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El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente, voy a informar el proyecto y, a la vez, quiero pedirle que abra la votación para los efectos de su aprobación en general.
La misma Sala ya resolvió que, una vez acordado el plazo de indicaciones, podamos analizarlo en general y en particular en Comisiones unidas de Obras Públicas y Transportes.
¿Y por qué es tan importante la premura, señor Presidente? Porque en el mes de marzo se produce la renovación de los permisos de circulación y tenemos cinco millones de infracciones que no han sido canceladas.
Por ello, en virtud de este tema hemos abierto una discusión más bien general. Así lo ha hecho el Senador Letelier desde el punto de vista de las concesiones, y también el Senador Alejandro García-Huidobro y quien habla con relación a los abusos suscitados en esta materia.
Básicamente, este proyecto tiende a considerar como una sola infracción el paso en un día calendario por distintos portales de cobro electrónico sin contar con el dispositivo electrónico pertinente.
Asimismo, se permite el tránsito por esas vías a los vehículos que cuenten con tales artefactos, con independencia de que estos últimos se encuentren habilitados.
Finalmente, se declara extinta, de pleno derecho, la responsabilidad infraccional derivada de las contravenciones cometidas por la circulación, por dichas vías, sin los mencionados aparatos, respecto de todas las sanciones aplicadas por tal razón hasta antes de que la presente iniciativa se publique en el Diario Oficial.
Este proyecto fue iniciado por moción de los Diputados señoras Ximena Ossandón , Jenny Álvarez y Sofía Cid y señores Karim Bianchi , José Miguel Castro , Félix González , Marcos Ilabaca y Jorge Sabag .
Tal como he señalado, el propósito de la iniciativa es establecer el principio de la proporcionalidad como un tema importante, así como también la correspondencia que debe existir entre la gravedad y el reproche de la conducta infraccional y la sanción correlativa, indicando que dicha máxima no es observada en el caso en análisis, ya que la ley vigente contempla sucesivas sanciones ante la configuración de una sola conducta.
En este mismo sentido, quienes son partidarios de mantener la forma de cursar la infracción actual de una multa por cada uno de los pasos por pórticos sin el dispositivo piensan que con esto se incentiva al dueño del vehículo a preocuparse de mantener el aparato en cuestión.
Sin embargo, nosotros consideramos que esto es discutible desde el punto de vista de que, en una medida de esta naturaleza, constituiría un criterio de justicia que el incentivo o contraincentivo presente en la sanción como elemento motivante respetara criterios de proporcionalidad, lo que no se verifica al aplicar una misma multa en forma sucesiva cuando la conducta descrita en el tipo no se ha reiterado.
En ese sentido, se le da una nueva redacción al actual artículo 114 de la Ley de Tránsito, pues claramente no se respeta el principio de non bis in idem.
La Comisión contó con la presencia del Ministerio de Obras Públicas y del Ministerio de Transportes, organismos que también argumentaron a favor de la iniciativa.
La Diputada Ossandón estuvo presente en esta sesión y claramente señaló que era necesario abordar este tema en profundidad.
Una vez aprobada la iniciativa en general, si así ocurre, la idea es proceder a fijar un breve plazo de indicaciones, para que sea analizada en particular por ambas Comisiones la semana subsiguiente y la podamos tener despachada ojalá la segunda o tercera semana de enero, a más tardar.
Por todo lo antes señalado, y haciendo presente que además es un proyecto de ley originado transversalmente en moción de Diputados de todas las bancadas, pido su aprobación.
He dicho.
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