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El señor PAULSEN (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Diego Schalper .
El señor SCHALPER.-
Señor Presidente, seré breve, porque me parece que el diputado Gonzalo Fuenzalida ha explicado en detalle el contenido del proyecto.
Al respecto, quiero decir tres cosas. La primera dice relación con un dilema que, en forma legítima, varios nos han planteado, en cuanto a cómo poder propiciar una conducta determinada dentro de la sociedad. Alguien diría que sería ideal que, en los casos como el que estamos viviendo, las personas, voluntariamente, sin necesidad de la coacción estatal, se acogieran a lo razonable y se comportaran de manera prudente.
También nos ha planteado otra cosa muy interesante: que sea en el ámbito de la educación donde se comiencen a construir las conductas correctas. Estoy de acuerdo con ello, porque es evidente que en ningún caso el derecho penal está llamado a imponer la virtud por la fuerza.
Sin embargo, sucede que en la sociedad uno no vive solo, de manera que las conductas que uno lleve a cabo tienen repercusiones en otros. Es en razón del bien común que el derecho penal establece normas para que las personas que libremente se ponen fuera del resguardo del bien de los demás reciban la sanción correspondiente.
Por lo tanto, como en este caso no es lo uno o lo otro, hay que esforzarse mucho, tanto desde el punto de vista comunicacional como educacional, para que las personas entiendan la profundidad de la situación y adhieran voluntariamente a la conducta esperada. Al mismo tiempo, parte de ese proceso pedagógico dice relación con dejar clarísimo que como sociedad no se tolera que algunas personas se sientan con la libertad de poner en riesgo a los demás, tensión que es muy propia del derecho penal.
En ese sentido, lo que pretende este proyecto de ley es decir, con claridad, que no hay libertad para poner en riesgo la vida de los demás en situaciones de pandemia, ni en una fiesta nocturna clandestina, ni yendo a un centro comercial, ni de ninguna forma. Esa es la señal que pretende dar esta iniciativa, lo cual, en mi modesta opinión, apunta en el sentido correcto.
El segundo elemento interesante que propone el proyecto está referido a las penas comunitarias o la suspensión condicional del procedimiento acompañado de labores comunitarias.
Lo que busca el derecho penal más moderno es generar, por decirlo de algún modo, lógicas de rehabilitación, de reflexión, con el propósito de que las personas sean capaces de asimilar los errores cometidos y enmendar sus conductas. Ojalá este sea el caso, porque, francamente, el objetivo final no es tener gente privada de libertad, sino cultivar conductas en el sentido correcto, a fin de que podamos soportar los efectos de la pandemia en forma más llevadera.
No nos perdamos ni un minuto: aquí lo que está juego es si vamos a ser capaces de enfrentar el coronavirus de manera adecuada o no.
En tercer lugar, quiero señalar que varios diputados de la bancada de Renovación Nacional renovamos una indicación para introducir en el Código Penal un artículo 318 bis, con el objeto de sancionar al que organizare espectáculos o actividades de esparcimiento público con infracción de las reglas higiénicas o de salubridad. ¿Por qué? Porque si en momentos como los que estamos viviendo una persona se siente con la potestad de generar un espacio de aglomeración, sin respetar los protocolos sanitarios y poniendo en riesgo no solo a 400 personas -para citar el ejemplo de lo que ocurrió en Maipú-, sino que poniendo en riesgo a todos aquellos que podrían entrar en contacto con ellas, es evidente que debe ser sancionada.
El mensaje es muy claro: al coronavirus solo se le va a poder ganar si las personas ponen de su parte. No existe medida sanitaria que pueda dictar la autoridad que sea suficiente si no hay un comportamiento adecuado, y esta norma simplemente lo que pretende es recordarnos que aquel que no es capaz de entender esto libremente, pues resulta evidente que tendrá que responder, porque pone en riesgo la vida de los demás.
No hay contradicción en lo que se propone, sino más bien complemento entre la libertad personal, la educación y el respeto al bien común.
He dicho.
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