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- rdf:value = " MODIFICACIÓN DEL DFL. N° 1 (G), DE 1968, EN LO RELATIVO A LAS ESPECIALIDADES A QUE PUEDEN OPTAR LOS EMPLEADOS CIVILES DE LAS FUERZAS ARMADAS. SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
De acuerdo con lo resuelto por los Comités, en el primer lugar del Orden del Día corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley que modifica el artículo 17 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, en lo relativo a las especialidades a que pueden optar los empleados civiles de las Fuerzas Armadas.
Diputado informante de la Comisión de Defensa, es el señor José Peña.
El texto del proyecto de ley está impreso en el boletín N° 317-02 (S) y figura en el N° 5 de los documentos de la Cuenta de la Sesión 53a.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Peña.
El señor PEÑA.-
Señor Presidente, he sido designado por la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara para entregar a la Sala el informe sobre el proyecto de ley que modifica el artículo 17 del decreto con fuerza de ley N° 1, (G), de 1968, relativo a las especialidades a que pueden optar los empleados civiles de las Fuerzas Armadas y que se encuentra en su segundo trámite constitucional.
El proyecto de ley tuvo su origen en un mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, e ingresó al Senado el 1° de abril del año en curso. Fue despachado y aprobado, en forma unánime, sin modificaciones por esa rama del Congreso Nacional el 24 del mismo mes.
La iniciativa en análisis consta de un solo artículo, que dice: "Sustituyese el inciso segundo del artículo 17 del decreto con fuerza de ley (G) N° 1, de 1968, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo (G) N° 148, de 1987 -la letra (G), se refiere a la Subsecretaría de Guerra-, por el siguiente:
"Las especialidades a que podrán optar los Oficiales, los Empleados Civiles y el Personal del Cuadro Permanente y de Gente de Mar, y el otorgamiento de los títulos y diplomas, se fijarán en el Reglamento complementario respectivo.".
El artículo que se pretende modificar está ubicado en el párrafo 4, sobre Especialidades y Títulos, del decreto con fuerza de ley N° 1 ya señalado y que corresponde al Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas. El artículo 17 establece que para los efectos del presente Estatuto, se entenderá por especialidad "el conjunto de conocimientos técnicos y prácticos que habilitan al personal para desempeñar funciones específicas, de acuerdo con la reglamentación respectiva", y por título, "el fundamento jurídico del derecho a desempeñar una profesión o especialidad, concedido por alguna Universidad o Establecimiento de Enseñanza de las Fuerzas Armadas.".
El inciso segundo del mismo artículo: "Las especialidades a que podrán optar los Oficiales y el personal del Cuadro Permanente y de Gente de Mar, y el otorgamiento de los títulos y diplomas, se fijarán en el reglamento complementario respectivo.".
"Lo dispuesto en el inciso anterior se podrá hacer extensivo al personal de las Fuerzas Armadas extranjeras que cumpla con los requisitos correspondientes.".
Ese es el texto actual de la norma. Con este proyecto de ley se pretende corregir la omisión en que se incurre en el inciso segundo del señalado artículo 17, al no considerar a los empleados civiles entre el personal de las Fuerzas Armadas que pueden optar a alguna especialidad y al correspondiente título.
Este objetivo se basa en el hecho de que en la actualidad, por necesidades del servicio, se está enviando a empleados civiles a cursos de especialización en áreas de geología, topografía, meteorología, computación y oceanografía, entre otras. Terminados dichos cursos, no es posible otorgar el respectivo título, por no estar considerada esta circunstancia en el citado artículo 17.
En consecuencia -está es una opinión más bien personal que del informe que debiera entregar en representación de la Comisión-, existe una situación que exige legislar positivamente sobre esta materia, con el fin de impedir una discriminación en esta área de especialidad, a la que convergen chilenos amantes de sus instituciones, por el solo hecho de tener la calidad de empleado civil o personal militar.
En cuanto al conocimiento y resolución en la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara, debo señalar que este proyecto fue aprobado por la unanimidad de los miembros que asistieron a la sesión del 8 de mayo del año en curso.
Por lo tanto, por las consideraciones anotadas, se propone aprobarlo en los términos propuestos por el Ejecutivo en su mensaje, texto que fue aprobado en forma unánime por el Senado de la República.
Es cuanto puedo informar, señor Presidente.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor Prokurica.-
Pido la palabra.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente, los Diputados de Renovación Nacional votaremos favorablemente este proyecto de ley, que tiene por objeto modificar el inciso segundo del artículo 17 del decreto con fuerza de ley N° 1, de Guerra, de 1968, con el fin de permitir que los empleados civiles de las Fuerzas Armadas puedan optar a especialidades, lo que, a nuestro juicio, es de toda justicia si se considera que estos funcionarios forman parte de los cursos en que participan oficiales o personal del cuadro permanente de gente del mar, a quienes, una vez que los han aprobado, se les otorga el respectivo título de especialidad.
He dicho.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor BARTOLUCCI.-
Pido la palabra.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor BARTOLUCCI.-
Señor Presidente, la bancada de la Unión Demócrata Independiente también votará favorablemente el proyecto que nos propone el Ejecutivo, según el texto aprobado por el Senado, por las razones que tan claramente ha señalado el Diputado informante y por los argumentos que ha expuesto mi colega de Atacama.
He dicho.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor ELIZALDE.-
Pido la palabra.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, en nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, quiero manifestar también nuestro apoyo al proyecto de ley por las razones expuestas por el señor Diputado informante.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor SABAG.-
Pido la palabra.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, como lo ha señalado el Diputado informante, este proyecto tiene por objeto modificar el inciso segundo del artículo 17 del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra, de 1968, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 148, de 1987, con el fin de corregir la omisión de no haber considerado entre el personal de las Fuerzas Armadas que puedan optar a títulos, por especialidades, a los empleados civiles.
La citada norma legal sólo considera a los oficiales, al personal del cuadro permanente y de gente de mar, y omite a los empleados civiles. El proyecto pretende salvar esta situación, pues, en la actualidad y por necesidades del servicio se les envía a cursos de especialización en diversas áreas. Terminado el curso, no es posible otorgarles el respectivo título por no estar contemplada esta circunstancia en el citado artículo 17, lo que constituye una situación anormal, porque en la mayoría de los casos estos funcionarios forman parte de cursos en los que participan oficiales, personal del cuadro permanente y gente de mar, a quienes, una vez que los han aprobado, se les otorga el respectivo título de especialidad. Los empleados civiles no cuentan con este derecho, aun cuando han cumplido idénticas exigencias, por no estar así establecido en el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.
Este proyecto no representa mayor gasto para el erario. En consecuencia, los Diputados democratacristianos lo votaremos favorablemente, en los mismos términos en que lo aprobó el Honorable Senado.
He dicho.
El señor DUPRE (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Antes de someter a votación el proyecto, hago presente que la Mesa también considera que el informe del Diputado señor Peña ha sido más que extraordinariamente clarificador: brillante.
En votación el proyecto.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.
Aprobado.
Despachado el proyecto.
"
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