rdf:value = " El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente el Tribunal Constitucional se asiló en el artículo 38 de la Constitución Política porque, tal como usted señalaba, los Consejos de Pesca están integrados por funcionarios públicos y complementan su acción. No importa que sean o no remunerados. Y, en consecuencia, eso corresponde a la modificación de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado. Por lo tanto, ello debe ser una materia de iniciativa del Presidente de la República, ya que se trata de una entidad que está integrada en parte por funcionarios públicos.
El Tribunal Constitucional en su oportunidad, así resolvió esa materia.
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