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- rdf:value = " El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn.
El señor SCHAULSOHN.-
Señor Presidente, su argumentación nos ha dejado gratamente sorprendidos a todos. Pero quiero hacerle una pequeña reflexión al respecto.
La palabra "desechar" la usa el artículo 67, que se refiere a la situación en que la Cámara revisora desecha la totalidad de un proyecto. En cambio, la palabra "reprobar" la utiliza el artículo 68, que se refiere al caso en cuestión, cuando la Cámara revisora reprueba alguna de las indicaciones formulada por la Cámara de origen.
De manera que la analogía que Su Señoría ha hecho entre las palabras "desechar" y "reprobar", para los efectos de dar lugar a la Comisión Mixta, bien podría sostenerse que no corresponde en este caso, por cuanto no estamos "desechando", sino "reprobando" una indicación.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
¿Me permite? El Diccionario dice "desechar" es lo mismo que "reprobar"; son sinónimos.
El señor SCHAULSOHN.-
Está bien.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Desechar es lo mismo que no admitir.
El señor SCHAULSOHN.-
Podría plantearse el siguiente problema. Nosotros estamos declarando inadmisible una indicación; al declararla inadmisible, ni siquiera la discutimos. Para desechar o reprobar, primero hay que discutir, y aquí no estamos discutiendo nada. Tanto es así, que la Constitución mandata al Presidente para no dar siquiera cuenta de las disposiciones contrarias a la Constitución.
Asumiendo que corresponde una Comisión Mixta -aun cuando dejó planteada la duda razonable de si la declaración de inadmisibilidad de una indicación da o no lugar a su formación, pienso que hay un vacío legal-, sólo quiero decir dos cosas.
Primero, es muy poco lo que la Comisión Mixta puede hacer en este caso, por cuanto, a mi juicio, el Presidente de la República no puede presentar indicaciones en las Comisiones Mixtas, las cuales se constituyen para resolver diferencias entre la Cámara de Diputados y el Senado, sobre la base de un texto preexistente que contiene las diferencias.
Si el Presidente de la República pudiera presentar indicaciones, la Comisión Mixta resolvería sobre cuestiones no conocidas previamente, ni por el Senado ni por la Cámara, respecto de las cuales, entonces, mal podría haberse planteado diferencias susceptibles de ser resueltas por ella.
En segundo lugar, como se trata de rebajar impuestos, sólo el Presidente de la República podría sanear esta indicación. La manera natural sería establecer en la ley la rebaja de impuestos que se propone en el artículo 10°, y no como delegación de facultades. Pero ésta no es una iniciativa parlamentaria; es sólo del Presidente de la República. Y en la medida en que el Presidente de la República no puede presentar indicaciones a la Comisión Mixta, a mí me parece que hay una situación insanable desde el punto de vista jurídico.
En consecuencia, lo único que puede hacer la Comisión Mixta es ponerse de acuerdo en desechar el artículo 10e, por inconstitucional, y dar curso al proyecto sin él por cuanto no hay manera alguna, en mi opinión, de subsanar el problema presentado a raíz de la indicación inconstitucional del Senado.
Hago esta precisión porque cuando tratemos el informe de la Comisión Mixta, probablemente se plantearán estas consideraciones, que los señores Diputados que la integrarán, por resolución de la Mesa, deben tener en cuenta.
He dicho.
"
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