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El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que modifica la ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile.
Este proyecto se tratará conforme a las reglas de la Tabla de Fácil Despacho.
Diputada informante de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios es la señorita Daniella Cicardini .
Antecedentes:
-Mociones:
-Boletín N° 11188-17, sesión 12ª de la presente legislatura, en 11 de abril 2017. Documentos de la Cuenta N° 10, y
-Boletín N° 11335-17, sesión 52ª de la presente legislatura, en 1 de agosto de 2017. Documentos de la Cuenta N° 9.
-Informe de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios, sesión 73ª de la presente legislatura, en 3 de octubre de 2017. Documentos de la Cuenta N° 5.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Cito a reunión de Comités sin suspensión de la sesión.
Tiene la palabra la diputada informante.
La señorita CICARDINI , doña Daniella (de pie).- }
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en mociones refundidas, que modifica la ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para otorgar al pueblo chango el reconocimiento como etnia indígena de Chile.
Las iniciativas refundidas, por acuerdo de la Sala, que dieron lugar al proyecto en informe, tienen su origen en mociones de las diputadas Karol Cariola , Daniella Cicardini , Cristina Girardi , Maya Fernández y Yasna Provoste , y de los diputados Claudio Arriagada , Cristián Campos , Marcos Espinosa , Ramón Farías , Luis Lemus , Daniel Melo , Sergio Ojeda , Roberto Poblete , Jorge Sabag , José Pérez , Raúl Saldívar y Víctor Torres .
Los proyectos de ley originales constan de un artículo único y en ambos se propone modificar el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile.
La calificación de la calidad de indígena se logra, según nuestra legislación, precisamente atendiendo a señas de identidad, al saberse y decirse indígena, como bien señala el artículo segundo de la ley indígena N° 19.253, que expresamente dispone lo siguiente: “Se considerarán indígenas para los efectos de esta ley las personas de nacionalidad chilena que se encuentren en los siguientes casos:
c) Los que mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, entendiéndose por tales la práctica de formas de vida, costumbres o religión de estas etnias de un modo habitual o cuyo cónyuge sea indígena. En estos casos, será necesario, además, que se auto identifiquen como indígenas.”.
De la misma forma como ocurrió con los changos, sabemos que la etnia diaguita fue ninguneada por la academia como un pueblo extinto, y que su dignidad fue restablecida al serle reconocida su calidad originaria por ley. En este proceso se logró la dictación de la ley N° 20.117, que integra a la etnia diaguita al artículo 1° de la denominada ley indígena.
Así, considerando lo señalado sobre el pueblo diaguita, existen diversos testimonios que señalan la pervivencia de formas de vida y de patrones culturales que testimonian la supervivencia del pueblo chango. Es así que hoy los changos están integrados a las grandes ciudades; unos viven en los puertos y muchos permanecen fieles a su balneario, como son los de Tongoy, Guanaqueros y la llamada Playa Changa de Coquimbo, o en localidades como Chañaral de Aceituno, Obispito , Carrizalillo , entre otras, en la Región de Atacama. En suma, han conservado sus patrones culturales ligados a la pesca y al manejo de los recursos hidrobiológicos.
Existen estudios que demuestran que los changos presentarían a su vez rasgos culturales de los pueblos de tradición chinchorro, existentes en esta zona durante el período arcaico, entre 8.000 y 4.000 años atrás. Este conjunto de evidencias sugiere una ocupación continua de la costa por cerca de 8.000 años, y una posible vinculación genética entre todas estas etnias.
La costa de lo que actualmente son las regiones de Antofagasta y de Atacama ha estado habitada por comunidades de cazadores-recolectores-pescadores desde hace por lo menos 12.000 años. A lo largo de estos milenios las comunidades humanas fueron forjando un modo de vida y un conjunto de instrumentos, prácticas y saberes adaptados a las especificidades del territorio costero del norte de Chile, a lo que sumaron el intercambio de productos, conocimientos y parejas con grupos costeros de más al norte y de más al sur, así como con grupos interiores.
Durante el periodo colonial, y con especial fuerza a contar del siglo XVIII, los changos que habitaban estas costas sufrieron importantes procesos de mestizaje con españoles, franceses, criollos e indígenas venidos desde el interior y desde la Región de Atacama principalmente.
No obstante estos procesos, los modos de vida vinculados al conocimiento y explotación del mar mantuvieron importantes elementos de continuidad desde la prehistoria y a lo largo de los siglos de las épocas colonial y republicana.
Ejemplos de lo anterior son las formas de uso del espacio de orilleros y pescadores que viven parte o todo el año en las denominadas “changuerías” a lo largo del litoral. De hecho, a lo largo de la línea costera nos encontramos con asentamientos humanos permanentes, como Paposo, Taltal y caleta Cifuncho , y con un conjunto de pequeñas ensenadas y puntas aisladas, como La Colorada, Bandurrias , Punta Negra y El Blanco, todas de la comuna de Taltal, que albergan una población flotante durante el año. Dichos asentamientos están constituidos por conjuntos de “rucos” utilizados como emplazamientos estratégicos de producción de los pescadores artesanales.
Ahora, dado el avance de la modernidad y las transformaciones en las tradiciones ancestrales, los modos de vida característicos de la costa arreica desde la época prehispánica y que se mantienen hasta la actualidad se ven amenazados con perderse para siempre. Ya se ha perdido la lengua originaria y muchos rasgos de la cultura ancestral de los changos. De ahí la importancia de realizar las acciones necesarias para que no se pierda lo que aún queda de esta rica historia cultural y de este conocimiento ancestral sobre las formas de habitar y adaptarse al territorio costero arreico.
Actualmente, en el Museo Arqueológico de La Serena se encuentra una balsa de cuero de lobo marino construida en 1965, en la hoy tan conocida Caleta Chañaral de Aceituno, de la Región de Atacama. Esa balsa fue construida por uno de los últimos hombres que conocían la técnica con la que el llamado “pueblo chango” fabricaba esas embarcaciones; eran los ancestrales “pescadores de la niebla”, que utilizaron esas embarcaciones en sus recorridos por las costas de nuestro norte. Ese hombre se llamaba Roberto Álvarez , también conocido como el Chango Robe, quien falleció en 1987. Fue el último chango constructor de balsas. Hoy sus familiares lo recuerdan con orgullo en la Caleta Chañaral de Aceituno.
En la actualidad, ellos y muchos otros hombres y familias de mar, por toda la costa de Atacama y también por las de las regiones de Antofagasta y de Coquimbo, tienen el sueño no solo de mantener vivo el legado de don Roberto , sino también de que no se pierda el legado de todo un pueblo, y el sueño de volver a poner en alto y por fin en el lugar que se merecen las tradiciones, los elementos culturales y las costumbres del pueblo chango, con el cual se sienten plenamente identificados.
Asimismo, quieren que se reconozca su poco valorado aporte no solo en la dominación del mar y en las técnicas de la pesca, sino también en aspectos como el arte rupestre y las técnicas mortuorias. Como todos saben, los changos fueron un pueblo nómada, pescador, recolector, mariscador y cazador de lobos marinos. El primer registro de ellos con la denominación específica de “changos” data de mediados del siglo XVII, y hacía referencia a la población que ocupaba el litoral costero entre Copiapó y Coquimbo . Posteriormente, la denominación se amplió para incluir a distintos grupos indígenas que habitaron entre esa zona y el sur de Perú.
Es a ese pueblo al que buscan reconocer y rescatar los proyectos de ley refundidos.
El actual gobierno está haciendo un esfuerzo por establecer una nueva relación con nuestros pueblos originarios a través de una serie de proyectos que crean una nueva institucionalidad indígena; no obstante, nosotros también creemos que esa nueva relación se debe sustentar en el reconocimiento de las características propias y particulares de cada pueblo.
De esta forma, constatamos que la etnia changa no se ha extinguido; sigue viva, pero sin la dignidad que merece.
Nuestra legislación sobre los pueblos originarios, contenida en la ley N° 19.253, dispone que el Estado reconoce que los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, los que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias. Lo que allí se establece no deja dudas sobre el reconocimiento de esta etnia.
En consideración a ellos trabajamos en esta propuesta, la que elaboramos junto a quienes hoy se sienten plenamente representantes y herederos de los changos. En ese sentido, con el temor de olvidarme de muchos nombres, aprovecho de agradecer a dirigentes y representantes changos, como las señoras Elena Marín y Patricia Cortés , y el señor Héctor Alfaro , representantes de agrupaciones changas de la localidad de Totoral y de las comunas de Caldera y Chañaral, respectivamente.
Asimismo, quiero destacar el aporte del señor Patricio Segovia y, en especial, del director del museo regional de Atacama, doctor en historia y destacado académico señor Guillermo Cortés Lutz , quienes ayudaron a enriquecer este proyecto.
Por otro lado, aprovecho de destacar el trabajo documental que está realizando el señor Carlos Cortés , presente en las tribunas de la Cámara de Diputados, quien desde hace dos años se encuentra trabajando con el señor Felipe Rivera , bisnieto del señor Roberto Álvarez , cuya familia constituyó la agrupación Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo.
En definitiva, esta iniciativa responde a un largo anhelo de pescadores artesanales y de varias agrupaciones que tienen en común un lazo ancestral, el cual, pese a la evolución tecnológica, une a esa actividad con la tradición pesquera changa. Me refiero a hombres como don Héctor Alfaro , representante de la Agrupación Changa de Chañaral, quien en una oportunidad me señaló lo siguiente: “La tradición del hombre de mar chango no se ha perdido, está vigente y latente en las costas de Chile. Hoy en día también encontramos a compañeros nuestros que tiran un par de troncos al mar para llevar la red hacia adentro con una persona nadando; todavía se mantienen esas tradiciones”. Subrayo especialmente el sentido de pertenencia e identificación, por ser en este caso muy relevante.
De esta manera, lo que se pretende mediante este proyecto de ley es reconocer la posibilidad cierta del desarrollo de una cultura que ha luchado, en pequeños nichos, por pervivir en el tiempo.
Por ello, se propone modificar el artículo 1° de la ley indígena, con el objeto de incorporar a los changos a las etnias existentes en el país: mapuche, aimara, rapa nui, atacameña, quechua, diaguita y colla, y a las menguadas comunidades kawashkar y yagán, de los canales australes, como un acto de reconocimiento, de dignificación y, sobre todo, de promoción para su desarrollo futuro y consolidación.
Asimismo, en el fundamento de los proyectos refundidos se señala que todos quienes nacemos en el territorio chileno somos iguales por esencia, pero que el Estado debe ser garante de aquellos grupos que tienen identidad propia y participan activamente en la formación y desarrollo de nuestra sociedad. Dentro de los grupos intermedios se incluye a quienes pertenecen a un pueblo indígena o etnia, a falta de un reconocimiento explícito de los pueblos originarios por parte del Estado en nuestra Carta Fundamental.
La incorporación implícita de los pueblos indígenas dentro de los grupos intermedios que señala la Constitución Política, que son parte del desarrollo de la sociedad, se apoya en la idea de que estos grupos, o la mayoría de ellos, mantienen sus costumbres, creencias y estructura de organización o rangos, las que deben ser reconocidas y garantizadas por el Estado de Chile.
Del mismo modo, ello dice relación con la plena vigencia del Convenio N° 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas en Países Independientes de la OIT, ratificado por Chile en 2008, instrumento que reconoce derechos a los pueblos indígenas sobre sus tierras y territorios, además del establecimiento de mecanismos de participación política y el reconocimiento del derecho que les asiste a ejercer un control progresivo sobre los programas de salud y educación dirigidos a ellos, entre otras cosas.
La defensa de derechos y fomento se da en la medida en que los pueblos que mantengan sus costumbres y creencias ancestrales se encuentren reconocidos por el Estado, de acuerdo con lo que establece la ley N° 19.253.
Actualmente, existen nueve pueblos indígenas reconocidos por el Estado. La idea básica contenida en las iniciativas refundidas es la incorporación en esa ley del reconocimiento oficial de nuestro Estado a un pueblo que desde tiempos precolombinos se ha mantenido presente en la historia y desarrollo de nuestro país como nación independiente y multicultural: el pueblo chango.
Este es el acto de reconocimiento que, estoy segura, merecen como acto de justicia, dignificación y, sobre todo, de promoción para su desarrollo futuro y consolidación.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
-Aplausos.
El señor JARAMILLO (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra la diputada Yasna Provoste .
La señora PROVOSTE (doña Yasna).-
Señor Presidente, tal como lo mencionó la diputada informante, señorita Daniella Cicardini , quiero saludar, de manera muy especial, a quienes han contribuido a resguardar una cultura maravillosa, como lo es el pueblo chango.
Algunos de ellos han tenido la posibilidad de llegar hasta este hemiciclo, mientras que otros siguen la transmisión del canal de televisión de la Cámara desde sus diferentes caletas. Saludo de manera muy especial a la señora Esmeralda , quien hoy nos acompaña en las tribunas.
También quiero saludar a quien ha sido fuerte impulsor de la agrupación Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo, señor Felipe Rivera.
El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en su documento denominado Sistematización Encuentro Nacional de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas para la Creación de la Nueva Institucionalidad Cultural, en mayo de 2015, daba cuenta, en las páginas 15 y 16, sobre el proceso que se debe efectuar en el país para el reconocimiento del pueblo chango. Lo señalo porque nos asiste la firme convicción de que en nuestro país somos capaces de apoyar los procesos de resignificación histórica, así como de avanzar en el reconocimiento que tiene el pueblo chango en nuestra historia.
Desde los inicios de la presencia colonial, diversos autores se han referido a los habitantes de Cobija y han destacado los recursos marinos de esa ensenada. En términos generales, los pescadores que vivían a lo largo de la costa del Norte Grande de Chile llamaron la atención de quienes llegaban a nuestros territorios, por aspectos como su condición de vida, a la que aluden los epítetos mencionados por parte de la diputada informante; su movilidad y el aprovechamiento integral del lobo marino para la construcción de balsas, viviendas, vestimentas, recipientes y alimentos.
Esas poblaciones habían logrado una buena adaptación a este ambiente, que incluía el mar, roqueríos, playas e islas, y la zona de la cordillera de la Costa, que les proporcionaba otro tipo de recursos vegetales y animales, como el guanaco.
Pudieron disponer de ciertos excedentes -productos del mar secos y/o salados, conchas y guano susceptibles de ser intercambiados con recursos y bienes de tierras altas.
Quizá el único relato temprano que intenta caracterizar físicamente a los changos, también denominados “camanchacas”, situándolos en el primer repartimiento de Chile, en Copiapó, y que de paso refiere algunas de sus costumbres, es el de fray Reginaldo de Lizárraga, a fines del siglo XVI. El autor señala: “en este trecho de tierra hay algunas caletillas con poca agua salobre, donde se han recogido y huido algunos indios pescadores, pobres y casi desnudos; los vestidos son de pieles de lobos marinos y en muchas partes desta costa beben sangre destos lobos a falta de agua; no alcanzan un grano de maíz y no lo tienen; su comida solo es pescado y marisco. Llaman a estos indios camanchacas, porque los rostros y cueros de sus cuerpos se les han vuelto como una costra colorada, durísimo; dicen les proviene de la sangre que beben de los lobos marinos, y por ese color son conocidísimos.”.
Esas mismas tradiciones, que ya a fines del siglo XVI algunos de los que llegaban a estos territorios describían como característica de quienes habitaron las costas de nuestro país, hoy superviven en nuevas generaciones; una supervivencia del pueblo chango que, a partir de los testimonios, señala que han procurado mantener viva la identidad y la memoria de las formas de vida y los patrones culturales que testimonian la supervivencia de ese pueblo hasta nuestros días; ellos han conservado sus patrones culturales ligados a la pesca y al manejo de los recursos hidrobiológicos.
Señor Presidente, en homenaje a los hombres de ayer y de hoy, a los changos inmortales, apoyaremos con decisión este proyecto, destinado a obtener el reconocimiento al pueblo chango en nuestra legislación.
He dicho.
El señor JARAMILLO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Marcos Espinosa .
El señor ESPINOSA (don Marcos).-
Señor Presidente, estoy muy contento de que estemos discutiendo este proyecto de ley, pues hace justicia al reconocimiento a un pueblo que normalmente aparece como olvidado a la hora de revisar las culturas indígenas de nuestro país.
En crónicas como las de Jerónimo de Vivar, escritas en el siglo XVI, se hace mención de los changos y de su cultura, describiéndolos como un pueblo costero de cazadores y recolectores que tenían una particularidad bastante especial respecto del resto de los habitantes del territorio nacional en esa época: el manejo de sus famosas balsas de cuero inflado de lobo marino, cuya descripción rigurosa está detallada en las mencionadas crónicas de Vivar. Él también los caracterizaba como avezados y diestros navegantes que pescaban a más de cien o ciento cincuenta metros de la costa.
La modificación que estamos promoviendo junto con otros parlamentarios al artículo 1 de la ley N° 19.253, en lo relativo a la protección, fomento y desarrollo de los indígenas, tiene por objeto incorporar a los changos entre los pueblos indígenas de nuestro país.
Por cientos de años, nuestras tradiciones, historia, cultura e idiosincrasia han estado marcadas por la presencia de costumbres ancestrales que definen lo que somos hoy día como pueblo y como nación.
La influencia del pueblo chango en el norte del país no es la excepción, pues desde tiempos precolombinos la costa de lo que actualmente es la región de Antofagasta, en particular la comuna de Taltal, ha estado habitada por comunidades de cazadores, recolectores, pescadores y mariscadores que se han mantenido presentes en la historia y en el desarrollo de la zona hasta nuestros días, por lo que deben ser considerados dentro del concepto de nación independiente y multicultural que nos identifica.
Existen registros históricos de la presencia de la cultura changa en caletas como Cifuncho y Paposo, y en el puerto de Taltal.
Según la tesis del académico Diego Salazar , del Departamento de Antropología de la Universidad de Chile, a lo largo de más de 12.000 años las comunidades humanas de changos fueron forjando un modo de vida y un conjunto de instrumentos, prácticas y saberes adaptados a las especificidades del territorio costero del norte de Chile, a los que sumaron el intercambio de productos y conocimientos con grupos costeros de más al norte y de más al sur, así como también con grupos interiores.
A contar del siglo XVI, a esas poblaciones costeras se les conoció por diversos nombres, tal como mencionó la colega Yasna Provoste .
Durante el período colonial, y con especial fuerza a contar del siglo XVIII, los changos que habitaban esas costas sufrieron importantes procesos de mestizaje con españoles, franceses, criollos e indígenas venidos desde el interior y desde la región de Atacama, principalmente. No obstante estos procesos, los modos de vida vinculados al conocimiento y explotación y exploración del mar mantuvieron importantes elementos de continuidad desde la prehistoria a lo largo de los siglos de la época colonial y republicana.
Ejemplo de lo anterior son las formas de uso del espacio de orilleros y pescadores que viven parte o todo el año en las denominadas “changuerías” a lo largo del litoral, además de la caza de albacoras en balsas y utilizando arpones.
Dado el avance de la modernidad y las transformaciones en las tradiciones ancestrales, los modos de vida característicos de la costa arreica, desde la época prehispánica y que se mantienen hasta la actualidad, amenazan con perderse para siempre. Ya se han perdido la lengua originaria y muchos rasgos de la cultura ancestral de los changos.
La iniciativa que discutimos hoy viene a reforzar todos los esfuerzos que se están llevando a cabo en ese sentido, por lo que esperamos contar con el apoyo transversal de la Corporación, para que esta iniciativa avance en su tramitación legislativa y se transforme luego en ley de la república.
He dicho.
El señor JARAMILLO (Vicepresidente).-
Hago presente a la Sala que en cumplimiento del acuerdo de los Comités adoptados ayer, hemos tratado este proyecto como si fuera de fácil despacho.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mociones refundidas, que modifica la ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile.
Hago presente a la Sala que su artículo único trata materias propias de ley simple o común.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Álvarez Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Campos Jara, Cristián ; Carmona Soto , Lautaro ; Castro González, Juan Luis ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Gahona Salazar, Sergio ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Vallespín López, Patricio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe .
El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto al Senado.
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