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El señor SABAG (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Chávez .
El señor CHÁVEZ.-
Señor Presidente, quiero intervenir en la misma dirección de lo planteado por el colega que me antecedió en el uso de la palabra.
Este proyecto de ley tiene un sentido práctico muy relevante y una doble dimensión:
Por una parte -aquí eso se ha señalado-, las múltiples consecuencias para la vida diaria de las personas que transitan por las calles de nuestro país, quienes se ven enfrentadas a hoyos, “eventos”, baches, cualquiera que sea el nombre que queramos poner a esas irregularidades en los pavimentos, que en numerosas ocasiones han terminado en accidentes, fatales en muchas de ellas. Eso, por supuesto, tiene una tremenda connotación desde el punto de vista de la integridad física de quienes circulan por las calles del país.
Por la otra, lo que sucede con los municipios en esta materia. Sabemos -con la iniciativa en debate lo hemos reafirmado que respecto de la situación que nos convoca muchas municipalidades han sido condenadas por falta de servicio al no mantener las vías en condiciones de seguridad, y las indemnizaciones que han debido pagar han salido de sus arcas, afectándose con ello la provisión de otros servicios públicos.
Así, nos vemos enfrentados a un problema práctico que –reitero tiene una doble dimensión: por un lado, afecta la salud y la integridad física de las personas que transitan por nuestras calles, y por el otro, a los municipios, que muchas veces se han visto obligados a pagar indemnizaciones cuantiosas como consecuencia de las condenas que han tenido en materia de responsabilidad por falta de servicio.
Por tanto, este proyecto es práctico porque exime a los servicios de vivienda y urbanización de la obligación, por así decirlo, de dar la aprobación técnica a las obras provisorias de emergencia cuando estas no superen los cincuenta metros cuadrados por evento. Así, tratándose de esa situación, quedarán exentos de la aprobación del Serviu, la cual quedará entregada a las direcciones de obras municipales. Esto significará que, por ejemplo, ante un bache que esté afectando la calidad de vida de las personas y que eventualmente pueda constituir una situación de emergencia, el municipio podrá directamente, a través de la aprobación de su dirección de obras municipales, dar la aprobación técnica al proyecto de que se trate y rápidamente resolver el problema.
Indudablemente, se trata de un tremendo avance tanto en materia de tiempos como de aprobaciones para que la administración pública, en este caso la comunal, pueda entregar con prontitud una solución a los ciudadanos.
Entonces, estamos hablando de una facultad que mediante el proyecto de ley en discusión se está entregando a los municipios.
Cabe señalar que la Comisión de Gobierno Interior también analizó esta iniciativa, y que el diputado Soto , uno de sus autores, ha estado muy preocupado por sacarla adelante. Debemos reconocer la perseverancia del colega sobre el particular. Asimismo, que en la medida de nuestras posibilidades, pudimos analizarlo con rapidez en dicha instancia.
En el mismo sentido señalado, en la comisión quedó claramente establecido que tratará de una facultad de los municipios, no de una obligación. Porque hay que recordar que aquí hoy existe una doble obligación: una para los gobiernos regionales, que deben proveer los recursos para este tipo de obras, y otra para las municipalidades.
Insisto: este proyecto viene a resolver y a dar una tramitación rápida, oportuna para cuando se produzcan situaciones de este tipo, que afectan a diario a muchas personas en Chile.
Quiero establecer al menos dos cuestiones que en el siguiente trámite podrían ser objeto de alguna precisión.
Primero, quizás sería bueno que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo dictara un reglamento a fin de poder establecer una coherencia en las direcciones de obras municipales a la hora de ver el texto que aprobaremos. A mi parecer, el texto es claro, pero siempre puede caber una interpretación distinta, por lo que creo que no está de más que dicha secretaría de Estado, como órgano técnico y normativo -insisto-, dicte un reglamento que permita precisar cuáles serán las circunstancias que deben concurrir para que determinado “evento” se trate como una obra provisoria de emergencia, a fin de poder eximirlas del trámite ante los Serviu.
Segundo, lo relativo al financiamiento.
El diputado que me precedió en el uso de la palabra ya lo mencionó. Aquí hay una tarea, ya sea a través de la incorporación de una glosa presupuestaria para los gobiernos regionales, que tienen la obligación de disponer los recursos para este tipo de obras, para que los municipios puedan postular a su obtención, o bien, derechamente se puedan descentralizar aquellos con la finalidad de que las municipalidades los reciban directamente.
En definitiva, este proyecto de ley es muy bueno. Insisto en que tiene un sentido práctico tremendamente importante, porque a través de él será posible dar solución a un problema que, sin duda, genera muchísima preocupación. Ello, pues la gente se pregunta: “¿Por qué nunca se arregla esta calle?”, “¿por qué ese hoyo sigue estando en ese lugar?”, lo cual genera diversos problemas en la salud de las personas, lo que ya hemos visto en muchas ocasiones.
Por tanto, bien vale la pena apoyar con mucha decisión esta iniciativa que –reitero puede hacer la diferencia respecto de cuestiones que preocupan de manera permanente a los ciudadanos.
Por lo anterior, hago un llamado a los colegas a aprobar este proyecto de ley.
Por mi parte, así lo haré al momento de votarlo.
He dicho.
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