-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/687445/seccion/akn687445-po1-ds41-ds47
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/864
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4530
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/864
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/687445/seccion/akn687445-po1-ds41
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/687445
- rdf:value = "
El señor FLORES, don Iván (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Prieto .
El señor PRIETO.-
Señor Presidente, nos encontramos discutiendo el proyecto de ley que establece el derecho a la atención preferente para personas de la tercera edad y discapacitados.
Considero que esta iniciativa generada en el Senado es un acierto, porque busca una mejor distribución de los recursos, otorgando beneficios a aquellas personas que más lo necesitan, dado que, como sabemos, normalmente las personas que se encuentran más expuestas a problemas de salud son aquellas que protege este proyecto de ley.
Por otro lado, es de conocimiento público que en la actualidad existe un colapso en los sistemas de salud de nuestro país. Por lo tanto, privilegiar a quienes más lo necesitan es, desde todo punto de vista, necesario, sobre todo ahora que se acerca el invierno.
Durante la semana distrital estuve recorriendo varios centros de salud familiar (cesfam) de la comuna de Talca. El colapso es total. Alrededor de 250 personas esperan desde las 08.00 de la mañana hasta pasada la madrugada para ser atendidas, la mayoría de las cuales presentan alguna discapacidad o son adultos mayores.
Cabe destacar que la redacción propuesta por el Senado entraba en pugna con la clasificación Triage . Como se establecía este derecho sin distinción alguna, se podía dar el caso de que se privilegiara a un adulto mayor o discapacitado frente a una persona distinta de esos grupos, pero que presentara una situación de mayor gravedad. Frente a ello, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados acertó en generar una distinción, radicando este derecho solamente en la atención ambulatoria.
Considero que también es un acierto el hecho de que se haya incorporado el criterio de la gravedad de las enfermedades respecto de la atención ambulatoria.
Hay otros temas relacionados con los adultos mayores y las personas discapacitadas con condiciones crónicas. Frente a ciertas circunstancias y dadas sus limitaciones, ellos son más vulnerables, dado que por factores externos, como los climáticos, pueden no asistir a sus consultas programadas y como consecuencia de ello no podrán hacer uso de los beneficios y derechos que establece el proyecto. Por ello, hago un llamado a los prestadores de salud a tener mayor conciencia respecto de estos grupos, por cuanto ellos tienen mayores limitaciones y hay situaciones que simplemente les impiden cumplir con sus horas programadas, lo que redunda en un perjuicio dado su condición crónica.
Por todo lo señalado, reitero mi apoyo a esta iniciativa, ya que considero que nos permite avanzar por el camino correcto.
He dicho.
"