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El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el decreto con fuerza de ley N° 5.200, de 1929, del entonces Ministerio de Educación Pública, para eliminar el plazo diferenciado que se exige en algunas regiones del país para el ingreso de documentos al Archivo Nacional.
Diputado informante de la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones es el señor Luis Rocafull .
Antecedentes:
-Moción, sesión 20ª de la presente legislatura, en 9 de mayo de 2018. Documentos de la Cuenta N° 3.
-Informe de la Comisión de Cultura, Artes y Comunicación, sesión 44ª de la presente legislatura, en 5 de julio de 2018. Documentos de la Cuenta N° 7.
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor ROCAFULL (de pie).-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, que modifica el decreto con fuerza de ley N° 5.200, de 1929, del Ministerio de Educación Pública, para eliminar el plazo diferenciado que se exige en algunas regiones del país para el ingreso de documentos al Archivo Nacional.
Este proyecto tiene su origen en una moción de quien informa, diputado Luis Rocafull ; de las diputadas Marcela Hernando y Paulina Núñez , y de los diputados René Alinco , Nino Baltolu , Marcelo Díaz , Hugo Gutiérrez , Vlado Mirosevic y René Saffirio .
La idea matriz o fundamental del proyecto es eliminar la letra e) del artículo 14 del decreto con fuerza de ley N° 5.200, de 1929, del Ministerio de Educación Pública, que otorga a las regiones de Arica y Parinacota , Tarapacá , Antofagasta , Aysén y Magallanes un plazo diferenciado y menor al del resto de las regiones del país para el ingreso de determinados documentos públicos y privados al Archivo Nacional, por considerar dicho trato arbitrario e infundado.
El mencionado decreto con fuerza de ley N° 5.200 establece, entre otras materias, que el Archivo Nacional es el encargado de la custodia y conservación de documentos históricos, de carácter público, pero también privados, tales como protocolizaciones notariales; inscripciones conservatorias, como registros de propiedad, de comercio, de hipotecas y gravámenes e, incluso, expedientes judiciales de los juzgados de letras y de los desaparecidos juzgados del crimen.
El artículo 14 de dicho decreto con fuerza de ley dispone que la documentación debe ser ingresada al Archivo Nacional cumplido determinado número de años de antigüedad, a través de una lista taxativa distribuida en cinco literales, de la a) a la e).
El literal e) dispone expresamente que deberán ingresar al Archivo Nacional: "Los protocolos notariales, los registros de hipotecas, los registros conservatorios de bienes raíces, de comercio y de minas, los libros copiadores de sentencias de los Tribunales de Justicia y los Expedientes judiciales de las provincias de Tarapacá y Antofagasta y de los Territorios de Aysén y Magallanes, que hayan cumplido treinta años de antigüedad.”.
La antigüedad de treinta años prescrita en la norma citada se diferencia de la regla general que dispone su literal inmediatamente antecesor. Es decir, la letra d) del artículo 14 dispone un plazo de ochenta años de antigüedad para el ingreso de los mismos documentos al Archivo Nacional.
De esta manera, se establece una diferencia odiosa en relación con el resto de las regiones, ya que al exigir entregar antes la documentación al Archivo Nacional, se obliga a la persona que quiere obtener, por ejemplo, una inscripción de dominio de una propiedad raíz en Punta Arenas de hace más de treinta años, a solicitarla a Santiago, con la demora que eso implica.
La comisión escuchó a la archivera nacional señora Emma de Ramón , quien apoyó totalmente esta iniciativa.
Por las razones expresadas, la comisión aprobó por unanimidad el proyecto de ley que elimina la letra e) del artículo 14 del decreto con fuerza de ley No 5.200, de 1929, razón por la cual propone su aprobación de la misma forma a la Sala.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Luis Rocafull .
El señor ROCAFULL.-
Señor Presidente, el decreto con fuerza de ley que se menciona en el informe de la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones está vigente desde 1929 y contenía originalmente treinta artículos, de los cuales se han eliminado diecisiete.
La letra e) de su artículo 14 señala que las hoy regiones de Arica y Parinacota , Tarapacá , Antofagasta , Aysén y Magallanes solo podrán tener la documentación hasta treinta años, en circunstancias de que en el resto de las regiones del país pueden tenerla hasta ochenta años.
Debieron existir fundamentos muy fuertes para establecer eso en 1929; pero no tiene sentido en la actualidad, porque en el proceso de regionalización debe haber igualdad de trato en todas las regiones, lo que no sucede en este caso.
Entonces, se producen otras desventajas e inconveniencias, ya que si alguna persona de cualquier región quiere pedir uno de esos documentos, demorará un día o 48 horas en realizarlo, porque el conservador de bienes raíces está en su región; en cambio, una persona de la región que represento, de Arica y Parinacota , debe viajar al Archivo Regional de Tarapacá para pedir el documento y luego volver a esa región para retirarlo, lo que significa una desventaja para las personas que viven en esa región.
Algo similar ocurre con las personas de Punta Arenas, quienes tienen que viajar a Santiago para realizar esos trámites.
Al eliminar la letra e) del mencionado artículo 14, todas las regiones quedarán en igualdad de condiciones.
He dicho.
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Issa Kort .
El señor KORT.-
Señor Presidente, por su intermedio saludo y felicito a los autores del proyecto de ley.
Señor Presidente, coincido con lo que señaló el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, en el sentido de que mediante la iniciativa se intenta democratizar el trato a las regiones.
El decreto con fuerza de ley N° 5.200 se dictó en 1929 porque ese mismo año se creó la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (Dibam), institución que hoy forma parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Junto con anunciar nuestro voto a favor porque este cambio administrativo permitirá tener más tiempo los documentos en la región de origen, invito a reflexionar respecto de cuál es el mejor sistema que el Estado debe utilizar para la conservación de esos documentos. Lo planteo porque tenemos una cantidad invaluable de tecnología disponible, como el escaneo de documentos, con el fin de tenerlos en línea, en lugar de que los documentos físicos estén en cada región, lo que permitiría su disponibilidad no solo con fines judiciales, sino también para la investigación histórica o social. La heurística y la hermenéutica se basan justamente en la disponibilidad de las fuentes.
Reitero mi voto afirmativo al proyecto, pero dejo planteada la reflexión para que elaboremos una norma que permita actualizar el sistema de archivos de los documentos que emanen del Estado y de los privados, de manera de contar con un sistema digital de archivos disponible en todo el país.
He dicho.
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Vlado Mirosevic .
El señor MIROSEVIC.-
Señor Presidente, los ciudadanos de las regiones extremas sufren una discriminación al momento de solicitar este tipo documentos, quizás fundada en la historia, pero que hoy no tiene sentido. Esto no le ocurre a los habitantes del resto de las regiones, quienes obtienen rápidamente la documentación que necesitan sin tener que viajar a otras regiones o a Santiago.
Por lo anterior, felicito al diputado Luis Rocafull , autor de la iniciativa, quien nos invitó a suscribirla, la que apoyaré con mucho entusiasmo.
He dicho.
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Andrés Celis .
El señor CELIS (don Andrés).-
Señor Presidente, el decreto con fuerza de ley No 5.200 data de 1929. Su principal objetivo en ese entonces fue la coordinación, armonía y concordancia entre archivos, museos y bibliotecas del país.
La idea con que se dictó el decreto fue que dichos organismos cooperaran con la cultura y la enseñanza, para lo cual debían remitir sus documentos, colecciones, resultados de investigaciones, etcétera, con el objeto de que pudieran estar al alcance de todos, para lo cual debe remitirse una serie de documentos al Archivo Nacional.
Sin embargo, existe una discriminación respecto de las provincias de Tarapacá y Antofagasta, y de los territorios de Aysén y Magallanes -de acuerdo con la denominación que les entrega el citado decreto con fuerza de ley-, que deben enviar los documentos que tienen una antigüedad de treinta años, a diferencia de lo que sucede con el resto de las regiones, las que deben enviarlos cuando tienen una antigüedad de ochenta años.
Esta distinción hoy no encuentra una explicación lógica, aunque quizás las circunstancias del establecimiento de la ley sí lo justificaban al ser las zonas extremas poco pobladas, incomunicadas, con conflictos latentes en el caso de las ubicadas en el norte del país, por lo que hacían del todo razonable enviar los documentos en un menor plazo para su mejor custodia, ya que se pensaba que en Santiago los cuidados de los documentos serían mejores.
Me parece imprescindible comenzar con estos pequeños, pero notorios, cambios legislativos para terminar, de una vez por todas, con las distinciones y las diferencias que existen hacia las regiones, sobre todo las zonas extremas del país.
Vivimos en un país largo y angosto en el que todo se suele centralizar en la Región Metropolitana, donde existen todos los servicios, a diferencia de lo que ocurre en el resto del país.
Tal como lo ha expresado nuestro Presidente, debemos propender a un equilibrio en la ocupación del territorio nacional y potenciar el desarrollo de todas nuestras regiones y comunas; por esa razón, se deben fortalecer los gobiernos regionales y comunales, transfiriendo funciones, atribuciones y recursos. Por ello, el envío de documentos en el mismo plazo que el resto de las regiones parece ser un paso importante en esta materia.
En razón de lo anterior, anuncio mi voto favorable al proyecto, pero sin dejar de mencionar que debemos avanzar en la modernización de la custodia de nuestros documentos. En ese sentido, debemos llegar a su total digitalización y no continuar con el envío de papeles, sobre todo si consideramos que hoy es mucho más fácil el acceso a internet, al que ciudadanos de todas las regiones acceden por igual.
He dicho.
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Alejandro Bernales .
El señor BERNALES.-
Señor Presidente, he solicitado intervenir porque este tema toca nuevamente la descentralización del país y el regionalismo.
El decreto con fuerza de ley N° 5200, de 1929, establece un plazo diferenciado y menor para el ingreso de determinados documentos al Archivo Nacional a las cinco regiones extremas del país, tanto del norte como del sur.
Las razones que explican la aprobación de este decreto, en el caso de la zona norte, son el Tratado de Lima, que fijó la línea de la Concordia como la frontera entre Chile y Perú , y la crisis latente del salitre, que llevó a considerar esa zona como de alto conflicto.
En el caso de las regiones del sur, su escasa población y el que contaran con pocos servicios públicos hacía importante traer los archivos a la zona centro del país.
Dicho eso, estoy a favor de que la gente de las regiones de Arica y Parinacota y de Magallanes tengan los mismos beneficios que la del resto del país: ochenta años para trasladar documentos públicos y privados al Archivo Nacional. Asimismo, es importante decir que existen dos archivos regionales: uno en La Araucanía y otro en Tarapacá.
De acuerdo a lo informado en la comisión por la señora Emma de Ramón , directora y conservadora del Archivo Nacional, este posee 8 millones de documentos y el número seguirá aumentando. La creación de Archivos Regionales en todo el país es un proceso que demorará varios años. Sin perjuicio de ello, a los conservadores regionales no se les delegó la facultad de firmar los documentos, por lo que deben enviarse a Santiago para la firma correspondiente.
Es necesario modificar esta disposición y como Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones oficiamos en tal sentido al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Es bueno tomar conciencia de eso para avanzar en la descentralización de nuestro país.
He dicho.
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Nino Baltolu .
El señor BALTOLU.-
Señor Presidente, la materia que trata este proyecto de ley es inexplicable en un país moderno.
Durante años se ha pedido que se envíen desde Santiago y se mantengan en la región todos los documentos que pertenecen a nuestra región relativos a propiedades, hipotecas, gravámenes, prohibiciones, interdicciones, prendas, agua, agregados a planos, etcétera. Ha llegado la hora de que la Región de Arica y Parinacota se libre de esta traba que tenía nuestra comunidad.
Solicito a todos los diputados que nos apoyen en esta gestión y aprueben este proyecto de ley para que la Región de Arica y Parinacota tenga la potestad de guardar sus propios archivos, porque sabemos del costo que significa para muchas personas viajar a Iquique a realizar estos trámites.
Es más, como estos archivos están en la Universidad Arturo Prat de Iquique, hemos debido esperar que finalicen los paros de actividades y las tomas para poder realizar estos trámites.
Por lo tanto, pido a los parlamentarios que por dignidad regional nos apoyen en este proyecto que permitirá contar con un archivo regional en Arica. No hay ninguna razón legal para no hacerlo.
He dicho.
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el decreto con fuerza de ley N° 5.200, de 1929, del Ministerio de Educación Pública, para eliminar el plazo diferenciado que se exige en algunas regiones del país para el ingreso de documentos al Archivo Nacional.
Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 123 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alarcón Rojas, Florcita ; Alessandri Vergara, Jorge ; Álvarez Vera, Jenny ; Amar Mancilla, Sandra ; Ascencio Mansilla, Gabriel ; Auth Stewart, Pepe ; Baltolu Rasera, Nino ; Barros Montero, Ramón ; Berger Fett, Bernardo ; Bernales Maldonado, Alejandro ; Bianchi Retamales, Karim ; Bobadilla Muñoz, Sergio ; Boric Font, Gabriel ; Brito Hasbún, Jorge ; Calisto Águila , Miguel Ángel ; Carter Fernández, Álvaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castillo Muñoz, Natalia ; Castro Bascuñán, José Miguel ; Castro González, Juan Luis ; Celis Montt, Andrés ; Cicardini Milla, Daniella ; Cid Versalovic, Sofía ; Coloma Álamos, Juan Antonio ; Crispi Serrano, Miguel ; Cruz-Coke Carvallo, Luciano ; Del Real Mihovilovic, Catalina ; Desbordes Jiménez, Mario ; Díaz Díaz, Marcelo ; Durán Espinoza, Jorge ; Durán Salinas, Eduardo ; Eguiguren Correa, Francisco ; Flores García, Iván ; Flores Oporto, Camila ; Gahona Salazar, Sergio ; Galleguillos Castillo, Ramón ; Garín González, Renato ; González Gatica, Félix ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hertz Cádiz, Carmen ; Hirsch Goldschmidt, Tomás ; Hoffmann Opazo , María José ; Ibáñez Cotroneo, Diego ; Ilabaca Cerda, Marcos ; Jackson Drago, Giorgio ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiles Moreno, Pamela ; Jürgensen Rundshagen, Harry ; Kast Sommerhoff, Pablo ; Keitel Bianchi, Sebastián ; Kort Garriga, Issa ; Kuschel Silva, Carlos ; Labra Sepúlveda , Amaro ; Lavín León, Joaquín ; Leiva Carvajal, Raúl ; Longton Herrera, Andrés ; Lorenzini Basso, Pablo ; Luck Urban, Karin ; Macaya Danús, Javier ; Marzán Pinto, Carolina ; Melero Abaroa, Patricio ; Mellado Pino, Cosme ; Mellado Suazo, Miguel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Monsalve Benavides, Manuel ; Moreira Barros, Cristhian ; Mulet Martínez, Jaime ; Muñoz González, Francesca ; Naranjo Ortiz, Jaime ; Noman Garrido, Nicolás ; Norambuena Farías, Iván ; Nuyado Ancapichún, Emilia ; Olivera De La Fuente, Erika ; Orsini Pascal, Maite ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Ossandón Irarrázabal, Ximena ; Pardo Sáinz, Luis ; Parra Sauterel, Andrea ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pérez Olea, Joanna ; Pérez Salinas, Catalina ; Prieto Lorca, Pablo ; Ramírez Diez, Guillermo ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rentería Moller, Rolando ; Rey Martínez, Hugo ; Rocafull López, Luis ; Rojas Valderrama, Camila ; Romero Sáez, Leonidas ; Rosas Barrientos, Patricio ; Saavedra Chandía, Gastón ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sanhueza Dueñas, Gustavo ; Santana Castillo, Juan ; Sauerbaum Muñoz, Frank ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Mardones, Raúl ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Tohá González, Jaime ; Torrealba Alvarado, Sebastián ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Troncoso Hellman, Virginia ; Undurraga Gazitúa, Francisco ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Urruticoechea Ríos , Cristóbal ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Velásquez Núñez, Esteban ; Velásquez Seguel, Pedro ; Venegas Cárdenas, Mario ; Vidal Rojas, Pablo ; Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ; Walker Prieto, Matías ; Winter Etcheberry, Gonzalo ; Yeomans Araya, Gael .
-Se abstuvo el diputado señor Schilling Rodríguez , Marcelo .
El señor VENEGAS (Vicepresidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto al Senado.
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