-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/684120/seccion/akn684120-po1-ds18-ds27
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1778
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1778
- rdf:value = "
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , parto por reconocer que al Senador señor Navarro le han hecho bien los viajes a Venezuela: amaneció preclaro, con buenas ideas y con una lógica jurídica que realmente impacta.
Quiero hacerme cargo de lo primero que plantea él, con toda razón: es preciso ver si hay alguna eventual objeción respecto de la admisibilidad de una moción que genera indemnizaciones.
Probablemente, cuando Su Señoría hace esa pregunta, también intuye la respuesta. Obviamente, conforme al artículo 65, inciso tercero, de la Carta Fundamental -que no ha sido modificado; ni siquiera en el proyecto de nueva Constitución aparece una propuesta distinta-,...
El señor NAVARRO .-
¡Por ahora!
El señor COLOMA.-
... a quien le corresponde la iniciativa de los proyectos de ley relativos a la administración financiera o presupuestaria del Estado -esta moción incide exactamente en eso- es al Presidente de la República .
Tiene toda la razón el Senador Navarro en su planteamiento. ¿Alguien lo va a poner en duda? Es obvio que cualquier persona cuando mire esto dirá: "Para que lo propuesto pueda llevarse a cabo debe tener el patrocinio del Ejecutivo (alternativa A); o ser parte de un mensaje (alternativa B); pero, tal como está, no es posible que se apruebe ni en general ni en particular".
Ahora, quiero contar una pequeña historia que puede ser útil, particularmente para quienes recién se incorporan al Senado.
Hasta antes de la última modificación de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, la admisibilidad de un proyecto se determinaba en la Cámara de origen, y una vez que ello ocurría no era lícito reclamar en una instancia posterior su eventual inadmisibilidad; es decir, quedaba con ese "timbre" para siempre.
Sin embargo, eso se cambió en la última enmienda introducida en dicho cuerpo normativo, y en sus artículos 15 y 25 se establece la posibilidad de que la Sala (alternativa 1) sea la que represente la eventual inadmisibilidad, caso en el cual se genera una Comisión Mixta; o de que lo haga una Comisión (alternativa 2) -lo cual se vota en su mérito por la Sala- cuando ya se encuentre avanzado el proceso de tramitación.
Lo anterior reviste importancia porque, desde mi perspectiva, lo más relevante para una institución es adecuar su actuar a lo que disponen la Constitución y las leyes.
A mi juicio, resulta esencial precisar que, más allá del mérito -ya me haré cargo de eso- de un proyecto de ley que propone una indemnización -o sea, un gasto del Estado-, él debe contar con el patrocinio del Ejecutivo , porque, si no, se escapa de la lógica con que se generan las leyes.
De lo contrario, cualquiera de nosotros podría establecer otro tipo de indemnizaciones o de compensaciones en función de lo que estime justo o injusto, pero de esa forma se termina con algo cuya relevancia es innegable: la función que le corresponde al gobierno, cualquiera sea su signo -esto lo han respetado unos y otros-, en materia de administración financiera del Estado.
Y hago presente el tema que con toda razón planteó el Senador Navarro, porque al final no vaya a ser cosa de que realicemos un debate -sería como un autogol- sabiendo que aquí hay una especie de pecado original. El Gobierno habrá de ver, en su momento, si asume el patrocinio o no.
Si uno se equivoca en eso, al final termina transgrediendo un principio, que puede no ser tan relevante en este caso, porque no sabemos de cuántos recursos se trata -quizá alguien puede decir que no es mucha gente la que se encuentra en esta situación-, pero cuya defensa es, para mí, lo que importa.
Nosotros debemos ponernos de acuerdo en esos elementos para poder hacer un buen trabajo, lo cual me parece fundamental.
En segundo término, señor Presidente , respecto del mérito mismo del proyecto, diré dos cosas.
La primera es que encuentro muy importante lo que dijo la Senadora Ebensperger, porque apunta en el sentido correcto: acá tenemos que distinguir entre salud incompatible y salud irrecuperable de un trabajador, porque no es lo mismo.
Hay que asumir que existen situaciones incompatibles, que tienen un tratamiento equis, que puede ser tarea del Ministerio; y otras irrecuperables, donde obviamente hay una función distinta no solo respecto de la institución, sino también del aparato del Estado.
Por tanto, considero que esa distinción es fundamental precisarla en cualquier eventual proyecto.
La segunda cosa, relacionada con lo anterior, se refiere a un tema que tampoco debe estar asociado solo a los docentes, porque también puede haber problemas en el mundo de la salud, por ejemplo.
Sé que ser profesor -tengo dos hijas profesoras- es de lo más exigente que puede existir. Pero también conozco mucha gente del ámbito de la salud que puede plantear algo equivalente.
¿Qué quiero decir? Que aquí hay una materia que debemos encauzar de buena manera, diferenciando lo irrecuperable de lo incompatible, porque si uno piensa que son lo mismo puede equivocar la respuesta; y que el Gobierno debe tener la voluntad -no me cabe duda de que la tendrá- de estudiarla a fondo para ver qué camino tomar. Ojalá opte por enviar un mensaje, pues de lo contrario, con la mejor buena fe, vamos a abrir un espacio que puede traer efectos negativos.
Y, sobre todo, como se cambió la ley orgánica, ahora es perfectamente legítimo -si lo estimamos conveniente- declarar que la moción no es admisible, porque de lo contrario tendríamos que volver al esquema antiguo, en que la clave era la inadmisibilidad declarada en su origen, en circunstancias de que eso ha cambiado.
Señor Presidente, me parece que el debate ha sido interesante, por lo menos para consensuar algunos conceptos que pueden ilustrar a la Comisión de Trabajo, en su momento, o a la de Hacienda, para que puedan llegar a una mejor conclusión respecto de la admisibilidad y contenido del proyecto.
He dicho.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/684120
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/684120/seccion/akn684120-po1-ds18