. . . . . . . . . . . . . . . . . " NECESIDAD DE LEGISLAR SOBRE AUTORIZACION, FUNCIONAMIENTO Y CONTROL DE LAS EMPRESAS DE AUDITORIA EXTRANJERAS. OFICIO. \nEl se\u00F1or COLOMA (Vicepresidente).- \n \n Tiene la palabra el Diputado se\u00F1or Andr\u00E9s Palma . \n \nEl se\u00F1or PALMA (don Andr\u00E9s).- \n \n Se\u00F1or Presidente, que la justicia s\u00F3lo puede provenir de la verdad es un axioma absolutamente fundamental en las relaciones econ\u00F3micas. \nConforme con las normas impartidas por las Superintendencias de Valores y Seguros de Bancos e Instituciones Financieras y de Administradoras de Fondos de Pensiones, las entidades bajo su supervigilancia est\u00E1n obligadas a mantener sus estados financieros auditados por empresas externas. Entre las obligadas por esta norma destacan los bancos, las financieras, las propias administradoras de fondos de pensiones, las sociedades an\u00F3nimas abiertas, etc\u00E9tera. \nLos balances de estas empresas o entidades, publicados en diversos diarios del pa\u00EDs, incluyen extensas notas t\u00E9cnicas y cuadros demostrativos resumidos en una opini\u00F3n al pie del balance que se\u00F1ala si ellas presentan o no presentan una situaci\u00F3n razonable en cuanto a su estado financiero y econ\u00F3mico. \nBasados, en parte, en la opini\u00F3n de los auditores, ministros de fe p\u00FAblica, los inversionistas, los propios bancos y el p\u00FAblico en general, depositan su confianza en determinadas empresas, tanto para confiar a ellas sus ahorros personales, adquirir acciones, efectuar operaciones de comercio exterior, o, simplemente, adquirir los productos de una determinada industria o empresa. Un eventual parecer negativo de los auditores puede significar la suspensi\u00F3n del cr\u00E9dito de la banca, una intervenci\u00F3n de los organismos fiscalizadores o una p\u00E9rdida de mercado que, en algunos casos, puede ser vital para la continuidad de la empresa o entidad de que se trata. En los \u00FAltimos a\u00F1os, los organismos fiscalizadores, sean el Servicio de Impuestos Internos o la Superintendencia indicada, han sancionado a diversas entidades o empresas por manejos irregulares en sus operaciones comerciales, aplic\u00E1ndoles elevadas multas, la suspensi\u00F3n de sus operaciones, la liquidaci\u00F3n parcial o total de otras, y restricciones de toda especie. Muchas de las sancionadas con multas de varios millones de d\u00F3lares, en casos espec\u00EDficos, han estado siendo auditadas por compa\u00F1\u00EDas auditoras extranjeras, las que no han informado oportunamente sobre las irregularidades que detectan. La mayor\u00EDa de las empresas de auditor\u00EDa deben regular sus operaciones en un mercado competitivo, pero estrictamente controladas por los organismos fiscalizadores y con serias sanciones a las que no cumplan las normas establecidas. Son empresas de auditor\u00EDa extranjera, sin embargo, las que lideran en nuestro pa\u00EDs el \"ranking\" de sanciones por la falta grave de no informar, en sus \"opiniones\", hechos relevantes que afectan t\u00E9cnicamente los balances de las entidades auditadas. Sin embargo, las sanciones van desde una modesta censura hasta un m\u00E1ximo de s\u00F3lo 100 unidades de fomento, de multa, en caso de graves irregularidades. En 1982, la firma CRAV quebr\u00F3 a los d\u00EDas siguientes de una opini\u00F3n favorable de los auditores externos extranjeros. El Banco Espa\u00F1ol fue intervenido cuando la misma empresa se\u00F1alaba que, en su opini\u00F3n, la situaci\u00F3n del banco era muy buena. En esa oportunidad, la empresa de auditores se\u00F1alaba como una de las causales del error cometido, la recesi\u00F3n econ\u00F3mica generalizada, de todos conocida. \nActualmente, la situaci\u00F3n econ\u00F3mica de las entidades o empresas no se verifica y los sucesivos errores de las oficinas auditoras extranjeras o nacionales deber\u00EDan ser sancionadas con la misma severidad que el de aqu\u00E9llos. En estos momentos, la mayor\u00EDa de las entidades p\u00FAblicas, como las sociedades an\u00F3nimas abiertas, bancos, etc\u00E9tera, son auditadas por empresas extranjeras, entre ellas, Price Waterhouse , Deloitte Haskins , etc\u00E9tera, que abarcan a cerca del noventa por ciento del mercado total del servicio de auditor\u00EDa. Si esa es la situaci\u00F3n en que operan las grandes empresas de auditores, que en algunos casos tienen ciertos controles, la de las empresas personales de auditores es de absoluta falta de control. Las empresas o entidades verdaderamente controladas son las menos: sociedades an\u00F3nimas abiertas, bancos, administradoras de fondos de pensiones, corredores de bolsa de comercio y financieras. Sin embargo, \u00BFqu\u00E9 hay del gran universo de sociedades de responsabilidad limitada, empresas an\u00F3nimas cerradas y otras que mueven grandes sumas en sus operaciones y en sus cr\u00E9ditos? \u00BFQu\u00E9 pasa con la mediana empresa, que es el motor del pa\u00EDs, con los exportadores de frutas y otros, si muchas veces no son auditadas con responsabilidad? Entonces, \u00BFqu\u00E9 seguridad se puede dar en el cr\u00E9dito y en el funcionamiento econ\u00F3mico del pa\u00EDs en estas circunstancias? Es necesario que la acci\u00F3n de los auditores externos tengan responsabilidad legal. Es preciso reglamentar su actuaci\u00F3n. No basta con algunos art\u00EDculos superficiales en la ley de sociedades an\u00F3nimas o en la normativa de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, por ejemplo. Por la importancia que los servicios de auditor\u00EDa tienen para el desarrollo econ\u00F3mico del pa\u00EDs, consideramos necesario legislar sobre la materia, con el objeto de que tanto la adjudicaci\u00F3n de los servicios, el desarrollo de la auditor\u00EDa, la responsabilidad y la participaci\u00F3n de empresas nacionales en el mercado, ayude a normalizar esta situaci\u00F3n y permita a todos los sectores que se desenvuelven en la econom\u00EDa, confiar en las opiniones expresadas por los auditores externos. \nEn consideraci\u00F3n a esto, se\u00F1or Presidente, pido que se oficie al Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras y al Superintendente de Valores y Seguros, a trav\u00E9s del Ministerio correspondiente, a fin de que informen a esta Honorable C\u00E1mara de Diputados acerca de los estudios que realiza el Gobierno para modificar la legislaci\u00F3n relativa a las responsabilidades de las empresas auditoras. Al mismo tiempo, anuncio que, en breve, junto al Diputado se\u00F1or Claudio Huepe , presentaremos una iniciativa relativa a este tema. \nMuchas gracias, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or COLOMA (Vicepresidente).- \n \n Se enviar\u00E1 el oficio en la forma indicada. \n \n " .