El señor DEVAUD.- ¡Qué bueno! El señor LONGTON.- Sé que es demasiado... Señor Presidente por su intermedio le concedo una interrupción al Diputado señor Alessandri. El señor DEVAUD.- Pido la palabra, por un problema reglamentario. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor DEVAUD.- Señor Presidente, exijo el cumplimiento del Reglamento, porque no le voy a soportar impertinencias de esa naturaleza al Diputado señor Longton. Para evitarle problemas, solicito eliminar de la versión la referencia a mi persona, esa... que acaba de decir. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Serán eliminadas de la versión las expresiones antiparlamentarias en las intervenciones de los Diputados Longton y Devaud. Los puntos suspensivos corresponden a expresiones suprimidas en virtud del artículo 10 del Reglamento. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Alessandri. El señor ALESSANDRI BALMACEDA.- Señor Presidente, quiero dejar constancia de que en el transcurso del debate se ha mencionado en reiteradas ocasiones a la Región Metropolitana. Tengo el honor de representar en esta Corporación a La Florida, la comuna más grande de Chile, la que en cuanto a financiamiento per cápita ocupa el lugar 314°. Cuando se críticas a la Región Metropolitana es importante documentarse de lo que sucede en ella. Por eso, concedemos real importancia al censo que se realizará el 22 de abril, en el que participaremos activamente, porque será la única oportunidad en que se podrá demostrar, especialmente los parlamentarios de regiones, cuál es la situación concreta de cada una de las comunas de Santiago. Si hay algo que es necesario descentralizar, es justamente la Región Metropolitana, pues es, lejos, la más centralizada del país. He dicho. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Recupera el uso de la palabra el Diputado señor Longton. El señor LONGTON.- Señor Presidente, el Diputado señor Devaud dice que debo retirar las impertinencias. En verdad, he escuchado las suyas durante toda mi intervención. No sé si Su Señoría se dio cuenta, pero fui interrumpido constantemente. No obstante eso, retiro las palabras pero mantengo los conceptos. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Quedó claro que se retirarán las palabras que puedan ser ofensivas. Los conceptos no pueden eliminarse, porque corresponden a las ideas de cada uno. Es la expresión lo que cambia. El señor DEVAUD.- Señor Presidente, pido la palabra por un problema de Reglamento. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor DEVAUD.- Creo que el señor Presidente está dirigiendo eficientemente la Corporación: tiene buen juicio y buen criterio. Supongo que se dará cuenta de que lo dicho por el Diputado señor Long- ton es... de marca mayor. Por lo tanto, pido que se considere exactamente lo que he pedido. Estoy tomando el asunto con demasiada calma; estoy recurriendo al criterio de Su Señoría, a su buena voluntad e incluso le estoy indicando el camino razonable y civilizado para evitar este incidente. He dicho. Hablan varios señores Diputados a ¡a vez. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Reitero que, reglamentariamente, deben eliminarse de la versión las expresiones antiparlamentarias. Los puntos suspensivos corresponden a expresiones suprimidas en virtud del artículo 10 del Reglamento. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Gajardo. El señor GAJARDO.- Señor Presidente, reafirmando las ideas que durante el debate han planteado los parlamentarios de la Democracia Cristiana, agrego que el proyecto forma parte de un propósito más ambicioso, vinculado con sus objetivos. Me refiero a los anhelos de regionalización que comparte la inmensa mayoría de la población, los que son profundamente sentidos por los habitantes de las regiones. Pero no resulta extraño que estas aspiraciones hacia una mayor regionalización también estén presentes en la Región Metropolitana, porque se ha ido generando la convicción de que no es sano acentuar el grave desequilibrio entre la metrópolis y las regiones, características que ha sido una constante en el desenvolvimiento del país a través del presente siglo. No se trata, -como aquí con mucha razón algunos parlamentarios de mi partido lo han planteado- de enfrentar los intereses de Santiago con los de las regiones. Resulta evidente que si no se pone atajo al desequilibrio en la distribución de los recursos del Estado y se favorece a la Región Metropolitana, el fenómeno de la centralización continuará, porque en la medida en que se van resolviendo los problemas de sus habitantes, se intensifica la corriente de emigración de personas, actividades, recursos y empresas hacia la capital, con lo cual los problemas que existen en un momento, con el andar de los años se duplican y triplican. Esto es lo que ha ocurrido en el país en la relación entre la capital y las regiones. Creo -éste es un pensamiento de mucha gente de la capital- que un adecuado desarrollo de las regiones favorece a la metrópoli. En ese sentido, quienes representamos a las regiones estamos plan-teando sus reivindicaciones. Creemos que un crecimiento equilibrado del país es bueno para todos. ¡Por supuesto que es bueno para las regiones!, pero también lo es para la metrópoli, porque muchos de sus problemas son producto precisamente del desequilibrio histórico que ha experimentado el crecimiento del país. Por regionalización entendemos un proceso de crecimiento equilibrado. Ello supone la existencia de un conjunto de factores de carácter político, administrativo, territorial, económico, financiero, cultural y del más variado orden, cuya armonización permite establecer condiciones de relativo equilibrio en las posibilidades de desarrollo personal y colectivo de los habitantes del país. Uno de tales elementos lo conforma, sin duda, el aparato estatal. Un aparato centralizado favorece la centralización y, con ello, el desequilibrio. Un aparato descentralizado y desconcentrado genera condiciones objetivas para un crecimiento equitativo que exprese la solidaridad nacional en el ámbito territorial. El proyecto que nos ocupa, que necesariamente ha de vincularse a la reforma constitucional aprobada recientemente por la ley N° 19.097, apunta a este objetivo: establecer la estructura de una administración que progresiva y sistemáticamente alcance grados razonables de manejo autónomo por parte de los agentes políticos y actores locales. La descentralización y desconcentración involucradas en este proyecto se implementan fundamentalmente a través de los siguientes caminos específicos: En primer lugar, en la reforma se incorporan mecanismos democráticos para la generación del gobierno regional, a través del establecimiento de un consejo regional. Habría sido conveniente -y lo habríamos preferido- que este organismo tuviera una generación por la vía de sufragio universal. Sin embargo, no puede negarse su carácter democrático, pues el cuerpo electoral estará constituido por los concejales, y éstos, dentro de las funciones asignadas por la Constitución y por la ley, tienen precisamente la de conformar este cuerpo electoral. Vale decir, cuando se vote por concejales, también se estará votando por quienes elegirán a los integrantes de los gobiernos regionales. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Terminó el tiempo de la Democracia Cristiana. El señor GAJARDO.- Señor Presidente solicito que se inserte en la versión lo que no alcancé a expresar, mediante un documento que entregaré a la Mesa. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. El texto del documento que se acordó insertar es el siguiente: En segundo lugar, fortalece a los gobiernos regionales dotándolos de personalidad jurídica, según aparece consagrado en el artículo 14. En tercer término, autoriza, por el artículo 64, a los gobiernos regionales para asociarse con personas naturales o jurídicas, o constituir con ellas entidades destinadas a propiciar actividades o iniciativas sin fines de lucro, que contribuyan al desarrollo regional; Además podrán los gobiernos regionales convenir con los ministerios e instituciones de la administración pública, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional; Finalmente la disponibilidad de recursos en el nivel regional, aparece reforzada por las disposiciones transitorias, en cuanto consagran incrementos sustanciales para los años 1993 y 1994 al Fondo Nacional de Desarrollo Regional. La inquietud por romper los esquemas centralistas es de larga data. La Constitución de 1925 contenía como disposición programática un precepto que obligaba al legislador a confiar paulatinamente a los organismos de carácter local, las atribuciones y facultades administrativas que ejercían otras autoridades, con el fin de proceder a la descentralización del régimen administrativo interior. Iniciativas aisladas expresaron muy lenta y temerosamente tales propósitos hasta que en la década del 60 surge la creación de entes públicos locales de desarrollo, a menudo con financiamiento vinculado a recaudación tributaria generada por la explotación de determinadas actividades asentadas en regiones. En el Programa de Gobierno de la Concertación de Partidos por la Democracia, que llevó al poder al Presidente Aylwin, se señaló como tÁrea fundamental la democratización del país, lo que supone un esfuerzo permanente y sistemático en favor de una descentralización eficiente, de una participación activa y eficaz de la población y el establecimiento de instancias gubernamentales modernas para dar respuesta a las necesidades de la población. En tal contexto se enuncia perseguir el logro de dos objetivos simultáneos: por una parte la democratización del aparato estatal y, por otra, la descentralización de la administración del Estado. En esta sala se ha buscado encontrar supuestas paternidades al proyecto que hoy nos ocupa. La idea ya no tiene autores. Las voces que vienen reclamando un mayor grado de participación de las regiones en los frutos del desarrollo y en la toma de decisión en los asuntos que las involucran se pierden en el recuerdo histórico y hoy día constituyen un patrimonio común de la nación chilena. No puede haber derecho de autor en esta materia. Sin embargo, más que la autoría, si es que pudiera determinarse, vale la capacidad para hacer operativa las ideas que contienen el proyecto y esa voluntad política les asiste indesmentiblemente, al Presidente Aylwin y a los partidos políticos que respaldan su gobierno. Así lo sabe la opinión nacional y así lo reconocerá la historia. Los parlamentarios de la Democracia Cristiana, en particular a quienes representamos regiones, valoramos este esfuerzo como un aporte fundamental al proceso democratizador del país, en que estamos empeñados, y sin perjuicio de presentar en su oportunidad las indicaciones que estimamos oportunas y convenientes para perfeccionar el proyecto, lo votaremos favorablemente. He dicho. Asimismo, por acuerdo de la Sala, se acordó, insertar las dos siguientes intervenciones: El señor SABAG- Señor Presidente, con la aprobación que seguramente esta Corporación dará a este proyecto de ley, el Gobierno del Presidente Patricio Aylwin Azocar camina decididamente hacia la regionalización del país, dando cumplimiento al programa de la Concertación en esta materia y adecúa la estructura político-administrativa a su actual etapa de desarrollo, a los requerimientos que emanan del sistema democrático, a las exigencias que plantea la expansión económica en varias zonas del país, a las exigencias que se derivan de la modernización de la administración pública que anhelan las comunidades locales y regionales. Se trata en consecuencia de una iniciativa que modifica substancialmente la base político-jurídica del Gobierno y de la administración del Estado, siendo quizás, una de las modificaciones institucionales más importantes del presente siglo. Ellas plantean al país un desafío extraordinario, pues con esta normativa, de gradual y selectiva aplicación, sin perder de vista y armonizando que somos un Estado unitario, se podrá afianzar una positiva evolución en favor de la descentralización del país. De este modo, se están asentando sólidamente las bases para la prosecución de un proceso de descentralización de raíz democrática, el cual, sin duda, es perfectible. Como se ha señalado, el Gobierno era partidario que los consejeros regionales fueran elegidos en votación directa. Sin embargo, las negociaciones que precedieron al acuerdo político no permitieron concretar esta aspiración, prefiriéndose la vía indirecta para la elección. Por otra parte, la iniciativa del Ejecutivo busca modernizar la institucionalidad pública, propugnando una mayor racionalización en el desempeño de la administración, estableciendo competencias específicas para los distintos niveles de gestión en que ésta se estructura y procurando eliminar duplicidades entre ellas. Se establece también la radicación de la toma de decisiones sobre importantes asuntos regionales en una instancia de ese carácter. La administración de la región radicará en un gobierno regional, el que tendrá por objetivo el desarrollo social, cultural y económico de la región. Los gobiernos regionales serán personas jurídicas de derecho público, dotados de patrimonio propio. En el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional deberá inspirarse en los principios de equidad y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, de preservación y mejoramiento del medio ambiente y de participación de la comunidad organizada. Los gobiernos regionales deberán propender al ordenamiento territorial, al fomento de las actividades productivas y al desarrollo social y cultural de la región. Entre las funciones del gobierno regional, destaca la de aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región y la de resolver la inversión de los recursos comprometidos para ésta en el marco del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. Además deberá decidir los proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional (ISAR). Las relaciones de los gobiernos regionales con el Gobierno central se realizarán a través del Ministerio del Interior en todo aquello que no corresponda a competencia específica de otros Ministerios. La normativa precisa también un mecanismo de transferencia gradual de competencias y recursos a los gobiernos regionales. En consecuencia, señor Presidente, considero que este proyecto es altamente conveniente para el desarrollo de las regiones. Con ello se pretende modificar el centralismo exagerado en que actualmente nos encontramos, hacer una distribución más equitativa de los recursos, otorgar facultades y atribuciones a las regiones para invertir los recursos que les corresponden y luchar por levantar a los sectores más pobres de cada una de las comunas que forman la región. Se que este importante proyecto seguramente adolecerá de defectos. Se que por el poco tiempo que se nos ha dado, no ha podido analizarse con mayor profundidad en las Comisiones y en ésta Sala, pero también sé que es perfectible en el tiempo sobre todo con la experiencia, que se irá recogiendo una vez puesta en plena vigencia la ley. Por lo tanto, anuncio mi voto favorablemente, como asimismo el de todos los colegas de mi bancada. He dicho. El señor ROJO.- Señor Presidente, nos corresponde pronunciamos sobre la idea de legislar, en general, sobre el proyecto de ley de Gobierno y Administración Regional. La aceptación de legislar sobre esta materia no significa, en forma alguna, aceptar en su integridad el proyecto de ley sometido a nuestra consideración, porque existen varias observaciones que deben formularse a su articulado. A través de diversas intervenciones en esta sala, se ha insistido en la necesidad de dotar a las regiones del país de los recursos necesarios para solucionar las diversas situaciones que las afectan. El problema del desarrollo de las regiones no requiere necesariamente de un proyecto de ley como el que estamos tratando en esta ocasión. Estamos conscientes y contestes de la necesidad de enfrentar ese problema, y para ello se requiere de la debida planificación, de la asignación de recursos, del otorgamiento de facultades efectivas a las autoridades locales, de la necesidad de lograr una efectiva y real descentralización y desconcentración administrativa. Pero no podemos, a través de esta iniciativa de ley, modificar, lo que es estructuralmente el Estado chileno, Estado unitario, donde el poder de la administración recae en el Presidente de la República, y que se pretenda, mediante un sistema aparente de descentralización o des-concentración llegar de hecho a un Estado federal. Por otra parte, tenemos serias observaciones que formular a la constitución de gobiernos regionales que, en el hecho, serán parlamentos regionales, con facultades normativas, en circunstancias de que estamos asistiendo a la crisis de todo este sistema. En efecto, las instituciones son eficientes cuando su existencia responde a una necesidad. En el siglo pasado, el Parlamento contaba con facultades efectivas, y tenía poder político, económico, financiero, previsional, amplias facultades y, al dictar la ley, era soberano para otorgar, limitar o suprimir derechos. Hoy carece de todas esas facultades y su intervención se limita a conocer de proyectos con iniciativas del Ejecutivo, que le son exclusivas. Es un hecho que los parlamentos nacionales están en crisis al carecer de facultades efectivas, y mal podemos robustecer, dar fuerza a gobiernos regionales, constituyendo instituciones que serán ineficientes. Un auténtico gobierno regional debe conjugar la participación efectiva de sus comunidades de base, de las organizaciones comunitarias, laborales, de las actividades productoras; pero ello nos debe llevar, necesariamente, a relacionarlo con las normas ya dictadas sobre gobierno o poder comunal. Existen una serie de disposiciones que neutralizarán la efectividad de los gobiernos comunales. Si analizamos el proyecto sobre gobierno regional, nos encontraremos con que él no resuelve el problema de la concentración de poder en las capitales regionales, y ello en razón de que sus disposiciones no han sido coordinadas con el gobierno comunal. Esta crisis es mayor si analizamos la situación de las provincias, con sus gobiernos a cargo de un gobernador, institución que aparece disminuida y con carencia de objetivos. Este proyecto debe ser analizado en el contexto total de la sociedad chilena. Construir una sociedad solidaria, participativa, democrática y solidaria significa construir una pirámide, cuya base o cimiento sean las juntas de vecinos, pasando por los municipios, y la coordinación de su acción a través de las provincias las que dan nacimiento a los gobiernos regionales, estando en la cúspide el Presidente de la República, con la plenitud de las facultades de administración. Así entendido, las organizaciones son prolongación de un poder, pero ello significará la destrucción del concepto de comuna autónoma. El problema es complejo. Es previo conjugar la descentralización administrativa, la desconcentración, el desarrollo, la participación de las comunidades de base, con la existencia de una comuna que no depende del poder central, y con los gobiernos provinciales y regionales, que son la proyección del gobierno central. Por otra parte, es necesario tener presente que este proyecto no soluciona los problemas que afectan a la gran ciudad de Santiago, la que, dadas sus características, la gran población que cobija y los graves problemas sociales que afectan a sus sectores populares, requiere de normativas especiales tendientes a establecer un gobierno metropolitano. Votaré a favor la idea de legislar, y confiamos que a través de diversas indicaciones presentadas puedan recogerse las observaciones formuladas en este debate para dotar a la República de una organización eficiente. He dicho. Tiene la palabra el Diputado señor Ringeling. El señor RINGELING.- Señor Presidente, quiero referirme a algunos artículos del proyecto sobre gobierno y administración regional tratados en la Comisión de Hacienda y llamar la atención de los colegas, tanto de Gobierno como de la Oposición, acerca del alcance real y efectivo de materias importantes que aborda la iniciativa. El objetivo de fondo de esta legislación, en definitiva, es que los gobiernos regionales que legítimamente se constituyan, manejen una parte importante del presupuesto nacional en obras públicas. Ese es, en realidad, el significado fundamental de la iniciativa: que una cantidad importante de la inversión de los fondos fiscales sea administrada directamente por los consejos regionales y no por los ministerios o las subsecretarías de desarrollo regional y administrativo instalados en el centro del país. Si se estudian con cuidado y detenidamente algunas disposiciones del proyecto, heredadas del gobierno anterior, se podrá concluir que estos consejos regionales, en la práctica, no tienen incidencia en los puntos más relevantes, esto es, en decidir y priorizar qué proyectos se llevarán a cabo en la respectiva región. En efecto, el artículo 74 del proyecto, dispone: "Los proyectos de inversión y los estudios y programas deberán ajustarse a las normas y procedimientos establecidos en el artículo 19 bis del decreto ley N° 1.263, de 1975.". ¿Qué significa esto? Que todos los proyectos o programas del gobierno regional, financiados con recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, e incluso con dineros propios -porque hay que relacionar el artículo 74 con el 73, como se discutió en la Comisión de Hacienda con el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo- tendrán que sujetarse al artículo 19 bis del mencionado decreto ley, que en su inciso cuarto establece lo siguiente: "Los estudios preinversionales y los proyectos de inversión deberán contar, como documento interno de la Administración, con informe del organismo de planificación nacional o regional, en su caso, el cual deberá estar fundamentado en una evaluación técnica y económica que analice su rentabilidad. Corresponderá al Ministerio de Hacienda impartir instrucciones y resolver al respecto". En otras palabras, aunque los consejos regionales prioricen proyectos en su región, en definitiva todos deben contar con la aprobación del Ministerio de Hacienda, el que, mediante un sistema que se indica, mide su rentabilidad social y económica, y resuelve. Discutimos el punto en la Comisión de Hacienda. El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo dijo que ésa no era la intención, pero es claro que el artículo 74 se refiere al 19 bis del decreto ley 1.263. En la práctica, le dejamos al Ministerio de Hacienda la facultad de resolver los proyectos de inversión que se concretarán. Lo más lógico sería que esta norma lo determinara a través de un sistema positivo de evaluación de sus beneficios. Podría establecerse un mínimo de rentabilidad a cada proyecto y, sobre esa base, decidirse, en la región. Pero, de acuerdo con lo señalado en la disposición, las iniciativas se presentan en "paquete" y deben ser aprobados por el Ministerio de Hacienda. Si esa autoridad lo quisiera, podría imponer su criterio, por ejemplo, priorizar los proyectos por el puntaje que alcancen y no por lo que se necesite en cada región. Al respecto, propuse una indicación para sustituir la citada disposición, la que lamentablemente fue declarada inadmisible. En el fondo, recogía el pensamiento del señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, don Gonzalo Martner. El texto era el siguiente: "Artículo 74.- Los proyectos de inversión y los estudios y programas que se pretendan materializar, deberán estar fundamentados en una evaluación técnica económica que analice su rentabilidad. La priorización de ellos se llevará a cabo por el gobierno regional entre los que cumplan con un mínimo de rentabilidad económica y social establecido a nivel nacional para cada región por el Ministerio de Planificación. "En el caso de ser financiados con créditos externos, deberán cumplir, además, con los requerimientos derivados de los respectivos contratos de préstamos conforme a las instrucciones emanadas del organismo ejecutor correspondiente.". En otras palabras, gran parte de este proyecto será letra muerta si no se revisan estas dos disposiciones, porque se hace creer que los gobiernos regionales serán autónomos en algo que es consustancial. Y lo único que piensan en las regiones es quién decidirá sobre los proyectos que les interesan. Sin embargo, dejamos la decisión final al Ministerio de Hacienda. Además, si relacionamos esta materia con los artículos 34 y 24, que establecen que el Intendente propone todo el programa de inversión en un solo "paquete", el consejo regional tampoco puede modificarlo. El Diputado señor Devaud me solicita una interrupción. No tengo inconveniente en otorgársela, pero con cargo al tiempo del Comité del Partido Radical. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Devaud. El señor DEVAUD.- Señor Presidente, debo señalar, respecto del artículo 74, que hubo un debate interesante en la Comisión de Hacienda en cuanto a la finalidad última de los proyectos de inversión, estudios y programas, ya que el proyecto, tal como viene redactado de la Comisión de Gobierno Interior -lo que ya ha sido expuesto- limita la autonomía de los gobiernos regionales. Efectivamente, el Diputado señor Ringeling propuso una redacción distinta para el artículo 74. Por mi parte, formulé una indicación en la Comisión de Hacienda que, sin perjuicio de reproducir casi íntegramente el artículo 19 del decreto ley N° 1.263, restringía la posibilidad, en este caso, de que los proyectos de inversión fueran definitivamente regulados por el Ministerio de Hacienda o por los organismos competentes del gobierno central. En el segundo informe, en el debate particularizado de este proyecto, plantearemos indicaciones para propender a la autonomía financiera de la región, sin perjuicio de atender a los conceptos de una dirección de la economía a nivel central más bien como una orientación, pero aplicando un concepto real de autonomía regional. Eso es todo lo que quería señalar, señor Presidente. Gracias por la interrupción, Diputado Ringeling, a pesar de que fue con cargo al tiempo de mi Comité. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Recupera el uso de la palabra el Diputado señor Ringeling. El señor RINGELING.- Ese es un problema que quería hacer resaltar. No vi el proyecto entero, pero sí estuve en la discusión de la Comisión de Hacienda. Es algo consubstancial a lo que las regiones pretenden. Por lo tanto, espero que haya alguna instancia de solucionarlo en la segunda discusión. Además, si a esto agregamos serias limitaciones que tiene el Consejo Regional, por ejemplo, para enajenar bienes inmuebles, es lógico que se deba pedir la aprobación del gobierno regional y, tal como está redactado el proyecto, ello no es posible porque el intendente debe hacerlo mediante licitación pública. En la letra e) del artículo 68, referida a las concesiones y permisos -otro instrumento tan importante de los gobiernos regionales- no se establece que estos gobiernos tengan decisión sobre ellos. Y lo que es más sintomático, porque demuestra la sospecha que tal vez pueda tener el Ejecutivo al haber enviado este proyecto, es que los gobiernos regionales no serán dueños ni siquiera de los edificios donde actualmente funcionan. Es decir, ¿se quiere realmente que existan estos entes jurídicos autónomos en las regiones, con patrimonio propio, si ni siquiera se piensa en transferirles los bienes donde actualmente funcionan? Del análisis de los artículos que le correspondió conocer a la Comisión de Hacienda que, por supuesto, son muy importantes porque se refieren al financia- miento, se desprende que no hay un ánimo real y efectivo de transferir el poder de decisión a estos gobiernos regionales, por lo cual se desmorona toda la intención del Ejecutivo. Concedo una interrupción al Honorable señor Elgueta, con cargo al tiempo del Comité Demócrata Cristiano. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Terminó el tiempo de Renovación Nacional y también el de la Democracia Cristiana. Tiene la palabra el Diputado señor Campos. El señor CAMPOS.- Señor Presidente y Honorables colegas, como se ha señalado reiteradamente en esta sesión, el proyecto de ley de Gobierno y de Administración Regional es, sin lugar a dudas, una de las reformas estructurales e institucionales más importantes y trascendentes que le ha correspondido conocer a este Congreso Nacional. Creo no equivocarme si afirmo que esta iniciativa, junto con el proyecto de Ley Orgánica Municipal que aprobamos hace algunas semanas, serán las materias por las cuales este Congreso será recordado en el futuro. Francamente dudo, que en el tiempo que queda de esta legislatura, conozcamos iniciativas de tanta importancia como ésta. Señalo esto porque en el pasado hubo intentos por descentralizar y desconcentrar el país. Ya en la Constitución de 1925, la idea de don Arturo Alessandri y de don José Maza traía gérmenes que incorporaban estos principios, los que naturalmente no pasaron del mero terreno de la norma programática e incumplida. Posteriormente, durante el Gobierno del Presidente Frei, también hubo iniciativas y estudios en tal sentido. No podemos negar que en el Gobierno militar, asimismo, se trató de avanzar en este camino. Pero ninguno de los esfuerzos realizados tienen la trascendencia y la solidez del proyecto que discutimos. A mi modo de ver, y más allá de las consideraciones técnicas y de detalles que se han enunciado, esta iniciativa, que verdaderamente descentraliza y desconcentra la administración del país, tiene un mérito, ya que, manteniendo el carácter unitario del Estado chileno -algo arraigado en la idiosincrasia de nuestro país-, trata de conciliar los intereses entre las regiones y Santiago. Francamente, no comparto cierto giro que pudo haber tenido el debate de esta tarde, cuando algunos colegas han tratado de señalar que existe una colisión de intereses en esta ley entre lo que necesita y plantea Santiago con los requerimientos del resto de las regiones. En mi concepto, en este proyecto sencillamente se ha procurado alcanzar una fórmula de equilibrio que permita la continuación del desarrollo de Santiago, pero sin que esto no se verifique en desmedro del desarrollo y progreso de las regiones, en términos tales que, habiéndose alcanzado ese punto de equilibrio, obviamente este proyecto merece contar con el apoyo de todo el Parlamento. Otros colegas han llevado la discusión a analizar cuál es la paternidad de esta iniciativa. Pienso que ése es un tema irrelevante, puesto que los propósitos des- centralizadores y desconcentradores del país no pertenecen al patrimonio exclusivo de un partido político ni tampoco de una tendencia determinada. Esta es una materia que hace dos años fue tratada por todos los candidatos a la Presidencia de la República. Nosotros expresamente la señalamos en el Programa de la Concertación. De manera, entonces, que no nos extrañe que en este Congreso, en las negociaciones políticas previas, hayamos podido alcanzar puntos de encuentro y de acuerdo entre quienes hoy estamos en el Gobierno y quienes se encuentran en la Oposición. Este anhelo de descentralizar y de desconcentrar el país es compartido por la inmensa mayoría de la ciudadanía. Lo que constituye un mérito -y hay que reconocerlo- es que esto se verifique durante el actual Gobierno, que corresponda a un mensaje que lleva la firma del Presidente Aylwin y de su Ministro de Interior, don Enrique Krauss. Otro punto relevante, desde el punto de vista histórico, es que a este Congreso Nacional le corresponda el honor de discutirlo y de aprobarlo. De modo que las opiniones que se puedan dar en el sentido de que una tendencia, un partido o una corriente tiene mayor grado de autoría o de paternidad en este tipo de iniciativa sólo importan rebajar y disminuir el debate. Importante es que, por la naturaleza del tema, hubiésemos podido también alcanzar puntos de acuerdo, de consenso. Aún más, según mi opinión, en este tipo de iniciativas es donde deben ocurrir estos acuerdos y consensos para que las normas que se aprueben tengan carácter permanente. De igual forma, y recordando lo que dispone el artículo 2S, en cuanto establece las facultades del intendente regional, se ha dicho equivocadamente por un señor parlamentario que esta norma contiene un resabio de centralismo y del estatismo, especialmente en la letra a), en cuanto señala que al intendente le corresponde dirigir las tÁreas propias del gobierno interior de la región, en conformidad con las orientaciones e instrucciones que imparte el Presidente de la República a través del Ministerio del Interior. Según mi parecer, el colega que expresó eso está profundamente equivocado, puesto que el manejo de las materias a que se aboca el gobierno interior, y en particular el Ministerio del Interior, obedecen a políticas nacionales, no a regionales. Por ejemplo, la seguridad nacional, el orden público y la seguridad pública no pueden obedecer a una política particular de una región determinada distinta de la región colindante. Debe haber políticas nacionales. En ese sentido, el intendente, como representante del Presidente de la República, debe implementar las políticas que a nivel nacional se están desarrollando. Luego, esta norma no hace más que reiterar una característica expresamente señalada en la Constitución, que no ha sido tocada en este proyecto, como es la que nos indica que Chile es un Estado unitario. Si hubiere que indicar algún reparo a este proyecto, diría que, en lo personal, no he quedado satisfecho con las normas que regulan la provincia y la gobernación. Francamente, creo que las instituciones del gobernador y de la provincia están extraordinariamente disminuidas frente al concepto de intendencia o de región y a la autoridad del intendente. Me gustaría que en el segundo informe se pudiera hacer un esfuerzo para robustecer más el concepto de provincia, el cual, como lo he dicho en otras ocasiones en este hemiciclo, tiene una raigambre histórica, cultural, sociológica y socioeconómica mucho más grande, incluso, que el concepto de las regiones. Yo soy de los que todavía creen en la provincia chilena y que las regiones son meros inventos, caprichos de alguien que empezó a dibujar o a jugar con un mapa, como otros ejercicios aritméticos que hemos conocido en los últimos días, pero que no tiene un sustrato, un contenido o un fundamento histórico serio. Preferiría que se robustecieran los conceptos de gobernación y de provincia y no se descendiera a un nivel tan disminuido como el que, desgraciadamente, en la actualidad presenta y persiste esta iniciativa. Por esas razones, señor Presidente, y habida consideración a la naturaleza del fondo del tema que estamos discutiendo, la bancada radical-socialdemócrata como ya lo han dicho los otros colegas de estas bancadas que han hecho uso de la palabra, vamos a votar favorablemente, en general, la idea de legislar, lo que naturalmente no empecé a que lo sigamos discutiendo en el segundo informe. Señor Presidente, con su venia, le concedo una interrupción al colega don Eugenio Ortega. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Señor Diputado, terminó el tiempo del Partido Radical. Tiene la palabra el Diputado señor Letélier. El señor LETELIER.- Señor Presidente, la aspiración, compartida por todos, de fortalecer las regiones y de avanzar en el proceso de descentralización y desconcentración, va a quedar en letra muerta, como señala el colega Ringeling, si no hay mecanismos para garantizar una des-centralización de los sectores económicos de nuestro país, los cuales están altamente concentrados y centralizados en su proceso de toma de decisiones. En verdad, no hay proceso de desarrollo equilibrado del país cuando los responsables de más del 60 por ciento de las inversiones, el sector privado, tiene controlada la mayor parte de sus decisiones en Santiago. Un caso extremo es el sistema financiero de los bancos, en los cuales, muchas veces, los créditos no se puedan aprobar en las regiones si son sobre ciertos montos, debiendo traspasarse las decisiones a Santiago. Para lograr los objetivos que queremos, no es suficiente la intervención del Estado, bastante jibarizado y disminuido en sus capacidades de accionar público. La descentralización no resolverá los problemas reales de la región si no va acompañado de otra iniciativa, en particular del sector privado. Esta fue una opinión compartida por varios Diputados, y esbozada en la Comisión por el Diputado señor Elgueta. Corresponde que en algún momento hagamos un estudio a fondo en el Congreso Nacional para ver qué mecanismo se pueden impulsar para hacer de esa desconcentración y descentralización algo efectivo. Adicionalmente, y haciendo una reflexión muy especial respecto de dos regiones, la Undécima y la Sexta, es difícil pensar en un proceso de regionalización con identidad propia, capacidad instalada y profesionales bien formados si no se impulsa una política nacional tendiente a dotar a esas regiones de universidades con aporte fiscal. En la actualidad, hay dos regiones que no tienen universidades fuertes. Sin eso, no existe ninguna posibilidad real de que esas regiones tengan una capacidad de desarrollo sustentable en el futuro. Hago esta reflexión inicial para precisar que este proyecto de ley sobre regionalización lo tenemos que situar en un contexto correcto. En cuanto a la descentralización y desconcentración del aparato del Estado, personalmente soy de opinión de que estamos frente a una proposición positiva y altamente constructiva, por cuanto propone un camino gradual para llevarlo a efecto. No creo -así lo ha dicho el colega señor Ringeling y otros- que el proyecto que se nos presenta en esta oportunidad sea malo, o que será letra muerta si no se hacen modificaciones muy de fondo. Contrariamente a lo señalado, pienso que en él hay un avance cualitativo, tremendamente importante, que nunca antes en la historia de nuestro país se pudo lograr, ni mucho menos durante el gobierno militar. Durante ese régimen, a pesar de lo que se dice, se trató de un proceso de reversión, de atribuciones que existían, en particular, a nivel de las provincias y de los departamentos de nuestro país. Aquí se da una oportunidad importante, por cuanto, en algunos aspectos, son bastante revolucionarias las transformaciones administrativas que se proponen. Por ello, este proyecto debe ser motivo de alegría para todos. No comparto lo que algunos colegas intentan sostener: que éste es un triunfo de la Derecha. Tengo interés en dejar expresamente consignado que eso refleja la liviandad con la cual se quiere abordar un tema de trascendental importancia. Este tema no puede ser objeto de ventajas políticas parciales o de corto plazo. Estamos frente a un interés nacional real. Este Gobierno ha presentado un proyecto de ley al Congreso Nacional y todos lo vamos a aprobar. Es más, durante el debate en la Comisión, en este primer trámite, quedo en claro, a partir de la asistencia, quiénes son los más interesados en hacerlo avanzar. Y, a decir verdad, no fueron precisamente los colegas de la Oposición quienes mostraron el mayor entusiasmo en este trámite. Respecto de lo manifestado por el Diputado señor Campos, quiero adherir a su opinión, en cuanto a que en este proyecto quedan muy disminuidos el rol de las provincias y las atribuciones de las gobernaciones. Pienso que ése es un error, ya que la forma de avanzar mejor hacia una descentralización y desconcentración geográfica y territorial del poder es acercándolas más a la gente. Aquí, sin duda, hay un avance insuficiente porque, según mi opinión, se ha optado por un modelo que fija como eje al intendente y a las regiones, lo cual, muchas veces, es absolutamente ajeno a la realidad cotidiana del chileno común, en particular del que vive en regiones campesinas, donde su vinculación es con el gobernador. Entonces, se corre el peligro de un nuevo tipo de centralismo, el de las capitales regionales, una realidad conocida en todas las regiones. Por ello, en el segundo trámite, debemos buscar cómo garantizar una efectiva descentralización al interior de las regiones. De acuerdo con mi criterio -y en eso coincido con lo manifestado por el colega Campos- las provincias son un instrumento que permiten evitar la centralización a nivel de las capitales regionales, porque actualmente vemos que en ellas se están produciendo fenómenos que ya se conocen de sobra en Santiago, como el sobre poblamiento, dotación de infraestructura inadecuada y una calidad de vida decreciente. Los mecanismos establecidos en este proyecto para administrar el patrimonio de las regiones, son bastante adecuados. He escuchado opiniones de ciertos colegas que, a mi juicio, son un poco ligeras y reflejan ignorancia sobre cómo están funcionando hoy los gobiernos regionales. No son meros títeres del gobierno central; con su estructura definida y la participación de los Coredes, tienen atribuciones relevantes. Se puede decir que el sistema no es suficientemente democrático, pero no cabe duda -como en el caso de la Sexta Región, en que la administración del presupuesto de este año del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, de 3 millones de pesos, además de los recursos adicionales que le corresponden gracias a la Ley de Patentes Mineras que aprobamos en la oportunidad, le significarán unos 70 millones de pesos adicionales- de que la gran mayoría de las decisiones se toman directamente en la región, y Santiago -más allá de una función que podría realizarse en cualquier punto del país, si cuenta con los profesionales, cual es evaluar técnicamente la rentabilidad social de ciertos proyectos de alta inversión- no es más que un mero buzón recepcionista de decisiones adoptadas en las regiones. No hay duda de que el avance que observamos en el proyecto en discusión es la existencia de inversiones sectoriales de asignación regional y la posibilidad de establecer convenios de corto y mediano plazos con los ministerios para inversiones de menor monto. En este esquema, espero que gradualmente seamos capaces de asegurar un desarrollo equilibrado de todas las regiones; que este proceso de regionalización no sea sólo un aliento para aquellas que han demostrado un mayor dinamismo, sino también para las que han demostrado uno menor. Me preocupa que algunas regiones sean incapaces de utilizar este nuevo instrumento, más allá de nuestras intenciones, para impulsar inversiones que efectivamente contribuyan al desarrollo regional. En todo caso, reitero que lo mucho que se ha avanzado en este primer trámite es muy importante y que deberíamos tratar de evitar sacar un provecho partidista pequeño en esta materia, para asegurar una ley que reúna el consenso nacional necesario en la realización de transformaciones tan profundas en la organización del Estado chileno como las aquí propuestas. Tengo la confianza de que lograremos mejorar este proyecto en su segundo trámite, a pesar de los escasos días que vamos a tener para su aprobación en el marco del acuerdo político por todos conocido. He dicho. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Horvath. El señor HORVATH.- Señor Presidente, este proyecto de ley, en términos generales, constituye un avance en el proceso de regionalización. El informe refleja trabajo por parte de la Comisión, y esto es fruto de un acuerdo político. Por lo tanto, en la valorización de la iniciativa debe pesarse a cada uno de los participantes. Entre los fundamentos, cabe señalar e insistir en la necesidad de nuestro territorio de la participación integral y armónica de sus habitantes, de manera de ocupar realmente el cuadrante que tiene en el Océano Pacífico y asomamos como corresponde al siglo XXI; asegurar la verdadera identidad regional, es decir, en términos escuetos, resumidos, lograr la unidad de nuestro país, pero respetando la multiplicidad. Además, observamos un avance en la participación y, por lo tanto, también una mayor responsabilidad por parte de las regiones y sus habitantes. En esta ocasión, corresponde también hacer un reconocimiento a la participación de todos los regionalistas, que ha quedado plasmada a través de varias jornadas nacionales de regionalización efectuadas en el país, donde ha habido un aporte académico sustantivo nacional e internacional de las experiencias al respecto. Además, quiero señalar que dentro del contexto de avance histórico del proceso de regionalización, no se puede señalar específicamente a uno u otro gobierno del pasado y, en este sentido, algunas de las palabras que aquí se han dicho no son más que eso. Creo que corresponde señalar los gobiernos durante los cuales se definieron las regiones, se aumentó y se creó el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, se establecieron los consejos regionales de desarrollo, las secretarías regionales y ministeriales y las direcciones regionales. Esos son elementos concretos a los cuales nos podemos ceñir. Como señalaba, es un proceso de décadas, no de un gobierno en particular, en el cual la mentalidad juega su rol. En la medida en que persista en nuestro país una mentalidad de carácter centralista, las leyes poco van a hacer para revertir dicho proceso. En cuanto a la distribución de fondos y medios, creemos que el punto de vista de eficiencia y de equidad no sólo se refiere a los actuales habitantes, sino que también a los potenciales y al potencial de recursos que tiene cada una de las regiones. Este proceso va a permitir resolver gradualmente el centralismo exacerbado que en particular, presenta Santiago, con gran absorción de personas, de recursos naturales y de medios financieros. O sea, el proceso de regionalización también va a ser beneficioso para la capital. Dentro de lo general, llamo la atención en la necesidad de evitar el centralismo regional, que el proyecto, hasta cierto punto, no resuelve, y avanzar en la regionalización por parte de las empresas del Estado, privadas y de los bancos. Dicho avance podría haber sido mayor y haberse reflejado en la reforma constitucional aprobada el año pasado. Ahora, yendo al detalle, el proyecto merece indicaciones y reflexiones en algunos puntos. Por ejemplo, en la descentralización necesaria de la administración del Estado, justamente para resolver el problema de la mentalidad en el caso de los vistos buenos que se requieren por parte del nivel central, los cuales muchas veces coartan las atribuciones y funciones; en las comisiones de calificación regional, donde el mango de la sartén está en manos del nivel central; en que las contrataciones sean a nivel regional y provincial, y no como en la actualidad a nivel central, y en la fijación de plantas y organigramas regionales por parte de la administración. En cuanto a la aprobación de los planes y proyectos, se subentiende que en los consejos regionales se podrán modificar, situación que hay que explicitar más en la ley. A nuestro juicio, la doble dependencia de las secretarías regionales y ministeriales no está resuelta en el proyecto y habrá que avanzar un poco más en las áreas de competencia. Otro detalle son los años de residencia. Nos parece que dos años para ocupar estos cargos son absolutamente insuficientes. Un detalle adicional sería el de las jefaturas regionales. Opinamos que es absolutamente inconveniente que las direcciones regionales de un servicio puedan ser removidas a propuesta del intendente regional. No participa el secretario regional ministerial y, por lo tanto, se produce un quiebre en la organización y gobierno regionales. Por otra parte, las secretarías regionales ministeriales tienen una gestación de carácter doble: por un lado, las temas presentadas por el intendente; por el otro, las presentadas por el ministro. En definitiva, resuelve el Presidente y después el intendente puede proponer la remoción de los secretarios ministeriales. El sisteina, más bien, va a producir conflictos y no un funcionamiento adecuado. En resumen, el proyecto constituye un avance; sin embargo, merece una mayor reflexión, que debe materializarse a través de las indicaciones pertinentes. He dicho. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Ortega, con cargo al tiempo de la bancada socialista-PPD. El señor ORTEGA.- Señor Presidente, quiero responder, muy brevemente, a las palabras del Diputado señor Gutenberg Martínez. El señaló que faltaría información en los antecedentes que di a conocer a la Sala en relación con la concentración del "stock" de infraestructura que existe en las regiones, comparado con el de la Región Metropolitana. Al mismo tiempo, en relación con la distribución de los gastos sectoriales, del gasto público, que en forma histórica detiene al país, él sólo señaló un antecedente, que presenta la variable de educación, que data de 1991. Creo que la diferencia de la información de un año, en el sector, que él ha entregado, no corresponde a la realidad histórica del país, ya que concentra en la mayoría de los ministerios y en grandes obras de desarrollo, en materia de infraestructura, el gasto social, de acuerdo con el número de poblaciones que existe en Santiago, y los gastos sectoriales. Si el debate se mantiene, con la observación de cambiar los indicadores del Fondo de Desarrollo Regional -como él ha anunciado, puesto que le parece injusta su distribución-, nos obligará a todos los Diputados de regiones a tener una postura diferente frente a dicho Fondo, en circunstancias de que hemos expresado que no queremos una confrontación con los señores Diputados de la Región Metropolitana. He sido claro en señalar que existen el Fondo, el gasto social y los gastos sectoriales, y que estos tres elementos deben evaluarse para analizar la equidad, el equilibrio en el gasto total y en la inversión total en el país. He dicho. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Las distintas bancadas han hecho uso de sus tiempos y corresponde votar el proyecto; pero hay un acuerdo de la Sala en el sentido de no hacerlo antes de las 18 horas. Por consiguiente, pido el asentimiento unánime de la Sala para proceder a la votación dentro de cinco minutos, con el objeto de llamar previamente a los integrantes de las Comisiones Indígenas y de Constitución, Legislación y Justicia y asegurar los quorum necesarios. En este momento son las 17:40; podría votarse a las 17:45. Acordado. Se suspende la sesión por cinco minutos. Se suspendió a las 17:43 y se reanudó a las 17:48. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Continúa la sesión. Corresponde votar en general el proyecto, entendiéndose que el quorum obtenido en esta única votación será válido también para las normas que requieran quorum especial, sea constitucional o calificado. En votación el proyecto. Durante la votación: El señor LONGTON.- Señor Presidente ¿podría aclarar lo que acaba de manifestar? El señor VIERA-GALLO (Presidente).- La Sala se pronunciaría sobre la idea de legislar y la votación que se obtenga será válida para aprobar las normas que requieren quorum especial, aspecto que ha sido consultado con el Diputado señor Cantero. Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: Por la afirmativa, 84 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 4 abstenciones. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Se ha reunido el quorum necesario, por lo cual se aprueban tanto la idea de legislar como las normas que requieren quorum especial. El señor MUNIZAGA.- Señor Presidente, falta el voto del señor Alamos y el mío. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Se agregarán al resultado proclamado por el señor Secretario. Aprobado en general el proyecto. El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones: al Ministro del ramo, la remoción de los secretarios regionales ministeriales;". 5.Del Diputado señor Coloma para agregar, en la letra n) del artículo 2°, a continuación de la palabra "fronterizos", la expresión "establecidos o". 6.Del Diputado señor Coloma para eliminar en el artículo 4°, la coma (,) que figura a continuación de la palabra "siguientes". 7.De los Diputados señores Bombal, Chadwick, Cantero, Pérez don Víctor y Ulloa para reemplazar en la letra e) del artículo 4°, la palabra "disponer" por "solicitar el auxilio". 8.Del Diputado señor Coloma para sustituir en el inciso segundo del artículo 5°, las expresiones "ser ciudadano con derecho a sufragio y reunir los demás requisitos generales exigidos para el ingreso en la Administración Pública.", por la frase: "cumplir con los mismos requisitos que para ser designado gobernador, en conformidad al artículo 7°.". 9.Del Ejecutivo para reubicar el artículo 6a, colocándolo a continuación del artículo 42. 10.Del Diputado señor Coloma para sustituir en la letra a) del artículo 16, la expresión "y su" por "así como su". 11.Del Diputado señor Coloma para agregar en la letra f) del artículo 16, a continuación de la palabra "ley", lo siguiente: "y la Constitución,". 12.Del Diputado señor Coloma para eliminar en la letra a) del artículo 17, la frase: "del sistema de asentamientos humanos". 13.Del Ejecutivo para sustituir en la letra c) del artículo 17, la locución "dentro del marco de las políticas y normas nacionales" por "con sujeción a las normas legales y a los decretos supremos regla-mentarios". 14.Del Diputado señor Coloma para que la letra c) del artículo 17 se inicie con las expresiones "Fomentar y". 15.Del Diputado señor Coloma para sustituir en la letra c) del artículo 18 la conjunción "y" que figura a continuación de la palabra "técnica" por lo siguiente: "así como". 16.De los Diputados Bartolucci y Hamuy para eliminar en la letra d) del artículo 18, las palabras "y reglamentar". 17.De los Diputados señores Bombal, Chadwick, Cantero, Pérez don Víctor, y Ulloa para reemplazar en la letra d) del artículo 18, las expresiones "y reglamentar" por "y coordinar". 18.Del Diputado señor Coloma para agregar en la letra b) del artículo 19, a continuación de la palabra "recursos" las expresiones "o que vivan en lugares aislados". 19.Del Diputado señor Coloma para incorporar en la letra f) del artículo 19, a continuación del término "culturales", la expresión "y deportivas". 20.Del Diputado señor Coloma para suprimir en la letra c) del artículo 23 las expresiones "y voto. No obstante, cuando el consejo regional ejerza las funciones de fiscalización a que se refiere el artículo 34, letra h), sólo tendrá derecho a voz". 21.Del Diputado señor Coloma para suprimir la letra n) del artículo 23. 22.De la Diputada señora Caraball y de los Diputados señores Gutenberg Martínez, Aylwin, Cornejo, Espina, Leay, Hamuy, Es té vez, Elizalde, Velasco, Rojos, Rojo y Schaulsohn para agregar un inciso final al artículo 23 del siguiente tenor: "La propuesta que haga el Intendente Regional al Consejo Regional, en cumplimiento de lo establecido en la letra e) del inciso 1Q, deberá basarse en variables e indicadores objetivos de distribución intrarregional, que serán definidos para estos efectos por el reglamento de la presente ley.". 23.De la Comisión de Hacienda para sustituir el encabezamiento del artículo 24, por el siguiente: "Artículo 24.- El Consejo regional sólo podrá aprobar o modificar las materias señaladas en las letras b) y d) del artículo anterior y su pronunciamiento deberá...". 24.Del Diputado señor Coloma para sustituir en el inciso primero del artículo 24, la voz "emitirse" por "evacuarse". 25.Del Diputado señor Coloma para reemplazar en el inciso segundo del artículo 24, desde la palabra "intendente" y hasta el final del inciso, por la expresión "consejo regional". 26.Del Diputado señor Navarrete para reemplazar en el artículo 29 la frase "saber leer y escribir", por la siguiente: "haber aprobado a lo menos el 4Q año de enseñanza media o estudios equivalentes". 27.Del Ejecutivo para suprimir el inciso tercero del artículo 35. 28.Del Diputado señor Coloma para eliminar en el inciso tercero del artículo 35, la expresión "a proposición del intendente". 29.De la Comisión de Hacienda para sustituir en el artículo 37, la coma (,) a continuación de la palabra "asistan", por un punto (.), y reemplazar la oración que le sigue, por la que a continuación se transcribe: "Con todo, lo percibido por cada consejero no podrá exceder de seis unidades tributarias mensuales por cada mes calendario". 30.Del Diputado señor Coloma para agregar un inciso tercero, nuevo, al artículo 39: "En el evento de que este nuevo consejero falleciere o cesare en el cargo durante el desempeño de su mandato, este no será reemplazado.". 31.Del Diputado señor Coloma para eliminar en la letra a) del artículo 42, las palabras "Conocer y", colocando con mayúscula inicial, la palabra "Supervisar". 32.De los Diputados señores Bombal, Chadwick, Cantero, Pérez don Víctor, y Ulloa para suprimir en el inciso segundo del artículo 58, las palabras "en otra propuesta". 33.De los Diputados señores Bombal, Chadwick, Cantero, Pérez don Víctor, y Ulloa para agregar en la letra 0 del artículo 67, luego de la frase "los recursos", las palabras "y aporte". 34.De los Diputados señores Bombal, Chadwick, Cantero, Pérez don Víctor, y Ulloa para agregar en la letra e) del artículo 68, a continuación de las palabras "que fije el gobierno regional", reemplazando el punto seguido (.) por una coma (,), lo siguiente: "que no excedan de 10 años". 35.De los Diputados señores Bombal, Chadwick, Cantero, Pérez don Víctor, y Ulloa reemplazar en la letra g) del artículo 68, la coma (,) que figura a continuación de las palabras "utilidad pública" por un punto (.), eliminando lo que sigue a continuación. 36.De los Diputados señores Bombal, Chadwick, Cantero, Pérez don Víctor, y Ulloa para agregar al artículo 70, la siguiente frase final: la que no podrá ser inferior al 5% del total de gastos de inversión pública.". 37.De los Diputados señora Caraball y señores Gutenberg Martínez, Aylwin, Cornejo, Espina, Leay, Hamuy, Estévez, Elizalde, Velasco, Rojos, Rojo y Schaul- sohn, para sustituir las letras a) y b) del artículo 71, por las siguientes: "a.- Nivel socioeconómico de la región, medido en base a los siguientes indicadores: I)Porcentaje de la población regional en situación de pobreza e indigencia en relación a la población nacional. II)La tasa de desempleo regional del año anterior al de la elaboración de la ley de presupuestos respectiva. III) El producto per cápita regional del año anterior al de la elaboración de la ley de presupuestos respectiva. IV)Número de habitantes por cama disponible en los establecimientos del SSNS de la región. V)Miles de habitantes por médico en la región. VI)Porcentaje de nacidos vivos sin atención médica. VII)Porcentaje de desnutrición infantil. VIII)Porcentaje de analfabetismo. IX)Porcentaje de cobertura educacional en la enseñanza básica y media. X)Porcentaje de población urbana sin agua potable. XI)Porcentaje de población urbana sin alcantarillado. XII)Tasa de mortalidad infantil. b) La condición territorial particular de cada región, medida en base a los siguientes indicadores: I.La dispersión poblacional. II.Porcentaje de ruralidad.". 38.De la Comisión de Hacienda para reemplazar en las lelras a) y b) del artículo 71, la oración "nivel socioeconómico de la región medido en términos de indicadores como", por la siguiente: "nivel socioeconómico de la región, que para su medición, considere al menos los siguientes indicadores:". 39.De los Diputados señora Caraball y señores Gutenberg Martínez, Aylwin, Cornejo, Espina, Leay, Hamuy, Estévez, Elizalde, Velasco, Rojos, Rojo y Schaul- sohn para intercalar el siguiente inciso segundo entre los inciso primero y final del artículo 71 del proyecto: "Los indicadores IV al XII. deberán corresponder a un mismo año o período.". 40.De los Diputados señora Caraball y señores Gutenberg Martínez, Aylwin, Cornejo, Espina, Leay, Hamuy, Estévez, Elizalde, Velasco, Rojos, Rojo y Schaul- sohn para intercalar el siguiente inciso tercero, entre los incisos primero y final del artículo 71 del proyecto: "La ponderación que deberá darse a cada indicador dentro de las variables de las letras a y b del inciso Ia será materia del reglamento de la presente ley.". 41.De la Comisión de Hacienda para suprimir en el artículo 73, la frase: "Los ingresos propio que genere el gobierno regional y". 42.De la Comisión de Hacienda para sustituir en el inciso primero del artículo 75, la expresión "respetando" por los términos "que cumplan". 43.De los Diputados señora Caraball y señores Hamuy, Gutenberg Martínez y Cornejo para intercalar entre los Títulos Segundo y Final del proyecto un Título Tercero, cuyo texto es el que sigue: TITULO TERCERO DE LAS ÁREAS METROPOLITANAS Y LOS GOBIERNOS METROPOLITANOS Artículo 95Por Ley se podrán establecer Áreas Metropolitanas dentro del territorio de una misma región. Constituye Área Metropolitana una ciudad central, localidades vecinas vinculadas con ella mediante sectores construidos, y localidades más distantes, si el grueso de su población constituye un núcleo que viaja diariamente a la ciudad central. Las Áreas Metropolitanas pueden incluir más de una ciudad central. La ley respectiva deberá determinar las comunas que comprenderán el territorio del área metropolitana y la ciudad sede el Gobierno Metropolitano. Artículo 96.- El Gobierno y la Administración superior del Área Metropolitana residirá en el Gobierno Metropolitano. El Gobierno Metropolitano será una persona jurídica de derecho público, con patrimonio propio y dotado de competencia gubernativa y administrativa desconcentrada. Artículo 97.- El Alcalde Mayor será la autoridad superior y órgano ejecutivo del Gobierno Metropolitano. Será electo en votación directa con segunda vuelta por los ciudadanos inscritos en los registros electorales correspondientes a las comunas que conforman el área metropolitana, conforme al reglamento de la presente ley. Para ser electo Alcalde Mayor se deben reunir los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 31 de la Constitución Política de la República. El Alcalde Mayor durará en sus funciones seis años, pudiendo ser reelecto por un nuevo período. Artículo 98.- Corresponde al Alcalde Mayor formular las políticas, planes y programas de desarrollo del área metropolitana y elaborar el presupuesto del Gobierno Metropolitano, en armonía con la política nacional y regional de desarrollo y los presupuestos regional y de la nación. Le corresponde, asimismo, ejercer la supervigilancia, coordinación y fiscalización de los servicios públicos que operen en el área metropolitana, con excepción de la Contraloría General de la Re-pública y los Tribunales de Justicia, quedando inhibido de estas facultades, por consiguiente, el Gobierno de la Región correspondiente al Área Metropolitana. Artículo 99- Existirá un Gabinete Metropolitano integrado por un Secretario Metropolitano de Planificación y Coordinación (SEMPLAC), Secretario Metropolitano de Vivienda, Secretario Metropolitano de Mejoramiento Urbano, Secretario Metropolitano de Transportes y Secretario Metropolitano de Medio Ambiente, todos ellos electos por el Alcalde Mayor de una propuesta en tema del Ministro correspondiente. Artículo 100.- Existirá la Junta Metropolitana de Alcaldes como órgano eminentemente consultivo y presidida por el Alcalde Mayor. Los alcaldes de las comunas comprendidas en Área Metropolitana forman parte de ella por derecho propio, y les son atribuidas en esta calidad, los mismos requisitos, incompatibilidades y fuero que les asigna la Constitución Política de la República. Deberá consultarse opinión a la Junta de Alcaldes especialmente para el ejercicio de las atribuciones señaladas en el artículo 98°. Artículo 101- La Ley de Presupuestos de la Nación deberá contemplar recursos destinados al Gobierno de las Áreas Metropolitanas creadas conforme a la presente ley y señalará los demás bienes y derechos que integran el patrimonio del Gobierno Metropolitano. El Gobierno Metropolitano no podrá contratar empréstitos. 44.De la Diputada señora Caraball y de los Diputados señores Gutenberg Martínez, Cornejo, Hamuy para que los actuales artículos 94, 95 y 96, correspondientes al Título Final del proyecto pasen a ser artículos 102, 103 y 104 respectivamente, siempre correspondientes al Título Final. 5.- INCORPORACION DE DOCUMENTO EN LA CUENTA. El señor VIERA-GALLO (Presidente).- Si le parece a la Sala, se incorporará en la Cuenta de la presente sesión el oficio de Su Excelencia el Presidente de la República por el que hace presente la calificación de "suma" urgencia para el despacho de las observaciones del proyecto de Codelco. Acordado. Se levanta la sesión. Se levantó a las 17:50. JORGE VERDUGO NARANJO, Jefe de la Redacción de Sesiones.