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El señor PAULSEN (Presidente).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra, vía telemática, la diputada Érika Olivera .
La señora OLIVERA (doña Érika) [vía telemática].-
Señor Presidente, en primer lugar, por su intermedio agradezco al diputado Esteban Velásquez por rendir el informe de la comisión.
A mediados del año pasado presenté un proyecto de ley cuyo objeto era prevenir y sancionar el abuso patrimonial del que son víctimas adultos mayores y personas con discapacidad.
Estoy segura de que todos conocemos algún caso en el que un familiar u otra persona cercana a un adulto mayor o a una persona con discapacidad se aprovechó de ella y de su situación de vulnerabilidad para obtener algún tipo de ilegítimo beneficio económico. En esta ocasión quiero mencionarles un caso, por el cual también nació este proyecto.
Ana y Sergio eran una pareja de adultos mayores que vivían en el sector El Belloto, comuna de Quilpué. Luego de sufrir un accidente doméstico, Ana, de 93 años, debió ser intervenida quirúrgicamente y ser mantenida en un recinto hospitalario para su recuperación. En el entretanto y sin el conocimiento de la familia, Sergio , confiando en una de sus vecinas, otorgó un mandato general a ella con la intención de facilitar el cobro de su pensión y de otros ahorros que él tenía en el banco. Tras poco tiempo, la señora Ana falleció, y cuando la familia debió cubrir los gastos médicos y funerarios, entre otros, se encontró con la sorpresa de que todos los ahorros que tanto Sergio como Ana habían guardado para este tipo de eventualidad habían sido retirados del banco, su departamento había sido entregado en arriendo y, posteriormente, vendido, todo esto por la vecina a quien se le confirió el mandato. No hubo mucho que hacer. Toda gestión judicial con el fin de protegerlos fue tardía, principalmente por el posterior fallecimiento de ambos y la lentitud del sistema judicial.
El abuso patrimonial contra los adultos mayores y personas con discapacidad es una dramática realidad, y los mecanismos que actualmente tenemos en nuestra legislación son insuficientes.
Así, contada la historia, parece evidente la facilidad que tienen determinadas personas para engañar a los más vulnerables, a través de abusar de los vínculos de confianza y la apropiación de los bienes que con mucho esfuerzo han logrado tener para una vejez digna.
Precisamente, ese elemento de confianza hace difícil detectar ese tipo de conductas abusivas. Por ello, siempre la fiscalización, la denuncia y el proceso judicial llegan tarde, cuando los bienes ya no están en el patrimonio de los afectados, quienes, generalmente, no tienen los recursos necesarios para solventar un proceso judicial en el tiempo.
Por ello, este proyecto de ley ha sido enfocado directamente a mejorar los mecanismos de detección de ese tipo de abusos patrimoniales en contra de adultos mayores y de personas con discapacidad mediante adaptar a nuestra realidad jurídica nacional un mecanismo de denuncia que ya existe en otros países, en los cuales las instituciones que administran recursos, bienes o dineros de adultos mayores o personas con discapacidad, tales como los bancos, las financieras, las AFP, las cooperativas y las compañías de seguros, tienen la obligación de denunciar…
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