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- rdf:value = " A su turno, la Honorable Senadora señora Rincón reiteró que no comparte la modificación. No obstante, dado que el Ejecutivo revisará la redacción y elaborará una nueva propuesta, solicitó que tome de base la indicación que presentó, así como, también, la legislación comparada, especialmente la ley española. Entiende que podría haber excepciones al derecho a retracto, pero éstas deberían estar contempladas expresamente en la ley, como lo hacen las legislaciones española, argentina y colombiana. Citó expresamente los artículos 102 y 103 de Ley General de la Defensa de los Consumidores y Usuarios de España, que contienen un catálogo taxativo de excepciones, y, en esa normativa, la delegación hacia el reglamento es únicamente para detallar estas últimas. Hizo un llamado a no renunciar a la potestad legislativa.
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