. . . . . . . " ART\u00CDCULO PRIMERO, NUMERAL 4)\n \n \n El se\u00F1or Fuenzalida se\u00F1ala que pese a que el contrato conste por escrito, su propuesta no obsta a que se utilice este procedimiento respecto de quienes no hayan procedido de esa forma. El \u00FAnico requisito para activar el procedimiento monitorio est\u00E1 se\u00F1alado en el art\u00EDculo 18 A de su propuesta. Explica que el hecho de incorporar la circunstancia de dejar constancia por escrito del contrato es un incentivo para utilizar este procedimiento monitorio que es m\u00E1s eficiente frente a la restituci\u00F3n del inmueble. \n \n \nEl se\u00F1or Saffirio observa que las circunstancias que pueden afectar al inmueble son muy variadas y solo constan en la inscripci\u00F3n de dominio en el oficio del Conservador de Bienes Ra\u00EDces. No est\u00E1 de acuerdo con exigir a los notarios que acrediten el t\u00EDtulo de arrendatario. \n \n \nEl se\u00F1or Walker (presidente) observa que cada vez la legislaci\u00F3n exige m\u00E1s de los notarios, cuesti\u00F3n que le parece acertada. Explica que al solo tenor del COT se limitaba a acreditar la identidad de los firmantes. Luego, se han agregado otras obligaciones como la acreditaci\u00F3n del pago de cotizaciones previsionales. Le parece sano que se incorpore un rol m\u00E1s activo de estos ministros de fe que otorgue certeza a las partes del contrato de arriendo. \n \n \n El se\u00F1or Fuenzalida se\u00F1ala que solo se les est\u00E1 pidiendo exigir que se les exhiba los t\u00EDtulos que acrediten el dominio o posesi\u00F3n del inmueble objeto del contrato. No se les exige hacer un estudio de t\u00EDtulos. \n \n \n Puesto en votaci\u00F3n el numeral 4) del art\u00EDculo primero de la indicaci\u00F3n sustitutiva del se\u00F1or Fuenzalida es aprobada por mayor\u00EDa de votos (7-2-0). Votaron a favor las se\u00F1oras y se\u00F1ores Mat\u00EDas Walker (presidente) Juan Antonio Coloma, Luciano Cruz-Coke, Gonzalo Fuenzalida, Diego Ib\u00E1\u00F1ez, Marcos Ilabaca y Pamela Jiles. Votaron en contra los se\u00F1ores Hugo Guti\u00E9rrez y Ren\u00E9 Saffirio. No hubo abstenciones. \n \n \n Fundamento de voto\n \n \nEl se\u00F1or Guti\u00E9rrez considera que se impone una obligaci\u00F3n que el notario no puede ni debe realizar actualmente siquiera trat\u00E1ndose de escrituras p\u00FAblicas. \n \n " . . . "Participacion "^^ .