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- rdf:value = " El señor ESPINA.-
Señor Presidente, creo que el Senador Pizarro ha explicado claramente el sentido y alcance del cambio que propone la indicación del Senador Coloma.
A mi distinguido amigo Alfonso de Urresti quiero explicarle cuál es el sentido de la modificación que se propone.
Estamos frente al caso en que se produjo un avenimiento, o sea, hubo acuerdo entre las partes. Ello significa que la parte afectada se siente adecuadamente reparada. Entonces, se plantea que, si se produce esa reparación que deja satisfecha a la parte afectada, el juez debe considerar tal reparación para disminuir en 50 por ciento la multa.
¡Esto es un incentivo absolutamente correcto! Y este fue el criterio -al revés de lo que sostiene mi estimado colega De Urresti -. Todo nuestro proyecto está hecho en el sentido de que, si alguien repara el daño causado, indemniza, existan estímulos, incentivos. En la Comisión de Constitución hemos abordado así no solo esta legislación, sino muchísimas otras. De hecho, lo hicimos, por ejemplo, en el caso de la colusión. Cuando establecimos la delación compensada en la colusión -es bastante más duro que esto, por supuesto-, ¿cuál era el objetivo? Que si alguien delata, entrega información, colabora, ayuda a que las cosas se restablezcan como corresponden, recibe un estímulo.
Por cierto, aquí nos encontramos ante una situación de otra magnitud, muy distinta. Pero se dice: "Si usted causa un daño a los consumidores y luego realmente llega con ellos a un acuerdo ratificado por un juez de la república, quien señala que se ha hecho conforme a las normas de protección de los derechos de los consumidores, entonces, como contrapartida, el juez debe considerar la rebaja del 50 por ciento".
Ese es un incentivo correcto. Porque, de lo contrario, no querrán llegar a avenimiento.
En consecuencia, señor Presidente, espero que esta norma sea aprobada en los términos planteados en la indicación, porque creo que constituye un incentivo correcto.
"
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