-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/670537/seccion/akn670537-ds26-ds61
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2490
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- rdf:value = " El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Es lo contrario de lo que se había decidido, pero se puede hacer.
Tiene la palabra el Diputado señor Elizalde para referirse al artículo 11.
El señor ELIZALDE.-
Señor Presidente, el artículo 11 se relaciona concretamente con el Fondo Común Municipal.
En el artículo anterior se aprobó la letra f), la cual determina, tal como lo manifestó el Diputado señor Montes, que los tributos recaudados en virtud de la ley sean destinados a obras de desarrollo comunal. Quiero preguntar con qué van a pagar las municipalidades el sueldo de su personal de aquí en adelante, ya que, en definitiva, todos los recursos aprobados van al Fondo Común y nada se deja para los gastos normales de los municipios.
Me parece que ésta es una situación que en su momento deberíamos haber estudiado, pues lo que se acaba de aprobar, y que necesariamente tendrá que modificarse en el Senado, deja a los municipios en la imposibilidad de financiar el gasto de su personal.
Se ha planteado la inconstitucionalidad de una indicación que presentamos con respecto al artículo 11, para determinar porcentajes de los recursos en el Fondo Común Municipal. Se ha dicho que es inconstitucional porque estaríamos acotando recursos que sólo el Ejecutivo puede distribuir. Al determinar en la Ley Orgánica cuáles y en qué porcentajes se reparten los recursos que constituyen el Fondo Común, pensamos en nuestro compromiso, como parlamentarios, de entregar municipios con una efectiva capacidad financiera. Este compromiso fue establecido en nuestro programa de la Concertación, teniendo en vista que había que hacer un esfuerzo colectivo para entregar recursos suficientes a los municipios más pobres del país.
El Diputado señor Palestro mencionó las comunas creadas en la Región Metropolitana y ha planteado, inclusive, el caso de un municipio que, para iniciar su funcionamiento, recibió 40 millones de pesos. Esos municipios sólo van a tener posibilidades concretas de superar los problemas de la gente en la medida en que exista una justa redistribución de los recursos a través del Fondo Común Municipal, para que todas las municipalidades reciban, a lo menos, un porcentaje similar a lo que el municipio puede entregar a la comunidad.
Este tema está ligado con la Ley de Rentas Municipales. Se presupone que, por esa vía, habrá ingresos mayores; pero, de acuerdo con el debate inicial habido en esta misma Cámara, tengo muy claro que por parte de la Oposición no se entregarán nuevos recursos ya que ellos entienden esa Ley como una nueva reforma tributaria. En consecuencia', habremos elegido alcaldes y concejales que no podrán resolver los problemas cuya solución la gente espera de los municipios. Por eso, se debe votar la declaración de inadmisibilidad de mi indicación.
El Fondo Común Municipal requiere ser incrementado para que produzca los efectos perseguidos. Desde ese punto de vista, solicito que, respecto de la constitución del Fondo, se puedan votar aquí los diferentes porcentajes propuestos, para conseguir los objetivos concretos de que los alcaldes y los concejales que asuman puedan resolver los problemas en sus respectivas comunas.
Nuestro objetivo no sólo consiste en ganar las elecciones. Esa es una finalidad importante para los chilenos, desde el punto de vista democrático; pero, más que eso, tenemos la responsabilidad de entregar municipios con recursos suficientes para desarrollar la labor que la gente espera de esas autoridades que va a elegir.
He dicho.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/670537/seccion/akn670537-ds26
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/670537