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- rdf:value = " MODIFICACIONES AL CODIGO PENAL Y A LA LEY N° 18.314, SOBRE CONDUCTAS TERRORISTAS. PRIMER TRAMITE CONSTITUCIONAL. (Continuación).
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Corresponde continuar la discusión del proyecto de ley que modifica el Código Penal y la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.
- El texto del proyecto está impreso en el boletín N° 334-07-1 y figura en el número 11 de los documentos de la Cuenta de la sesión 19a., celebrada en 16 de julio de 1991.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Se encuentran en la Sala los señores Ministros de Justicia y Secretario General de Gobierno.
Tiene la palabra el Diputado señor Juan Martínez.
El señor MARTINEZ (don Juan).-
Señor Presidente, en una sesión anterior, hubo un arduo debate sobre este proyecto de ley, llamado "de la delación compensada" o "del arrepentimiento eficaz", lo que demuestra lo controvertible de la materia.
Al respecto, quienes se oponen a una normativa de esta naturaleza han planteado objeciones de carácter moral, como, por ejemplo, que se legitimarían actos cometidos en el pasado o que no sería eficaz una disposición de este tipo. En definitiva, dan un conjunto de argumentos que no parecen basarse en el análisis objetivo de la situación que enfrenta el país.
Estamos fundando este sistema democrático y es necesario combatir y erradicar el terrorismo.
El terrorismo es un problema que debe abordarse desde distintos puntos de vista. No podemos hacer recaer en esta normativa todo el peso y la responsabilidad de eliminarlo. Como en otras sociedades modernas, el terrorismo tiene raíces profundas relacionadas con las desigualdades sociales y con el imperio de una cultura de la muerte, que se ha ido enseñoreando en el país. Por ello, debe ser tratado en forma global. No basta una iniciativa como la que estamos discutiendo, aunque ella es importante para la eficacia del
Derecho, en el combate de este flagelo. Sin duda, debe recurrirse a otros medios, tales como el diálogo y la persuasión. Deben generarse condiciones para que, en el país, en definitiva, primen los valores morales que hacen de la vida el valor supremo de la sociedad actual. Me inclino por aprobar, en general, un proyecto de esta naturaleza. Por eso, analizaré alguna de las objeciones formuladas.
Desde el punto de vista ético, se ha planteado que no es conveniente establecer un mecanismo como el indicado en ella, porque erosionaría la natural predisposición del pueblo de Chile a valores como la solidaridad o la lealtad. Pero aquí no se habla de demoler o de erosionar la moral social, ya que éste es un problema que concierne exclusivamente a los grupos terroristas.
Sinceramente, no creo en una ética de los terroristas. Además, pienso que hay diversos tipos de solidaridad y lealtad. Hay una lealtad social, que tiene que ver con la mantención de una convivencia civilizada, donde el diálogo sea el mecanismo de encuentro entre las personas. Para ello, obviamente, se requiere un nivel de lealtad muy importante.
No queremos que la sociedad, en su conjunto, se transforme en activista del soplonaje. Lo que planteamos es que si algún integrante de estos grupos terroristas desea colaborar con la justicia y con la sociedad y reinsertarse en la vida ciudadana, pueda hacer abandono de ellos, cosa que hoy es imposible, porque cualquiera que pretenda hacerlo recibe no sólo la reprobación grupal, sino también la amenaza a su integridad física y a su vida. En la cultura de los grupos terroristas -que carecen de ética y demuestran absoluto desprecio por la vida- nadie puede retirarse de ellos, so pena de ser aniquilado, puesto que pone en riesgo la vida y la seguridad del resto de sus integrantes. Por lo tanto, nos referimos a una situación que, a mi juicio, es radicalmente diferente a si la trasladáramos mecánicamente o la extrapoláramos a toda la sociedad.
También se ha dicho que lograríamos la colaboración sin un arrepentimiento sincero. Ese no es el propósito de este proyecto. Al respecto, debe considerarse que en la sociedad existen otros elementos que influyen en ella, como, por ejemplo, las instituciones religiosas o filosóficas, los partidos políticos o las instituciones culturales, que permiten a estas personas, mediando un arrepentimiento sincero, reincorporarse a la vida ciudadana.
Lo que se pretende, básicamente, es terminar con un fenómeno que amenaza la convivencia social de un país en un régimen democrático y ese es un valor extraordinariamente importante, que obliga a realizar todos los esfuerzos para cautelarlo.
En consecuencia, los argumentos de carácter moral planteados, por muy legítimos que parezcan, no son suficientes para convencerme de que no se legisle sobre una materia tan importante como ésta.
También se ha dicho que este proyecto legitimaría las situaciones del pasado. Me parece que ése es un criterio relativamente ligero.
Las actuaciones de la CNI y de la DINA, absolutamente reñidas con el Derecho, no tuvieron nada que ver con el desenvolvimiento de un Estado de Derecho y con una convivencia civilizada. Consiguieron, mediante la tortura y con una perspectiva muy cierta de muerte, la colaboración de algunas personas que traicionaron a sus compañeros de lucha. Como, además, ocurrió en muchos casos, a pesar de que los infortunados pudieron prestar algún tipo de colaboración.
La normativa en análisis sólo puede ser eficaz en un Estado de Derecho; pero, cuando éste se quiebra, no estamos frente a ningún límite y aquella pasa a ser sólo un pedazo de papel sin ningún valor.
De lo que se trata aquí es de conseguir una normativa que responda a un régimen democrático, para que las personas que han integrado grupos terroristas puedan prestar una colaboración eficaz a la justicia, respetándose sus derechos humanos.
El otro fenómeno que debemos tomar en cuenta es que el advenimiento de un gobierno democrático y la transición a un régimen democrático pleno no es la única solución para este problema. Estamos claros en que este fenómeno ha persistido y que dicha persistencia podría deberse a la infiltración de los grupos de carácter terrorista por parte de personas que violaron los derechos humanos durante el régimen pasado.
Una normativa con las características de la que estamos discutiendo, si existe la situación de gente que ha infiltrado a grupos terroristas por órdenes de personas que tienen un poder de presión muy grande sobre ellos como para que mantengan su accionar aún en un régimen de carácter democrático -podría erosionar ese vínculo, ya que puede haber elementos que exterioricen su voluntad de no seguir actuando, por tomar plena conciencia de que están transgrediendo no solamente preceptos de carácter moral, sino toda la normativa actual, y que, además, no responden a autoridades legítimamente constituidas. Por lo tanto, debe dárseles la posibilidad de que entreguen antecedentes que permitan desbaratar esta posible infiltración. Esta normativa, más que ayudar a la actuación de grupos infiltrados en sectas de carácter terrorista, más bien abre la posibilidad de que se pueda desbaratar el accionar completo de estos grupos.
Por otra parte, llamo la atención sobre que Estados Unidos pidió la extradición de las personas involucradas en el crimen de Orlando Letelier, fundado en un mecanismo de la justicia estadounidense similar al que está en discusión. La Corte
Suprema rechazó la extradición, señalando que se basaba en un mecanismo de esta naturaleza, y la Derecha política apoyó la tesis de carácter jurídico que esgrimió el máximo tribunal. Por lo tanto, al introducir este mecanismo, se refuerza lo ya existente, porque ha quedado demostrado en el propio informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, que este mecanismo ya existía en algún grado en nuestro actual Estado de Derecho y en la tradición jurídica del país, con lo cual se desmorona toda la argumentación que se ha esgrimido para refutar la validez que podría tener el fallo de los tribunales de justicia norteamericanos que han sindicado a Manuel Contreras y al Coronel Espinoza como culpables de los asesinatos de Orlando Letelier y Ronnie Moffit.
Asumiendo todos estos elementos, estamos frente a una normativa que, a lo mejor, necesita algún tipo de modificaciones, para evitar distorsiones en los objetivos y propósitos que se persiguen, pero que claramente apuntan a hacer eficaz el derecho en un régimen democrático, y combatir adecuadamente una lacra que debe merecer el repudio de todos los chilenos.
En este sentido, quiero hacer una distinción. No corresponde asimilar ligeramente la actuación de cualquier grupo que se haya levantado en el gobierno anterior, aun en armas, para sindicarlo de terrorista. Hubo acciones de carácter armado, producto de la situación que se vivía en ese momento, en que existía una dictadura, y que, por lo tanto, legitimaba el derecho a la rebelión, pero que no consistió en conductas terroristas.
En general, el terrorismo, a través del pánico que se infunde a la población, pretende dominar y doblegar toda la sociedad y, en muchos casos, lograr la toma del poder. No es el caso de mucha gente que actuó en forma armada, pero que mantuvo un nivel de moral distinto.
Cuando hablamos de terrorismo, nos referimos al asesinato de personas indefensas, de Carabineros asesinados por la espalda, en fin, actos absolutamente repudiables y ajenos a cualquier tipo de moral. Por lo tanto, deben generarse los mecanismos y formas que puedan hacer efectiva la actuación de los organismos policiales, de las instituciones que tienen que ver con el combate al fenómeno terrorista, para erradicarlo de la faz de la sociedad.
Por eso, en razón de todas estas circunstancias, porque conviene a la transición, porque es posible lograr el conocimiento de hechos que ocurrieron en el pasado, a través de la colaboración de gente que se prestó, por órdenes o amenazas, a la violación de derechos humanos considerados como actos terroristas; porque es posible, con este tipo de mecanismos, a lo mejor, mediante los propios tribunales de justicia chilenos, establecer las responsabilidades penales respecto de los partícipes en el asesinato de Letelier, de Tucapel Jiménez y de otros; por todo esto apoyaré esta iniciativa.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Peña.
El señor PEÑA.-
Señor Presidente, después de escuchar al Diputado señor Martínez, debería cambiar los términos que anoté para desarrollar mi intervención, porque, precisamente, las razones por las cuales he decidido rechazar este proyecto de ley recogen contenidos morales y éticos y porque entiendo que este es un problema que está entregado a la decisión de cada cual. El vincularlo con hechos concretos que pueden golpear duramente la conciencia de los chilenos, como, por ejemplo, el no esclarecimiento del crimen del ciudadano chileno Orlando Letelier, o las circunstancias por las que murió Tucapel Jiménez -como lo leí ayer en un diario- o de otras personas que en este país, hasta cierto punto, fueron víctimas de lo que se ha señalado, en reiteradas oportunidades, como la forma de terrorismo de Estado que se llevó a efecto en gran parte del régimen anterior, me llevan a hacer estas precisiones preliminares.
Pero en atención a este tipo de reflexiones, que fueron las que decidieron mi determinación en el sentido ya indicado, y con el objeto de aprovechar adecuadamente el tiempo y no distraerlo más allá del necesario, me voy a atener al texto que tengo preparado.
Habida consideración del alto contenido ético comprometido en el proyecto, nuestra bancada deja entregada a la conciencia de cada cual su decisión acerca de la aprobación o rechazo del proyecto de ley en estudio.
Atento a lo anterior, en lo personal, no resultó tarea fácil tomar la decisión.
En efecto, el gran fundamento del proyecto es fortalecer el estado de Derecho a fin de procurar el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos, ya sea en cuanto a individuos como a miembros de una colectividad social.
Particularmente, en este proyecto de ley se estima como tarea esencial que el fortalecimiento del estado de Derecho pasa por desterrar de nuestra Patria la violencia y el terrorismo, y para desterrarlos, según este proyecto, es importante la destrucción de la estructura de su organización y la cohesión de sus miembros.
Para lograr este particular propósito, el proyecto consagra una eximente de responsabilidad criminal para el agente que hubiere cometido delito, según lo previsto en el artículo 4°, en relación con el artículo 2°, número 5) y 7) de la ley N° 18.314, y siempre que el miembro de la organización terrorista se disocie en forma voluntaria. Es decir, no basta que se disocie, sino que, además, y copulativamente, se exige que voluntariamente asuma alguna de las conductas mencionadas en el inciso primero del artículo del proyecto.
Quizás hubiere bastado, para tener derecho al eximente, que este miembro de la organización terrorista se hubiere disociado de la organización, que hubiere aportado antecedentes personales como vinculante con la organización terrorista. Respecto de esta última, sólo algunas observaciones generales. Es probable que esta modalidad hubiere producido el efecto eficaz previsto en el proyecto.
En este contexto, nuestra preocupación como sociedad, más que hacer un esfuerzo para desterrar el terrorismo y la violencia por la sola dictación de una ley, -que, en definitiva, puede resultar sólo una entelequia-, ha llegado la hora en que la sociedad chilena debe hacer un esfuerzo para determinar las causas del terrorismo, diseminadas en el tejido social a través de métodos que aporte la sociología, entre otras disciplinas, y así diseñar una normativa jurídica orgánica y global, más allá de un esfuerzo aislado y solamente coercitivo como éste.
La violencia que se pretende desterrar, sea delincuencial o política, tiene, desde luego, complejas y entrecruzadas causas. No es fácil su destierro. Abrigamos la esperanza de que la violencia política pueda ser desterrada más temprano que tarde. Sobre nosotros recae la responsabilidad de encararla adecuadamente, creando los niveles institucionales para la participación. No debemos ser castradores de la participación ciudadana en la construcción del destino común. Aquí pienso específicamente en la ley de partidos políticos, en la ley de votaciones populares y escrutinios, etcétera.
Respecto de la violencia delincuencial común, que también es grave en nuestro país, estimo que su erradicación será tarea de más largo aliento, aun cuando* al parecer, por ahora sólo compromete a personas individualmente consideradas.
Cuando se habla de desterrar el terrorismo, que puede, en algunos casos, haber tenido su origen en la violencia política, confío en que el sistema democrático vaya generando, con su dinámica, las instancias y órganos que globalmente permitan la incorporación paulatina de personas al proceso.
Pero este proyecto de ley, más allá del apoyo político, atendida la naturaleza de la organización terrorista y del carácter y preparación particulares de sus miembros, debe tener un alto contenido ético. La ética, si bien es fundamentalmente personal, está determinada por valores sancionados, reconocidos y respetados por la sociedad toda. En el proyecto se pretende distinguir por algunos Diputados entre un ético positivo y un ético negativo. En rigor, el distingo es falso.
Otra es la situación desde el punto de vista de los valores. En un sistema democrático, el tipo ético se construye por consensos mayoritarios que el sistema estima como valores generales sugeribles. Las normas jurídicas deben responder adecuadamente a este contenido, para que sean asumidas y respetadas por sus destinatarios.
Surge aquí la interrogante. ¿Es adecuada una ley que exija del destinatario una conducta que rompa ciertos valores propios de la ética y que involucre a otros miembros y a su organización secreta? En la vida diaria y desde la niñez, ¿cuál es el juicio de valor respecto del niño acusete, del adulto delator? Alguien se podrá preguntar: ¿Es acaso el terrorismo éticamente aceptable? Mi respuesta personal es en forma categórica negativa.
¿Acaso lo anterior justifica que nosotros, como hacedores de la ley y depositarios de la soberanía a través de un mandato legítimo, debamos combatir lo antiético con normas de igual naturaleza? Esta lógica, por desgracia, no ha estado ajena en nuestra sociedad. Constituye un recuerdo triste. Nuestra responsabilidad de hoy consiste en ser capaces de oponer a la lógica de la violencia y del terrorismo, la lógica de la paz y del entendimiento; a la lógica de la exclusión y marginación, la lógica de la integración y la participación.
En esta materia, en vez de reiterar normas especiales, en el fondo, sólo punitivas y sancionatorias, que aplican más bien la lógica de la guerra, debemos ser capaces de apuntar definitivamente a la reinserción y rehabilitación de quienes recorren hoy un camino equivocado, según el contexto nacional de construcción democrática.
Por tanto, este esfuerzo no contribuye eficazmente al logro del objetivo propuesto. Pienso que es un elemento que contribuirá a una mayor cohesión y lealtad de las organizaciones y de los grupos terroristas. Se procura su exterminio destruyendo el valor de la lealtad, que, por cierto, constituye el valor más caro en todo tipo de organizaciones.
Por estas razones, más otras de orden absolutamente jurídico, dada por otro Diputado en la Sala, que tienen relación con la existencia de este tipo de normas ya en nuestro derecho común, y no existiendo tampoco una señal política del Gobierno, al que debo lealtad, en orden a que la aprobación del proyecto contribuye a cumplir etapas tácticas o estratégicas del programa, rechazaré el proyecto.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Molina.
El señor MOLINA.-
Señor Presidente, coincido con la opinión de varios Diputados en el sentido de que esta discusión es importante, no tanto por la figura penal que introduce el proyecto, puesto que sólo perfecciona una norma ya existente, sino porque se debate una serie de cuestiones relacionadas con la violencia y el terrorismo, que requieren de una clarificación.
En primer lugar, es un proyecto del Ejecutivo, enriquecido en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. En consecuencia, no me parece aceptable el emplazamiento que los Diputados de Renovación Nacional y de la UDI han hecho a las bancadas de la Concertación, para que se pronuncien sobre un proyecto que el Gobierno de la Concertación ha sometido al Congreso, asumiendo con ello una actitud definitiva y clara para perfeccionar los mecanismos y herramientas que le permitan combatir la lucha armada y en particular, el terrorismo.
Estamos frente a una figura jurídica novedosa, que regulariza procesalmente el arrepentimiento de quien ha participado en un grupo terrorista.
En segundo lugar, es un proceso de disociación con fines de inserción social de quien deja de participar en un grupo o asociación de esta naturaleza.
Al determinarse en el proyecto cuándo se produce la disociación de la agrupación terrorista, sobre la base del repudio a la violencia como método de acción política, es necesario discutir sobre la violencia como método de acción política, marco desde el cual, a mi juicio, debe analizarse el verdadero alcance de las disposiciones en estudio.
Es sabido que la Concertación se pronunció respecto de la violencia desde los primeros tiempos del régimen autoritario. La violencia ha surcado nuestra sociedad, ha dejado una herida implacable en ella, ha separado a los chilenos.
Cuando se constituyó el Grupo de Estudios Constitucionales o Grupo de los 24, hace doce años, los sectores políticos que participaron en la experiencia definieron las bases de un entendimiento a futuro, que, desde luego, perduró y consistió en repudiar y excluir terminantemente la violencia como método de acción política. Esto se prolongó en la Alianza Democrática y en el Acuerdo Nacional y llegó hasta la Concertación.
La inmensa mayoría del país acogió la tesis de que la salida política al régimen autoritario y a la crisis nacional debería estar fundada en la convivencia pacífica de los chilenos y en la exclusión de la violencia armada como método de acción política. Otro grupo eligió un camino distinto; sostuvo que frente al régimen autoritario, se debía emplear la fuerza y contestar a la fuerza con la fuerza, y esgrimió como razón el supremo derecho a la rebelión contra la dictadura.
Los que emplearon la violencia fueron calificados en el régimen como grupos terroristas desde su comienzo. Pero sustentaron que estaban frente a una situación de combate contra un enemigo que se había apoderado ilícitamente del poder. Cualquiera que sea el juicio de valor sobre ellos, no todos actuaron con los métodos y las convicciones de terroristas en las oportunidades en que accionaron en la sociedad, antes del golpe militar. Podemos reconocer que existe el beneficio de la duda.
Por eso, a mi juicio, cometen un error algunos Honorables colegas, cuando, al participar en la discusión en que estamos empeñados, asumen la defensa de los presos políticos y del proceso de reinserción en la sociedad, porque esto significa aceptar la tesis de que en su totalidad eran grupos terroristas, no fue así.
En todo caso, en la sociedad violenta en que nos tocó vivir existió el terrorismo de Estado y, a través suyo, crueles represiones a los derechos humanos, entre ellas la tortura, con el objeto de obtener la delación. Fue práctica arraigada en algunos servicios de seguridad obtener la delación para activar la acción represiva contra los grupos que se deseaba aniquilar.
La violencia justifica la discusión en que estamos empeñados; pero, en una sociedad democrática, el esfuerzo supremo debe ser para erradicarla y buscar la convivencia nacional. Si la violencia política tuvo determinadas connotaciones durante el régimen autoritario, adquiere otras muy distintas en el régimen democrático. Se despoja de toda duda el acto violento y pasa a ser un acto perverso, que atenta contra la convivencia profunda de una sociedad que busca la reconciliación, basada en el consenso, la tolerancia, el respeto y la discusión de las ideas.
Al ser así, la lucha por la paz en la sociedad se enfrenta a una forma determinada de violencia armada, que aún subsiste. A mi juicio, no tiene justificación alguna el grupo armado, cualquiera que sea su naturaleza, ni el empleo de métodos violentos y de técnicas terroristas para luchar contra el Estado democrático, de derecho, o contra la convivencia que emana del consenso que genera un Estado democrático, de derecho. Este se defiende, como lo hace ahora, con mecanismos parlamentarios para perfeccionar las herramientas jurídicas; perfeccionarlas, a través de la persuasión mutua en temas tan delicados como los que estamos debatiendo.
Una de las herramientas más eficaces en la represión que antecede al acto o hecho terrorista, es la información. En las sociedades modernas ha quedado plenamente claro que las represiones posteriores a los hechos de violencia terrorista, no tienen la importancia que adquiere la información adecuada para, aislar de la sociedad a los grupos, desarticularlos y producir la reinserción social de quienes asuman una conducta consecuente con el Estado democrático.
En el derecho comparado, el valor de la información pasa a ser clave en la obtención de beneficios que un conjunto de disposiciones jurídicas pueden establecer, no sólo en cuanto a sanciones sino también a procedimientos para conseguir la paz social.
A la luz de estas reflexiones, quiero salir al paso de algunas objeciones.
En primer lugar, respeto la posición de quienes no están de acuerdo con este proyecto. Intento persuadirlos, pero considero que existen elementos que puedan ser argumentos fuertes para rechazar la idea de legislar si se basan en razones de conciencia. Todo Diputado, en cualquier circunstancia, debe votar de acuerdo con su recta conciencia. Por lo tanto, debemos hacer un esfuerzo para discutir aquí el modo de buscar una mayoría que sea consecuente con el sistema democrático.
Una de las objeciones sostiene que estas normas no se compadecen con la tradición cultural de nuestro pueblo, que ha repudiado siempre al soplón, al delator y al espía. Pero salgo al paso de esa observación diciendo que en una sociedad fundada en la paz y en la convivencia de ciudadanos iguales en derechos, es cosa muy distinta la información y el arrepentimiento que la delación obtenida como consecuencia de la tortura o la presión ilegítima. En esta disposición se establece la alternativa de que una persona, en forma consciente y voluntaria, en su libre albedrío, intenta evitar las consecuencias pavorosas que produciría un delito en seres inocentes. De manera que esa tradición se estrella contra una escala de valores superiores.
Tampoco creo que en nuestra tradición se proteja la delación, como una regla ética o de conducta. Por el contrario, hasta los niños premian a sus compañeros que saben enfrentar al grupo, salirse de la pandilla, volver a sus ideas, y, aunque sean minorías, no se dejan llevar por el temor que ocasiona un grupo, donde la voluntad colectiva se sobrepone a la individual. Nuestra sociedad premia y beneficia al que actúa contra el matonaje. El valor cultural de quien emerge por sus propias ideas contra la mayoría tiene ante nuestra sociedad un reconocimiento ético, así como también el que preserva sus ideas, el que vuelve por ellas cuando las ha abandonado. Por eso, la Iglesia, en el 'Tratado de la Justicia" de Santo Tomás, establece una escala de valores superiores que funcionalizan valores inferiores sobre estas materias y algunos obispos opinaron al respecto, lo hicieron teniendo a la vista un texto legal completamente distinto del que debatimos hoy día. Alguien citó a Judas; pero cuando se llega a ese plano, es exceder la argumentación.
Otra observación dice que este proyecto es contrario a la tradición jurídica; pero si se examinan el Código de Procedimiento Penal y el Código Penal, ambos de larga data, se comprueba que siempre se ha premiado y beneficiado, con rebajas de penas y atenuantes, a quienes colaboran con la justicia, a quienes proporcionan información. La Ley de Seguridad Interior del Estado también contiene disposiciones muy antiguas, dictadas durante regímenes democráticos en las cuales se consideran atenuantes y rebajas de responsabilidad para quienes se arrepienten o informan oportunamente de delitos contra la seguridad interior del Estado. Esta disposición existía en la ley actual sobre conductas terroristas; y me sorprende que los señores Diputados, cuando se la discutimos en la Sala como una norma de las leyes Cumplido -si la tienen a mano y la examinan podrán ver que literalmente establece una regla exactamente igual, aunque menos detallada, a la que ahora debatimos- no alzaran sus voces argumentando éticamente en contra de ella.
De modo que, a mi entender, existe plena concordancia entre la tradición jurídica y cultural para apoyar este proyecto. Y a quienes salen al paso sosteniendo que carece de eficiencia, la única respuesta posible es que las leyes pierden eficiencia por el desuso y que será la sociedad chilena y los tribunales los que le darán a esta norma la aplicación que corresponda. Si el desuso la deroga, quiere decir que erramos el camino en la voluntad general de perfeccionar nuestro ordenamiento jurídico.
A mi juicio, este precepto distingue -y en ello no han reparado algunos señores parlamentarios- entre el que ha cometido el delito y quien no lo ha hecho. Quien pertenece a una asociación ilícita y ha cometido un delito, no puede acogerse a esta disposición, no está premiado por la delación compensada y recibirá las penas que le correspondan. "El que sin haber cometido otro de los delitos sancionados en esta ley", establece la disposición, y distingue entre el que ha participado y quien ha sido condenado, graduando la pena, para llegar a una fórmula que estimule el arrepentimiento de un individuo que considera que el daño que ha causado su conducta puede perseverar en el tiempo.
Se han hecho otras críticas. Una de ellas es la impunidad en que caerían algunas personas que incurrieron en acciones terroristas. Aquí se cae en un error de análisis de la norma. No me parece que queden al margen de la penalidad, pero, en todo caso, es bueno para la sociedad que se puedan disociar y desarticular los grupos terroristas.
Quiero llamar la atención sobre la actitud de la Oposición. Frente a un tema que estamos tratando de discutir con la máxima altura y sujetos a nuestra conciencia, nos emplaza con una conducta maniquea y un argumento inaceptable: que si no se apoya esta norma estaríamos propiciando las conductas terroristas. ¡No, señores! Con esta norma perfeccionamos mecanismos que permiten la acción de instituciones y del estado de Derecho para evitar que se consumen y se multipliquen actos terroristas en el futuro. Pero no por estar en contra de ella, un Diputado favorecerá el terrorismo.
Por último, el valor fundamental de esta norma en el futuro es evitar que algunos grupos que fueron adiestrados para ejercer represiones, que formaron parte de organismos dedicados a la tortura y a la amenaza de la sociedad civil en todo sentido y que hoy están dispersos, en muchos casos realizando espionaje contra la sociedad, los parlamentarios o los dirigentes políticos de diversos partidos, encuentren un camino fácil para organizarse y sin obedecer nítidamente a un móvil político, amedrenten a quienes sostienen el estado de Derecho y los principios democráticos. Esos grupos deben ser desarticulados, y esta norma constituirá un gran obstáculo para que puedan desarrollarse y proliferar.
Señor Presidente, sobre la base de esas consideraciones y de la idea general que hay detrás de éste, con la cual estamos asentando la paz social y defendiéndonos de la violencia como método de acción política, anuncio mi voto favorable a esta disposición.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Rubén Gajardo.
El señor GAJARDO.-
Señor Presidente, a raíz del debate generado en relación con este proyecto, que ha sido extraordinariamente rico, pienso que las consideraciones de tipo filosófica, moral y política, a veces nos hacen olvidar exactamente en qué consiste esta iniciativa. Vale la pena, en consecuencia, volver a lo que es la esencia.
¿Qué se propone? Este proyecto de ley establece la sustitución del artículo 4a de la ley N° 18.314, que sanciona las conductas terroristas. ¿Cuál es el texto vigente, lo que existe hoy día? Este artículo 4a dispone que podrá disminuirse la pena, hasta en dos grados, respecto de quiénes llevaren a cabo acciones tendientes directamente a evitar o aminorar las consecuencias del hecho incriminado, o dieren informaciones o proporcionaren antecedentes que sirvieran efectivamente para impedir o prevenir la perpetración de otros delitos terroristas, o bien para detener o individualizar a los responsables de esta clase de delitos.
¿Qué se propone, en cambio? Una nueva normativa que distingue tres situaciones:
La primera, es aquella en que el inculpado no ha cometido delito terrorista -fuera, naturalmente, del hecho de pertenecer a una asociación para cometerlo, lo que en sí mismo sabemos que es delito, para lo cual se prescribe la exención de penas cuando su disociación de la organización terrorista es eficaz, entendiendo por tal la que reúne las exigencias que la misma normativa proyectada establece.
La segunda contempla la situación de aquel sujeto que, habiendo tenido participación en delitos terroristas, colabora con la acción de la justicia mediante las formas descritas en el texto, favoreciéndole, en este caso, la facultad que se otorga al juez para rebajar la pena.
La tercera dice relación con el condenado por delito terrorista, a quien el juez podrá suspenderle condicionalmente la pena si colabora con la acción de la justicia.
En consecuencia, en qué consiste esencialmente el cambio de la norma que se propone? En mejorar los mecanismos que incentivan la colaboración con la acción de la justicia. No se trata de incorporar, por primera vez en nuestra legislación antiterrorista, un sistema de premio para colaborar con la acción de la justicia, evitar los delitos terroristas, individualizar a los terroristas y disociarlos de esas organizaciones. No estamos planteando sólo ahora una situación de esta naturaleza, sino que el mecanismo de premiar ya existe en nuestra legislación antiterrorista y mediante este proyecto se perfecciona.
Se han hecho objeciones, básicamente de tipo moral y en cuanto a la eficiencia que podría tener esta normativa para la tarea que nos hemos propuesto, cual es combatir las conductas antiterroristas.
Me llama la atención que se formulen objeciones de este tipo. Se plantea que a través de estas disposiciones estamos incentivando la delación, y que ésta es una traición a la lealtad, es decir, estaríamos estimulando transgredir un valor: el de la lealtad.
Pero estas objeciones olvidan que en el Derecho Penal siempre estamos frente a un conflicto de valores, en que corresponde hacer una opción. Por ejemplo, en el catálogo de penas del Código del ramo encontramos que es posible disponer el presidio perpetuo -no menciono la pena de muerte, a pesar de estar en el catálogo, por el hecho de que voté en contra de su mantención-, la reclusión, la relegación, el confinamiento, la inhabilitación para el ejercicio de cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesionales titulares; el extrañamiento, la relegación, el destierro; la multa, la pérdida o comiso de efectos que corresponden al patrimonio de la persona afectada por estas medidas.
Me pregunto si cada una de estas acciones del Estado en contra de alguien no constituyen, objetivamente, vistas en sí misma, una violación de sus derechos. Sin embargo, todo el Derecho Penal está construido así, precisamente porque frente a valores en conflicto se elige una opción. Entonces, es permisible atentar contra ciertos bienes y valores, porque detrás de esa conducta se está resguardando y protegiendo un valor de mayor jerarquía. En todos estos casos, las penas se aplican en la lucha, en el combate y en la represión contra el delito común.
En consecuencia, si planteamos estas mismas reservas de tipo moral al mecanismo que ahora estamos estableciendo, tendríamos que determinar y concluir que todo el catálogo de penas del Código
Penal es inmoral, lo cual, indudablemente, no es aceptable.
Por otra parte, como lo señalaba el Diputado señor Molina, dentro de la tradición jurídica chilena, el premio con el objeto de incentivar a los delincuentes para que colaboren con la acción de la justicia está consagrado desde antiguo. La propia ley antiterrorista consagra un mecanismo de esta especie y en la legislación comparada son múltiples los ejemplos que podemos dar de leyes dictadas en países que han enfrentado el problema del terrorismo por la vía jurídica. Esa experiencia nos indica que existe una copiosa legislación en la cual se establecen mecanismos de esta naturaleza.
También se hace cuestión del punto de la eficacia. Se señala que esta norma no sería eficaz, que no produciría efectos. En verdad, estamos ante una situación hipotética, pues no sabemos lo que pasará. Eso no lo conoce nadie. Nunca sabremos si una ley será o no será eficaz. Esa es una respuesta que dará el tiempo, la historia.
Quiero recordar algo que en esta Sala ya se mencionó. Si hubiéramos tenido en nuestro ordenamiento jurídico una legislación como la que se propone, otros habrían sido los resultados de situaciones que hemos vivido y conocido. Se recordaba, por ejemplo, el asesinato de Orlando Letelier. A raíz de esa situación, el Gobierno norteamericano solicitó la extradición de dos oficiales del ejército chileno que servían en la Dina.
La Corte Suprema rechazó tal petición, porque a su juicio no existían fundadas presunciones de que las personas cuya extradición solicitaba el Gobierno Norteamericano hubieran tenido participación en el crimen de Orlando Letelier en algunas de las calidades que contempla la legislación penal chilena. Esa determinación fue posible porque desestimó absolutamente el valor probatorio de las declaraciones prestadas en Estados Unidos por Michael Townley, en circunstancias de que han sido las que han arrojado mayor luz sobre estos acontecimientos. Al no concederles valor alguno y desestimarlas concluyó que los restantes antecedentes no constituían presunciones fundadas de responsabilidad.
En el fallo de la Corte Suprema se dice lo siguiente: "Que dentro de la facultad que tiene esta Corte para apreciar el mérito probatorio de la confesión o declaración de Townley, debe calificarla como una confesión negociada o una declaración recompensada, pues mediante ella obtiene que aún siendo autor directo y material del doble asesinato de Orlando Letelier y de Ronnie Moffit, no se le sancione en esa forma, sino sólo como autor de "conspiración en el asesinato de un personero extranjero, Orlando Letelier" y de Ronnie Moffit, esto es, se le aplique una pena, acordada de antemano, considerablemente inferior, como ya se ha dicho, a la que habría sufrido por ser autor material y directo de un doble crimen".
Más adelante agrega: "Que tal confesión, producida en las condiciones que extensamente se han expuesto, carece de todo valor probatorio porque ella infringe lo preceptuado por el artículo 323, del Código de Procedimiento Penal, que dispone: "Es absolutamente prohibido no sólo el empleo de promesas, coacción o amenazas para obtener que el inculpado declare la verdad, sino también toda pregunta capciosa o sugestiva, como sería la que tienda a suponer reconocido un hecho que el inculpado no hubiere verdaderamente reconocido".
En ese mismo considerando, la sentencia señala: "En el caso de que se trata, la confesión de Townley, como se ha visto, fue el resultado de promesas y coacciones prohibidas por nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal -repito, "prohibidas por nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal", y, en consecuencia, así se manifestó en el considerando que precede, no tiene ningún valor probatorio".
Señor Presidente, si hacemos un ejercido de abstracción y suponemos que en la época en que la Corte Suprema dictó la sentencia, hubiéramos tenido la normativa que hoy pretendemos aprobar, su resultado habría sido distinto y, a lo mejor, personas que ahora gozan de impunidad estarían siendo juzgadas por la responsabilidad que les cupo en los delitos cometidos.
Por eso creo que la Cámara por estimar que deben utilizarse todas las herramientas necesarias para combatir el terrorismo debe aprobar el proyecto del Gobierno. Si bien es cierto que puede no ser un instrumento decisivo para erradicar el terrorismo del país, constituye una herramienta eficaz para evitar actos terroristas. Si con estas normas logramos evitar un solo acto, un asesinato, un atentado, alguna de las conductas que la ley antiterrorista sanciona, habremos justificado la aprobación de esta norma y la preocupación que la Cámara de Diputados le ha concedido a este problema.
Por eso, votaré a favor de este proyecto.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Gracias, señor Presidente.
Hace algún tiempo, en esta misma Sala y con motivo de la discusión de las modificaciones a la ley antiterrorista, manifesté que me parecía urgente y necesario que frente a las conductas y al fenómeno terrorista, exploráramos caminos novedosos que nos permitieran abrir cauces, a fin de que los militantes o simpatizantes de estas organizaciones violentistas se sintieran apoyados por la sociedad para abandonar estas actividades tan ajenas a la esencia de nuestra nacionalidad.
Sigo creyendo que en esta materia hay mucho por hacer, y por lo mismo, el contenido del proyecto lo considero digno de ser valorado positivamente. A mi juicio, representa un paso significativo -no el único ni el último que deba darse en esta dirección- en la lucha que la sociedad tiene la obligación moral de librar para terminar con el terrorismo.
Lo medular radica en que con esta iniciativa se abre un camino jurídicamente eficaz, tal vez más eficiente, que el que nuestra legislación consagra para permitir que alguien que ha participado o que participa en un grupo terrorista y decide marginarse de él, lo haga amparado por la sociedad, la que, de este modo, valora ese acto de arrepentimiento como un aporte significativo a la pacificación de todo el cuerpo social.
Al legislar sobre esta materia debemos asumir que quien participa en un grupo terrorista o violentista agravia seriamente a toda la sociedad y actúa contra el orden social. No estamos hablando de personas que ejercen una actividad moralmente legítima, sino muy por el contrario, nos encontramos en presencia de personas que con su actuar están cometiendo actos cuya inmoralidad no merece duda alguna. Quien está dispuesto a arrepentirse y manifiesta en forma voluntaria su deseo de marginarse de una actividad abiertamente ilegítima e inmoral, merece un grado de reconocimiento del resto de la sociedad, que le da la oportunidad de reparar el daño cometido en su contra y de quienes conforman el cuerpo social. Eso es lo que se intenta recoger en la legislación propuesta por el Ejecutivo.
Sin duda, tiene mucho más valor quien decide alejarse de una organización extremista para vivir en el orden social que garantiza la paz ciudadana, que aquel que prefiere permanecer oculto en la clandestinidad, y participar en una organización terrorista que al atentar abiertamente contra todos los derechos humanos destruye el alma misma de la sociedad. Eso es, precisamente, lo que valora este proyecto: el coraje moral de quien decide arrepentirse, entregando antecedentes que posibiliten reparar el daño causado y, a la vez, desbaratar organizaciones que se constituyen para matar y violar todos los derechos humanos.
¿Por qué negarle la posibilidad a aquellos que deciden reinsertarse en la vida social, si al hacerlo, además de su propio acto reparador de arrepentimiento, que la sociedad valora, posibilita que otros abandonen el camino de la violencia y de la destrucción, que desintegra a la propia sociedad?
¿Acaso es inmoral que una persona denuncie y entregue antecedentes, si le consta mejor que a nadie que existe una organización que daña y agravia a toda la sociedad? ¿Acaso no es un deber moral de todo ciudadano hacer eso? ¿Por qué negarle o dificultarle aquel camino a quien fehacientemente conoce la existencia de organizaciones que sí violan los derechos humanos y ha llegado al convencimiento de que esto no es bueno para él ni para todo el país?
Quienes sostienen que este proyecto tiene visos de inmoralidad porque aprueba la delación o entrega de antecedentes que permitirán desbaratar la organización terrorista, se equivocan gravemente. Si hay una obligación moral ineludible para cualquier ciudadano es, precisamente, la de asegurar que todos puedan vivir en paz y con tranquilidad en la sociedad. Y estas organizaciones terroristas lo que no buscan es la paz; lo que no buscan es el orden y la tranquilidad y, por ello, son ilícitas e inmorales. Afirmar lo contrario, en cierto modo, implica reconocer una cierta malentendida validez moral a estas organizaciones. ¿Hasta cuándo seguir intentando justificar lo injustificable? ¿Hasta cuándo seguir presentando como héroes a quienes, cuando actúan, sólo muestran la cobardía, ya que no les dan ni la más mínima oportunidad de defensa a sus víctimas? ¿Acaso podríamos calificar de heroica la acción de quienes asesinaron al Senador Jaime Guzmán? Sin embargo, a ellos, como a tantos otros, les damos una oportunidad de arrepentimiento con esta legislación. Eso es lo que moralmente corresponde en una sociedad sana; eso es, a mi juicio, lo valioso de este proyecto.
En los últimos días, el país ha conocido nuevamente hechos terroristas que han costado la vida de un carabinero y han dejado gravemente heridos a otros dos policías. Lamentablemente, tendremos que seguir conociendo hechos de esta naturaleza, porque estos grupos no operan únicamente en los regímenes autoritarios, como tan falazmente se afirmó. La democracia tampoco les acomoda a estos grupos, porque no aceptan el orden que nace del bien común general; porque no sienten como propio el orden natural de las cosas, independientemente del régimen político que exista. De ahí que sus objetivos atentan contra la moral natural en su esencia.
Señor Presidente, así como hoy el Ejecutivo propone que legislemos para que el arrepentimiento de un terrorista sea eficaz, creo oportuno poner de manifiesto que debiéramos explorar una voluntad semejante en el caso de aquellos que pertenecen a organizaciones ligadas con el narcotráfico. Terrorismo y narcotráfico van de la mano, sembrando una secuela de destrucción y de muerte, de la que la sociedad tiene todo el legítimo derecho a defenderse, procurando los medios eficaces que permitan, como en este cuerpo legal, desbaratar y desarticular estas organizaciones que, de subsistir, terminarán por causar más daños irreparables que los que han ocasionado a nuestra patria hasta hoy.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Quiero hacer presente a la Sala que el Orden del Día termina en media hora más. Como son muchos los que están inscritos, propongo que aquellos parlamentarios que no alcancen a hablar, tengan plazo hasta mañana, a las 12 del día, para entregar sus discursos escritos.
Si les parece, así se acordará.
El señor GARCIA (don René Manuel).-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor GARCIA (don René Manuel).-
Señor Presidente, estamos de acuerdo con la proposición, siempre que se lea la nómina de los inscritos.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
La estoy confeccionando y en algunos minutos la daré a conocer.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
Tiene la palabra el señor Palestra.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, la discusión de este proyecto de ley, que determina conductas terroristas y fija sus penalidades tiene tan hondas y profundas proyecciones que sus consecuencias para el futuro ni siquiera se pueden prever y trae a la memoria recuerdos tristes de episodios que debiéramos olvidar, ya que en los negros días que siguieron al golpe militar, murieron muchos miles de chilenos como consecuencia de la delación y del soplonaje que se desataron abierta y violentamente desde aquel no tan lejano 11 de septiembre de 1973.
¡Cuántos chilenos -hombre o mujer, joven o adulto- fueron reprimidos a sangre y fuego, la mayoría de las veces como resultado del odio personal de un vecino que, casi siempre por razones sin ninguna importancia, los denunciaban como terroristas, socialistas, comunistas, miristas o, simplemente, por haber sido partidarios del Gobierno del compañero Salvador Allende, asumiendo así la abyecta condición de delator!
En casos actuales, similares al de aquellos tiempos, se llevan a cabo acciones por los ex-Dina, quienes se encuentran en plena actividad, amparados por sectores muy importantes del país y, más aún, lo que es una aberración, financiados con dineros fiscales que bien pudieron servir para causas más humanas, en beneficio de todos los chilenos.
¡Cuántos crímenes impunes se han cometido en estos últimos tiempos, sin culpables visibles! Todos tenemos la plena seguridad y la misma visión acerca de quiénes son los autores. Por ejemplo, en el caso de los continuos robos de bancos -tantos como nunca antes habían ocurrido en el país- toda la ciudadanía permanentemente ha exigido la solución de esta serie ininterrumpida de delitos. En algunos casos ha bastado sólo con mostrar un papel al funcionario bancario, para que el ladrón se apodere de todo el dinero. Todo esto, hecho a plena luz del día y ante numerosos testigos amedrentados y amenazados de muerte, que no han podido testificar ni identificar a los asaltantes.
Somos muchos los chilenos, por ejemplo -y dentro del mismo marco de las sospechas acerca de los autores-, que creemos que el atentado en contra del Senador Jaime Guzmán será uno de los que quedará sin culpables. Los que atentaron contra la vida del Senador apuntaron justamente contra un político controvertido, fundamentalmente dentro de sus mismas filas. Por ello, son sospechosas las violentas declaraciones hechas en su contra por parte del General Contreras, y quienes dispararon contra el Senador, a simple vista, trataron de poner de nuevo en peligro la incipiente democracia que los chilenos estamos construyendo. La intención clara buscaba enfrentar a chilenos contra chilenos. Después, cualquier delincuente puede tomar un teléfono y llamar a los medios de comunicación, atribuyendo la autoría del crimen a cualquier organización cuestionada. Ahí mismo comienza la caza de las brujas, orquestada por los medios de comunicación interesados, que tienden la cortina necesaria para desviar la atención y dirigir a la opinión pública hacia donde ellos pretenden.
¿Quién no pensó de inmediato que el atentado contra el Senador provenía de los sectores de Izquierda? Todos apuntaban hacia ese sector. Hasta ahora, no se ha encontrado ni una sola pista que lo atribuya a esos sectores, los que están todos comprometidos en fortalecer cada día más la democracia, después de sufrir durante 16 años la más cruel y sanguinaria represión habida en la historia del continente, lo que no es poco decir.
Pese al trabajo tenaz y organizado llevado a cabo por los organismos especializados en las investigaciones, no se ha encontrado la menor pista que lleve a la solución del crimen. Será otro de los crímenes políticos sin autores.
Cuando se plantea en este proyecto la delación compensada, que no es otra cosa que legalizar la delación y establecerla como norma, legitimando al delator para aminorar sus culpas y "beneficiarse" del articulado de esta ley, se está despreciando la honestidad del chileno, que no tiene alma de soplón ni de delator, aun contra sus enemigos; naturalmente, con las consabidas excepciones.
Si se aprueban estas disposiciones, ninguna persona de esta tierra estará libre de caer en las garras de esta ley, que califico de siniestra. Bastará culpar a cualquier persona para aminorar culpas e incluso conseguir la libertad.
Todavía está presente el caso del ex Canciller del Gobierno popular, compañero Orlando Letelier, que nos permite damos cuenta de lo terrible de una ley semejante. Por ahí estará el Capitán Fernández Latios o el asesino terrorista norteamericano Michel Townley, seguramente con otra identidad -a lo mejor con el rostro desfigurado y distinto-, perdidos en algún pueblo de Estados Unidos para escapar, no de la venganza de los chilenos, sino de sus propios cómplices en ese atentado brutal, delatado por ellos.
¡Triste manera de gozar de los "beneficios" de la delación compensada! Esto se quiere para nuestro país: el vivir en una eterna venganza y persecución contra los que no se acogieron a esta posibilidad. Todo esto a cambio de unos cuantos años menos de prisión.
Rechazo este proyecto de ley por inmoral, por el agravio que se le infiere al chileno con estas disposiciones y por las consecuencias que, como ley, traerá para la tranquilidad del ciudadano en este país.
Un mal social deber ser encarado en sus causas u orígenes múltiples, lo que de seguro perdurarán por años. Como castigo por las acciones cometidas no se puede establecer ni menos aplicar un mal mayor.
Aparte de los casos señalados, como el atentado al compañero Letelier en los Estados Unidos, hace poco se han conocido en nuestro país dos situaciones semejantes. En el vano intento de descargar sus conciencias, hemos conocido dos confidentes de la Ex-Dina: el caso de Luz Arce y, el más reciente, el del llamado Max. La vida de los dos, después de trabajar para la dictadura y de convertirse en delatores al entregar a sus amigos y camaradas a las garras criminales de los organismos represivos del pinochetismo, se vio destrozada. Y ello es peor aún, pues la sociedad se resiente en su conjunto ante la crueldad que significa quebrar la dignidad de un ser humano.
Jamás el fin justificará los medios que se utilicen si el precio por pagar significa destruir o denigrar una vida humana. Aunque uno se haya encontrado permanentemente en la trinchera opuesta a esas personas, y aunque haya sido su víctima, siempre serán inhumanos e inaceptables tales métodos.
Así como la sociedad quiere vivir en un clima de confianza, también debe confiar plenamente en la justicia. Si ésta actúa como debe ser, debería castigar el delito cometido según lo establecido por las leyes. Un delito no se puede considerar menor en la medida en que se delate a los demás responsables.
Después de 17 años de dictadura implacable, en la que se sembró el terror y la desconfianza, aun entre los familiares que vieron dispersos sus mejores miembros o quebradas sus ligazones de grupo, Chile necesita vivir más que nunca en un amplio clima de confianza que le devuelva la seguridad.
Al respecto, la Comisión política de mi Partido, en el número 2) de una propuesta para erradicar el terrorismo en Chile, explícita más este punto cuando dice que como "la constatación del terrorismo es un fenómeno recurrente en las sociedades modernas, resulta insuficiente para explicar su presencia en nuestro país. Al respecto, nos parece indispensable consignar que la violencia terrorista y los grupos que la ejercen en Chile son una herencia del régimen pasado, que emergieron en aquel período como reacción -equivocada a nuestro juicio- al terrorismo practicado por agentes del Estado".
Jamás la delación o el soplonaje ayudarán a crear ese clima.
Para no hacerme cómplice del despacho de una ley que se avizora triste y dolorosa, y aun a riesgo de que se me tilde como defensor del terrorismo -cosa que nunca los socialistas hemos promovido-, votaré por el rechazo de este proyecto de ley.
Para terminar, digo con vigor: ¡No a la delación compensada! ¡No al soplonaje legitimado!
He dicho.
El señor CHADWICK.-
Solicito una interrupción al señor Palestra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
El problema es que se altera el orden y el tiempo.
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor ESPINA.-
Por su intermedio, concedo una interrupción al Diputado señor Chadwick.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Por la vía de la interrupción, tiene la palabra Su Señoría.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, es para rectificar algunas afirmaciones del señor Diputado Palestra y aclarar ciertos puntos.
En primer lugar, el asesinato del Senador Jaime Guzmán fue un acto terrorista. Antes que nada y por sobre todo, quienes quieran que sean sus autores, deben ser condenados.
En segundo lugar, las informaciones acerca de que el responsable de ese hecho sería un grupo terrorista de la ultraizquierda, presuntamente el Frente Patriótico Manuel Rodríguez, provinieron de las autoridades de Gobierno, emitidas después de las primeras indagaciones.
En tercer lugar, si alguien tendría derecho a rechazar este proyecto de ley, ejemplificando con el asesinato del Senador Guzmán, seríamos los parlamentarios de la UDI, porque permitirá a los responsables de ese crimen, si se acogen a sus disposiciones, beneficiarse con rebajas de penas o con la suspensión condicional de la condena.
Estamos conscientes de que ello puede ocurrir. Eso nos da mayor fuerza para apoyar esta iniciativa, pues su sentido final es la paz social, y el Senador Guzmán hubiera deseado que su muerte -en la forma como ocurrió- contribuyera a ella.
Por ello, quienes tenemos derecho a fundamentar nuestro voto en esta perspectiva somos los Diputados de la UDI, y lo hacemos precisamente en esa orientación.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Espina.
El señor PALESTRO.-
¿Me permite una interrupción?
El señor ESPINA.-
Lamentablemente, no puedo concedérsela; hay un problema de tiempo, señor Diputado.
Me corresponde fijar la posición de Renovación Nacional respecto del proyecto de ley que modifica el artículo 4S de la Ley Antiterrorista.
Al comenzar, quiero desvirtuar una afirmación formulada por el distinguido Diputado señor Molina, en el sentido de que habríamos aseverado que el no apoyar este proyecto significaba propiciar el terrorismo.
No hemos hecho esa afirmación. Sostuvimos que la decisión que hoy adoptará la Cámara de Diputados es trascendental para demostrar si existe la real voluntad de enfrentar con éxito el mayor flagelo que afecta a los derechos humanos en democracia, el terrorismo, y si existe conciencia de que el instrumento que se someterá a votación, denominado "El arrepentimiento eficaz" ha resultado de una innegable eficacia en los países en que se ha aplicado.
Puntualmente, nos han provocado a lo menos desconcierto algunas intervenciones hechas en la sesión pasada. Por ejemplo, un parlamentario del Partido Socialista afirmó que este proyecto era "irritante, ya que en alguna medida busca la aniquilación y la destrucción de los grupos terroristas".
El señor NARANJO.-
Siga leyendo.
El señor ESPINA.-
Deseo preguntar si alguien considera "irritante" que se pretenda desarticular a las organizaciones terroristas.
El señor NARANJO -
Continúe leyendo el discurso, señor Diputado.
El señor ESPINA.-
En esta oportunidad me referiré a cuatro aspectos puntuales que se han mencionado respecto de esta iniciativa. El primero, relativo a las objeciones de orden moral de que ha sido objeto; el segundo, a su eficacia; el tercero, a contestar una consulta formulada específicamente por el Honorable Diputado señor Estévez de si este proyecto permitirá aclarar delitos cometidos en el pasado, y en cuarto lugar, a demostrar que el instrumento jurídico que votaremos hoy no constituye delación, sino una norma para lograr un arrepentimiento eficaz.
Lamento que los detractores del proyecto ignoren el informe elaborado y aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia y planteen sus argumentos sin considerar que en ella se estudiaron, durante más de dos meses, todos y cada uno de los factores que los desvirtuarían. Para hacerlo, basta formular tres preguntas a esta Honorable Cámara: ¿Hay alguien que se oponga a que se estimule a los integrantes de grupos terroristas para que los abandonen? Esta iniciativa incentiva ese abandono.
¿Hay alguien que se oponga a que quien abandona a un grupo terrorista coopere con la acción de la justicia? Este proyecto estimula tal cooperación. Por lo demás, en una iniciativa anterior fue contemplada al crear esta Cámara la figura de "obstrucción a la justicia".
¿Hay alguien que se oponga a que se adopten medidas eficaces y se estimule la realización de ellas para prevenir delitos terroristas y, por lo tanto, impedir la muerte de víctimas inocentes? Este proyecto incentiva la prevención de delitos terroristas, lo que permitirá salvar vidas inocentes de cualquier sector político, clase social o condición que tenga la víctima.
A continuación, desvirtuaré derechamente los argumentos expuestos.
Se ha objetado moralmente el proyecto. Se ha dicho que se destruiría el principio de la lealtad. Hay dos órdenes de argumentos para anular esa afirmación.
1a.- Se podrá discrepar o no con el Presidente de la República o con el Supremo Gobierno, pero es inaceptable sostener que el Gobierno envió un proyecto inmoral; se podrá discrepar con los parlamentarios socialistas que en esta Sala han defendido este proyecto y que son reconocidamente líderes dentro de su bancada, pero es inaceptable dudar de su moralidad. Por lo tanto, las objeciones de orden moral no caben en un proyecto propiciado e impulsado por parlamentarios de distintos sectores y por el propio Jefe de Estado.
2ª.- Hay otro orden de ideas que también es importante aclarar, especialmente en un país joven como Chile.
La lealtad se construye sobre la base de valores positivos; si no es así, la ley la sanciona como encubrimiento. Es decir, cuando los valores negativos unen a las personas en las sociedades sanas y civilizadas, ello se llama encubrimiento, y es sancionado en todas ellas.
Pero, ¿es posible calificar como acto de lealtad el guardar silencio y, por lo tanto, encubrir e impedir que se aclare el asesinato del Senador Guzmán, o el del dirigente Tucapel Jiménez, o el de los tres profesionales degollados, o el de muchos carabineros, o el de un dirigente democratacristiano ultimado en la puerta de su casa, o el de Orlando Letelier, o el atentado contra una comisaría que dejó herida a una niñita de tres años? ¿Es posible sostener que es leal guardar silencio respecto de esos hechos?
Eso no es lealtad. Se trata de un valor negativo en una sociedad, que configura esencialmente una participación penal sancionada por todas las legislaciones modernas: el encubrimiento.
También se ha expresado que la norma sería ineficaz y que no contribuiría a desarticular a las organizaciones terroristas. También hay argumentos para desvirtuar esa aseveración.
Ese aspecto lo tuvimos muy en cuenta en la Comisión. Lo meditamos, lo discutimos, analizamos las legislaciones comparadas, confrontamos ideas y concluimos en que era necesario dar este paso para explorar con certeza la posibilidad de eliminar el terrorismo, que cuando actúa -insisto- no mide carné de partidos, dado que atenta contra un joven socialista, de Renovación Nacional, de la UDI, de la Democracia Cristiana o del Partido Radical.
En primer lugar, curiosamente, en todos los países en donde esta norma se aplicó, ha resultado eficaz, incluso en aquellos gobernados por regímenes socialistas, lo que demuestra que es un mecanismo eficaz. Sin embargo, aquí, a priori, se le pretende descalificar.
En segundo lugar -como medida de prudencia-, hay una indicación, que será resuelta en la Comisión, para que esta disposición tenga una vigencia temporal de dos años. Se ha aducido que no hay ninguna legislación en el mundo en donde sea permanente, afirmación también falsa. En el caso español -gobierno socialista- surgió como norma excepcional y después se incluyó en el Código Penal, legislación común y permanente. Por lo tanto, esa aseveración, además, demuestra ignorancia de textos legales actualmente en vigor.
En tercer lugar -y éste es el argumento más importante-, está lo afirmado en la Comisión por el asesor del Ministerio del
Interior, en el sentido de que, según los antecedentes de que dispone esa Cartera, hay jóvenes vinculados al grupo Lautaro que no han participado en otros delitos, sino sólo en la formación de esa asociación ilícita que requieren de un estímulo para abandonarlo. ¿Podemos cerrarles las puertas al no crear un incentivo para que se retiren del grupo? Me parece que no. Tenemos que ayudarlos a dar el paso que les permita reinsertarse en la sociedad, siempre que colaboren con la justicia y demuestren su espíritu de disociarse de esa organización.
El Diputado señor Estévez preguntó al señor Ministro de Justicia si con esta norma se contribuía a aclarar delitos cometidos en el pasado. Quiero ser enfático al señalar que sí se contribuye a aclarar crímenes perpetrados en el pasado, como el de Tucapel Jiménez, el del Senador Guzmán, el de los tres dirigentes degollados, los de carabineros, incluso, casos de personas desaparecidas. Y voy a probarlo. Quienes actuaron en esas acciones inequívocamente integran asociaciones ilícitas. Basta leer la definición que dan tanto la Ley Antiterrorista como el Código Penal para concluir que quienes actuaron en cada uno de esos hechos forman parte de asociaciones ilícitas, y sus acciones serán calificadas de actos terroristas o no, dependiendo del delito cometido. Los casos señalados sí son acciones terroristas. La Ley Antiterrorista indica expresamente que lo que caracteriza al delito terrorista es que los hechos se hubieren cometido con el propósito de intimidar a la población. ¿Y alguien podría dudar que tales hechos se hicieron con ese objetivo? Por lo tanto, se configuran los dos elementos que tuvimos en consideración para redactar esta norma: el efecto intimidatorio del acto terrorista y la existencia de una asociación ilícita de iguales características.
Finalmente, quiero desvirtuar que esta norma constituya delación. Cierto es que nuestra legislación la consagra y que para algunos parlamentarios quizás con justa razón es un instrumento válido que las sociedades, dependiendo de las circunstancias, acogerán temporal o definitivamente, pero no pueden resignarla definitivamente. Pero en este caso específico, señor Presidente, no hay delación; hay arrepentimiento eficaz y es necesario hacer definitivamente esa distinción. ¿Por qué? Primero, porque la delación no exige como conducta básica el que la persona se disocie del grupo, abandone la acción o realice un acto voluntario de desistirse de una acción violentista. El arrepentimiento eficaz sí lo exige; la delación, no. Y, segundo, porque lo que caracteriza la delación es que la persona que confiesa el hecho entregue antecedentes del delito en que él participó. Como consecuencia de ello, se la estimula y beneficia rebajándosele la pena. Lo que hemos dicho es que la conducta exigida debe ser eficaz para prevenir futuros delitos y permitir desarticular a la organización. Por lo tanto, la figura corresponde, desde el punto de vista jurídico a lo que la doctrina ha denominado "arrepentimiento eficaz" o "figura de la corona", como ha sido denominada en las legislaciones extranjeras. Es importante hacer esta distinción jurídica para desvirtuar el aserto de que bastaría con que una persona entregara antecedentes de otros que cometieron con él un delito para ser beneficiado con la rebaja de pena. Aquí la exigencia es equilibrar la responsabilidad y la obligación del Estado de sancionar a una persona, conjuntamente con la de prevenir futuros delitos terroristas y salvar vidas inocentes, o permitir la desarticulación de la organización terrorista que opera también con carácter permanente.
Por lo tanto, estos cuatro aspectos, que han sido controvertidos, no pueden utilizarse como argumentos válidos para afirmar que debe desecharse esta norma.
Finalmente, valoro el hecho de que un proyecto de esta naturaleza involucre a parlamentarios de todos los sectores políticos. Se han hecho esfuerzos por superar el pasado; los hemos venido haciendo durante dos años. Reivindica a esta Cámara el que parlamentarios de todos los sectores políticos, con valentía, estemos dispuestos a enfrentar juntos el flagelo del terrorismo. Cada vez que surgen iniciativas de esta naturaleza, provengan de cualquier sector político, las valoraremos, las tendremos como una señal clara de que el terrorismo no tiene cabida alguna en Chile ni en su democracia.
He dicho.
-Aplausos en la Sala.
El señor LETELIER.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, como tengo dudas para votar el proyecto, por ciertas afirmaciones hechas, quiero hacer algunas consultas al señor Ministro.
El Diputado señor Espina hizo una afirmación que, si fuese cierta, me animaría a votar en favor de la idea de legislar. Pero creo que ha incurrido en un error. Por lo tanto, quiero consultar al señor Ministro para clarificar el punto y saber cómo debemos votar, ya que todos queremos hacer nuestro aporte constructivo al proyecto.
En relaci��n con el tercer punto que mencionó el Diputado señor Espina, en cuanto a su opinión sobre la consulta del Diputado Jaime Estévez respecto de la utilidad del proyecto para encarar ciertos casos del pasado, el señor Diputado está equivocado, o quizás esté equivocado yo. Por eso deseo clarificar. Esta iniciativa sólo está relacionada con la Ley Antiterrorista, no con otras. Es uno de sus aspectos negativos, porque debería ser una institución más permanente. Adicionalmente, sólo sirve para aquellos hechos delictuales cometidos después de la promulgación de dicha ley.
Los casos de los detenidos desaparecidos -no soy abogado- ocurrieron antes de la dictación de la Ley Antiterrorista. Por lo tanto, ésta no servirá. Las declaraciones de Luz Arce tampoco podrán ayudar a clarificar nada, según esta norma.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Está clara la consulta.
El señor Ministro puede responder. Con eso se cerrará el debate. Ha terminado el Orden del Día y por acuerdo de los Comités, corresponde votar.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor CUMPLIDO (Ministro de Justicia).-
Señor Presidente, en relación con la consulta planteada, la respuesta es clara: el proyecto dice relación con la Ley sobre Conductas Terroristas y con toda asociación terrorista, cualquiera que sea su naturaleza.
En consecuencia, no se puede afirmar que se aplicará categóricamente en casos específicos, porque depende en forma sustancial de si el atentado se produjo o no por una asociación que tuvo carácter de terrorista. De manera que afecta a todos los hechos terroristas cometidos por una asociación terrorista, de conformidad con la Ley sobre Conductas Terroristas.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Los señores Diputados que han solicitado la inserción de sus discursos y para lo cual tienen plazo hasta las 12 horas de mañana, son los siguientes: Gajardo, Arancibia, Muñoz Barra, Escalona, Rebolledo, Ortega, Cornejo, Sabag, Ojeda, Bosselin, Palma, Concha, Alvarez-Salamanca, Bayo, Ribera, Longton, Rodríguez, Letelier, Tohá, Viera-Gallo, Naranjo, Estévez, Coloma, Correa, Ulloa, Chadwick, Rocha, Devaud, Jorge Pizarro y Elgueta.
-Las inserciones a que se refiere el acuerdo anterior son las siguientes:
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Señor Presidente, estimados colegas, el proyecto de ley que esta mañana discutimos ha despertado gran interés en la opinión pública por la implicancia que tiene para enfrentar uno de los más graves problemas de las sociedades modernas y, específicamente, de nuestro país: el flagelo de la delincuencia, el terrorismo y la violencia, en cualquiera de sus expresiones.
Varios colegas que me antecedieron en el uso de la palabra han entregado su visión, desde el punto de vista jurídico, y aprueban este proyecto sobre "delación compensada" o "arrepentimiento eficaz". Yo comparto plenamente esos argumentos legales y jurídicos.
Quiero manifestar que esta iniciativa constituye un instrumento de acción eficaz para combatir la delincuencia, la violencia y el terrorismo en nuestro país.
Si bien es cierto que este proyecto se refiere a conductas terroristas, creo que no se puede desligar del problema de la delincuencia y, por lo tanto, su tratamiento debe ser en conjunto.
Este instrumento ha demostrado su eficacia en otros países o sociedades que han enfrentado estos flagelos. En consecuencia, debemos entender que forma parte de un conjunto de normas y medidas que el Supremo Gobierno ha adoptado para combatir la violencia y el terrorismo. Este proyecto refleja la voluntad política del Gobierno del Presidente Aylwin para terminar con la delincuencia y el terrorismo en Chile.
Siempre hemos dicho que este tema debe ser enfrentado por la sociedad toda o por todos los actores políticos y sociales, con pleno respeto a los derechos de las personas, es decir, con los elementos propios de un sistema democrático.
El Gobierno ha presentado una serie de iniciativas legales que son complementarias en este combate a la delincuencia y al terrorismo. Por ejemplo, las reformas al Código Penal respecto a los delitos de robo y hurto y las facultades entregadas a Carabineros para actuar frente a estos hechos.
También hay que destacar todo lo que este Gobierno ha hecho para fortalecer los organismos policiales, que están facultados por la Constitución y las leyes para garantizar la seguridad ciudadana. Se les ha otorgado mayores recursos materiales y financieros y debe entregárseles aún más.
Pero, a mi juicio, más importantes que los recursos materiales y financieros, el Gobierno del Presidente Aylwin ha hecho un esfuerzo político gigantesco para devolver la confianza de la ciudadanía en las instituciones policiales, porque esto es indispensable para combatir estos flagelos. Esto refleja la voluntad política real y concreta del Gobierno para enfrentar con fuerza y en forma eficiente la delincuencia y el terrorismo, más allá de la historia del régimen anterior.
Por eso, no aceptamos la crítica de la Derecha, que pretende demostrar que no tenemos decisión de combatir el terrorismo, o desea confundir a la opinión pública manifestando una supuesta debilidad frente a estos hechos.
No hay que llamarse a engaños en esta materia. Nosotros estamos por el respeto de los derechos humanos, siempre, sin excepciones de ningún tipo; no justificamos las violaciones a los derechos humanos en ningún régimen, sistema o circunstancia. Por eso, estamos por dar a los presos políticos la posibilidad de juicios justos y su reinserción en la sociedad democrática. Y esto no puede confundirse con debilidad o amparo a grupos violentistas. Esto forma parte de la fortaleza de un sistema democrático.
Nosotros estamos por la paz, por la pacificación de nuestra sociedad, por la reconciliación plena, por restablecer relaciones de igualdad y respeto mutuo de todos los habitantes de nuestro Chile.
Este proyecto de ley ayuda y busca lograr esta pacificación de la sociedad porque entrega la oportunidad de reinsertarse en la sociedad democrática a aquellos que han actuado equivocadamente, y procura desarticular a las organizaciones terroristas.
Permite, además, tener la posibilidad de conocer la verdad plena y definitiva de lo ocurrido en muchos casos de violaciones a los derechos humanos, ya que el "arrepentimiento eficaz" es para todos aquellos que han participado en grupos terroristas o violentistas, sin importar el signo o ideología, y constituían asociaciones ilícitas; por ejemplo, el caso Letelier, las acciones de los "Gurkas", del ACHA, etcétera.
Algunos Diputados de la Derecha han pretendido emplazar a la Concertación con un simplismo absurdo: o se está con este proyecto de ley, contra el terrorismo o, por el contrario, los que se oponen a él están por el terrorismo.
Eso me parece absurdo, demagógico y además irresponsable, porque se pretende sacar un dividendo político frente a un tema que debemos enfrentar todos los chilenos, en conjunto, con seriedad y eficacia. De manera que, desde esta perspectiva, debemos tomar una opción al votar este proyecto de ley.
Yo respeto a los colegas que han planteado un problema de conciencia o moral frente a este tema. Ya varios han argumentado respecto a la ética y el problema de la delación. Yo no voy a repetir ahora esas objeciones, pero debo decir que, a mi juicio, por encima de todo, nosotros debemos velar por el bien común, por la pacificación real de la sociedad y de los espíritus. Y este proyecto de ley permite, en conjunto con otras normas legales y con las acciones ejecutadas por quienes tienen las facultades constitucionales y legales para garantizar el orden público, ser eficientes y capaces para erradicar definitivamente la delincuencia y el terrorismo en nuestra sociedad.
Por eso, señor Presidente, votaré favorablemente este proyecto de ley.
He dicho.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, está claro, conforme lo señala el mensaje que acompaña el presente proyecto, que el Estado debe proporcionar los elementos indispensables para asegurar el desarrollo normal y pacífico de las actividades propias de cada ciudadano y el pleno ejercicio de sus derechos. Para ello resulta crucial desterrar la violencia y el terrorismo. El Estado y las Fuerzas del Orden requieren de mecanismos que procuren la individualización y persecución de los hechores; lograr mayor eficiencia en la prevención y descubrimiento de los actos terroristas; posibilitar la destrucción de la estructura de su organización y facilitar la reinserción de sus miembros en la sociedad. Y la fórmula no es recurrir a los medios puramente violentos, de represión o tortura, sino a las actividades voluntarias, a la convicción, a la información y al arrepentimiento. Entregando el Estado los medios indispensables para el efecto, se pueden lograr estos objetivos.
El país soportó los oscuros años en que el diálogo y los métodos normales en la lucha política era la violencia. Las instituciones policiales y de orden ejercieron la represión y la tortura para derrotar a los grupos violentistas. No se escatimó la vida como inferior bien jurídico de la persona humana para arrancar confesiones. Fue una época dura, cruel e irreflexiva, en que la razón hecha ley no existía, porque la voluntad soberana, manifestada en la forma prescrita en la Constitución, no emanaba del pueblo.
Y el pueblo no legislaba. Y el pueblo estaba al margen de toda decisión. Y la lucha contra el terrorismo lo hacía un grupo gobernante armado, y no era el
pueblo y no era la ley. Y la fuerza institucionalizada, acompañada de las injusticias, movió a grupos determinados a optar por la vía violenta, o actuaban como reacción a la represión brutal y sostenida, procedimiento que el país rechazó. Y hoy, gracias a ese rechazo, imperan las instituciones democráticas, las que deben combatir el terrorismo en conjunto con la sociedad.
Creemos que en democracia el terrorismo no tiene razón de ser. El pueblo eligió un método para combatir las injusticias, y éste es el democrático. Por lo demás, el pueblo hoy gobierna y es actor en la solución de sus propios problemas. Ha elegido a sus representantes y hoy nos disponemos a legislar en su nombre.
Este proyecto de ley es una forma de combatir el terrorismo y la violencia. Sin violencia, sin arranque de confesiones por apremios ilegítimos. Italia, Alemania, España y Francia prácticamente han erradicado este flagelo con la utilización de estas figuras jurídicas. El arrepentimiento, la información, la disociación y desarticulación de las asociaciones ilícitas son figuras idóneas que procuran el término del violentismo. El arrepentimiento es una actitud que puede adoptar el terrorista y cualquier persona en un momento determinado de su vida. Una opción terrorista no puede ser un camino sin retorno. Quien se arrepiente replantea su opción y entiende que es un camino equivocado que puede rectificar. Para ello es necesario también que el Estado facilite este arrepentimiento, que lo acoja y lo valore y más aún, lo proteja de posibles represalias.
La revelación de los planes, la individualización de los miembros o el paradero de los dirigentes e integrantes de la asociación ilícita es la figura básica que el proyecto contempla para desarticularla. Es una forma de delación y, como ha quedado demostrado, no daña. Quienes encuentran en esa actitud una deslealtad y una destrucción de valores básicos como la lealtad, no estarían en la razón. La lealtad debe ir más allá que la de una simple adhesión a conductas, personas o ideas. La lealtad no debe confundirse con la protección de personas que propicien la violencia y el daño. La lealtad se manifiesta en los sentimientos de protección y salvaguarda de valores, virtudes y bienes, que construyen y no destruyen. ¿Por qué hablar de lealtad hacia personas que destruyen o matan? ¿Y la lealtad a los bienes sociales y jurídicos que al hombre pertenecen y que el terrorismo destruye o arriesga?
Quien delate no será en este caso, un traidor; ayudará a la sociedad; evitará la comisión de delitos terroristas; evitará el riesgo y la muerte, incluso de sus propios compatriotas; evitará dolor, sangre y muerte. No estamos en presencia de un simple delator, de aquel que traiciona a su patria o traiciona valores, reflexiones. Estamos en presencia de un hombre que ha recapacitado, ha revaluado y ha convenido cambiar enfoques, convenciéndose de que la violencia no contribuye al logro de sus ideales.
La rebaja de la pena y la suspensión condicional de la pena es una forma de compensar su renuncia al terrorismo y una forma de estimular los arrepentimientos. La actual legislación no posibilita estas renuncias ni establece trato especial. No tiene aplicación lo dispuesto en el artículo 295 del Código Penal, relativo al párrafo de las asociaciones ilícitas y que exime de pena a los culpables que revelen a la autoridad la existencia de dichas asociaciones, sus planes y propósitos. Porque, como se ha dicho, la asociación ilícita que nos preocupa tiene disposiciones especiales en la ley Ne 18.314, la que se remite sólo a los artículos 292 y 294 para los efectos de la penalidad.
El terrorista se encuentra atrapado en la orgánica de una situación envolvente. Y el Estado debe adecuar entonces la legislación para que ello no ocurra. La metralleta y la represión no tienen cabida en este momento histórico. El Estado de Derecho, que es la característica de la democracia, aporta un sistemático y adecuado método de protección contra el terrorismo y la violencia. Uno de ellos es la ley, expresión máxima de la noción. El arrepentimiento eficaz y la delación compensada deberán reemplazar a la represión y a la tortura. Dijimos que el terrorismo y la violencia la combatiremos con métodos y procedimientos democráticos, a través de la ley. Con el imperio que otorga la soberanía y legitimidad de sus instituciones, este proyecto es una forma.
Por eso, votaré a favor.
He dicho.
El señor CONCHA.-
Señor Presidente, este proyecto sobre el arrepentimiento eficaz nos obliga a hacer algunas consideraciones previas sobre el terrorismo en Chile en los últimos 17 años.
No nos cabe duda de que responde a la acción tiránica y opresora del Gobierno de Pinochet. Ese Gobierno fue el causante y responsable de violaciones constantes y permanentes a los derechos de los chilenos, las cuales fueron arbitrarias y despiadadas, con injustificadas detenciones, crueles torturas y atroces asesinatos, que dejaron a las familias afectadas de dolor, angustia, frustración y rabia desesperada, y provocaron la reacción de los afectados, de sus parientes más cercanos, incluso de vecinos lejanos, asqueados de la perversidad del régimen, que para colmo había derrocado al Gobierno de Salvador Allende, reconocido por un amplio sector de la población como "el Presidente del Pueblo".
La agresión de la dictadura recorrió todo el territorio desde el primer día; alcanzó a todos los niveles, altos y bajos, sin distinciones de ninguna especie, cualquiera que fuere su condición; su propósito fue amedrentar al pueblo, atemorizarlo para destruir su capacidad de organización y resistencia y convertirlo en autómata pasivo y obediente de cuanto se le antojara al dictador.
No se explica de otro modo el asesinato de tantos modestos pobladores, campesinos y obreros apenas conocidos en el círculo estrecho de sus poblaciones, aldeas y villorrios, carentes de relevancia, influencia o prestigio que los habilitara como eventuales dirigentes o líderes. Fue una "razzia" general, la que también alcanzó a niños. Era necesario que el terror afectara a todos los sectores.
Pero quien siembra vientos, cosecha tempestades.
La reacción no podía demorarse: el dolor y la rabia movió a muchos; otros fueron impulsados por convicciones políticas, en un afán de derribar al dictador y castigar a los culpables de tanto crimen, conscientes del peligro que significaba su reacción, pero también conscientes de la necesidad de afrontar el riesgo. Hirieron, mataron, destruyeron, pero muchos de ellos también cayeron en esta lucha.
Al final, unos y otros comprendieron, por la experiencia sufrida, que la libertad, el respeto a la dignidad de las personas y a sus derechos son siempre sólidos pilares que permiten nuestra vida en paz y tranquilidad, lo que no sucede en dictadura. Entendieron que los defectos de la democracia se superan asumiendo cada cual la responsabilidad que le corresponde en las decisiones colectivas.
Es obvio que la reacción constituyó para la dictadura un acto ilegítimo, un atentado a la majestad del régimen y al orgullo del dictador, que sancionó no con penas terrenales, sino del infierno, abominables por cierto.
Como esos actos no fueron dirigidos contra la democracia ni cometidos durante ella, no deben ser castigados por ésta o, por lo menos, no deben ser penados con la misma severidad con que lo fueron o habrían podido serlos durante la dictadura. Si la legislación positiva no lo permitiera, la democracia debe dictar las normas necesarias para sancionarlos de modo más benigno. Las "leyes Cumplido" tuvieron esa finalidad y los indultos concebidos son su corolario.
Las conductas terroristas durante la democracia no tienen justificación en el dolor y rabia provocados por el terrorismo de la dictadura, o el afán de derrocar al dictador, que ya no existe, ni tampoco en la transformación de la sociedad.
La democracia no es sólo el gobierno de las mayorías. Es mucho más profundo que eso: es el sistema de gobierno fundado en el reconocimiento integral de la dignidad de la persona y en el respeto del derecho, suprema norma de conducta que garantiza la libertad de cada cual, limitada por el derecho de los demás. La libertad no es un solo derecho que se reclama para sí; es un deber que se asume frente a los otros.
Por esto, conductas terroristas en democracia no tienen explicación y mucho menos justificación y son, en consecuencia, conductas delictuales comunes y silvestres que deben sufrir todo el rigor de la ley.
Sin embargo, el Gobierno de la democracia debe buscar los medios para poner fin a esa lacra, resolviendo el conflicto entre las exigencias de la seguridad y los derechos básicos del hombre, recordando que la organización social sólo existe al servicio del hombre y para la protección de su dignidad, de modo que no sirve al bienestar común cuando no se protegen los derechos humanos.
El conflicto que plantea el proyecto de ley sobre el arrepentimiento eficaz debe resolverse protegiendo los derechos de todos los hombres que viven en sociedad por sobre aquellos individuos que atentan contra la sociedad libre, justa y pacífica, sustentada en el respeto a la verdad, al hombre y sus derechos.
Por ello, la norma que se propone es ética y moral, por cuanto la obligación individual y colectiva es el compromiso de las acciones humanas que tienden a la bondad y no la destrucción, muerte y aniquilamiento del orden establecido, que el país se ha dado libremente y por el que mayoritariamente se pronunció la totalidad de la población.
No se puede pretender que en esta disposición, que regula el arrepentimiento, que implica delación, denuncia, acusación de conductas terroristas, vayan la ética y la moral, ya que sería contrariar el sentido propio de las instituciones dirigidas a fomentar la adhesión y compromiso con conductas legales y democráticas que pretenden lograr el orden público y repudiar las conductas antisociales y degradantes de la naturaleza humana, y desconocen las numerosas disposiciones existentes en el Código Penal y otras leyes que hacen posible el arrepentimiento.
El deber de lealtad es con la legalidad libremente establecida y aceptada por la mayoría. Es absurdo pretender que la lealtad de los delincuentes entre sí, para proteger u ocultar sus conductas ilícitas y lograr la impunidad de sus actos, prime sobre la lealtad con la legalidad. Pretenderlo es desvirtuar el sentido obvio y natural de los conceptos.
Aspiramos a una convivencia pacífica y tranquila, que excluya toda forma de violencia como medio de solución de las divergencias sociales y políticas, lo que es posible evitando comportamientos que favorezcan o toleren la existencia de organizaciones violentistas.
La iniciativa legal busca incorporar a esos grupos al sistema democrático, dándoles la posibilidad de tener un espacio en la sociedad política, en la medida en que se allanen a respetar el Estado de Derecho.
Es menester tener siempre presente que un acto terrorista es un hecho ilegítimo, inhumano, carente de respaldo ético por ser intrínsecamente malo y, por lo tanto, toda iniciativa tendiente a erradicarlo, que se enmarque dentro de las normas del estado de Derecho, debe ser aprobada.
La eficacia o ineficacia de esta norma es algo que no depende de ella. Dependerá de aquellos a quienes la norma se refiere, de los pocos que individual o colectivamente pueden acogerse a ella. Hoy vivimos un mundo diferente. Han caído regímenes que fueron opuestos a la idea democrática o regímenes de esa naturaleza han renovado sus posiciones y hoy buscan aceleradamente instaurar un sistema basado en la dignidad de la persona y el respeto de sus derechos. Aquí, en Chile, palpamos un cambio en las posiciones de políticos y de sus respectivos partidos; se flexibilizan las rigideces; se suavizan las asperezas; se busca el consenso, el que de una u otra manera se logra; hay un afán individual y colectivo por lograr tranquilidad y bienestar general. Todo ello nos hace pensar que esta norma puede ser eficaz, sobre todo cuando vemos que grupos violentistas están señalando a la opinión pública su intención de incorporarse a la vida política dentro de los cánones establecidos. Demos la oportunidad a todos ellos y aprobemos esta norma.
He dicho.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, abordo un tema discutible. La diferencia entre un Estado de Derecho y uno totalitario se manifiesta en cómo se trata a un inculpado. El proyecto está reñido con la moral, ya que ésta puede sustentarse en la eficacia, en la utilidad. Si estuviéramos en un estado mayor de inteligencia, debería aceptarse la delación premiada, pues, ¿qué costaría enseguida pasarse a la colaboración, a la información secreta, a la infiltración, al espionaje electrónico, a la actuación clandestina o a la invasión de la privacidad si, en este combate, todo es lícito? ¿No hemos oído acaso que la Derecha ya ha propuesto la infiltración de la policía? ¿Acaso no estarán ya infiltrados los terroristas?
Esto que se acepta en guerra es una decisión unilateral. Pero en democracia resulta inaceptable, pues se pone el derecho como un instrumento bélico al servicio de la justicia: se negocia con delincuentes. Pongámonos prácticos: el General Confieras tiene este arrepentimiento eficaz. Los asesinos de Jaime Guzmán, los de los carabineros, los que mataron a Tucapel Jiménez, Parada, Nattino, Guerrero, Yévenes o de los de miles de chilenos, colaboran y delatan. Entonces, negociamos con los asesinos: digan su verdad y los recompensamos con la absolución, o con las rebajas de penas por los dos tercios de ella, de veinte años como dice el proyecto. ¿Es aceptable moralmente tal negociación? ¿Aceptaría el país este tráfico de verdades? ¿No se estará destruyendo el sentido ético del derecho y la justicia?
Beccaria, ya en 1764, decía: "Pero en vano me atormento por ahogar en mí el remordimiento que siento al decir que las sacrosantas leyes, el monumento de la confianza pública, la base de la moral humana, autoricen la traición y el disimulo". ¿Qué ejemplo no sería luego para la nación si se faltase a la impunidad prometida y que por doctas cavilaciones se arrastrase al suplicio, para deshonra de la fe pública, a quien hubiere respondido a la invitación de las leyes?
Para la religión católica, la penitencia es un sacramento cuyos signos visibles son la contrición perfecta, la confesión y la absolución. La apologética enseña que existe una garantía esencial: el sigilo de la confesión. Si esto se lleva al Derecho, ¿quién garantiza el sigilo, la seguridad del delator o el cumplimiento de la impunidad ofrecida en el proyecto?
La ausencia de ética en estos compromisos es evidente.
Pero oímos que Michael Vermon Townley fue la clave que permitió descubrir el crimen contra Orlando Letelier; por ende, es un buen procedimiento trabajar con delatores, y tal afirmación impactó. Lamento dejar en descubierto la verdad. Michael Vermon Townley fue expulsado de Chile el 7 de abril de 1978 por decreto supremo 290, y como se deja constancia en el considerando 28, del fallo de 10 de octubre de 1979, de la Corte Suprema, el representante de Estados Unidos en la extradición señaló que existían doce presunciones contra Manuel Contreras, ocho contra Pedro Espinoza y doce contra Fernández Larios, de las cuales sólo tres se basaron en las declaraciones de Michael Vermon Townley. Es decir, la delación compensada de Michael Vermon Townley no esclareció los asesinatos ni era esencial para ello. Por el contrario, tal negociación fue absolutamente perjudicial para el país por dos razones.
1°. Porque el acuerdo de 17 de abril de 1978, impidió investigar otros crímenes, como el del general Prats y señora, en Buenos Aires; el de Bernardo Leighton y señora, en Italia. Michael Vennon Townley quedó impune en esas conductas mientras era premiado con la seguridad para su familia, cónyuge, hijos y hermanos en Estados Unidos y con pena de tres años y cuatro meses por conspiración, según se lee en los considerandos 19, 20 y 21 del fallo de primera instancia, y 23 de segunda instancia. ¿Puede el país soportar este tipo de arreglo?
2°. Porque la Corte Suprema en ambos fallos afirma que la delación compensada excluye la responsabilidad penal, desnaturaliza el proceso penal; que las declaraciones carecen de imparcialidad y violan los artículos 323 y 460, N° 12, del Código de Procedimiento Penal, que prohíben las promesas, coacciones, amenazas, dádivas o beneficios que resten imparcialidad.
¿Cuál fue el resultado? No hubo extradición, no se aclararon los crímenes del general Prats y señora, de Bernardo Leighton y señora. ¿De qué sirvió tal delación? A Michael Vermon Townley sí; a Chile y los chilenos, no.
Kai Amos, penalista alemán, en su obra 'Terrorismo y ley, análisis comparativo: República Federal Alemana, Gran Bretaña, Perú y Colombia (1989)", página 127, expresa los decepcionantes resultados de la delación o testigo de la corona en el narcotráfico: sólo el 3,7 por ciento se esclarecieran, siendo nula su eficacia. En Alemania, Gran Bretaña, Irlanda del Norte, Perú y Colombia, el terrorismo ha aumentado. En Chile se han dictado un decreto ley y dos leyes antiterroristas, la última en 1984, y en "El Mercurio" y en un congreso sobre terrorismo en Viña del Mar, celebrado en enero de 1987, se señalaba que desde esa fecha hubo más de mil atentados.
Pero el proyecto también tiene matices inconstitucionales:
l°.- Igualdad: (artículo 19, Ns 2, igualdad ante la ley): "Ni la ley ni la autoridad podrán establecer diferencias arbitrarias".
Se viola por un doble aspecto: al proponer exenciones y rebajas a los que colaboren más eficazmente, pero resultan beneficiados los cabecillas, puesto que saben más, discriminando a los que no saben nada o saben poco, los cuales deben sufrir todo el rigor de la ley. Muchos penalistas prefieren que estos beneficios se extiendan a todos los delincuentes, sin distinción, para no establecer desigualdades: un cuatrero o un ladrón de escaso monto carece de este beneficio. Hace 200 años se formuló la pregunta ¿por qué no todos?
2°.- Declaración bajo juramento: (artículo 19, N° 7, letra f): Se asegura el derecho a la libertad personal y a la seguridad individual, de modo que "en las causas criminales no se podrá obligar al inculpado a que declare bajo juramento sobre hecho propio; tampoco podrán ser obligados a declarar en contra de éste sus ascendientes, descendientes, cónyuge y demás personas que, según los casos y circunstancias declare la ley". ¿De qué manera declarará el inculpado a premiar?
¿Cómo hacerlo bajo juramento para ser creíble, sin violar esta garantía? ¿Cómo podrán señalar planes e individualizar a los asociados ilícitos, los parientes señalados sin infringir este precepto?
3a.- Libertad y voluntariedad. El proyecto se refiere a la voluntariedad en la delación. ¿Hay voluntad libre, seria, sincera si existe coacción, promesa, dádiva? ¿Qué distingue del cohecho esta compra de información? ¿Cómo se convencerá el juez por la declaración de un solo terrorista colaborador? Se viola de este modo todo el proceso penal, garantizado en el N° 3 del artículo 19, de ser "racional y justo procedimiento".
Según el autor Kai Amos, 1989, en "Ley y Terrorismo", cien catedráticos penales advirtieron enérgicamente:
1°.- La absolución o reducción de la pena del testigo de corona infringe el principio del estado de derecho y la igualdad;
2°.- Se violan la legalidad y la publicidad;
3°.- El privilegio desestabiliza el orden jurídico y la conciencia jurídica;
4°.- La colaboración del Estado con graves criminales es inmoral;
5°.- Su eficacia es nula. Gran Bretaña (IRA), Alemania, Irlanda del Norte, Perú, Colombia.
Olvidan que el derecho es la última ratio, que es complemento de soluciones políticas, sociales, diálogos, concertación, etcétera. Se quiere más eficacia que justicia.
Pero, asimismo, el proyecto es inútil, repetitivo, imposible de cumplir en sus exigencias. En Chile existen, al menos, cuatro preceptos: los artículos 295 y 295 bis, del Código Penal, la ley de conductas terroristas y Ley de Seguridad del Estado. Entonces, ¿para qué otra disposición? Lo que sucede es que el proyecto propone negociar, mientras los otros preceptos sólo configuraban atenuantes independientes del negocio.
El proyecto no señala en qué oportunidad debe disociarse voluntariamente: ¿Antes del proceso? ¿Durante el proceso? ¿Cuándo? El viejo Código Penal, en el artículo 295, dice que debe ser "antes de ser perseguido".
El proyecto rebosa de exigencias que nadie podrá cumplir: disociación voluntaria, entrega o revelación de pruebas eficaces. ¿Qué son pruebas eficaces? ¿Se exige acaso plena prueba? ¿Exige esta eficacia la detención previa de los asociados para ser eximido o basta que mencione las nóminas y sus domicilios o paraderos? ¿En qué consisten las ayudas eficaces para desarticular la asociación? ¿Cuáles son los antecedentes no conocidos y quién los determina: la policía p el tribunal?
¿Quién es la autoridad que debe recibir estos antecedentes? Diversos preceptos del Código Penal, como los artículos 12, N° 3,213,261,210, etcétera, se refieren a la autoridad, y ésta es el funcionario con imperio para ordenar ciertas materias. Lo son los ministros, jefes de servicios, parlamentarios, los jueces, la policía y otros. ¿Ante quién, entonces, debe disociarse? ¿Qué es disociarse? ¿Lo es la sola revelación de la asociación ilícita?
Ningún terrorista colaborará con tantas dudas. Ninguno de ellos en el mundo se entrega sin tener la impunidad o el premio en el bolsillo. Por ello, este proyecto es inútil e ineficaz Un ambiente de dudas y desconfianzas se extenderán por el Gobierno, los tribunales y la policía.
Votaré que no, pues jamás puede olvidarse que el Dante, en la Divina Comedia, coloca a los delatores en el infierno, en el último canto, en noveno cerco de hielo, en cuatro departamentos concéntricos: a los que faltaron a su sangre; a su patria y a su partido; a sus amigos y a sus jefes y bienhechores. Así el monstruo tritura a Bruto, a Casio y a Judas.
He dicho.
El señor BOSSELIN.-
Señor Presidente, en relación con el proyecto de ley vinculado con la delación compensada o el arrepentimiento eficaz, es necesario precisar algunos conceptos.
Se propone este mecanismo dentro del propósito de combatir las conductas terroristas, las cuales se encuentran al margen del derecho y, en modo alguno, amparadas por normas éticas o por valores superiores, ya que el delincuente terrorista viola gravemente los derechos de la persona y actúa cobardemente.
No es admisible, pues, sostener que debamos proteger las supuestas lealtades que tales sujetos observan en sus bandas o grupos, por cuanto ellas no se hallan vinculadas con el bien común, con la justicia o la solidaridad, sino que representan una especie de autodefensa de quienes han cometido los mismos delitos, denigrando la dignidad de la persona.
A través de la delación o arrepentimiento eficaz se persigue alcanzar un fin válido socialmente: la desarticulación de las bandas terroristas, premiando a quienes se deciden a colaborar con la acción de la justicia, con la comunidad toda, siempre que se hayan desvinculado totalmente de la respectiva asociación ilícita.
Este es un instrumento moral que armoniza con nuestro sistema penal, ya que desde antiguo se viene favoreciendo a aquel delincuente que, arrepentido de sus actos, ajusta su conducta al derecho.
Pensamos, con todo, que este proyecto debe ser perfeccionado, a fin de que así produzca resultados reales y no se transforme en una norma meramente teórica.
a) Es indispensable darle a sus normas una vigencia transitoria, para cuyos efectos hemos presentado una indicación, que permitirá evaluar su aplicación, dentro de un término razonable;
b) Deberá el Estado asumir la obligación de proteger la seguridad de las personas que se acojan al sistema del arrepentimiento eficaz, brindándoles amparo tanto a ellos como a sus familias durante todo el tiempo que fuere necesario;
c) Habrá que crear una fiscalía pública, que en la etapa prejudicial y judicial, con la aprobación de la corte de apelaciones correspondiente, cautele la correcta aplicación de estos beneficios, con facultades amplias para convenir, con los inculpados o reos las medidas de protección que se solicitaran al competente tribunal. Además, debiera otorgarse a tal fiscal atribuciones para acordar, previa la citada aprobación, los beneficios de exención o rebajas de penas, siempre que ello conduzca realmente a desarticular a las bandas armadas o a frustrados delitos planificados o en proceso de desarrollo.
d) Finalmente, la Cámara política debiera ser mensualmente informada de la forma y condiciones como se están aplicando tales beneficios, para, de tal manera, fiscalizar cualquier irregularidad, en el tiempo oportuno.
Pienso que con estas enmiendas estaremos legislando en la dirección correcta, privilegiando el bien común y los valores morales, por sobre los intereses de quienes han hecho de la violencia su norma de vida.
Para formarse un juicio sobre las modificaciones que se proponen es necesario tener presente que en las legislaciones antiterroristas, según la doctrina más autorizada, se introduce una lógica nueva en la fase inicial del proceso criminal, se establece una clara demarcación de la actividad jurisdiccional reservada al juez y una etapa de investigaciones preliminares exenta de la intervención judicial. Habrá que diseñar instituciones que en esta etapa, resguardando los derechos de las personas, alienten indagaciones y pesquisas conducentes a identificar a los integrantes de las bandas terroristas. El ordenamiento jurídico no puede conciliar con la actividad terrorista y ha de emplearse a fondo para castigar a quienes han decidido ponerse al margen de la convivencia civilizada y sólo pretenden destruir la sociedad, la democracia y sus instituciones, revelando un extremo desquiciamiento moral, un trastrocamiento valórico que oscila entre la demencia, la esquizofrenia y la maldad. Para vigorizar el derecho y amparar los derechos de las personas, es moralmente lícito legislar sobre la delación compensada, precisamente para romper el circuito de los criminales, y la seudo lealtad de los terroristas, las que se hallan en las antípodas de la ética y el derecho.
He dicho.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, pocas veces en esta Cámara un proyecto de ley ha provocado, en los que representamos la voluntad popular, la necesidad de un análisis muy profundo, meditado, racional, con sentido de futuro, como el que nos preocupa hoy día.
En el Mensaje que ha originado este proyecto se reconoce que el gobierno debe asegurar a los ciudadanos el vivir y trabajar con normalidad y en forma pacífica, dentro de un Estado de Derecho. También recuerda la responsabilidad individual que le compete a cada chileno en esta tarea, en la cual, frente a la situación actual que conmociona al país y al mundo, debe ser prioritario el desterrar la violencia y el terrorismo.
Para materializar ello es que se propone perfeccionar la legislación vigente, tendiendo a hacerla más eficaz.
El actuar especialmente en forma preventiva al consagrar los delitos de omisión; el compensar la acción de los que ayudan a la justicia en la detención de culpables o disminución de consecuencias de actos terroristas, y el facultar a los jueces para conceder libertad provisional en determinadas circunstancias, apuntan, precisamente a combatir eficazmente el terrorismo.
Existe en este proyecto, un fundamento ético y moral que no deberá encontrar otra cosa sino que el consenso en todos los sectores políticos.
Por ello, nos extraña la ausencia de este consenso a nivel de la Concertación. ¡Qué diferencia más abismante existe entre la profundidad y solidez de la argumentación del Honorable Diputado señor Schaulsohn, interpretando a cabalidad el espíritu del Mensaje, y la liviandad con que otros Diputados de la Concertación han respaldado posiciones adversas, posiblemente más preocupados de eventuales dividendos electorales entre quienes no merecen sino el repudio ciudadano!.
¿Cómo pueden darse acepciones tan dispares para un mismo vocablo: lealtad, pacificación, delación, infiltración?
¿Por qué algunos privilegian la lealtad para compañeros en el delito y postergan la lealtad hacia la comunidad toda, hacia niños y mujeres, víctimas inocentes de actos terroristas?
¿Por qué algunos plantean dudas frente a las presuntas infiltraciones por parte de elementos vinculados al Gobierno anterior, en el seno de colectividades de alguna u otra manera cercanas a quienes hoy día aparecen más posiblemente responsables del terrorismo existente?
¿No es eso, precisamente, la confirmación de la necesidad de contar con una legislación perfeccionada, como la que se propone?
Por ello, señor Presidente, estimando que la iniciativa es ética y moralmente inobjetable, que apunta a solucionar el problema que más preocupa a la ciudadanía, confiamos en que realmente se transforme en herramienta eficaz en la lucha contra el proyecto del terrorismo, por lo que la apoyamos decididamente.
He dicho.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente, Honorable Cámara, durante la sesión de esta Cámara realizada el día jueves 18 de julio, en que debatió por primera vez este proyecto enviado por el Ejecutivo, manifieste, en conjunto con otros Diputados, las razones que nos llevan a rechazar dicho proyecto, y en forma especial la figura de la "Delación compensada o arrepentimiento eficaz".
Por haber manifestado este rechazo, la Derecha ha expresado que nuestros argumentos son "efectistas, livianos e irresponsables". Incluso, se ha llegado a decir que pretendemos "encubrir a los terroristas". Nunca la verdad había estado más lejos de eso.
La Derecha no entiende que el respeto de los derechos humanos de las personas no se puede acomodar a las circunstancias. Combatir el terrorismo, violando los derechos humanos, es igualarse ética y moralmente a los terroristas.
¿Por qué rechazamos la "delación compensada"?
Porque ella compromete gravemente un conjunto de valores esenciales de las personas y de la sociedad. ¿Es ser irresponsable sostener esto?
Porque no parece ético que un Estado de Derecho, para combatir el terrorismo, tenga que institucionalizar una práctica tan deleznable como es la delación ¿Es ser liviano sostener esto?
Porque en un país que quiere reconstruirse sobre la verdad, la transferencia, la justicia, el pleno respeto de los derechos humanos, no cabe una legislación como la propuesta. ¿Es ser efectista sostener esto?
La "delación compensada" no permitirá tampoco la integración o reinserción de los grupos terroristas o violentistas, porque ello provoca la degradación moral de quien la realiza ¿Argumentar esto es ser liviano?
A su vez, no asegura la conversión real del individuo, ya que su actitud se debe a una recompensa material, la exención o rebaja de la pena, ¿Argumentar esto es ser irresponsable?
Además, la delación puede ser usada por los organismos de seguridad para involucrar a personas ajenas, de acuerdo con su conveniencia política ¿Argumentar esto es ser efectista?
La verdad es que la Derecha sigue usando los mismos argumentos que utilizara para justificar las graves violaciones a los derechos humanos durante el régimen anterior.
La Derecha política, como es su costumbre, en vez de rebatir estos argumentos, se ha dedicado a torcerlos mañosamente y a acusar a quienes sustentamos una posición de rechazo a la delación de ser "protectores del terrorismo".
Los únicos protectores del terrorismo son aquellos que nunca han aceptado que hubo en el régimen de Pinochet terrorismo de Estado. Esos y no otros serán siempre protectores de terroristas.
También es falso el argumento de la Derecha que sostiene que debemos definir posiciones: o se está por fortalecer la acción contra el terrorismo o porque ésta sea débil. Esta es una falsa disyuntiva. Lo que está puesto en juego, es si estamos por construir una sociedad en la cual exista plena vigencia de los derechos humanos y con valores que fortalezcan al ser humano, o estamos por una que lo degrade física y moralmente.
La disyuntiva real es cuáles son los métodos más eficaces para combatir el terrorismo, sin que éstos afecten a los derechos de las personas. Y en este mismo sentido, éste no es un proyecto eficaz porque provoca, por una parte, la degradación moral del delator y, por otra, no asegura el fin de los grupos terroristas.
La verdad es que no me extraña que la Derecha se haya transformado en una de las principales impulsoras y defensoras de este proyecto, ya que para ellos, tal como lo demostraron en el pasado, el valor de la lealtad y el respeto a las personas no tienen ningún valor, ya que con su silencio cómplice avalaron el terrorismo de Estado, la delación, el soplonaje y él espionaje que implemento el anterior régimen y que tanto dolor y muerte causó a nuestro pueblo.
Hoy, la Derecha habla de que su primera lealtad es con la paz. Entonces, ¿por qué apoyaron durante 17 años a un régimen que le declaró la guerra a su propio pueblo y que se basó en la inseguridad y el terror?
Quienes sí creemos en el valor de la paz, luchamos desde el mismo 11 de septiembre contra la dictadura y por el restablecimiento de una sociedad democrática, basada en la paz y en el respeto a la vida, en la verdad y la justicia, no podemos apoyar una norma como ésta; la Derecha perdió el 11 de septiembre de 1973 toda la autoridad moral sobre este tema cuando derrocaron, en forma violenta, al régimen democrático existente.
También rechazo terminantemente el argumento de que preservar el valor de la lealtad en una sociedad democrática se llame encubrimiento. El país sabe muy bien quiénes son los verdaderos encubridores de los terroristas. Son todos aquellos que se oponen a que se derogue la ley de amnistía y, por tanto, a conocer y juzgar a los violadores de los derechos humanos. Esos son y serán siempre los encubridores de terroristas.
Es falso también su argumento de que "tenemos los valores trastrocados". Que para nosotros "los terroristas son las víctimas y los carabineros asesinados los culpables". ¡Qué argumento más poco serio y falaz! Para mí, quienes asesinan carabineros son terroristas, que merecen todo el castigo de la ley. Pero estos crímenes, cometidos por ellos, no justifican que se violen los derechos humanos. Aceptar eso, es igualarse ética y moralmente con los terroristas; y pareciera que algunos personeros de la Derecha están dispuestos a hacerlo.
La Derecha no entiende que el respeto de los derechos humanos de las personas, de todas las personas, no puede acomodarse según sean las circunstancias. La verdad es que siguen siendo consecuentes con los argumentos que usaron para justificar las violaciones de los derechos humanos durante el anterior régimen. Con la existencia de un estado de guerra, donde al enemigo interno hay que combatirlo de cualquier forma, yo pregunto, ¿se logró con esto la paz en nuestro país? La historia demostró que no, sino que, por el contrario, aumentó la violencia.
No puede dejar de asombrarme que aquellos que descalificaron, por ser producto de una recompensa, los testimonios de Michael Townley, y posteriormente del Capitán de Ejército Armando Fernández Larios, los que admitieron en los EE.UU. su participación y la del General Contreras en el asesinato de Orlando Letelier, hoy encuentren dicho método válido.
Entonces, ¿hoy aceptan como verdadero dicho testimonio? ¿Están dispuestos a que el General Contreras sea entregado? Lo ético en política es tener siempre una misma posición frente a una situación similar y no acomodarla a los intereses particulares del momento.
De igual forma, me parece poco seria la indicación propuesta por la Derecha, por lo delicado del tema, dado los valores que están en juego, de que se apruebe dicha norma en forma transitoria, por un plazo de dos años, siendo posteriormente evaluada. Uno no puede dejar de preguntarse, ¿están dudando de la eficacia de la norma que apoyan? ¿Quién responderá de los daños causados durante ese tiempo, de ser negativa la evaluación, como pensamos? ¿Están dispuestos a responder ellos por los daños?
También me parece oportunista que la Derecha plantee ahora, como argumento para fundamentar su posición, que con esta norma se podrían esclarecer crímenes como los de Tucapel Jiménez, Orlando Letelier y los profesionales comunistas degollados. Todos los chilenos sabemos, por lo menos en estos tres casos, quiénes son los culpables. Nos hubiese gustado que esta misma fuerza la hubieran desarrollado antes para denunciar a los responsables. Además, esto tampoco es así, ya que, tal como el proyecto ha sido presentado, no le permite.
Finalmente, quiero señalar que nuestro único compromiso real, como parlamentarios, es ser depositarios y recoger las grandes tareas que dejó pendiente el informe Rettig, el cual señala que: "El orden democrático reconocido hoy por la comunidad de las naciones reposa -como base sustancial y no como relativa a otros objetivos- en la vigencia efectiva de los derechos humanos. Eso es sostener la dignidad natural del hombre".
He dicho.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, frente al proyecto que informa la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, cabe hacer, en forma breve, algunas consideraciones frente al problema permanente del terrorismo, que afecta a la sociedad mundial, en general, y a la nuestra, en particular, en menor medida.
Esta verdadera "cultura delincuencial", vincula a personas o grupos de personas que matan, incendian, torturan, secuestran o simplemente atropellan los derechos de las personas, reciben, a veces, el aliento, la tolerancia y hasta un actitud de aprobación cuando tienen un comportamiento con significado político.
Estas personas o grupos que buscan la imposición de una voluntad política a través del terror o induciendo a un estado de pánico o de miedo en una comunidad que desea tranquilidad y paz, debe ser enfrentado de un modo tal de ir a su eliminación, o por lo menos a la nula influencia que puedan tener en el acontecer del país.
Sostenemos que los actos terroristas o la actividad terrorista crece y se sostiene cuando no existe una oposición a los mismos. Es nuestro deber y nuestra responsabilidad enfrentarlo para hacerlo desaparecer.
Debemos enfrentar esta epidemia de la maldad y del temor que se nos quiere imponer. Pero ignoramos la orientación y la connotación de este terrorismo, pues hemos arribado a una democracia, luego de largos años de su desconocimiento, por lo que habi��ndose cumplido por el pueblo el objetivo de vivir en este sistema político, los que actúan en la forma señalada carecen de objetivos políticos o, si los tienen, se les dificulta definirlos.
Se quiere dar a la violencia un basamento político con argumentaciones vagas e indefinidas, carentes de contenido, y en que no se vislumbra muchas veces la diferencia entre la delincuencia política con la delincuencia común. Podría sostenerse que, en aras de un fin político, cuyo contenido y objetivos se desconocen, se formulan frases de un pretendido protagonismo político de raigambre popular, se ejecutan actos simplemente delictivos afectos a la ley común.
Si bien son ambiguos políticamente hablando, por otra parte saben perfectamente lo que desean, siendo muy categóricos en sus objetivos, especialmente cuando es necesario aniquilar. Luego, tienen una clara posición de aniquilamiento, de violencia y de destrucción por sí mismos, cuando dejan de tener contenidos políticos.
Por ello, al pronunciamos sobre el proyecto debemos enfrentar los actos terroristas o de quienes los cometieron con el criterio sostenido en las diversas legislaciones europeas, tal como se indica en el informe de la Comisión, que es el más adecuado a los requerimientos del proyecto.
Si bien estamos atacando diversas situaciones que concurren en la problemática terrorista, no es menos cierto que sólo constituye una parte de la lucha legal en que se encuentra empeñado el Gobierno, y no será el Diputado que habla quien le coloque nombre o color al terrorismo, ya que éste, conceptualmente, es uno solo. Existe, asimismo, el otro lado del problema, como es el relativo al reclutamiento de personas que integrarán estos grupos terroristas, derivándose a su respecto los beneficios indirectos del proyecto al tratar de evitar que jóvenes sean absorbidos por estas personas o grupos disociadores.
La democracia permite una lucha frontal contra el terrorismo. Ella, estando fuertemente asentada, debe tomar sobre sí el peso de la lucha, y es el Congreso Nacional uno de los pilares de la misma, permitiendo que otros poderes públicos asuman la otra cuota de responsabilidad en esta batalla que es de todos y no de algunos.
Es fácil colocarse en una posición de comodidad en este problema, en que muchos no desean involucrarse públicamente por un posible temor a estos actos que van carcomiendo la conciencia ciudadana, y que pudieran, en un momento dado, dejarla indefensa.
Nosotros, desde el Parlamento, debemos conducir al pueblo para combatir esta lacra. Pero, al mismo tiempo, debemos asumir también nuestra responsabilidad otorgando los mecanismos para que a muchas personas, dentro del cúmulo de emociones, les quepa un posible arrepentimiento. Con ello no se pretende enlodar al hombre en sus sentimientos, sino que precisamente ayudarlo a liberarse de motivaciones que le impiden ordenarse como ciudadanos.
Sin embargo, es menester dejar claramente establecido que las figuras que se pretenden consagrar legalmente en cuanto a la rebaja de pena, exención de la misma o respecto de la suspensión condicional, en cuanto al condenado, tienen un fin eminentemente rehabilitador, pues se busca una normalidad de convivencia para personas que han estado marginados de la misma, voluntaria o involuntariamente.
El proyecto de ley, cuyo informe conocemos, no ha hecho sino configurar situaciones que intemacionalmente han permitido solucionar difíciles conflictos procesales penales, otorgando operatividad a la ley respecto de la protección que debe dárseles a los ciudadanos y a la comunidad toda.
Si la oposición al proyecto se funda exclusivamente en pruritos emocionales o meramente ideológicos o .doctrinarios, no pueden resistir el embate de motivaciones de interés superior, y que no afectan ni repugnan la conciencia de quienes están por la normalidad del país. No podemos estar permanentemente sometidos a una ideologización absoluta, sin considerar aspectos fundamentales de la vida nacional, que nos exigen ir por un camino que busque la efectiva reconciliación.
Por lo anterior, si bien concordamos con el proyecto en cuanto a su fundamentación, no es menos cierto que el mismo debe hacerse extensivo a otras situaciones legales penales, y no sólo respecto de actos o delitos terroristas. Bien puede tratarse de otros hechos criminales, que requieran de un tratamiento similar o igual al proyectado, si con ello evitamos un mal mayor a personas, grupos de personas, o a la comunidad toda que recibiría el daño por el hecho.
Pero hemos sostenido que el proceso reconciliador y el anhelo de tranquilidad que busca el proyecto deben ampliar el abanico de posibilidades, otorgándoles los mismos beneficios a otros que aparezcan como partícipes de hechos delictuosos comunes. De no actuar de esta forma, la reforma pretendida a la ley N° 18.314, artículo 4° tendría objetivos limitados. En esta eventualidad, el proyecto no podría tener efectos indeterminados en el tiempo, debiendo darse un plazo para que las normas penales especiales sobre las que se legisla tengan su aplicación.
Esta forma de legislar en materia penal nos lleva a planteamos la demora que se ha denotado en el accionar legislativo, lo que se demuestra con la historia de los últimos 50 años en la permanente preocupación que ha existido por modificar o reformar nuestro Código Penal.
Sin embargo, siendo necesaria e imperiosa una reforma de este cuerpo legal, nunca se ha llevado a cabo, no obstante que todos los gobiernos la consideran como imprescindible. Un eventual Código Penal tipo latinoamericano ha sido una de las explicaciones que ha impedido la modificación pretendida durante tanto tiempo. Ello ha llevado a que la anhelada reforma haya sido reemplazada por la legislación penal especial existente en nuestro país, como puede apreciarse de la simple lectura del apéndice del Código Penal y del Código de Justicia Militar.
Así, ya en el año 1943, don Juan Antonio Ríos, en su Mensaje presidencial, decía lo siguiente, refiriéndose al Código Penal: "La Comisión designada para el estudio de la reforma de este Código continúa activamente su labor y ha dado término al Libro Primero, o sea, a la parte doctrinaria, que es la más importante y delicada. Se encuentra ahora en el estudio de los delitos en particular y el Gobierno confía en que la Comisión cumpla su objetivo en el más breve plazo posible, a fin de someter el correspondiente proyecto a la consideración legislativa" (Pág. 183).
Esto se dijo hace 48 años.
El Presidente Jorge Alessandri, en su Mensaje de 1962, señalaba que el Ministerio de Justicia, con la valiosa colaboración de miembros de la Magistratura y distinguidos penalistas, estaba preparando un proyecto modificatorio del Código Penal, dando cuenta que dicha Comisión había terminado el estudio correspondiente, por lo que el Gobierno someterá en el curso del presente año esa iniciativa a la consideración del Congreso Nacional (Pág. 231).
Posteriormente, el Presidente Frei anunció en su Mensaje presidencial de 1967 que "El Instituto de Ciencias Penales ha sido requerido por el Ministerio de Justicia para el estudio de un nuevo Código Penal que sustituya al actual, con más de noventa años de vigencia, y el encargo ha sido aceptado, en principio, para ser acometido apenas termine la elaboración del Código Penal tipo para América Latina, lo que se espera para el primer semestre del presente año" (Pág. 258).
En el año 1976, el General Augusto Pinochet, decía que "La Comisión de estudio y reforma del Código Penal ha continuado la revisión de nuestro centenario Código Penal, para adecuar sus múltiples virtudes a las exigencias de las formas de la vida actual. Asimismo la Comisión ha demostrado vivo interés en adecuar el Código Penal Chileno a las normas que se contemplan en el proyecto de Código Penal tipo latinoamericano" (Pág. 470).
Podemos apreciar que estas citas están referidas a situaciones acontecidas durante casi medio siglo, no existiendo una real voluntad para adecuar las normas penales, sean en cuanto a los tipos penales como a la penalidad de los delitos comunes, de acuerdo a exigencias modernas, a las nuevas modalidades delictuales, a la crueldad delictual, al perfeccionamiento y profesionalismo de los delincuentes, así como la audacia en la comisión de los hechos punibles, que van produciendo un temor generalizado en la población.
Por ello, si bien medidas como las que se incluyen en la modificación de la ley N° 18.314 tienden a cumplir con una condicionante a la rehabilitación, reinserción o reconciliación de la comunidad nacional, no es menos cierto que no podemos continuar legislando en forma parcial en una materia de tanta trascendencia, y que se proceda a la revisión integral de la legislación penal, debiendo establecer en el Código Penal todas las figuras delictuales, incluyendo las propias del Código de Justicia Militar, como capítulo especial de
dicho Código, con lo cual se seguiría la orientación general en esta materia.
En consecuencia, votaré favorablemente el proyecto en discusión.
He dicho.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente, en relación con el proyecto de ley que estamos tratando y que tiene una enorme trascendencia en el desarrollo de nuestro proceso institucional democrático, quisiera hacer algunas observaciones y reflexiones.
No debo dejar pasar graves aseveraciones hechas en esta Cámara por los Diputados señores Aylwin y Naranjo, quienes se oponen a este proyecto, dando argumentos que no nos pueden dejar indiferentes por su implicancia presente y futura en el desarrollo y perfeccionamiento de nuestra democracia.
En primer lugar, el Diputado Aylwin afirmó que "la violencia y el terrorismo que afectan a nuestra sociedad son consecuencias de los traumas dejados por 17 años en que se practicó sistemáticamente el terrorismo de Estado", y añadió que esto lo reconoce el informe Rettig.
Olvida el Diputado que el informe que alude, en su introducción señala: "En algunos sectores de la Izquierda, el planteamiento de la nueva actitud se relaciona principalmente con la Revolución Cubana. Ella puso en primer plano la "vía armada" para conquistar el poder. Incluso, uno de sus hombres más importantes y de mayor influencia ideológica y arrastre personal en el resto de América Latina, Ernesto Guevara, declaró y fundamentó ser ese el camino, el de enfrentamiento, el único real. Consecuentemente, en su propuesta los otros caminos -por ejemplo, el democrático o electoral; el de la propaganda política y doctrinaria; el de las reivindicaciones y luchas sociales; el parlamentario, etcétera- eran sólo complementos de aquel o, si no se les daba tal carácter, meras ilusiones".
El grupo político que entre nosotros asumió más tempranamente estas ideas de Guevara fue el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fundado en 1965 y que en 1986 pasó a la clandestinidad; desde ella ejerció acciones armadas y preparó la conquista insurreccional del poder. No adhirió a la Unidad Popular y minusvaloró la campaña electoral de 1970, que concluiría con el triunfo de aquélla.
En la Unidad Popular, también existieron gestores considerables de ideología igual o parecida a la del MIR. Desde luego, el Partido Socialista la adoptó oficialmente en el congreso de Chillán (1967) y la reafirmó en el de La Serena (1971) -cuando ya estaba en el poder con la Unidad Popular-, eligiendo una mayoría del Comité Central y un Secretario General que creían firmemente en la inevitabilidad del enfrentamiento armado.
Es cierto que, por más de treinta años, el Partido Socialista había tenido una inserción plena en la política democrática. Es cierto que, aun después de 1967, hubo en su seno fuertes corrientes de igual orientación. Es cierto que la práctica de la violencia política por parte de sus militantes fue mucho menor que la del MIR. Pero también es cierto que su discurso político y actuaciones lo asemejaban a aquel, más que al antiguo Partido Socialista. Posteriormente, hace referencia a la violencia de los grupos de extrema Izquierda, que comienzan a validarse en la década de los 60, como fueron el Grapo y el MIR, por ejemplo, y que en el Gobierno de Eduardo Frei costó la vida del entonces Ministro del Interior, Pérez Zujovic, las tomas de predios y la violencia desatada en nuestros campos. No sé si el Diputado Aylwin también piensa que en esa época había terrorismo de Estado.
Afirma también el colega Aylwin que "el sentimiento de lealtad es un valor muy importante dentro de nuestra convivencia y que intentar destruirlo, aunque sea en nombre de uno superior, como es la lucha contra el terrorismo, no producirá resultados prácticos y destruirá el sentido ético de la lucha contra el terrorismo.
Preocupante son tales conceptos del colega Aylwin. En la prelación de valores o valores prioritarios, el derecho a la vida y a la propiedad privada, derechos contra los que atenta permanentemente el terrorismo, pasan a ser secundarios para él, ya que es más importante la lealtad, pero ¿lealtad a qué?. A permitir guardar silencio, a la omisión aun teniendo posibilidad, quien tiene la información, de evitar el aniquilamiento de una vida. La escala de valores del Diputado Aylwin es, sin lugar a dudas, de una sociedad distinta a la nuestra, que no atinó a encontrar.
Finalmente, afirma el colega Aylwin que "Existen grupos que optaron por determinadas soluciones en un momento político de suma crueldad y que hoy están en un proceso de reflexión..." ¡Otra paradoja! Yo le quiero preguntar al Diputado señor Aylwin: ¿Aceptaría que aquellos agentes de Estado que dice que ejercieron sistemáticamente el terror durante 17 años, reflexionaran y se arrepintieran? Tengo serias dudas.
Capítulo aparte merecen las palabras del Diputado señor Naranjo. Si las del Diputado Aylwin son paradójicas, las de este colega son insólitas.
Afirma: "Considero que este proyecto es irritante, ya que en alguna medida busca la aniquilación y la destrucción de estos grupos que, aunque tengan posturas equivocadas y hayan asumido acciones violentas, no llegarán a buen término". Por supuesto, colega señor Naranjo, este proyecto pretende terminar con estos grupos violentistas; no rendirles un homenaje, como Su Señoría pretende.
También el colega señor Naranjo hace toda una relación defendiendo y justificando la violencia, al decir que no es lo mismo asumir posiciones violentas en un país en democracia que en dictadura; en un país desarrollado que en desarrollo; en el derroche que cuando se tiene hambre; cuando se tiene libertad que cuando ella se pierde. No, colega. La violencia siempre es condenable, repudiable, y no debe ser tolerada ni aun en circunstancias extraordinarias, y la Iglesia, a la cual Su Señoría parece respetar, por lo menos -ésa es la impresión que tengo-, siempre ha condenado la violencia y propagado la paz, el entendimiento y el amor entre los hombres, el Estado y la sociedad.
Hay doctrinas e ideologías que predican el odio y la violencia. No se construye una sociedad justa sobre la injusticia. No se construye una sociedad que merezca el título de humana, dejando de respetar y, peor todavía, destruyendo la libertad humana, la vida, negando a los individuos las libertades más fundamentales.
El Mensaje del Ejecutivo expresa que es tarea prioritaria del Gobierno asegurar a la nación el desarrollo normal y pacífico de las actividades propias de cada ciudadano y el pleno ejercicio de sus derechos, y que resulta esencial desterrar de nuestra patria la violencia y el terrorismo. Por lo anterior, las modificaciones que se proponen al Código Penal y a la ley N° 18.314, son adecuadas, oportunas y serán, sin lugar a dudas, eficaces. Sus detractores nunca han levantado la voz para repudiar el terrorismo. Ellos representan a un sector de la extrema Izquierda política del país que ha tenido constantemente un doble juego: practica la desinformación, la mentira infinitamente más exigente, porque la ideología obliga a modificar sin cesar la imagen del mundo en función de la misión que se quiere tener. En Chile, hace año y medio, alentaban a los terroristas; hoy los llaman "grupos de reflexión", como si los chilenos fuéramos estúpidos.
La ideología de esta Izquierda es la principal fuente de perturbación de la información, porque precisa de una mentira sistematizada, global y no solamente ocasional. Para permanecer intacta debe defenderse sin tregua del testimonio de los sentidos y de la inteligencia, de la misma realidad. Esa lucha agotadora lleva a aumentar, de día en día, la dosis de mentira requerida para hacer frente a las evidencias que se desprenden de lo real e inexorable.
He dicho.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente: el vocablo "delación" se define como "acusación o denuncia", la palabra "compensada" como "indemnización pecuniaria". Jurídicamente, la compensación es un modo de extinguir obligaciones vencidas.
La delación compensada viene a dar alguna cosa o hacer un beneficio en resarcimiento del daño.
En suma: a la persona que proporciona a la justicia los nombres y propósitos de una organización o entidad terrorista recibe en compensación una rebaja en su pena original y protección para él y su familia.
Axiológicamente no estamos, como algunos creen, en presencia de un acto éticamente reprochable. En efecto, toda organización terrorista es intrínsecamente ilícita e inmoral.
El miembro que denuncia o acusa a sus compañeros se pone al servicio del derecho y la moral, para erradicar una fuente de destrucción del patrimonio nacional.
El artículo 19 de la Constitución Política prescribe: "El derecho a la vida y a la integridad física a todas las personas".
En este mismo contexto, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, denominada "Pacto de San José de Costa Rica", ratificada por el actual Gobierno de Chile, el de 5 de enero de 1991, señala en su artículo 4°: "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente".
El terrorista es una persona proclive a la esquizofrenia, que no siente respeto por la vida humana. Su código moral es: "El fin justifica los medios".
Por consiguiente, el principio moral enunciado por Kant de que ningún ser humano puede ser utilizado como medio para un fin es conculcado por las organizaciones terroristas.
Nadie puede pretender gozar de impunidad, cuando infringe el ordenamiento jurídico fundamental: la Constitución Política de la Nación.
Algunos detractores de la delación compensada suelen confundirse en el enunciado semántico de ésta significación. Por de pronto diremos, enfáticamente, que fue mal escogida, ya que sugiere un acto inmoral, sin serlo.
Por eso recomendamos eliminar este enunciado para reemplazarlo por otro, como denuncia legítima o cualquier otro que decante la semántica peyorativa.
Decíamos que los detractores de esta idea suelen argumentar diciendo que si se busca construir un país que quiere dejar atrás el odio, la persecución, el soplonaje, el espionaje y queremos construir una sociedad basada en la verdad, la transparencia y el pleno respeto a los derechos humanos de las personas, no cabría una norma legal como la propuesta.
Esta argumentación es una falacia.
Democracias señeras en el mundo de hoy, como Estados Unidos, Alemania, Francia, Suecia, España, consagran en normativa jurídica punitiva esta institución.
Su basamento filosófico y axiológico no es otro que el respeto a la vida humana, que es, jerárquicamente, el más alto valor en conflicto con un antivalor como el terrorismo y sus diversas modalidades y manifestaciones.
El terrorista que denuncia o acusa, lo hace motivado por un principio moral superior. Además, psicológicamente, puede significar todo un proceso de rehabilitación moral y psiquiátrico.
El terrorista y su organigrama estructural representan la alienación y la distorsión de los valores; postula una sociedad que justifica la coactividad y la violencia, como forma unívoca de lucha para instaurar su ideología política, negando toda opción pluralista al diálogo y a la democracia.
El pensamiento de la dignidad consiste en reconocer que el hombre es un ser que tiene fines propios que cumplir por sí mismo, o, lo que es igual, diciéndolo en una expresión negativa, -la cual tal vez resulta más clara- el hombre no debe ser un mero medio para fines extraños o ajenos a los suyos. Aunque esta formulación evoca unas palabras de Kant, ella no está de ninguna manera ligada necesariamente a la doctrina de ese filósofo, porque Kant, al definir la dignidad del hombre, no expresó una peculiaridad de su sistema, sino que, al sostener que el hombre es un fin en sí mismo, un auto fin, con ello presentó de modo claro y conciso una idea que estaba generalmente aceptada desde muchos siglos antes, una idea que aparece en el Viejo Testamento y que adquiere máximo relieve y posición central en el mensaje cristiano del Evangelio.
Se ha dicho que la vida biológica del hombre no es un derecho sino que es un hecho. Es ambas cosas, pues el hecho de la vida biológica del hombre constituye a la vez la base de un derecho a la protección y defensa de ese hecho. La vida biológica del hombre, que desde luego es un hecho, constituye algo más que un mero hecho, comparado con los demás de la naturaleza. Es también un derecho. Esto quiere decir que socialmente el hombre tiene el derecho a no ser privado injustamente de la vida, a que ésta no sufra ataques injustos del prójimo o del poder público. E, incluso, según las interpretaciones que a este derecho se dan en nuestro tiempo, puede llegar a significar algo más: que el individuo tiene el derecho a ser ayudado por la sociedad a defenderse de los peligros procedentes de la sociedad.
El derecho de todo ser humano a que los demás individuos o grupos no atenten "injustamente" contra su vida ni contra su integridad corporal o contra su salud lo es por dos razones: en primer lugar, porque es obvia la justicia de la legítima defensa de la autodefensa, cuando eventualmente no está presente un órgano del Derecho para hacer efectiva la protección; y, en segundo lugar, porque hay también el problema del llamado "caso de necesidad".
Desde esta perspectiva, los gobiernos democráticos deben, en este afán de proteger los derechos humanos, arbitrar mecanismos para eliminar todo intento desalmado del terrorismo, y una de las modalidades es incentivar al propio terrorista arrepentido para que, junto con coayudar a su recuperación psíquica, proporcione mediante la delación compensada, los datos que permitan erradicar definitivamente de nuestra Patria el terrorismo, lacra de la sociedad contemporánea.
Por estas consideraciones, propiciamos esta modalidad, mal denominada semánticamente "delación compensada", como un mecanismo digno de ser consagrado en la legislación penal antiterrorista.
He dicho.
El señor TOHA.-
Señor Presidente, Honorable Cámara:
La violencia y el terrorismo se han convertido en uno de los flagelos más terribles en la actualidad, que ha afectado, en mayor o menor grado, a la mayoría de la sociedad moderna.
Chile, desgraciadamente, no ha quedado libre de su indeseable presencia y dramáticos efectos.
Extenderse sobre las causas que lo originan daría lugar a un largo e intenso debate por lo complejo de los elementos que en él inciden; pero, en general, podemos decir que en los países que lo sufren haya algunos factores comunes y otras variables que hacen que algunas personas, ya sea en forma individual u organizadas en grupos, recurran a prácticas tan deleznables con el objeto de lograr sus propósitos.
Al enfrentar el problema del terrorismo, no podemos dejar de considerar el período histórico en que estamos viviendo, en que estamos mancomunados para lograr un pacífico tránsito hacia la democracia, después de un largo período de gobierno autoritario.
Esta situación puede originar equivocadas y repudiables acciones de violencia, sustentadas por diferentes motivaciones, ya sea venganza hacia personas identificadas con los atropellos a los derechos humanos, prácticas tendientes a acelerar procesos sociales y políticos, o acciones destinadas a exterminar ideologías o partidos contrarios a los sustentados por quienes recurren al terrorismo.
Frente a este fenómeno, el gobierno democrático ha asumido una actitud consecuente con su responsabilidad de asegurar la normal convivencia nacional en un ambiente de paz y tranquilidad.
Dicha actitud representa una auténtica convicción al respecto. Refleja voluntad de cumplir con su deber y, a la vez, es coincidente con el rechazo mayoritario de los chilenos frente al terrorismo y a su exigencia ante las autoridades para que terminen con este flagelo y garanticen el ambiente pacífico que anhela la ciudadanía para poder desarrollarse y vivir armónicamente.
Un gran avance en la lucha contra el terrorismo se ha logrado en la formación de la conciencia ciudadana al repudiar la violencia y reconocer la necesidad de que tanto el Gobierno como los organismos judiciales y policiales deben encontrar los mecanismos más eficaces y acordes con la ética, y contar con el respaldo de la gente, para vencerlo.
Hay conciencia mayoritaria, también, de que la lucha contra el terrorismo no debe ser sólo represiva o judicial, sino que se debe crear el ambiente adecuado para aislar políticamente al terrorista, para lo que es imprescindible una campaña formadora de conciencia y educativa a todo nivel, desde la más temprana edad, reforzándola especialmente en los medios de comunicación de masas, como en la televisión, que tanta influencia puede tener en los jóvenes y que, muchas veces, en vez de crear una actitud adversa a la violencia, la fomenta imperceptiblemente a través de películas o programas que la exaltan.
En esta lucha, la eficacia necesaria debiera lograrse con métodos que, junto con respetar nuestra idiosincrasia y los valores apreciados por los chilenos, no violenten los principios morales, pues, aunque se tuviera un éxito parcial en la solución del problema, podría también provocar efectos no deseados, como reacciones violentas contra posibles arrepentidos o delatores.
Creo que más aceptable éticamente sería no la delación por una posible recompensa, sino el lograr una actitud positiva que induzca al terrorista a abandonar el camino de la violencia y a anhelar su reinserción en la sociedad, contribuyendo a prevenir o a evitar hechos terroristas.
Es necesario ofrecer caminos, alternativas y protección a los miembros de organizaciones terroristas que deciden repudiar su actitud pasada y abandonar la organización, pues si ellos no ven una salida posible no podrán iniciar una nueva vida e insertarse en la sociedad.
Para concluir me pregunto, ¿si hiciéramos una encuesta nacional sobre la aceptación o rechazo a la delación, el resultado respaldaría el acto delatorio? Nuestra reciente experiencia histórica da pruebas de la degradación moral a que pueden conducir prácticas similares.
Junto con reafirmar mi rechazo más categórico y sin ambigüedades al terrorismo y a la violencia, pues ellos atentan contra los derechos y la vida de las personas y a pesar de reconocer que experiencias de otros países pueden avalar la práctica de la delación compensada, considero que por las circunstancias históricas que vivimos, el respeto a nuestra idiosincrasia, la falta de mecanismos que permitan resguardar e insertar en la sociedad a las personas que pudieran recurrir a esta práctica, y teniendo dudas de la validez moral de la delación compensada, he decidido abstenerme frente a este proyecto.
He dicho.
El señor REBOLLEDO.-
Señor Presidente, Honorables colegas, estamos frente a un proyecto cuyos fundamentos, expresados en el mensaje, creo que compartimos todos quienes integramos esta Cámara.
No tengo dudas de que todos estamos firmemente interesados en desterrar la violencia y el terrorismo, como una condición básica e indispensable para asegurar a los ciudadanos el desarrollo normal y pacífico de sus actividades y el pleno ejercicio de sus derechos. Sin embargo, el debate que hemos tenido pone de manfiesto que las medidas propuestas admiten puntos de vista diversos, ciertamente legítimos, acerca de ese soporte jurídico, sus connotaciones éticas y su propia eficacia.
Creo, por consiguiente, que abordamos un debate legítimo y complejo, que en su propia naturaleza debiera sustraernos de argumentos que, de algún modo, compartan alguna forma de descalificación de las diversas posiciones. Ello, frente al emplazamiento hecho a las bancadas de la Concertación por los colegas Espina y Chadwick en cuanto a aprobar el proyecto, sugiriendo que la línea divisoria de quienes tienen una efectiva disposición de luchar contra el terrorismo y de quienes no la tienen pasa por medio de quienes puedan votar a favor o en contra de este proyecto.
De la misma forma, quiero señalar que me parece inadecuada la línea argumental de algunos colegas de mi bancada, en el sentido de que las medidas propuestas por el proyecto comportan una inmoralidad intrínseca. Podemos tener diversos puntos de vista sobre las complejidades políticas, jurídicas y éticas de este tema, pero quiero decir que el Gobierno del Presidente Aylwin no propone inmoralidades.
Dicho esto, voy fundar mi voto favorable al proyecto y me haré cargo de algunos de los argumentos que se han esgrimidos para objetarlo.
Básicamente, se proponen exenciones o rebajas de penas, o ambos beneficios a la vez, a terroristas que se disocien de la organización a la que pertenecen y que colaboren con la acción de la justicia, entregando información que permita prevenir futuros actos terroristas o contribuya a desarticular la banda de que se trate.
Apoyo estas medidas y votaré a favor, porque tengo la convicción profunda de que sirven al propósito y fundamento expresados en el mensaje.
Desde el punto de vista jurídico, las proposiciones del proyecto se inscriben en la doctrina universalmente consagrada de atenuar la responsabilidad penal del delincuente que colabora con la acción de la justicia.
Desde un punto de vista ético, está al servicio de valores superiores, como lo son la paz, la erradicación de la violencia y la protección de los derechos humanos de los ciudadanos, y abre una puerta efectiva al arrepentimiento y abandono de la violencia por quienes la están practicando.
Desde un punto de vista político, promueve y favorece, abriendo un camino eficaz, la reinserción de personas que abandonan la violencia y decidan integrarse a la sociedad.
Finalmente, desde el punto de vista de la eficacia policial para combatir el terrorismo, se abre un mecanismo para obtener información indispensable, que sería imposible de obtener por otras vías que no sean la guerra sucia, y la represión violatoria de los derechos humanos que conocimos en el pasado con sus latrocinios intolerables.
Quiero hacerme cargo, señor Presidente, de los argumentos que se han dado en el debate para objetar este proyecto.
Vislumbro en las intervenciones de los colegas que se han pronunciado en contra, cuatro líneas de argumentación:
Se ha desarrollado una argumentación que me ocasiona cierta dificultad porque, en cierto modo, desde un punto de vista relativiza la reprochabilidad moral de la violencia terrorista que el país está viviendo.
Yo lo entiendo así cuando se nos interpela por algunos Diputados a entender el "contexto" en que surgió la violencia en Chile, o se señalan casos como que "no es lo mismo asumir posiciones violentas en un país desarrollado que en uno en desarrollo".
Yo no puedo compartir esta línea de argumentación. No existe otra posibilidad de analizar definitivamente la violencia de la sociedad chilena y ganar una paz sólida para todos que no sea asumir toda la premisa moral, jurídica y política de que aquella es inaceptable y absolutamente reprochable siempre
Debemos tirar por la borda, unos y otros, la teoría del "contexto" para explicar lo inexplicable.
Ha rechazado por inaceptable la teoría del "contexto" con que sectores políticos han pretendido explicar los tres mil asesinatos de chilenos por los Servicios de
Seguridad de la dictadura, denunciadas en el Informe Rettig.
De la misma forma, quiero decir que ningún "contexto" puede llamamos a utilizar la inmoralidad de ninguno, ni siquiera de uno solo de los asesinatos por acciones terroristas sucedidos en el país desde el 11 de marzo de 1990 hasta la fecha.
Por consiguiente, la base suficiente para impulsar este proyecto por el Gobierno es la argumentación ético-jurídica de que el terrorismo es un delito gravísimo, una lacra moralmente inaceptable y, como ha señalado el señor Ministro de Justicia, contraría a los derechos humanos en todo sentido, que debemos combatir con toda energía.
En segundo lugar, se ha sostenido que la figura propuesta en el proyecto sería o comportaría una suerte de anormalidad jurídica, sin soporte doctrinario sólido.
Creo que el informe a la Sala del Diputado Espina es suficientemente ilustrativo sobre el punto y deja claro que no es así.
Sin embargo, creo que no está de más señalar, como ya lo he dicho, que obviamente la figura propuesta se inscribe en la doctrina que en materia penal sustenta la atenuante de responsabilidad del que colabora con la acción de la justicia.
A mayor abundamiento, baste recordar que una figura similar está contemplada ya en nuestra legislación, por ejemplo, en el artículo 8Q de Código Penal que consagra la impunidad para quien desiste de la ejecución de un crimen o simple delito que estaba en fase de conspiración o proposición, con tal que lo denuncie a la autoridad.
De la misma manera, el artículo 23 de la Ley de Seguridad Interior del Estado rebaja la pena de quien siendo responsable de un delito penado en la ley revela antecedentes útiles para la comprobación del cuerpo del delito, individualización de los culpables o frustración de sus propósitos.
Asimismo, es conocido por los Honorables Diputados el hecho de que la legislación de países que han enfrentado el fenómeno terrorista, como Francia, Alemania, España o Italia, con modalidades parecidas, han consagrado instituciones como el testigo de corona o "terrorista arrepentido", que buscan favorecer la disociación de personas de las bancadas terroristas y la atenuación de responsabilidad penal por colaborar con información a la acción de la justicia.
Dicho sea de paso, en Italia y España estas legislaciones han contribuido eficazmente a sus propósitos.
En tercer lugar, se ha cuestionado, desde un punto de vista ético, inducir a la declaración, porque se sustenta en quebrantar el valor de la lealtad.
Yo, en esto, quiero ser muy claro. No es posible, señor Presidente y Honorables colegas, desde mi punto de vista, separar el principio de la lealtad del soporte moral de la causa a que se sirve.
La lealtad no es un valor moral en sí mismo, o abstracto. Hay lealtad con buenas causas y lealtad con malas causas. Que me perdonen los colegas que han esgrimido este argumento, pero puedo discernir moralmente para señalar que no es lo mismo, para los efectos de los valores esenciales que sustenta nuestra sociedad, la lealtad de sus Oficiales con el General O'Higgins, que la de sus sicarios con Pablo Escobar, o la lealtad de sus Oficiales con el Capitán Prat, en la Esmeralda, que la de sus pistoleros con Al Capone, en Chicago, en los años 30.
Es imperativo discernir moralmente en cada caso, y en el hecho lo que pone en juego una institución como la del arrepentimiento eficaz de este proyecto, es un conflicto entre dos lealtades de rango moral distinto: la lealtad de un terrorista con la banda a que pertenece, que es la que permite la preservación del juego terrorista y la impunidad de sus responsables, y la lealtad de esta misma persona, en su condición de ciudadano, con las instituciones democráticas y los valores que sustenta nuestra organización social.
Vistas así las cosas, yo jamás podría tener un reproche moral por las disposiciones legales que permitieran la desarticulación de las Brigadas Rojas, en Italia, cuando esa sociedad se estremeció hasta sus cimientos, en 1978, con el asesinato del Aldo Moro, que abrieron paso a que miembros de esa banda colaboraran con la acción de la justicia.
Tampoco podría merecerme, ni la merece, y lo digo con toda claridad, reproche moral, una legislación que hizo posible que Armando Fernández Larios, en un momento, optara por la lealtad con la verdad y la justicia antes que con sus compinches y mandantes en el asesinato de Orlando Letelier, que todo el país sabe quienes son.
Y finalmente, señor Presidente, analizando el proyecto con cierto rigor, veremos que su fundamento moral, más que inducir a la delación a cambio de un premio, lo que hace es abrir un cauce legal al arrepentimiento y disociación de una persona para participar en una organización terrorista, a partir de una decisión unilateral qué nace voluntariamente en su conciencia.
En cuarto lugar, se ha objetado el proyecto porque carecería de eficacia para combatir el terrorismo.
Creo, señor Presidente, que al contrario de quienes han sostenido esto, el proyecto y las figuras en él consagrados son esenciales para la eficacia de la única lucha posible contra el terrorismo en un Estado de Derecho, porque obviamente estamos por luchar, por erradicar el terrorismo de nuestra sociedad dentro de las reglas del Estado de Derecho, ya vivimos los chilenos lo que significó: servicios policiales opresivos, actuando al margen de la ley, violando los derechos humanos y la comisión de latrocinios intolerables para obtener información.
La desarticulación de la democracia, y respetando los derechos humanos de las organizaciones terroristas, sólo puede avanzar con eficacia a partir de una acción policial fuertemente sustentada en el trabajo de información o inteligencia.
Yo les pido a los distinguidos colegas que han objetado la eficacia del proyecto, que respondan dos preguntas:
1. ¿Existen alternativas policiales eficaces y éticamente aceptables para luchar contra el terrorismo en un Estado de Derecho sin la obtención de información adecuada?
La respuesta, obviamente, es no.
2. ¿Es posible avanzar en la obtención de esta información si ella no proviene de quienes integran o colaboran con las organizaciones terroristas?
La respuesta es, obviamente, no.
Ello pone de manifiesto no sólo la eficacia sino la propia necesidad de este proyecto para viabilizar una acción antiterrorista eficaz en el marco de la ley y el respeto a los derechos humanos.
Por todas estas razones, señor Presidente, y profundamente convencido de que se trata de un proyecto jurídicamente sustentable, moralmente aceptable y que crea mecanismos eficaces para combatir el terrorismo en una sociedad democrática, facilitando la reinserción de quienes abandonen la violencia, es que voy a votarlo favorablemente.
He dicho.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente:
"La que esta noche se inicia es casi plenamente paz. Pero no es todavía la paz completa, porque lo que comienza es una tregua; porque aún están en trámite -aunque con excelentes augurios- acuerdos con otras formaciones alzadas en armas; y porque, sobre todo, mientras subsistan las injusticias sociales no habrá la "paz en la tierra a los hombres de buena voluntad" que predica el Evangelio, puesto que siempre se supo que paz es el nombre de la justicia".
He querido reproducir estas hermosas expresiones del Presidente Belisario Betancur, de Colombia, que pronunciara el 27 de mayo de 1984, víspera del inicio de la tregua pactada con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de ese hermano país, que tantas víctimas y dolor causaron al pueblo colombiano, y que cobran vigencia en este momento de Chile cuando todos estamos empeñados en alcanzar la plena pacificación ciudadana, tratando que todos los grupos terroristas que han actuado y actúan aún en nuestro país depongan su actitud de muerte y terror en su búsqueda de la justicia por caminos torcidos, y se reinserten en la normalidad política-institucional, con preeminencia del Derecho y la autoridad del Estado. Porque sólo así haremos posible el definitivo triunfo de la democracia en nuestra patria y su estabilidad para siempre.
El Gobierno del Presidente Aylwin ha enfrentado, desde que asumió el poder, la solución del problema de los grupos terroristas, buscando a través de diversas iniciativas terminar con su acción criminal: las reformas a la ley sobre conductas terroristas, la Ley de Seguridad Interior del Estado, el Código de Justicia Militar, el Código Penal y otros cuerpos legales que tienen relación con la delincuencia. En relación con el problema carcelario, se dictó la ley de indultos que permitió disminuir la población penal en 1.600 personas. Asimismo, patrocinó el proyecto de aumento de las dotaciones de Carabineros, Investigaciones y Gendarmería, las reformas a la legislación sobre los delitos de hurto y robo, la ley sobre Ministros Suplentes, la ley sobre legítima defensa calificada; etcétera.
Hoy pretendemos, perfeccionando nuestra legislación, sancionar la posibilidad de desarticular las organizaciones terroristas, no para legitimar la delación, como aquí se ha dicho, sino para permitir que el delincuente arrepentido pueda reinsertarse en la sociedad.
Nadie puede oponerse a que se denuncie la existencia de acciones de narcotráfico, corrupción de menores, contrabando; y la ciudadanía aplaudiría que participantes en dichos delitos, arrepentidos y reinsertos a su propia conciencia moral, den cuenta a la autoridad, en forma oportuna, de los planes delictivos, impidiendo con ello la consumación delictual. Lo mismo, en los casos de terroristas arrepentidos.
Debemos legislar sobre esta materia, contemplar rebaja de penas, suspensión de condenas para todos aquellos que han resuelto colaborar con la justicia informando sobre la organización terrorista, individualizando a sus miembros y entregando antecedentes relevantes para impedir su acción.
Mas, señor Presidente y Honorable Cámara, con espíritu cristiano y con verdadera caridad, debemos agotar todos los medios posibles de persuasión para que esos compatriotas nuestros equivocados, que tal vez sinceramente buscan con sus métodos violentos alcanzar la justicia social para nuestro pueblo, retomen el camino de la democracia, que se reinserten a nuestra sociedad porque también tienen un lugar. Y así todos, en un intento sereno y responsable, busquemos cómo superar todas las dificultades que existan para lograr un mundo más libre, más justo, más solidario.
He dicho.
El señor ROJO.-
Señor Presidente, los desafíos que presenta la seguridad ciudadana son variados y complejos, y exigen, para enfrentarlos, la participación y colaboración de todos. El país ha manifestado su preocupación y alarma ante la acción persistente de la delincuencia y del terrorismo.
El Supremo Gobierno, recogiendo este sentir ciudadano, envió al Congreso Nacional un proyecto de ley que incorpora al Código Penal el delito de omisión y modifica la ley Ne 18.314, que determina conductas terroristas.
Lamentablemente, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, rechazó la incorporación en el Código Penal del delito de omisión, hecho que nos ha llevado a presentar una indicación para reponer dicha figura. Nuestro Derecho contempla la responsabilidad por omisión en diversas disposiciones, y la propia definición de "delito" la considera entre sus elementos constitutivos al decir: "es toda acción u omisión penada por la ley".
El proyecto sanciona a quien, pudiendo hacerlo y sin riesgo propio o ajeno, no impida un delito contra la vida, la integridad corporal, la salud y la libertad de las personas. Se trata de obtener la participación activa de la comunidad en la lucha contra la delincuencia y terminar con la conducta de mero observador, en circunstancias de que, sin exponerse a recibir un daño, pudo evitar la preparación o consumación del hecho ilícito. Las normas que regulan las conductas no sólo deben establecer prohibiciones, sino deberes positivos que vayan en protección de los derechos esenciales de las personas.
Las reformas a la ley de conductas terroristas tienen como objetivo desarticular, desmantelar a las asociaciones, grupos o bandas terroristas.
En Italia, Francia, Alemania y España se han establecido diversas normas para incentivar el abandono voluntario de actividades delictivas, eximiendo de sanción o rebajando la pena, en su caso, a quien se presente a las autoridades confesando los hechos en que hubiere participado, siempre que el abandono por el culpable de su vinculación criminal hubiere evitado o disminuido sustancialmente una situación de peligro, impidiendo la producción del resultado dañoso o coadyuvando eficazmente a la obtención de pruebas decisivas para la identificación o captura de los responsables.
Los opositores al proyecto sostienen que la delación es contraria a los principios propios de nuestro pueblo; que el terrorismo en nuestro país tuvo un origen justificable al haberse organizado para lograr cambios políticos; que las reformas propuestas atentan en contra de las organizaciones populares, dejando en la impunidad las acciones de los terroristas de Estado.
Olvidan los detractores que el terrorismo, cualquiera que sea su origen o motivación, es intrínsecamente perverso, cruel e inmoral; que es necesario desarticular estas instituciones terroristas; que el legislador debe considerar la situación del arrepentimiento eficaz; que debe estimularse el abandono de los grupos terroristas; que es obligación de toda la comunidad evitar la consumación de delitos terroristas que causan muerte y daño a víctimas inocentes; que la verdadera lealtad debe siempre construirse en hechos lícitos, en valores, y no transformarse en complicidad o encubrimiento.
La lucha contra el terrorismo requiere no sólo de un enfoque represivo o judicial. Es necesario aislar políticamente al terrorista; debe facilitarse la entrega de las armas; deben darse facultades a la policía que le permitan actuar frente al terrorista que desee colaborar; debe considerarse la situación del terrorista arrepentido.
El proyecto establece, en primer lugar, la disociación y confesión, y exime de sanción al que, sin haber cometido otro delito, se disocie de la asociación ilícita terrorista y voluntariamente entregue o revele a la autoridad información, antecedentes y elementos de prueba que sirvan eficazmente para prevenir, impedir la perpetración o consumación de delitos terroristas o para desarticular la asociación.
En segundo lugar, faculta al juez para rebajar la pena al que haya tenido participación en otros delitos, se disocie y colabore con la justicia.
En relación con el condenado que se disocia, confiesa y proporciona antecedentes y pruebas para acreditar delitos y determinar responsabilidades, el juez queda facultado para suspender condicionalmente la pena.
Se incorpora a nuestra legislación penal la institución de la suspensión condicional de la pena. Esta institución, que representa un gran avance, estaba considerada exclusivamente en nuestro Derecho para el caso de las faltas, y es aplicada en determinadas circunstancias por los jueces de policía local.
Este beneficio consiste en suspender el cumplimiento de la sentencia por un tiempo determinado, y si en este período no se incurre en nuevos delitos, queda perdonada la sanción. Si, por el contrario, comete otras acciones delictivas, deberá cumplir la pena suspendida y las nuevas condenas que se le impongan.
El proyecto establece un período de suspensión equivalente a los 2/3 del tiempo de la condena y de 20 años si la pena fuere de presidio perpetuo o de muerte.
Las iniciativas analizadas representan un avance, una modernización de la legislación penal en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia, que ha pretendido entronizarse en nuestra sociedad.
He dicho.
El señor DEVAUD.-
Señor Presidente, Honorable Cámara:
Ciertamente, en el debate generado en la Cámara sobre la modificación legal que admite la delación compensada, creando una excusa legal absolutoria, una atenuante especialísima de responsabilidad penal y una medida alternativa de parte de la pena restrictiva o privativa de libertad, se han expresado los fundamentos técnicos de quienes apoyan el proyecto, como de aquellos que lo rechazan.
Por mi parte, habida consideración de mi voto negativo a este proyecto, quiero argumentar desde el punto de vista de la pena y de su aplicación; y para ello, nada mejor que desarrollar un ejemplo posible que, en mi concepto, evidencia un tratamiento injusto.
Así, si un grupo terrorista decide la eliminación de tres personas, por medio de tres ejecutores distintos y en distintos lugares, puede darse la siguiente situación: 1) Que uno de los ejecutores logre realizar su designio criminoso, consumando el delito de homicidio en la persona que se propuso. 2) Que los otros dos terroristas no hayan logrado su propósito, sino que su delito haya sido en grado de tentativa. 3) Que el primero de los ejecutores, que logró la consumación y agotamiento de su designio criminoso, negocie su condena, denunciando a los otros dos que llegaron hasta el grado de tentativa, y cumpla con las exigencias del tipo ' penal que se propone en el proyecto, esto es, que entregue o revele información o ayude eficazmente a la desarticulación de la asociación ilícita terrorista, o parte de ella, y se disocie de la misma. 4) Las situaciones descritas pueden significar: a) Que los autores de delito de homicidio en grado de tentativa reciban una pena superior a la de aquel que agotó su designio criminoso y consumó el delito de homicidio. b) Que, además de la pena rebajada en uno, dos o tres grados que puede beneficiar al terrorista que agotó el delito, también le puede ser aplicable el beneficio de la suspensión condicional de la pena y cumplir sólo un tercio de la pena rebajada.
Y eso significa, en definitiva, que en la situación descrita los autores de tentativa de homicidio tendrán una pena mucho más elevada que aquel que comete el delito, lo consuma y lo agota, lo que, a todas luces, aparece como una injusticia evidente y, por lo menos, crea la duda acerca de una eventual infracción al artículo 19, N° 2, de la Constitución.
Estas razones, y otras que no alcanzaré a analizar, como la creación de una excusa legal absolutoria, sustentan mi voto negativo a este proyecto de ley.
He dicho.
El señor ALVAREZ-SALAMANCA.-
Señor Presidente, hoy nos encontramos frente a un iniciativa concreta, que esperamos se apruebe por esta Sala, para combatir eficazmente el terrorismo.
Hoy veremos en esta Sala cuán verdadera es la preocupación que todos han manifestado frente al fenómeno terrorista.
Al terrorismo se le combate con voluntad y decisión. Espero que todos los Diputados en esta ocasión muestren esa voluntad y esa decisión votando favorablemente el proyecto.
Hay quienes hablan permanentemente de "combate al terrorismo". Académica y retóricamente elaboran complicadas teorías con respecto a él, pero llegado el momento de implementar leyes u otras medidas para poner término a esta lacra social, buscan y rebuscan argumentos para no asumir actitudes drásticas frente a delincuentes que se escudan en "utopías, pasadas de moda" para cometer sus fechorías.
Es así como en sus planteamientos, frente al drama que sufren las víctimas del terrorismo, esgrimen el argumento de la lealtad y señalan, con total desparpajo, que es contrario a la tradición chilena el que los copartícipes de una agrupación denuncien a quienes los acompañan en sus acciones.
Quien pueda sostener esto, no tiene la menor idea de lo que siente el chileno frente al terrorismo.
¡Qué lealtad puede existir para quienes no tienen límites morales y están dispuestos a cercenar vidas de personas inocentes!
La memoria de quienes tienen esas peregrinas teorías acaso olvidan la indignación ciudadana que provocan atentados tan despreciables como aquellos que afectan casi diariamente a carabineros.
Abundar en palabras está de más. Hoy se necesitan hechos por parte de todos los chilenos y voluntad decidida de terminar con el terrorismo. Cada cual en lo suyo. Como Diputado, apruebo el proyecto.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Los Comités de la Democracia Cristiana y Radical han solicitado votación secreta.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En votación la petición de votación secreta.
El señor CHADWICK.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Hay que votarla, lo decide la Sala.
El señor LEAY.-
Debe haber debate.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
No hay debate; sólo corresponde votar la petición.
El señor CHADWICK.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor CHADWICK-
Señor Presidente, corresponde abrir debate sobre el tema. Nos gustaría saber cuáles son los fundamentos de la petición, porque no estamos en favor de ella.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Según el artículo 161 del Reglamento, no hay debate. Sólo se vota.
En votación la petición.
Si le parece a la Sala, como existe abierta mayoría para rechazar la solicitud de votación secreta, se rechazará.
Rechazada.
-Aplausos en las tribunas.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Advierto a las personas que están en las tribunas que no pueden hacer manifestaciones.
Los Comités de la UDI y de Renovación Nacional solicitan que la votación sea nominal.
En votación la petición.
Si le parece a la Sala, como existe abierta mayoría para que la votación sea nominal, se aprobará.
Aprobada.
El señor Prosecretario tomará la votación.
Hago presente a la Sala que los señores parlamentarios pueden decir: sí, no, me abstengo o estoy inhabilitado. No hay pareos.
El señor CAMPOS.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Campos.
El señor CAMPOS.-
Señor Presidente, en la votación nominal, ¿los parlamentarios podemos fundamentar el voto?
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Según el Reglamento, en la votación nominal sólo podrán fundamentar el voto por espacio de cinco minutos, cada uno de los jefes de Comités o, en su defecto, los Diputados de su Partido, que éste designe, hasta por un máximo de tres, por dos minutos cada uno.
En votación.
-Durante la votación.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Pizarro.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Señor Presidente, se establece que cada jefe de Comité podrá fundamentar su voto, y aparte de los jefes de Comités se puede autorizar a tres personas. Vamos a autorizar al colega Elizalde, por dos minutos.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
¿En vez del jefe de Comité?
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Tenemos cuatro Comités.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
¿Cuál es el Comité que no va a hablar de la Democracia Cristiana y que autoriza al Diputado Elizalde?
El señor PIZARRO (don Jorge).-
El Diputado señor Carrasco.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Muy bien. Tiene la palabra el Diputado señor Elizalde.
El señor ELIZALDE.-
Señor Presidente, si hoy se requieren herramientas para terminar o aminorar el flagelo terrorista, si hoy se necesita proteger al régimen democrático y garantizar la seguridad de las personas, si hoy se desea terminar con el asesinato aleve, con los rostros tapados y ocultos, de quienes son incapaces de dar la cara frente a la defensa de sus propias convicciones, ésta es la oportunidad.
Por eso, voy a votar que sí, señor Presidente.
El señor ESCALONA-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
¿Está autorizado, señor Diputado?
El señor MOLINA.-
Sí.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente, lamento que, aun cuando me inscribí con bastante anterioridad, no se me haya dado la palabra en el curso de la mañana. Por lo tanto, la argumentación tendrá que producirse en el estrecho marco de dos minutos.
Voto en contra del proyecto de ley, porque conlleva en sí un factor de desnaturalización e, incluso, de descomposición del ordenamiento jurídico del país.
En mi opinión, el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es unilateral, en cuanto la comparación con otros Estados excluye algunas particularidades fundamentales. Por ejemplo, al contrario del proyecto, la famosa legislación respecto de los arrepentidos de las "brigadas rojas", los llamados "pentitis", fue hacia atrás. Además, su artículo principal, relativo al "arrepentimiento más eficaz", fue válido por 120 días, a partir de la publicación de la ley.
En el caso de la República Federal Alemana, el cuerpo legal tuvo una duración de tres años y sobre él hubo una ardua polémica, en la cual más de cien constitucionalistas de prestigio expresaron por escrito su disconformidad, por cuanto se violaron cuatro principios básicos, por lo menos, del ordenamiento jurídico legal. Por ejemplo, el de igualdad ante la ley, el de que el acusado debe conocer al acusador, el de que el Estado no puede asociarse con criminales y el de que la ley debe ser eficaz.
En los casos citados la legislación fue extraordinariamente rigurosa, minuciosa y correspondió a situaciones de crisis de Estado -que no es el caso-, a situaciones históricas completamente agotadas.
Estos antecedentes fueron ignorados en el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, lo que hizo que el debate se distorsionara y se planteara equivocadamente ante la opinión pública.
He dicho.
El señor FAULBAUM.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor FAULBAUM.-
Señor Presidente, rechazo el proyecto porque el verdadero arrepentimiento no se encuentra a través de premios, como las rebajas de las penas que establece.
El señor HUEPE.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor HUEPE.-
Señor Presidente, apruebo la disposición por dos razones fundamentales.
En primer lugar, es necesario dar todos los instrumentos legales que hagan posible el término de la lacra del terrorismo que afecta al país.
Además, permitirá aclarar crímenes que han conmovido a nuestra patria, como el de Tucapel Jiménez, de los degollados y otros.
La segunda razón tiene que ver con la obligación del Estado de imponer ciertas normas. Nadie puede objetar que a través del ordenamiento jurídico proteja a la sociedad que observa la ley y practica los valores de la democracia.
He dicho.
El señor LATORRE.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor LATORRE.-
Señor Presidente, mi voto es de aprobación al proyecto por una idea que ha estado siempre presente en el debate.
El terrorista actúa solo o en grupo. Se aprovecha de la confianza que le da la sociedad. En consecuencia, es desleal con ella.
En los países desarrollados, el principal problema para enfrentar las prácticas terroristas es la infiltración -utilización indebida de la confianza- para cometer atentados contra personas o contra la sociedad.
Por lo tanto, en mi opinión, en la discusión del proyecto no cabe hablar de lealtad. Todo vale para impedir las prácticas terroristas en el país.
He dicho.
El señor LETELIER.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, el proyecto es de gran importancia. Sin embargo, lamento el nombre de "delación compensada" y "arrepentimiento eficaz" para la institución penal que autoriza.
Debió utilizarse otra nomenclatura, como "confesión pactada" o "declaración concordada", que indican mejor que es algo voluntario de la persona involucrada.
En segundo lugar, el proyecto está condicionado por el contexto histórico, por la transición después de la dictadura. Si logramos hacer abstracción de esto, quiere decir que la institución -que existe parcialmente en nuestra legislación- es eficaz para defender el bien común, la seguridad individual y colectiva del país. Pero la realidad hace que pesen argumentos éticos y valóricos.
El proyecto requiere correcciones significativas. Es necesario garantizar la ampliación de sus alcances a otros ámbitos, como el narcotráfico y el terrorismo; que la institución es eficaz para luchar contra la delincuencia y los homicidios, que es útil -como dijo el Diputado señor Espina- para reparar crímenes cometidos por el terrorismo de Estado, con anterioridad, para lo cual, según mi apreciación, tal como está no sirve.
En el entendido de que hay compromiso para mejorar el proyecto en el segundo trámite será mejorado, que lo dicho por parte de los colegas de la Oposición se cumplirá y el instrumento será útil para clarificar casos del pasado, como el de los degollados y otros; en el entendido de que el proyecto será complementado con una política de reinserción efectiva de quienes abandonen las organizaciones ilícitas o su vinculación con organismos terroristas, sin lo cual será inútil e ineficaz. En el entendido de que el proyecto es eficaz para atender el llamado para reinsertarse en la sociedad hecho por el señor Malbricht, representante del Movimiento Patriótico Manuel Rodríguez, lo apruebo.
He dicho.
El señor MARTINEZ (don Gutenberg).-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor MARTINEZ (don Gutenberg).-
Señor Presidente, haré algunas consideraciones para fundamentar mi voto.
Debemos felicitamos, fundamentalmente los colegas que han intervenido, porque el debate ha sido estupendo. Debe producirse en la Cámara como método para resolver cuestiones de fondo. Sin embargo, me preocupa y lamento que temas de este nivel se enfrenten con carácter bloquista. Es importante el diálogo; que los discursos no sólo sean para fijar posiciones, sino también para convencer al resto de los colegas. He percibido el espíritu de bloque en el debate de la Cámara, y me preocupa esta actitud bloquista.
Por otra parte, el proyecto supera contingencias. En esta perspectiva, debemos tomar la decisión, sin instrumentalizarlo políticamente, sobre todo por quienes lo votan en contra.
Como dijo el colega Letelier, es importante introducir modificaciones en la legislación en estudio, para que las figuras jurídicas sean eficaces en la lucha contra la delincuencia, en todos los frentes en que se presente.
En esta perspectiva, con la idea de que el proyecto se ampliará a otros campos y perfeccionará, como sin duda se hará en la Comisión de Constitución, lo apruebo.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente, no es afortunado el título "delación compensada". Es evidente que significó que los detractores confundieran el enunciado semántico. Lamentablemente, ya no se cambió.
Mi voto es favorable al proyecto. En conciencia y doctrinariamente, creo que el terrorista que denuncia o acusa lo hace motivado por un principio moral superior. Además, desde el punto de vista sicológico puede significar todo un proceso de rehabilitación moral y siquiátrica.
El terrorista y su organigrama estructural representan la alienación y la distorsión de los valores, por cuanto postulan una sociedad que justifica la coactividad y la violencia como forma única de lucha para instaurar su ideología política. Niegan toda opción pluralista al diálogo y a la democracia.
Por eso, estoy convencido de que la delación compensada -señalada así semánticamente- es un mecanismo digno de ser consagrado en la legislación penal antiterrorista.
Voto que sí, señor Presidente.
El señor ORTEGA.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ORTEGA.-
Señor Presidente, hemos hecho un esfuerzo enorme por construir un camino hacia la paz en Chile, hacia la reconciliación, hacia el reencuentro de todos los chilenos. Quienes militamos en la Democracia Cristiana y en los Partidos de la Concertación, hemos contribuido fundamentalmente al proceso, al abrir camino a muchos jóvenes, a muchos pobladores que también han tenido la tentación de la violencia y del terrorismo. Frente a persecuciones o allanamientos encontraron camino en la política, un camino realmente eficaz para luchar por sus ideales.
Si ayer construimos un camino hacia la paz, el arrepentimiento, que es un valor cristiano esencial, puede ser también una vía para consolidar la paz en Chile.
Por esa razón, no sólo apoyamos este proyecto, sino que, además, llamamos a quienes han contribuido a la violencia y a los actos terroristas para que ejerciten el arrepentimiento que esta iniciativa posibilita, con el fin de resolver muchos casos que la justicia todavía no ha solucionado, como desaparecimientos y crímenes cometidos en el país.
Por eso, señalamos que la consecuencia política de la acción de la Concertación es seguir luchando por la paz y por la reinserción social y en conciencia, señor Presidente, voto que sí.
El señor PALMA (don Andrés).-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, la discusión de este proyecto de ley ha estado marcada por argumentos vinculados a la cuestión moral. Creo, sinceramente, que es ético y moral aprobar esta modificación legislativa. La sociedad democrática debe preservar el Estado de Derecho y defenderse de los grupos que luchan por destruirla, por desestabilizarla o que utilizan sus espacios libertarios para actuar en perjuicio de otros. Es un deber moral ayudar a esta tarea, utilizando métodos democráticos. Premiar a quien ayude a desarmar los grupos que atenían contra la democracia es lícito.
Por estas razones, pido que consideremos la posibilidad de incluir en esta normativa no sólo aquellas materias vinculadas al terrorismo, sino todas aquellas que admitan la existencia de grupos organizados para cometer delitos. Como el objeto es ayudar a destruir una organización establecida para cometer delitos, entonces es posible beneficiar a quienes estén dispuestos a desarmar a esos grupos y a dar estabilidad a la democracia. Lo que aquí se propone es premiar a quien voluntariamente esté dispuesto a asumir los valores democráticos de la sociedad, cuestión que hoy día ocurre en muchos países democráticos.
También puede considerarse una ampliación de las opciones del afectado, que hoy sólo puede beneficiarse con el término de los apremios a que se le suele someter, como hemos podido ser testigos, recientemente, también respecto de temas vinculados con el terrorismo, con lo policial y lo político.
Se podrá argumentar que esta modificación no resuelve en su totalidad el problema, pero, sin duda, va en el sentido correcto.
Se compara también esta norma con los procedimientos de delación que aplicó la Dina y sus sucesores. La comparación no es válida, no sólo porque los procedimientos del terrorismo de Estado en nada dicen relación con el contenido de este proyecto de ley, sino también porque en dictadura -cuando actuaba la Dina-, por definición, las leyes no se cumplen o no son necesarias: basta la fuerza.
Esto es justamente lo que queremos superar en cuanto al pasado y evitar en el futuro.
Esta modificación y las que espero vendrán, para aplicar esta norma a todo tipo de asociaciones ilícitas, ayudarán a preservar la democracia.
Por eso, voto que sí.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Pido la palabra.
El señor MONTES.-
No tiene derecho, reglamentariamente.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Quiero aclarar que, según el artículo 158 del Reglamento, puede hablar el Comité o delegar dicha opción en tres Diputados, quienes pueden hacer uso de la palabra hasta por tres minutos. Por lo tanto, si la bancada de la Democracia Cristiana tiene varios Comités, es lógico que pueda delegar en los señores Diputados que estime conveniente.
El señor ESTEVEZ.-
Pido la palabra para plantear una cuestión reglamentaria.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ESTEVEZ.-
Señor Presidente, pido que los criterios reglamentarios sean estables durante el transcurso de una votación, porque esta fundamentación de voto se inició bajo otras reglas, que usted señaló en la Sala. Por esa razón, algunos parlamentarios no fundamentamos nuestros votos.
Entonces, no me parece prudente que en el transcurso de la votación usted cambie la interpretación del Reglamento.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
No. Yo leí claramente el contenido del artículo 158, que además todos deberían conocer. Otra cosa es que no prestaran atención. Su inciso primero dice: "En la votación nominal sólo podrán fundar el voto por espacio de cinco minutos, cada uno de los jefes de Comités o, en su defecto, los Diputados de su Partido que éste designe, hasta un máximo de tres, por dos minutos cada uno".
Más claro no puede ser.
El señor SCHAULSOHN.-
¿Me permite una observación reglamentaria, Presidente?
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor SCHAULSOHN.-
Es bien claro, pero absolutamente opuesto a la interpretación que da usted. Escuchándolo ahora, como lo hice al principio -por eso me pareció razonable la interpretación que dio originalmente- no veo cómo suma tres por cada Comité. Pero no importa. Lo que quiero decir es que, de buena fe, aquí hemos entendido reglas completamente distintas a las que usted ha cambiado en medio de la votación.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aquí dice claramente: "... o, en su defecto, los Diputados de su Partido que éste designe, hasta un máximo de tres".
El señor SCHAULSOHN.-
Pero usted dio una explicación que nos hizo suponer que eran tres personas.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Ese fue el error de ustedes.
El señor SCHAULSOHN.-
Ese fue el error de la Mesa, señor Presidente. Sea un poco autocrítico.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
No.
El señor SCHAULSOHN.-
Todos lo hemos entendido de esa manera.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Sobre este punto, lo he sido muchas veces, pero ahora creo que ustedes se han equivocado.
El señor SCHAULSOHN.-
Usted ha cambiado las reglas de la votación en medio de ella.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jorge Pizarro.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Señor Presidente, en uso de la facultad que me otorga el artículo 158, quiero fundamentar mi voto respecto de este proyecto de ley.
En primer lugar, es fundamental destacar que este proyecto de ley forma parte de un conjunto de normas y de acciones que el Gobierno democrático del Presidente Aylwin está llevando adelante para enfrentar el problema del terrorismo, de la violencia, de la delincuencia. El refleja la voluntad política del Gobierno de la Concertación en el sentido de que este problema debe ser enfrentado -como lo han dicho varios colegas que han usado la palabra- en conjunto por toda la sociedad, por todos quienes tenemos una responsabilidad y la posibilidad de hacerlo en forma eficiente y eficaz. Estoy hablando de los partidos políticos, de los actores sociales, de todos aquellos que pertenecemos a la sociedad. Sólo en democracia se pueden enfrentar el terrorismo y la violencia con eficacia, transparencia y confianza en quienes tienen la obligación o la responsabilidad de velar por el orden público y la seguridad ciudadana.
De manera que este proyecto de ley es una de las iniciativas que el Gobierno ha estado implementando para ir solucionando, concretamente, el problema del terrorismo. Desde este punto de vista, a mi juicio, debemos aprobarlo.
Quería hacer esta salvedad, porque a veces da la sensación, por las intervenciones de algunos colegas, de que podría crearse, en la opinión pública el prejuicio de que no ha habido una voluntad política real de parte de la Concertación o del Gobierno del Presidente Aylwin para enfrentar al terrorismo. Por el contrario, existe una reafirmación de esa voluntad política, la cual se ha traducido en proyectos y, además, en el fortalecimiento del trabajo de los organismos policiales. Tan importante como una iniciativa de esta naturaleza es, por ejemplo, el hecho de que el Gobierno, desde el primer día en que asumió el Presidente Aylwin, ha hecho un esfuerzo gigantesco para devolver la credibilidad y la confianza de la ciudadanía en los organismos policiales encargados de la seguridad. Y todos sabemos porqué tuvimos que hacer eso.
No se trata de mirar hacia atrás, señor Presidente. Este proyecto ayuda a la reinsertación de aquellos individuos o ciudadanos que han incurrido en el error de creer que la violencia o la lucha armada puede ser una alternativa. Esta normativa ayuda a desarticular y a disolver las organizaciones terroristas. Ayuda también -como se ha dicho- a establecer la verdad plena en muchas violaciones a los derechos humanos, en muchos delitos terroristas cometidos durante el régimen militar por organizaciones ilícitas, al amparo de dicho régimen. Y ése también es un antecedente que debemos tomar en cuenta.
Se ha planteado el problema de conciencia. Yo respeto a los colegas que rechazan este proyecto de ley; pero hay un tema que no puedo aceptar, cual es que se plantee que quienes lo rechazan están por defender el terrorismo. Algunos colegas de la Derecha lo han manifestado con un simplismo casi absurdo.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Han pretendido decir que rechazar este proyecto significa apoyar a los terroristas. Eso es hacer demagogia y tergiversar el sentido con que estamos discutiendo este problema. Me parece que debemos velar por el bien común.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ULLOA.-
¡Ya terminó el tiempo!
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Señor Presidente, le pido a los colegas de la Derecha...
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Terminó el tiempo de Su Señoría. Le ruego que exprese su votación.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Señor Presidente, tengo cinco minutos como jefe de Comité.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Sí, pero ya transcurrieron.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
Termino diciendo que debemos velar por el bien común de la sociedad...
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene que votar, Su Señoría.
El señor PIZARRO (don Jorge).-
... y por la pacificación real de los espíritus, cosa que le hace bastante falta a algunos Diputados de la Derecha.
Por eso, voy a aprobar este proyecto de ley.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor REBOLLEDO.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor REBOLLEDO.-
Señor Presidente, voy a fundamentar mi voto favorable a este proyecto sobre la base de tres consideraciones.
En primer lugar, creo que se inscribe en una doctrina jurídica universalmente aceptada, que consiste en la atenuación de la responsabilidad penal de delincuentes que colaboran con la acción de la justicia. Esa doctrina, como se ha señalado en el debate, está recogida en otras instituciones de nuestra legislación y también en la legislación comparada. En algunos países, por ejemplo, en Italia y España, ha demostrado una enorme eficacia. Así, en el caso español, una de las ramas de la organización terrorista ETA, que se escindió de ella, fue absorbida y se reinsertó en la sociedad en el marco de las disposiciones legales que operan en ese país. Del mismo modo, debo recordar el papel que jugó en la desarticulación de las Brigadas Rojas -que en 1978 remecieron hasta sus cimientos a la sociedad italiana con el asesinato de Aldo Moro-, la figura del terrorista arrepentido que, de alguna manera, queremos consagrar ahora en nuestra legislación.'
En segundo lugar, quiero hacerme cargo y reivindicar el soporte moral de las disposiciones que estamos discutiendo y que votaré favorablemente.
Se ha señalado, como un argumento recurrente en este debate, que se erosiona el valor supremo de la lealtad al incitar a la delación con las disposiciones que vamos a aprobar. Al respecto quiero decir, con toda claridad, que no se puede construir un juicio moral sobre la lealtad como valor, al margen de la causa que la lealtad sirve. Porque hay lealtad con buenas causas y también con malas causas. Y no puedo tener el mismo juicio moral sobre la lealtad de los suboficiales con Arturo Prat que la que pudieron tener sus secuaces con Pablo Escobar Gaviria, en Colombia. No es lo mismo. Esta disposición legal abre paso para que una persona con calidad de ciudadano y de delincuente enfrente un conflicto entre dos lealtades: con las normas que fundan la sociedad y su convivencia o con la banda a la cual pertenece, la cual permite preservar esa banda y mantener la impunidad de personas que han cometido hechos reprochables.
En consecuencia, me parece que este proyecto tiene un soporte ético sólido.
Finalmente, anuncio que votaré a favor porque considero que es un proyecto esencialmente eficaz.
El señor RIBERA.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor RIBERA.-
Señor Presidente, deseo fundamentar mi voto y el de los demás Diputados del Comité 2 de Renovación Nacional, presidido por el Diputado señor Gustavo Alessandri.
Existen dos fundamentos para votar favorablemente este proyecto. Son los siguientes.
No es tan importante cómo se denomina esta institución: delación compensada o arrepentimiento eficaz, sino que reúna dos requisitos, que sí los tiene. Primero, que sea un proyecto éticamente sustentable y con sólidas bases morales y, segundo, que sea eficaz para hacer frente al terrorismo.
Respecto de lo ético del proyecto, estimo necesario hacer un gran distingo entre la lealtad positiva y la negativa, entre los valores positivos y los negativos, entre la verdadera lealtad, aquella que debemos tener con el sistema democrático, con los derechos humanos o con los principios éticos, y la falsa lealtad o lealtad errónea, aquella que debemos tener con sistemas totalitarios, con la violencia y los intereses particulares, en contraposición con los intereses generales.
El proyecto reúne también el segundo elemento: eficacia para combatir el terrorismo. El actual sistema terrorista impide al Estado hacer uso de los instrumentos normales para combatir al delincuente, lo cual obliga y hace necesario introducir nuevas instituciones penales con el fin de desarticular sus cédulas, combatirlo y facilitar su reinserción social.
En consideración a la eficacia y al valor ético y moral del proyecto, lo votaré favorablemente.
He dicho.
El señor ROCHA.-
Pido la palabra para fundamentar mi voto.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ROCHA.-
Señor Presidente, es grato -lo sé cómo abogado- discurrir pausadamente acerca de una norma jurídica, divagar sobre los arcanos del Derecho o pretender dictar la ley con la mesura y tranquilidad que exige lo académico.
Pero al terrorista no le interesa la academia. A veces, frente a la contingencia, se nos exige una respuesta inmediata, y los legisladores debemos entregar los medios y los elementos que, tal vez imperfectos, sean capaces de constituir la última respuesta a la sociedad para compatibilizar el repudio a la acción terrorista y la necesidad de que el proceso judicial tenga como propósito, más que el castigo y la represión, el esfuerzo por reinsertar a los delincuentes terroristas en este país que todos estamos construyendo. En caso alguno, su impunidad.
Un actor dijo algo muy claro: "No se puede levantar una empalizada contra los indios con el mismo pausado amor con que se construyeron las catedrales".
Voto a favor de este proyecto de ley.
-Aplausos en la Sala.
El señor SABAG.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, seré muy breve.
Nosotros, desde el Parlamento, debemos conducir al pueblo para combatir esta lacra. El terrorismo nunca ha tenido justificación y menos hoy, cuando en nuestra patria imperan la libertad y la democracia.
También debemos asumir nuestra responsabilidad mediante la fijación de los mecanismos necesarios para que a muchas personas, dentro del cúmulo de emociones, les quepa un posible arrepentimiento. Con ello no se pretende enlodar los sentimientos del hombre, sino ayudarlo a liberarse de las motivaciones que le impiden ordenarse como ciudadano.
Voto que sí.
El señor TOHA.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor TOHA.-
Señor Presidente, junto con reafirmar mi rechazo más categórico y sin ambigüedades al terrorismo y a la violencia, debo reconocer que el Gobierno democrático ha asumido una actitud consecuente con su responsabilidad de asegurar la normal convivencia nacional en un ambiente de paz y tranquilidad. A pesar de que experiencias de otros países podrían avalar la efectividad de la práctica de la delación compensada, considero que por las circunstancias históricas que vivimos, el respeto a nuestra idiosincrasia, la falta de claridad de los mecanismos que permitan resguardar e insertar en la sociedad a las personas que pudieran recurrir a esta práctica, y por tener dudas sobre la validez moral de la delación compensada, he decidido abstenerme frente a este proyecto.
El señor URRUTIA.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente, quiero fundar mi voto y el de los Diputados del Comité número uno de Renovación Nacional, que dirige el Honorable señor Espina.
Estamos de acuerdo con este proyecto, por ser el primer indicio claro del Gobierno en lo que dice relación con un combate eficaz en contra del terrorismo.
El hecho de haberse pedido votación secreta por parte de algunos Comités parlamentarios evidencia claramente la ambigüedad de ciertos sectores de la Concertación sobre la materia.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor URRUTIA.-
Significa, señor Presidente, que no quieren dar a conocer su posición ante la ciudadanía de este país, que representamos en esta Cámara...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados guardar silencio.
Cada parlamentario tiene derecho a expresar libremente su opinión en esta Sala.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente, no se puede hacer uso de la palabra si no hay silencio.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente, parte de sectores de la Concertación han sido ambiguos sobre el tema -vuelvo a reiterarlo-, porque hay que votar con la cara en alto y frente al pueblo que nos ha elegido para representarlo. Todos los chilenos, y así lo señalan las encuestas, quieren vivir con seguridad y tranquilidad.
Por ello, votaremos a favor de este proyecto, porque permitirá iniciar la pacificación y la reconciliación nacional y, además, la destrucción de los grupos terroristas que tanto daño han hecho a este país y a otras naciones del mundo y que quieren destruir nuestra democracia.
Por ello, voto que sí.
-Aplausos en la Sala.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VELASCO.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente, el conflicto que plantea el proyecto de ley sobre el arrepentimiento eficaz debe resolverse protegiendo los derechos de todos los hombres por sobre los de aquellos individuos que atentan contra la sociedad libre, justa y pacífica, sustentada en el respeto a la verdad, al hombre y a sus derechos.
La norma que se propone es ética y moral, por cuanto la obligación individual y colectiva se basa en el compromiso con las acciones humanas que tiendan a la bondad y no a la destrucción, muerte y aniquilamiento del orden establecido, que el país se ha dado libremente y por el cual se pronunció mayoritariamente la totalidad de la población.
No se puede sostener que esta disposición, que regula el arrepentimiento, a través de la delación, denuncia o acusación de conductas terroristas, vaya contra la ética y la moral, pues sería contraria al sentido propio de las instituciones dirigidas a fomentar la adhesión y el compromiso con conductas legales y democráticas y el repudio de las conductas antisociales y degradantes de la naturaleza humana.
Por consiguiente, voto que sí.
El señor KUZMICIC-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor KUZMICIC.-
Señor Presidente, fuimos los primeros en el país en levantar nuestra voz para impedir que los trasplanten este aberrante injerto europeo como la última panacea para enfrentar y derrocar el terrorismo, a través de lo que se conoce como "arrepentimiento eficaz" o " delación compensada".
Nuestro país, pequeño, digno, altivo, tiene en común un mundo valórico, respecto del cual ya todos han hablado. Es riquísimo, cruza todas las generaciones, los estratos sociales, las profesiones u oficios, las edades e incluso, se da entre civiles y militares. Es algo que en lenguaje gramsciano podríamos decir que está incorporado al sentir del chileno. Entre ellos, por supuesto, resalta la lealtad: lealtad a una causa, a la familia, a la Patria, a la Corporación, a la mujer, a los amigos. Echar por la borda algo que siempre ha valido entre nosotros y entre los hombres, en aras de una causa, puede generar un mundo aún más violento del que queremos impedir.
Todos estamos de acuerdo en que el terrorismo es una lacra para nuestra sociedad como para cualquier otra, y hay que hacer los máximos esfuerzos para erradicarlo y terminar, de verdad, con las causas que lo generan.
En Chile, señores Diputados de la Derecha, existieron graves, gravísimos atropellos a la dignidad humana y para la gran mayoría de esos ofendidos no ha habido justicia en democracia, porque como sociedad no hemos llegado a tales niveles de consensos. Nada justifica la muerte de un semejante y, según mi parecer, ni siquiera la de un animal.
Al terrorismo se lo derrota en todos los lugares del mundo, por lo menos, de tres formas: con un servicio de inteligencia ad hoc; con entregar a estos sectores rematados, demolidos, la posibilidad de tener campos de reeducación, recreación, capacitación y trabajo, y con ofrecer un mundo que hoy, en las más mínimas expectativas, les hemos negado.
Hay leyes que nunca se escriben, estimados colegas, pero que rigen; hay otras que se escriben y reescriben y son letra muerta, y hay un tercer grupo que van contra natura, contra los valores mismos de nuestra existencia, y que generan o causan consecuencias peores que las que se quieren combatir.
Voto que no, señor Presidente.
El señor CERDA.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
No, señor Diputado. Ya terminó el tiempo de la Democracia Cristiana. Tiene que votar solamente.
El señor CERDA.-
Señor Presidente, yo sólo quería...
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
No puede hacer uso de la palabra. Tiene que emitir su voto. Por la Democracia Cristiana han hablado los señores Diputados Jorge Pizarro y Hosain Sabag, que son Comités. Los Comités señores Carrasco y Ortiz han delegado en los siguientes señores Diputados: Elizalde, Huepe, Latorre, Gutenberg Martínez, Ortega y Andrés Palma; son seis.
Por una equivocación de la Mesa, usó de la palabra el Diputado señor Velasco, porque no sabíamos que el Diputado Sabag -por lo menos yo no lo tuve presente en ese momento- había hablado y era un Comité. Por lo tanto, los Diputados de la bancada de la Democracia Cristiana no pueden fundamentar el voto. Usted tiene que votar solamente.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CERDA.-
Lo lamento, señor Presidente, porque aquí se ha rebajado...
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene que votar.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CERDA.-
Se ha rebajado el debate por parte del Diputado señor Urrutia...
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene que votar.
El señor CERDA.-
Tenemos autoridad moral para actuar contra el terrorismo.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Debe votar solamente.
El señor CERDA.-
Todos los Diputados de esta Sala, tanto los que han votado a favor como en contra...
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Queda amonestado, señor Diputado.
Usted tiene que votar solamente.
El señor CERDA.-
Voto que sí, con la autoridad moral que tiene este Gobierno en su combate contra el terrorismo.
El señor CANTERO.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor CANTERO.-
Señor Presidente, en representación del Comité de Renovación Nacional, deseo expresar brevemente que me llama la atención que se ofendan los parlamentarios de la Concertación, cuando les reprochamos la ambigüedad con que asumen este tema, impropia, fundamentalmente, por la trascendencia del mismo, toda vez que lo que se trata es de combatir, derrotar, erradicar el terrorismo de este país.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VIERA-GALLO (Presidenta).-
¡Señores Diputados, les ruego guardar silencio! Cada uno tiene derecho a expresar su opinión.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
¡Silencio, por favor!
El señor CANTERO.-
Y esta ambigüedad se expresa, precisamente, porque parlamentarios de la Concertación han votado en contra y a favor del proyecto.
El señor PALESTRO.-
¡Es la democracia!
El señor CANTERO.-
Y esta ambigüedad también resultaría ser la causal y la consecuencia...
El señor CAMPOS.-
¡Porque somos seres humanos!
El señor CANTERO.-
... de todos los problemas habidos en el país, particularmente cuando la Izquierda ha buscado imponer en Chile regímenes que en otras latitudes del mundo...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CANTERO.-
... han causado los más horrorosos atropellos a los derechos humanos. En Chile se ha tratado de importar esos sistemas muchas veces con la ambigüedad y -diría- con la permivisidad de sectores de la Democracia Cristiana.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CANTERO.-
Por eso, apoyaré resueltamente este proyecto.
Voto que sí.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor YUNGE.-
Pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Señor Diputado, no puede hablar; tiene que votar.
El señor YUNGE.-
Señor Presidente, sólo quiero expresar...
El señor. VIERA-GALLO (Presidente).-
No puede hablar, tiene que votar sí o no.
El señor YUNGE.-
... mi voto, diciendo...*
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Señor Diputado, le repito que no puede hacer uso de la palabra.
El señor YUNGE.-
... que no existe ninguna calidad moral de parte de los Diputados que fueron cómplices de los atropellos a los derechos humanos y la violencia.
Voto que no.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario accidental).-
¿Hay algún señor Diputado que no haya emitido su voto?
¿Hay algún señor Diputado que no haya emitido su voto?
¿Hay algún señor Diputado que no haya emitido su voto?
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Terminada la votación.
Se procederá al recuento de los votos.
-Efectuada la votación en forma nominal, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 99 votos; por la negativa, 11 votos. Hubo 1 abstención.
-Por la afirmativa, votaron los siguientes señores Diputados: Acuña. Alamos, Alessandri, Alvarez-Salamanca, Arancibia, Áraya, Bartolucd, Bayo, Bombal, Bosselin, Caminondo, Cantero, Cardemil, Carrasco, Cerda, Coloma, Concha, Cornejo, Correa, Cristi, Chadwick, Dupré, Elizálde, Espina, Estévez, Fantuzzi, Gajardo, Galilea, García (don René Manuel), Garda (don fosé), Hamuy, Horvath, Huenchumilla, Huepe, Hurtado, Jara (don Sergio), Jara (don Octavio), Jeame Barrueto, Kuschel, Latorre, Leay, Leblanc, Letelier, Longton, Longueira, Martínez (don Gutenberg), Martínez (don Juan), Masferrer, Maña, Matthei, Mekis, Melero, Molina, Montes, Morales, Munizaga, Muñoz (don Roberto), Muñoz (doña Adriana), Navarrete, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortega, Ortiz, Palma (don Andrés), Palma (don Joaquín), Pérez (don Juan Alberto), Pizarro (don Jorge), Prochelle (doña Adriana), Prokurica, Ramírez, Rebolledo, Recondo, Reyes, Ribera, Ringeling, Rocha, Rodríguez (don Claudio), Rodríguez (don José), Rodríguez (don Hugo), Rojo, Rojos, Sabag, Salas, Schaulsohn, Seguel, Sota, Soto, Sotomayor, Taladriz, Ulloa, Urrutia, Valcarce, Valenzuela, Velasco, Viera-Gallo, Vilches, Vilicic, Villouta.
-Por la negativa, votaron los siguientes Diputados: Aylwin (don Andrés), Campos, Devaud, Elgueta, Escalona, Faulbaum, Kuzmicic, Naranjo, Palestro, Peña, Yunge.
-Se abstuvo el siguiente Diputado: Tohá (don Isidoro).
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Aprobado en general el proyecto.
-Aplausos en la Sala.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Como ha sido objeto de indicaciones, vuelve, para los efectos del segundo informe, a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
-Las indicaciones formuladas durante la discusión general son las siguientes:
1.- Del Diputado señor Schaulsohn para eliminar el inciso segundo del artículo 4° propuesto por el artículo único.
2.- Del Diputado señor Schaulsohn, para suprimir el inciso final del artículo 4° propuesto por el artículo único.
3.- Del Diputado señor Bosselin para agregar un inciso final al artículo 4° propuesto por el artículo único, del siguiente tenor. "Las normas establecidas en este artículo regirán sólo durante un año a contar de la fecha de vigencia de la presente ley.
"El Estado otorgará a las personas acogidas a los beneficios establecidos en este artículo la protección adecuada destinada a amparar a éstos y a sus familiares".
4.- De los Diputados señores Cornejo, Chadwick, Espina y Rojo, para agregar el siguiente artículo transitorio a la ley N° 18.314: "Artículo.- Los beneficios establecidos en el artículo 4° de la presente ley tendrán como plazo de vigencia dos años contado desde la publicación de la ley".
5.- Del Diputado señor Rojo para agregar al Título VI del Código Penal el siguiente párrafo: " 17 Delitos contra la seguridad pública.
"Artículo 341.- El que pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, la preparación, perpetración o consecución de un delito contra la vida, la integridad corporal, la salud, la propiedad y la libertad de las personas será sancionado con presidio menor en cualquiera de sus grados".
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