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El señor SABAG (Vicepresidente).-
Cito a reunión de los Comités sin suspender la sesión. En el tiempo del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado Leonardo Soto .
El señor SOTO.-
Señor Presidente, si bien este proyecto de ley contiene una muy pequeña modificación a la ley de pavimentación comunal, el cambio que propone respecto de la manera de conservar las calles y veredas de las ciudades del país podría producir un enorme impacto en la calidad de vida de nuestros habitantes.
Chile enfrenta un problema crónico en materia de conservación de las calzadas y aceras de las calles de sus comunas, por el mal estado en que se encuentran, al punto de que su deterioro forma parte permanente del paisaje de nuestros pueblos y ciudades. Eso se debe a las lluvias, al mal uso de las calles por vehículos de alto tonelaje y a la falta de mantenimiento, todo lo cual produce que las roturas en el pavimento se vayan expandiendo con el transcurso del tiempo, como consecuencia de lo cual lo que era muy poco termina siendo un bache que ocupa la mitad de la calle o, incluso, atraviesa todo su ancho.
De ese modo, esas calles y veredas se vuelven intransitables y ponen en riesgo tanto a los vehículos como a las personas que transitan por ellas, particularmente cuando ya están deterioradas, situación que afecta especialmente a nuestros adultos mayores, quienes se ven expuestos a la amenaza permanente de caídas y de una eventual fractura que incluso puede derivar en invalidez.
Todo eso se produce como consecuencia del mal estado de las calles y de la no reparación de esos “eventos”, que tanto afectan el tránsito de las personas.
La falta de mantenimiento se debe a lo absurdo del sistema. Es tan absurdo, que la ley obliga a las municipalidades a responder civilmente por todos los daños y lesiones que se produzcan en los vehículos y en las personas, respectivamente, a consecuencia del mal estado de conservación de las arterias, por lo cual es muy frecuente que los municipios se vean obligados a indemnizar a las personas que sufren caídas en las veredas o daños en su patrimonio producto del mal estado de las calzadas de las calles públicas. Sin embargo, la ley no otorga a los municipios las herramientas que les permitan reparar directamente esos defectos, como sería lo lógico, para así evitar tener que pagar eventuales indemnizaciones.
El problema en cuestión es, básicamente, de carácter burocrático, y consiste en que para reparar un simple bache en una calle o en una vereda se requiere el concurso de tres instituciones públicas: el municipio en que se sitúa el problema, el Serviu (Servicio de Vivienda y Urbanización) de la región respectiva y el gobierno regional que corresponda.
La burocracia obliga a los municipios a hacer un levantamiento muy técnico, topográfico, por cada bache que hay en la calles, además de estudios de mecánica de suelos, diseños, planos y propuestas técnicas para la reparación.
Después de elaborados esos documentos, el proyecto debe enviarse al Serviu respectivo para que un equipo de profesionales, que no solo atiende los problemas de esa comuna, sino los de toda la región, se haga cargo de revisarlos.
Una vez aprobado técnicamente, es necesario postular el proyecto al financiamiento del gobierno regional, ya que es esta institución la que debe costear la reparación. Si todo sale bien y se cuenta con los recursos, el proyecto se aprueba y debe ser enviado al municipio, a fin de que este realice el proceso de licitación destinado a determinar qué empresa que hará cargo de tapar el hoyo.
Como comprenderá, señor Presidente, en todo ese proceso se ocupan a lo menos tres o cuatro meses, si todo anda rápido, luego de lo cual es posible iniciar la ejecución del proyecto.
La supervisión del trabajo también está a cargo del Serviu, cuyos inspectores técnicos deben concurrir a las obras para revisar cómo va la reparación, cuánto han avanzado las obras y, cuando corresponda, hacer la recepción final de los trabajos. En todo eso se pueden ocupar varios meses o incluso años.
Claramente, los ciudadanos no obtienen ninguna explicación que satisfaga su demanda por saber cuál es la causa por la que la reparación no se realizó con mayor celeridad.
Las tres instituciones involucradas coordinan muy poco su trabajo, por lo que en los interesados surgen la desconfianza y la frustración.
Este proyecto de ley reconoce el proceso descrito como válido cuando se trata de reparar desperfectos que tienen el carácter de estructurales en los caminos y veredas. En esos casos corresponde realizar una reparación con rotura completa de calles, es decir, una intervención a fondo. Pero creemos -esta es la idea matriz del proyectoque no se justifica toda esa tramitación burocrática cuando lo que se busca es simplemente reparar baches menores o de emergencia, que si son intervenidos a tiempo, no seguirán aumentando el deterioro existente, con lo cual se ahorrarían bastantes recursos al Estado.
Por eso, este proyecto de ley establece que esta reglamentación no se aplicará cuando se trate de obras provisorias de emergencia. Esa es la definición que hace: la reglamentación burocrática que he descrito hasta el aburrimiento no se aplicará cuando se trate de intervenciones en aceras y calzadas que deban realizarse para evitar lesiones a las personas o daños en los bienes, y las obras no superen los cincuenta metros cuadrados. En su reemplazo se podrá utilizar una tramitación rápida y directa a cargo de la municipalidad respectiva, pero siempre que una municipalidad ejecute esa intervención.
Para esos efectos, la dirección de obras municipales respectiva deberá certificar que se trata de obras provisorias de emergencia. Ellos serán los encargados técnicos, pero tendrán la supervisión de la Seremi de Vivienda de la región respectiva. Es decir, dentro de la misma ciudad o localidad afectada se definirá si se trata de una obra provisoria de emergencia y, a continuación, con esa calificación, el municipio podrá ejecutar directamente todas las obras menores de reparación, sin injerencia del Serviu ni del gobierno regional.
De esa forma será más fácil superar la emergencia y tapar los hoyos pequeños. El procedimiento se utilizará para obras provisorias de baja durabilidad; no estamos hablando de proyectos destinados a conservar el pavimento, sino simplemente de aquellos destinados a evitar que siga aumentando el problema y, sobre todo, que se produzca daño o la amenaza de daño a los bienes y de lesiones a las personas.
Este es un proyecto mínimo, como he dicho, pero podría producir enorme impacto en las ciudades, porque cada municipio podrá resolver por sí mismo estos problemas, sin tener que realizar el largo recorrido que he descrito.
Muchos municipios ya cuentan con cuadrillas para el bacheado de calles, pero no las pueden utilizar porque la ley vigente se lo impide. Hoy estableceremos una excepción, mirando, ante todo, el beneficio de los vecinos, para que puedan contar con gobiernos comunales que respondan prontamente a la demanda de reparar sus calles, sus veredas, para hacerlas más transitables y más seguras, sin tener que hacer el recorrido por el gobierno regional, por los Serviu o por organismos externos que, adicionalmente, pueden poner más trabas.
Es una norma muy práctica que espero sea de gran ayuda para mejorar la calidad de vida de nuestros habitantes.
En nombre de los autores de este proyecto, que me ha tocado liderar, agradezco que las comisiones de Gobierno Interior y de Vivienda le hayan dado la tramitación rápida y oportuna que requería. Luego de solo cuatro meses hemos llegado a esta instancia en la Sala de la Cámara de Diputados, que dará lugar a la aprobación de la iniciativa en poco rato más.
Espero que el Senado sintonice con las necesidades que tienen todos los vecinos y vecinas del país y nos ayude a darles una solución práctica y concreta. Esto incluso podría evitar la pérdida de vidas humanas.
He dicho.
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