. . . . . . " El se\u00F1or CAMPOS.- \nSe\u00F1or Presidente, francamente no entiendo a los colegas de Renovaci\u00F3n Nacional por las prevenciones que formulan respecto de este art\u00EDculo 4e. Su texto es bien claro. Se\u00F1ala tres hip\u00F3tesis o casos de estudiantes favorecidos por condonaciones de cr\u00E9dito fiscal: en primer t\u00E9rmino, los excluidos por razones pol\u00EDticas; luego, los hijos de las v\u00EDctimas establecidas por la Comisi\u00F3n Verdad y Reconciliaci\u00F3n y, por \u00FAltimo, los incapacitados f\u00EDsica e intelectualmente. Y en t\u00E9cnica legislativa es perfectamente v\u00E1lido, y es un procedimiento usualmente seguido, el que un mismo art\u00EDculo consagre tres hip\u00F3tesis diferentes que se refieran a una misma materia. \nSi seguimos el criterio planteado por los colegas de Renovaci\u00F3n Nacional, en el sentido de impedir que en un mismo art\u00EDculo podamos se\u00F1alar m\u00E1s de una hip\u00F3tesis, m\u00E1s de una causal, francamente, no s\u00E9 c\u00F3mo podr\u00EDamos legislar en este Parlamento. \nPor otra parte, si mal no recuerdo, el colega Navarrete se\u00F1al\u00F3 que no quedaba claro qui\u00E9n es la autoridad que otorgar\u00E1 esta condonaci\u00F3n. Pero, s\u00ED lo se\u00F1ala expresamente el art\u00EDculo 4\u00B0 al comienzo: \"El Tesorero General de la Rep\u00FAblica y los Administradores de los Fondos de Cr\u00E9dito Universitario,...\". Y lo mismo, se vuelve a reiterar en el inciso segundo del art\u00EDculo 4\u00B0 de manera que la autoridad o el funcionario o la persona o el organismo encargados de otorgar las condonaciones est\u00E1n expresamente contemplados en la ley. De suerte que la objeci\u00F3n que se formula en ese sentido, obviamente, tambi\u00E9n carece de validez. \nAhora, el que en una ley, cuyo objeto es reprogramar las deudas del cr\u00E9dito fiscal universitario se establezcan tres situaciones distintas de alumnos que se ver\u00E1n favorecidos por ella, me parece un hecho l\u00F3gico que, obviamente, est\u00E1 dentro de las ideas matrices y fundamentales del proyecto. Es preferible que la referencia a los hijos de las v\u00EDctimas establecidas por la Comisi\u00F3n Verdad y Reconciliaci\u00F3n se haga precisamente en esta ley y no en otra futura que no sabemos si este Congreso aprobar\u00E1 o no. Incluso, ignoramos cu\u00E1ndo la conocer\u00E1. \nPero, el problema es otro. Ser\u00EDa bueno que, de una vez por todas, los colegas de Renovaci\u00F3n Nacional se pronuncien sobre \u00E9l, puesto que, como dicen en mi tierra, \"est\u00E1n orillando el tema\" y dando argumentaciones de forma, a mi modo de ver, sobre la base de sofismas; pero que insin\u00FAen algo que sea importante que la ciudadan\u00EDa sepa. \n\u00BFQuieren que los estudiantes universitarios, que fueron excluidos por razones pol\u00EDticas, gocen o no de este beneficio? \u00BFQuieren que los hijos de las v\u00EDctimas, a que hace referencia la Comisi\u00F3n Verdad y Reconciliaci\u00F3n, tengan o no este beneficio? Ese es el problema de fondo, se\u00F1or Presidente, y sobre \u00E9l como parlamentarios, nos corresponde pronunciamos. Por tales razones, los Diputados radicales votaremos favorablemente. Lo contrario es tratar de eludir el tema con argumentaciones -a mi modo de ver- especiosas que solamente confunden a esta Honorable C\u00E1mara y a la ciudadan\u00EDa. \nHe dicho. \n " . .