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- rdf:value = " COMUNICACIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SOBRE REQUERIMIENTO RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY RELATIVO A JUNTA DE VECINOS Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elizalde.
El señor ELIZALDE.-
Señor Presidente, en la página 8 de la Cuenta se hace mención del oficio del Tribunal Constitucional mediante el cual acompaña copia autorizada del requerimiento formulado por 31 señores Diputados, para que ese tribunal resuelva las cuestiones de constitucionalidad suscitadas durante la tramitación del proyecto sobre Juntas de Vecinos y Organizaciones Comunitarias, y de la resolución recaída sobre él. Yo le solicitaría dar lectura a esa resolución por la importancia que el referido requerimiento tiene para ese proyecto.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
La resolución se refiere a que se da traslado del requerimiento al Ejecutivo, con un plazo de cinco días para que haga valer cualquier opinión, y lo mismo rige para la Cámara de Diputados.
En cumplimiento de esa decisión, yo le estoy acompañando, hoy día, al Tribunal Constitucional, la versión íntegra del debate, para que el Tribunal tenga todos los antecedentes para poder decidir.
Si algunos señores parlamentarios tienen interés en hacer presente su opinión, disponen hasta el día de mañana, miércoles 1° de mayo.
Tiene la palabra el Diputado Bosselin.
El señor BOSSELIN.-
Señor Presidente, respecto de este último punto, sería conveniente que la Mesa nos hiciera llegar copia del requerimiento presentado por los Honorables Diputados de la UDI y de Renovación Nacional, con la providencia respectiva. Porque tengo la impresión de que el trámite de carácter constitucional no es meramente administrativo, en el sentido de que el oficio llega a la Cámara y ésta remite algunos antecedentes. Nosotros tenemos competencia para fijar alguna posición sobre el punto, predicamento que también seguirá el Ejecutivo.
En primer lugar, solicito que se nos haga llegar la totalidad de los antecedentes, y, en segundó término, por la vía reglamentaria pertinente, haremos presente nuestra posición, de que es la Cámara como Corporación, la que debe formular un planteamiento respecto de este punto, para que no se traduzca, sencillamente, en un trámite administrativo y no jurídico-constitucional.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Los antecedentes están en poder del señor Secretario. Cualquier señor parlamentario puede estudiarlos y, si lo estima del caso, plantearle a la Corporación la decisión de hacer presente una posición ante el Tribunal Constitucional. El único inconveniente es que el plazo vence mañana..
Tiene la palabra el señor Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente, ¿sobre la base de qué norma legal el Diputado señor Bosselin ha hecho esta solicitud, y fundada en qué precepto la Corporación adoptará una decisión de esta naturaleza? El Tribunal Constitucional, de conformidad con las normas legales vigentes, ha puesto esta materia en conocimiento de la Cámara, la cual, no obstante, carece de atribuciones para tomar una decisión sobre ella.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
La providencia del Tribunal Constitucional dice: "Por presentado el requerimiento, póngase en conocimiento de Su Excelencia el Presidente de la República y de la Honorable Cámara de Diputados, para los efectos señalados en los artículos 40 y 42 de la ley 17.997...". Eso es lo que debería verse en detalle. No creo que sea del caso debatirlo aquí.
El señor BOSSELIN.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
En todo caso, el artículo 42 de dicha ley dispone: " Admitido a tramitación un requerimiento, deberá ponerse en conocimiento de los órganos constitucionales interesados, enviándoles copia de él, quienes dispondrán de cinco días, contados desde la fecha de la comunicación, para hacer llegar al Tribunal las observaciones y los antecedentes que estimen necesarios. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal procederá con la respuesta o sin ella.".
Como estamos dentro del plazo, cabe poner en conocimiento del Tribunal los antecedentes respectivos. Eso estamos haciendo hoy en la tarde.
Si la Corporación como tal, que es -entiendo- lo que plantea el Diputado señor Bosselin, quiere hacerle observaciones, eso tiene que ser formulado oportunamente. Ese es el punto.
Tiene la palabra el Diputado señor Bosselin.
El señor BOSSELIN.-
Señor Presidente, aquí hay un problema de tiempo.
Esta comunicación del Tribunal Constitucional llegó en el curso de la semana, y hoy nosotros tenemos noticias de ella por primera vez.
La norma de carácter orgánico-constitucional que usted ha citado establece que la Corporación tiene el derecho -y más que el derecho, el deber- de formular las observaciones correspondientes. Además, mañana vence el plazo, día en que la Cámara no sesionará.
Entonces, propongo a la Sala -porque hay que adoptar resoluciones de buen sentido-, que el asunto pase de inmediato a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, a fin de que ésta se reúna precisamente hoy para tratar el tema y traiga su posición con los distintos puntos de vista que existan en su seno.
El objetivo de la norma no es comunicamos algo para que lo tengamos presente, sino para que expresemos nuestra opinión; el buen sentido -que aún no ha sido derogado- así lo indica. Esa es la norma principal que nuestro colega don Raúl Urrutia echa de menos, pero que está presente en todo nuestro ordenamiento jurídico.
Esa razón nos obliga a formular observaciones y es la proposición que hago.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Como digo, el plazo vence mañana. No es obligación de la Cámara contestar - en otras ocasiones, no ha respondido como Corporación-, si no lo estima del caso.
En este momento no está presente el Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Se me indica que podría citarla yo mismo, pero eso depende de si la Cámara está de acuerdo con el procedimiento planteado por el Diputado señor Bosselin.
Un señor DIPUTADO.-
Señor Presidente, no hay unanimidad.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Para que la Comisión de Constitución funcione simultáneamente con la Sala, se requiere unanimidad, pero veo que algunos señores parlamentarios no están de acuerdo.
Entonces, podría citar a la Comisión, por ejemplo, hoy a las 21 horas. Pero es evidente que ella no tendría ocasión de hacer presente a la Sala su punto de vista para que ésta decida si comunica su posición al Tribunal Constitucional.
Por lo tanto, no obstante ser interesante la observación del Diputado señor Bosselin, creo que no es factible.
La fórmula sería que los parlamentarios interesados manifiesten -como perfectamente pueden hacerlo- su posición al Tribunal.
En todo caso, cumplo con decir que esta situación fue advertida oportunamente por la Mesa a los jefes de los Comités respectivos.
Tiene la palabra el Diputado señor Rojo.
El señor ROJO.-
Señor Presidente, creo que éste es un debate totalmente innecesario.
Durante la discusión del proyecto de ley sobre juntas de vecinos, cada bancada, cada Diputado, dio a conocer las razones constitucionales o inconstitucionales del proyecto. En consecuencia, el camino por el que ha optado la Mesa es el correcto, al acompañar todos los antecedentes de dicha discusión.
Nada más.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA -
Señor Presidente, en primer lugar, quiero consultar si, en relación con los plazos, los días feriados no corren. Mañana será imposible presentarse ante el Tribunal Constitucional, salvo en la casa del señor Secretario.
Pero, según la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, se aplican las normas del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, no se considerarían los días feriados.
En segundo lugar, el colega Bosselin ha planteado el problema de fondo. Aquí hubo una mayoría de Diputados que adoptó un acuerdo respecto de ese proyecto de ley. En consecuencia, la Corporación, debe defender esa posición de mayoría.
En este caso, quienes sustentamos el acuerdo de la mayoría de la Cámara estamos en la indefensión.
Creo que éste es uno de los principios elementales de la audiencia. De lo contrario, se estarían escuchando en el Tribunal Constitucional exclusivamente a los requirentes y no a las personas que precisamente adoptaron el acuerdo.
En tercer lugar, contrariamente a lo que sostiene el colega Rojo, pienso que esta discusión es necesaria.
Ese día, como se observó y fue notorio, el debate se cerró a una hora determinada y hubo alrededor de diez parlamentarios que no pudieron intervenir. En consecuencia, el colega Rojo no puede atribuirse la facultad de representar toda la otra argumentación que se pudiera haber dado en ese momento.
Con motivo de la tramitación de la Ley de Pesca, nos pasó exactamente igual. Ello implica que cada vez que se presenta un requerimiento, como ya se anuncian otros en determinadas materias, la mayoría de la Corporación queda en la indefensión.
No se trata de una defensa individual, señor Presidente, se trata de que ese pronunciamiento de la Corporación está vigente. Si no hubiera existido el requerimiento interpuesto, por 31 señores Diputados, se habría tramitado el proyecto de ley sin ningún inconveniente.
Ese acuerdo está vigente mientras no sea revocado por una sentencia del Tribunal Constitucional.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Respecto de la naturaleza de los plazos, el señor Secretario me informa que son de días corridos, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional.
Los señores Parlamentarios sabían cuándo se presentó el requerimiento. Era cosa, en ese momento, de informarse, de tener la copia y, entonces, tomar oportunamente la decisión.
En todo caso, se están acompañando todos los antecedentes para que el Tribunal vea cuál es nuestra posición. Tengo entendido que el Gobierno, a su vez, hará presente también su punto de vista.
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