. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS A ADQUIRENTES DE PREDIOS DE LA REFORMA AGRARIA Y MODIFICACION DE DIVERSOS TEXTOS LEGALES. INFORME COMPLEMENTARIO. PRIMER TR\u00C1MITE CONSTITUCIONAL. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nCorresponde entrar a conocer el informe complementario de los segundos informes de las Comisiones de Agricultura, Desarrollo Rural y Mar\u00EDtimo, y de Hacienda, reca\u00EDdos en el proyecto de ley que otorga beneficios a los adquirentes de predios afectos a la Reforma Agraria y modifica los cuerpos legales que indica. \nDiputado informante es el se\u00F1or Manuel Jos\u00E9 Matta. \nEl proyecto de ley est\u00E1 impreso en el bolet\u00EDn N\u00B0 215-01. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nSe encuentra presente en la Sala el se\u00F1or Ministro de Agricultura, don Juan Agust\u00EDn Figueroa, quien ha solicitado que se permita el ingreso de su asesor y abogado del Ministerio, se\u00F1or don Francisco Z\u00FA\u00F1iga. \nSi le parece a la Sala, as\u00ED se acordar\u00E1. \nAcordado. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra el Diputado informante, don Manuel Jos\u00E9 Matta. \nEl se\u00F1or MATTA.- \nSe\u00F1or Presidente, someto a consideraci\u00F3n de la Honorable Sala el informe complementario del segundo informe de la Comisi\u00F3n de Agricultura, Desarrollo Rural y Mar\u00EDtimo, reca\u00EDdo en el proyecto de ley que otorga beneficios a los adquirentes o asignatarios originales u otros de predios objetos del proceso de Reforma Agraria, y que modifica el decreto ley N\u00B0 3.262, de 1980, las leyes N\u00B0s. 15.840, 18.377, 18.658 y 18.768. \nEste informe complementario es la expresi\u00F3n de la Comisi\u00F3n de Agricultura, en virtud del acuerdo adoptado en la sesi\u00F3n 50a. de la Honorable C\u00E1mara, de fecha 2 del mes en curso. \nEn el debate del segundo informe, diversos se\u00F1ores Diputados formularon observaciones que hoy se trata de responder en este complemento. \nCabe hacer presente que durante el estudio de este informe complementario se cont\u00F3 con la participaci\u00F3n del se\u00F1or Ministro de Agricultura, don Juan Agust\u00EDn Figueroa, y del asesor jur\u00EDdico de dicho Ministerio, se\u00F1or Francisco Z\u00FA\u00F1iga. \nB\u00E1sicamente, se se\u00F1al\u00F3 que era necesario clarificar, por parte del Ejecutivo, si las disposiciones contenidas en el art\u00EDculo 1\u00B0 del proyecto de ley en estudio se aplican a las personas naturales o a las personas jur\u00EDdicas. \u00BFA qu\u00E9 t\u00EDtulo se refiere al mencionar a los \"sucesores a t\u00EDtulo gratuito\" y a su extensi\u00F3n o no extensi\u00F3n a otras situaciones relativas al \"estado patrimonial del matrimonio\", etc\u00E9tera. \nLa primera de las dudas planteadas consiste en determinar si el beneficiario es una persona natural o una persona jur\u00EDdica. Esto dice relaci\u00F3n con los segundos adquirentes, pues los primeros son, a toda afirmaci\u00F3n en contrario, personas naturales. \nRealizada esta precisi\u00F3n preliminar, la duda nace del t\u00E9rmino \"quienes\", usado en el inciso segundo del art\u00EDculo 1\u00B0, el cual establece que \"Los beneficios se\u00F1alados en el inciso anterior se extender\u00E1n a quienes hayan adquirido...\" El t\u00E9rmino \"quienes\" es un pronombre relativo. Puede referirse indistintamente a personas naturales como a personas jur\u00EDdicas. Pero, para los efectos de la correcta interpretaci\u00F3n, es necesario leer la disposici\u00F3n completa, que reza de la siguiente forma: \"Para los efectos de esta disposici\u00F3n, se entender\u00E1 como un solo deudor tanto \u00E9ste como su c\u00F3nyuge, salvo que se encontraren divorciados perpetuamente\". Por lo tanto, para ser claros, cuando se habla de \"\u00E9ste como su c\u00F3nyuge\", se hace referencia a un atributo de la personalidad, cual es el estado civil. Es una verdad jur\u00EDdica que s\u00F3lo las personas naturales y no las jur\u00EDdicas poseen estado civil. \nEl se\u00F1or Ministro observ\u00F3 que es il\u00F3gico que una persona jur\u00EDdica haya adquirido una sola parcela. Puede haber adquirido varias, pero \u00E9se es otro caso. \nLa situaci\u00F3n de las cooperativas agr\u00EDcolas, consideradas en la ley como deudores del Fisco, est\u00E1n estimadas para estos efectos como asignatarios originales. \nEn segundo lugar, respecto de la deuda de que el adquirente no hubiera comprado el predio sino derechos hereditarios, cabe hacer una distinci\u00F3n: se puede adquirir derechos en el predio o derechos hereditarios, al igual que es posible comprar cuotas en una herencia. Quien compra cuotas es sucesor a t\u00EDtulo gratuito. Lo que compra a t\u00EDtulo oneroso son los derechos en la sucesi\u00F3n; pero como se produce un problema de subrogaci\u00F3n personal, pasa a ocupar el mismo lugar respecto del bien; o sea, es sucesor a t\u00EDtulo gratuito. \nCon el objeto de hacer m\u00E1s limitativa esta disposici\u00F3n, se entiende que se trata de una sola persona natural, el asignatario, su c\u00F3nyuge, sus hijos o herederos. \nOtra de las dudas planteadas dice relaci\u00F3n con lo atinente a la calidad del deudor, cuando se establece en la norma: \u201CPara los efectos de esta disposici\u00F3n, se entender\u00E1 como un solo deudor tanto \u00E9ste como su c\u00F3nyuge, salvo que se encontraren divorciados a perpetuidad\". No quedaba claro para algunos de los se\u00F1ores Diputados por qu\u00E9 lo anterior era equiparable a los c\u00F3nyuges separados totalmente de bienes o a los casos que contempla el art\u00EDculo 150 del C\u00F3digo Civil, referente al patrimonio reservado de la mujer casada. \nAl respecto, el se\u00F1or Ministro de Agricultura propugn\u00F3 mantener la disposici\u00F3n tal como est\u00E1 recogida en el texto, ya que no es el \u00E1nimo del Ejecutivo extender el beneficio a quien solamente se encuentre separado de bienes, como tampoco a la situaci\u00F3n del patrimonio reservado de la mujer casada, porque \u00E9ste, en el fondo, no es sino una separaci\u00F3n de bienes. \nEn efecto, se tiene presente que cuando dos personas se encuentran divorciadas a perpetuidad, por sentencia judicial que lo declara y bajo causales muy serias, no hay entre ellas v\u00EDnculo alguno, salvo el que emana de la indisolubilidad del matrimonio; en cambio, se afirma que la separaci\u00F3n convencional de bienes es perfectamente conciliable con una situaci\u00F3n matrimonial fluida. En suma, al referirme al divorcio perpetuo hay razones jur\u00EDdicas diferentes respecto de la separaci\u00F3n total de bienes o al caso se\u00F1alado en el art\u00EDculo 150, del C\u00F3digo Civil. \nFinalmente, se\u00F1or Presidente, como una manera de disipar las dudas surgidas en la Sala y para hacer el texto legal de m\u00E1s f\u00E1cil comprensi\u00F3n y lectura, la Honorable Comisi\u00F3n, con la aceptaci\u00F3n del se\u00F1or Ministro, acord\u00F3 reemplazar el vocablo \"quienes\", que aparece al comienzo del inciso segundo del art\u00EDculo 1\u00B0 del proyecto de ley en estudio, por la frase \"las personas naturales\". Lo anterior fue aprobado por la unanimidad de los Diputados integrantes de la Comisi\u00F3n. \nEs cuanto puedo informar. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nCorresponde entrar a la discusi\u00F3n particular del proyecto. \nSe encuentran aprobados reglamentariamente, por no haber sido objeto de indicaciones ni de modificaciones, los siguientes art\u00EDculos: 2\u00B0, 4\u00B0, 5\u00B0, 6\u00B0, 7\u00B0 y 12 del segundo informe de la Comisi\u00F3n. \nEn discusi\u00F3n el art\u00EDculo 1\u00B0, que se refiere a ciertos beneficios a los deudores, que son los asignatarios de predios de la Reforma Agraria y otros. \nOfrezco la palabra. \nEl se\u00F1or ALAMOS.- \nPido la palabra, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or ALAMOS.- \nPresidente, este proyecto de ley prorroga los beneficios a que pudieron acogerse los primeros adquirentes de predios desde 1984, en virtud de una ley cuyo vencimiento fue en 1985. Favorece a un sector importante de propietarios agr\u00EDcolas chilenos. \nSeg\u00FAn lo planteado inicialmente en esa ley, las ventajas de estos beneficios eran s\u00F3lo para los primeros adquirentes. La Comisi\u00F3n de Agricultura, por mayor\u00EDa, con s\u00F3lo dos excepciones, solicit\u00F3 que se ampliaran a los segundos adquirentes, obteniendo favorable acogida de parte del se\u00F1or Ministro de Agricultura, que agradecemos. \nEsto favorece a un n\u00FAmero aproximado de mil parceleros. Indudablemente, significa un importante menor ingreso fiscal. Se habla de 2.900 millones de pesos, lo que constituye una cifra potencial, porque, en definitiva, por tratarse de personas que se encontraban tan endeudadas, la suma a recaudar por la Tesorer\u00EDa iba a ser mucho menor. \nEn la Comisi\u00F3n se debati\u00F3 la posibilidad de que tambi\u00E9n las personas jur\u00EDdicas pudieran acogerse a este beneficio. Hicimos notar al se\u00F1or Ministro que, en muchos casos, las personas jur\u00EDdicas estaban formadas por particulares de modestos recursos que hab\u00EDan constituido una sociedad. Personalmente, conozco el caso de dos profesores que se juntaron y con mucho esfuerzo aportaron sus jubilaciones para formar una sociedad. Es posible que, a lo largo del pa\u00EDs, haya infinitos casos como \u00E9ste en que, con gran esfuerzo, dos o tres personas se asociaron para acceder a una parcela, pasando a ser segundos adquirentes. \nEste beneficio habr\u00EDa favorecido a un n\u00FAmero importante de personas. Sin embargo, el Ministro manifest\u00F3 su negativa a esta solicitud por considerar que era injusto conceder este beneficio a sociedades formadas s\u00F3lo con la intenci\u00F3n de comprar parcelas para obtener ingresos l\u00EDcitos, pero que no ten\u00EDan los problemas econ\u00F3micos de los profesores y de otros profesionales. En todo caso, \u00E9sta es s\u00F3lo una peque\u00F1a ayuda si se tienen en cuenta los graves problemas econ\u00F3micos que afronta la gran mayor\u00EDa de los agricultores y parceleros del pa\u00EDs. \nLos Diputados de Renovaci\u00F3n Nacional presentamos indicaciones para que este beneficio se hiciera extensivo a todos los parceleros que adquirieron parcelas de la Reforma Agraria, fueran segundos, terceros o cuartos adquirentes, por estimar que todo aquel agricultor que realiz\u00F3 un esfuerzo por producir debi\u00F3 haber recibido los mismos beneficios. \nReconozco que lo obtenido es importante y, en ese sentido, reconocemos el apoyo que tuvimos del se\u00F1or Ministro de Agricultura. \nM\u00E1s adelante, en la discusi\u00F3n de otros art\u00EDculos, me referir\u00E9 al peligro que existe con la posible creaci\u00F3n del Fondo Nacional de Tierras, que se menciona en un art\u00EDculo que debatiremos con posterioridad. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Villouta. \nEl se\u00F1or VILLOUTA.- \nSe\u00F1or Presidente, colegas Diputados, despu\u00E9s de cuatro meses, vuelve a esta Sala el proyecto que beneficia a los adquirentes de predios afectos a la reforma agraria; que modifica decretos y leyes ya se\u00F1alados en el informe respectivo, y que trata de cristalizar, en forma muy favorable, las aspiraciones de los propietarios y asignatarios de bienes agr\u00EDcolas que, desde 1973 en adelante, se han visto perjudicados con diversas medidas que les afectaron gravemente en sus ingresos y en sus vidas familiares. \nEn los recorridos que hicimos en los per\u00EDodos anteriores a nuestro mandato parlamentario, conversamos con parceleros de los sectores reformados, principalmente de las comunas de Angol, Renaico, Los Sauces, Pur\u00E9n, Collipulli y Traigu\u00E9n, quienes nos plantearon cientos de situaciones irregulares, en algunos casos aberrantes, que francamente nos dejaban m\u00E1s que abismados. Nos parec\u00EDa incre\u00EDble el abandono en que quedaron los asentados y adjudicatarios al quit\u00E1rseles el vital apoyo que, para sus gestiones productivas, representaba el accionar de los funcionarios de las \u00E1reas respectivas del Indap. Fue el desmembramiento de ese organismo lo que permiti\u00F3, poco a poco, que fueran desapareciendo y liquid\u00E1ndose las Sara, o sea, las sociedades agr\u00EDcolas de reforma agraria, que eran el sost\u00E9n incuestionable, junto con las cooperativas que se hab\u00EDan constituido en las principales comunas agr\u00EDcolas del pa\u00EDs, de estos peque\u00F1os parceleros. Los tractores, maquinarias diversas, abonos, semillas y los apoyos contables y legales fueron liquid\u00E1ndose o desapareciendo, dej\u00E1ndolos en la mayor de las indefensiones, ya que ve\u00EDan como el temor y la persecuci\u00F3n hac\u00EDa acallar o desaparecer a los dirigentes y personas que pod\u00EDan darles apoyo y consejo. \nEste abandono no s\u00F3lo repercuti\u00F3 en la producci\u00F3n, sino que, por l\u00F3gica, impidi\u00F3 el oportuno cumplimiento del pago de las cuotas, que iban venciendo inexorablemente. Por ello, se vieron en situaciones dif\u00EDciles, y tan solos que la mayor\u00EDa no encontraba otra soluci\u00F3n que vender sus parcelas, aunque fuera en p\u00E9simas condiciones econ\u00F3micas. Para eso se coludieron, en muchos casos, algunos empleados de los mismos servicios agr\u00EDcolas o de Tesorer\u00EDas, quienes le dec\u00EDan a estos parceleros que s\u00F3lo la venta les permitir\u00EDa recuperar parte de sus bienes impagos. En otros casos, esos funcionarios se colud\u00EDan con agricultores que hab\u00EDan sido due\u00F1os anteriores de los terrenos, o con personas extra\u00F1as a la zona, que llegaron con enga\u00F1os. Incluso se dieron casos de abogados inescrupulosos que hac\u00EDan escrituras de arriendo por 99 a\u00F1os, ofrec\u00EDan a los parceleros dejarles una reserva con la parte ocupada por sus modestas viviendas o el bien com\u00FAn, para que pudieran seguir trabajando de nuevo como inquilinos, etc\u00E9tera. \nLos escasos conocimientos y la falta de mayor instrucci\u00F3n los hizo f\u00E1ciles v\u00EDctimas, pues las escrituras no dec\u00EDan lo que, en verdad, era el convenio. Fue as\u00ED como esos bienes comunes, los huertos o los sitios reservados, eran s\u00F3lo producto de una credibilidad no exigible legalmente por ning\u00FAn conducto. Las sumas miserables recibidas por ellos, o las cantidades pendientes que no figuraban en las escrituras y que no se pagaron, se hicieron sal y agua; y el hambre y la desesperanza empezaron a florecer en las tierras y viviendas de estos abandonados y sufridos agricultores. \nCientos o miles de personas podr\u00EDan llegar hasta nosotros a contamos situaciones pat\u00E9ticas, que s\u00F3lo resultan cre\u00EDbles, en algunos casos, por la sencillez y candor de sus explicaciones, que muestran la inocencia campesina. En su gran mayor\u00EDa, la justicia no ha podido solucionar esos problemas, principalmente por la incapacidad econ\u00F3mica de los asentados para pagar un abogado o por negarse a pagar el 50 por ciento de la tierra que se recuperar\u00EDa, por concepto de honorarios, como se lleg\u00F3 a pedir. \nVemos, as\u00ED, que el proyecto de ley que hoy tratamos en la pr\u00E1ctica no puede solucionar ninguno de esos problemas de escritura, por la gran complejidad de esos actos legales; pero, por lo menos, nos satisface que el articulado general del proyecto subsanar\u00E1 las aflictivas situaciones en que hoy se encuentran muchos de los que con tit\u00E1nico esfuerzo lograron mantener sus tierras, a pesar de todo. \nSean, pues, mis palabras de felicitaci\u00F3n para los favorecidos y esperamos que este alivio les permita salir adelante en sus actividades. Tambi\u00E9n felicitamos a los segundos adquirentes que en buena forma han pasado a ser propietarios de las tierras de los asentados, mediante honradas transacciones; y, muy especialmente, a aquellos que habiendo sido excluidos del proceso de asignaci\u00F3n por la aplicaci\u00F3n de la causal incorporada al art\u00EDculo 71 de la N\u00B0 16.640, por el decreto ley N\u00B0 208, de 1973, que afectaba principalmente a dirigentes de los asentados, pudieron llegar hasta hoy con una parcela. \nPara quienes obtuvieron esas tierras con malas artes, s\u00F3lo queda el castigo moral y la esperanza de que la justicia inmanente cumpla su cometido. \nOtro punto que es bueno hacer resaltar se refiere al art\u00EDculo 82, que autoriza a la Direcci\u00F3n de Vialidad, a requerimiento de cualquier propietario de parcelas que tenga inter\u00E9s actual en ello, con la sola exhibici\u00F3n del t\u00EDtulo de dominio respectivo, a ordenar y hacer cumplir la reapertura o ensanche de los caminos interiores resultantes de las parcelaciones de predios sometidos al proceso de reforma agraria, llevado a cabo en virtud de las leyes n\u00FAmeros 15.020 y 16.640, que hubieren sido cerrados o modificados y que figuren como tales en los respectivos planes de parcelaci\u00F3n. \nMe ha tocado conocer esta situaci\u00F3n en varias comunas de mi distrito, por lo que s\u00E9 exactamente que es insostenible para muchos parceleros e indispensable resolver a la mayor brevedad para evitar continuos roces entre vecinos, para vencer el encierro y evitar largos viajes de m\u00E1s a peque\u00F1os agricultores. \nEl proyecto de ley viene tambi\u00E9n a demostrar la preocupaci\u00F3n de nuestro Gobierno, que, bien informado por el Ministerio de Agricultura, dar\u00E1 un gran alivio a pr\u00E1cticamente 15 mil peque\u00F1os agricultores, para que puedan sanear sus tierras, vivir tranquilos y gozar del fruto de su trabajo. \nDeseamos vivamente que al Indap se le entreguen los medios materiales para que cumplan en las mejores condiciones y con la mayor din\u00E1mica y eficiencia sus tareas de apoyo y tecnolog\u00EDas, para que nuestro pa\u00EDs no s\u00F3lo se autoabastezca de los productos agr\u00EDcolas de la tierra, sino que pueda entregar excedentes para exportaci\u00F3n, ya que si ellos ganan, todos ganamos en Chile. \nS\u00F3lo nos resta esperar que el proyecto pase lo m\u00E1s r\u00E1pido posible los tr\u00E1mites legales que faltan, ya que sabemos muy bien que es \u00E1vidamente esperado por todos los modestos agricultores asentados de Chile, que sufren por el temor de perder la tierra defendida con valor. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Huenchumilla. \nEl se\u00F1or HUENCHUMILLA.- \nSe\u00F1or Presidente, en la discusi\u00F3n del art\u00EDculo 1\u00B0 planteamos una serie de dudas, lo que motiv\u00F3 que el proyecto fuera enviado nuevamente a la Comisi\u00F3n de Agricultura, Desarrollo Rural y Mar\u00EDtimo, con el objeto de esclarecer, para la historia fidedigna de la ley, el verdadero sentido de la disposici\u00F3n. \nHe escuchado el informe del se\u00F1or Diputado don Manuel Jos\u00E9 Matta y tambi\u00E9n he le\u00EDdo el informe escrito. Desde mi punto de vista, ha sido muy esclarecedor lo que ha se\u00F1alado el se\u00F1or Ministro de Agricultura respecto de las dudas que nos surgieron en la discusi\u00F3n del art\u00EDculo 1\u00B0. En consecuencia, con la aclaraci\u00F3n formal que se ha hecho, por nuestra parte, no hay ning\u00FAn inconveniente en que se despache en los t\u00E9rminos informados. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or VIERA-GALLO (Presidente).- \nTiene la palabra el Diputado don Sergio Jara. \nEl se\u00F1or JARA (don Sergio).- \nSe\u00F1or Presidente, quiero hacer algunas breves observaciones al art\u00EDculo en estudio. \nEn primer t\u00E9rmino, valoramos el esfuerzo del Ejecutivo para mejorar la proposici\u00F3n inicial, en cuanto a la posibilidad de que un segundo adquirente tenga los mismos beneficios que un parcelero original, porque esto estimula la producci\u00F3n agr\u00EDcola y la actividad de un sector muchas veces castigado por problemas internos o externos, tales como la sequ\u00EDa o la crisis ocasionada por los dos granos de uva envenados. \nEn segundo lugar, respecto de las zonas de cat\u00E1strofes declaradas por el problema de la sequ\u00EDa, en el d\u00EDa de hoy recibimos un oficio respuesta del se\u00F1or Ministro de Agricultura. En \u00E9l nos se\u00F1ala que se est\u00E1 estudiando, a nivel de varios ministerios, la posibilidad de postergar el pago de la cuota correspondiente al mes de junio de este a\u00F1o, contra\u00EDda por propietarios de parcelas CORA -sean asignatarios originales, segundos o terceros adquirentes, o quien corresponda-, hasta el final del per\u00EDodo de cada deuda. \nSeg\u00FAn el punto 3) de la respuesta del se\u00F1or Ministro, la iniciativa puede ser incorporada mediante indicaci\u00F3n al proyecto que otorga beneficios a los adquirentes de predios afectos a la reforma agraria, que estamos discutiendo, o bien, parte del proyecto de ley general referido a las comunas afectadas por la sequ\u00EDa. \nEn mi opini\u00F3n, es importante que los ministerios de Agricultura y de Hacienda aceleren los estudios para que en este proyecto de ley se introduzca la opci\u00F3n que mejora de modo notable la posibilidad de muchos productores. Adem\u00E1s, el plazo para el pago se est\u00E1 acercando r\u00E1pidamente y, de hecho, la situaci\u00F3n de los agricultores con parcelas CORA en zonas de sequ\u00EDa es delicada. \nEn consecuencia, en esta materia, m\u00E1s vale prevenir que asumir responsabilidades posteriores, ya que, por lo general, son engorrosas y onerosas. \nPor lo tanto, solicito que se aceleren estudios y en el Honorable Senado se formule indicaci\u00F3n sobre este punto, para permitir a muchos agricultores afectados por la sequ\u00EDa la posibilidad de postergar dicho pago. Insisto que no se trata de condonarlo, sino de postergarlo hasta el final del per\u00EDodo que a cada uno corresponde. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Melero. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nSe\u00F1or Presidente, la verdad es que el proyecto de ley que estamos viendo en su tercer informe, a ra\u00EDz de situaciones contingentes que el pa\u00EDs experimenta por la sequ\u00EDa y el c\u00F3lera, va a traer beneficios adicionales a deudores impagos asignatarios o segundos adquirentes, como lo establece el art\u00EDculo 1\u00B0. \nEn justicia, aparte del beneficio adicional espec\u00EDfico mencionado por quienes me han antecedido en el uso de la palabra, es importante se\u00F1alar que el proyecto pone en vigencia, por as\u00ED decirlo, el original de la ley N\u00B018.377, de 27 de diciembre de 1984, promulgada durante el Gobierno anterior con el mismo prop\u00F3sito de solucionar de manera definitiva los problemas de deudores CORA. \nPor consiguiente, no se trata de una iniciativa original de los \u00FAltimos tiempos, pues aborda una materia que viene siendo tratada desde hace mucho, espec\u00EDficamente del a\u00F1o 1984, en que con motivo de un primer proyecto se aprob\u00F3 una serie de beneficios para los deudores CORA. \nNuestra bancada votar\u00E1 favorablemente este art\u00EDculo, m\u00E1s a\u00FAn porque el Ejecutivo acogi\u00F3 el planteamiento que la C\u00E1mara aprob\u00F3 por mayor\u00EDa, en el sentido de hacer extensivo el beneficio de los asignatarios a los segundos adquirentes, de acuerdo con la f\u00F3rmula propuesta. \nLo anterior se concilia plenamente con el esp\u00EDritu del Ejecutivo, representado por el Presidente de la Rep\u00FAblica, puesto que el mensaje que dio origen al proyecto de la ley dice: \u201CEn relaci\u00F3n con este tema\u201D \u2013el de los deudores- \u201Cdebe se\u00F1alarse que se ha detectado una morosidad importante en el pago de la deuda fiscal respecto de los deudores del primer grupo, y que en el segundo grupo\u201D \u2013refiri\u00E9ndose a los segundos adquirentes- \u201Cexisten deudores que, dada su situaci\u00F3n socioecon\u00F3mica, en nada se diferencian de los primeros.\". \nLo expresado en el mensaje no se conciliaba con el art\u00EDculo 1\u00B0. Felizmente, el Ejecutivo ha reaccionado y, si bien nos hubiera gustado una redacci\u00F3n m\u00E1s amplia respecto de los segundos adquirentes, en los t\u00E9rminos en que qued\u00F3 acotada no se comete ninguna injusticia y se ajusta a lo se\u00F1alado por el Ejecutivo y por la C\u00E1mara en su oportunidad. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Letelier. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nSe\u00F1or Presidente, el art\u00EDculo 1\u00B0 fue motivo de un gran debate en el seno de la Comisi\u00F3n de Agricultura, en particular el punto referente a la extensi\u00F3n de los beneficios a los segundos adquirentes. \nNo est\u00E1 en discusi\u00F3n si los asignatarios originales o los segundos adquirentes tienen diferencias socioecon\u00F3micas. Compartimos el contenido del mensaje, mencionado reci\u00E9n por el Diputado se\u00F1or Melero. No hay necesariamente diferencias socioecon\u00F3micas entre los segundos adquirentes de una parcela y los asignatarios originales del proceso de la reforma agraria. \nRepito que este no es el punto en discusi\u00F3n. Sin embargo, hay una diferencia de origen entre los primeros y los segundos; hay una diferencia hist\u00F3rica y de intenciones desde el momento en que se llev\u00F3 a cabo la asignaci\u00F3n de las parcelas de la reforma agraria. En el contexto de lo vivido en nuestro pa\u00EDs durante la segunda mitad de los a\u00F1os 70, cuando se implement\u00F3 gran parte de la legislaci\u00F3n de la reforma agraria y, al mismo tiempo, se cambiaron las reglas del juego a los asignatarios originales, debe reconocerse que hay situaciones distintas entre los primeros y los segundos adquirentes. \nNuestra bancada no era partidaria de extender los beneficios de los asignatarios originales a los segundos adquirentes de una parcela. Ese fue el esp\u00EDritu del proyecto del Ejecutivo, y lo compartimos plenamente. Por eso a trav\u00E9s del Diputado se\u00F1or Naranjo, pidi\u00F3 que se desglosara la votaci\u00F3n del art\u00EDculo 1\u00B0 al aprobarse en la Comisi\u00F3n, fuimos minor\u00EDa. \nNo nos oponemos a que los segundos adquirentes sean beneficiados; no desconocemos que el peque\u00F1o productor est\u00E1 en situaci\u00F3n sumamente desmedrada para enfrentar los actuales desaf\u00EDos de producci\u00F3n y comercializaci\u00F3n agr\u00EDcola en nuestro pa\u00EDs. Por el contrario, compartimos plenamente lo incorporado en el programa de Gobierno de la Concertaci\u00F3n, acerca de la necesidad de dinamizar la econom\u00EDa campesina tradicional y de dar un fuerte apoyo a los peque\u00F1os y medianos productores, con el fin de que tengan viabilidad econ\u00F3mica y social. \nEl punto en discusi\u00F3n es otro: si es igual la situaci\u00F3n de un segundo adquirente de un predio con la de los que originalmente fueron beneficiarios del proceso de reforma agraria. Creemos que no; m\u00E1s a\u00FAn cuando en el proceso de repartici\u00F3n de las tierras hay una larga historia, sobre la cual abundaremos en la discusi\u00F3n en particular de este proyecto. Hubo profundas injusticias, hubo abuso de poder, hubo una legislaci\u00F3n impuesta durante el gobierno militar que discrimin\u00F3 contra aproximadamente cinco mil dirigentes sindicales y de partidos que encabezaron el proceso de reforma agraria, y que por obra de ese maldito decreto de ley 208, que los trat\u00F3 como criminales, fueron excluidos del derecho de ser asignatarios originales del proceso de reforma agraria. \nPor estas razones queremos dejar muy en claro nuestra opini\u00F3n como bancada respecto de este art\u00EDculo. \nEs cierto que la mayor\u00EDa de nuestra Comisi\u00F3n estuvo de acuerdo... \nHablan varios se\u00F1ores Diputados a la vez. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nPido a los colegas del frente que respeten el uso de la palabra, en particular a aqu\u00E9llos que fueron adquirentes posteriores de predios de la reforma agraria. \nHablan varios se\u00F1ores Diputados a la vez. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente) .- \nRuego a los se\u00F1ores Diputados respetar el uso de la palabra. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nEn consecuencia, esperando dejar en claro nuestra opini\u00F3n respecto de esta materia, pediremos que en la votaci\u00F3n de este art\u00EDculo se desglose su primer inciso del segundo. \nFinalmente, deseo sumarme a lo sugerido por el colega Jara, sobre la necesidad de pedir al Ejecutivo que en el tr\u00E1mite del Senado patrocine una indicaci\u00F3n para postergar el pago de la cuota Cora del 30 de junio de los deudores de las zonas afectadas por cat\u00E1strofes y, en particular por la sequ\u00EDa. El tema fue abordado por esta Honorable C\u00E1mara y hemos recibido del se\u00F1or Ministro de Agricultura un oficio del que se dio cuenta al comienzo de la sesi\u00F3n, en que dice que el Gobierno est\u00E1 dispuesto a considerar la solicitud. Como no tenemos facultad constitucional para incluir aqu\u00ED la indicaci\u00F3n pertinente, ni a\u00FAn por unanimidad, pido que el se\u00F1or Ministro, que al t\u00E9rmino del debate, nos d\u00E9 su apreciaci\u00F3n sobre la posibilidad de formularla cuando el proyecto de ley pase al Senado. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nSe\u00F1or Diputado, en relaci\u00F3n con esta materia, efectivamente el se\u00F1or Ministro ya envi\u00F3 su respuesta, que est\u00E1 en poder de la C\u00E1mara. Sin perjuicio de ello, tal vez quiera hacer referencia a ella. \nEl se\u00F1or PIZARRO (don Jorge).- \nSe\u00F1or Presidente, quiero hacerle una pregunta al Diputado Letelier. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nLo que pasa es que a continuaci\u00F3n corresponde el uso de la palabra al Diputado se\u00F1or Acu\u00F1a. \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Ministro de Agricultura).- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el se\u00F1or Ministro. \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Ministro de Agricultura).- \nSe\u00F1or Presidente, desde luego, quiero hacerme cargo de algunas observaciones de los se\u00F1ores Diputados. \nEn primer lugar, respecto del alcance hecho por el Diputado se\u00F1or Letelier, es efectivo que en el proyecto primitivo enviado por el Ejecutivo se contemplaban beneficios s\u00F3lo para el primer adquirente, en su totalidad; y para los siguientes, beneficios sustanciales restringidos. El Diputado se\u00F1or Melero ha cre\u00EDdo ver una contradicci\u00F3n entre el texto del mensaje y la norma propuesta, toda vez que en aqu\u00E9l se hablaba de que hab\u00EDa segundos adquirentes en situaci\u00F3n econ\u00F3mico-social enteramente similar a la de los asignatarios originarios. La verdad es que esta contradicci\u00F3n no existe, porque lo que el proyecto inicial se\u00F1alaba era que a algunos, que t\u00E9cnicamente eran segundos adquirentes, se les asimilaba a la calidad de asignatarios originarios. As\u00ED, por ejemplo, quien adquir\u00EDa en virtud de la disoluci\u00F3n de una sociedad de reforma agraria era t\u00E9cnicamente segundo adquirente, pero se le asimilaba a la calidad de asignatario originario. Lo mismo ocurr\u00EDa con quien adquir\u00EDa en virtud de la disoluci\u00F3n de una cooperativa y tambi\u00E9n -aqu\u00ED ven\u00EDa el tratamiento especial respecto del decreto ley N\u00B0 208- con quien hab\u00EDa sido discriminado y era t\u00E9cnicamente segundo adquirente. \nDe manera que a nuestro juicio esta contradicci\u00F3n no existe. \nRespecto de la observaci\u00F3n del Honorable Diputado se\u00F1or Letelier, el criterio especialmente restrictivo que propusimos fue controvertido mayoritariamente por la Honorable Comisi\u00F3n. En virtud de este punto de vista aceptamos ampliar el beneficio a \u00FAnicamente segundos adquirentes que fuesen personas naturales que hubiesen adquirido s\u00F3lo uno de los predios, y asimilando a sus c\u00F3nyuges y a sus hijos menores a la misma calidad de adquirentes, salvo el caso de divorcio perpetuo. \nEs cierto que esto signific\u00F3 una ampliaci\u00F3n del criterio, pero nos pareci\u00F3 que restringir a personas naturales, como tambi\u00E9n al adquirente de un solo predio, de manera que no se viera una adquisici\u00F3n masiva de predios, pod\u00EDa ser aceptable. \nQuiero tambi\u00E9n recoger la \u00FAltima observaci\u00F3n del Honorable Diputado se\u00F1or Letelier, en cuanto a la pr\u00F3rroga de la cuota por vencer. Efectivamente, recibimos la inquietud de esta Honorable C\u00E1mara, cons\u00FAltennos al Ministerio de Hacienda y \u00E9ste, a su vez, consult\u00F3 a la Tesorer\u00EDa, y fuera de dos o tres observaciones menores, hay acuerdo del Ministerio de Hacienda y de la Tesorer\u00EDa, de manera que en el Senado vamos a formular la indicaci\u00F3n correspondiente en el sentido que se nos insin\u00FAa. \nMuchas gracias, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Acu\u00F1a. \nEl se\u00F1or Pizarro le solicita una interrupci\u00F3n. \nEl se\u00F1or ACU\u00D1A.- \nEncantado. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra, por la v\u00EDa de la interrupci\u00F3n, el Diputado se\u00F1or Pizarro. \nEl se\u00F1or PIZARRO (don Jorge).- \nSe\u00F1or Presidente, s\u00F3lo para hacer una consulta al Diputado se\u00F1or Letelier, a prop\u00F3sito de la \u00FAltima parte de su intervenci\u00F3n. \nNo s\u00E9 si escuch\u00E9 mal, y si no fue as\u00ED me gustar\u00EDa saber si tiene los antecedentes del caso, pero lo o\u00ED hacer el cargo de que hay algunos Diputados que habr\u00EDan adquirido parcelas en estas condiciones. Si los tiene que los entregue a la Honorable C\u00E1mara, porque, adem\u00E1s, respecto del proyecto, se nos podr\u00EDa producir el problema de que algunos Diputados no podr\u00EDan votar. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nLa Mesa lo anunciar\u00E1 en el momento oportuno, antes de la votaci\u00F3n. \nYa se han hecho llegar a la Mesa algunas comunicaciones de se\u00F1ores Diputados, en el sentido de que no participar\u00E1n en la discusi\u00F3n y si en la votaci\u00F3n. \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Acu\u00F1a. \nEl se\u00F1or ACU\u00D1A.- \nSe\u00F1or Presidente, el estudio de este proyecto de ley nos ha permitido, sin duda, revisar lo que en su momento fue el proceso de reforma agraria, iniciativa que muchos parlamentarios, principalmente de Gobierno, estamos dispuestos a seguir promoviendo de modo de regular y de reparar las injusticias que se cometieron durante \u00E9l, a alguna de los cuales se refiri\u00F3 el Honorable colega Juan Pablo Letelier. Como la Sala sabe, hace algunas semanas presentamos un proyecto de acuerdo para posibilitar la designaci\u00F3n de una comisi\u00F3n que se aboque en primer lugar a revisar, regi\u00F3n por regi\u00F3n, las injusticias cometidas con dirigentes sindicales y con algunos asignatarios de parcelas Cora; y, en segundo lugar, a estudiar la creaci\u00F3n de un fondo nacional de tierras que nos permita asignarlas a todas las personas injustamente despojadas, de modo que tengan la posibilidad de desarrollar su actividad agr\u00EDcola. \nPor eso, este tema que hoy nos preocupa nos permite ser consecuentes, principalmente, con el gran sector de campesinos y de peque\u00F1os agricultores que durante muchos a\u00F1os han estado al margen del proceso productivo agr\u00EDcola de nuestro pa\u00EDs. \nApoyamos decididamente este proyecto de ley y pensamos que con la indicaci\u00F3n confirmada por el se\u00F1or Ministro, que podr\u00E1 hacerse en el Senado de la Rep\u00FAblica, podremos mejorarlo substancialmente. \nDesde ya, el se\u00F1or Presidente de la Rep\u00FAblica ha recibido un oficio enviado en nombre del Diputado Hugo Rodr\u00EDguez y en el m\u00EDo en que se le pide precisamente su apoyo para solucionar estos problemas que aquejan a dirigentes campesinos y a parceleros de la reforma agraria, que fueron despojados de sus tierras. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or CORREA.- \nSe\u00F1or Presidente, \u00BFestamos en la discusi\u00F3n general o en la discusi\u00F3n particular del proyecto? \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEstamos en la discusi\u00F3n particular; es usual que en esta etapa los se\u00F1ores Diputados se refieren en general al proyecto. Para ser exactos, estamos en la discusi\u00F3n del art\u00EDculo 1\u00B0. \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Ram\u00EDrez. \nEl se\u00F1or RAMIREZ.- \nSe\u00F1or Presidente, el proyecto tiende a solucionar el problema de varios de miles de peque\u00F1os propietarios asignatarios de la reforma agraria y de segundos adquirentes, pero en el art\u00EDculo 1\u00B0se plantea que estos parceleros tendr\u00E1n un plazo de 180 d\u00EDas, a contar de la publicaci\u00F3n de esta ley, para pagar los saldos morosos. Durante los d\u00EDas, en que se discuti\u00F3 esta materia tuve distintas reuniones con federaciones de peque\u00F1os agricultores y en ellas verifiqu\u00E9 que en las condiciones actuales les es casi imposible pagar sus deudas en un plazo de 180 d\u00EDas. Si esta ley fuera publicada en julio de este a\u00F1o, tendr\u00EDan que pagar en diciembre, \u00E9poca en que en las zonas agr\u00EDcolas se hacen los mayores gastos, lo que les impedir\u00EDa pagar. Por esa raz\u00F3n quiero, plantearle al se\u00F1or Ministro que los saldos morosos no se paguen dentro de ese plazo sino que -como se ha hecho en otros- casos al final del per\u00EDodo de la deuda, como nuevas cuotas. De esta forma, sanear\u00EDamos el problema de miles de peque\u00F1os agricultores que actualmente sufren la tragedia del endeudamiento. \nAhora estoy totalmente de acuerdo en que se haya agregado en el proyecto de ley la posibilidad de beneficiar a los segundos adquirentes. Me refer\u00ED a esta materia hace alg\u00FAn tiempo, en su discusi\u00F3n general, y no quiero abundar sobre ella. \nEn conversaciones con el se\u00F1or Ministro de Agricultura, junto con otros se\u00F1ores Diputados, el entendi\u00F3 que nuestro planteamiento era correcto y accedi\u00F3 a que los segundos adquirentes que tuvieran una parcela quedaran incorporados en el proyecto. Se lo agradezco, desde luego, en nombre de varios cientos de peque\u00F1os propietarios que hoy son favorecidos. \nRespecto de las zonas de cat\u00E1strofes, creo que, en general, la agricultura debe ser considerada en zona de cat\u00E1strofe, de manera que ser\u00EDa bueno que la pr\u00F3rroga de la cuota Cora no fuera exclusivamente para parceleros de algunas zonas del pa\u00EDs, sino para todos, a fin de permitirles empezar a recuperarse. \nTambi\u00E9n creo que es conveniente corregir el problema de las personas afectas al decreto N\u00B0208. Tengo en mi poder una carta de ex asentados de la comuna de Sagrada Familia de la provincia de Curic\u00F3 \u2013antes de Talca- que dice: \u201CCon todo respeto nos dirigimos a usted para informarle que somos 18 personas, que el Gobierno anterior nos quit\u00F3 las parcelas que nos hab\u00EDa asignado la reforma agraria, ex Cora, aplic\u00E1ndonos el decreto ley N\u00B0 208\". \n\"La mayor\u00EDa de los afectados son asentados del proyecto Juan XXIII, de la comuna de Sagrada Familia, que sin causa justificada y en forma arbitraria, fueron eliminados sin saber el motivo de tan dr\u00E1stica medida\". \n\"Estimamos que la causal fue que se nos declar\u00F3 no partidarios del gobierno anterior\". \nEfectivamente, en la aplicaci\u00F3n del decreto ley 208 se cometieron muchas injusticias. Con la aprobaci\u00F3n de este proyecto, se corrige esa situaci\u00F3n y har\u00EDamos un acto de justicia y reparaci\u00F3n absolutamente necesario, que aunque no beneficia a todos los afectados; al menos alcanza a quienes verdaderamente fueron perjudicados sin haber intervenido en ning\u00FAn hecho ilegal. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el se\u00F1or Galilea. \nEl se\u00F1or GALILEA.- \nSe\u00F1or Presidente, desde el comienzo de la tramitaci\u00F3n de este proyecto, los Diputados de Renovaci\u00F3n Nacional venimos se\u00F1alando lo insuficiente del beneficio que se pretende entregar a los poseedores de parcelas Cora. \nLa iniciativa apunta en el sentido correcto, m\u00E1s a\u00FAn cuando el beneficio que concede se extiende a los segundos adquirentes. Sin embargo, est\u00E1 lejos de ser la soluci\u00F3n. \nA nuestro juicio, es insuficiente por tres razones: \nEn primer lugar, porque se comete una grave injusticia con quienes han hecho grandes sacrificios para cumplir con el pago de las cuotas, antecedentes que el Ejecutivo no considera debidamente en este proyecto. \nEn segundo t\u00E9rmino, porque los beneficios entregados a los dem\u00E1s adquirentes de parcelas Cora son absolutamente exiguos. Entendemos que el Estado hace un esfuerzo importante desde el punto de vista econ\u00F3mico; pero como lo indicamos en la discusi\u00F3n general, pr\u00E1cticamente estas tierras no significaron gasto para el Fisco, por lo que resultar\u00EDa totalmente justo conceder el beneficio completo a los dem\u00E1s asignatarios. \nEn tercer lugar, porque no ataca la ra\u00EDz del problema. Un an\u00E1lisis profundo de la realidad que vive la inmensa mayor\u00EDa de los agricultores convertidos en propietarios a ra\u00EDz del proceso de reforma agraria, permite comprobar que dif\u00EDcilmente llegar\u00E1n a pagar alg\u00FAn d\u00EDa. Estamos frente a una crisis de rentabilidad en la agricultura, la que tiene mucho mayor impacto en las actividades de los peque\u00F1os agricultores. \nEste es el asunto de fondo y, si no se aborda, en poco tiempo m\u00E1s deberemos abocamos al estudio de un proyecto similar. \nSe\u00F1or Presidente, todo esto comprueba, una vez m\u00E1s, lo nefasto que fue para la agricultura nacional el proceso de reforma agraria. Hoy nos alegramos de que exista una nueva concepci\u00F3n respecto del derecho de propiedad. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nOfrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nComunico a la Sala que los Diputados se\u00F1ores Rojo, Hurtado, Alessandri y Soto informaron a la Mesa que no participar\u00E1n en la discusi\u00F3n ni en la votaci\u00F3n de este proyecto por considerar que se encuentran inhabilitados para actuar en esta materia. \nEl se\u00F1or MONTES .- \n\u00BFNinguno m\u00E1s? \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nEn primer lugar, quiero se\u00F1alar que solicit\u00E9 que se desglosara este art\u00EDculo para su votaci\u00F3n. \nEn segundo t\u00E9rmino, deseo formular una consulta reglamentaria. Si alg\u00FAn Diputado se encuentra inhabilitado para votar, por verse \u00E9l o sus familiares involucrados -en cualquier proyecto, \u00E9ste u otro-, \u00BFes necesario explicitarlo, como se ha hecho hasta ahora? \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nNo, reglamentariamente. Pero, en definitiva, como tienen que inhabilitarse, una forma de hacerlo es explicitando el hecho, para que quede constancia de que no participan en la votaci\u00F3n. De no hacerlo, podr\u00EDa prestarse para una interpretaci\u00F3n equ\u00EDvoca. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nMi duda reglamentaria es la siguiente: si alguien se inhabilita -entiendo que es no participando en la votaci\u00F3n- no significa que pueda abstenerse. Es una situaci\u00F3n distinta. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nA nuestro juicio el abstenerse significa participar en la votaci\u00F3n. \nAhora, si un se\u00F1or Diputado no lo indica por escrito a la Mesa, en mi opini\u00F3n, debe se\u00F1alarlo expl\u00EDcitamente en la Sala puesto que, de otra manera, no quedar\u00E1 constancia de que se inhabilit\u00F3. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \n\u00BFQu\u00E9 ocurre si no se inhabilita? \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nPuede ser objeto de una petici\u00F3n de inhabilidad, precisamente por haber participado. \nEl se\u00F1or VILLOUTA.- \n\u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or VILLOUTA.- \nSe\u00F1or Presidente, recuerdo que cuando se trat\u00F3 este proyecto en primer tr\u00E1mite reglamentario, hubo varios Diputados que hicieron presente su inhabilidad. Ser\u00EDa cuesti\u00F3n de revisar la n\u00F3mina y repetirla. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEso no lo puede hacer la Mesa, se\u00F1or Diputado. Tiene que comunicarlo cada uno de los se\u00F1ores Diputados que se siente inhabilitado. \nDiputado se\u00F1or Letelier, quiero que aclare si el desglose del art\u00EDculo 1\u00B0 que usted solicita es para votar separadamente el inciso primero y luego el resto. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nCorrecto. \nEl se\u00F1or RINGELING.- \n\u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente). - \n\u00BFSobre el art\u00EDculo 1\u00B0? \nEl se\u00F1or RINGELING.- \nQuiero plantear una cuesti\u00F3n de Reglamento. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or RINGELING.- \nCreo que basta que un se\u00F1or Diputado que se sienta inhabilitado no participe en la votaci\u00F3n, ni a favor, ni en contra, ni absteni\u00E9ndose, para que cumpla con la disposici\u00F3n legal. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEsa es otra interpretaci\u00F3n. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nSe\u00F1or Presidente, disculpe que volvamos sobre esto. \nAl parecer, en este punto, hay un vac\u00EDo reglamentario. Entiendo que la Mesa nos tiene que dar explicaci\u00F3n clara de cu\u00E1l es la pr\u00E1ctica en esta materia. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nLa Mesa ha se\u00F1alado un criterio. El se\u00F1or Ringeling ha planteado otro: cree que no participando basta para que un Diputado se inhabilite. El punto es que no se ve cu\u00E1l es la claridad -hablo como Mesa- que pudiera hacerse con ello. Si no es personalizada o individualizada la votaci\u00F3n, no queda la constancia de que un se\u00F1or Diputado se inhabilit\u00F3 antes de la votaci\u00F3n. \nEl se\u00F1or SMOK.- \n\u00BFQu\u00E9 dice el Reglamento? \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEl Reglamento establece el criterio de que el Diputado debe inhabilitarse; no puede participar. La manera de hacerlo es se\u00F1alar expresamente que se inhabilita para ese efecto. \nEl se\u00F1or MUNIZAGA.- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or MUNIZAGA.- \nSe\u00F1or Presidente, por las razones que Su Se\u00F1or\u00EDa se\u00F1ala, quiero dejar constancia de que no participar\u00E9 en la votaci\u00F3n. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nSe deja constancia de que el Diputado se\u00F1or Munizaga no participar\u00E1 en la votaci\u00F3n. \nTiene la palabra el se\u00F1or Alvarez-Salamanca. \nEl se\u00F1or ALVAREZ-SALAMANCA.- \nSe\u00F1or Presidente, quiero dejar constancia de que cuando se trat\u00F3 este proyecto en el primer tr\u00E1mite reglamentario los Diputados que nos consideramos inhabilitados lo hicimos presente. \nEl se\u00F1or D\u00DCPRE (Vicepresidente).- \nSe dejar\u00E1 constancia de lo que se\u00F1ala el Diputado se\u00F1or Alvarez-Salamanca. \nEn votaci\u00F3n el inciso primero del art\u00EDculo 1\u00B0. \nSi le parece a la Sala, se dar\u00E1 por aprobaci\u00F3n. \nAprobado. \nEn votaci\u00F3n el inciso segundo del art\u00EDculo 1\u00B0, con el reemplazo del vocablo \"quienes\" por la frase \u201Clas personas naturales que\". \nEn votaci\u00F3n. \nEfectuada la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, por el sistema de manos levantadas, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, O voto. Hubo 2 abstenciones. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nAprobado el inciso segundo del art\u00EDculo 1\u00B0, con la indicaci\u00F3n. \nSi le parece a la Sala, se dar\u00E1 por aprobado el inciso tercero de este art\u00EDculo. \nAprobado. \nEl art\u00EDculo 2\u00B0 est\u00E1 aprobado reglamentariamente. \nEn discusi\u00F3n .el art\u00EDculo 3\u00B0. \nOfrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate: \nEn votaci\u00F3n. \nSi le parece a la C\u00E1mara, se dar\u00E1 por aprobado. \nAprobado. \nLos art\u00EDculos 4\u00B0, 5\u00B0, 6\u00B0 y 7\u00B0 est\u00E1n aprobados reglamentariamente. \nEn discusi\u00F3n el art\u00EDculo 8\u00B0 \nEl se\u00F1or MELERO.- \nEst\u00E1 aprobado, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nS\u00ED, est\u00E1 aprobado. \nSin embargo, hay que votar una indicaci\u00F3n. El se\u00F1or Secretario la leer\u00E1. \nEl se\u00F1or LOYOLA (Secretario accidental).- \nDe los Diputados se\u00F1ores Hurtado, Rodr\u00EDguez, don Claudio; Alvarez-Salamanca y Munizaga, para agregar a dicho art\u00EDculo el siguiente inciso segundo: \n\"De igual manera, cualquier propietario de parcela que se sienta afectado en sus derechos, podr\u00E1 oponerse a la medida se\u00F1alada precedentemente, en cuyo caso se constituir\u00E1 una comisi\u00F3n arbitral en la comuna donde est\u00E9 ubicado el punto en litigio, siendo integrada por : el Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Regi\u00F3n correspondiente o por quien \u00E9l designe; el Director de Obras de la Municipalidad respectiva; el Director o Jefe de Vialidad de la provincia correspondiente, y el Juez de Polic\u00EDa Local o quien haga las veces en la comuna respectiva. Dicha Comisi\u00F3n tendr\u00E1 car\u00E1cter resolutivo y su veredicto ser\u00E1 inapelable.\". \nEl se\u00F1or ALVAREZ-SALAMANCA.- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nSe\u00F1or Diputado, como la indicaci\u00F3n no fue renovada, no hay debate sobre ella. \nEn votaci\u00F3n. \nEfectuada la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, por el sistema de manos levantadas, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos; por la negativa, 34 votos. No hubo abstenciones. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nRechazada la indicaci\u00F3n. \nEn discusi\u00F3n el art\u00EDculo 9\u00B0 \nOfrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nEn votaci\u00F3n. \nSi le parece a la Sala, se dar\u00E1 por aprobado. \nAprobado. \nEn discusi\u00F3n el art\u00EDculo 10. \nEl se\u00F1or Secretario va a dar lectura a la indicaci\u00F3n signada con la letra B). \nEl se\u00F1or LOYOLA (Secretario accidental).- \nIndicaci\u00F3n del Diputado se\u00F1or Bosselin, para agregar al art\u00EDculo 10 el siguiente inciso final: \"El Fisco deber\u00E1 vender, dentro del plazo de un a\u00F1o, a precio de mercado, los bienes que se hubiere adjudicado conforme a la letra a) de este art\u00EDculo\". \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEn votaci\u00F3n la indicaci\u00F3n. \nEl se\u00F1or HUENCHUMILLA.- \nSe\u00F1or Presidente, pido la palabra para plantear una cuesti\u00F3n reglamentaria previa. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or HUENCHUMILLA.- \nSe\u00F1or Presidente, a mi juicio la indicaci\u00F3n ser\u00EDa inconstitucional, en virtud de lo se\u00F1alado en la Carta Fundamental, en el inciso tercero del art\u00EDculo 62, en relaci\u00F3n con el N\u00B0 10, del art\u00EDculo 60, que se refiere a las leyes que fijen normas sobre enajenaci\u00F3n de bienes del Estado, materias que corresponden a la iniciativa exclusiva del Presidente de la Rep\u00FAblica. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEn la Comisi\u00F3n no la declararon inconstitucional, pero la Mesa la considera inadmisible. \nEl se\u00F1or BAYO.- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or BAYO.- \nSe\u00F1or Presidente, en relaci\u00F3n con lo planteado por el Diputado se\u00F1or Huenchumilla, debo se\u00F1alar que los que se est\u00E1n vendiendo no son bienes del Estado. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nPero impone una obligaci\u00F3n al Estado que, a juicio de la Mesa, es absolutamente improcedente. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nSe\u00F1or Presidente, s\u00F3lo para clarificar el punto. El art\u00EDculo legisla sobre la forma de rematar bienes de particulares que tienen deudas con el Estado. \nSe establece un mecanismo cuyo objetivo puede no ser compartido, pero el esp\u00EDritu consiste en que el Estado no se quede con parcelas rematadas, por deudas. Se fija un sistema mediante el cual en el segundo llamado a remate se pueden pagar precios inferiores al de mercado, si en el primero no hay interesados. Por lo tanto, m\u00E1s que una discusi\u00F3n de constitucionalidad hay un problema de estar en contra del esp\u00EDritu del art\u00EDculo. \nEn consecuencia, no comparto la declaraci\u00F3n de inadmisibilidad de la Mesa, pues se debe entender bien cu\u00E1l es la intenci\u00F3n del proyecto. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nDe acuerdo con el Reglamento, una vez planteada la inadmisibilidad por parte de la Mesa, no corresponde la discusi\u00F3n. Si hay un reclamo por parte de alg\u00FAn se\u00F1or Diputado, la decisi\u00F3n de la Mesa, se somete a votaci\u00F3n de la Sala. \n\u00BFAlg\u00FAn se\u00F1or Diputado insiste en la admisibilidad de la indicaci\u00F3n? \nEntonces, se declara inadmisible. Por lo tanto, corresponde votar el art\u00EDculo 10. \nEl se\u00F1or CORREA.- \nSe\u00F1or Presidente, ahora s\u00ED puede haber discusi\u00F3n sobre el tema. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nNo hay m\u00E1s discusi\u00F3n se\u00F1or Diputado, porque est\u00E1 terminado el problema de la admisibilidad. \nEl art\u00EDculo 10 no fue objeto de modificaciones, de modo que no corresponde debatirlo. \nEl se\u00F1or LONGUEIRA.- \nSe\u00F1or Presidente, en este caso se acaba de declarar inadmisible una indicaci\u00F3n que no fue declarada as\u00ED en la Comisi\u00F3n. Por lo tanto, corresponde abrir debate sobre el art\u00EDculo. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nLa indicaci\u00F3n no fue renovada, de manera que este art\u00EDculo no puede someterse a discusi\u00F3n. \nEl se\u00F1or BAYO.- \nSe\u00F1or Presidente, en ese caso la indicaci\u00F3n no debi\u00F3 votarse. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nDe acuerdo con el art\u00EDculo 129 del Reglamento, la indicaci\u00F3n debe someterse a votaci\u00F3n. El problema se produjo debido a su admisibilidad. \nEn votaci\u00F3n el art\u00EDculo 10\u00B0. \nEfectuada la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, por el sistema de manos levantada, dio el siguiente resultado; por la afirmativa, 40 votos; por la negativa; 19 votos. No hubo abstenciones. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nAprobado el art\u00EDculo 10\u00B0. \nCorresponde pronunciarse sobre el art\u00EDculo 11 nuevo. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \n\u00BFMe excusa, se\u00F1or Diputado? Quiero plantear antes una situaci\u00F3n previa. \nA juicio de la Mesa, el art\u00EDculo 11 nuevo es inadmisible, por dos razones. En primer lugar, porque el proyecto se refiere a deudores morosos y este art\u00EDculo trata de una reasignaci\u00F3n o reparaci\u00F3n de lo asignado en virtud del decreto ley N\u00B0 208, de 1973. O sea, no tiene relaci\u00F3n directa con el objeto del proyecto. \nEn segundo lugar, de acuerdo con el N\u00B0 10 del art\u00EDculo 60 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica, son materias de ley: \u201CLas que fijen las normas de enajenaci\u00F3n de bienes del Estado o de las Municipalidades y sobre su arrendamiento o concesi\u00F3n.\u201D. El art\u00EDculo 62 se\u00F1ala las leyes que pueden tener origen en la C\u00E1mara de Diputados, por mensaje que dirija el Presidente de la Rep\u00FAblica, y que a \u00E9ste corresponde la iniciativa exclusiva para: \n\u201C3\u00B0 Contratar empr\u00E9stitos o celebrar otra clase de operaciones que pueden comprometer el cr\u00E9dito o la responsabilidad financiera del Estado, de las entidades semifiscales, aut\u00F3nomas o de municipalidades, y de condonar, reducir o modificar obligaciones, intereses u otras cargas financieras de cualquier naturaleza establecidas en favor del Fisco o de los organismos o entidades referidos.\u201D \nA juicio de la Mesa, en virtud de ambas consideraciones, el art\u00EDculo 11 es inconstitucional. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Melero; luego, el Diputado se\u00F1or Letelier. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nComo Presidente de la Comisi\u00F3n, declar\u00E9 inadmisible este art\u00EDculo, pero la Comisi\u00F3n vot\u00F3 su admisibilidad. \nQuiero respaldar la posici\u00F3n de la Mesa con nuevos fundamentos. Se ha dicho que esta indicaci\u00F3n no tiene que ver con las ideas matrices del proyecto. \nEl art\u00EDculo 266 del Reglamento se\u00F1ala expresamente: \"S\u00F3lo ser\u00E1n admitidas las indicaciones que digan relaci\u00F3n directa con las ideas matrices del proyecto\". En el mensaje no hay menci\u00F3n alguna a la idea que contiene el art\u00EDculo 11; o sea, no est\u00E1 dentro de sus objetivos. En efecto, plantea que la iniciativa tiene por objeto permitir a los asignatarios directos y segundos adquirentes de una parcela, acogerse al cr\u00E9dito del 70 por ciento de los montos de la cuota adeudada; condonar los intereses penales; facultad a la Direcci\u00F3n de Vialidad para ordenar la apertura o ensanche de los caminos; facultar al Servicio Agr\u00EDcola y Ganadero para requerir y pagar con sus recursos la inscripci\u00F3n en el Conservador de Bienes Ra\u00EDces; modificar el procedimiento de remate de predios ex Cora por no pago de deudas y autorizar a la Conaf para cobrar tarifas por sus actuaciones e inspecciones. \nLa \u00FAnica menci\u00F3n que hace la ley en tal sentido, consiste en extender, mediante el art\u00EDculo 7\u00B0, el beneficio del 70 por ciento del cr\u00E9dito fiscal a quienes habiendo sido asignados, es decir, ex asentados, hubieran quedado excluidos del beneficio por el decreto ley N\u00B0208. \nPor consiguiente, m\u00E1s all\u00E1, de lo justo o injusto que esto sea, o de la idea de fondo que los se\u00F1ores parlamentarios que participaron este art\u00EDculo quieran plantear, considero que el criterio de la Mesa es adecuado. \nPor otra parte, a los preceptos constitucionales ya se\u00F1alados, quiero agregar el n\u00FAmero 22 del art\u00EDculo 19, de la Constituci\u00F3n, que dice: \u201CS\u00F3lo en virtud de una ley, y siempre que no signifique tal discriminaci\u00F3n, se podr\u00E1n autorizar determinados beneficios directos o indirectos en favor de alg\u00FAn sector, actividad o zona geogr\u00E1fica,...\u201D.Aqu\u00ED se pretende asignar un beneficio para que estos predios, que el Estado se adjudica para s\u00ED, puedan ser reasignados con el prop\u00F3sito de reparar los efectos producidos en la asignaci\u00F3n de tierras en virtud del decreto ley N\u00B0 208. \nSi bien es cierto esto se est\u00E1 proponiendo en virtud de una ley, no es menos cierto que hay una discriminaci\u00F3n, pues no sabemos qui\u00E9nes son y por qu\u00E9 motivos fueron discriminados o excluidos en virtud del decreto ley N\u00B0 208. \u00BFQu\u00E9 sucede con aquellas personas que no puedan acogerse a este beneficio? \u00BFQu\u00E9 pasa con muchos asignatarios que sufrieron distintas situaciones en el proceso de reforma agraria?. Por consiguiente, creo que se discrimina en beneficio de unos y en perjuicio de otros. \nPor lo anterior, respaldo la declaraci\u00F3n de inadmisibilidad hecha por la Mesa, en raz\u00F3n de los antecedentes adicionales que he planteado. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Letelier. \nEl se\u00F1or Letelier.- \nSe\u00F1or Presidente, quiero declarar en contra de la declaraci\u00F3n de inadmisibilidad hecha por la Mesa respecto de este art\u00EDculo, sin entrar al problema de fondo, al contenido de la propuesta. \nSe ha dicho, que las ideas contenidas en este art\u00EDculo nuevo se apartan de las ideas matrices del Mensaje presidencial. Este fue un tema largamente debatido en nuestra Comisi\u00F3n. En presencia del se\u00F1or Ministro de Agricultura qued\u00F3 absolutamente claro que este art\u00EDculo nuevo que proponemos, no se aparta en lo m\u00E1s m\u00EDnimo de las ideas matrices contenidas en la iniciativa legal. \nEl punto fue aclarado por el Ejecutivo, uno de los patrocinantes del proyecto. Por lo tanto, creo que \u00E9ste no es un argumento v\u00E1lido, y que deber\u00EDamos proceder a leer el Mensaje en particular, para no seguir exponiendo ideas y escuchar al se\u00F1or Ministro sobre el particular. \nEl planteamiento del colega Melero respecto del art\u00EDculo 266 del Reglamento, seg\u00FAn el cual no se aceptan indicaciones que no digan relaci\u00F3n directa, con la materia, forma parte de la misma argumentaci\u00F3n. Estoy convencido de que este proyecto de ley tiende a rectificar situaciones producidas por el proceso de reforma agraria y a extender beneficios. En el mensaje est\u00E1n claramente identificadas las personas afectadas por el decreto ley N\u00B0 208, por tanto, la indicaci\u00F3n est\u00E1 dentro de las ideas matrices del proyecto. \nUn segundo punto es si tenemos facultad constitucional para proponer esta indicaci\u00F3n o si esta materia es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo. Seg\u00FAn mi impresi\u00F3n, lo que aqu\u00ED se ha propuesto no afecta, como lo ha se\u00F1alado la Mesa, precios ni beneficios, en t\u00E9rminos financieros. Al contrario se establece por la ley un mecanismo a trav\u00E9s del cual el Estado puede utilizar ciertos bienes en favor de un grupo de personas claramente identificadas. \nEste punto no est\u00E1 en el \u00E1mbito de la exclusiva iniciativa del Presidente de la Rep\u00FAblica, como s\u00ED lo estaba en el art\u00EDculo anterior la indicaci\u00F3n propuesta por el Diputado se\u00F1or Bosselin, encaminada a fijar precios. Ese caso no se da aqu\u00ED. En definitiva proponemos que se defina por Reglamento la modalidad mediante la cual el Ejecutivo podr\u00E1 deshacer de estos bienes en favor de un grupo claramente identificado. \nPor lo expuesto, la segunda argumentaci\u00F3n de la Mesa, a mi juicio, no es v\u00E1lida. Puede haber otros argumentos para se\u00F1alar que al Ejecutivo no le gusta que se le restrinja el derecho de uso de sus bienes; pero esa es otra discusi\u00F3n y no es un problema de constitucionalidad de esta materia. \nPor \u00FAltimo, pienso que el Diputado se\u00F1or Melero nos ha dado la raz\u00F3n, por cuanto en el n\u00FAmero 22 del art\u00EDculo 19 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica se establece que en virtud de una ley se pueden definir ciertos beneficios. Por tanto, lo que estamos haciendo es guiarnos por la Carta fundamental para favorecer a un grupo claramente identificado, sin plantear discriminaciones particulares en ese \u00E1mbito. \nEste tambi\u00E9n fue un tema largamente debatido en la Comisi\u00F3n, y reitero que la argumentaci\u00F3n dada por el Diputado se\u00F1or Melero sobre esta materia no es suficiente. Aqu\u00ED se propone establecer un mecanismo, a trav\u00E9s del cual aquellos predios que tengan aptitud agr\u00EDcola y no hayan sido rematados, en funci\u00F3n de lo dispuesto en el engorroso procedimiento establecido en el art\u00EDculo 10\u00B0 del proyecto, cuyo esp\u00EDritu es no dejar parcelas en poder del Fisco, puedan ser posteriormente vendidas a un grupo de personas claramente identificadas, respecto de quienes no se establecen discriminaciones de ning\u00FAn tipo. \nPor las razones expuestas solicito que se someta a votaci\u00F3n la solicitud de inadmisibilidad de la indicaci\u00F3n antes se\u00F1alada, con su venia, concedo una interrupci\u00F3n al Diputado se\u00F1or Melero. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nPor la v\u00EDa de la interrupci\u00F3n, tiene la palabra el Diputado se\u00F1or Melero. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nEn la fundamentaci\u00F3n de inadmisibilidad, efectivamente hice menci\u00F3n al n\u00FAmero 22 del art\u00EDculo 19 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica, que plantea \u201CLa no discriminaci\u00F3n arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia econ\u00F3mica. S\u00F3lo en virtud de la ley -aqu\u00ED est\u00E1 la aclaraci\u00F3n a lo dicho por el Diputado se\u00F1or Letelier- y siempre que no signifique tal discriminaci\u00F3n...\" O sea, ni en virtud de la propia ley se puede establecer una discriminaci\u00F3n y es \u00E9sa la fundamentaci\u00F3n por la cual respaldo la inadmisibilidad de la Mesa. \nSe\u00F1or Presidente, deseo llamar la atenci\u00F3n a los Honorables Diputados, en orden a que m\u00E1s all\u00E1 de la importancia pol\u00EDtica que la proposici\u00F3n tenga, es muy importante que esta C\u00E1mara no siente precedentes, en el sentido de dar curso a proyectos que, por muy sentidos y necesarios que sean, no est\u00E9n en el \u00E1mbito de nuestras facultades o no se ajusten a la normativa Constitucional. Si bien las materias que ellos plantean pueden ser motivo de an\u00E1lisis o de una iniciativa legal, no me parece serio que este Poder del Estado, por una raz\u00F3n pol\u00EDtica, deje de considerar los preceptos constitucionales a que estamos haciendo menci\u00F3n para declarar la inadmisibilidad de esta indicaci\u00F3n. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nRecupera el uso de la palabra el Diputado se\u00F1or Letelier. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nDespu\u00E9s de los argumentos que he dado para sostener que no comparto la admisibilidad, simplemente deseo se\u00F1alar que, en un comienzo, se plante\u00F3 otra indicaci\u00F3n, la cual s\u00ED tuvo vicios de inconstitucionalidad. Para resolver la situaci\u00F3n de discriminaci\u00F3n que se hab\u00EDa producido con los dirigentes sindicales o las personas perjudicadas por el decreto ley N\u00B0 208, originalmente propusimos crear un Fondo Nacional de Tierras -que fue considerado inadmisible-, producto de un estudio muy serio. Como no hemos renunciado a ese objetivo de reparar el proceso de la contra reforma agraria, adecuamos la indicaci\u00F3n dentro de los marcos legalmente aceptables, y la argumentaci\u00F3n del Diputado Melero s\u00F3lo reafirma mi convicci\u00F3n de que es constitucional el art\u00EDculo, independientemente de que tengamos diferencias de opini\u00F3n sobre su contenido. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEl se\u00F1or Ministro ha solicitado la palabra. \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Ministro de Agricultura).- \nSe\u00F1or Presidente, reiterar\u00E9 lo que manifest\u00E9, en su oportunidad, en el seno de la Comisi\u00F3n. El Ejecutivo estima que, desde el punto de vista reglamentario, la indicaci\u00F3n es admisible porque est\u00E1 de acuerdo con los lineamientos generales del proyecto en la medida en que \u00E9ste contempla beneficios respecto de quienes fueron discriminados en virtud del decreto ley N\u00B0 208. \nSin embargo, el Ejecutivo est\u00E1 en contra de la indicaci\u00F3n en cuanto importa cercenamiento de facultades de Su Excelencia el Presidente de la Rep\u00FAblica, quien, respecto de bienes fiscales, no tiene limitaciones en relaci\u00F3n con su asignaci\u00F3n, y se los podr\u00E1 otorgar al INE, a la Cruz Roja o a cualquier otra instituci\u00F3n, de ser necesario. En la medida que esta disposici\u00F3n me adscriba estos bienes con la \u00FAnica finalidad de ser entregados a quienes fueron discriminados en virtud del decreto ley 208, est\u00E1 cercenando facultades del Poder Ejecutivo y, en tal inteligencia, estamos en contra del fondo de la indicaci\u00F3n. \nGracias, se\u00F1or Presidente. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nQuiero clarificar que la Mesa no se pronuncia sobre el fondo ni la situaci\u00F3n que implica la norma propuesta en el articulado. \nEn segundo lugar, el art\u00EDculo 11 es moci\u00F3n parlamentaria; no es una indicaci\u00F3n patrocinada por el Ejecutivo. \nEst\u00E1n inscritos los se\u00F1ores Huenchumilla, Rocha, Sota, Melero, Acu\u00F1a, Longueira y Alamos. Si le parece a la Sala, a continuaci\u00F3n de que hagan uso de su derecho, se cerrar\u00EDa el debate para poner en votaci\u00F3n la admisibilidad de la indicaci\u00F3n. \nTiene la palabra el se\u00F1or Huenchumilla. \nEl se\u00F1or HUENCHUMILLA.- \nSe\u00F1or Presidente, deseo compartir los elementos de fondo que como argumentos ha dado el Diputado se\u00F1or Letelier, y me parece de toda justicia el establecimiento de la norma que contiene el art\u00EDculo 11. Sin embargo, considero que existe una raz\u00F3n de texto, en el sentido de que esta indicaci\u00F3n a mi juicio, s\u00F3lo ser\u00EDa procedente si contara con el patrocinio del Ejecutivo; pero no por las razones que se han dado ac\u00E1. En absoluto ser\u00EDa por la raz\u00F3n que se\u00F1al\u00F3 el Diputado Melero, ni tampoco por las que ha dado la Mesase ha referido al n\u00FAmero 3\u00B0 del art\u00EDculo 62, sino porque, a mi juicio, existe una raz\u00F3n de texto expresa... \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nPerd\u00F3n, se trata del inciso tercero del art\u00EDculo 62. \nEl se\u00F1or HUENCHUMILLA.- \nS\u00ED, pero usted ley\u00F3 el n\u00FAmero 3\u00B0 de la mencionada disposici\u00F3n. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEl inciso tercero de ese art\u00EDculo. \nTal vez, usted se refiere a que la Mesa conjuga el art\u00EDculo 60, n\u00FAmero 10\u00B0, con lo que Su Se\u00F1or\u00EDa est\u00E1 planteando: el inciso tercero del art\u00EDculo 62. \nEl se\u00F1or HUENCHUMILLA.- \nEs posible, se\u00F1or Presidente. \nPero creo que la raz\u00F3n de texto, que la Mesa no ley\u00F3, es el inciso tercero del art\u00EDculo 62, que dice que corresponde al Presidente de la Rep\u00FAblica la iniciativa exclusiva de una serie de materias que enumera, y al final expresa \u201Cy con las materias se\u00F1aladas en los n\u00FAmeros 10 y 13 del art\u00EDculo 60\u201D. Y ah\u00ED usted, naturalmente, se refiri\u00F3 al n\u00FAmero 10\u00B0 del art\u00EDculo 60. Porque debo entender que en este mecanismo procesal, cuando el Fisco adquiere estas parcelas o se las adjudica, como dice la norma, estos bienes pasan a ser patrimonio del Fisco y, en consecuencia, la pregunta es c\u00F3mo dichos bienes salen del patrimonio del Fisco y son adjudicados a \"X\", \"Y\" o \"Z\". \nEl se\u00F1or Ministro dice que el Presidente de la Rep\u00FAblica tiene facultades para reasignar estos bienes sin limitaci\u00F3n alguna. En consecuencia, si as\u00ED es, no tendr\u00EDa sentido aprobar la indicaci\u00F3n parlamentaria de este art\u00EDculo, porque ya el Fisco tendr\u00EDa esta facultad. Si no la tuviera, evidentemente estar\u00EDamos chocando con el texto expreso de la Constituci\u00F3n, que dice que la iniciativa sobre normas de enajenaci\u00F3n de bienes del Estado le corresponde exclusivamente al Presidente de la Rep\u00FAblica. \nPor esa raz\u00F3n, se\u00F1or Presidente, estimo que, siendo valederos los argumentos de fondo que se dan en orden a la justicia del contenido de la indicaci\u00F3n, estamos frente a una cuesti\u00F3n constitucional, por un texto expreso de nuestra Carta Fundamental. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nComparto su criterio, se\u00F1or Diputado. \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Sota. \nEl se\u00F1or SOTA.- \nSe\u00F1or Presidente, he pedido la palabra a ra\u00EDz de la intervenci\u00F3n del Honorable colega se\u00F1or Melero. Aprecio enormemente en \u00E9l la versaci\u00F3n con que trata todos los temas relacionados con la agricultura. Por lo dem\u00E1s, es su especialidad. \nPero entre los argumentos que ha dado el profesor de Derecho y Ministro de Agricultura, don Juan Agust\u00EDn Figue roa, en favor de la admisibilidad de la indicaci\u00F3n, y los argumentos que da el ingeniero agr\u00F3nomo Diputado se\u00F1or Melero, indudablemente me quedo con los del primero, aunque s\u00F3lo sea por una raz\u00F3n de autoridad. \nLamento que en esta ocasi\u00F3n los argumentos del Diputado Melero se vean respaldados por la autoridad tan reconocida en materias de orden jur\u00EDdico de nuestro colega se\u00F1or Huenchumilla; pero, por esta vez, tambi\u00E9n estar\u00E9 en contra de mi querido amigo. \nLo que s\u00ED echo mucho de menos en la intervenci\u00F3n del Diputado Melero, es un mayor \u00E9nfasis en la justificaci\u00F3n \u00E9tica y pol\u00EDtica de esta indicaci\u00F3n, porque, si bien en la \u00FAltima parte de su intervenci\u00F3n hizo una referencia a que el fondo de la indicaci\u00F3n puede ser leg\u00EDtimo, me hace falta en su intervenci\u00F3n, porque conozco su inquietud de orden social, as\u00ED como la de muchos de su bancada, una propuesta en el sentido de sumarse a la inquietud de los Diputados de estas bancas para que sea corregida esta situaci\u00F3n de injusticia extraordinaria que ha perjudicado, como se ha dicho aqu\u00ED, a m\u00E1s de 5 mil personas afectas al proceso de reforma agraria. \nNo hay duda de que el se\u00F1or Ministro conoce nuestras inquietudes al respecto. En mis viajes por el pa\u00EDs, he constatado -por lo menos en las provincias que represento-, en cada una de las concentraciones campesinas, que \u00E9sa es una sentida aspiraci\u00F3n de justicia. Es posible en un pr\u00F3ximo proyecto de ley, por el cual, seg\u00FAn entiendo, se propondr\u00E1 al Parlamento la creaci\u00F3n de un Fondo Nacional de Tierras, venga una disposici\u00F3n que pueda hacer justicia a estos campesinos que participaron en un proceso hist\u00F3rico. \nTermino manifestando que no faltar\u00E1 la ocasi\u00F3n -porque todav\u00EDa no la ha habido en esta C\u00E1mara, y lo digo a prop\u00F3sito de algunas alusiones que repetidamente hacen los Diputados de las bancadas de enfrente al proceso de reforma agraria- para efectuar alg\u00FAn d\u00EDa, ojal\u00E1 en sesi\u00F3n especial, un proceso desapasionado, pero justo de lo que fue la reforma agraria, que posibilit\u00F3 Diputado se\u00F1or Galilea, me refiero a los se\u00F1alado por usted; y tambi\u00E9n me dirijo al Diputado se\u00F1or Melero la parcelaci\u00F3n de los predios y, en consecuencia, la discusi\u00F3n de este proyecto de ley. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or MELERO.- \nEn primer lugar, quiero refutar parte de la argumentaci\u00F3n del se\u00F1or Ministro, en cuanto a que el nuevo art\u00EDculo 11 del proyecto no se aparta de las ideas matrices del texto del Ejecutivo. \nDesde luego, se\u00F1ala que es idea matriz beneficiar a los asignatarios y adquirentes de predios en el proceso de reforma agraria; por consiguiente, al repararse una situaci\u00F3n de injusticia, en virtud del decreto ley N\u00B0 208, que permite esta asignaci\u00F3n a quienes se vieron excluidos, no se apartar\u00EDa del proyecto de ley. \nConsidero que debe distinguirse lo que establece el art\u00EDculo 7\u00B0 del proyecto -mi bancada lo vot\u00F3 favorablemente-, que justamente da este beneficio a quienes fueron marginados, en virtud del decreto ley N\u00B0 208, de la posibilidad de percibir el cr\u00E9dito fiscal del 70 por ciento y la condonaci\u00F3n de las multas e intereses. Eso me parece bien. \nMuy distinto es que el Estado pretenda dar este beneficio de la asignaci\u00F3n de tierras -no hablo de la condonaci\u00F3n de las multas e intereses ni del 70 por ciento del cr\u00E9dito-, en conformidad con el art\u00EDculo 11 y con el proceso de remate dispuesto en el art\u00EDculo 10\u00B0. Por eso estimo que se aparta de las ideas matrices y fundamentales del proyecto de ley, al no haber tampoco menci\u00F3n alguna de esa materia en el mensaje de Su Excelencia el Presidente de la Rep\u00FAblica. \nLo que el se\u00F1or Ministro plantea est\u00E1 debidamente establecido en el art\u00EDculo 7\u00B0. El art\u00EDculo 11 se refiere a una materia distinta, que no son los beneficios econ\u00F3micos que se pretenden dar, sino la asignaci\u00F3n de las tierras propiamente tales. \nAgradezco los t\u00E9rminos con que el Diputado se\u00F1or Vicente Sota se ha referido a mi persona en su intervenci\u00F3n, los que yo, desde luego, comparto respecto de la forma como \u00E9l trata los proyectos de ley. Tengo una enorme sensibilidad con relaci\u00F3n a situaciones de injusticia que se pueden haber dado. La bancada de la UDI ha contribuido, en muchas oportunidades, a corregir errores y a solucionar situaciones que pudieran haber sido injustas respecto de muchos chilenos, como consta en la historia legislativa de este primer a\u00F1o. \nSi lo que hoy d\u00EDa se est\u00E1 planteando en este Congreso es el tema de las justicias o injusticias, quiz\u00E1s, como primer paso para un debate futuro, es bueno precisar que el decreto ley N\u00B0 208, dice: \"No podr\u00E1n postular a la destinaci\u00F3n de tierras expropiadas por la Corporaci\u00F3n de la Reforma Agraria los que hubieren ocupado con violencia el predio objeto de la destinaci\u00F3n\". \nTal vez \u00E9ste no es el momento de revivir la situaci\u00F3n que el pa\u00EDs viv\u00EDa en esos a\u00F1os, previos al 11 de septiembre de 1973. Pero tambi\u00E9n es justo se\u00F1alar -y quiz\u00E1s el Diputado se\u00F1or Sota concordar\u00E1 conmigo- que se produjeron situaciones de exceso. Hubo muchas oportunidades en que se pas\u00F3 por encima de la ley. Las cifras de la \u00E9poca demuestran que se cometieron m\u00E1s de 1.100 tomas ilegales perpetradas en tal sentido. \nEntonces, si de lo que se trata es hacer un an\u00E1lisis de las justicias e injusticias, es bueno que pongamos todos los elementos sobre la balanza; pero no que, en atenci\u00F3n a c\u00F3mo debe operar este Congreso Nacional, cual es acogerse al marco jur\u00EDdico que la Constituci\u00F3n y la Ley Org\u00E1nica nos establece, tratemos de solucionar estas situaciones en virtud de un art\u00EDculo que, en su fondo y en su forma, estimo inadmisible. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Mario Acu\u00F1a. \nEl se\u00F1or ACU\u00D1A.- \nSe\u00F1or Presidente, lo sostenido en intervenciones anteriores, en t\u00E9rminos de que los Diputados de la Democracia Cristiana, integrantes de la Comisi\u00F3n de Agricultura, en su oportunidad acudimos con nuestro voto favorable a este art\u00EDculo nuevo, es porque los argumentos de fondo los consideramos totalmente valederos. Tambi\u00E9n el texto de la indicaci\u00F3n es suficientemente claro. Por lo tanto, estamos en condiciones de ratificar que insistimos en esta idea y que no concordamos con el planteamiento de la Mesa. \nQuiero terminar dici\u00E9ndole al Honorable se\u00F1or Melero, que el mensaje del Ejecutivo se refiere precisamente a los problemas que se suscitaron a ra\u00EDz del decreto ley N\u00B0 208. De tal manera que el mecanismo que nos otorga el proyecto de ley nos permitir\u00E1 solucionar la injusticias que se cometieron en su oportunidad, y que nosotros, los democratacristianos, estamos dispuestos a subsanarlas de una vez por todas, porque creemos que la gente que participa de la vida del campo -campesinos y peque\u00F1os agricultores- merecen ser respetados en su condici\u00F3n de personas dignas de ayudar en el desarrollo agr\u00EDcola de este pa\u00EDs. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente) .- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Hugo Alamos. \nEl se\u00F1or ALAMOS.- \nSe\u00F1or Presidente, no teniendo ninguna duda respecto de la inconstitucionalidad del art\u00EDculo, quiero ir un poco m\u00E1s all\u00E1 y muy brevemente hacer un recuerdo. En mi calidad de Director Zonal de Cora en el a\u00F1o 1978, me correspondi\u00F3 participar en \u00D1uble. En verdad, lo que se trat\u00F3 de hacer y se hizo fue darle tierra a los campesinos asentados, a quienes se les hab\u00EDa ofrecido la posibilidad de tener tierras por el proceso de la Reforma Agraria, puesto que, naturalmente, no se hab\u00EDa cumplido con ello. \nAhora, \u00BFcu\u00E1l es el hecho pr\u00E1ctico que podr\u00EDa acontecer, en caso de que esto se llevar\u00E1 a efecto? \nPor el decreto ley N\u00B0 208 es posible que se hayan cometido injusticias en el sentido de dejar fuera del proceso a per soneros que no participaron tan violentamente como la mayor\u00EDa de quienes fueron afectados por esto. Pero tambi\u00E9n hubo muchos campesinos, cientos de ellos, que quedaron fuera del proceso de asignaci\u00F3n de parcelas, porque sencillamente no hab\u00EDa tierra para todos ellos. Por esa raz\u00F3n, pienso que el Gobierno se va a meter en un tremendo problema con esta iniciativa. \nDe modo que, en mi opini\u00F3n, desde el punto de vista pr\u00E1ctico, es imposible llevar esto a efecto, a menos que se ponga en vigencia -conf\u00EDo en que no prospere la idea- el anunciado Fondo Nacional de Tierras, con el cual se nos est\u00E1 amenazando, lo que implicar\u00EDa otro nuevo proceso de reforma agraria. Solamente as\u00ED podr\u00EDa haber tierras para todas aquellas personas que en esa oportunidad no recibieron parcelas. \nConcedo una interrupci\u00F3n al Diputado se\u00F1or Letelier. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Letelier. \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nSe\u00F1or Presidente, insisto en la constitucionalidad de la indicaci\u00F3n. A la vez, aprovecho la oportunidad para que podamos hacer una reflexi\u00F3n, como Corporaci\u00F3n, y dejar en claro ciertas cosas. \nEsta indicaci\u00F3n no resuelve un problema de justicia social heredada por esta generaci\u00F3n de parlamentarios, no como Congreso, sino como personas. Como se\u00F1al\u00F3 muy bien el Diputado se\u00F1or Alamos, hubo situaciones de injusticia. Deseo clarificar que no existe la intenci\u00F3n de hacer una segunda reforma agraria, para no dejar esa idea en el aire. Lo que se quiere es consolidar la tenencia de la tierra en nuestro pa\u00EDs, para apoyar su despliegue productivo con gran eficiencia. Sentimos que, de ser aprobado, este art\u00EDculo contribuir\u00E1 a generar estabilidad, en particular entre la Cuarta y D\u00E9cima Regiones, donde hay m\u00E1s inquietud. Todos sabemos que grandes grupos de ex asignatarios de Cora se est\u00E1n reuniendo en diversos puntos del pa\u00EDs. Ya hemos tratado en esta C\u00E1mara el problema de los abogados que extorsionan a los campesinos vendi\u00E9ndoles ilusiones. \nQueremos buscar un camino institucional que permita encauzar este drama que heredamos como Poder del Estado que est\u00E1 recuperando sus funciones. No me convencen los argumentos acerca de la inconstitucionalidad y la inadmisibilidad de este nuevo art\u00EDculo. Por lo tanto, solicitar\u00E9 de la Mesa que someta nuevamente el punto a discusi\u00F3n. \nIndependiente del resultado de la votaci\u00F3n y de este proyecto de ley, propongo, para una consideraci\u00F3n posterior, que realicemos una sesi\u00F3n especial de esta Corporaci\u00F3n -idea que debieran patrocinar no tan solo algunos Diputados de la Concertaci\u00F3n, sino tambi\u00E9n de la Oposici\u00F3n- para debatir la materia con altura de miras, como ocurri\u00F3 en la Comisi\u00F3n de Agricultura, donde hubo una discusi\u00F3n apasionada, pero con mucho respeto. \nHe dicho. \nRecupera el uso de la palabra el Diputado se\u00F1or Alamos. \nEl se\u00F1or ALAMOS.- \nReitero lo que manifest\u00E9 hace unos momentos acerca de lo justa que fue la entrega de parcelas y la imposibilidad de dar tierras a todos los campesinos que hab\u00EDan sido enga\u00F1ados por el proceso de Reforma Agraria. \nEs todo. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el se\u00F1or Longueira. \nEl se\u00F1or LONGUEIRA.- \nSe\u00F1or Presidente, tratar\u00E9 de aportar m\u00E1s a la discusi\u00F3n sobre la inadmisibilidad de esta moci\u00F3n parlamentaria, tratando de abstraemos del fondo de ella. \nTal como se se\u00F1al\u00F3 anteriormente, creo que requiere de una discusi\u00F3n bastante m\u00E1s profunda que \u00E9sta para conocer las causas por las cuales a ciertas personas se les aplic\u00F3 el decreto ley N\u00B0 208 y las razones \u00E9ticas o de justicia que pudieran existir. A mi juicio, debemos tener presente un solo punto: el Ejecutivo no ha avalado esta moci\u00F3n y no deseo sacar conclusiones \u00E9ticas ni morales de por qu\u00E9 no lo ha hecho. \nSi la Corporaci\u00F3n, en forma un\u00E1nime, hace algunos minutos, ha rechazado una indicaci\u00F3n del colega Bosselin, la que apunta exactamente en el mismo sentido, es decir, condiciona al Ejecutivo para enajenar en una cierta fecha y de acuerdo con el criterio de precios del mercado, algunos bienes que obtendr\u00EDa, producto de este proyecto de ley, y un\u00E1nimemente esta Corporaci\u00F3n ha estimado que es inadmisible, con arreglo al criterio de la Mesa. Por eso, me parece muy poco serio admitir ahora una indicaci\u00F3n que, en su esencia, tambi\u00E9n condiciona al Ejecutivo a formas de enajenar estos bienes. \nDe las palabras del Ministro, concluyo que la indicaci\u00F3n es absolutamente inadmisible, porque ha manifestado que, en el fondo, el Ejecutivo no est\u00E1 de acuerdo porque la indicaci\u00F3n establece requisitos sobre c\u00F3mo enajenar dichos bienes y por ligarlos a una ley, y al no estarlo, precisamente pasar\u00EDamos a vulnerar una atribuci\u00F3n, lo que no nos corresponde. \nDado que votamos la letra b) del art\u00EDculo 10\u00B0 como inadmisible, i\u00F3nicamente cabe declarar que esta indicaci\u00F3n es exactamente igual. Me parece muy poco serio politizar en alguna forma las razones para postular si una indicaci\u00F3n o moci\u00F3n parlamentaria es admisible o no. \nInsisto en que si ya votamos y sentamos un precedente en esta misma sesi\u00F3n, seg\u00FAn el cual no podemos restringir la forma en que el Ejecutivo enajene los bienes fiscales, ahora debemos adoptar una posici\u00F3n consecuente frente a este precepto que obliga al Ejecutivo a enajenar de acuerdo con una ley fundada en el mismo criterio anterior. \nRepito, entonces, que habiendo escuchado al Ministro y teniendo presente que el Ejecutivo no ha respaldado esta indicaci\u00F3n, no cabe otra decisi\u00F3n que declararla inadmisible. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEl Diputado se\u00F1or Cerda le solicita una interrupci\u00F3n, se\u00F1or Longueira. \nEl se\u00F1or LONGUEIRA.- \nSe la concedo. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el Diputado se\u00F1or Cerda, por la v\u00EDa de la interrupci\u00F3n. \nEl se\u00F1or CERDA.- \nSe\u00F1or Presidente, dentro de lo aqu\u00ED planteado, me parece que esa indicaci\u00F3n es inadmisible, y as\u00ED lo votar\u00E9. \nPero quiero agregar un breve comentario, tambi\u00E9n de car\u00E1cter pol\u00EDtico. \nCreo que este art\u00EDculo no causa otro efecto que sembrar ilusiones, que no fructificar\u00E1n, porque la forma de rematar los bienes fiscales que se indican, radica en que el primer remate consiste en el aval\u00FAo fiscal m\u00E1s el 50 por ciento. Sabemos que en el sector agr\u00EDcola ese aval\u00FAo es exclusivamente por el casco; por lo tanto, es muy inferior al valor de la propiedad. Y en caso de que no haya postores, queda un segundo remate, que se hace exclusivamente por los dos tercios, lo que equivale exactamente al aval\u00FAo fiscal; y no hay en Chile ning\u00FAn predio, salvo que su remate no se publicite, que no sea rematado en el aval\u00FAo fiscal. \nPor estas razones, si se piensa crear un fondo de tierras para corregir las injusticias cometidas, hay que hacerlo a trav\u00E9s de un proyecto que establezca una forma de ahorro para que los campesinos postulen verdaderamente con un cr\u00E9dito a la compra de propiedades, porque de esta manera -por cuya inadmisibilidad voy a votar-, s\u00F3lo se siembran vanas ilusiones. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEn votaci\u00F3n la tesis de la Mesa, en orden a declarar la inadmisibilidad del art\u00EDculo 11. \nEfectuada la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, por el sistema de manos levantadas, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos; por la negativa, 14 votos. Hubo 3 abstenciones. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nRatificada la inadmisibilidad. \nEl 12 est\u00E1 aprobado reglamentariamente. \nDespachado el proyecto de ley. \nEl se\u00F1or SOTA.- \nPido la palabra. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \n\u00BFEs sobre una situaci\u00F3n reglamentaria, se\u00F1or Diputado? \nEl se\u00F1or SOTA.- \nCasi de Reglamento. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nEl problema es que \"casi\" siempre es \"casi\" el Reglamento, porque no corresponde. \nTiene la palabra, Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or SOTA.- \nSe\u00F1or Presidente, en mi intervenci\u00F3n, alud\u00ED a lo escuchado acerca de un proyecto de ley, en preparaci\u00F3n, sobre la creaci\u00F3n del Fondo Nacional de Tierras. \nLa indicaci\u00F3n, rechazada y declarada inadmisible en la Comisi\u00F3n de Agricultura, ped\u00EDa al Ministro del ramo que, dentro de un plazo de 90 d\u00EDas, se dictara un reglamento sobre la administraci\u00F3n de ese Fondo. \nLe ruego, se\u00F1or Ministro, aunque s\u00E9 que sus ocupaciones son excesivas, que el proyecto de ley que prepara sobre la materia no demore m\u00E1s all\u00E1 de 90 d\u00EDas en llegar al Parlamento. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nDiputado se\u00F1or Sota, eso no es \"casi\", sino que est\u00E1 absolutamente fuera de Reglamento. \nEl se\u00F1or SOTA.- \nNo siempre tenemos la ocasi\u00F3n de contar con la presencia de los ministros. \nLe rogar\u00EDa al se\u00F1or Ministro acoger esta proposici\u00F3n, que si no es antirreglamentaria es.... \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nSe\u00F1ores Diputados, una cosa muy importante es observar siempre el Reglamento y tratar de atenemos a \u00E9l, porque de otra manera el desarrollo de los debates se toma complicado. \nTiene la palabra el Ministro se\u00F1or Figueroa, quien se referir\u00E1, tal vez, al despacho de este proyecto de ley que hemos aprobado. \nEl se\u00F1or SOTA.- \nEs antirreglamentario que la Mesa le fije al Ministro los t\u00E9rminos de su intervenci\u00F3n. \nEl se\u00F1or DUPRE (Vicepresidente).- \nNo, se\u00F1or Diputado. He dicho claramente \"tal vez\", porque \"supongo\" lo que manifestar\u00E1. \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Ministro de Agricultura).- \nSe\u00F1or Presidente, s\u00F3lo deseo expresar mis agradecimientos a la Honorable C\u00E1mara por la presteza dada al despacho de este proyecto de ley. \nEfectivamente, para nosotros ten\u00EDa gran importancia la posibilidad de beneficiar a los asignatarios originales de la Reforma Agraria frente a la situaci\u00F3n de mora en que muchos de ellos se encontraban. Esto se inscribe dentro de la preocupaci\u00F3n general del Gobierno por una pol\u00EDtica de protecci\u00F3n y est\u00EDmulo al campesinado, a la agricultura campesina. \nDeseo hacerme cargo de la indicaci\u00F3n del Diputado se\u00F1or Sota. Efectivamente, tenemos muy presente que la creaci\u00F3n del fondo nacional de tierras constituye una declaraci\u00F3n program\u00E1tica solemnemente acordada. \nSe trata de una situaci\u00F3n con muchas dificultades de car\u00E1cter t\u00E9cnico, de operaci\u00F3n y de recursos. Pero empe\u00F1aremos nuestros esfuerzos para que, efectivamente, dentro del plazo que se nos insin\u00FAa, traigamos algunas ideas muy concretas sobre el particular. \nMuchas gracias, se\u00F1or Presidente. \nAplausos en la Sala. \n " . . . . . . . . . . . . . "OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS A ADQUIRENTES DE PREDIOS DE LA REFORMA AGRARIA Y MODIFICACION DE DIVERSOS TEXTOS LEGALES. INFORME COMPLEMENTARIO. PRIMER TR\u00C1MITE CONSTITUCIONAL."^^ . . . . . . . . . . .