. . . . . . . . . . . . . " MODIFICACI\u00D3N A LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nCorresponde entrar al Orden del D\u00EDa y ocupamos del proyecto, informado por las Comisiones Unidas de Agricultura, Desarrollo Rural y Mar\u00EDtimo y de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, que modifica la ley N\u00B0 18.892, General de Pesca y Acuicultura. \nEl texto del proyecto, impreso en el bolet\u00EDn N\u00B0 330-03, figura en el N\u00B0 2 de los documentos de la Cuenta. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nComo bien saben, el acuerdo de los Comit\u00E9s es discutir este proyecto en general y en particular hasta su total despacho, como tambi\u00E9n las indicaciones que se formulen. \nLa mayor parte de las disposiciones de este proyecto son de quorum calificado o de ley org\u00E1nica constitucional. \nSe encuentra presente el Ministro de Econom\u00EDa subrogante, don Andr\u00E9s Couve, qui\u00E9n solicita autorizaci\u00F3n para que ingresen a la Sala el personal asesor del Ministerio. \nEl se\u00F1or GUZMAN.- \n\u00A1No! \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nNo hay acuerdo. \nEl se\u00F1or PIZARRO (don Jorge).- \nSe\u00F1or Presidente, \u00BFpor qu\u00E9 no hay acuerdo? \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Pizarro. \nEl se\u00F1or PIZARRO (don Jorge).- \nEn mi opini\u00F3n, el proyecto de ley es extenso, requiere de mucho conocimiento t\u00E9cnico. Vamos a necesitar hacer muchas consultas, y ser\u00EDa bastante malo para el debate no permitir la entrada de los t\u00E9cnicos que van a estar asesor\u00E1ndonos en nuestro trabajo. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Jorge Ulloa. \nEl se\u00F1or ULLOA.- \nSe\u00F1or Presidente, con respecto a esta materia, comparto el juicio que desde hace mucho tiempo sostiene el Diputado se\u00F1or Schaulsohn. Pienso que es razonable que la Sala no se vea siempre con la presencia de una multiplicidad de asesores. \nAhora bien, sin perjuicio de lo anterior, en forma excepcional, podr\u00EDamos dar nuestro consentimiento, pero, insisto, no es un buen precedente. \nEl se\u00F1or PIZARRO (don Jorge).- \nNo use al colega Schaulsohn para afirmar su posici\u00F3n. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nConsulto de nuevo a la Sala si hay acuerdo. \nSe\u00F1or SCHAULSOHN.- \n\u00A1No! \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nNo hay acuerdo. \nEl se\u00F1or PIZARRO (don Jorge).- \nQuiero saber qui\u00E9n es el que no lo da. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nEs el Diputado se\u00F1or Schaulsohn. \nEl se\u00F1or SCHAULSOHN.- \nSe\u00F1or Presidente, quiero aclararle la situaci\u00F3n al Diputado se\u00F1or Pizarro, porque esta es una discusi\u00F3n que tenemos hace un a\u00F1o y 70 d\u00EDas. \nEl se\u00F1or PIZARRO (don Jorge).- \n\u00A1Es una discusi\u00F3n que tiene usted! \u00A1Nadie m\u00E1s! \nEl se\u00F1or SCHAULSOHN.- \nBueno, tengo una postura, se\u00F1or Pizarro, y la voy a mantener en la forma m\u00E1s categ\u00F3rica. Nunca en la historia del Parlamento se ha producido esta presi\u00F3n sostenida para que en la Sala ingresen funcionarios de rango menor. La Constituci\u00F3n se\u00F1ala que s\u00F3lo pueden ingresar Ministros de Estado. No tengo ninguna dificultad en oponerme a que ingresen funcionarios que no sean Ministros o Subsecretarios acompa\u00F1ados por Ministros de Estado. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Pizarro. \nEl se\u00F1or PIZARRO (don Jorge).- \nSe\u00F1or Presidente, lamento, una vez m\u00E1s, la inflexibilidad con que algunos colegas plantean los problemas de Reglamento. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nNo, no corresponde hacer un debate, a menos que hubiese una discusi\u00F3n sobre un punto reglamentario. Hay posiciones distintas, que son leg\u00EDtimas. \nTiene la palabra el Diputado informante, se\u00F1or Patricio Melero. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nSe\u00F1or Presidente, vuestras Comisiones Unidas de Agricultura, Desarrollo Rural y Mar\u00EDtimo y de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, tienen a bien informaros sobre el proyecto de ley originado en un mensaje, que modifica la ley N\u00B0 18.892, General de Pesca y Acuicultura. \nCon fecha 30 de abril de 1991, Su Excelencia el Presidente de la Rep\u00FAblica retir\u00F3 e hizo presente la urgencia al proyecto con el mismo car\u00E1cter de \"simple\" que ten\u00EDa. \nDurante el estudio de la iniciativa, la Comisi\u00F3n cont\u00F3 con la asistencia y la colaboraci\u00F3n del Subsecretario de Pesca, don Andr\u00E9s Couve Rioseco, y de los asesores de esa Subsecretar\u00EDa, abogada do\u00F1a Mar\u00EDa Cecilia Villablanca, los ingenieros pesqueros, do\u00F1a Edith Saa, Jefa del Departamento de Estudios, y don Maximiliano Alarma, Jefe del Departamento de Recursos. \nEl proyecto de ley en estudio es solamente una parte del proyecto de ley General de Pesca y Acuicultura que esta Honorable C\u00E1mara despach\u00F3 el a\u00F1o reci\u00E9n pasado. Se refiere, espec\u00EDficamente, a aquellos t\u00EDtulos que fueron impugnados por el Tribunal Constitucional. Por consiguiente, \u00E9ste es un proyecto de ley nuevo, circunscrito en una din\u00E1mica y en un marco diferente del proyecto de ley originalmente visto, que tendr\u00E1 que refundirse y complementarse con la iniciativa en tr\u00E1mite en el Honorable Senado, referente a todas aquellas otras materias no contenidas en los t\u00EDtulos III, IX y XII de este proyecto de ley. \nEs importante recordar que esta C\u00E1mara enfrenta la cuarta pr\u00F3rroga a este proyecto. La primera est\u00E1 contenida en la ley N\u00B0 18.977, que prorrog\u00F3 la entrada en vigencia de la ley General de Pesca y Acuicultura, al 1\u00B0 de octubre; la segunda fue dada en virtud de la ley N\u00B0 18.999, al 30 de noviembre, atendido que el Honorable Senado necesit\u00F3 m\u00E1s plazo para analizar el proyecto que esta C\u00E1mara hab\u00EDa despachado en el mes de agosto. \nDurante su tr\u00E1mite en el Senado, un grupo de Senadores formul\u00F3 un requerimiento al Tribunal Constitucional para que se pronunciara sobre materias de fondo y de forma, especialmente relativas a una serie de derechos constitucionales que, a juicio de los senadores impugnadores, adolec\u00EDa el proyecto de ley, los cuales radicaban principalmente en el r\u00E9gimen de acceso y en la forma c\u00F3mo se respetaban los derechos constitucionales establecidos en el art\u00EDculo 19 de la Constituci\u00F3n. \nEl Tribunal Constitucional, en diciembre del a\u00F1o pasado, declar\u00F3 la inconstitucionalidad, de forma solamente, de los art\u00EDculos aprobados por esta Honorable C\u00E1mara debido a que, a juicio de aqu\u00E9l, no se hab\u00EDa dejado constancia de los qu\u00F3rum exigidos por la Carta Fundamental para la aprobaci\u00F3n de los art\u00EDculos 10 al 28 del t\u00EDtulo III, referido fundamentalmente al r\u00E9gimen de acceso; de los art\u00EDculos 108, 109, 113 y 114 del t\u00EDtulo XII, \"De los Consejos Regionales de Pesca\", y de los art\u00EDculos transitorios 1\u00B0 y 4\u00B0, por no haberse o\u00EDdo previamente a la Excelent\u00EDsima Corte Suprema de Justicia con relaci\u00F3n a los art\u00EDculos 84 y 93, que cambian, entre otras cosas, la competencia de los tribunales de justicia. Lo anterior, con arreglo al art\u00EDculo 74 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica del Estado. \nPor tal raz\u00F3n, el Excelent\u00EDsimo Tribunal Constitucional, en el tr\u00E1mite en el Senado, declar\u00F3 nulos los art\u00EDculos a los cuales he hecho menci\u00F3n, lo que oblig\u00F3 al Ejecutivo a enviar este nuevo proyecto de ley relativo a los t\u00EDtulos que estamos analizando en el d\u00EDa de hoy. \nAhora, dada la demora que el tr\u00E1mite genera en el Tribunal Constitucional, el Ejecutivo propone una tercera pr\u00F3rroga, al 31 de enero de 1991. \nAqu\u00ED es cuando se produce una situaci\u00F3n que quisiera explicar, porque indudablemente es un factor determinante para la buena comprensi\u00F3n del proyecto de ley que vamos a ver y del conocimiento de los se\u00F1ores Diputados de la forma c\u00F3mo hemos tenido que enfrentar este trabajo. \nEn el transcurso de enero y pr\u00F3ximos a llegar a esta nueva pr\u00F3rroga, se genera toda una discusi\u00F3n por la necesidad de buscar alg\u00FAn nivel de acuerdo parlamentario que permita definitivamente dar una ley de pesca al pa\u00EDs. \nEs as\u00ED como Senadores y Diputados de todos los partidos pol\u00EDticos con representaci\u00F3n parlamentaria nos reunimos y se avanz\u00F3 en lo que se llam\u00F3 un proyecto de acuerdo marco, respecto de cu\u00E1les deb\u00EDan ser los temas b\u00E1sicos de consenso que le dieran una ley de pesca al pa\u00EDs. \u00BFCu\u00E1les eran los puntos de consenso b\u00E1sico que permitir\u00EDan dar una se\u00F1al al Poder Ejecutivo y al Legislativo de que est\u00E1bamos de acuerdo para salir adelante en estos temas centrales y fundamentales, que son la columna vertebral del proyecto de ley? Lo relativo al r\u00E9gimen de acceso y a la participaci\u00F3n de los consejos regionales, zonales y nacionales de pesca. \nDespu\u00E9s de una serie de reuniones entre el Ejecutivo y parlamentarios de todas las bancadas pol\u00EDticas, el 16 de enero se firma en las dependencias del Honorable Senado, un acuerdo sobre el proyecto de ley de pesca al cual concurren, en representaci\u00F3n del Ejecutivo, el se\u00F1or Ministro Secretario General de la Presidencia, don Edgardo Boeninger, el Ministro de Econom\u00EDa y Senadores y Diputados de todas las corrientes pol\u00EDticas que solemnizan este acuerdo, que habr\u00E1 de ser el marco, la base para el proyecto de ley que hoy vemos. \n\u00BFQu\u00E9 dice, en l\u00EDneas generales, este acuerdo pol\u00EDtico que de alguna manera enmarca este proyecto de ley? \nMe voy a referir a los aspectos m\u00E1s importantes de este acuerdo. \nRespecto al r\u00E9gimen de acceso, dice que se mantiene el concepto de la autorizaci\u00F3n previa, con indicaci\u00F3n de los requisitos objetivos no arbitrarios que se exigir\u00E1n y de las causas por las cuales se puede denegar. Y los requisitos y causas para denegar los establecer\u00E1 la misma ley. Es decir, existir\u00E1 un r\u00E9gimen general de acceso al cual podr\u00E1n acceder todos los chilenos que as\u00ED lo quieran mediante previa autorizaci\u00F3n. Este es un cambio importante respecto de la ley 18.892, que decretaba un libre acceso sin autorizaci\u00F3n previa. \n\u00BFQu\u00E9 m\u00E1s dice ahora respecto al r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n? Que existir\u00E1 libre acceso tambi\u00E9n, pero que \u00E9ste -y aqu\u00ED viene lo interesante- se podr\u00E1 restringir siempre y cuando, por mayor\u00EDa absoluta de los miembros en ejercicio de esos consejos regionales, zonales y nacionales de pesca, resuelvan cerrar el acceso a una pesquer\u00EDa en plena explotaci\u00F3n. \nEn primer lugar, declarar la plena explotaci\u00F3n; y en segundo lugar, cerrar el acceso. \nAqu\u00ED hay un cambio importante, porque le damos la facultad resolutiva a los consejos de pesca zonales y nacionales para resolver esta materia, lo que antes era s\u00F3lo iniciativa de la Subsecretar\u00EDa. \nEl acuerdo pol\u00EDtico, adem\u00E1s, establece quorum para esto. Dice que una pesquer\u00EDa se podr\u00E1 declarar en plena explotaci\u00F3n siempre y cuando la mayor\u00EDa absoluta de sus miembros en ejercicio as\u00ED lo decidan en una votaci\u00F3n. Y se podr\u00E1 cerrar ese acceso siempre y cuando dos tercios de los miembros del consejo as\u00ED lo resuelvan. Es decir, mayor\u00EDa absoluta para declarar la plena explotaci\u00F3n y dos tercios para cerrar el acceso. \nAdem\u00E1s, dice el acuerdo pol\u00EDtico que durante la vigencia de este r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n as\u00ED decretado por los consejos nacionales y zonales, se podr\u00E1n tambi\u00E9n establecer cuotas globales anuales de captura, manteni\u00E9ndose el libre acceso y que esta cuota ser\u00E1 propuesta por la Subsecretar\u00EDa de Pesca con consulta a los consejos zonales y ratificaci\u00F3n por el consejo nacional. Es decir, tambi\u00E9n la cuota global es motivo de consultas a los consejos. \nY aqu\u00ED viene quiz\u00E1s lo m\u00E1s novedoso, lo realmente nuevo del acuerdo pol\u00EDtico. A diferencia del proyecto anterior, el acuerdo pol\u00EDtico propone -y lo veremos en el proyecto de ley despu\u00E9s- un r\u00E9gimen de subastas, de licitaciones sobre estas pesquer\u00EDas en plena explotaci\u00F3n y sobre dos pesquer\u00EDas nuevas, que explicar\u00E9 m\u00E1s adelante, que se llamar\u00E1n pesquer\u00EDas en recuperaci\u00F3n y pesquer\u00EDas en desarrollo incipiente. \u00BFQu\u00E9 dice el acuerdo pol\u00EDtico? As\u00ED como hay un marco general y que permite el libre acceso, lo que se busca aqu\u00ED es salvar el problema constitucional, que siempre haya la posibilidad de que cualquier chileno que as\u00ED lo desee pueda ejercer la actividad pesquera. Para estos fines propone que esto se haga mediante un sistema de licitaci\u00F3n, donde, sobre la base de una cuota global, que fijar\u00E1n los consejos, se podr\u00E1 ir licitando hasta un 50 por ciento de esa cuota global de captura, en cortes de un 5 por ciento anual de esa cuota global, hasta llegar a un tope de un 50 por ciento. Esto se dar\u00E1, dice el acuerdo pol\u00EDtico, despu\u00E9s de un per\u00EDodo de tres a\u00F1os en el que no habr\u00E1 licitaciones y, enseguida, en cortes de un 5 por ciento anual. Es decir, si vamos al caso \u00F3ptimo, en 13 a\u00F1os m\u00E1s podr\u00EDa esta licitado el 50 por ciento de una cuota global de cualquiera de las pesquer\u00EDas declaradas en plena explotaci\u00F3n. Esto es lo que dice el acuerdo marco respecto de este sistema de acceso. \nTambi\u00E9n se\u00F1ala que para declarar a una pesquer\u00EDa en estado de plena explotaci\u00F3n o para desafectarla de este r\u00E9gimen, se requerir\u00E1 la aprobaci\u00F3n, tanto del consejo zonal de pesca respectivo como el del consejo nacional, no obstante la iniciativa que le corresponder\u00E1 a la Subsecretar\u00EDa en esta materia, y establece que existir\u00E1 un per\u00EDodo inicial de 3 a\u00F1os en el cual no habr\u00E1, como lo explicaba, licitaci\u00F3n de cuotas individuales. \nEl acuerdo pol\u00EDtico parlamentario -y esto es importante- que no es un acuerdo de los partidos pol\u00EDtico, sino pol\u00EDtico parlamentario, entre Senadores y Diputados, dice que se crear\u00E1 el Fondo de Investigaciones Pesqueras para lo cual se mantiene el cobro de patentes en un car\u00E1cter que no implique aplicaci\u00F3n de impuestos, pudiendo los armadores imputar a dicho cobro hasta el 100 por ciento de las cantidades aportadas. \nEstablece, lo que hemos llamado un art\u00EDculo de reclamaci\u00F3n, en el cual el acuerdo parlamentario pol\u00EDtico dice que quienes eventualmente estimen haber sido perjudicados en su derecho por aplicaci\u00F3n de cualquiera de las disposiciones de este acuerdo, podr\u00E1n recurrir a los tribunales de justicia para requerir indemnizaci\u00F3n o compensaci\u00F3n que pudiere corresponderles. \nEl acuerdo pol\u00EDtico tambi\u00E9n -y esto es muy importante tenerlo presente- valora muy positivamente los aportes efectuados a la ley por la C\u00E1mara de Diputados, especialmente, entre otras materias, todo lo relativo a la creaci\u00F3n del Fondo de Fomento de Pesca Artesanal, de actividades de agricultura relativas a los consejos zonales y regionales de pesca y a otras materias que esta Honorable C\u00E1mara ya conoci\u00F3. \nFinalmente, el acuerdo pol\u00EDtico entra tambi\u00E9n en el tema de los consejos zonales nacionales de pesca, en que establece que \u00E9stos se crear\u00E1n investidos de atribuciones decisorias y consultivas. Este es otro cambio importante. Los consejos que antes eran fundamentalmente asesores y consultivos, pasan a ser, en muchas materias, como ya he ido adelantando algunas, tambi\u00E9n resolutivos. Y se crea, dice el acuerdo, un Consejo Nacional de Pesca y se\u00F1ala su composici\u00F3n: 4 integrantes del sector p\u00FAblico, 4 del sector empresarial, y 7 consejeros, nominados por el Presidente de la Rep\u00FAblica, previa aprobaci\u00F3n de tres quintos de los miembros del Senado. Y entre estos \u00FAltimos, deber\u00E1 estar presente un ec\u00F3logo especialista en el tema del ambiente y un profesional pesquero universitario. \nFinalmente, el acuerdo establece que los miembros de los consejos nacionales de pesca, representantes de los sectores empresariales, laboral y los nominados por el Presidente de la Rep\u00FAblica, durar\u00E1n 4 a\u00F1os en sus cargos; y los representantes del sector p\u00FAblico durar\u00E1n mientras permanezcan como titulares de sus cargos. \nHasta ah\u00ED, en l\u00EDneas generales, el acuerdo del 16 de enero. \nCon este acuerdo pol\u00EDtico-parlamentario firmado, la Honorable C\u00E1mara conoci\u00F3 la \u00FAltima de las pr\u00F3rrogas, justamente en el mes de enero reci\u00E9n pasado, que dio origen a la ley N\u00B0 19.043, que pospuso la entrada en vigencia de la ley N\u00B0 18.892 hasta el 30 de junio del presente a\u00F1o. \nFirmado el acuerdo pol\u00EDtico-parlamentario, el Poder Ejecutivo se empe\u00F1\u00F3 en traspasar su contenido al proyecto de ley que hoy d\u00EDa estamos conociendo y a desarrollar las materias que s\u00F3lo se\u00F1alaba en t\u00E9rminos gen\u00E9ricos, por ejemplo, la composici\u00F3n de los consejos zonales de pesca -no del Consejo Nacional, que est\u00E1 claramente establecido en el acuerdo- y lo relativo a las pesquer\u00EDas en recuperaci\u00F3n y a las pesquer\u00EDas incipientes. \nAs\u00ED ingres\u00F3 el proyecto de ley que hoy d\u00EDa estamos conociendo y que aborda las materias que reci\u00E9n se\u00F1al\u00E9. \u00BFQu\u00E9 dice? \u00BFEn qu\u00E9 consiste? \u00BFCu\u00E1les son sus ideas matrices? \nEst\u00E1 enmarcado, en forma de resumen, en base a la impugnaci\u00F3n del Tribunal Constitucional, al acuerdo pol\u00EDtico-parlamentario y al trabajo que las Comisiones Unidas han desplegado en el an\u00E1lisis del proyecto de ley. \nEntrando de lleno en \u00E9l, en primer lugar, quiero se\u00F1alar que consta de dos art\u00EDculos. El 1\u00B0 tiene las letras A, B, C, D, E, F, G y H, y distintos art\u00EDculos dentro de ellas; y el 2\u00B0 se refiere a la facultad que se otorga a Su Excelencia el Presidente de la Rep\u00FAblica para hacer un texto refundido, que permita el desaf\u00EDo legislativo, que no deja de ser interesante, de unir el proyecto de ley que la C\u00E1mara despache con el proyecto de ley que la C\u00E1mara despach\u00F3 el a\u00F1o reci\u00E9n pasado, en tr\u00E1mite en el Honorable Senado y que tiene que volver. Hay que unir esta verdadera madeja de art\u00EDculos, sobre tan diversas y distintas materias, para hacer un proyecto de ley uniforme. El art\u00EDculo 2\u00B0 del proyecto de ley que estamos viendo faculta al Presidente de la Rep\u00FAblica para hacer el texto refundido. \nEn la letra a) se incorporan algunas definiciones nuevas, que no est\u00E1n contenidas en el proyecto de ley anterior. Son los conceptos de \"especies objetivo\", \"fauna acompa\u00F1ante\", \"pesquer\u00EDa incipiente\", \"recursos sobreexplotados\", \"permiso de pesca\", \"permiso extraordinario de pesca\", \"esfuerzo pesquero\". \nLuego, a trav\u00E9s de indicaciones que hicieron los se\u00F1ores Diputados en la Comisi\u00F3n, se incorporan dos conceptos sumamente interesantes, de \"mar presencial\" y de \"pesquer\u00EDa en recuperaci\u00F3n\". \nEs importante definir estos conceptos, porque despu\u00E9s son utilizados en el proyecto de ley. \nEn las definiciones no me voy a alargar. Los Honorables se\u00F1ores Diputados las pueden leer y estudiar en detalle en el informe que tienen en sus manos. \nLa letra b) reemplaza el t\u00EDtulo III, impugnado por el Tribunal Constitucional, relativo al acceso a la actividad pesquera extractiva industrial. Tambi\u00E9n incorpora varios p\u00E1rrafos. \nEl primero es respecto del r\u00E9gimen general de acceso, que va de los art\u00EDculos 1\u00B0 al 7\u00B0. En el t\u00EDtulo respectivo se consigna que para las pesquer\u00EDas industriales que se desarrollen en el mar territorial, con excepci\u00F3n del \u00E1rea de reserva artesanal, -como recordar\u00E1n los se\u00F1ores Diputados, la C\u00E1mara reserv\u00F3 a la pesca artesanal una zona de 5 millas en el t\u00EDtulo IV del proyecto de ley general de pesca y acuicultura, actualmente en el Senado- y en la zona econ\u00F3mica exclusiva de la Rep\u00FAblica, existir\u00E1 un r\u00E9gimen general de acceso a la actividad pesquera extractiva, en pesquer\u00EDas que no se encuentren declaradas en los reg\u00EDmenes de plena explotaci\u00F3n, en pesquer\u00EDas en recuperaci\u00F3n o de desarrollo incipiente. \nPara ilustrarlos, existe un r\u00E9gimen general de acceso, sobre el cual existe libertad, previa autorizaci\u00F3n. Sin embargo, hay excepciones: la plena explotaci\u00F3n, la pesquer\u00EDa en recuperaci\u00F3n y la pesquer\u00EDa en desarrollo incipiente. Al resto, se podr\u00E1 acceder con autorizaci\u00F3n; si es denegada, tendr\u00E1 que ser sobre la base de una fundamentaci\u00F3n, como se ver\u00E1 m\u00E1s adelante. \nEn el p\u00E1rrafo del r\u00E9gimen general de acceso, adem\u00E1s, se establece que las naves pesqueras industriales autorizadas para pescar en este r\u00E9gimen, en forma previa a su operaci\u00F3n, deber\u00E1n estar matriculadas en Chile. \nTambi\u00E9n se se\u00F1ala que las personas interesadas en realizar pesca industrial deber\u00E1n solicitar una autorizaci\u00F3n de pesca a la Subsecretar\u00EDa. Al respecto, se especifican los requisitos y los antecedentes que deben cumplir y presentar en la solicitud los peticionarios y las causales por las cuales la Subsecretar\u00EDa podr\u00E1 denegar en parte o totalmente dicha gesti\u00F3n. Esto es importante, porque se podr\u00E1n dar cuenta de c\u00F3mo se ha estructurado el articulado de conformidad con el acuerdo pol\u00EDtico-parlamentario. \nSi en el r\u00E9gimen general de acceso se ha cumplido con las formalidades, la autorizaci\u00F3n de pesca habilitar\u00E1 a la nave para desarrollar actividades pesqueras extractivas sobre las especies en ella se\u00F1aladas, por tiempo indefinido, autorizaci\u00F3n que ser\u00E1 trasmisible e intransferible. \nPor \u00FAltimo, el p\u00E1rrafo establece la facultad al Ministerio para que, en un plazo m\u00E1ximo de doce meses y en un m\u00EDnimo de seis, proceda a suspender la recepci\u00F3n de solicitudes y el otorgamiento de autorizaciones de pesca para capturar una especie hidrobiol\u00F3gica en un \u00E1rea determinada, cuando existan antecedentes t\u00E9cnicos que ameriten el estudio de la aplicaci\u00F3n de algunos de los reg\u00EDmenes se\u00F1alados, como el de plena explotaci\u00F3n, de recuperaci\u00F3n o de desarrollo incipiente. \nEl p\u00E1rrafo dos de la letra b) relativo al r\u00E9gimen general de acceso, se refiere al r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n, contenido en los art\u00EDculos 8\u00B0 al 25. En \u00E9l se establece que, a iniciativa de la Subsecretar\u00EDa y con la aprobaci\u00F3n del Consejo Nacional y Zonal de Pesca que corresponda, por simple mayor\u00EDa, podr\u00E1 declararse una unidad de pesquer\u00EDa en estado de plena explotaci\u00F3n y someterla al r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n. \nEn este p\u00E1rrafo segundo tambi\u00E9n se establece el procedimiento para sustituir el r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n por el r\u00E9gimen general de acceso, para lo cual deber\u00E1 contar con igual aprobaci\u00F3n por parte de ambos consejos. Se se\u00F1ala el procedimiento para determinar las naves que podr\u00E1n operar en estas unidades de pesquer\u00EDa, incluyendo un mecanismo de reclamo. Adem\u00E1s, se establece la suspensi\u00F3n transitoria del otorgamiento de nuevos permisos de pesca para estas unidades de pesquer\u00EDa, hasta el fin del a\u00F1o calendario de la declaraci\u00F3n. El permiso de pesca ser\u00E1 otorgado a cada nave, se\u00F1al\u00E1ndose en \u00E9l sus caracter\u00EDsticas b\u00E1sicas y las unidades de pesquer\u00EDa en que podr\u00E1 pescar. \nSe se\u00F1ala que estos permisos tendr\u00E1n el car\u00E1cter de indefinidos, mientras se encuentre vigente el r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n. Con el objeto de propender a la eficiencia econ\u00F3mica en cada unidad de pesquer\u00EDa sometida a este r\u00E9gimen, este permiso ser\u00E1 transferible s\u00F3lo con la nave. Adem\u00E1s, el permiso de pesca ser\u00E1 indivisible, con el prop\u00F3sito de evitar aumentos en el esfuerzo de pesca, asociado a sus divisiones en cada unidad de pesquer\u00EDa, el cual tambi\u00E9n ser\u00E1 trasmisible. \nEste p\u00E1rrafo establece que, durante el r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n, se mantendr\u00E1 abierto el acceso a pescar. Los interesados en ingresar deber\u00E1n cumplir con los mismos requisitos establecidos para la obtenci\u00F3n de autorizaciones de pesca. \nEste mismo p\u00E1rrafo se\u00F1ala que, una vez declarada la pesquer\u00EDa en plena explotaci\u00F3n por la mayor\u00EDa absoluta de los miembros en ejercicio de los consejos nacional y zonales de pesca, est\u00E1 la posibilidad de que durante el r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n, a iniciativa de la Subsecretar\u00EDa y con el acuerdo de los dos tercios de los miembros de los consejos nacional y zonales de pesca que corresponda, podr\u00E1 cerrarse el acceso a nuevas naves por per\u00EDodos de un a\u00F1o. \nCuando las pesquer\u00EDas est\u00E1n declaradas en r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n, podr\u00E1 establecerse en ellas cuotas globales anuales de captura, para lo cual se requerir\u00E1 consultar al Consejo Zonal de Pesca y contar con la aprobaci\u00F3n de la mayor\u00EDa absoluta de los miembros en ejercicio del Consejo Nacional. Esta cuota podr\u00E1 ser modificada una vez al a\u00F1o, a trav\u00E9s de igual procedimiento. \nFinalmente, el p\u00E1rrafo 2\u00B0, en su art\u00EDculo 14, dispone que, mientras las unidades de pesquer\u00EDa est\u00E9n sometidas a este r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n y en ellas se puedan establecer cuotas globales anuales de captura y cuando se cuente con el acuerdo de ambos consejos por simple mayor\u00EDa, la Subsecretar\u00EDa podr\u00E1 efectuar subastas o licitaciones de cuotas individuales de captura, hasta el equivalente al 50 por ciento de la cuota global anual de la unidad de pesquer\u00EDa correspondiente. \nAgrega que las subastas podr\u00E1n efectuarse anualmente en fracciones del 5 por ciento de la cuota global anual de captura. A los adjudicatarios de las subastas se les otorgar\u00E1 un permiso extraordinario de pesca, el que tendr\u00E1 una vigencia de 10 a\u00F1os, al cabo de los cuales dicha fracci\u00F3n pasar\u00E1 a formar parte de la cuota global. Este permiso ser\u00E1 transferible una vez al a\u00F1o. \nAdem\u00E1s, el permiso extraordinario ser\u00E1 divisible debido a que est\u00E1 asociado a cuotas individuales de captura, lo que permitir\u00E1, en este caso, una mejor asignaci\u00F3n de los factores productivos de la pesca. \nEstablece, tambi\u00E9n, que durante los a\u00F1os calendarios en que se efect\u00FAen subastas, se mantendr\u00E1 suspendido el otorgamiento de nuevos permisos de pesca para la unidad de pesquer\u00EDa correspondiente. \nEl proyecto del Ejecutivo se\u00F1ala, adem\u00E1s, que cuando una unidad de pesquer\u00EDa se declara en plena explotaci\u00F3n y se cierra su acceso en forma transitoria, tambi\u00E9n se deber\u00E1 cerrar por igual per\u00EDodo el registro pesquero artesanal en las regiones y especies que corresponda. Los pescadores artesanales inscritos en estas secciones del registro, podr\u00E1n continuar operando en la pesquer\u00EDa sin perder su condici\u00F3n de tal. \nPor \u00FAltimo, se consigna para este r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n, prohibiciones similares a las contenidas en el proyecto de enmienda originalmente propuesto al poder Legislativo, las que dicen relaci\u00F3n con los l\u00EDmites m\u00E1ximos de participaci\u00F3n de un titular en el total de tonelaje de registro grueso de las naves en cada unidad de pesquer\u00EDa declarada en este r\u00E9gimen, que se propone en el proyecto que no pueda ser mayor al 50 por ciento y la alteraci\u00F3n de las caracter\u00EDsticas b\u00E1sicas de la nave, indicadas en el permiso extraordinario, como tambi\u00E9n la prohibici\u00F3n de sobrepasar la asignaci\u00F3n individual consignada en los permisos extraordinarios de pesca. \nHasta ah\u00ED lo que establece el r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n, contenido en los art\u00EDculos 8\u00B0 al 25. \nEnseguida, el p\u00E1rrafo 3\u00B0, del t\u00EDtulo III, se refiere al r\u00E9gimen de pesquer\u00EDas en recuperaci\u00F3n o de desarrollo incipiente. \nPara estos fines, es importante explicar a los Honorables se\u00F1ores Diputados lo que entendemos por pesquer\u00EDa incipiente y por pesquer\u00EDa en recuperaci\u00F3n. \nPesquer\u00EDa incipiente es aquella cuya captura anual de la especie objetivo es menor al 10 por ciento de la cuota global anual calculada para dicha especie, y donde existe un n\u00FAmero considerable de interesados en participar en ella. Es decir, es una pesquer\u00EDa que tiene una baja cantidad de captura y lo que se busca es incentivar una mayor captura de ella. Sobre esto, escucharemos distintas opiniones, que tambi\u00E9n se plantearon en las Comisiones. \nPara esta pesquer\u00EDa existir\u00E1 un sistema de licitaci\u00F3n para el acceso, de un ciento por ciento de la cuota global de pesca, en cuotas individuales, a diferencia de aquellas pesquer\u00EDas declaradas en plena explotaci\u00F3n, que reci\u00E9n explicaba, sobre las cuales existir\u00E1 solamente licitaci\u00F3n sobre un 10 por ciento. \nPesquer\u00EDa en recuperaci\u00F3n es aquella que se ha sobreexplotado y se encuentra en fase de recuperaci\u00F3n, mediante veda extractiva, por un per\u00EDodo de al menos tres a\u00F1os, con el prop\u00F3sito de recuperarla. Es decir, es la situaci\u00F3n inversa a la de pesquer\u00EDa de desarrollo incipiente. Es una pesquer\u00EDa que est\u00E1 colapsada. El ejemplo m\u00E1s claro es el caso del langostino colorado, que tendr\u00E1 que cumplir el requisito de haber estado vedado durante tres a\u00F1os y que, para recuperarlo, tambi\u00E9n se establece un sistema de acceso de cuotas individuales, mediante licitaciones o subastas p\u00FAblicas de hasta un ciento por ciento de la cuota total de pesca. \nEsto es lo referente al r\u00E9gimen de pesquer\u00EDas en recuperaci\u00F3n o de desarrollo incipiente y su forma de acceso, establecida mediante un sistema de licitaciones de hasta el ciento por ciento de la cuota global anual de captura sobre estas especies. \nAdem\u00E1s, en estas dos pesquer\u00EDas se establece un mecanismo particular para mantener los derechos, por igual per\u00EDodo al de la vigencia de los permisos extraordinarios de pesca, a aquellos que cuenten con autorizaciones de pesca para efectuar actividades pesqueras extractivas industriales sobre la especie hidrobiol\u00F3gica sometida al r\u00E9gimen reci\u00E9n se\u00F1alado. \nEnseguida, el proyecto de ley pasa a un p\u00E1rrafo 4\u00B0, relativo a normas comunes, que va de los art\u00EDculos 28 al 31. Estas normas comunes dicen relaci\u00F3n con las obligaciones de los titulares de autorizaciones de pesca y de permisos para inscribirse en los registros correspondientes e informar sobre las modificaciones que ocurrieron respecto de la informaci\u00F3n original contenida en ellos. \nEn el art\u00EDculo 30 del mismo p\u00E1rrafo se consigna -y \u00E9ste es un punto importante- la obligatoriedad de todas las naves pesqueras industriales de efectuar un pago anual por concepto de patente \u00FAnica pesquera, dividida en tres tramos: uno, que va de cero a 100 toneladas de registro grueso, donde el Ejecutivo propone un pago de una patente de 0,8 UTM por cada tonelada de registro grueso; en el rango de las naves que tiene entre 101 y 1.200 toneladas de registro grueso, se propone el pago de una patente de 1,2 UTM por cada tonelada de registro grueso, y aquellas naves mayores a 1.200 toneladas de registro grueso, el pago de 1,6 UTM por cada tonelada de registro grueso. La patente podr\u00E1 ser cancelada en dos cuotas iguales, con la opci\u00F3n de rebajar el valor de pago en el equivalente al monto que se aporte al Fondo de Investigaci\u00F3n Pesquera, hasta en el ciento por ciento del valor de la patente. Adem\u00E1s, se deja establecido que el valor de la patente no podr\u00E1 incrementarse mientras que el aporte anual del conjunto de los agentes al Fondo de Investigaci\u00F3n Pesquera sea superior al monto del aporte que realiza el Estado, con un tope equivalente al 150.000 UTM. \nEn materia de patentes pesqueras -vamos a conocer de inmediato el informe de la Comisi\u00F3n de Hacienda donde se propuso una rebaja de estos valores, los que no adelantar\u00E9, y que fueron materia de discusi\u00F3n-, el objeto del Ejecutivo consiste en que el valor de dichas patentes vaya a beneficiar al Fondo de Investigaci\u00F3n Pesquera, tema que, obviamente, no queda establecido en el proyecto, porque no podr\u00EDamos por ley destinar los recursos que capte el Estado a trav\u00E9s de las patentes, pues ellos son asignados al erario, pero el objetivo del pago de las patentes -as\u00ED lo saben los agentes y lo ha manifestado el Ejecutivo- es financiar dicho Fondo, independiente de los pronunciamientos que se tengan sobre sus valores. \nEn la letra C del proyecto se reemplaza el art\u00EDculo 84 del T\u00EDtulo IX de la ley, sobre infracciones, sanciones y procedimientos. \nEn virtud de lo estipulado en el fallo del Tribunal Constitucional, esta indicaci\u00F3n tiene el prop\u00F3sito de reponer los art\u00EDculos que requieren ser votados como ley org\u00E1nica constitucional. A juicio de ese tribunal, la Honorable C\u00E1mara no dej\u00F3 establecido ese quorum. Por consiguiente, el art\u00EDculo 84 busca prohibir la operaci\u00F3n de buques de bandera extranjera dedicados a efectuar faenas de pesca extractiva en aguas interiores, mar territorial o zona econ\u00F3mica exclusiva, salvo aquellos que est\u00E9n autorizados expresamente para realizar pesca de investigaci\u00F3n. \nEste es un punto muy importante, que se refiere a un factor que muchas veces ha generado noticia p\u00FAblica: la forma en que se multa el ingreso de embarcaciones extranjeras a nuestras aguas territoriales y jurisdiccionales. El proyecto de ley establece un alt\u00EDsimo valor de sanci\u00F3n -que se puede apreciar en el art\u00EDculo 84- que va de 100 a 150 pesos oro, por tonelada que registre la nave. Esta es una multa varias veces m\u00E1s alta de la que hoy se aplica a las naves que invaden nuestras aguas interiores, nuestro mar territorial o nuestra zona econ\u00F3mica exclusiva. \nEn la letra D se reemplaza el art\u00EDculo 93 del T\u00EDtulo IX del proyecto de ley que impugn\u00F3 el Tribunal Constitucional, y se agregan los art\u00EDculos 93a), 93b), 93c) y 93d). \nEl art\u00EDculo 93 establece la competencia de los juzgados civiles para el conocimiento de las infracciones de que trata esta ley, y se\u00F1ala un procedimiento de efecto, con excepci\u00F3n de las infracciones de pesca deportiva cometidas en aguas dulces, en que se mantiene la competencia de los juzgados de polic\u00EDa local, y las relativas a delitos especiales, cuyo conocimiento en primera instancia corresponder\u00E1 a los juzgados del crimen. \nEsta es una materia tambi\u00E9n de mucha importancia, porque el cambio en la competencia de los tribunales pretende, desde el punto de vista del Ejecutivo y del Legislativo, que muchas de las infracciones que se cometan sobre esta ley, no tengan que ser vistas necesariamente por los juzgados de polic\u00EDa local, dada la dificultad que \u00E9stos muchas veces tienen para hacerse cargo de estas materias. \nSe formul\u00F3 la consulta a la Excelent\u00EDsima Corte Suprema de Justicia, y \u00E9sta -perm\u00EDtame dar lectura a un p\u00E1rrafo- se\u00F1ala: \"Esta Corte expres\u00F3 su opini\u00F3n en orden de que tanto las infracciones como los delitos a que se refiere dicha ley, deben ser entregados \u00FAnicamente al conocimiento de los jueces del crimen, en cuya jurisdicci\u00F3n se sorprenda la infracci\u00F3n o se cometa el hecho punible\". \nEntiendo que a los Honorables se\u00F1ores Diputados se les ha entregado este oficio respuesta de la Corte Suprema para mayor conocimiento, con lo cual se cumpli\u00F3 con el tr\u00E1mite que establece para estas materias la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica. \nLos art\u00EDculos 93 a), b), c) y d) establecen todo un procedimiento sobre la forma en que estos tribunales deber\u00E1n ver estas infracciones, los descargos, etc\u00E9tera. Hay ah\u00ED abundante materia sobre procedimiento legal en cuanto a enfrentar estas infracciones, en lo cual no profundizar\u00E9, dado la especificidad del tema y el hecho de que los se\u00F1ores Diputados lo tienen en su poder. \nLa letra E del proyecto reemplaza totalmente el T\u00EDtulo XII, relativo a los Consejos de Pesca y que contiene tres P\u00E1rrafos. El 1\u00B0 se refiere al Consejo Nacional de Pesca; el 2\u00B0, a los Consejos Zonales de Pesca, y el 3\u00B0 a los Consejos Regionales de Pesca. \nRespecto del Consejo Nacional de Pesca, se establece que ahora tendr\u00E1 car\u00E1cter resolutivo, consultivo y asesor, seg\u00FAn sean las materias a tratar. Estar\u00E1 constituido por 19 personas; cuatro de ellas pertenecientes al sector p\u00FAblico, cuatro al empresarial, cuatro al laboral, y siete designadas por el Presidente de la Rep\u00FAblica con el acuerdo de los tres quintos del Senado. Esto qued\u00F3 en los mismos t\u00E9rminos en que lo establec\u00EDa el acuerdo pol\u00EDtico parlamentario. Adem\u00E1s, se dan las atribuciones que tendr\u00E1n estos Consejos en materia de manejo y acceso a la actividad pesquera extractiva industrial, en la fijaci\u00F3n de las cuotas globales anuales de captura, y en los llamados a subasta p\u00FAblica. \nEl P\u00E1rrafo 2\u00B0, relativo a los Consejos Zonales de Pesca, establece la creaci\u00F3n de cinco Consejos Zonales de Pesca, que tendr\u00E1n car\u00E1cter resolutivo y asesor, seg\u00FAn sea la materia a tratar. Contribuir\u00E1n a descentralizar las medidas administrativas que adopte la autoridad y a hacer efectiva la participaci\u00F3n de los agentes en su respectivo sector zonal. Se dispone que cada Consejo Zonal estar\u00E1 constituido por 13 personas -veremos que esto se modific\u00F3 en las indicaciones de la Comisi\u00F3n-; seis de ellas del sector p\u00FAblico y universitario, tres del empresarial y tres del laboral. Adem\u00E1s, se determinan las atribuciones que tendr\u00E1n estos Consejos Zonales. \nFinalmente, el P\u00E1rrafo 3\u00B0 de esta letra E establece los Consejos Regionales de Pesca. Faculta a los Intendentes Regionales para que los constituyan, indic\u00E1ndose su composici\u00F3n y funciones, sin avanzar en detalle acerca de c\u00F3mo estar\u00E1n compuestos sino que, como digo, delega esta facultad en el se\u00F1or Intendente. \nLa letra F agrega un art\u00EDculo permanente, que faculta a cualquiera persona que se sienta perjudicada en sus derechos, para requerir las indemnizaciones respectivas, en los mismos t\u00E9rminos en que los estableci\u00F3 el acuerdo pol\u00EDtico parlamentario. Esta norma dice: \"Quienes eventualmente estimen haber sido perjudicados en su derecho por la aplicaci\u00F3n de cualquiera de las disposiciones de esta ley, podr\u00E1n recurrir a los tribunales de justicia para requerir la indemnizaci\u00F3n o la compensaci\u00F3n que pudiere corresponderles.\". \nEnseguida, vienen los art\u00EDculos transitorios contenidos en la letra G. Se reemplazan los art\u00EDculos transitorios 1\u00B0, 4\u00B0 y 7\u00B0. \nEl art\u00EDculo 1\u00B0 transitorio establece la declaraci\u00F3n de aquellas pesquer\u00EDas en plena explotaci\u00F3n, las zonas geogr\u00E1ficas en las cuales \u00E9stas ser\u00E1n declaradas en plena explotaci\u00F3n y las especies que afecta. \nUn aspecto relevante del art\u00EDculo 4\u00B0 transitorio, radica en que deja sometidas al r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n a todas las unidades de pesquer\u00EDas del art\u00EDculo 1\u00B0, a que hice referencia reci\u00E9n, con excepci\u00F3n del langostino colorado, el que se asimila al r\u00E9gimen de pesquer\u00EDa en recuperaci\u00F3n. \nEl art\u00EDculo 7\u00B0 transitorio hace menci\u00F3n a otra materia de gran importancia, pues suspende transitoriamente, a contar de la fecha de entrada en vigencia de la ley, la inscripci\u00F3n en el registro artesanal, secci\u00F3n pesquer\u00EDa del pez espada, por haberse alcanzado el estado de plena explotaci\u00F3n de \u00E9ste. Igualmente, las naves industriales que cuenten con autorizaci\u00F3n vigente y que hayan registrado captura de esta especie en el Servicio durante el a\u00F1o anterior al de la entrada en vigencia de esta ley, quedar\u00E1n sometidas al r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n. \nFinalmente, la letra H establece dos art\u00EDculos transitorios nuevos, del siguiente tenor: \n\"Las patentes \u00FAnica pesquera y de acuicultura que deban pagarse durante el a\u00F1o 1992, se rebajar\u00E1n en el 20% respecto de su valor total. \n\"Para el a\u00F1o calendario de 1991, los aportes en dinero que efect\u00FAen los armadores industriales pesqueros al Instituto de Fomento Pesquero, para los solos fines de evaluaci\u00F3n directa de recursos hidrobiol\u00F3gicos en el mar territorial y en la zona econ\u00F3mica exclusiva de Chile y que cuenten con la aprobaci\u00F3n previa de la Subsecretar\u00EDa, constituir\u00E1n un cr\u00E9dito contra el pago de la patente \u00FAnica pesquera a que se refiere el T\u00EDtulo III de esta ley, correspondiente al a\u00F1o 1992.\". \nEl otro dice: \"Fac\u00FAltase a la Subsecretar\u00EDa para que, por resoluci\u00F3n fundada, suspenda el otorgamiento de nuevos permisos de pesca, durante el a\u00F1o 1992, para aquellas unidades de pesquer\u00EDa en r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n se\u00F1aladas en los art\u00EDculos 4\u00B0 y 7\u00B0 transitorios de esta ley.\". \nEstas son las ideas matrices y los art\u00EDculos fundamentales del proyecto de ley enviado por el Ejecutivo. \nEnseguida, deseo referirme a aquellos art\u00EDculos y normas que tienen car\u00E1cter org\u00E1nico constitucional, solamente para conocimiento de la Mesa. \nEn los t\u00E9rminos establecidos all\u00ED, deber\u00E1n ser votadas con quorum de ley org\u00E1nica constitucional todas aquellas normas que por unanimidad determinaron las Comisiones Unidas: los art\u00EDculos 84, 93, 93a), 93b), 93c) y 93d) de la ley N\u00B0 18.892, as\u00ED como el nuevo T\u00EDtulo XII, contenido en la letra E) del art\u00EDculo 1\u00B0, que consta de tres p\u00E1rrafos. \nLos dem\u00E1s art\u00EDculos deber\u00E1n ser votados con quorum calificado, especialmente los relativos al T\u00EDtulo III, en los t\u00E9rminos se\u00F1alados en las p\u00E1ginas 28 y 29 del proyecto de ley. \nLas Comisiones Unidas recibieron numerosos documentos y escucharon a muchas personas, mediante el procedimiento de audiencia p\u00FAblica, en los t\u00E9rminos que establece el art\u00EDculo 212 del Reglamento. Las Comisiones Unidas estimamos que durante toda la tramitaci\u00F3n del proyecto de ley estudiado el a\u00F1o pasado, se hab\u00EDa recibido abundante documentaci\u00F3n, y escuchado a innumerables agentes e instituciones, y, para el tratamiento de este proyecto, opt\u00F3 por el procedimiento de la audiencia p\u00FAblica. \nEl llamado a audiencia se public\u00F3 en el diario \"La Tercera\". Es as\u00ED como se escuch\u00F3 a representantes de la Universidad Cat\u00F3lica de Valpara\u00EDso, a la Asociaci\u00F3n Gremial de Profesionales Pesqueros, a la Federaci\u00F3n Nacional de Sindicatos y Tripulantes y Ramos Similares de Naves, a la Federaci\u00F3n Nacional de Oficiales, a la Asociaci\u00F3n Gremial de Peque\u00F1os Armadores Pesqueros, a la Asociaci\u00F3n de Industriales Pesqueros de la Regi\u00F3n del B\u00EDo-B\u00EDo, a la Asociaci\u00F3n Gremial de Industriales Pesqueros de la D\u00E9cima y Und\u00E9cima Regiones, a los se\u00F1ores Manuel Bezanilla y Claudio Elgueta, en representaci\u00F3n de la Corporaci\u00F3n de Productores de Harina y Aceite de Pescado \"Corpesca\", que agrupa a las empresas pesqueras Eperva, Indo, Iquique, Chilemar, Tocopilla, Punta Angamos y Guanaye, todas sociedades an\u00F3nimas; a la Asociaci\u00F3n Gremial de Industriales Pesqueros de la Pesquer\u00EDa Suraustral, a la Comisi\u00F3n de Desarrollo Pesquero de San Antonio, y a la Confederaci\u00F3n Nacional de Asociaciones de Pescadores Artesanales de Chile. \nPor consiguiente, se escuch\u00F3 a los principales agentes involucrados en las principales pesquer\u00EDas del pa\u00EDs, como tambi\u00E9n a los sectores laborales y profesionales que contribuyen al desarrollo de esta actividad. \nEn cuanto a la discusi\u00F3n general, el proyecto, puesto en votaci\u00F3n fue aprobado por unanimidad. \nRespecto de la discusi\u00F3n en particular, se presentaron 50 indicaciones: dos fueron declaradas inadmisibles, 18 rechazadas y 30 aprobadas. \nCon el objeto de que los se\u00F1ores Diputados puedan seguir las principales indicaciones, podemos ver c\u00F3mo quedaron incorporadas desde la p\u00E1gina 49 del proyecto, sin perjuicio de que, previo al t\u00EDtulo mismo de la ley, todas ellas y la forma en que se fueron votando, est\u00E1n consignadas desde la p\u00E1gina 33 a la 48. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- Esa parte del informe se podr\u00EDa dejar para el debate, se\u00F1or Diputado. \nEl se\u00F1or MELERO.- Muy bien. En la medida en que vayamos avanzando sobre los art\u00EDculos en que inciden, podremos conocer en particular cada una de estas indicaciones. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or RINGELING.- \nPido la palabra, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa, para informar en nombre de la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nEl se\u00F1or RINGELING.- \nGracias, se\u00F1or Presidente. \nLa Comisi\u00F3n de Hacienda estudi\u00F3 este proyecto de ley, en conformidad con lo dispuesto en los art\u00EDculos 219 y siguientes del Reglamento de la Corporaci\u00F3n. Su tramitaci\u00F3n es de \"simple urgencia\". \nComo se expresa en el mensaje, el proyecto de ley consta de dos art\u00EDculos y se basa en el acuerdo pol\u00EDtico suscrito, en enero de 1991, entre parlamentarios y representantes del Ejecutivo. \nMuy sucintamente, ese acuerdo pol\u00EDtico tiende a subsanar eventuales problemas constitucionales del primitivo proyecto del Ejecutivo, y a alentar un sistema de acceso que proteja la competitividad y precisamente el libre acceso a la actividad, posibilitando un manejo del recurso en plena explotaci\u00F3n que tienda a la asignaci\u00F3n de cuotas individuales de captura. \nTambi\u00E9n es parte importante de este acuerdo y del proyecto que estamos tratando, otorgar una decisiva participaci\u00F3n resolutiva a los sectores interesados, por intermedio de los Consejos Nacional y Zonal de Pesca. \nConforme con lo dispuesto por la Comisi\u00F3n de Agricultura, Desarrollo Rural y Mar\u00EDtimo, y la de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, nos correspondi\u00F3 conocer los art\u00EDculos 14, 25, 26, 27 y 30, del T\u00EDtulo IIII; el art\u00EDculo 93 y los art\u00EDculos 3\u00B0 y 4\u00B0 transitorios. \nParticiparon en este an\u00E1lisis el Subsecretario de Pesca, don Andr\u00E9s Couve, y el Jefe del Departamento de Recursos de la Subsecretar\u00EDa, don Maximiliano Alarma. \nRese\u00F1ando el estudio en particular, cabe manifestar que el art\u00EDculo 14 del T\u00EDtulo III, relativo al r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n, faculta a la Subsecretar\u00EDa de Pesca para adjudicar, anualmente, mediante p\u00FAblica subasta, el derecho a capturar un 5 por ciento de la cuota anual global respectiva, trat\u00E1ndose de unidades de pesquer\u00EDas sujetas al r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n. \nEsta norma, como ya se dijo, fue aprobada por unanimidad y est\u00E1 dentro del acuerdo marco firmado en enero. \nEl art\u00EDculo 25 establece la facultad de la Subsecretar\u00EDa de Pesca para adjudicar, tambi\u00E9n mediante p\u00FAblica subasta, los permisos extraordinarios que terminen por renuncia de su titular o por efecto de la declaraci\u00F3n de caducidad. \nFue aprobado por unanimidad. \nEl art\u00EDculo 26 se refiere al mecanismo para declarar el r\u00E9gimen de pesquer\u00EDas en recuperaci\u00F3n -esto corresponde a un desarrollo del acuerdo marco, porque el concepto no estaba limitado- y autoriza a la Subsecretar\u00EDa de Pesca para adjudicar, mediante p\u00FAblica subasta, anualmente, el derecho a capturar el equivalente al 10 por ciento de la cuota global anual de captura, durante 10 a\u00F1os, en las condiciones que se indican. \nAl respecto, se present\u00F3 una que, por su importancia, fue aprobada en forma un\u00E1nime. En efecto, la redacci\u00F3n del Ejecutivo dejaba la posibilidad -en la interpretaci\u00F3n, por lo menos- de que se pudiera pasar de un r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n a un r\u00E9gimen de pesquer\u00EDa en recuperaci\u00F3n y, en consecuencia, cambiar fundamentalmente el esquema de la posibilidad de llegar m\u00E1s r\u00E1pido a las cuotas individuales de captura. En este caso, la indicaci\u00F3n precisa que para llegar a la condici\u00F3n de pesquer\u00EDa en recuperaci\u00F3n debe existir un paso previo: que la pesquer\u00EDa est\u00E9 en estado de sobreexplotaci\u00F3n y no solamente en el de plena explotaci\u00F3n. \nTanto la indicaci\u00F3n como el art\u00EDculo fueron aprobados por unanimidad. \nEl art\u00EDculo 27 contempla el mecanismo para la declaraci\u00F3n de pesquer\u00EDas en desarrollo incipiente. Esto es algo realmente importante en el proyecto del Ejecutivo, porque si bien este concepto no estaba contenido en el acuerdo marco, sino simplemente anunciado, creemos que apunta hacia lo que debe ser un r\u00E9gimen ideal para la administraci\u00F3n de los recursos pesqueros. Todos los expertos que llegaron a las Comisiones de Agricultura y de Recursos Naturales, estuvieron contestes en se\u00F1alar que el sistema de cuotas individuales de captura es el que genera una mayor protecci\u00F3n del recurso, adem\u00E1s de una explotaci\u00F3n m\u00E1s racional y un uso m\u00E1s adecuado del esfuerzo pesquero. \nPor esta raz\u00F3n, nos parece importante que en pesquer\u00EDas que tengan ese desarrollo incipiente, desde un primer momento se pueda administrarlas m\u00E1s racionalmente, protegiendo as\u00ED -como lo plantea el mismo art\u00EDculo-, a aquellos empresarios pesqueros que tengan la iniciativa de empezar a explotar estos recursos para no pagar durante un per\u00EDodo determinado, como tendr\u00EDan que hacerlo, por el remate de sus cuotas. \nEste art\u00EDculo y la indicaci\u00F3n de que fue objeto, se aprobaron por mayor\u00EDa. Su finalidad es que, en conjunto, no se pueda adjudicar m\u00E1s del 50 por ciento de la cuota global de captura estimada. \nEl art\u00EDculo 30 dispone que los titulares de autorizaciones y permisos de cualquier tipo pagar\u00E1n una patente \u00FAnica pesquera, cuyos valores fueron entregados por el Diputado informante de las Comisiones Unidas. \nUna proposici\u00F3n de la Subsecretar\u00EDa se plasm\u00F3 en una indicaci\u00F3n que baja el monto de estas patentes \u00FAnicas pesqueras en la forma que en ella est\u00E1 establecida. \nComo antes no exist\u00EDa esta patente \u00FAnica pesquera, se estim\u00F3 que el hecho de bajar, por una indicaci\u00F3n de origen parlamentario, lo que potencialmente pudieran rendir, no constituye una disminuci\u00F3n de ingresos para el Fisco. Por lo tanto, se consider\u00F3 admisible. De todas maneras, en el evento de que pudiera surgir alguna interpretaci\u00F3n contraria, el Presidente de la Rep\u00FAblica envi\u00F3 una indicaci\u00F3n en los mismos t\u00E9rminos. \nEl art\u00EDculo 93 establece el procedimiento aplicable a las infracciones a la ley General de Pesca y Acuicultura. Dispone que el 50 por ciento de las multas y el producto de las subastas de los bienes decomisados ir\u00E1 a beneficio municipal, y el 50 por ciento al Fondo de Fomento para la Pesca Artesanal. \nEl art\u00EDculo 4\u00B0 transitorio asimila la pesquer\u00EDa del langostino colorado en estado de plena explotaci\u00F3n al r\u00E9gimen de pesquer\u00EDa en recuperaci\u00F3n. Es el caso m\u00E1s espec\u00EDfico y patente de la necesidad de tratar algunos recursos fuera del r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n o de libre acceso, los \u00FAnicos que contiene la ley. \nEl art\u00EDculo 1\u00B0 transitorio, dispone una rebaja para las patentes \u00FAnica pesquera y de acuicultura, que deben pagarse durante 1992. \nEs todo cuanto puedo informar a la Honorable C\u00E1mara. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nHan pedido hacer uso de la palabra varios parlamentarios. \nEl se\u00F1or CARRASCO.- \n\u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or CARRASCO.- \nSe\u00F1or Presidente, ser\u00EDa bueno conocer las indicaciones presentadas, para derivar el debate hacia esas materias y ver c\u00F3mo distribuiremos el tiempo. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nHan llegado algunas indicaciones a la Mesa, las cuales se est\u00E1n fotocopiando. \nEl se\u00F1or CARRASCO.- \nInteresa, al menos, saber a qu\u00E9 se refieren. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nInformaremos inmediatamente sobre el particular. \nAdem\u00E1s, hay acuerdo de Comit\u00E9s en el sentido de cerrar el debate a las 13 horas, momento en que se votar\u00E1 en general el proyecto; luego suspenderemos la sesi\u00F3n y la reanudaremos para debatir las indicaciones hasta el total despacho del proyecto. Para tales efectos, todas las sesiones se considerar\u00E1n empalmadas. \nMientras tanto, veremos cu\u00E1les son las ideas centrales de las indicaciones. \nEl se\u00F1or PALMA (don Andr\u00E9s).- \n\u00BFEn el acuerdo de los Comit\u00E9s se fij\u00F3 una hora l\u00EDmite para recibir las indicaciones? \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nNo; las indicaciones pueden presentarse hasta que se discuta el art\u00EDculo correspondiente. \nEl se\u00F1or PALMA (don Andr\u00E9s).- \nPropongo a la Honorable C\u00E1mara presentar las indicaciones s\u00F3lo hasta el t\u00E9rmino del debate en general, a fin de ordenar el trabajo posterior. Creo que habr\u00EDa acuerdo un\u00E1nime para ello. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nEso ser\u00EDa lo m\u00E1s razonable. \nSi le parece a la Sala, se recibir\u00E1n las indicaciones en la forma indicada. \nUn se\u00F1or DIPUTADO.- \nNo hay acuerdo. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nNo existe acuerdo, de manera que las veremos en el camino. \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Julio Rojos. \nEl se\u00F1or ROJOS.- \nSe\u00F1or Presidente, despu\u00E9s de la brillante y larga exposici\u00F3n del Presidente de las Comisiones Unidas de Agricultura, Desarrollo Rural y Mar\u00EDtimo, y de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, deseo, para claridad de esta Honorable C\u00E1mara, analizar por qu\u00E9 estamos estudiando este proyecto complementario de modificaciones a la ley N\u00B0 18.892, de 1989. \nEl referido cuerpo legal, en su art\u00EDculo 126, establec\u00EDa que \u00E9sta entrar\u00EDa en vigencia el l\u00B0 de abril de 1990. Mediante la ley N\u00B0 18.997, la C\u00E1mara prorrog\u00F3 su aplicaci\u00F3n hasta el 1\u00B0 de octubre de 1990. \nEl Gobierno tuvo dos razones para postergarla, para lo cual cont\u00F3 con el apoyo un\u00E1nime del Congreso Nacional. En primer lugar, la ley conten\u00EDa errores que tendr\u00EDan importantes efectos negativos sobre el sector, que los agentes hab\u00EDan denunciado sin ser escuchados. En segundo t\u00E9rmino, era engorrosa, inflexible, compleja y dif\u00EDcil de aplicar, porque se habr\u00EDa requerido de m\u00E1s personal y de financiamiento extraordinario, con el cual no se contaba, tal como qued\u00F3 demostrado, en aquella oportunidad, en esta Honorable C\u00E1mara. \nAnte esta situaci\u00F3n, el Ejecutivo, despu\u00E9s de un an\u00E1lisis y consulta a los agentes del sector, envi\u00F3 en junio de 1990 un proyecto de modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura. En el transcurso de su estudio se han producido cuatro pr\u00F3rrogas. \nDurante la tramitaci\u00F3n del primer proyecto, los t\u00EDtulos III y XII, al igual que los art\u00EDculos 84 y 93, permanentes, y l\u00B0 y 4\u00B0, transitorios, fueron objeto de un requerimiento al Tribunal Constitucional por supuestos vicios de inconstitucionalidad de fondo y forma, interpuesto por 15 Senadores -14 de Oposici\u00F3n y 1 de la Concertaci\u00F3n- el 30 de octubre de 1990, cuando se encontraba en segundo tr\u00E1mite legislativo en el Senado. \nLa sentencia del Tribunal Constitucional, del 4 de diciembre de 1990, acogi\u00F3 el requerimiento en raz\u00F3n de vicios de forma, concretamente por no haberse dejado constancia de los quorum con que se aprobaron las normas que requer\u00EDan de quorum especiales, y, adem\u00E1s, por no haberse consultado en la debida oportunidad a la Corte Suprema. \nEstos vicios de procedimiento ocurrieron durante el primer tr\u00E1mite del proyecto en la C\u00E1mara de Diputados. \nEl Tribunal Constitucional no se pronunci\u00F3 sobre los presuntos vicios de inconstitucionalidad de fondo que los requirentes atribuyeron al proyecto. Tanto es as\u00ED que los art\u00EDculos correspondientes fueron propuestos al Senado como indicaciones mediante mensaje del Presidente de la Rep\u00FAblica, con fecha 10 de diciembre de 1990. \nOcurri\u00F3, entonces, que los Comit\u00E9s del Senado decidieron remitir a la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n y Justicia y Reglamento, para su informe, el fallo del Tribunal Constitucional. Con fecha 18 de diciembre de 1990, dicha Comisi\u00F3n resolvi\u00F3 que si se deseaba incorporar al proyecto indicaciones iguales o similares a las objetadas por el Tribunal Constitucional en lo formal, ello deb\u00EDa concretarse mediante la presentaci\u00F3n de un nuevo proyecto de ley. \nEl referido informe se remiti\u00F3 a la Sala del Senado y, despu\u00E9s de varias postergaciones, se suspendi\u00F3 su discusi\u00F3n hasta el 16 de enero de 1991. \nEl mismo d\u00EDa 16 de enero, luego de varias reuniones previas, los se\u00F1ores Ministros de Econom\u00EDa y Secretario General de la Presidencia y el Subsecretario de Pesca, se reunieron con Senadores y Diputados y suscribieron el acuerdo pol\u00EDtico, marco jur\u00EDdico-t\u00E9cnico, que contiene las bases para la redacci\u00F3n de un proyecto complementario de modificaciones a ley 18.892, de 1989, que hoy analizamos. \nLa cuarta pr\u00F3rroga de la entrada en vigencia de la ley 18.892 fue solicitada en el contexto del referido acuerdo, en el que se estim\u00F3 que dentro del plazo previsto, junio de 1991, el proyecto complementario concluir\u00EDa su tramitaci\u00F3n en el Congreso Nacional. \nEl Ejecutivo, con fecha 8 de abril de 1991, ingres\u00F3 a tr\u00E1mite legislativo el proyecto complementario, el cual se ci\u00F1\u00F3 a los t\u00E9rminos del citado acuerdo suscrito por Diputados y Senadores en representaci\u00F3n de sus partidos pol\u00EDticos. \nLas Comisiones Unidas de Recursos Naturales y Agricultura de la C\u00E1mara de Diputados, en abril de 1991, recibi\u00F3 en audiencia p\u00FAblica a los agentes del sector, algunos de los cuales expresaron su disconformidad con varios de las disposiciones del acuerdo pol\u00EDtico, que se resume en las siguientes inquietudes: consideran demasiado oneroso el pago de patente; no est\u00E1n de acuerdo con el sistema de licitaciones ni con la integraci\u00F3n de los consejos zonales y nacionales de pesca; tampoco con las pesquer\u00EDas en recuperaci\u00F3n o de desarrollo incipiente; plantean que las actuales autorizaciones concedidas por la Subsecretar\u00EDa implican un derecho de dominio y propiedad, y que en caso de producirse licitaci\u00F3n, dichos derechos deben ser indemnizados, etc\u00E9tera. \nSe intent\u00F3, sin \u00E9xito, un ajuste pol\u00EDtico que permitiera modificar el proyecto complementario en tr\u00E1mite. Sin embargo, muchas de las inquietudes se\u00F1aladas por el sector fueron incorporadas mediante indicaci\u00F3n porque no estaban en contra del esp\u00EDritu del acuerdo. \nCon fecha 9 de mayo de 1991, la Comisi\u00F3n t\u00E9cnica de la C\u00E1mara de Diputados aprob\u00F3, en general, el proyecto, dej\u00E1ndose expresa constancia en acta que \u00E9ste se ajusta a las disposiciones del acuerdo pol\u00EDtico, marco jur\u00EDdico-t\u00E9cnico. \nSe\u00F1or Presidente, de la situaci\u00F3n anteriormente descrita, y del arduo trabajo realizado por las Comisiones Unidas de Agricultura y Recursos Naturales de la C\u00E1mara de Diputados, podemos comprobar que en el sector pesquero nacional existen importantes intereses individuales y que es un hecho que cada grupo ha luchado por hacer prevalecer sus intereses particulares por sobre los dem\u00E1s. \nPor otra parte, es preciso se\u00F1alar, con mucha claridad y firmeza, que el \u00E1nimo de los colegas democratacristianos de la Comisi\u00F3n y de toda la C\u00E1mara de Diputados, es asumir la funci\u00F3n para la cual fuimos elegidos. \nNuestra misi\u00F3n es velar por el bien com\u00FAn; es hacer prevalecer el inter\u00E9s nacional por sobre los intereses de grupos o personas, por leg\u00EDtimos que sean, y de propiciar una legislaci\u00F3n que concibe los intereses particulares con el inter\u00E9s nacional. \nCreemos que el objetivo primordial de una ley de pesca es velar adecuadamente por la preservaci\u00F3n de los recursos hidrobiol\u00F3gicos en el tiempo, toda vez que constituyen un patrimonio de la naci\u00F3n. No debemos olvidar que la esencia del problema radica en que las actividades pesqueras se basan en la explotaci\u00F3n de un recurso natural renovable que posee una caracter\u00EDstica especial que lo diferencia de otros, al cual se le ha dado la connotaci\u00F3n de bien de propiedad com\u00FAn. La propiedad de \u00E9ste es, al mismo tiempo, de todos y de nadie y es lo que se llama \"res nullius\". Dicho r\u00E9gimen de propiedad implica una tendencia a la sobreinversi\u00F3n del sector y a la sobreexplotaci\u00F3n de las biomasas marinas. La tendencia cr\u00F3nica a la sobreexplotaci\u00F3n pesquera, que genera el r\u00E9gimen de propiedad com\u00FAn, ha llevado a muchos pa\u00EDses a imponer sistemas de regulaci\u00F3n al acceso de las pesquer\u00EDas. En el caso de Chile, cada vez se hace m\u00E1s evidente la necesidad de generar un sistema de acceso restringido a la actividad pesquera. \nLas principales pesquer\u00EDas nacionales presentan s\u00EDntomas claros de sobreinversi\u00F3n y sobreexplotaci\u00F3n, con los consiguientes efectos adversos en el empleo y en las econom\u00EDas regionales que implica declinaci\u00F3n de las pesquer\u00EDas sobreexplotadas y colapsadas. \nSostenemos la importancia de legislar cuanto antes sobre el tema pesquero, tanto por el impacto negativo que tiene sobre el desarrollo del sector y la concreci\u00F3n de nuevos proyectos de inversi\u00F3n, como por la incertidumbre que existe sobre la materia. \nPor estas razones, valoramos el acuerdo pol\u00EDtico y el proyecto de ley que de \u00E9l ha emanado, al cual la bancada democratacristiana prestar\u00E1 su apoyo, a pesar de que no nos deja plenamente satisfechos. No debemos olvidar que dicho proyecto es producto de un acuerdo que representa una de las posibles soluciones para el sector pesquero, diferente al que present\u00F3 el Ejecutivo en junio de 1990. \nA nuestro juicio, ese proyecto era original, t\u00E9cnico, coherente y entregaba una excelente soluci\u00F3n al manejo de las pesquer\u00EDas; pero nos encontramos con las objeciones constitucionales. Aceptamos este proyecto porque soluciona los problemas constitucionales de fondo y porque recoge, en lo fundamental, los postulados de conservaci\u00F3n, de participaci\u00F3n y de conocimiento de los recursos, a trav\u00E9s de la investigaci\u00F3n y porque, adem\u00E1s, contin\u00FAa protegiendo la zona exclusiva de los pescadores artesanales. \nQueremos recalcar, en esta oportunidad, que participamos en la negociaciones con \u00E9l \u00E1nimo de facilitar una normativa pesquera, pero, asimismo, exigimos que quedara claramente establecido lo que a nuestro juicio, era el aporte m\u00E1s importante al proyecto despu\u00E9s de su prolongado estudio en la C\u00E1mara de Diputados, el que qued\u00F3 incluido en un punto adicional del acuerdo pol\u00EDtico, en que se valoriza el trabajo realizado por esta Honorable Sala. \nPor eso, aprovecho la ocasi\u00F3n en que se encuentra presente el se\u00F1or Ministro de Econom\u00EDa subrogante, don Andr\u00E9s Couve, para solicitar al Ejecutivo y exigir al Senado que reconsideren el establecimiento del Fondo de Fomento Artesanal en el proyecto, eliminado por la Comisi\u00F3n de Pesca de esa Corporaci\u00F3n, por ser uno de los puntos incluidos en el acuerdo pol\u00EDtico. \nEl proyecto plantea el libre acceso, como regla general, y como excepciones los reg\u00EDmenes donde el acceso no es libre, sino regulado. La plena explotaci\u00F3n de una pesquer\u00EDa significa luz amarilla para comenzar a tomar medidas, que pueden ser el establecimiento de cuotas, el cierre de las pesquer\u00EDas y, eventualmente, la licitaci\u00F3n, entre muchos agentes, de un porcentaje de la cuota global. Sin embargo, para ser concordante con los criterios, y para que el proyecto fuera constitucional, se determin\u00F3 que en plena explotaci\u00F3n subsistiera el libre acceso, salvo que anualmente los consejos nacional y zonal de pesca, por los dos tercios de sus miembros, determinaran cerrar dicho acceso en forma transitoria. \nSe ha sostenido, por parte de algunos sectores, que la ley es muy compleja, porque trata temas de reglamento. Sobre esas observaciones, cabe se\u00F1alar que el prop\u00F3sito inicial del Ejecutivo fue flexibilizar y simplificar... \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nSe\u00F1or Diputado, termin\u00F3 el tiempo de su primer discurso. Puede continuar en el tiempo de su segundo discurso. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nSolicito la autorizaci\u00F3n de la Sala para empalmar esta sesi\u00F3n, que finaliza a las 12, con las pr\u00F3ximas. \nSi le parece a la C\u00E1mara, as\u00ED se acordar\u00E1. \nAcordado. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nPuede seguir haciendo uso de la palabra el Diputado se\u00F1or Rojos. \nEl se\u00F1or ROJOS.- \nGracias, se\u00F1or Presidente. \nSobre estas observaciones, cabe se\u00F1alar que el prop\u00F3sito inicial fue flexibilizar y simplificar el referido cuerpo normativo, remitiendo al Reglamento materias que se estimaron propias de \u00E9l. Sin embargo, en atenci\u00F3n a los agentes del sector y a los partidos pol\u00EDticos de Oposici\u00F3n, se prefiri\u00F3 detallar pormenorizadamente las facultades de la autoridad, los requisitos de acceso a las pesquer\u00EDas industriales y artesanales, de tal forma que las reglas del juego quedasen consignadas completamente en la ley, evitando la excesiva discrecionalidad del Estado en los reglamentos respectivos. \nAdem\u00E1s, es importante destacar que los consejos adquieren car\u00E1cter resolutivo en algunas de las materias contempladas en la ley, y que dicen relaci\u00F3n con las medidas de manejo pesquero. Esto permite la participaci\u00F3n de los agentes del sector y los hace responsables de la conservaci\u00F3n de los recursos en el tiempo, porque, en definitiva, de manejos adecuados y eficientes depender\u00E1 la sobrevivencia de su fuente de trabajo. \nSe\u00F1or Presidente, por ese motivo, y en nombre de la bancada dem\u00F3crata cristiana, anuncio que aprobaremos, en general, al proyecto modificatorio de la ley N\u00B0 18.892. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or RINGELING.- \nSe\u00F1or Presidente, pido la palabra para plantear una cuesti\u00F3n de Reglamento. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or RINGELING.- \nSe\u00F1or Presidente, no s\u00E9 si es posible, puesto que tenemos una hora limitada para el cierre del debate, que a los Diputados inscritos para hablar se les distribuya el tiempo en forma proporcional para que todos alcancen a hacerlo, y no se den las situaciones ocurridas otras veces. \nSu Se\u00F1or\u00EDa podr\u00EDa calcular, aproximadamente, los minutos para ello. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEso ser\u00EDa ideal. \nEl se\u00F1or PALESTRO.- \nHay un acuerdo general, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nHay un acuerdo general -que se adopt\u00F3 hace poco rato- para votar a las 13 horas. \nSe han inscrito diez personas y quedan sesenta minutos para la votaci\u00F3n en general. Si hubiera buena disposici\u00F3n, les ruego a los se\u00F1ores Diputados que circunscriban a aproximadamente seis minutos sus intervenciones. \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Akin Soto. \nEl se\u00F1or SOTO.- \nSe\u00F1or Presidente, distinguidos colegas, quiero agradecer a la testera que haya advertido mi deseo de participar en el debate y me haya concedido el uso de la palabra. \nLa informaci\u00F3n que nos ha entregado el Diputado Melero, Presidente de las Comisiones Unidas, ha sido muy rica, muy pormenorizada, y nos evita tener que tratar materias de car\u00E1cter t\u00E9cnico que son de muy dif\u00EDcil comprensi\u00F3n y muy complejas. \nAun cuando no es un tema en discusi\u00F3n, no puedo dejar de referirme a la leg\u00EDtima postura adoptada por el Diputado se\u00F1or Schaulsohn, quien, con ocasi\u00F3n del an\u00E1lisis del proyecto original modificatorio, impidi\u00F3 que el representante del Ejecutivo contara en esa oportunidad con la cooperaci\u00F3n de un grupo de sus asesores. La leg\u00EDtima postura del Diputado Schaulsohn impide que esta C\u00E1mara, como Corporaci\u00F3n, mantenga consecuencia ante la opini\u00F3n p\u00FAblica, y lo lamento. \nLa ley N\u00B0 18.892, General de Pesca y Acuicultura -cuyo texto fue promulgado por el gobierno anterior como un mal regalo de Navidad, ya que su publicaci\u00F3n se hizo el 23 de diciembre de 1989- encontr\u00F3, a esas alturas, un singular e in\u00E9dito consenso que permiti\u00F3 el un\u00E1nime rechazo de sus preceptos, no s\u00F3lo de los agentes productivos involucrados en el \u00E1rea, sino tambi\u00E9n de todos los partidos pol\u00EDticos. Fueron innumerables las comunidades pesqueras, los pueblos y las ciudades que se movilizaron para expresar su rechazo a dicha ley, sobre todo aquellas en que la actividad pesquera tiene fuerte gravitaci\u00F3n econ\u00F3mica. Los distintos sectores organizados, asociaciones de industriales, sindicatos, pescadores artesanales, etc\u00E9tera, hicieron lo propio. As\u00ED se fue construyendo un entendimiento que, finalmente, permiti\u00F3, previo env\u00EDo por parte del Ejecutivo de un proyecto de ley con esa finalidad, que los partidos pol\u00EDticos con representaci\u00F3n parlamentaria acordaran prorrogar su entrada en vigencia por 180 d\u00EDas. \nPosteriormente, y en cumplimiento del compromiso contra\u00EDdo, el Ejecutivo hizo llegar un proyecto modificatorio de la ley N\u00B0 18.892, que fue aprobado por la C\u00E1mara de Diputados, tanto en Comisiones como en la Sala, tras un responsable y concienzudo trabajo legislativo. \nSin embargo, por problemas de tiempo, fue menester otorgarle al Senado un nuevo plazo y se procedi\u00F3 a una segunda pr\u00F3rroga. \nUna tercera pr\u00F3rroga se origin\u00F3 por reparos de forma y de fondo del Tribunal Constitucional, a ra\u00EDz de un requerimiento presentado por 15 Honorables Senadores. Dicho Tribunal lo acogi\u00F3 y declar\u00F3 la inconstitucionalidad de forma de algunos art\u00EDculos, por no haberse dejado constancia de los quorum exigidos en la Constituci\u00F3n, lo que motiv\u00F3 la declaraci\u00F3n de nulidad de tales preceptos. \nComo el grupo de Honorables Senadores requirentes del pronunciamiento del Tribunal Constitucional mantuviera las objeciones de fondo en tomo al proyecto modificatorio de la ley que nos ocupa, el Gobierno intent\u00F3 la b\u00FAsqueda de un entendimiento, logrado el 16 de enero del a\u00F1o en curso, con la suscripci\u00F3n de un acuerdo pol\u00EDtico marco, del que fueron signatorios Senadores y Diputados de todas las bancadas, lo que le dio cobertura consensual a un proyecto complementario de modificaciones a la ley N\u00B0 18.892, en discusi\u00F3n en esta Sala. \nEn tal circunstancia, fue necesario una cuarta pr\u00F3rroga, porque el tiempo, al margen de nuestra voluntad legislativa, inexorablemente copaba la tercera pr\u00F3rroga concedida. \nDif\u00EDcilmente la historia legislativa de nuestro pa\u00EDs podr\u00E1 recoger un proceso m\u00E1s lleno de escollos y de dificultades que las sufridas por la Ley General de Pesca y Acuicultura. S\u00F3lo para ajustar el factor tiempo, se ha requerido de la promulgaci\u00F3n de cuatro leyes de pr\u00F3rroga de su entrada en vigencia, cuales son las N\u00B0s. 18.977, 18.999, 19.009 y 19.043. Esta \u00FAltima otorga un plazo hasta el 30 de junio pr\u00F3ximo. \nSe\u00F1or Presidente, as\u00ED como est\u00E1n las cosas, no debiera extra\u00F1amos que fuera necesario aprobar una nueva quinta pr\u00F3rroga para contar, alguna vez con un cuerpo legal que norme tan importante actividad econ\u00F3mica. \nHay quienes pensamos que esta ley es de una gran complejidad t\u00E9cnica, lo que, en alguna medida, ha hecho dificultoso el trabajo realizado en el Parlamento. Tambi\u00E9n es posible arg\u00FCir que los encontrados y a veces antag\u00F3nicos intereses de los sectores involucrados en la actividad, han intentado presionar, afortunadamente sin \u00E9xito, a trav\u00E9s de los medios de comunicaci\u00F3n o en las audiencias concedidas por las Comisiones Unidas que estudiaron los proyectos modificatorios. Estos intentos infructuosos de presi\u00F3n sobre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, a veces se han manifestado oblicuamente y, en otros casos, frontalmente, como ha sucedido con algunas empresas que han expresado, imp\u00FAdica y p\u00FAblicamente, sus aprontes de impetrar, desde el Poder Judicial, fallos que las hagan acreedoras de suculentas indemnizaciones en caso de ponerse en vigencia la ley en cuesti\u00F3n con las modificaciones complementarias que hoy debemos aprobar. \nPodr\u00EDa expresar muchas discrepancias con el proyecto complementario enviado por el Ejecutivo, pero cualquier cr\u00EDtica a este proyecto tendr\u00EDa que hacerla partiendo por reconocer que ellas se originan en las limitaciones que el Ejecutivo tuvo para elaborarlo, ci\u00F1\u00E9ndose lealmente al acuerdo pol\u00EDtico marco suscrito el 16 de enero. \nDe lo anterior, se podr\u00EDa deducir entonces que las cr\u00EDticas y discrepancias que pudiera se\u00F1alar estar\u00EDan dirigidas, m\u00E1s bien, contra el acuerdo pol\u00EDtico marco que es el que acota el proyecto complementario preparado por el Gobierno. Pero, Honorables colegas, nuestras cr\u00EDticas y discrepancias fueron volcadas en la discusi\u00F3n habida en las Comisiones Unidas. Ah\u00ED nuevamente los Diputados de las distintas bancadas fuimos capaces de ponernos de acuerdo, como lo hicimos tambi\u00E9n responsablemente respecto del proyecto original del Ejecutivo. \nEn el acuerdo pol\u00EDtico marco, siendo el centro de nuestro entendimiento en las Comisiones Unidas, hab\u00EDa dos importantes aspectos contemplados, en nuestra opini\u00F3n, insatisfactoriamente. Estos estaban relacionados con el porcentaje a licitar de las cuotas globales y el cambio de los quorum, tanto para el cierre de las pesquer\u00EDas en plena explotaci\u00F3n como para acordar el llamado a licitaci\u00F3n. Desgraciadamente, al trasladar el juicio un\u00E1nime de las Comisiones Unidas a los signatarios del acuerdo marco, no nos fue posible lograr su modificaci\u00F3n, ya que dos Honorables Senadores, los se\u00F1ores Sergio Diez y Sebasti\u00E1n Pi\u00F1era, se opusieron a las modificaciones propuestas por los Diputados, leg\u00EDtima oposici\u00F3n puesta en nuestro conocimiento a trav\u00E9s del Honorable colega Federico Ringeling, quien nos dio respetables, aunque no compartidos argumentos, que se\u00F1alaban que a juicio de los Senadores mencionados, avalados por el Partido Renovaci\u00F3n Nacional, nuestras propuestas modificatorias del acuerdo marco, atentaban contra su esencia y esp\u00EDritu. \nDadas as\u00ED las cosas, a los integrantes de las Comisiones Unidas no nos qued\u00F3 otra alternativa, al igual que al Gobierno, que ce\u00F1imos al acuerdo marco del 16 de enero, independientemente de que no todos compart\u00EDamos las disposiciones y limitaciones a que nos reduc\u00EDan el trabajo legislativo. \nPor encima de nuestra voluntad creadora en la formaci\u00F3n de la ley, se impuso entonces una visi\u00F3n pragm\u00E1tica, que nos indicaba que lo m\u00E1s importante era que hubiera ley, y esto s\u00F3lo se lograba aceptando las reglas del juego se\u00F1aladas en el acuerdo pol\u00EDtico marco. \nNo corresponde, entonces, ni es nuestro inter\u00E9s, desconocer u oponemos a dicho acuerdo. Nuestra bancada no quiere retardar m\u00E1s la puesta en vigencia de una ley que tiene paralizadas inversiones y que angustia a los casi 100 mil trabajadores del sector por falta de claras reglas que orienten la actividad. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nSe\u00F1or Diputado, ha terminado el tiempo correspondiente a su primer turno. Puede continuar en el tiempo del segundo. \nEl se\u00F1or SOTO.- \nHonorable C\u00E1mara, estamos por la m\u00E1s pronta promulgaci\u00F3n de una ley de pesca que el pa\u00EDs necesita con urgencia. \nPor lo anteriormente se\u00F1alado, la bancada del Partido Socialista, Partido por la Democracia y Partido Humanista dar\u00E1 su aprobaci\u00F3n al proyecto complementario modificatorio de la ley N\u00B0 18.892. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Elgueta. \nEl se\u00F1or ELGUETA.- \nSe\u00F1or Presidente, el presente proyecto de ley complementario, en mi opini\u00F3n, cumple con dos objetivos fundamentales: uno, protege los recursos naturales y, otro, asegura la participaci\u00F3n del sector involucrado en esta actividad. \nEn cuanto a la protecci\u00F3n de los recursos naturales, ello se desprende de los distintos reg\u00EDmenes de acceso al recurso. Se establecen mayores penas en el caso de infracciones; se les da mayor categor\u00EDa a los tribunales en cuanto a su competencia; se crea un \u00E1rea de reserva de la pesca artesanal; se forma un Fondo de Investigaci\u00F3n Pesquera, y se crea, a trav\u00E9s de lo que se har\u00E1 en el Senado y que ya tiene forma incipiente en este proyecto de ley complementario, el Fondo de Desarrollo de Pesca Artesanal, puesto que el 50 por ciento de la multas que se apliquen ser\u00E1 invertido en dicho Fondo. En cuanto a la participaci\u00F3n, \u00E9sta se materializa a trav\u00E9s de los Consejos Nacionales, Zonales y Regionales de Pesca. Quiero se\u00F1alar que esta participaci\u00F3n aparece en el art\u00EDculo 7\u00B0 y se establece una pr\u00F3rroga en el estudio para ser declarada la unidad de pesquer\u00EDa en plena explotaci\u00F3n, materia que se consulta al Consejo Nacional de Pesca. \nEl art\u00EDculo 8\u00B0 se dice relaci\u00F3n con la declaraci\u00F3n de plena explotaci\u00F3n, con aprobaci\u00F3n de la mayor\u00EDa absoluta de los miembros presentes del Consejo Nacional de Pesca y Zonal respectivo. \nEl art\u00EDculo 11 se refiere a la suspensi\u00F3n de la recepci\u00F3n de solicitudes y al otorgamiento de permisos, con aprobaci\u00F3n tambi\u00E9n de la mayor\u00EDa absoluta de los miembros presentes del Consejo Nacional y Zonal. \nEl art\u00EDculo 13 estipula que cuando se fijan las cuotas globales anuales, se consulta al Consejo Zonal y lo aprueba el Consejo Nacional. \nEl art\u00EDculo 14 se refiere a que la subasta del cinco por ciento anual tambi\u00E9n requiere el acuerdo de la mayor\u00EDa absoluta de los miembros presentes del Consejo Nacional y Zonal. \nEl art\u00EDculo 25 bis dispone que la modificaci\u00F3n de \u00E1reas de unidad de las pesquer\u00EDas tambi\u00E9n requiere de la aprobaci\u00F3n de la mayor\u00EDa absoluta de los miembros presentes de los Consejos Nacional y Zonal. \nLos art\u00EDculos 26 y 27 establecen que los consejos zonales y regionales tambi\u00E9n tienen participaci\u00F3n en la declaraci\u00F3n de pesquer\u00EDa de recuperaci\u00F3n e incipiente y en la autorizaci\u00F3n para adjudicar el derecho a capturar el equivalente al diez por ciento de la cuota global anual de captura. \nDe esta manera, el proyecto cumple con los objetivos b\u00E1sicos que he se\u00F1alado: la protecci\u00F3n de los recursos naturales y la participaci\u00F3n. \nTambi\u00E9n quiero abordar algunos aspectos que toc\u00F3 el Diputado informante, en especial a las siguientes materias. \nLa Excelent\u00EDsima Corte Suprema inform\u00F3 a la C\u00E1mara de Diputados, en el respectivo tr\u00E1mite constitucional, que los jueces del crimen deber\u00EDan conocer de las infracciones que se detallan en este proyecto de ley. Sin embargo, esta proposici\u00F3n fue rechazada por la unanimidad de la Comisi\u00F3n y se prefiri\u00F3, tal como ya lo hab\u00EDa hecho el Senado, a los jueces civiles, teniendo en vista las siguientes razones. En primer lugar, en lo penal, los jueces conocen de los cr\u00EDmenes, simples delitos y faltas; atribuirles competencia para el conocimiento de infracciones de car\u00E1cter administrativo importar\u00EDa alterar la que usualmente tienen. En el caso que estamos conociendo, se trata de infracciones administrativas que, al igual que las tributarias, siempre son conocidas por los jueces letrados en lo civil. \nEntre las sanciones que aplican los jueces del crimen, las multas son penas accesorias, puesto que las principales son las privativas de libertad. En este caso, las infracciones s\u00F3lo tienen penas de multas y, en consecuencia, corresponde aplicarlas a los jueces de letras. \nLa responsabilidad penal s\u00F3lo recae, en general, en personas naturales. En consecuencia, para hacer efectiva la aplicaci\u00F3n de una multa deben perseguirse los bienes de \u00E9sta, quedando impunes las personas jur\u00EDdicas y su patrimonio. \nLas infracciones que contempla el proyecto de ley pertenecen a lo que se llama lo contencioso administrativo. Y a falta de estos tribunales o de tribunales especialmente pesqueros, se atribuye competencia, en subsidio, a los juzgados civiles; por ejemplo, las infracciones a C\u00F3digo Sanitario o las denuncias cursadas por el Servicio Agr\u00EDcola y Ganadero. \nPor otra parte, tambi\u00E9n es conveniente que la competencia de estas infracciones quede radicada en los juzgados civiles, porque puede perseguirse ante el mismo tribunal el cobro ejecutivo de las multas en el patrimonio de las personas naturales o jur\u00EDdicas; en cambio, en el orden penal, no necesariamente se puede perseguir la responsabilidad civil ante el mismo tribunal. \nPor esas razones, la Comisi\u00F3n prefiri\u00F3 escoger a los tribunales civiles, y no a los penales, para conocer las infracciones que se\u00F1ala esta ley. Por otro lado, se\u00F1or Presidente, de acuerdo con lo establecido en los art\u00EDculos 93 y siguientes de esta ley, se propone un procedimiento sumario y concentrado. Durante su estudio en la Comisi\u00F3n, se mejor\u00F3 en algunos aspectos, como establecer que la denuncia formulada por Carabineros, por miembros de la Armada o funcionarios del Servicio, constituyan presunci\u00F3n de haberse cometido la infracci\u00F3n; que la prueba que se rinda ante el tribunal se rija por las reglas de la sana cr\u00EDtica y no est\u00E9 al arbitrio o al capricho del magistrado; que la sentencia debe contener un breve an\u00E1lisis de la prueba que se rinda. Adem\u00E1s, la Comisi\u00F3n propuso la creaci\u00F3n de nuevos tribunales, o darles competencia a otros, para que conozcan de estas infracciones, como en el caso de Puerto Montt y de Puerto Ais\u00E9n. \nOtro tema que preocup\u00F3 a la Comisi\u00F3n, y que ha sido materia de impugnaciones por diferentes sectores, es la del art\u00EDculo 21 de este proyecto que proh\u00EDbe ser titular del 50 por ciento o m\u00E1s de la participaci\u00F3n del tonelaje del registro grueso de las embarcaciones inscritas en el registro de cada unidad de pesquer\u00EDa en plena explotaci\u00F3n, porque ello contrar\u00EDa el acuerdo parlamentario pol\u00EDtico y la Constituci\u00F3n respecto de los actuales titulares de autorizaciones, ya que los privar\u00EDa de sus derechos de propiedad, sin ley expropiatoria ni pago de indemnizaci\u00F3n. \nEsta es una norma de la actual ley N\u00B0 18.892, que se reitera, pues es protectora de los recursos, ya que impide concentraciones de esfuerzo en cada pesquer\u00EDa estableciendo una cuota igual o inferior a la mitad de la flota pesquera, medida indirectamente a trav\u00E9s de un par\u00E1metro t\u00E9cnico, representativo del tama\u00F1o de las embarcaciones. Estas limitaciones son tan constitucionales como las normas que establece la Ley General de Bancos, que impide la propiedad accionaria de m\u00E1s de un 10 por ciento, seg\u00FAn lo establece el art\u00EDculo 65, n\u00FAmero 18 de esa ley, respecto de una sola persona o la entrega de cr\u00E9dito o de concentraci\u00F3n de ellos de m\u00E1s de un 5 por ciento respecto de solo una persona, como lo establecen los art\u00EDculos 45 y 84 de esta misma ley, respecto de los directores, ambas normas vigentes, dictadas bajo la actual Constituci\u00F3n. De tal manera que el precepto del art\u00EDculo 21 resulta totalmente legal y constitucional. \nPor \u00FAltimo, quiero referirme al art\u00EDculo sin n\u00FAmero que, seguramente, ser\u00E1 motivo de discusi\u00F3n en la tarde, puesto que se han presentado indicaciones a favor o en contra, pero que es una copia de lo que se estableci\u00F3 en el acuerdo pol\u00EDtico parlamentario relativo al eventual pago de indemnizaciones. Por ahora, quiero se\u00F1alar que la intenci\u00F3n de los firmantes de ese acuerdo fue reproducir una norma general de derecho, relativa a que cuando alguien cree que resulta perjudicado por alguna circunstancia, puede ocurrir o demandar ante los tribunales, si sufriere perjuicio, la indemnizaci\u00F3n o compensaci\u00F3n correspondiente. \nAs\u00ED se entendi\u00F3 tambi\u00E9n en la Comisi\u00F3n, y por eso hemos presentado una indicaci\u00F3n al respecto, no obstante que la consideramos innecesaria, ya que corresponde a las normas generales del derecho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nHa terminado el tiempo de su primer discurso, se\u00F1or Diputado. Puede hacer uso del tiempo del segundo discurso. \nEl se\u00F1or ELGUETA.- \nTermino aqu\u00ED, para dejarle tiempo a mis colegas. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el se\u00F1or Jeame Barrueto. \nEl se\u00F1or JEAME BARRUETO.- \nSe\u00F1or Presidente, Honorables colegas, el desarrollo mar\u00EDtimo del pa\u00EDs es uno de los grandes desaf\u00EDos para el desarrollo econ\u00F3mico y social de Chile. \nNuestro pa\u00EDs no es esa larga y angosta faja de tierra, como se ha dicho siempre, ya que nuestras dimensiones son mucho mayores si consideramos nuestro mar. El patrimonio mar\u00EDtimo de nuestro pa\u00EDs es inmenso y, por eso, debemos ocupar plenamente nuestro territorio mar\u00EDtimo; desde ya, los pescadores artesanales deben ocupar las cinco millas exclusivas que esta ley les dejar\u00E1; debemos ocupar nuestro mar territorial y la zona econ\u00F3mica exclusiva. Pero no s\u00F3lo eso. Debemos proyectamos en la idea del mar presencial, concepto propuesto por el Comandante en Jefe de la Armada, y que la Comisi\u00F3n y nuestra C\u00E1mara han incorporado en el actual proyecto. Es un tremendo desaf\u00EDo, del cual esta ley de pesca es parte, que como todos sabemos, busca ser una experiencia avanzada en nuestro pa\u00EDs, para concretar la idea de un desarrollo sustentable, es decir, la idea de combinar econom\u00EDa con ecolog\u00EDa y buscar una explotaci\u00F3n racional de nuestros recursos, que permita su conservaci\u00F3n en el tiempo. \nEsta ley, que significa un cambio radical de esp\u00EDritu en los empresarios pesqueros, en los industriales y en los pescadores, en el sentido de que dejar\u00E1n de ser una especie de recolectores o cazadores, como lo han sido hasta hoy, para convertirse en ganaderos o granjeros, es decir, en personas que tienen que preocuparse no s\u00F3lo de explotar un recurso, sino tambi\u00E9n de cuidarlo y cultivarlo. Es el cambio de mentalidad m\u00E1s radical que plantea la actual ley de pesca. \nPara eso, necesitamos regular la explotaci\u00F3n de este sector. En esto hemos tenido dificultades, porque, en la larga elaboraci\u00F3n de este proyecto de ley de pesca, que busca regular de la mejor manera este sector, ha habido agentes de esta actividad que, creyendo en la necesidad de una ley de pesca, han hecho distintas propuestas. Pero debemos ser francos tambi\u00E9n: hay agentes del sector que no quieren ninguna ley de pesca; que pretenden que ese sector se siga manejando como lo ha hecho en los \u00FAltimos veinte o treinta a\u00F1os, porque, al parecer de ellos, eso ser\u00EDa lo m\u00E1s conveniente, no s\u00E9 si s\u00F3lo para ellos o para el conjunto del pa\u00EDs. \nEn cambio, los Diputados, en particular, y en parte importante los Senadores, hemos logrado acuerdos significativos respecto de los objetivos que deseamos conseguir. \nSin embargo, las objeciones han sido m\u00FAltiples. Se dijo que el proyecto era inconstitucional. Luego, se ha manifestado que no existe la informaci\u00F3n pesquera suficiente para tomar las decisiones que deseamos adoptar. Tambi\u00E9n se ha expresado que vamos a regalar pescado al Per\u00FA, porque, al restringir las capturas en el norte, dejaremos esos peces a nuestro vecino. Hace poco se afirm\u00F3 que hay que tomar en cuenta -y lamentablemente se han formulado amenazas al respecto- las consecuencias que puede tener este proyecto de ley de pesca en la reducci\u00F3n de la actividad pesquera y, por lo tanto, en el aumento de la cesant\u00EDa de los trabajadores de este sector. Se ha terminado por decir cosas que ya son irracionales, las que hemos visto por la prensa, como culpar a este proyecto de ley de pesca, que s\u00F3lo est\u00E1 en discusi\u00F3n, de ser la causa de que los peces hayan disminuido en el norte del pa\u00EDs. Este \u00FAltimo argumento es risible, pero se ha dado. \nLa verdad es todo lo contrario. La situaci\u00F3n del norte, que es muy grave, en que ha habido una disminuci\u00F3n inmensa de las dos principales especies pel\u00E1gicas, se debe m\u00E1s bien -y es una raz\u00F3n m\u00E1s para apuramos y preocupamos de este proyecto de ley de pesca- a algo que hab\u00EDa sido anunciado por muchos expertos y por muchos a\u00F1os y que no hab\u00EDa sido considerado serio: el nivel de sobreexplotaci\u00F3n de estas especies y las posibilidades ciertas de un colapso de ellas. Si el colapso viene, indudablemente la industria terminar\u00E1 y los trabajadores quedar\u00E1n cesantes. Esto es justamente lo que buscamos impedir con este proyecto de ley de pesca. \nIncluso, yo dir\u00EDa que aqu\u00ED los argumentos han sido irracionales en cuanto a que esto los va a afectar gravemente, cuando la verdad es que el proyecto que estamos aprobando dejar\u00E1 la situaci\u00F3n del norte del pa\u00EDs pr\u00E1cticamente tal cual, durante, por lo menos, tres a\u00F1os m\u00E1s. \nSin embargo, todos estos argumentos algunos con m\u00E1s fundamentos que otros han tenido efecto, y, especialmente, el argumento constitucional ha sido un motivo para que se paralice la tramitaci\u00F3n de este proyecto. \nProducto de eso, surgi\u00F3 un acuerdo pol\u00EDtico en enero, el cual -quiero decirlo con toda claridad- es un intento de hacer posible la aprobaci\u00F3n de una ley de pesca. De lo contrario, se corr\u00EDa el riesgo de que pas\u00E1ramos cuatro a\u00F1os discuti\u00E9ndola sin aprobar nada. \nComo todo acuerdo, \u00E9ste supone concesiones que, en mi opini\u00F3n, dan como resultado la posibilidad de una ley de pesca que es mejor que la situaci\u00F3n con que se ha manejado el sector en los \u00FAltimos a\u00F1os, pero que claramente es peor que la que aprobamos inicialmente en la C\u00E1mara, desde el punto de vista de la conservaci\u00F3n de los recursos. Esto hay que decirlo con todas sus letras. Lo que hab\u00EDamos aprobado en la C\u00E1mara de Diputados, con los mecanismos de acceso en tomo a cuotas de esfuerzo y cuotas individuales, es m\u00E1s eficiente y mejor para la conservaci\u00F3n del recurso. \nLo que se ha aprobado ahora, que es b\u00E1sicamente la posibilidad de cerrar el sector y las cuotas globales, es m\u00E1s ineficiente para proteger el recurso. Eso es as\u00ED. Sin embargo, lo aprobamos, porque permite tener una ley de pesca que, en todo caso, es mejor que la situaci\u00F3n con que se maneja hoy d\u00EDa el sector. \nEste acuerdo busc\u00F3 resolver fundamentalmente el problema constitucional. Es decir, la acusaci\u00F3n de que este proyecto de ley limitaba la libertad de iniciar y emprender negocios a cualquiera en ese sector. \nPor ello, se adoptaron dos medidas: una, que no se cierra ning\u00FAn sector. No es posible terminar con el libre acceso, aunque la pesquer\u00EDa est\u00E9 sobreexplotada. Su cierre es s\u00F3lo una decisi\u00F3n administrativa de los consejos de pesca, junto con la Subsecretar\u00EDa, a\u00F1o a a\u00F1o. Y dos, se establecen las licitaciones de cuotas de captura. Es decir, se deja abierta la posibilidad de que, a\u00F1o a a\u00F1o, se licite un 5 por ciento de la cuota, v\u00EDa por la cual podr\u00EDan acceder nuevos sectores que no tienen historia en esta actividad industrial. \nDe esta manera, se busc\u00F3 resolver el problema constitucional, que, sin duda, se resuelve en parte. \nLa posibilidad de licitaci\u00F3n de cuotas me parece un camino muy importante, no s\u00F3lo por la equidad que significa pagar un derecho por capturar estos peces que pertenecen a todos los chilenos, sino porque, a lo largo de diez a\u00F1os, podr\u00EDa suceder que por lo menos un 50 por ciento de las cuotas de captura globales estuvieran manejadas bajo la f\u00F3rmula de asignaciones de cuotas individuales, que puede ser una manera de manejo mucho m\u00E1s racional y conservacionista del recurso. \nEl segundo aspecto del acuerdo se refiere a los consejos de pesca. Respecto a esto, me parece muy importante, porque se establece la participaci\u00F3n de los agentes en el manejo econ\u00F3mico de un sector. Esta es una experiencia pionera en la econom\u00EDa nacional, que es importante, porque da peso a las posibilidades de decisi\u00F3n en cada regi\u00F3n, al desarrollo regional, que sin duda nos plantear\u00E1 grandes desaf\u00EDos. \nAlgunos han dicho que entregar a los consejos de pesca, con una presencia importante de empresarios y trabajadores, las decisiones m\u00E1s importantes para la regulaci\u00F3n del sector, es como dejar al gato cuidando la carnicer\u00EDa. Y este es un riesgo, cierto, porque a empresarios y a trabajadores siempre les interesa capturar lo m\u00E1s posible, pues sus ingresos dependen de eso. \nEn este aspecto, estamos frente a la necesidad de cambiar la mentalidad de los empresarios; pero, para evitar ese peligro, se ha asegurado un equilibrio en los consejos de pesca con los representantes de los poderes p\u00FAblicos, de los servicios p\u00FAblicos, de los universitarios y de quienes van a tener la preocupaci\u00F3n principal de defender el inter\u00E9s com\u00FAn al respecto. \nPara terminar, me voy a referir al problema de las patentes de pesca, cuya existencia ha sido bastante criticada. Antes se discuti\u00F3 en orden a aumentarlas o a bajarlas; ahora se ha presentado indicaci\u00F3n para disminuirlas. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nHa terminado el tiempo de su primer discurso; puede continuar en el del segundo. \nEl se\u00F1or JEAME BARRUETO.- \nTermino, se\u00F1or Presidente. \nQuiero destacar la legitimidad que tiene el cobro de una patente. En este caso, cuando se cierre, a\u00F1o a a\u00F1o, la pesquer\u00EDa, porque est\u00E1 sobreexplotada y es necesario, se trata de un derecho exclusivo de pesca a algunos y no a otros, sobre un recurso que da rentas econ\u00F3micas important\u00EDsimas y que pertenece a todos los chilenos. \nLa legitimidad fundamental est\u00E1 en los agentes que tienen el privilegio de acceder a este recurso, que compensan a la sociedad en un m\u00EDnimo, en un m\u00EDnimo que muchas veces raya en lo simb\u00F3lico, en la medida en que las patentes disminuyan, m\u00E1s a\u00FAn cuando existe el compromiso de reinvertirlas en el mismo sector, en el fondo de investigaci\u00F3n pesquera y en el fondo de fomento de la pesca artesanal. \nDesde este punto de vista, significa un costo menor, que vuelve a ser reinvertido, como compromiso asumido por todos, en el mismo sector econ\u00F3mico. Tiene una alta legitimidad. \nYo, que he planteado en otro momento la necesidad de subir las patentes, hoy considero que es justo disminuirlas, toda vez que compensan, posiblemente con creces, por la v\u00EDa de la licitaci\u00F3n porcentual, a\u00F1o a a\u00F1o, de cuotas de captura individual. \nPor estas razones, nuestra bancada aprueba el proyecto. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Antonio Horvath. \nEl se\u00F1or HORVATH.- \nSe\u00F1or Presidente, en general, nos sentimos muy bien representados por la exposici\u00F3n hecha por el Presidente de las Comisiones Unidas. En consecuencia, no vamos a repetir los argumentos correspondientes. \nSin embargo, quiero destacar que se incorpor\u00F3 en el proyecto, a sugerencia nuestra, el concepto de mar presencial de Chile; es decir, la porci\u00F3n de alta mar definida entre la zona econ\u00F3mica exclusiva y mar territorial de pa\u00EDs. \nAs\u00ED como Chile fue pionero en la definici\u00F3n de las 200 millas, el mar presencial se presenta como el desaf\u00EDo de los pr\u00F3ximos a\u00F1os, claramente vinculado con la vocaci\u00F3n mar\u00EDtima del pa\u00EDs. \nNo es un misterio el hecho de que la tierra, y particularmente sus oc\u00E9anos, est\u00E1n siendo cada vez m\u00E1s ocupados por diversas actividades. Por ello, es importante que Chile, en t\u00E9rminos pr\u00E1cticos y de mentalidad, tome la delantera que le corresponde. \nLos chilenos podr\u00E1n hacer un uso racional, m\u00E1s eficiente y en mejores condiciones que cualquier otro pa\u00EDs en esta porci\u00F3n de alta mar. Por ello, la ley de pesca debe estar debidamente preparada. \nEn este sentido, junto con definir el concepto, se incorpor\u00F3 la obligaci\u00F3n de la Subsecretar\u00EDa y de la Armada de llevar informaci\u00F3n de las actividades que se desarrollen en el mar presencial. \nSe procur\u00F3 definir la competencia y los mecanismos internacionales ante los posibles da\u00F1os de los recursos hidrobiol\u00F3gicos y del medio ambiente que afecten a la zona econ\u00F3mica exclusiva y al mar territorial de Chile, dada la din\u00E1mica natural. \nLa indicaci\u00F3n que presentamos para eximir del pago, de patentes a las naves chilenas que realicen actividades fuera de las 200 millas, como f\u00F3rmula de fomento, si bien fue considerada inadmisible por el Presidente de la Comisi\u00F3n, el Gobierno se comprometi\u00F3 a hacerla suya. \nEn segundo lugar, cada vez se hace m\u00E1s evidente la necesidad de un t\u00EDtulo destinado a los recursos bent\u00F3nicos, que racionalice los procedimientos y garantice el desarrollo de esta actividad econ\u00F3mica. Hubi\u00E9semos deseado que en esta oportunidad se incorporara. \nEn tercer lugar, en relaci\u00F3n con el acuerdo marco, en lo referente a la representaci\u00F3n equitativa de las regiones, estimo que a\u00FAn persisten dos situaciones que requieren ser perfeccionadas. Una, asegurar que en los consejos zonales que agrupen a m\u00E1s de una regi\u00F3n haya representaci\u00F3n equitativa de los agentes de los sectores p\u00FAblicos y privados. La otra se refiere a que no se puede dejar en la ley un vac\u00EDo territorial entre el \u00E1rea de Puerto Montt y Punta Arenas, por el hecho de no haber un consejo zonal en la Und\u00E9cima Regi\u00F3n, donde existe la mayor cantidad de recursos de la zona austral y la mayor porci\u00F3n de aguas interiores, que encierra una superficie mayor, incluso, que el mar territorial desde Puerto Montt hasta Arica. \nHaremos indicaciones en tal sentido. Esperamos gradualmente sensibilizar a los parlamentarios. No podemos seguir viendo que el pa\u00EDs termina en Puerto Montt y da un salto a Punta Arenas. \nCreemos que el acuerdo marco representa un avance; adem\u00E1s, respeta los progresos logrados en la gesti\u00F3n de la C\u00E1mara de Diputados, dentro de los plazos correspondientes. En el fondo, el proyecto constituye la base para que, en primer lugar, exista ley. Sabemos que hay fuertes presiones para que no se dicte. En segundo lugar, protege el medio ambiente y garantiza la equidad en la acci\u00F3n e intervenci\u00F3n de los distintos agentes pesqueros. \nPor tales motivos, los Diputados de Renovaci\u00F3n Nacional y de la Uni\u00F3n Dem\u00F3crata Independiente votaremos a favor del proyecto en general. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Armando Arancibia. \nEl se\u00F1or ARANCIBIA.- \nSe\u00F1or Presidente, el debate de todos estos meses respecto de la necesidad de regular el sector pesquero, ha arrojado elementos que indican la conveniencia de dictar una normativa. \nEl retraso del acuerdo ha puesto de manifiesto, sin embargo, que no es f\u00E1cil conciliar los intereses de las distintas regiones y de las diferentes realidades del pa\u00EDs en esta actividad. \nHoy d\u00EDa se ha avanzado. Hay un acuerdo-marco que parte de los prop\u00F3sitos superiores de la necesidad de preservar estos recursos para las futuras generaciones, con el fin de explotarlos en condiciones racionales y razonables. Permite que ahora discutamos la iniciativa para convertirla en ley y no seguir con disposiciones postergatorias o que difieren la vigencia de la normativa heredada del r\u00E9gimen anterior. \nEn atenci\u00F3n al inter\u00E9s superior del pa\u00EDs, en tomo de la normativa del sector y de las inspiraciones que deben orientarla, es indispensable manifestar que la diversidad de realidades locales y regionales se expresa, en el caso de la Tercera Regi\u00F3n, con problemas en el sector pesquero, que m\u00E1s all\u00E1 de los buenos prop\u00F3sitos y de los m\u00E9ritos del proyecto, enfrenta serias dificultades y situaciones nuevas. \nComo se sabe, en Atacama, la pesca tiene su centro industrial fundamentalmente en Caldera, de desarrollo m\u00E1s bien reciente. El gran impulso tuvo lugar a partir del a\u00F1o 1981. \nPor otra parte, tambi\u00E9n es sabido que una de las caracter\u00EDsticas t\u00EDpicas de Atacama, en materia de pesca, es no contar con bancos estables de peces, como ocurre Principalmente en las regiones Primera y Tercera. Cuenta con card\u00FAmenes en tranco, lo que significa que el esfuerzo pesquero conlleva costos mayores y presenta irregularidades e incertidumbres anexas a la misma faena en otras zonas de la costa nacional. \nEl promedio anual de captura de las tres especies pel\u00E1gicas no sobrepasa las 200 mil toneladas, aunque las empresas del sector han modernizado considerablemente su flota. \nSi vemos la participaci\u00F3n relativa de la Tercera Regi\u00F3n, dentro de la captura nacional, el porcentaje es del orden del 4 por ciento. \nPor lo tanto, en Atacama la pesca es una actividad con mayores costos, con mayores incertidumbres. El desarrollo considerable que ha tenido estos a\u00F1os, ha sido fruto del gran esfuerzo de las empresas y, sobre todo, de los distintos tipos de actores que participan. \nEn lo que concierne al proyecto, hay que decir con claridad que industriales y trabajadores est\u00E1n de acuerdo en que se crear\u00E1n serias incertidumbres sobre el futuro de la industria en la regi\u00F3n de Atacama, con repercusiones para el sector laboral dignas de tenerse en consideraci\u00F3n, dada la importancia que tiene como fuente de empleo. \nMe voy a permitir resumir, para abreviar, las principales observaciones que merece el proyecto en discusi\u00F3n. \nEn primer t\u00E9rmino, los empresarios y trabajadores de la Tercera y Cuarta regiones aspiran que la zona sea considerada de plena explotaci\u00F3n, al igual que otras regiones. \nEn la historia de esta reciente actividad queda de manifiesto que si no se declarara zona de plena explotaci\u00F3n, quienes la desarrollan tendr\u00E1n que concentrarse en la captura en la Segunda y Cuarta regiones, con crecientes dificultades para acceder a otras zonas de pesca. \nParalelamente, converger\u00E1n sobre la Segunda y Cuarta regiones empresas provenientes de zonas declaradas de plena explotaci\u00F3n, lo que significar\u00E1 que el esfuerzo pesquero aumentar\u00E1 considerablemente, con todo lo que significa de contradictorio por el esp\u00EDritu de la ley, el cual desea preservar los recursos del conjunto de la costa chilena. \nEn segundo t\u00E9rmino, aunque no est\u00E1 en discusi\u00F3n, porque est\u00E1 pendiente en el Senado, hay que advertir, a prop\u00F3sito de las cinco millas reservadas para el sector artesanal -que compartimos; no nos oponemos a este l\u00EDmite-, que en la Tercera Regi\u00F3n, como se ha manifestado reiteradamente, por las caracter\u00EDsticas propias de la geograf\u00EDa oce\u00E1nica, el fondo marino desciende en forma abrupta a una milla de la costa, lo que hace inoperante las artes de pesca d\u00E9 los artesanales m\u00E1s all\u00E1 de dicha distancia. Sin embargo, creemos que se trata de una reserva cuyo esp\u00EDritu nos parece digno de destacar. \nEn tercer lugar, los distintos sectores que desarrollan la actividad en la Tercera Regi\u00F3n impugnan el proyecto de ley de pesca en lo que se refiere al r\u00E9gimen de acceso a las zonas de plena explotaci\u00F3n. La licitaci\u00F3n de porcentajes de pesca con cargos a las cuotas hist\u00F3ricas de las empresas, si prospera este procedimiento como indica el acuerdo, obligar\u00E1 a una industria de la Tercera Regi\u00F3n, por las caracter\u00EDsticas de la zona, la obliga a desarrollar o extender sus faenas m\u00E1s all\u00E1 el litoral exclusivo de la Tercera Regi\u00F3n, ya sea a la Cuarta o a la Segunda. Dentro del m\u00E9todo que la ley establece, a futuro ver\u00E1 reducida su capacidad de pesca hasta en 50 por ciento, en caso de no participar o adjudicarse la licitaci\u00F3n. \nLa aspiraci\u00F3n de los atacame\u00F1os y de quienes desarrollan esta actividad en la Cuarta Regi\u00F3n, es dejar consagrada como norma que los derechos hist\u00F3ricos de la pesca de las empresas se considerar\u00E1n de acuerdo al lugar geogr\u00E1fico o zona donde se obtuvieron tales derechos y no en el lugar donde fue desembarcada la pesca. \nEstas observaciones que podr\u00EDan dar lugar a otro debate en cada una de las normas espec\u00EDficas, es bueno dejarlas sentadas en su conjunto. Esta ley significa un paso adelante, no es el desider\u00E1tum, no resuelve todos los problemas, pero es un paso que no es despreciable. Sin dejar de tener presente los problemas o dificultades que deja subsistentes a quienes desarrollan esta actividad fundamental en Atacama, creemos que habr\u00E1 posibilidad de rectificar o minimizar los costos que la aprobaci\u00F3n de la ley conlleva en la ejecuci\u00F3n o puesta en pr\u00E1ctica por las autoridades del actual Gobierno. \nEn todo caso, se\u00F1or Presidente, espero que por su intermedio, el se\u00F1or Ministro subrogante pueda aclarar algunas de estas dudas y problemas que los industriales y trabajadores de Atacama estiman que subsistir\u00E1n una vez aprobado este proyecto de ley. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Recondo. \nEl se\u00F1or RECONDO.- \nSe\u00F1or Presidente, los Diputados de la Uni\u00F3n Dem\u00F3crata Independiente compartimos la urgencia que debe tener el despacho de este proyecto y as\u00ED lo hemos demostrado en todos los tr\u00E1mites que la iniciativa ha tenido en esta C\u00E1mara y, especialmente, en las Comisiones Unidas de Agricultura y de Recursos Naturales. Con ese mismo criterio concurrimos al acuerdo pol\u00EDtico que se firm\u00F3 con el fin de lograr que este proyecto sea ley a la brevedad. \nIgualmente, hoy reiteramos que no compartimos -tal como lo hicimos ver en la primera oportunidad en que se discuti\u00F3 la pr\u00F3rroga de la ley N\u00B0 18.892- las cr\u00EDticas que en su momento se formularon, en forma bastante despiadada, en contra de este proyecto de ley, en circunstancias de que en este propio Parlamento se ha demostrado lo dif\u00EDcil que resulta evacuar un proyecto de ley de pesca. \nHemos escuchado, sin contrapesos, que pr\u00E1cticamente, todos los sectores aceptan que el sistema de cuotas individuales es el mejor para preservar los recursos, tal como lo consagraba el proyecto anterior, cosa que en gran medida recoge el que se encuentra en discusi\u00F3n. \nNo me referir\u00E9 en detalle al proyecto, pues la exposici\u00F3n hecha por el Diputado informante y Presidente de la Comisi\u00F3n ha sido extraordinariamente clara. \nEn cuando a las modificaciones al T\u00EDtulo III, originalmente los Diputados de la UDI, las votamos en contra, pero hoy las compartimos y votamos favorablemente, por considerar que se le han introducido algunos cambios muy positivos, que salvan de alguna manera las dudas constitucionales que exist\u00EDan al respecto. La introducci\u00F3n del sistema de licitaciones, es uno de los factores que lo aclaran, a pesar de que hubi\u00E9semos preferido un mecanismo de licitaci\u00F3n con cr\u00E9dito, como lo hab\u00EDamos propuesto en un t\u00EDtulo alternativo, en el tr\u00E1mite anterior, porque con ello de alguna manera se reconocen derechos hist\u00F3ricos. Tampoco compartimos el exceso de restricciones del sistema de libre acceso, ya que \u00E9ste constituye una excepci\u00F3n a los reg\u00EDmenes de plena explotaci\u00F3n y a todos los de regulaci\u00F3n que establece el T\u00EDtulo III. En ese sentido, el r\u00E9gimen de desarrollo incipiente, a nuestro juicio implica un desincentivo al desarrollo de ciertas pesquer\u00EDas en algunas regiones. Lo que ha sucedido es que el desarrollo de ciertas pesquer\u00EDas se ha debido fundamentalmente a que los propios agentes han realizado una investigaci\u00F3n y han descubierto nuevos recursos para incorporar al mercado. Previamente han debido hacer el estudio del mercado, introducir el producto al mercado y, una vez que lo han logrado, esa pesquer\u00EDa se ha desarrollado. \nPor lo tanto, nos parece que el Cap\u00EDtulo relativo al desarrollo incipiente desincentiva a los agentes a investigar nuevas pesquer\u00EDas o, por lo menos, a tratar de encontrar nuevos recursos que puedan generar una actividad importante en las regiones. Este es el caso muy particular de los recursos bent\u00F3nicos, que en este proyecto de ley no est\u00E1n debidamente contemplados ni se consagra un cap\u00EDtulo que pueda regularlos en forma eficiente. \nSin ninguna duda, valoramos y compartimos el concepto de mar presencial que se ha incluido en la ley, el cual fue introducido en la discusi\u00F3n p\u00FAblica fundamentalmente por el Almirante Mart\u00EDnez Busch. El hecho de que sea incorporado en la Ley de Pesca tambi\u00E9n va a favorecer a que este derecho sea reconocido internacionalmente. \nRespecto del T\u00EDtulo XII, que dice relaci\u00F3n con los Consejos, en la primera oportunidad tambi\u00E9n estuvimos en contra de \u00E9l, principalmente por el exceso de discrecionalidad y las escasas atribuciones que se les otorgaban a los consejos zonales de pesca. Creo que este proyecto mejora sustancialmente ese aspecto al darles a estos mayor participaci\u00F3n y a los agentes que participan en las zonas, lo cual, sin duda, favorece la descentralizaci\u00F3n administrativa, pues entrega a las regiones parte importante de las decisiones respecto de las pesquer\u00EDas. \nPor lo tanto, los parlamentarios de la UDI vamos a continuar con el mismo esp\u00EDritu positivo con el cual hemos trabajado en tomo de este proyecto, para que el pa\u00EDs pueda contar, a la brevedad, con una Ley de Pesca que, de alguna manera, re\u00FAna los conceptos m\u00E1s importantes de preservaci\u00F3n de los recursos, con el fin de asegurar el desarrollo pesquero de Chile. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Acu\u00F1a. \nEl se\u00F1or ACU\u00D1A.- \nSe\u00F1or Presidente, el proyecto de ley, a cuya discusi\u00F3n nos corresponde abocamos en esta jornada, constituye una respuesta justa y equitativa a la necesidad de regular las actividades pesqueras. Estas, a diferencia de otras actividades econ\u00F3micas, por sus particulares caracter\u00EDsticas, requiere de una normativa excepcional, que concilie el leg\u00EDtimo inter\u00E9s de los particulares que conforman el sector privado con el no menos leg\u00EDtimo inter\u00E9s del Estado, llamado a tutelar el patrimonio del medio ambiente acu\u00E1til de la naci\u00F3n y a administrarlo eficientemente, para conservar los recursos hidrobiol\u00F3gicos en el largo plazo. \nEl acuerdo pol\u00EDtico de 16 de enero pasado, que establece el marco conceptual del proyecto, surge del cuestionamiento constitucional motivado por la necesidad de regular el acceso a las pesquer\u00EDas en funci\u00F3n del bien com\u00FAn general. \nEstimo que el proyecto debe ser aprobado en raz\u00F3n a que satisface, con esa orientaci\u00F3n, los objetivos primordiales: proteger adecuadamente los recursos hidrobiol\u00F3gicos de la explotaci\u00F3n irracional; regular el acceso a las pesquer\u00EDas arbitrando sistemas eficientes, adecuados al nivel de explotaci\u00F3n en que \u00E9stas se encuentran; crear instancias de participaci\u00F3n efectivas para la adopci\u00F3n de las medidas de manejo pesquero, al contemplar consejos de pesca a nivel nacional, zonal y regional, dotados de facultades asesoras, consultivas y resolutivas, constituyendo estas \u00FAltimas un mecanismo de asignaci\u00F3n de responsabilidad compartida entre administrador y administrado. \nAdem\u00E1s, establece un mecanismo justo a fin de que el sector pesquero cuente con los medios necesarios para la indispensable investigaci\u00F3n de las pesquer\u00EDas nacionales, en orden a la adopci\u00F3n de las medidas de manejo oportunas y pertinentes, a trav\u00E9s del incentivo por el aporte que se haga al Fondo de Investigaci\u00F3n Pesquera, el que podr\u00E1 imputarse al pago de las patentes hasta en un ciento por ciento. \nContribuye al fomento de la pesca artesanal al disponer que un porcentaje de las multas que corresponda pagar como sanci\u00F3n por las infracciones a la normativa pesquera, se destinen al fondo de fomento de la pesca artesanal. \nCrea un moderno y \u00E1gil procedimiento para la tramitaci\u00F3n de los procesos por infracci\u00F3n a la normativa pesquera, adecuado a sus particulares caracter\u00EDsticas. Tambi\u00E9n introduce fundamentales cambios en materia de competencia de los tribunales llamados a conocer de estos procesos, trasladando la competencia de los juzgados de polic\u00EDa local a los juzgados civiles. Se tipifica el \"delito pesquero\", de cuyos procesos conocer\u00E1 el juzgado del crimen competente. \nConcilia adecuadamente, al superar los cuestionamientos de inconstitucionalidad de fondo atribuidos al proyecto original, los derechos de los individuos y los deberes del Estado que consagra la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica. En efecto, al establecer como regla general el libre acceso, incluso en el r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n, supeditando el otorgamiento tanto de autorizaciones como de permisos de pesca al cumplimiento de requisitos generales y objetivos, no establece privilegios para nadie. \nLas facultades que se otorgan tanto a la administraci\u00F3n como a los consejos, para cerrar el acceso en pesquer\u00EDas declaradas en plena explotaci\u00F3n, o para establecer cuotas globales anuales de captura, se equilibran con la facultad de franquear el acceso por la v\u00EDa de la licitaci\u00F3n de fracciones de esa cuota, que va desde un 5 por ciento anual y hasta un 50 por ciento en total, zanj\u00E1ndose de esta manera el problema constitucional que se atribu\u00EDa al acceso restringido y respetando los derechos hist\u00F3ricos, o sea, los de quienes iniciaron la actividad pesquera en Chile. \nPor otra parte, en este proyecto se respetan los derechos de los actuales titulares de autorizaciones de pesca, incluso en el evento de sustituirlas por permisos de pesca, situaci\u00F3n que ocurrir\u00E1 cuando las autorizaciones vigentes se refieran a especies que forman parte de las unidades de pesquer\u00EDa declaradas en plena explotaci\u00F3n. \nEl canje de autorizaciones por permisos de pesca es beneficioso para sus titulares, pues los nuevos instrumentos que prev\u00E9 el proyecto, comparten la caracter\u00EDstica de ser indefinidos, como los antiguos y mejoran en cuanto se les confiere la tipicidad de ser transferibles. Las actuales autorizaciones de pesca son intransferibles y no susceptibles de negocio alguno, est\u00E9n o no referidas a especies en plena explotaci\u00F3n. \nPor su parte, los permisos extraordinarios aseguran a quienes los licitan la posibilidad de pescar un porcentaje de la cuota global anual, y son otorgados a un plazo fijo de 10 a\u00F1os, lo que permite evaluar la conveniencia de adquirirlos y usarlos del modo que resulte m\u00E1s rentable. Adem\u00E1s, son susceptibles de divisi\u00F3n y transferencia, lo que asegura la posibilidad de acceso a los peque\u00F1os y medianos empresarios, as\u00ED como a la gran industria en el r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n. \nFinalmente, el tratamiento que el proyecto considera para las pesquer\u00EDas en recuperaci\u00F3n y para las incipientes no afecta derechos de pesca adquiridos y regula del modo m\u00E1s equitativo el acceso a ellas, al permitir que cualquier interesado adquiera, por la v\u00EDa de la licitaci\u00F3n, el derecho a participar de esa pesquer\u00EDas, conciliando esos intereses con el debido resguardo en pro de la conservaci\u00F3n de las especies que se someten a dichos reg\u00EDmenes. \nPor las razones se\u00F1aladas, debe aprobarse el proyecto de ley que el Ejecutivo ha elaborado sobre la base del acuerdo parlamentario, toda vez que refleja fielmente sus exigencias jur\u00EDdicas y t\u00E9cnicas. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nSeg\u00FAn lo acordado, ha llegado la hora de votar el proyecto de ley. \nSi le parece a la Sala, se llamar\u00E1 a los se\u00F1ores Diputados por cinco minutos, hasta las 13:05 horas y en ese momento procedemos a votar; mientras tanto, otorgaremos la palabra al siguiente orador por el tiempo se\u00F1alado. \nAcordado. \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Velasco. \nEl se\u00F1or VELASCO.- \nSe\u00F1or Presidente, el proyecto complementario de modificaci\u00F3n de la Ley General de Pesca y Acuicultura, relativo a los reg\u00EDmenes de acceso a la actividad pesquera industrial, T\u00EDtulo ni, y a los Consejos de Pesca, T\u00EDtulo XII, enviado recientemente al Congreso por el Ejecutivo, corresponde a la materializaci\u00F3n del acuerdo pol\u00EDtico marco que, en representaci\u00F3n de sus partidos pol\u00EDticos, un grupo de Senadores y Diputados suscribi\u00F3 con fecha 16 de enero del presente a\u00F1o. \nEl articulado de esta iniciativa refleja fielmente lo establecido en el acuerdo, raz\u00F3n por la cual su an\u00E1lisis y discusi\u00F3n al interior de la Comisi\u00F3n de Agricultura y Recursos Naturales en que particip\u00F3, no fue dif\u00EDcil y en su mayor parte fue aprobado por unanimidad. \nEl proyecto de ley que estamos analizando atinge a uno de los sectores m\u00E1s importantes de la actividad nacional, que aporta alrededor de mil millones de d\u00F3lares por concepto de sus exportaciones y constituye fuente de trabajo para alrededor de 100 mil chilenos a lo largo de todo el pa\u00EDs. No obstante, debo recalcar que todo esto se sustenta sobre la base de recursos naturales renovables, que es preciso conservar en forma adecuada, con el objeto de que las futuras generaciones tambi\u00E9n gocen de sus beneficios. \nA mi juicio, las razones m\u00E1s importantes por las cuales debe aprobarse el proyecto de ley que modifica la Ley de Pesca, son las siguientes: \n1. El proyecto apunta en la direcci\u00F3n correcta para un efectivo y eficiente manejo de los recursos hidrobiol\u00F3gicos que permita conservarlos en el tiempo. \n2. Se establecen diferentes reg\u00EDmenes de acceso, dependiendo del estado de desarrollo de las pesquer\u00EDas, consagrando el libre acceso para todas ellas, ya sea por la v\u00EDa del otorgamiento de autorizaciones en el r\u00E9gimen general, aplicable a pesquer\u00EDas en desarrollo; permisos de pesca y licitaciones de porcentajes de la cuota global de captura en pesquer\u00EDas declaradas en r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n, y licitaciones anuales para las pesquer\u00EDas en r\u00E9gimen de recuperaci\u00F3n o de desarrollo incipiente. \nEllo significa, en t\u00E9rminos generales, que, independientemente del r\u00E9gimen de acceso en que se encuentre una pesquer\u00EDa, siempre es posible, por alguna de las v\u00EDas anteriores, acceder al sistema, sin que esto necesariamente implique un aumento del esfuerzo d\u00E9 pesca. \n3. Se crea un mecanismo participativo, mediante el cual se regula el acceso a las actividades pesqueras, herramienta fundamental para un eficiente manejo de los recursos hidrobiol\u00F3gicos, cuando las pesquer\u00EDas han alcanzado el estado de plena explotaci\u00F3n y no es recomendable aumentar ni las capturas, ni el esfuerzo de pesca de la flota El libre acceso, concebido como la posibilidad de incorporar nuevas naves a las pesquer\u00EDas mediante permisos de pesca, en esta etapa provoca, como primer gran efecto, una baja constante en los rendimientos de pesca de cada barco, ya que, al aumentar la flota, cada uno de ellos podr\u00E1 pescar menos, y, en t\u00E9rminos generales, se incentiva una carrera ol\u00EDmpica por extraer los recursos en el menor tiempo, provocando un acortamiento progresivo de las temporadas de pesca, con los consiguientes problemas de car\u00E1cter social que ello involucra, tales como el desempleo, etc\u00E9tera. \nTodo lo anterior hace recomendable que en pesquer\u00EDas declaradas en plena explotaci\u00F3n, tal como lo consigna el proyecto que estamos analizando, parte de la cuota global anual de captura pueda ser licitada y sea \u00E9sta la v\u00EDa que permita el acceso de los nuevos agentes a la actividad. \n4. Crea instancias efectivas de participaci\u00F3n de los agentes del sector pesquero nacional, tanto a nivel del Consejo Nacional como de los Consejos Zonales y Regionales de Pesca, los cuales tienen facultades resolutivas, consultivas y asesoras, seg\u00FAn sea la materia por tratar. \nDe este modo, todas las decisiones que la autoridad deba tomar para un adecuado manejo y conservaci\u00F3n de los recursos pesqueros, ser\u00E1n discutidas al interior de los Consejos, en donde se encuentren representados el sector p\u00FAblico y las universidades, los sectores empresarial y laboral, ambos con representantes de cada una de las actividades que los conforman. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nHa terminado su tiempo, se\u00F1or Diputado. \nEl se\u00F1or VELASCO.- \nSe\u00F1or Presidente, dado que ha concluido el tiempo, solicito que se inserte el resto de mi discurso en la versi\u00F3n. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nAs\u00ED se har\u00E1, se\u00F1or Diputado. \nEl se\u00F1or VELASCO.- \nGracias, se\u00F1or Presidente. \nEl resto del discurso, cuya inserci\u00F3n se acord\u00F3, es el siguiente: \nEl se\u00F1or VELASCO.- \nConsiderando las importantes atribuciones que la ley asigna a los Consejos Nacional y Zonal de Pesca, el proyecto asegura una equilibrada composici\u00F3n al primero, constituido por cuatro consejeros en representaci\u00F3n de cada uno de los sectores p\u00FAblico, empresarial y laboral, y siete consejeros designados por el Presidente de la Rep\u00FAblica, ratificados por tres quintos de los miembros del Senado. \nAsimismo, aumenta de 13 a 17 el n\u00FAmero de miembros de los Consejos Zonales de Pesca, garantizando de esta forma la participaci\u00F3n efectiva, por parte del sector empresarial y laboral, de un representante de cada una de sus actividades. \nOtro aspecto de gran relevancia para el desarrollo de la actividad pesquera artesanal, actualmente constituida por alrededor de 60 mil personas a lo largo del litoral, es la asignaci\u00F3n al Fondo de Fomento para la Pesca Artesanal, del 50 por ciento de los montos recaudados por concepto de multas y subasta de los bienes decomisados, derivados de las infracciones a la normativa pesquera. \nSin lugar a dudas, dicho Fondo de Fomento contribuir\u00E1 en forma efectiva a un real desarrollo de la actividad pesquera artesanal, que permita una efectiva y adecuada explotaci\u00F3n del \u00E1rea de reserva artesanal. \nFinalmente, en cuanto a los efectos de su entrada en vigencia, tal como est\u00E1 concebida la ley, tanto en sus art\u00EDculos permanentes como transitorios, no afecta en absoluto el desarrollo de las actuales actividades pesqueras, las que podr\u00E1n continuar desarroll\u00E1ndose en los mismos t\u00E9rminos. \nLo anterior reafirma mi convicci\u00F3n absoluta de la urgente necesidad de aprobar el proyecto de ley en discusi\u00F3n, el cual ha de permitir a este gran sector de la econom\u00EDa nacional regirse por una normativa moderna, que asegure la conservaci\u00F3n de los recursos hidrobiol\u00F3gicos en el tiempo, base fundamental para el desarrollo de esta actividad. \nCabe se\u00F1alar, dado que este es un proyecto extremadamente complejo por la enorme diversidad de agentes e intereses, que la Comisi\u00F3n cont\u00F3 permanentemente con la asesor\u00EDa, colaboraci\u00F3n e informaci\u00F3n del se\u00F1or Subsecretario de Pesca, don Andr\u00E9s Couve; de la se\u00F1ora abogada, do\u00F1a Mar\u00EDa Cecilia Villablanca, y de los ingenieros pesqueros, se\u00F1ora Edith Saa y don Maximiliano Alarma. \nDebo dejar constancia del arduo trabajo de las Comisiones Unidas, de la ecuanimidad y seriedad con que el se\u00F1or Presidente, el colega Patricio Melero, dirigi\u00F3 el debate, y de los significativos aportes entregados por los distintos invitados del sector pesquero. \nPor lo tanto, y debido a nuestro inter\u00E9s, la bancada democratacristiana concurrir\u00E1 con sus votos para aprobar este anhelado y sentido proyecto sobre Ley de Pesca. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Faulbaum. \nEl se\u00F1or FAULBAUM.- \nSe\u00F1or Presidente, quiero se\u00F1alar en forma muy breve la posici\u00F3n del Partido Radical y de la Socialdemocracia en esta materia, se\u00F1alando s\u00F3lo un par de criterios en favor de la aprobaci\u00F3n del proyecto en comento. \nA nuestro parecer, no se trata de que \u00E9l se est\u00E9 adaptando a la constitucionalidad, como se insinu\u00F3 en la Sala, porque el anterior no cumpl\u00EDa con esta obligaci\u00F3n. Por el contrario, tanto este proyecto como el anterior cumplen con ese requisito. \nEl asunto es que, dados los divergentes criterios manifestados en el Congreso Nacional, hubo que buscar un entendimiento, plasmado en el acuerdo marco, base del proyecto en estudio. De lo contrario, hubiese sido imposible continuar con la tramitaci\u00F3n de la presente iniciativa. \nPara mayor abundamiento, prueba de lo anterior es que el Tribunal Constitucional, requerido por un grupo de Senadores para declarar la inconstitucionalidad de ciertos art\u00EDculos del proyecto anterior, en ning\u00FAn momento declar\u00F3 tales vicios de fondo, sino que se pronunci\u00F3 por vicios de forma, lo cual, entre otras cosas, favoreci\u00F3 la presentaci\u00F3n de este nuevo proyecto complementario. \nAhora bien, hay numerosos argumentos que, desde hace tiempo, hacen urgente la necesidad de una ley de pesca que proteja a la actividad pesquera, permitiendo, en primer lugar, la conservaci\u00F3n de los recursos naturales pesqueros y, como consecuencia de lo anterior, de la actividad econ\u00F3mica productiva anexa. \nHoy d\u00EDa existen pruebas que evidencian una peligrosa disminuci\u00F3n de los recursos. Ya se indic\u00F3 con anterioridad que en el norte ha habido una disminuci\u00F3n peligrosa, y es obligaci\u00F3n del Parlamento poner fin a la irracionalidad de una explotaci\u00F3n sin l\u00EDmites que hace peligrar esta actividad, cuya decadencia dejar\u00EDa al pa\u00EDs sin la posibilidad de mantener e incrementar el ingreso de divisas, y tambi\u00E9n a muchos trabajadores, sin ingresos familiares. \nSe\u00F1or Presidente, en materia pesquera, dadas las condiciones din\u00E1micas de los ecosistemas marinos, no se puede se\u00F1alar categ\u00F3ricamente que determinadas f\u00F3rmulas son las mejores para la conservaci\u00F3n de los recursos; con mucho, en teor\u00EDa se presupone que algunas de ellas pudieran ser mejores, pero necesariamente deben llevarse a la pr\u00E1ctica. \nConsideramos positivo que en este proyecto complementario se haya incorporado una mayor participaci\u00F3n de los afectados en las decisiones relacionadas con materias pesqueras; pero hacemos la salvedad de que nos parece importante mantener criterios en orden a salvaguardar las decisiones t\u00E9cnicas imparciales en todo nivel de decisi\u00F3n que implique materias relativas a pesca. \nPor todo lo anterior, se\u00F1or Presidente, los Diputados Radicales y de la Socialdemocracia estamos de acuerdo con el proyecto que se ha presentado, que votaremos favorablemente. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente). \n- En votaci\u00F3n, en general, el proyecto en todas aquellas materias que son de quorum com\u00FAn. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nSe\u00F1or Presidente, una cosa previa: \u00BFUsted est\u00E1 sometiendo la votaci\u00F3n en general del proyecto? \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nS\u00ED, se\u00F1or Diputado. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nPorque usted se refiri\u00F3 a las materias de quorum simple, y eso implica... \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nHay que votar separadamente. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nCorrecto. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nEn votaci\u00F3n en general las materias que son de quorum simple. \nEfectuada la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, por el sistema de manos levantadas, dio el siguiente resultado: por afirmativa, 80 votos; por la negativa, 2 votos. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nAprobadas. \n \nSi le parece a la Sala, el mismo quorum y votaci\u00F3n se puede aplicar para la votaci\u00F3n en general de las normas que voy a indicar. \nNormas de quorum calificado contenidas en el T\u00EDtulo III, que figura en la letra B del art\u00EDculo primero del proyecto, referente al acceso de la actividad pesquera extractiva industrial, y que consta de cuatro p\u00E1rrafos y 31 art\u00EDculos, y los art\u00EDculos 1\u00B0 4\u00B0 y 7\u00B0 transitorios, contenidos en la letra G del art\u00EDculo primero del proyecto, y el segundo art\u00EDculo de la letra H. \nSi le parece a la Sala, se aplicar\u00EDa el mismo resultado de la votaci\u00F3n anterior para estas disposiciones que son ideas generales de quorum calificado. \nEl se\u00F1or ULLOA.- \nSe\u00F1or Presidente, falta contabilizar el voto del Diputado Rebolledo. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nSe\u00F1or Rebolledo, \u00BFc\u00F3mo vota? \nEl se\u00F1or REBOLLEDO.- \nA favor, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nEn consecuencia, son 81 votos a favor. \nAprobadas. \nLas normas de car\u00E1cter org\u00E1nico constitucional, contenidas en las letras C y D del art\u00EDculo primero y en el T\u00EDtulo XII de la letra E del mismo art\u00EDculo, que consta de tres P\u00E1rrafos y doce art\u00EDculos, podr\u00EDan aprobarse con el mismo quorum anterior. \nAprobadas. \n \nEl Diputado Gutenberg Mart\u00EDnez hab\u00EDa solicitado el uso de la palabra; a continuaci\u00F3n, se suspender\u00E1 la sesi\u00F3n. \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or MARTINEZ (don Gutenberg).- \nGracias, se\u00F1or Presidente, por haberme cedido el viso de la palabra, como, asimismo, agradezco a los colegas su comprensi\u00F3n. Usar\u00E9 de la palabra s\u00F3lo por dos minutos y no m\u00E1s. Solamente quiero decir que, en conciencia, el proyecto que hemos aprobado, al cual he concurrido con mi voto favorable, no da garant\u00EDas de preservaci\u00F3n de los recursos naturales. Creo que el mismo... \nHablan varios se\u00F1ores Diputados a la vez. \nEl se\u00F1or MARTINEZ (don Gutenberg).- \nPido la comprensi\u00F3n de los colegas. Si no est\u00E1n de acuerdo, simplemente no hablo, aunque me parece importante; favorec\u00ED el acuerdo que permite un r\u00E1pido despacho del proyecto. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente). \n- En todo caso podr\u00E1 hablar en la tarde, cuando se voten las indicaciones. \nSe suspende la sesi\u00F3n hasta las 14:30 horas. \nSe suspendi\u00F3 la sesi\u00F3n a las 13:15 horas y se reanud\u00F3 a las 14:30. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nContin\u00FAa la sesi\u00F3n. \nPara avanzar en el despacho del proyecto y teniendo en cuenta que existe como han explicado los Diputados informantes Melero y Ringeling un gran consenso o acuerdo parlamentario sobre esta materia, propongo que discutamos y votemos solamente los art\u00EDculos que han sido objeto de indicaciones. \nEl se\u00F1or MELERO.- \n\u00BFLos que han sido objeto de indicaciones en la Sala? \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nS\u00ED. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nSe\u00F1or Presidente, hay art\u00EDculos respecto de los cuales pido votaci\u00F3n individual. Al menos, propongo que aquellos art\u00EDculos que en la Comisi\u00F3n no fueron aprobados por unanimidad, sino s\u00F3lo por mayor\u00EDa, sean votados nuevamente. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nEntonces, votaremos dos tipos de art\u00EDculos: los que han sido objeto de indicaciones y los que no fueron aprobados en forma un\u00E1nime en la Comisi\u00F3n. \nEl se\u00F1or PALMA (don Andr\u00E9s).- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or PALMA (don Andr\u00E9s).- \nSe\u00F1or Presidente, propongo que aquellos art\u00EDculos que no fueron votados en forma un\u00E1nime en la Comisi\u00F3n, sean votados sin discusi\u00F3n en la Sala, salvo que hubiesen sido objeto de indicaciones. As\u00ED se pueden expresar los distintos pareceres que hubo en la votaci\u00F3n general de la Comisi\u00F3n y no volver\u00EDamos a discutirlos, porque la discusi\u00F3n general ya se efectu\u00F3 en la Comisi\u00F3n y despu\u00E9s en la Sala, hoy en la ma\u00F1ana. Si no hay indicaciones respecto de ellos, se pueden expresar los pareceres, sin debatirlos nuevamente. \n \nEl se\u00F1or MELERO.- \n\u00BFSe\u00F1or Presidente? \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \n\u00BFS\u00ED? \nEl se\u00F1or MELERO.- \nQuiz\u00E1s, un buen procedimiento ser\u00EDa el que se utiliz\u00F3 ayer: que se pronuncie un Diputado a favor y otro en contra respecto de esos art\u00EDculos. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nSi le parece a la Sala, as\u00ED se acordar\u00E1. \nAcordado. \nNo obstante, votaremos los proyectos de acuerdo, para dar tiempo a que regresen los se\u00F1ores parlamentarios, sobre todo porque muchos de estos art\u00EDculos requieren de quorum calificado o de ley org\u00E1nica. \n \n " . . . . "MODIFICACI\u00D3N A LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA."^^ . . . . . . . . . . . . . . .