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- rdf:value = " El Honorable Senador señor Elizalde consultó si la legislación española solo establece un deber de informar al cliente, o también una prohibición de otorgamiento de crédito.
Por otra parte, manifestó que es claro que el escenario ideal de instituciones financieras que otorgan crédito solo a quienes les pueden pagar, no siempre se da. La realidad, enfatizó, ha demostrado ser mucho más compleja. Y ahí se encuentran casos emblemáticos, como el de Eurolatina, donde el negocio consistía justamente en otorgarle crédito a gente que no podía pagar, con un esquema de cláusulas de aceleración que conducía al cobro sobre las garantías reales; o el caso de La Polar, cuyo modelo descansaba en la repactación unilateral de créditos con los que no pagaban, y escondía, en el fondo, una verdadera burbuja financiera.
Por lo mismo, subrayó, parece razonable establecer alguna forma de responsabilidad para los otorgantes de crédito, porque es evidente que hay instituciones que no actúan de la forma que debieran hacerlo.
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