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- rdf:value = " El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Terminó el tiempo de Su Señoría.
Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, creemos innecesario alargar demasiado la discusión, porque ya ha sido suficientemente avalado el fundamento y la razón que tuvo la Comisión para disponer que el rango constitucional de este elemento de distribución quedara en ésta y no en otra ley de carácter orgánico constitucional; además, por mandato de la Constitución.
Pero aquí viene lo importante: el Honorable señor Schaulsohn ha argumentado en el sentido de no restarle fondos a una comuna. En este caso la suya, Santiago; pero pareciera que el Honorable colega no conoce lo que ocurre con la inversión comunal en el resto de las municipalidades.
Quienes hemos representado otro tipo de comunas y, además, hemos servido como alcaldes a mucha honra en comunas pequeñas, podemos hacer precisiones con meridiana claridad sobre la materia. En muchas ocasiones nos encontramos con comunas pequeñas como Lebu, en que más de un 60 por ciento de la inversión municipal llega fundamentalmente por la vía del Fondo Común.
En consecuencia, los aportes de redistribución que deben hacer estas comunas, especificadas hoy y propuestas en este artículo, son absolutamente necesarios. No hay ninguna razón para que algunos señores Diputados se opongan a que esta necesidad de equilibrar y de hacer más eficientes a los municipios más pequeños, se incluya en una ley orgánica constitucional, como ésta que regula el tema municipal.
Con tanta argumentación, ya resulta poco práctico seguir trabajando en el tema.
Con su venia concedo una breve interrupción al Diputado señor Coloma y, después, al señor Huepe.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, quizás el señor Schaulsohn que hoy está especialmente sensible, como que de las miradas se siente censurado está en un día especial y por eso ha equivocado su tradicional argumentación jurídica. De ahí que lo llamo a la reflexión en este caso.
Cualquiera interpretación pueda ser válida si se hace conforme al criterio objetivo. Pero lo que no podemos aceptar es que se interprete según el criterio de quienes hoy son parlamentarios. Ello significaría que cada vez que se elija un nuevo Parlamento, tendríamos que decir blanco a algo que es negro.
Eso, señor Schaulson y se lo digo a través suyo, señor Presidente vulnera evidentemente cualquiera concepción normal del estado de derecho, lo que atribuimos a un momento de sensibilidad, más que a un momento de reflexión jurídica.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Huepe.
El señor HUEPE.-
Señor Presidente, en este punto el debate se ha alargado, pero vale la pena, porque es un tema determinante para el financiamiento municipal.
Aquí hay dos problemas en discusión: uno, el acuerdo político al cual nos tenemos que ceñir; y otro, si el detalle que se quiere establecer corresponde exactamente a tal acuerdo político.
Ratifico la indicación del Diputado señor Andrés Palma en orden a pedir el desglose de la votación y concuerdo con la argumentación dada por algunos señores Diputados, en particular la del señor Schaulsohn. Me parece que estamos incorporando una disposición extremadamente rígida.
Según han reconocido los propios miembros de la Comisión, no había estudios suficientes. Por ejemplo, en la Comisión de Hacienda, se argumentó acerca del porqué se dejaba sólo la Municipalidad de Santiago, en circunstancias de que otros municipios, que antes pertenecían a la comuna de Santiago, fueron separados y, a lo mejor, deberían incluirse. O, en el caso de Providencia y Las Condes, ¿por qué no aparece Vitacura? ¿Por qué se señalan estos porcentajes?
Estimo que hemos llegado a un nivel de detalle que me parece inadecuado incluirlo en una disposición de este rango.
Además, no debemos olvidar que tendremos que discutir el proyecto de ley sobre rentas municipales. Ahí, obviamente, esto debe estudiarse en forma minuciosa y si aclaramos el problema, se estima que se requiere ley de rango orgánico constitucional, en esa misma iniciativa, con un quorum especial, podrían aprobarse las disposiciones pertinentes.
Por esa razón, me parece inconveniente que este problema se plantee ahora. Porque, ¿qué dice el acuerdo político? Que "Una ley orgánica constitucional contemplará un mecanismo de redistribución solidaria de los ingresos propios entre las municipalidades del país, con la denominación de Fondo Común Municipal. Las normas de distribución de este fondo serán materia de ley".
Al dejar y ésa ha sido la proposición concreta el inciso primero del artículo 11 hasta donde termina la expresión "Fondo Común Municipal", quedaría establecida la existencia de este mecanismo. Si suprimimos y ésa es la votación separada que se pedirá, la frase "...el cual estará integrado por los siguientes recursos:" y dejamos el inciso final: "La distribución de este fondo se sujetará a los criterios y normas establecidos en la Ley de Rentas Municipales.", cumplimos el acuerdo político y no rigidizamos esta expresión, que me parece realmente inadecuada.
Por esa razón, estimo que los parlamentarios que estamos comprometidos con el acuerdo político, pero que no creemos conveniente llegar a este nivel de detalle, podemos plantear la votación separada y dejar este tema para una discusión mucho más de fondo, cuando debatamos el proyecto de ley sobre rentas municipales, oportunidad en que se analizará el problema global del financiamiento municipal, que a esta altura todavía no está claro ni siquiera la información al respecto, como lo han reconocido los miembros de la Comisión.
Agradezco al Diputado señor Ulloa la interrupción que me concedió a pesar de saber que no iba a argumentar a favor de su posición. Pero, como fue alcalde de Lebu, distrito que represento, me imagino que por eso se sintió solidario.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Hago presente a la Sala que en la tribuna se encuentra una representación del Gobierno de la República Rusa, especialmente de la ciudad de Moscú, integrada por el Primer Vicepresidente del Soviet de Moscú, el señor Stankevjv; por el miembro del Gobierno de Moscú, el señor Bystrov, y por el Jefe del Departamento de Asuntos Exteriores de la Dirección de Obras Especiales, el señor Gasparjan, acompañados por miembros de la Embajada soviética en Chile.
Aplausos.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Recupera la palabra el Diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, por su intermedio concedo una interrupción al colega señor Campos.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Campos.
El señor CAMPOS.-
Señor Presidente, como bien lo recordó el colega señor Cantero, todo lo vinculado al Fondo Común Municipal y a la conformación del patrimonio de las municipalidades corresponde a una de las materias más largamente discutidas en las comisiones negociadoras del tema municipal.
Por su complejidad e incidencia en la autonomía financiera de los municipios, se llegó al acuerdo de que esta materia tenía que incorporarse a la Ley Orgánica Municipal. En consecuencia, hay un acuerdo político en tomo de este punto. Como fue suscrito por el Presidente de nuestro partido, los parlamentarios radicales lo respetaremos y, por eso, votaremos favorablemente el artículo 11.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Recupera la palabra el señor Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, por su intermedio concedo una interrupción al colega Longueira.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente, zanjado el problema de si elevamos a rango de ley orgánica o no este artículo en los criterios establecidos respecto del Fondo Común Municipal lo cual entiendo está dentro del acuerdo político que todos debemos respetares importante tener presente que lo que se define son sus ingresos. Por lo tanto, no existe ningún nivel de detalle, sino que se indican los tributos que lo integrarán.
Así, en el N° 1 se establece que un 60 por ciento del impuesto territorial de todos los municipios del país irán a este Fondo Común Municipal. Al respecto, debo señalar que hay comunas enteras que prácticamente no reciben ningún ingreso por este concepto, como es el caso de Huechuraba, donde casi el ciento por ciento de las casas está exentas del pago de contribuciones. O sea, lo que se regula es solamente aquello que se considera ingreso para el Fondo Común Municipal.
Los N°s. 4 y 5, en el Fondo, constituyen un tipo de impuesto a las patentes, que se les exige a tres municipios del país para que contribuyan con un porcentaje, que es distinto para cada uno de ellos, establecido en función de sus ingresos. A la Municipalidad de Santiago se le pide una contribución menor que a las Municipalidades de Providencia y Las Condes.
Por lo tanto, lo que aquí se detalla es el ingreso que tendrá este fondo, para distribuirlo solidariamente entre aquellos municipios que tal como lo he señalado, ni siquiera recaudan otros impuestos.
Las Condes, Providencia y Santiago tienen un nivel de ingresos más alto y son los únicos a los que se les exige contribuir, además, con un porcentaje de las patentes. Por ello, presenté una indicación, que aparece como de la Comisión de Hacienda, para que se mantenga dentro de ese aporte a las comunas de Vitacura y Lo Barnechea, que nacieron de la comuna de Las Condes y que siempre han contribuido con un 65 por ciento de sus ingresos por concepto de patentes al Fondo.
Vitacura debe ser la comuna en que, por su ubicación, no existe prácticamente ningún pobre. Por lo tanto, me parece que no es de justicia exceptuarla de esa contribución al Fondo Común.
En el caso de Lo Barnechea, hay quienes plantean que efectivamente tiene sectores de pobreza, pero por la vía de los otros tributos, como es el de contribuciones y permisos de circulación, tiene un ingreso altísimo, comparado con el resto de los municipios y con el grado de pobreza los habitantes de aquellos.
Es de toda justicia que Vitacura y Lo Barnechea sigan como ha sido siempre aportando, en consideración a la existencia de comunas con un alto grado de pobreza, sobre todo porque siempre los territorios que las conforman y que antes pertenecían a Las Condes contribuyeron al Fondo Común, efectivamente con un 65 por ciento de los ingresos por patentes. Lo mismo sucedía con las comunas de Recoleta e Independencia, que no las quise incluir en mi indicación, porque reconozco que Santiago se ha desprendido de dos sectores populosos que tienen, sin lugar a dudas, focos de pobreza muy importantes.
Por estas razones, estimo que la indicación que presenté para incluir a Vitacura y Lo Barnechea no es inadmisible, y debe ser considerada.
He dicho.
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