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- rdf:value = " El señor VIERA-GALLO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Víctor Pérez , en el turno del Comité de la Unión Demócrata Independiente.
El señor PEREZ (don Víctor).-
Señor Presidente, la ley NQ 18.900, publicada en el Diario Oficial de fecha 16 de enero de 1990, puso término a la existencia legal de la Caja Central de Ahorros y Préstamos y a la autorización de existencia de la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo.
El plazo para liquidar los respectivos patrimonios se fijó en tres meses, contados desde la fecha de publicación de la ley en el Diario Oficial. A su término, se entienden extinguidas todas las funciones y atribuciones de dichos organismos, y los activos o bienes patrimoniales que no fueren liquidados dentro del término indicado pasarán, por el solo ministerio de la ley, al fisco, quedando en consecuencia tanto la Caja como la Asociación impedidas de efectuar acto o contrato alguno, salvo los que se relacionen directamente con subsanar reparos u observaciones formuladas a la rendición de cuenta que deberá ser sometida a la consideración del Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Hacienda.
Entre los bienes de los organismos citados se encuentran los créditos que la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo había adquirido del Instituto de Normalización Previsional, sucesor legal de las antiguas cajas de previsión Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, Caja de Empleados Particulares, Servicio de Seguro Social, Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República, etcétera, y que corresponden a préstamos que éstas habían otorgado a sus ex imponentes para la adquisición y construcción de viviendas. La cesión de estos créditos está contenida en la ley N° 18.591 y en el decreto con fuerza de ley N° 33, de 1987, del Ministerio del Trabajo, en relación con la ley N° 18.689. Los créditos adquiridos se estimaron en 24 mil operaciones individuales.
En el mes de septiembre de 1989, se otorgó a los deudores de las cajas un descuento que fluctuaba entre 50 y un 90 por ciento del saldo insoluto. Para acogerse al descuento, el interesado debía pre pagar su deuda al contado dentro de un plazo que venció el 30 de noviembre del mismo año. Esta operación se combinó con una licitación que la Asociación llevó a cabo del total de los créditos referidos, licitación que se adjudicó mayoritariamente el Banco del Desarrollo, entidad que se obligó a mantener los descuentos otorgados a los deudores.
Vencido el plazo del 30 de noviembre último, pre pagaron sus créditos alrededor de 14 mil deudores, de los cuales aproximadamente, 7 mil solicitaron el alzamiento de las garantías hipotecarias. El resto no lo hizo, sea por falta de información, sea por carecer del dinero para los gastos que demandaba el trámite notarial. Por otra parte, el plazo de 90 días señalado por la ley N° 18.900 resulta demasiado exiguo para perfeccionar el traspaso de los créditos que licitaron los bancos, por lo que la ANAP se verá impedida de otorgar todas las escrituras de cancelación que se le requieran
Todos estos hechos determinaran que alrededor de 7 mil ex deudores no tengan la posibilidad de obtener, en forma rápida y económica, el instrumento público que reconozca la extinción de su deuda, para poder disponer libremente de sus respectivos inmuebles. Por las consideraciones expuestas, solicito que se oficie a S.E. el Presidente de la Republica, por intermedio del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a fin de que envié, a la brevedad, al Congreso Nacional, un proyecto de ley que prorrogue el plazo para ejercer las facultades otorgadas a la Caja Central y a la Asociación para el otorgamiento de las escrituras de cancelación. Hago presente que apoya esa petición el Diputado señor Cristian Leay. La ampliación del plazo favorecerá a los ex deudores de las cajas de previsión, ya que permitirá, por un lado prepagar sus créditos a quienes no pudieron hacerlo oportunamente; y por otro, obtener la escritura pública que acredite la extinción de su deuda, liberando sus inmuebles, a todos los que pagaron.
"
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