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La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Presidenta accidental).-
Se considerará su petición de votación separada, señora diputada, pero le informo que el diputado Ascencio ya solicitó por escrito votación separada de ese mismo numeral.
Tiene la palabra, hasta por 4 minutos y 45 segundos, la diputada Carmen Hertz .
La señora HERTZ (doña Carmen) [vía telemática].-
Señora Presidenta, en el mismo sentido en que lo hizo la diputada Andrea Parra , el texto que se aprobó en la Cámara de Diputados solo se refería a un aumento de penas asignadas a un delito ya tipificado en el Código Penal, en su artículo 318. En este caso, se aumentaban tanto las penas privativas de libertad como las multas, sin que ese solo hecho garantice la modificación per se de la conducta que se quiere reprimir.
En ese sentido, las modificaciones introducidas por el Senado van mucho más allá y aumentan notoria y significativamente las penas de multas como las privativas de libertad. Solo si el Ministerio Público solicita multas de 6 unidades tributarias mensuales se aplica el procedimiento monitorio; de lo contrario, se aplica un procedimiento simplificado, lo cual equivale a ir a juicio. Y debemos recordar que el derecho penal es la última herramienta a utilizar para obtener resultados.
Aquí se aprecia, tal como dijo la diputada Andrea Parra , una transgresión flagrante al principio de proporcionalidad. Se castiga el simple hecho de salir. Todos sabemos que hoy la gente, en los espacios más vulnerados de nuestra población, sale porque debe trabajar para vivir.
Si este proyecto pretende proteger a la ciudadanía, estaríamos haciendo todo lo contrario, puesto que estaríamos aumentando el nivel de penas corporales y aumentando la congestión y el colapso de los recintos carcelarios, tal como lo ha hecho presente, por lo demás, en su reciente intervención, el ministro de Justicia, señor Hernán Larraín .
Por último, las modificaciones respecto al cumplimiento alternativo de la pena y de la suspensión condicional a través de la prestación de servicios comunitarios -¡ojo!-parecen buenas alternativas de cumplimiento, pero presentan, al menos, dos problemas. En primer lugar, el apoyo de esta norma se asocia, necesariamente, a la aprobación de la norma que sube las penas, y en segundo lugar, no se establecen parámetros ni condiciones mínimas para que estos servicios que se prestan sean realmente útiles y no constituyan un problema en sí mismos, en relación con las medidas sanitarias dictadas por la autoridad.
Este es un proyecto sin sentido, pues significa sobrecargar al Poder Judicial con un número importante de audiencias, y al sistema penitenciario con nuevos y numerosos presos que serán empujados a un contagio seguro.
Las modificaciones introducidas por el Senado son una forma de ocultar la responsabilidad del gobierno en el descontrol de la pandemia. En un contexto de abandono económico de las familias chilenas, de manipulación de las cifras de contagiados y de fallecidos, plantear como gran solución llenar las cárceles de infractores es un despropósito y es un camino insensato. Significa traspasar la responsabilidad del descontrol de la pandemia al ciudadano de a pie, en circunstancias de que es el Estado, como todos sabemos, el que debe garantizar la no propagación a través de herramientas adecuadas. Es desviar la atención de los efectos de la negligencia temeraria de un gobierno que prefirió sacrificar la salud y la vida de los ciudadanos y ciudadanas de este país para salvar la economía, pero fracasó en ambos objetivos.
He dicho.
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