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    • rdf:value = " DISPOSICIÓN DE DESFIBRILADORES EXTERNOS AUTOMÁTICOS PORTÁTILES EN ESTABLECIMIENTOS Y RECINTOS QUE INDICA (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9014-03) La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que establece la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles en los establecimientos y recintos que indica. Diputado informante de la Comisión de Salud es el señor Ricardo Celis . Antecedentes: -Segundo informe de la Comisión de Salud, sesión 103ª de la presente legislatura, en 20 de noviembre de 2018. Documentos de la Cuenta N° 13. La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- En reemplazo del diputado Ricardo Celis , rinde el informe de la Comisión de Salud la diputada Érika Olivera . La señora OLIVERA, doña Érika (de pie).- Señora Presidenta, en nombre de la Comisión de Salud, paso informar sobre el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y reglamentario, que establece la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles en los establecimientos y recintos que indica, iniciado en moción de los senadores Francisco Chahuán y Guido Girardi , y de los entonces senadores Fulvio Rossi y Gonzalo Uriarte . La Cámara de Diputados, en su sesión ordinaria celebrada el 9 de octubre de 2018, aprobó en general el proyecto de ley. De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 130 del Reglamento de la Corporación, el proyecto de ley con las indicaciones cursadas durante su tramitación fue estudiado por la comisión para la elaboración de un segundo informe. A continuación y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Reglamento de la Corporación, procederé a dejar constancia de lo obrado por la comisión. Modificaciones introducidas en el segundo trámite reglamentario El artículo único del texto aprobado en primer informe fue modificado, atendido que se aprobaron las siguientes cuatro indicaciones: 1)Se eliminó en su inciso primero el vocablo “dos”. De esta manera, se aumenta la cobertura para la instalación de desfibriladores en los establecimientos comerciales y demás entidades que indica la norma (terminales de buses, puertos, aeropuertos y recintos de tipo deportivo) cuando estos tengan una capacidad igual o superior a 1.000 personas. La norma aprobada en el primer informe y en el Senado hacía obligatoria la instalación de desfibriladores cuando el recinto referido tuviera una capacidad superior a 2.000 personas. Con la indicación, la obligación se establece para recintos con capacidad para 1.000 personas, en atención a que los distintos análisis indican que el uso de desfibriladores automáticos instalados en lugares de alta concurrencia de personas ha mostrado resultados positivos, que oscilan entre el 25 y el 30 por ciento y hasta el 60 por ciento de efectividad, teniendo presente que un minuto de retraso en la atención disminuye entre 7 y 10 por ciento la posibilidad de recuperación de la persona. En tal sentido, el objetivo es lograr implementar su instalación en lugares con gran asistencia de público, como los grandes centros comerciales o los aeropuertos. El ministro de Salud hizo presente que la capacidad de rescate de los SAMU se ve fortalecida en la medida en que puedan contar con colaboración adicional en los lugares a que deban concurrir, pero todo ello debe ir unido a capacitación. Al respecto, el ministro recalcó que en las licitaciones para la adquisición de desfibriladores generalmente se incluye el requisito de la capacitación. 2)Se eliminó, en su inciso primero, la frase “las ambulancias básicas;”. Se argumentó que solo las ambulancias de mayor complejidad debiesen contar con este tipo de equipamiento. 3)Se sustituyó, en su inciso primero, la frase “los hoteles con capacidad superior o igual a cincuenta habitaciones” por la siguiente: “los hoteles, moteles, hostales y residenciales con capacidad superior o igual a veinte habitaciones”. La autora de la indicación hizo presente la necesidad de aprobar una norma como esta, atendida la ocurrencia e incidencia de situaciones de este tipo en dichos establecimientos. 4)Se reemplazó su inciso final por el siguiente: “El Ministerio de Salud, a través de los recursos aprobados en la Ley de Presupuestos de cada año, adquirirá o renovará equipos clínicos denominados desfibriladores. Un reglamento del Ministerio de Salud se referirá a los cursos, planes y programas que permitan la mejor capacitación para el correcto uso de ese tipo de aparatos en los establecimientos señalados en esta ley.”. El ministro de Salud, señor Santelices , estimó adecuada la forma de plantear la responsabilidad del ministerio en el tema. Es todo cuanto puedo informar. He dicho. La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas . El señor ROSAS.- Señora Presidenta, este proyecto tendrá un efecto positivo para aquella parte de la población que cae indefensa en la calle producto de una fibrilación ventricular. Hasta hoy, en el país no hemos implementado una solución ni hemos hecho un aporte para ello. Los desfibriladores externos automáticos son aparatos que prácticamente se aprenden a usar de igual manera que un celular; incluso, su operación es más fácil, pues hacen el diagnóstico automáticamente. Las personas son fácilmente entrenables para usarlos. Las paletas del desfibrilador se ponen en el pecho del paciente que cae desmayado, y el mismo aparato, mediante una voz, indica qué debe ir haciendo la persona que lo está operando. En países desarrollados se han implementado los desfibriladores externos automáticos portátiles desde hace mucho tiempo y con muy buenos resultados: entre 20 y 40 por ciento de recuperación de los pacientes que caen en la vía pública y que sufren un paro cardiorrespiratorio. ¿Qué es un paro cardiorrespiratorio? Que la persona tiene una fibrilación ventricular o una taquicardia ventricular, esto es, que su corazón tiene actividad eléctrica, pero no es eficiente. Ante ello, lo que hace el desfibrilador externo automático es aplicar una descarga adecuada para que el corazón retome su ritmo normal. Como señalé, el 20 por ciento de los casos de paros cardiorrespiratorios ocurren en la vía pública, sobre todo en lugares públicos de alta afluencia. Por eso es tan importante que los desfibriladores estén destinados a lugares como estadios, malls, escuelas, es decir, a lugares donde hay muchas personas. El entrenamiento es parte de esta estrategia. Así quedó explicitado en el proyecto de ley: los entrenamientos a la población, a los niños y en las escuelas es parte de la bajada de esta política nacional. Esta política será progresiva, porque ningún país puede implementarla en un día o en un año. El entrenamiento de la población también va a ser progresivo. Así como en aquellos lugares donde hay ríos y lagos es normal que todos los niños deban aprender a nadar, en este caso todas las personas, niños y adultos, debemos aprender a utilizar los desfibriladores, porque podemos salvarle la vida a otro. Es la expresión de la solidaridad que debemos tener como seres humanos y como ciudadanos respecto de una persona que se desmaya en la vía pública. Por eso, también es importante que se asuma una tercera parte en esta política: cómo establecer un sistema de ubicación satelital o georreferencial para conocer los puntos en los que se dispone de desfibriladores externos automáticos. Ese es un tercer paso que también tiene que dar el sistema público y, sobre todo, el sistema sanitario. He dicho. La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado Ramón Barros . El señor BARROS.- Señora Presidenta, primero, quiero felicitar a los autores del proyecto. Hoy termina la tramitación de esta iniciativa -espero que sea con una aprobación unánime-, que consiste en establecer la obligación de contar con elementos de uso médico, como son los desfibriladores externos automáticos portátiles, que permitan tratar rápidamente paros cardiorrespiratorios en establecimientos como centros comerciales, aeropuertos, centros deportivos, etcétera, todos con gran afluencia de público. Sin duda, el proyecto de ley constituye un avance y una medida sanitaria importante. Por ello, se recomienda su aprobación y espero que sea unánime. De acuerdo con las cifras de la Organización Mundial de la Salud, el 27 por ciento de las muertes en Chile se debe a enfermedades cardíacas, de las cuales existe un número desconocido que se produce por muerte súbita, cuya principal causa resulta ser precisamente la fibrilación ventricular. En la experiencia internacional destaca el caso de los estadios de fútbol. Conocido es lo que ocurrió en España, donde la Liga de Fútbol Profesional, luego de la muerte en la cancha del jugador del Sevilla Antonio Puerta , en agosto de 2007, obligó a los clubes a contar con desfibriladores en los estadios mientras se jugaran los partidos. Esto ayudó a salvar la vida de Miguel García , quien en 2010 defendía la camiseta del Salamanca. O sea, una política pública implementada en aquel país trajo consecuencias rápidamente respecto de los actores dentro de un estadio, cuando un jugador sufrió un paro cardíaco en pleno partido de fútbol. La Comisión de Salud modificó básicamente dos aspectos: primero, se incorporó dentro de las obligaciones de los establecimientos de salud la posibilidad de incluir contenidos tendientes al uso de los desfibriladores y, en general, de primeros auxilios, y segundo, se modificaron los plazos para la entrada en vigencia y la dictación del reglamento, haciendo la diferencia entre estos dos aspectos. En consecuencia, votaremos a favor este proyecto, pues si bien parece una iniciativa sencilla, es muy potente en sus efectos. Espero que sea aprobado por unanimidad, con el objeto que hoy culmine su tramitación legislativa y se transforme en ley de la república en el más corto plazo. He dicho. El señor VENEGAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Javier Hernández . El señor HERNÁNDEZ.- Señora Presidenta, el proyecto de ley en discusión, que establece la obligación de disponer de desfibriladores automáticos portátiles en los establecimientos comerciales y los recintos que indica, constituye un aporte significativo para enfrentar oportunamente situaciones de emergencia que puedan experimentar las personas producto de un ritmo cardiaco anormal y rápido, propio de una fibrilación ventricular. Las enfermedades cardiovasculares son patologías muy frecuentes entre los chilenos y las chilenas. En efecto, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, las afecciones de esta naturaleza son la causa del 27 por ciento de los fallecimientos que se producen en nuestro país. Por lo tanto, es una realidad que requiere de especial atención en los diferentes ámbitos de la vida cotidiana de las personas, particularmente en aquellos lugares en que las emergencias de este tipo requieren una reacción rápida para aplicar el tratamiento y ayudar a las personas a revertir un problema cardiaco como el que trata el proyecto en discusión. La utilidad de estos dispositivos pareciera ser significativa. De acuerdo con la información proporcionada por el Ministerio de Salud, los desfibriladores automáticos instalados en lugares de alta concurrencia muestran hasta 60 por ciento de efectividad, porcentaje que no es menor si se considera que, ante emergencias de este tipo, actuar en el menor tiempo posible es fundamental para revertir la situación, lo cual, en definitiva, refleja que el trabajo de dichos dispositivos podría aumentar las probabilidades de recuperación en caso de una fibrilación ventricular. He dicho. El señor VENEGAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Jaime Bellolio . El señor BELLOLIO.- Señor Presidente, en la Comisión de Salud, instancia en la que se trató este proyecto, se generaron algunas dudas, sobre la base de la evidencia existente, respecto de si los desfibriladores externos servían o no, en qué momento se debían utilizar y cuántos aparatos de este tipo debía haber. La respuesta a esas interrogantes no es obvia, porque, de lo contrario, si fuera lo mejor que se pudiera utilizar, tendría que haber un desfibrilador externo en todas partes, por ejemplo, en cada sala de clases. O sea, las preguntas respecto de dónde debían estar y de cuántos debía haber eran fundamentales. Al respecto, la evidencia es bastante contundente para decir que en lugares con alto tránsito la probabilidad de ocuparlos para salvar la vida a una persona es muy alta, si por lo menos se ocupa una vez cada cuatro años. En esas circunstancias ya se “paga” la inversión, que es como se calculan las materias de seguridad en el ámbito de la salud. Varios colegas han señalado distintos casos en que los desfibriladores externos automáticos portátiles han sido relevantes para salvar la vida a las personas. La duda que tienen algunos es qué pasa si las personas no saben cómo se usan. La ventaja que tienen los aparatos semiautomáticos actuales es que indican exactamente lo que se debe hacer, y en la comisión de Salud se puso en operación uno de ellos para efectuar una demostración, aunque por supuesto que no se hizo el accionar completo, porque significaba romper algunas de sus piezas empaquetadas. Además, desde el punto de vista de la seguridad, un desfibrilador automático nunca produce una descarga eléctrica a menos que sea estrictamente necesario. Es decir, no se puede dar una descarga a una persona que no necesite que se le haga fibrilación. El mismo aparato capta cuánta energía es la necesaria. Obviamente, son distintas fases, porque si la primera no resulta, luego viene una segunda y posteriormente una tercera. Por lo tanto, tal como señaló el diputado Barros , parece una iniciativa sencilla, y efectivamente lo es, pero que es necesaria para salvar la vida de muchas personas. Otro ámbito a considerar es que se requiere impartir instrucción a la ciudadanía respecto de cómo se deben utilizar estos aparatos en casos de emergencias, especialmente en las escuelas, y también se necesitan mayores aportes para las juntas de vecinos y organizaciones sociales que en distintas partes del país no solo se han capacitado en materia de urgencias, sino que en algunos casos han adquirido sus propios desfibriladores externos, con los que han podido salvar la vida de personas en comunidades que se encuentran más alejadas del centro de las ciudades, puesto que la demora de la llegada de una ambulancia o la tardanza de un traslado hacia un centro médico son vitales, ya que la primera respuesta es fundamental. En consecuencia, celebro el proyecto de ley y anunció que concurriré a su aprobación. He dicho. La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- Tiene la palabra la diputada Karol Cariola . La señorita CARIOLA (doña Karol) .- Señora Presidenta, si bien ya vimos esta discusión en un primer informe, introdujimos algunas modificaciones a sugerencia del diputado Undurraga , quien incorporó elementos que, sin duda, significará una mejoría en el desarrollo y en la implementación de lo que propone este proyecto. Primero, valoro que la iniciativa se haya iniciado en moción, pues nos cuesta muchísimo sacar adelante mociones para transformarlas en ley de la república. Además, valoro que parte de la discusión generada también la tuvimos con el ministro de Salud, quien asumió el compromiso de buscar los mecanismos e, incluso, las formas de financiamiento para llevar adelante la implementación efectiva de esta iniciativa en los espacios donde se requiera. Me refiero principalmente a los lugares relacionados con espacios públicos estatales, como las escuelas y otros. En relación con los espacios privados, hemos solicitado que las instalaciones privadas a las cuales se les exigirá esta implementación lo hagan en el más breve plazo, porque, como indicaron los demás colegas, es una medida de prevención y de seguridad que estamos adoptando. De la misma forma que en algún momento se exigió que los automóviles o los espacios públicos con determinada cantidad de personas tuvieran dentro de sus disposiciones públicas extintores para prevenir y ser una contribución en casos de incendios, que ponen en riesgo la vida de las personas, sobre todo en espacios donde hay mayor confluencia de público. En este caso, tenemos la posibilidad de salvar la vida de personas. Todos sabemos que esta no es una situación aislada. Cuando ocurre un paro cardiorrespiratorio, muchas veces se dan situaciones imprevistas y en los momentos menos esperados. Es muy probable que una persona sufra un paro cardiorrespiratorio. Si en ese momento están las condiciones adecuadas, se puede salvar la vida de esa persona; en cambio, si no se dan esas condiciones, ella puede morir. Por lo tanto, si bien estamos hablando de una medida que pareciera ser muy simple, como manifestó el diputado Bellolio , puede salvar vidas. Como indicó el propio ministro de Salud, no se trata de una medida de un alto costo y no va a desangrar a ninguna empresa o institución que ponga a disposición del público un desfibrilador automático, que puede ser utilizado por cualquier persona gracias a instrucciones bastante claras y básicas. Estamos convencidos de que la discusión que dimos tiene relación con que la educación en salud también es una necesidad. Por eso, valoro nuevamente una de las indicaciones que incorporamos respecto de la necesidad de desarrollar procesos educativos de formación y capacitación en los propios colegios, por ejemplo, para dar uso a esta medida y destacar la importancia que tiene. Parte de las exposiciones afirmaban que en otras oportunidades ha ocurrido que, cuando se implementa este tipo de instrumentos, muchas veces los dañan o los roban cuando están en espacios muy accesibles. Parte de aquello y de prevenir esa situación tiene que ver con educar, con hacer conciencia, en cuanto a que cualquiera le puede pasar lo que estamos describiendo: sufrir un paro cardiorrespiratorio, supuesto en el cual la única posibilidad real de salvar su vida es mediante una reacción inmediata, en tanto se cuente con los instrumentos necesarios y la accesibilidad a ellos sea expedita. En el transcurso del tratamiento de este proyecto presentamos una indicación para que los desfibriladores estén instalados en espacios que sean accesibles, para que no estén escondidos o detrás de una estantería donde, finalmente, la accesibilidad de ellos se vea imposibilitada por razones prácticas. Por lo tanto, señor Presidente, anuncio que respaldaré el proyecto de ley, y espero que la Sala -así lo solicito- dé una señal en el mismo sentido mediante la aprobación por unanimidad de esta iniciativa, que tiene su origen en una moción parlamentaria. Ojalá que la implementación de la medida se haga efectiva en el plazo más breve posible y que no quede solo en una obligación determinada por nosotros. La Cámara de Diputados, como institución, debería dar el ejemplo y ser una de las primeras en implementarla. Espero que aprobemos el proyecto, que, sin lugar a dudas, es transversal y concita gran apoyo. La futura ley conlleva la posibilidad de que, una vez implementada y en ejecución, nos permita tener más oportunidades de salvar la vida de muchas personas que se ven enfrentadas a una emergencia que pone en riesgo su sobrevivencia. He dicho. La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado Matías Walker . El señor WALKER.- Señora Presidenta, adhiero completamente al proyecto de ley, pues contar con desfibriladores de acceso público, como propone el proyecto, en centros comerciales, hoteles y recintos educacionales es muy importante y puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte de una persona. El diputado Ramón Barros tiene razón al recordarnos cómo, incluso a nivel profesional, han fallecido deportistas a consecuencia de una paro cardiorrespiratorio o por muerte súbita, por condiciones congénitas, como una miocardiopatía hipertrófica, que puede provocar una obstrucción del tracto de salida de la sangre al resto del cuerpo y, con ello, la muerte súbita. Contar con desfibriladores puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte incluso para deportistas de alto rendimiento. Ocurrió hace algunos años en España; le ocurrió a un jugador de fútbol camerunés mientras jugaba por su selección. Ha habido otros casos, incluso muy seguidos en el tiempo. Esta iniciativa es un primer paso, por lo que, sin duda, la aprobaremos. Tal como hicimos en materia de infraestructura básica inclusiva para personas en situación de discapacidad, para lo cual tuvimos que modificar la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza de Urbanismo y Construcciones, ahora podemos hacer algo similar para que, respecto de ciertas edificaciones y recintos deportivos y construidos con el apoyo del Instituto Nacional de Deportes (IND), que cuenten con las certificaciones sanitarias que correspondan, la Ley General de Urbanismo y Construcciones exija que haya desfibriladores, sobre todo para atender a niños y adolescentes, porque muchas veces las enfermedades cardíacas se manifiestan cuando los niños o adolescentes están creciendo. ¡Para qué mencionar la necesidad de avanzar en prevención! Esta es una medida. También sería importante incorporar en los planes de salud la realización de electrocardiogramas en todos los recintos educacionales, porque hay niños que han fallecido en clases de educación física por no contar con estos dispositivos. De ahí la importancia de que en este proyecto se incorporen los recintos educacionales, así como los recintos deportivos que no son educacionales, en los cuales niños, adolescentes y jóvenes practican deportes. Muchas veces estas patologías ni siquiera son advertidas por los electrocardiogramas, por lo cual se requiere el apoyo con ecocardiogramas, que necesitan una infraestructura mayor para funcionar, generalmente presente en recintos hospitalarios, rara vez en los centros de salud familiar (cesfam), en la atención primaria de salud. Por ello, dado que estas patologías no siempre se pueden detectar a tiempo, pues no forman parte de los planes de prevención general de la atención primaria del Ministerio de Salud, es muy importante que todos los recintos de acceso público, sobre todo donde se practiquen deportes de alta intensidad, puedan contar con desfibriladores. Sin duda, el proyecto es un primer paso en esa dirección, así es que lo votaremos a favor. He dicho. La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag . El señor SABAG.- Señora Presidenta, una persona muere cada hora a causa de uno o más infartos, que es la principal causa de muerte en nuestro país. Por esa razón, creemos que la implementación de esta iniciativa, particularmente simple, puede producir gran impacto en la protección de la vida de las personas, ya que el desfibrilador, al enviar un impulso de electricidad al pecho de las personas, puede salvarlas de morir a causa de un infarto. Además, puede corregir episodios de arritmia. Por ende, considero que el proyecto es particularmente importante. Por lo general, se dice que los proyectos de resolución no sirven para nada, que son como una carta al Viejo Pascuero ; pero no es así, y esto es un ejemplo de ello. Hace varios años, junto con otros parlamentarios, presentamos un proyecto de resolución para pedir que en las bases de licitación de las concesiones se exigiera contar con un desfibrilador en aeropuertos, autopistas, etcétera. Este proyecto avanza más allá, pues incluye también los establecimientos educacionales y cualquier otro recinto capaz de recibir gran afluencia de público. La iniciativa considera esta obligación para todos los establecimientos con alta presencia de público, como terminales de buses, puertos, aeropuertos, estaciones de trenes subterráneos y de superficie; recintos deportivos, gimnasios, así como establecimientos educacionales, desde el nivel básico al superior, para prevenir lo que mencionó el diputado Walker -se trata de una situación que ha pasado en varios establecimientos educacionales del país, públicos y privados-, esto es, que jóvenes durante sus clases de educación física sufran un infarto, por lo cual deban ser trasladados a un recinto asistencial, con lo cual se pierde tiempo valioso que pasa sin que el afectado reciba el impulso eléctrico que puede salvarle la vida. Asimismo, considera la instalación de desfibriladores en casinos de juego, hoteles, centros de eventos, de convenciones y ferias, en centros de atención de salud, cines, teatros y parques de diversión. La Comisión de Salud redujo de dos mil a mil la cantidad mínima de personas presentes en determinados establecimientos para hacer exigible el desfibrilador, eliminó la mención a las ambulancias básicas e incorporó los hoteles con más de veinte habitaciones, ya que originalmente se consideraban aquellos que tuvieran al menos cincuenta habitaciones. También se establecen las multas, que van de 0,1 a 1.000 UTM, y la sanción puede llegar hasta la clausura del establecimiento infractor, sin perjuicio de lo que establezca el correspondiente reglamento. Existe otro aspecto que debería ser abordado, aunque demore la tramitación del proyecto. Los desfibriladores tienen un costo que va desde 40.000 a 200.000 pesos. Evidentemente, no todos los establecimientos indicados tienen la capacidad económica para comprarlos en un plazo próximo, y tampoco se dice nada sobre la capacitación de las personas para su correcto uso, ya que no se trata de un instrumento inocuo. Lamentablemente, esas ideas no se recogieron en la discusión particular, pero creo que debemos avanzar en la seguridad de las personas. Algunos parlamentarios presentamos en mayo de este año el proyecto de resolución N° 95, mediante el cual solicitamos al Ministerio de Vivienda y Urbanismo incluir un extintor como parte del equipamiento de las viviendas sociales. Pasa el tiempo y cada vez se hace más necesario. La semana pasada, en la comuna de Quirihue, murieron calcinados seis miembros de una familia, entre ellos tres niños, debido a un incendio voraz que en diez minutos consumió toda su vivienda. Cuando llegaron los bomberos, las personas ya habían fallecido. En consecuencia, insistiremos en el objeto de ese proyecto de resolución, que esperamos se transforme en un proyecto de ley -lo hemos conversado con el ministro de Vivienda y Urbanismo-, con el objeto de que todas las viviendas sociales cuenten con un extintor, así como queremos que todos los recintos públicos tengan un desfibrilador, para salvar muchas vidas. He dicho. La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos: La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- Corresponde votar en particular el proyecto de ley, iniciado en moción, que establece la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles en los establecimientos y recintos que indica. En votación el texto propuesto por la Comisión de Salud en su segundo informe. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 118 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Alarcón Rojas, Florcita ; Alessandri Vergara, Jorge ; Álvarez Ramírez, Sebastián ; Amar Mancilla, Sandra ; Ascencio Mansilla, Gabriel ; Auth Stewart, Pepe ; Baltolu Rasera, Nino ; Barrera Moreno, Boris ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Bernales Maldonado, Alejandro ; Bobadilla Muñoz, Sergio ; Boric Font, Gabriel ; Brito Hasbún, Jorge ; Cariola Oliva, Karol ; Carter Fernández, Álvaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castillo Muñoz, Natalia ; Castro Bascuñán, José Miguel ; Castro González, Juan Luis ; Cicardini Milla, Daniella ; Cid Versalovic, Sofía ; Coloma Álamos, Juan Antonio ; Crispi Serrano, Miguel ; Cruz-Coke Carvallo, Luciano ; Del Real Mihovilovic, Catalina ; Desbordes Jiménez, Mario ; Díaz Díaz, Marcelo ; Durán Salinas, Eduardo ; Eguiguren Correa, Francisco ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Fernández Allende, Maya ; Flores Oporto, Camila ; Fuenzalida Cobo, Juan ; Gahona Salazar, Sergio ; Galleguillos Castillo, Ramón ; Garín González, Renato ; Girardi Lavín, Cristina ; González Gatica, Félix ; González Torres, Rodrigo ; Hernández Hernández, Javier ; Hertz Cádiz, Carmen ; Hirsch Goldschmidt, Tomás ; Hoffmann Opazo , María José ; Ibáñez Cotroneo, Diego ; Ilabaca Cerda, Marcos ; Jackson Drago, Giorgio ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jürgensen Rundshagen, Harry ; Kast Sommerhoff, Pablo ; Keitel Bianchi, Sebastián ; Kort Garriga, Issa ; Kuschel Silva, Carlos ; Labra Sepúlveda , Amaro ; Leiva Carvajal, Raúl ; Leuquén Uribe, Aracely ; Longton Herrera, Andrés ; Luck Urban, Karin ; Macaya Danús, Javier ; Matta Aragay, Manuel ; Melero Abaroa, Patricio ; Mellado Pino, Cosme ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Magofke, Andrés ; Morales Muñoz, Celso ; Moreira Barros, Cristhian ; Mulet Martínez, Jaime ; Muñoz González, Francesca ; Naranjo Ortiz, Jaime ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Nuyado Ancapichún, Emilia ; Olivera De La Fuente, Erika ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pardo Sáinz, Luis ; Parra Sauterel, Andrea ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pérez Olea, Joanna ; Pérez Salinas, Catalina ; Prieto Lorca, Pablo ; Ramírez Diez, Guillermo ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rentería Moller, Rolando ; Rey Martínez, Hugo ; Romero Sáez, Leonidas ; Rosas Barrientos , Patricio ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saldívar Auger, Raúl ; Sanhueza Dueñas, Gustavo ; Santana Castillo, Juan ; Santana Tirachini, Alejandro ; Santibáñez Novoa, Marisela ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes , Alejandra ; Sepúlveda Soto, Alexis ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Mardones, Raúl ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Tohá González, Jaime ; Torrealba Alvarado, Sebastián ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Troncoso Hellman, Virginia ; Undurraga Gazitúa, Francisco ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Urruticoechea Ríos , Cristóbal ; Vallejo Dowling, Camila ; Velásquez Núñez, Esteban ; Velásquez Seguel, Pedro ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdessi Belemmi, Daniel ; Vidal Rojas, Pablo ; Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ; Walker Prieto, Matías ; Winter Etcheberry, Gonzalo ; Yeomans Araya, Gael . La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta).- Despachado el proyecto al Senado. "
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