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- rdf:value = " El Honorable Senador señor Durana, luego de señalar que concuerda con que sean los juzgados de policía local los tribunales competentes para conocer las materias relacionadas con la protección de los derechos de los consumidores, precisó que la finalidad de su indicación es que exista la posibilidad de que las partes puedan llevar estas controversias a tribunales arbitrales o jueces árbitros que se determinen. En su parecer, debe abrirse la posibilidad que tales materias también puedan ser conocidas por la justicia arbitral.
Luego, señaló que los mecanismos de solución de controversia deben estar consagrados en la ley y que está abierto a discutir en qué parte de ésta sería más apropiado que fueran incorporados. Enfatizó que, en todo caso, la alternativa del arbitraje siempre tendrá que ser autorizada por el consumidor. Por eso, reiteró que su indicación plantea abrir una oportunidad para que no sean exclusivamente los tribunales ordinarios los competentes para conocer las materias relativa a los derechos de los consumidores, toda vez que, muchas veces, sus procedimientos son largos y engorrosos.
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